CONTRALORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OBRAS OFICIO No. CSCJN/DGA/DA0/069/2017 Ciudad de México, 17 de enero de 2017 Asunto: Atención de recomendaciones
ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE
En atención al oficio DGIF/CA/02/2017 me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se consideran solventadas las recomendaciones números 01-P01
y
03-P01 que se formularon en la auditoría DA0/2016/35 correspondiente a la revisión denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí".Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA
DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA
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Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de~ conoiiiliento las razones por las que se determinó mantener las recomendaciones que se indican como pendientes de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-02-C01. Que la Dirección General de Infraestructura Física analice conjuntamente con la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica la mejor alternativa de solución técnica para la problemática que representan las rampas duplicadoras de estacionamiento.
En la documentación proporcionada se indica que debido a cargas de trabajo no se ha concluido con el análisis de las diversas soluciones técnicas respecto de la situación que guardan las rampas duplicadoras instaladas en la Casa de la Cultura Jurídica.
Recomendación DA0/2016/35-02-P01. Que el Director General de Infraestructura Física instruya por escrito al personal de la Dirección de Proyectos, que en la realización de futuros proyectos que consideren la adaptación, ampliación, remodelación, adecuación, modificación o construcción, se verifiquen las condiciones y normativa del sitio donde se desarrollarán los trabajos y se adopte la solución arquitectónica más conveniente para este Alto Tribunal.
Se indicó que se está realizando la búsqueda de información y documentación requerida.
Recomendación DA0/2016/35-02-P02. Considerar las recomendaciones emitidas en las auditorías anteriores, así como la solicitud realizada por el Titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí.
Se requiere precisar los alcances de la recomendación a efecto de atenderla puntualmente.
Al respecto, es importante que al área técnica que se sirva otorgar respuesta a la citada recomendación, se le entregue la descripción de las recomendaciones que se han formulado en auditorías anteriores y de la solicitud realizada por el Titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, las cuales figuran en el informe de resultados como pie de página.
Recomendación DA0/2016/35-07-P01. Que el personal de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurldica conjuntamente con el de la Dire<:eión General de Infraestructura Física, detenninen)
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En la documentación proporcionada se indica que debido a cargas de trabajo no se ha concluido con el análisis de las diversas soluciones técnicas respecto de la situación que guardan las rampas duplicadoras instaladas en la Casa de la Cultura Jurídica.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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CONTRALORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OBRAS OFICIO No. CSCJN/DGA/DA0/073/2017 Ciudad de México, 18 de enero de 2017 Asunto: Atención de recomendaciones
DR. HÉCTOR ARTURO HERMOSO LARRAGOITI
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURIDICA PRESENTE
En atención al oficio DGCCJ-DNPE-F-05-01-2017 me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se consideran solventadas las recomendaciones números 08-P01
y
08-P02 que se formularon en la auditoría DA0/2016/35 correspondiente a la revisión denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Juridica de San Luis Potosi".Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener las recomendaciones que se indican como pendientes de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-07-P01. Que el personal de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurldica conjuntamente con el de la Dirección General de Infraestructura Flsica, determinen la mejor solución para operar los equipos.
Si bien es cierto que en la documentación que se proporcionó para atender la presente recomendación se entregó el oficio DGCCJ-DNPE-1-01-01-2017, con el que solicitó apoyo al titular de la Dirección General de Infraestructura Fisica para determinar la mejor solución para operar las 13 rampas duplicadoras de estacionamiento ubicadas en la CCJ de San Luis Potosi, o en su caso analizar si es más viable gestionar su reasignación a otro inmueble, también es cierto que no se concretó ninguna alternativa, en ese sentido se sigue manteniendo la referida recomendación ..
Recomendación DA0/2016/35-07..P02. Que la Dirección General de Casas de la Cultura Jurldica se pronuncie respecto al requerimiento formulado mediante oficio CCJSLP/389/2014 del 23 de mayo de 2014.
En la documentación proporcionada se adjuntó el ocurso DGCCJ-DNPE-F-03-01-2017 que incluye cuatro anexos. En la relatorla de hechos que se indica en dicho oficio se proporcionan documentos con los que en su momento se promovió la solventación de la recomendación DAIB/2015/25-02-C01 que a la letra dice: "Promover ante la Oficia/fa Mayor la solución a la problemática de las rampas elevadoras
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estacionamiento, determinando si el aforo justifica contar con dichos espacios y consecuentemente, disponer de personal especializado para su operación y contratar la póliza de seguro necesaria para cubrir siniestros o si es más conveniente retirarlas, cubriendo el pago del impuesto sustitutivo que establece el municipio", entre ellos, la nota informativa emitida para conocimiento del Oficial Mayor de fecha 9 de junio de 2014, que se originó de la solicitud efectuada por el titular de la Casa de la Cultura Juridica de San Luis Potosi a través del oficio CCJSLP/389/2014 del 23 de mayo del 2014.
Ahora bien, la recomendación que nos ocupa DA0/2016/35-07-P02 propone un pronunciamiento de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica precisamente de la solicitud realizada con el oaJrso CCJSLP/38912014, la cual tiene dos vertientes, la primera se refiere a dar a conocer al Oficial Mayor, la problemática que acontece con la falta de uso de las rampas duplicadoras de estacionamiento, el
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alto costo con relación al nulo beneficio, y los riesgos que representan. La segunda corresponde al análisis de que estos equipos sean reasignados a otro inmueble.
De lo antes mencionado se advierte que después de haber atendido la recomendación DAIB/2015/25- 02-C01 con la nota informativa a la Oficialía Mayor, ya no se dio seguimiento ni se atendió la problemática que ahora persiste.
Es así que para estar en posibilidad de solventar la presente recomendaciór\DA0/2016/35-07-P02 es necesario que la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica emita un pronunciamiento respecto del análisis de la reasignación de las rampas duplicadoras y/o del destino que se dará a este equipo. Recomendación DA0/2016/35-08-C01. Realizar la recuperación de $1,119.33 IVA incluido pagados a la empresa Promotora de Patrimonio Inmobiliario, S.A. de C.V, y de $574.20 IVA incluido pagados al prestador de servicios Teresita de Jesús Jover Navarro, más los intereses correspondientes, debido a pagos en exceso por diferencia en la cuantificación de la volumetría.
Para solventar esta recomendación, la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica requirió el apoyo de la Dirección General de Infraestructura Física a efecto de proporcionar el cálculo de los
intereses correspondientes a los conceptos de obra que se pagaron con una volumetría superior a la
ejecutada, por lo que se estará en posibilidad de solventar la presente recomendación una vez que se hayan recuperado los pagos realizados indebidamente.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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ICONTRALORÍA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OBRAS OFICIO No. CSCJN/DGA/DA0/119/2017
Ciudad de México, 3 de febrero de 2017 Asunto: Atención de recomendaciones DR. HÉCTOR ARTURO HERMOSO LARRAGOITI
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURÍDICA PRESENTE
En atención a los oficios DGCCJ-DNPE-F-05-01-2017 del 17 de enero de 2017 y DGCCJ-DNPE-F- 12-01-2017 del 31 de enero de 2017, me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se consideran solventadas las recomendaciones números 04-P01, 05-P01, 06- P01 y 09-P01 que se formularon en la auditoría DA0/2016/35 correspondiente a la revisión de los
"Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica en San Luis Potosí".
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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Contraloría Dirección General de Auditoría Dirección de Auditoría de Obras CSCJN/DGA/DA0/148/2017 Ciudad de México, 22 de febrero de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
DR. HÉCTOR ARTURO HERMOSO LARRAGOITI
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURiDICA PRESENTE.
En respuesta al oficio DGCCJ-DNPE-F-14-02-2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender la recomendación 2016-35-08-C01 de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí", con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracciones XII y XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nacion y en el numeral 111, de la "Guia General de Auditoria"
aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener dicha recomendación como pendiente de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-08-C01. Realizar la recuperación de $1, 119.33 IVA incluido pagados a la empresa Promotora de Patrimonio Inmobiliario, S.A. de C.V, y de $574.20 IVA incluido pagados al prestador de servicios Teresita de Jesús Jover Navarro, más los intereses correspondientes, debido a pagos en exceso por diferencia en la cuantificación de la volumetría.
Al respedo, cabe aclarar que si bien es cierto que en la documentación que se proporcionó para atender la presente recomendación se integró el depósito realizado a la cuenta de este Alto Tribunal por la cantidad de $1,309.49, para comprobar la recuperación de la empresa Promotora de Patrimonio Inmobiliario, S.A. de C.V. por la diferencia observada en la volumetría de trabajos de impermeabilización con un importe de $1, 119.33 más intereses por $190.16 (calculados por personal de la Dirección General de Infraestructura Física), también es cierto que se omitió adjuntar la documentación comprobatoria respecto de la recuperación por el pago en exceso de trabajos en pasamanos de acero inoxidable por la cantidad de $574.20 más intereses de $77.78 (calculados por personal de la Dirección General de Infraestructura Física), por lo que en ese sentido, no es posible considerar como solventada la recomendación que ocupa.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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En respuesta al oficio DGCCJ-DNPE-F-15-02-2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender la recomendación 2016-35-08-C01 de la revisión DA0/2016/35 denominada ·rrabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí", con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracciones XII y XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el numeral 111, de la "Guía General de Auditoria"
aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener dicha recomendación como pendiente de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-08-C01. Realizar la recuperación de $1,119.33 IVA incluido pagados a la empresa Promotora de Patrimonio Inmobiliario, S.A. de C.V. y de $574.20 IVA incluido pagados al prestador de servicios Teresita de Jesús Jover Navarro, más los intereses correspondientes, debido a pagos en exceso por diferencia en la cuantificación de la volumetría.
A este respecto, se proporcionó documentación que se describe en la siguiente cronología de hechos: 1. Oficio DGCCJ-DNPE-1-02-01-2017 de fecha 11 de enero de 2017, a través del cual, el Director General de Casas de la Cultura Jurídica solicitó el apoyo de la Dirección General de Infraestructura Fisica para proporcionar el cálculo de los intereses correspondientes a los pagos realizados en exceso y promover la recuperación correspondiente ante los contratistas que ejecutaron los trabajos observados.
2. Oficio OGCCJ-DPNE-C-09-01-2017 de fecha 11 de enero de 2017, mediante el cual el Director General de Casas de la Cultura Jurídica solicitó al Titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí verificar con el contratista si efectivamente se realizó un pago en exceso de
$574.20 IVA incluido, por diferencia en la cuantificación de volumetría en el suministro de un pasamanos de acero inoxidable y promover con la empresa contratista, de ser el caso, la recuperación de la referida cantidad con los intereses que correspondan.
3. Oficio DGIF/SGS/016/2017 de fecha 26 de enero de 2017. con el que el Subdirector General de Servicios de la Dirección General de Infraestructura Física proporcionó a la Dirección General de Casas de la Cultura el cálculo de los intereses referentes a los pagos realizados en exceso, entre ellos, el correspondiente al suministro de pasamanos de acero inoxidable por $574.20 IVA incluido más intereses por $77.78, lo que hace un total de $651.98.
4. Correo electrónico del 26 de enero de 2017 con el que la Directora de Normatividad y Proyectos Especiales solicitó al titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, se promoviera ante la contratista la recuperación de la cantidad pagada en exceso y se proporcionara la
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5. Oficio CJSLP/081/2017 de fecha 26 de enero de 2017 emitido por el Titular de la Casa de la Cultura ~uridica de ~an Lui$ P.otosí para notificarte a la C. ·Teresita de Jesús Jover Navarro que en septiembre de 2015 se realizó la recepción, trámite y pago de trabajos en exceso por la cantidad de $574.20 IVA incluido debido a la diferencia en la cuantificación de la volumetría del suministrq y colocación de pasamanos de acero inoxidable entre lo contratado 32.30 metros lineales contra lo instalado 31.64 metros, por lo que se requirió el reembolso de dicho importe más los intereses respectivos, que suma la cantidad de $651.98. •.
De lo señalado por el lng. Esaú Chávez Escobedo, Profesional Operativo adscrito a la Casa de la Cultura Juridica de San Luis Potosí, a quien se encomendó entregar el citado oficio en el domicilio de la contratista, se advierte que quien atendió la diligencia se rehusó a recibirlo.
6. El 2 de febrero de 2017 se remitió el oficio CJSLP/081/2017 a la empresa contratista a través de correo certificado sin que a la fecha se tenga respuesta alguna.
Ahora bien, para arribar nuestra opinión en principio se considera necesario indicar las siguientes incidencias que se documentaron en la auditoría DA0/2016/35 y que dieron origen a la observación que acontece:
1. Con solicitud de adecuación presupuesta! realizada con oficio CCJSLP/460/2015 del 23 de junio de 2015, el titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí promovió la ampliación de recursos por la cantidad de $28,101.00, debido a que los trabajos de instalación de pasamanos en las paredes de la escalera de cilindro ubicada en dicha sede no se encontraban considerados en el Programa Anual de Necesidades.
2. El 23 de junio de 2015 se emitió el Dictamen Resolutivo Técnico realizado por el Enlace Administrativo de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí y autorizado por el titular de dicha sede, en el que se indicó que las empresas "Hecho por humanos (Teresita de Jesús Jover Navarro) e lnox Manufacturas cumplieron técnicamente con las especificaciones y requisitos solicitados por lo que se les consideró favorables. Los requisitos consistieron en la fabricación, suministro y colocación de dos pasamanos de acero inoxidable, uno en pared derecha (externa) perimetral de la escalera de cilindro con medidas aproximadas de 24 metros lineales desde la planta baja hasta el segundo piso, y otro en pared izquierda (interna) perimetral de la escalera de cilindro con medidas aproximadas de 8.30 metros lineales desde la planta baja hasta el . segundo piso.
3. El 23 de junio de 2015 se emitió el punto de acuerdo elaborado por el Enlace Administrativo y aprobado por el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, con el que se formalizó la adjudicación directa de los trabajos a la empresa "Hecho por humanos Ideas Inoxidables" (Teresita de Jesús Jover Navarro) por la cantidad de $28, 101.00 IVA incluido, en virtud que la empresa lnox Manufactura presentó una cotización superior por u·n importe de
$54,380.80 IVA incluido.
4. Con oficio CCJSLP/464/2015 de fecha 24 de junio de 2015, el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí notificó a la empresa "Hecho por Humanos Ideas Inoxidables"
(Teresita de Jesús Jover Navarro), la adjudicación de los trabajos referentes a la fabricación, suministro y colocación de dos pasamanos de acero inoxidable a instalarse en una de las escaleras del inmueble por un monto total de $28, 101.00 IVA incluido.
5. Con fecha 24 de junio de 2015 se emitió el oficio CCJSLP/465/2015 mediante el cual, el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, requirió a la Dirección General de Infraestructura Física la elaboración del contrato simplificado para formalizar los trabajos de 2
fabricación, suministro y colocación de dos pasamanos de acero inoxidable en la escalera de cilindro ubicada en la Casa de la Cultura.
6. El 5 de agosto de 2015 se emitió el oficio SGCAP-DGBOS-V-190- 08-2015, a través del cual, el Subdirector General de Coordinación y Administración de Programas entregó al Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, el contrato número 4515002095 en favor de Teresita de Jesús Jover Navarro, por un monto de $28, 101.00 para la fabricación, suministro y colocación de dos pasamanos a muro de acero inoxidable de 1 ~ ... desarrollo 24 metros derecha y 8.30 metros izquierda, así como la fabricación de herrajes especiales para su instalación.
Dicho instrumento contractual se suscribió por el contratista el 11 de agosto de 2015.
7. El 28 de agosto de 2015 la contratista Teresita de Jesús Jover Navarro emitió la factura 287 por un importe de $28, 101.00 IVA incluido, debido a la conclusión de los trabajos contratados.
8. El 2 de septiembre de 2015 se emitió la póliza cheque 7146974 para realizar el pago a Teresita de Jesús Jover Navarro por un importe de $28, 101.00, misma que se elaboró por el Enlace
Administrativo y se autorizó por el titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí.
9. El 2 de septiembre de 2015 se elaboró la "Comprobación de gastos a reserva" con la que se adjuntó el contrato simplificado para justificar la realización de los trabajos.
De lo antes mencionado puede advertirse lo siguiente:
• Que la adecuación presupuesta! promovida por el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí se apegó a lo establecido por los artículos 66 del AGA Vll/2008, 78, fracción 1, 79, 80, 161 y 191 del AGA 1/2012.
• Que las atribuciones del Enlace Administrativo y del Titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí para gestionar el procedimiento de contratación, se ejercieron conforme al monto del servicio en atención a lo previsto por los artículos 39, fracción V, y 42 del AGA Vl/2008, 64 y 81 del AGA Vll/2008; y 57 del AGA 1/2012.
• Que el Enlace Administrativo y el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí determinaron la adjudicación de la empresa "Hecho por humanos Ideas Inoxidables" (Teresita de Jesús Jover Navarro). El procedimiento de adjudicación directa se llevó a cabo conforme a lo dispuesto en los artículos 91, 92 y 93 del AGA Vl/2008.
• Que en el contrato simplificado 4515002095 no contempla clausulas para la garantía de los trabajos, pagos en exceso, formalización de la entrega-recepción y precisar que el pago se realizaría contra la entrega de los trabajos a satisfacción de la Suprema Corte.
• Que el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí figura en el instrumento contractual como administrador del contrato, por lo que asume las obligaciones establecidas en los preceptos 64, 65 y 66 del AGA 112012.
• Que en atención a lo senalado por el articulo 158 del AGA Vl/2008, el Enlace Administrativo y
el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosi promovieron el pago a la empresa "Hecho por humanos Ideas Inoxidables" (Teresita de Jesús Jover Navarro), sin embargo, se omitió la formalización de un documento en el que se hiciera constar la recepción de los trabajos a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como el cotejo de los metros lineales cobrados por la contratista contra los realmente instalados, lo que ocasionó el pago indebido observado en incumplimiento a lo dispuesto por los artículos 171 y
172 del AGA Vl/2008, 38 y 7 4 del AGA Vll/2008. ~
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• Que en la visita realizada a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí, el personal técnico de la Dirección General de Auditoría advirtió que los pasamanos se pagaron con una longitud de 32.30 metros en lugar de los 31.64 metros que realmente se instalaron, por lo que se actualiza el supuesto de pago en exceso previsto en el artículo 161 del AGA Vl/2008.
• Que hasta el momento, a pesar de las acciones emprendidas por el Titular de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosi, no se ha logrado la recuperación del pago realizado en exceso a la empresa "Hecho por humanos Ideas Inoxidables" (Teresita de Jesús Jover Navarro) que a mes de febrero suma la cantidad de $651.98, de acuerdo al cálculo de intereses realizado por la Dirección General de Infraestructura Física.
Por lo antes motivado y fundado, en opinión de este Órgano Interno de Control tanto el Enlace Administrativo como el Director de la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosi son responsables de haber realizado el pago a la contratista sin cerciorarse de la longitud que realmente se instaló y que resultó menor a la facturada, por lo que se estima conveniente que los citados servidores públicos reintegren la cantidad observada más los intereses que se generen.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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CONTRALORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OBRAS OFICIO No. CSCJN/DGA/DA0/164/2017
Ciudad de México, 28 de febrero de 2017
Asunto: Atención de recomendaciones
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURIDICA PRESENTE
En atención a los oficios DGCCJ-DNPE-F-14-02-2017 y DGCCJ-DNPE-F-18-02-2017, me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se considera solventada la recomendación 08-C01 que se formularon en la auditoria DA0/2016/35 correspondiente a la revisión de los "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica en San Luis Potosi". Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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Contraloría Dirección General de Auditoría Dirección de Auditoría de Obras CSCJN/DGA/DA0/532/2017 Ciudad de México, 19 de junio de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
En respuesta al oficio DGIF/CA/727/2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender diversas recomendaciones de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí", con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracciones XII y Xllli del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el numeral 111, de la "Guía General de Auditoría" aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener la recomendación 02-P01 como pendiente de solventar.
Recomendación OA0/2016/35-02-P01. Que el Director General de Infraestructura Física instruya por escrito al personal de la Dirección de Proyectos, que en la realización de futuros proyectos que consideren la adaptación, ampliación, remodelación, adecuación, modificación o construcción, se verifiquen las condiciones y normativa del sitio donde se desarrollarán los trabajos y se adopte la solución arquitectónica más conveniente para este Alto Tribunal.
No se proporcionó documentación que atendiera la presente recomendación.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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Contraloria Dirección General de Auditoría Dirección de Auditoría de Obras CSCJN/DGNDA0/559/2017
ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FÍSICA PRESENTE.
Ciudad de México, 21 de junio de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
En respuesta al oficio DGIF/CN749/2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender las recomendaciones formuladas en la auditoría DA0/2016/35 denominada "Trabajos de Mantenimiento realizados a la Casa de Cultura Jurídica en San Luis Potosí, S.L.P.ª, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracciones XII y XIII. del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el numeral 111, de la "Guía General de Auditoría· aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener la siguiente recomendación como pendiente de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-07-P01. Que el personal de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica conjuntamente con el de la Dirección General de Infraestructura Física, determinen la mejor solución para operar los equipos.
En la documentación con la que se otorga respuesta se adjuntó el diverso DGIF/21/2017, con el que el Subdirector General Técnico señaló al Titular de la Dirección General de Casas de la Cultura Jurídica que la operación de las rampas "eleva autos" o "duplicadoras" no representa riesgo y pueden manipularse por cualquier persona que haya recibido capacitación. Asimismo, indica que no es factible la reubicación de estos mecanismos, toda vez que se incumpliría la normativa.
Al respecto, es importante mencionar que lo indicados por el Subdirector General Técnico no atiende el sentido de la recomendación por lo que sigue prevaleciendo.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE.
Contraloría Dirección General de Auditoria Dirección de Auditoria de Obras CSCJN/DGA/DA0/825/2017 Ciudad de México, 10 de octubre de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
En respuesta al oficio DGIF/CA/727/2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender diversas recomendaciones de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurldica de San Luis Potosí", con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracciones XII y XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el numeral 111, de la "Guía General de Auditoría" aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener la recomendación 02-P01 como pendiente de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-02-P01. Que el Director General de Infraestructura Física instruya por escrito al personal de la Dirección de Proyectos, que en la realización de futuros proyectos que consideren la adaptación, ampliación, remodelación, adecuación, modificación o construcción, se verifiquen las condiciones y normativa del sitio donde se desarrollarán los trabajos y se adopte la solución arquitectónica más conveniente para este Alto Tribunal.
En la documentación proporcionada por el área auditada, se incluyó el oficio DGIF/CA/609/2017 y la tarjeta DGl/DP/16712017, pero no es posible considerarlos para la atención de esta recomendación.
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ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE.
Contraloría Dirección General de Auditoria Dirección de Auditoria de Obras CSCJN/DGNDA0/889/2017 Ciudad de México, 24 de octubre de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
En respuesta al oficio DGIF/CA-2044/2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender diversas recomendaciones de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosí", con fundamento en lo dispuesto por el artículo 32, fracciones XII y XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en el numeral 111, de la "Guía General de Auditoría• aprobada por el Comité de Gobierno y Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantener la recomendación 02-P01 como pendiente de solventar.
Recomendación DA0/2016/35-02-P01. Que el Director General de Infraestructura Física instruya por escrito al personal de la Dirección de Proyectos, que en la realización de futuros proyectos que consideren la adaptación, ampliación, remodelación, adecuación, modificación o construcción, se verifiquen las condiciones y normativa del sitio donde se desarrollarán los trabajos y se adopte la solución arquitectónica más conveniente para este Alto Tribunal.
En la documentación proporcionada por el área auditada se incluyó el oficio DGIF/SGT/427/2017, sin embargo, no es posible considerar1o para la atención de la presente recomendación, toda vez que sólo se recibió aparentemente por tres servidores públicos de todo el personal que conforma la estructura ocupacional de la Dirección de Proyectos, por lo que para estar en posibilidad de solveijlar1a st_requie e
el acuse de recibo con nombre, fecha y firma de todo el personal de dicha área. . ; ~
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Contraloria Dirección General de Auditoría Dirección de Auditoria de Obras CSCJN/DGA/DA0/99312017 Ciudad de México, 23 de noviembre de 2017 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE.
En respuesta al oficio DGIF/CA-2148/2017 con el que se informan las acciones realizadas para atender la recomendación 02-C01 de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosi", con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracciones XII
y
XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nacióny
en el numeral 111, de la "Gula General de Auditoría" aprobada por el Comité de Gobiernoy
Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012. hago de su conocimiento las razones por las que se determinó mantenerla como pendiente de solventar.Recomendación DA0/2016/35-02-C01. Que la Dirección General de Infraestructura Fisica analice conjuntamente con la Dirección General de Casas de la Cultura Jurldica la mejor alternativa de solución técnica para la problemática que representan las rampas duplicadoras de estacionamiento.
En la documentación proporcionada se adjuntó una minuta de trabajo que formalizó la reunión celebrada entre personal de la DGIF
y
de la DGCCJ en la que se tomaron los siguientes acuerdos:...
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Analizar I~ factibilidad de que la contratación del ano 2018. el personal que presta la seguridad al inmueble al[Ja Casa1_r:le la Cultura Jurfdica que nos ocupa, realice la actividad de acomodo de los vehfculos efJ las fijl{)pas.
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Subdirección General de Casas de la Cultura Jurídica realizará la consulta ante la Dirección General de la Teiorerla, en relación a la cobertura del seguro de responsabilidad civil, ya que resulta importante¡jrantizaf" f?Ue en caso de que el personal que estarla comisionado para estacionar los vehlculos o los pios1vjSitantes causaran alguna averla a los mismos. estuviera cubierta por la aseguradora.
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2. Se coloctfl'án anuncios ilustrados tipo "instructivos" en los que se describa claramente la forma de operar los equipos eleva autos: se analizará la posibilidad de proyectar algunos videos para su operación.
De lo anterior se colige que en principio las acciones acordadas por el personal de ambas direcciones generales se aplicarán en el próximo ejercicio presupuesta!, además de estar supeditadas a consultas para la cobertura de la póliza de seguro de responsabilidad civil, asl como la inminente modificación de los alcances del contrato de prestación de servicios de seguridad para la Casa de la Cultura Jurldica de San Luis Potosi. en ese sentido, hasta 'Te
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se implementen y en su caso se aplique estas acciones, se estará en posibilidad de solventar la presente recomendación.
Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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Ciudad de México, 01 de diciembre de 2017 Asunto: Atención de recomendaciones ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA
DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE
En atención al oficio DGIF/CA-2181/2017, me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se considera solventada la recomendación 02-P01 que se formuló en la auditoria DA0/2016/35 correspondiente a la revisión de los MTrabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica en San Luis Potosi".
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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Ciudad de México, 26 de febrero de 2018 Asunto: Atención de recomendaciones
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURIDICA PRESENTE
En atención al oficio DGCCJ-DNC-F-48-12-2017 me permito hacer de su conocimiento que debido a las acciones implementadas por la Dirección General a su cargo, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracción XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se consideran solventadas las recomendaciones 07-P01
y
07-P02 correspondientes a la revisión DA0/2016/35 denominada"Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica en San Luis Potosi".
Sin otro particular, le envio un cordial saludo.
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DR. HÉCTOR ARTURO HERMOSO LARRAGOITI
CONTRALORIA DIRECCIÓN GENERAL DE AUDITORIA DIRECCIÓN DE AUDITORIA DE OBRAS OFICIO No. CSCJN/DGA/DA0/0197/2018 Ciudad de México, 02 de marzo de 2018 Asunto: Atención de recomendaciones
DIRECTOR GENERAL DE CASAS DE LA CULTURA JURIDICA PRESENTE
En atención al oficio DGCCJ-DNC-F-09-02-2018, me permito agradecer la información que se adjunta con relación a las recomendaciones 07-P01 y 07-P02 de la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de mantenimiento realizados a la Casa de la Cultura Jurídica en San Luis Potosi", recientemente consideradas como solventadas. Con esta documentación se acreditan las acciones llevadas a cabo tanto por la Dirección General de Casas de la Cultura Juridica a su digno cargo, como por la Casa de la Cultura Jurldica de San Luis Potosi, para subsanar la problemática que se ha presentado respecto de las rampas automáticas de estacionamiento que se instalaron en la referida sede.
Sin otro particular, le envío un cordial saludo.
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Contraloría Dirección General de Auditoría Dirección de Auditoria de Obras CSCJN/OGA/OA0/0228/2018 Ciudad de México, 22 de marzo de 2018 Asunto: Seguimiento de recomendaciones
ARQ. JORGE RUBÉN FERNÁNDEZ VARELA LOYOLA DIRECTOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FISICA PRESENTE.
En atención del oficio DGIF/CA-40/2018 hago de su conocimiento que con el diverso DGCCJ- DNC-F-09-02-2018 suscrito por el Director General de Casas de la Cultura Jurídica, se adjuntó evidencia documental
y
fotográfica que acreditan la utilización de las rampas automáticas duplicadoras de estacionamiento que se encuentran instaladas en la Casa de la Cultura Jurídica de San Luis Potosi, en tal virtud, con fundamento en lo dispuesto por el articulo 32, fracciones XIIy
XIII, del Reglamento Orgánico en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nacióny
en el numeral 111, de la "Guia General de Auditoria" aprobada por el Comité de Gobiernoy
Administración en su sesión del 28 de febrero de 2012, se consideran solventadas las recomendación 02-C01 y 02-P02 correspondientes a la revisión DA0/2016/35 denominada "Trabajos de Mantenimiento realizados a la Casa de Cultura Jurídica en San Luis Potosi, S.L.P.".No omito mencionar que la recomendación 07-PO 1 de la propia auditoría, también se consideró solventada a través de nuestro oficio CSCJN/DGA/DA0/0182/2018 de fecha 26 de febrero de la presente anualidad, en atención de las acciones promovidas mediante los ocursos DGCCJ-
DNPE-1-01-01-2017 y DGIF/21/2017. :....
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Aprovecho la ocasión para enviarle un cordial saludo.
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