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La Paz, 30 de agosto de 2016 P.I.E. N° 1016/2016-2017
Señor
D. Mario Surzuri Paco ALCALDE
GOBIERNO AUTÓNOMO MUNICIPAL DE INQUISIVI La Paz.
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RECIBIDO
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0 5 SET. 2016
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PENTANWS: I
Señor Alcalde:
De conformidad a lo dispuesto por el Numeral 17, Parágrafo l del Artículo 158 de la
Constitución Política del Estado y los artículos 141, 142 y 144 del Reglamento General de la
Cámara de Senadores, nos permitimos transcribir para su conocimiento y fines
consiguientes, la Petición de Informe Escrito presentada por la Senadora Adriana
Salvatierra Arriaza, para que el Señor Alcalde, responda a la misma en el plazo de quince
días hábiles que fija el Artículo 143 del mencionado Reglamento, que a la letra dice:
"1. Al amparo del numeral 1, Artículo 9 de la Ley N° 348, certifique si su municipio ha
implementado protocolos de atención especializada para mujeres en situación de
violencia. Adjunte documentación de respaldo.--- 2. Al amparo del numeral 2, Artículo 9 de la Ley N° 348, señale, qué servicios de atención y protección para mujeres en
situación de violencia ha implementado el municipio que actualmente preside su persona. Adjunte documentación.--- 3. Indique al amparo de los artículos 9 y 17 de la
Ley N° 348, qué programas, proyectos o políticas se han planificado y/o implementado dentro de su jurisdicción, para la prevención, atención y erradicación de la violencia contra las mujeres. Adjunte documentación.--- 4. Informe a cuánto asciende el presupuesto municipal en la gestiones 2014, 2015 y 2016.--- 5. En congruencia con el Artículo 10 de la Ley 348, informe a cuánto asciende el presupuesto asignado para la aplicación de la Ley Integral de Lucha contra la Violencia a las Mujeres y los ítems de asignación presupuestaria, debiendo detallar por gestiones.--- 6. Informe en qué medida su municipio dio cumplimiento a los parágrafos III y IV del Artículo 13, del Decreto Supremo N° 2145, respecto a la asignación de recursos provenientes del IDH
para SLIM's y financiamiento de infraestructura y equipamiento, detalle montos de las gestiones 2015 y 2016. Adjunte documentación de respaldo.--- 7. En congruencia con el Artículo 10 de la Ley N° 348, Señale las características y cumplimiento de exigencias del personal que ha sido contratado específicamente para la atención especial a mujeres en situación de violencia y condiciones de vulnerabilidad. Adjuntar hojas de vida, contratos, memorándums y/o ítems del personal contratado.--- 8. En cumplimiento al Artículo 12 y 51 de la Ley N° 348, informe qué programas de formación y capacitación relativos a la cultura contra la violencia, igualdad y no discriminación han sido implementados al personal que trabaja en el Gobierno Autónomo Municipal que Usted preside.--- 9. Certifique si el Gobierno Autónomo Municipal, presidido actualmente por su persona, ha ejecutado alguno de los seis programas establecidos en el Artículo 14 de la Ley N° 348. Adjuntar documentación de respaldo en doble ejemplar.--- 10. De acuerdo al Artículo 24 de la Ley N° 348, indique, qué servicios de atención integral, se han implementado en su municipio como instancias de apoyo a los SLIM's y las casas de acogida.--- 11. Indique si su municipio cuenta con proyectos de
RETARIO
amora Castedo UNDO SECRETARIO CÁMARA DE SENADORES
Y
fy.:(;)-47"%»/, >,darlr/ í // ,(1.15implementación de casas de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de
violencia y/o han sido implementadas, debiendo señalar el equipamiento y el personal
especializado con el que cuenta, de conformidad al Artículo 25 de la Ley N° 348.--- 12. Informe si el Gobierno Autónomo Municipal que usted representa, ha brindado capacitaciones a promotoras comunitarias o ha dotado de infraestructura para casas comunitarias de la mujer, al amparo de los artículos 29 y 30 de la Ley N° 348.--- 13. Indique de qué forma están organizando y/o fortaleciendo los Servicios Legales Integrales Municipales en el municipio que usted representa, debiendo detallar a cuánto asciende el presupuesto destinado al efecto, asimismo, deberá señalar con cuánto personal especializado cuentan en cumplimiento al Artículo 50 de la Ley N° 348.--- 14. Certifique si su municipio al amparo de los artículos 77 y 79 de la Ley N° 348, ha aperturado una cuenta fiscal exclusiva para la recepción de recursos por concepto de multa, referente a la reparación de mujeres por el daño causado como efecto de la violencia, de ser así, informe el monto de los recursos percibidos, además sírvase informar si en el Gobierno Municipal Autónomo se han realizado trabajos comunitarios como medida de sanción alternativa aplicable a delitos contra la violencia a la mujer.---15. Informe qué acciones ha realizado el municipio presidido actualmente por su persona, para promover la participación y/o control social en el diseño, evaluación y gestión de las Políticas Públicas de prevención, atención y protección a las mujeres y la calidad de los servicios especializados, públicos y a los privados que presten servicios básicos o que administren recursos fiscales en todos los niveles del Estado.--- 16. Indique dentro de sus competencias que reglamentos y/o normativa han elaborado dentro de esta materia en su municipio, con la finalidad de incorporar mecanismos para la prevención de la violencia, así como la atención y protección a las mujeres en situación de violencia. Sala de Sesiones de la Cámara de Senadores".
Con este motivo, saludamos a Usted atentamente.
Sen. José Alberto Gonzales Samaniego PRESIDENTE
CÁMARA DE SENADORES
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lra. Sección • Provincia Inquisivi La Paz - Bolivia CAMBIARA DE SENADORES OFICIALIA MAYOR VENTANILLA UNICA Hora
07 OC. 2016 1
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C I 13 I ID C) Ne.COIrelatIVZ.1.21.9, ..*•■•■•••■•■•■ Fojas. 719927 RCOP,ONGO • PATOHOCOIn i ivi: Fax: 022 136215 • Cel.:
• INQUISIVI • CAVARI ESCOLA
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isivi, 04 de noviembre del 2016
13-7,
Señor:
José Alberto Gonzales Samaniego
PRESIDENTE DE LA CAMARA DE SENADORES
Presente.-
Ref.: CUMPLE Y RESPONDE PIE 1016/2016 DE FECHA 09 DE SEPTIEMBRE DEL 2016 Y NOTA CITE: P. N° 973/2016-2017 DE FECHA 24 DE OCTUBRE.-
Distinguido Senador:
De acuerdo a la referencia y considerando la Petición de Informe Escrito 1016/2016, respondemos a los puntos peticionados:
AL PUNTO 1. (Del instructivo 03/2016).
Con relación a los puntos de la Petición De Informe Escrito (PIE) se informa lo siguiente:
Al punto 1.- El Gobierno Municipal de Inquisivi como protocolo específico ante el
conocimiento de violencia contra la mujer, tiene la unidad de género generacional SLIM-DNA, quienes son los encargados de brindar de acuerdo a sus competencias este tipo de ayuda a las mujeres en situación de violencia. (Se Adjunta fotocopias de denuncias)
Al punto 2.- Actualmente el Servicio Legal Integral y Municipal son los encargados
de atención y protección a mujeres en situación de violencia, además de haber conformado la Red Municipal de Lucha contra la violencia hacia la mujer. (Se adjunta documentación de respaldo en fotocopia).
LIC. MARIO SARZURI PACO ALCALDE MUNICIPAL lra. Sección • Provincia Inquisivi
La Paz - Bolivia
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La Violencia, mediante convenio firmado con SOLIDAR SUIZA — PADEM (Se adjunta documentación de respaldo en fotocopia).
Al punto 4.-
RECURSOS IDH SIN COMPENSACION DEDUCIDA LA RENTA DIGNIDAD
2014 2015 2016 1.663.595,00 877.280,00 1.172.984,00 10% del 5% p/Seguridad Ciudadana para SLIM Presupuestado en la Gestión para SLIM 10% del 5% Seguridad Ciudadana para SLIM Presupuestado en la Gestión para SLIM 10% del 5% Seguridad Ciudadana para SLIM, Presupuestado en la Gestión para SLIM 8 317,98 80.000,00 4.386,40 30.705,00 5.865,00 60.000,00 100% Ejecución 76% Ejecución 46% Ejecución
Al punto 5.- Conforme el cuadro de presupuesto del punto precedente, se evidencia que el Gobierno Autónomo Municipal de Inquisivi ha y está presupuestando más recursos de exigidos en el Decreto Supremo 2145; consiguientemente y conforme también el informe financiero, para garantizar el funcionamiento del SLIM se contrataron consultores en línea para desarrollar las diferentes actividades del Sistema Legal Integral Municipal.
Al punto 6.- para el funcionamiento y operabilidad de las oficinas del SLIM, se ejecutó el presupuesto (gasto) en equipos de computación, material de escritorio, transporte y otros insumos.
Al punto 7.- Actualmente el Servicio legal integral municipal consta con un equipo multidisciplinario mínimo, encargados de atención a las mujeres en situación de violencia en la aérea legal y social que vienen trabajando conjuntamente con el municipio de Quime en relación al trabajo psicológico amparados en principios de colaboración y coordinación, considerando (Se adjunta documentación de respaldo en fotocopia); sin embargo, la gran limitación para cumplir con lo referido a este punto y en general con lo previsto en la ley 348, es el factor económico y lo alejado o distante del municipio de Inquisivi de la ciudad de La Paz; puesto que, los profesionales exigen una remuneración que no puede cubrir o satisfacer la municipalidad y más aún, con los últimos recortes presupuestarios; consiguientemente y a pesar de las limitaciones citadas, se ha recomendado la contratación de una profesional en psicología con el presupuesto de la gestión 2017; siendo.
• CAVAR! • ARCOPONGO • PATOHOCO • E. AVAROA
• ESCOLA • SIGUAS
• INQUISIVI • CAVAR' •ARCOPONGO
• CAPIÑATA • ESCOLA • SIGUAS
5 • Cel.: 67346710
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.04e/riw, ICIS.:(IM
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LIC. MARIO SARZURI PACO ALCALDE MUNICIPAL ra. Sección • Provincia Inquisivi
La Paz - Bolivia
Al punto 8.- A la fecha no se cuenta con proyectos y/ capacitación al personal referido a la cultura contra la violencia, igualdad y no discriminación en nuestro municipio; pero se tiene previsto realizar en la gestión 2017 con el apoyo de instituciones del Gobierno central y ONG's.
Al punto 9.- Se tiene creado la Red municipal de lucha contra la violencia en el cual se puede respaldar el numeral 1 de la ley N° 348. Convenio firmado con SOLIDAR SUIZA — PADEM (Se adjunta documentación de respaldo en fotocopia).
Al punto 10.- En la actualidad no se cuenta con ningún apoyo integral en nuestro municipio en apoyo al SLIM, siendo que el Servicio legal integral y municipal de Inquisivi es fortalecido funciona de acuerdo a su presupuesto por el municipio de Inquisivi; sin embargo, se viene suscribiendo Convenios de Cooperación con universidades a efectos de contar con apoyo en el área legal y social.
Al punto 11.- A la fecha el municipio de Inquisivi no cuenta con proyectos destinados a la implementación de casa de acogida y refugio temporal para mujeres en situación de violencia todo esto al bajo presupuesto con la cuenta en la actualidad el Gobierno Autónomo municipal de Inquisivi y no será posible en la siguiente gestión 2017 con el presupuesto asignado para dicha gestión; sin embargo, es posible contar con el proyecto de pre inversión a través de los convenios interinstitucionales con universidades y la ejecución, operación y mantenimiento de la casa de acogida y refugio, solo será posible con la participación o cofinanciamiento de instituciones del Gobierno Ccentral y Departamental
Al punto 12.- Al no contar con las casa de acogidas para mujeres en situación de violencia no se implementó infraestructura o capacitación a promotoras comunitarias.
Al punto 13.- Actualmente el Servicio legal integral municipal está organizado en dos Aéreas; las cuales son el Área Legal y el Área de Trabajo Social, siendo que el presupuesto para la presente Gestión asciende a Bs. 60.000 (Sesenta Mil 00/100 Bolivianos).
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LIC. MARIO SARZURI PACO ALCALDE MUNICIPAL lra. Sección • Provincia Inquisivi
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Área Cantidad
Legal 1
Trabajo Social
Total 2
Al punto 14.- El gobierno Autónomo Municipal de lnquisivi, no tiene una cuenta
fiscal como lo establece el art. 77; pero es posible tener una cuenta libreta dentro de la cuenta fiscal única del municipio, extremo que será realizado previa y recomendación e instrucción de la MAE. No se evidencia que se haya realizado algún trabajo comunal con referencia al art. 79, todo esto de la ley N° 348.
Al punto 15.- la Sociabilización de los derechos de las mujeres y niños a las
comunidades que son parte de nuestro municipio, dando orientación sobre la ley N° 348 Ley integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencia y la ley N° 548 Código niña niño y adolescente. Con el proyecto "PARTICIPEMOS PARA EL DESARROLLO DE NUESTRA COMUNIDAD"
Al punto 16.- No se cuenta con reglamentos internos con referencia a este punto de
violencia contra las mujeres; sin embargo, se ha difundido en la institución edil el alcance de la ley 348 y otra normativa que protege a las autoridades mujeres electas; sin embargo, este extremo será recomendado a la MAE para la elaboración de los reglamentos.
AL PUNTO 2.- (Del instructivo 03/2016).
Siendo el SERVICIO LEGAL INTEGRAL MUNICIPAL de INQUSIVI, es un ente rector de las buenas costumbres en primera instancia, además de ser un servicio protector de los derechos humanos, teniendo un trato directo con las personas. las cuales son de diferentes clases sociales, intelectuales y diferentes capacidades, SUGIERE la implementación del AREA PSICOLOGICA, contratando personal capacitado para tal efecto; asimismo y de manera prioritaria, urge contar con un VEHÍCULO AUTOMOTOR, de uso exclusivo, ya que siendo nuestro municipio muy extenso y topográficamente accidentado, se SUGIERE contar con un motorizado apto para todo terreno y de esta nia. -a abarcar los 3 Distritos Municipales, mejorar la infraestructura y equipamieH con el afán de brindar mejor servicios, necesidades que han sido recomendadas a la MAL considerando las
• INQUISIVI • CAVARI •ARCOPONGO
• CAPIÑATA ESCOISA • SIGUAS
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• INQUISIVI • CAPIÑATA I quisu • ARCOPONGO • SIGUAS 6215 • Cel.: 673467100~ ( Hei9/(i4il(, 5/(9.nr, -
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LIC. MARIO SARZURI PACO
ALCALDE MUNICIPAL ra. Sección • Provincia Inquisivi
La Paz - Bolivia
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limitaciones económicas y presupuestarias de la municipalidad extremo que hacemos conocer al Senado a efectos de contar o coadyuvar con un financiamiento destinado a dichas necesidades.-