• No se han encontrado resultados

Se' υ nda

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2023

Share "Se' υ nda "

Copied!
26
0
0

Texto completo

(1)

Se' υ nda

REGLA III.

E la prirnera regla en que fe dixo, que á mayor digriidad precede à la

K menor , (k) iale 1a tercera ,de que el mas

b

Ο e digo prcccda en el afsiento at menos dig-

lIar! , ^. no, en que cl derecho, y la pra&ica fe han

αlίά ,13β/ dado

las

ma nos ,

para

dàr en e{la contro=

do bv.ρoβ.

ca/a,,, z .ρ. verfia a

los

Secretarios en el mejor lυgar,

confτd. τ i.

Por Derecho.

( 1 verb o,pr..

I

Secretario

del Principe

funda

dere.

Ρο Ιmuf , cho en la preeminencia del afsiento,

í" ι4ρ.ρΙ;..

pcιr Confejero (1) calidad 4d ίacυ1cad y ι

cult d! !n. '

τσ. derecho

para

fentarfe en el Confejo , dice ( ni) C'- Cafaneo,(m) poiqiie 1a, noticia,el confejo,

' ο

τd

' τ

6. el avifo,y advertencia

que

hace el Secreta -

.ρ. có, rio á fuRey , es

una

cacita enfeñanza, y ac-i /Jd• s don de magilerio ,

privilegiado

pot- de-

(n)

lib, r , recho natural , y de

las gentes,

con el ho--

do fermon• nor del aísiέto, dice S. Λgιι{ίίn. (n)Y V.M.

D ` ' "

lo enfd a con íu beni ηidad exem lο

S',3atnn, Y P

Cdi df ^. qiiando

entra

en

los

Confelos de Eilado,

Jib. τ ρ

•i

.

=.riι^i

y d e Guerra, y quâdo el C όfejo Real con-

!

';ο

0 w

£ulca

(2)

ι Contr οτ. 'exf ^a r s

fulta fu Real Perlonâ

los Viennes

, en con=

formídad dc lo dífpue(k por derecho co.

m ιτη, y del Reyno : y aísi el Secretario tie- ne de derecho afsictu en el Concejo, y con calidad defer inmediato á

los

Confejeros, excluyendo la interpoikioi' de otro

que

no fea del Conleja. Todo e[:o ζπ dixo una icy, y en propio titulo de

los

Secreta -

rins del Rey, fegun la explicar on de

los

D.^&ores en èl (o)y icy q liabla de afsiento

f

oi RυbrΙ:

en el Confιί οrio del Emperador, que era /4c.5 . ςdeproxiw.

rlιgt

el Supremo Tribunal de Roma

;

y

pone

ι9• Platoa

tres preemínencías del Secretario , y pena L#c•deΡιd

de tres marcos de oro a gυιerι contravιnιe- Το1ιGarry d.Bad, ιr re a qiialquiera de ellas ; y una es el alsien- d'εif. s Lτ.

to con los dems del C ό Γιί οrio,ibi:k't/ι- 13.

. .

dedτ cι4m7κdτce focietas deιτeςata.Y la dιο ιιι 14. Gr"'.

'.7. tit, 9.

iam,correfpúde en nuetiro Idioma á la pa- p.τ.a'rba;

labra con,

que

en fu propiedad Gramatica, ραr^ idads α/υ1 po @

1.

iιgnιñca concinuaclon unmediata , dice Z.c.eαd'm

Angelo Graciano,(p) de

que

fe ínίiere,que fΙt-

el que

no fuere Corilejero, no puede fen- λρ rΑ,ι$1

tarte

delante de

los

Secretarios Confeje. τfag.d^dk;

ros ,yen ηueriendo interpolarle, Ia icy le t°nom 4•^^

priva

de

lu

derecho, incurre en la pena de •

f "

los

tres marcos de oro,y por la

injuria que hace, tiene dercclio ρ ara expelerle del al.

fieri_

(3)

(9) Tτt. da

$Joτιetarijf ι

nun,. ; S.

z) Gajpar Lbt/uar,q.

for. 4.

(1) La.

iub'mu ,

G.ds a dvo.

dk'r. jud.

to.tit. di' advo;afls

ίct.Prrιg,

dc jυr.βk.

$It. τ . :i. I.

Cr i. ad

Αfβιέ .ds-

Ca/a R. 7.

ρ.εση/il.; o

(c ) Llb.

2. r"o pil.

( 3 3• τ o. Ψ

Seg υ n R'

Mento el Confejero: y afsi cl Secretario ha de preceder ιndiίΗm amcnte ·1οs Fií'cales como reίοΙνi Marino Frecia. (ci ) Υ es la raton clara,porq ti Secretario es del Con- fejo , y no lo es cl F'ifcal , y de fuerte , que duda Telauro (r) Γ ρuede de derecho ιο- rnun tener afsiento en è1, porque es λbο- gado Fitcal, dicen las Leyes , y los Do&»

res,( f) y por efe oficio tiene privilegio de preferir á los deràs ι bοgadοsβ bien mas aiitiguos , y

tibien

á los

Jueces ordinarios;

y el Rey les ha dado de gracia el afsiento en los Tribunales, porque de derecho no le tieinen : no fe hallarà FïΓcal en el titυΙα

del Confejo, en las Leyes del Reyno,ni en el título dc Preíïdentes , y Oldores de las Chácillerias, ni en el títul o de los Alcaldes de Corte , fino como miembro diverto dc ellos cuerpos my{licos, en títιυιlu dífereιιte (c) que dίΓpηe,ή enlaCorte aya dos Procu-

radores Fi Γcales,q

aculen

los

delitos,

y

de-

fiendan la hacienda Real. Y quien leyere áBartholoτnè Felipe, y Gaf'par Ens, eu fus tratados del Confejo ,

y

Confejeros,

y á

Fray Juan Madariaga en el tratado del Se

iiado,y fu

Príncipe,

no hallar.

que los

Fife

ca..

(4)

C ο ntr οτ 'erf4

τ τ

cales

lean de, Cοnfejο,cοmο Ιο ion

los

Se cretaríos; y die es íu objeto , y fin. Y

afri fori

inferiores

los

Fifcales à

los

Secretarios Confejeros,y deben fentarfe en lugar in-

ferior à ellos , λαηdoles la precedencia co- 7•p. ιο,^^:

mo á Con fejeros à los que

por ella calidad

i6. &

Fe lientan en el Coníejo ,dice Caianeo,(n) (x ) B"rt f

Felips

ozan de

todos

las τ ί vilrgiοs de Con-

y g p b

^.d7.dι1 οσl Goat n'

fejeros,añadeBartholomè Felipe,(x)y pre- Ιιjο, B&rr.

ceden en el afsiento á todos losjueces fue- d'0iί.t 2 Ι,

ra de Ios Senefcales,que

fe tientan

en c.. (y)G'.vsr. rnn. '7.

beta de efcanos,d ice Boerιo. έ u, bυ, αltivri iam^ íu/ift. di La

ρ

aυτιas ben.

ρ

&jf'.

ί1a¡αη. ,.

E la precedencia del afsiento, refulta L, `o"¡d' feι οr,(y)mayor honor à la

perfora

(z)L.bοnο

y mayor dignidad al οΙ cío,dice la ley,(z)y

d3 ps 1`f•

ηΡr

esargumentode mas λί grο, e1 que

tiene

bοn.

il'ejor afsiento, ai'ade Cefalo,(a) y en ma (a)

teria de precedcricias,la coRúbre,y la prac- da m'ίiImpsr. ισ dίι=- tica (b) es la icy Bellas : con que viene à fer Vndο , η.

precito referir el afsiento que dieran à los ^^^•^.^^_

Secretarios los antig uos , Ý los modernos,

los Re}anos elra ί οs,y los de Canilla, dan- mti.0 obe

do à

cada

tiernpo , y Reyno fu digrefion.

dtεη: Μe nβcbacogj.

126.13.3.

Έ rιme-

(5)

Se'g u nd4.

Frimero tkrpo.

(e) Efd.c.

Sctiviendo Jertmas ( c )

un

lermon q

'E3.σ•l^fi^ hizo

el

Profeta

Baruc en la

Capilla

Real de JeruUalen , dice, que afsiί1 ieron en ella los Grandes de aquella Cortc,y el pri.' mero de quien hace memo na , aisi en el nombre , como en el aisiento , es EliÌama Secretario del Rey. Y el orden de la tetra en las divinas

' es argυ mcnεo de prelacion ι

(d) D.Tb:

1.;. di rig.

dice Santo Thomas.(d) De

fuerte que entre

?ri,.'

.IL

los Grandes

de

los

I-IcbrPos , piccedia el

Secretarlo

del Rey. Υ Rorna ejigí ό

los

âe- crerarios del Sertad υ , de

los mas

fele&os

Senadores,

qiiarido en

él fe

avian de

tra-

tar caulas graves , y querian no

las

Iupiefi

e) 2·r'1. έ

ten

los

Eicrivanos

menores

del dei ρ ach ο

ordt. Prs

ο rdinario,cocno

dicen

Tulio,y PedroGre.

811'. P'tr.

Greg . j,,

gorro , ( e) y que el afsienco le ten . ιan con

4.7 Forme á Γuantiguedad en el Senado. Y de

e(f) Guill. '4ι.:.6 : Francia,dice GuillermoBcnedkto,( f) quc

J,n,d. in Secreiario , y Cancelario , es todo uno: γ

s.R4;nunc. dice alsi: Ο por tener fii cancel, ò efcrito-

r. di":

bαbtιιJ fιr

. .

rio

en Palac

o,

como

le

tiene

el

Secretario

ii", ι. di- que

defpacha con V.M. ò

porque

can

cela,

giro , ^x

y

rompe los privilegios

, ò cedulas qe

fe

a. τ9 i.

revue-

(6)

'Con ιτο per ι '#,.

1

ά τ I

τ en υ t ν a η , y

que

aisi carece por

los

tubs del Rey Carlos

cl

Magno,

que

ion

las

prematicas dc Frauicia , doride al Can-

cclario llama fu Secretario: y fe νén clara-.

mente

por la ley Sauica ,

que

ufa detlas pa.

labras prornifcuarnente , y í'e per cibe afsí ε: , .

ciel

exercício,y ocupacíon del Cancelario, , ,: ` .•

giie es la milma áe1 Secrctari ο,recibί r rt e- ° rroriales,y decretar

los

del Rey,y fώ aΓsien

to era defpυes del FreΓdente en el Ι'araα- mento 'y con nτeiacif ο n á

los

denás , díce

Renato

Copino.

(a ) Υ de SicHia efcrí νεn ^^ Di

Marino

Freccia

, y ΜaίcrτΊο, (b)

que

el Se- FrAηcfæ,t, g

cretario

dei

Rey , tenía eί terc τ ί α ar delL 3t21 pues

dcl Co

ndenable,

y dei

Alrniianre ' ^- Y (b)

Fsoc.+

:. d' ^ffic.

los

Ree de Aragon Harnaron . fυ Secre m^gni::asa

rario Ρrοto ιta! ο 3 Cυί es lo mifmo

que

(c)tιΙ n.,5''

Sccretario,d·ce Molino, (c) y

precediti,

di fry ripen.

ceri BcHuga,y Bee: iQ, (d) tempre at Fifcal νerb°, Τrα en el a

;siento

,

porque

teώ a el !aio dere- to π t ' rj" S.

(^) BtIii'g.

cho

de cl Rey el Principe fu

hijo

en las !rJ jpecu .

Cortes, µ el ί hanci;ler , γ Secretario , el ,, 4 ^ί

Jada izquierdo

, con prelacion à !os dc-

n. 4. r#íι^τaσ

Qd TT.BQ'.

mis Conáejeros , dice Caianeo. (e) Υ ί en- dσ i/'2 οΖ

do el Reyno de Naρο!es αdιτuτrid pot `L τ ^Γan,

cl Rey D. Fernando de Aragon el

año

de 4.σon¡.τ9.

mil

quinientos y tres,

y mLorpΡrQ Cli

f υ

(7)

ι ι: : J eδ

"n d 4

fu Corona , como Ιο tambien Sicilk,

por el Rey D. Pedro el

i

ercero el avío de

mu dοcíentοs y ochenta y υno , en

que

íυ4 cedió defpues Ia Corona de

Caf

illa ; vie- ne à

fer que

el govíerno det}os Re γ,nos lια

(f )Ang ιl. de

fer conforme

à derecho , ( F) por

las

le.'

in 1 f fιη. yes, columbres, y derechos antiguos de

da' ?" d Arago": y como ci" Ατασοη precedia el

pnp

n 'ro&m; Secrccario Protonotario al Fiίcal, afsí los

ιappPrdt. Secretarios han de receder en cl Corifejo

&.3.".1. dc Italia d

onde

V. M. reprefenta elks dos P

. ;bb. Reynos , íìendo en c αdα uno de ellos tan

λ ηaturαl, y vivo Rey de Napoles, y de Sicí-

N,,

lia

corno iο es de CaIIilla:porque 1a repre-

* .. •. , : fentacion ha de imitar lo natural en quαη- (g)4•Μs

norenτ lr^^. to fuere pofsible, dice la ley:(g)FίΣ iο nat"-

lit .de adop r'rn irnitari ‚Iebet.Y como en agυellosRey..

:ίοTJibI'J, nos el Secretario precedia al Fifcal un con-

.;.

troverfia aiguηα , afsi ha de prec eder en el Corifcjo de Italia

que los

reprefenta. Y cn-

• mo el

Protonotario

de Aragon por repre-

A ; `` ', fentacion del Confejo de

los

Reyes de Ara

gon que

refide en Ca1l:ί 11a , precede al Fif- '^` cal de fuConfejo, y comoeflido en (υCο

rona elfos Reynos, y en fu cabeza eíl~as Se-

'i

cretarias dellos , precedia al Filcal en t σ-

das las cautas , ρο r ι en todas hacia cl

uno

οfiι-

(8)

C ο ntrov ε rf 4 'Y ii

οΙcio de Secretario, y otro de Fifcal. t' Γsτ- rrτíΓmο , deΓpι^es de diνididοs los Reynos, en dífcrentes C ουΓcjos , y deΓmembradas as Secretarias en diferentes Secretarios, han de preceder cada uno en (uConfejo at que fuere Fífcal de èl, como le precedía el

Protonotario,

de quien fe originaron ( h) qiiando el govierno de Italia fe feparò de aquella Corona, deirnembrandoic del οί- ciπΡ de Prntonotario las Secretarias del Cύ - fejo de Italia ,(í) Gratia facilioris caltt$rd,co- mο dixo la ley. Y haciendo oy los Secre- tarios del Consejo de Italia, cada υno en

!ù Reyno, todo lo que hacía el Prowno- tario , corno unico Secretario de todas aquelios ΣZeγnοs,todos tο η P rotonotaríos, cada iino de Γυ f ey no dice Boerío, (k) por que repartida Cu ocupacιó, y exercício en- tre ellos ,con el Cello particular ,y recreto, y regiί ro de los delpachos, gozan de fus preeminencías.De fuerte,que cada uno en fu Reyno es Prownotarin, que ΓιgniΓ^ca el Secrcrario primero , y mayor dès ; y en fu οΙ cιο , como en parte dPfinembrada del oficio de Protonotarío,relîde el mί Γmu de- recl,o que en èI todo:(1) ρπrgιιA los Secre- taTios fubrogados en αqe'la οcυpaci ό tie-

I z, nen

(1,) L. e/Ύ .

¶. §. à (i/jo

J Mi7. // Λ αd

λβαc^^dοη.

1.112 ιatlο^

fi!íΜJ, f ad leg. f;τlιld;

ib1f.#rmam

& srίginr^

(i)L.f fi'n

dici , Γ leg. τ .

(k) Bοιr^

dec17. nurn, ι τ.

(l)L. qυ'

dc tCtj .f dc rei vtnd.

(9)

t^ S" υ nd4

nen is mí Γ ma naturaleza,(n) y

privilegios

^ ^•r•^` con tan gran ει nitarri°:ídad ,

que pudieran

ibi Balda,`. .

de tετ^ι; cι' • lοs Seιretατ:οs de kαlτα llamarte Protano-

έ7.&ra(. Ι. tαriοs ,

fi cl

eí^ílo no huviera variado

los

i. dzf"pf

nombres.

Y fe ha de atender dice Oldralr

forar% q .

í=i

,6. „gym , do (n) al

origen

de

donde fe originaron,

y 1J3, ^" 9. 1)0 .

los

ticulos deSecrctarios gue cornaroii.

^ η) ί j delpues, y dà la razon. uia r ι manet ητι ma-

ι&rf'." 7 , ria príarL &gnitasir, (7 maisconβder'2nda ΜGrΖA"'ι° ^ι? á s t4Ιibσ'J crâgo , q" rn titula: immutatus,

?'

4

^ L rd ι ' le f τ guieron Marzauo, y

Valenzuela Ve-

h, νsιfι9z.

lazquez, Prelidcnte de Granada.

i°flβL 94• Prefu p ongamòs

que

V.M.buelve á reu-

sκ ητ'.

' nit el Coni'e jo de Italiaι . la Corona dc Aragon,para

que

lastres negociacionesie goviernei'i por el Confejo de Aragon, cο- mo eil aban en fu princi ρio ; 9ue

cl

exercí-

^^ cio de

las

Secretarias, el (ello , y regífro, bueiven a! q es

Protonotario

de Aragon:

cierto es

que

no It atreverà el Fifcal a pre- tender precedencia con el

Protonotario,

fupuello

que

le precede por derecho , por coR unbrε , y por titulo de juf^icia , litiga- d.a en contradi&orio juicio , por Don

Mi.

gυ1 Clemente

Protonotario

de Aragon, con el Dοέtοr Pellicèr Fifcal del Canlejo.

)' fuè Sentencia Real,que ha ς e ςοΓ a juzga-

da

(10)

C ο t'tr οτι erj7a. τ

τ ^ da para los

litigantes , y

para los

fucceiò-

(o) L.

ή

res

en

lus

οf cίοs, fententia ρrιzdio datur, di- b'rto, §. n^

xu la Lei- (o) no ίσΙο àlas perΓοnas que ti- dψndιnτ

o

Ia fentencia, f ηο al οfIciο que

dgan !e

di

, ^: g^ . j.

di αιg.

es

perpetuo

, y à los que fuccedieren en èl, tbwm. §.Ο β que

fon

los qtic reprefentan el

cuerpo

ma- q"ifxh",

nimado del

oficio: porque

elk

cuerpo

ίτ^- dF^fA of '

telc&iial del

oficio

, f^empre es

uno, aun.

c uc con la varied ad de los cícrnpos

fe

va

rιcn los nombres, y las perlonas , dice la C p) L. β Ley. ( p) Dc quc le

infiere

, que

corno

el

. /' τ1tu` , §•

f&s$uro

Protono

c

ario

de Aragon,haciendo fimul -. di ¡irντ

taneamente 11,1 oficio, y el de Secrecario dc

urbano,prd

Italia, preferia al Fifcal, le ha de prefer ir

cl dior

° Secretario de Italia q{ae hace el mifmo ο li

cio en elsa; porque de otra fuerte fç .í ē guí- ^4 1. cam

na

el abfurdo quc con ί dcra la Ley: ι b ι: ( q)

qai Γ d^

,"od

abfurdrιm minime juri Cm i; conVenien.r ulυ ιαρ.

eff, ut Νηα re.r dí'er τ.r τιmροríbα.r capiaεur. Y . • .^

á la replica de c1ί ο fe ref P

onde

en la fegun- y ξ '`

da

ρ ate de

las

reí' uellas a

los

fiindameri..

tos del Fifcal,

que

es fu propio lugar.

S€ ι'ndo tiempo.

λ I nueIIro t τ έ p ο ( feñor) y en nucaro Reyno,eí υ Ι á ohler.

vancia de losCó -

Tejos

(11)

Seg"n

{ ^t k

.., Tejos ιmayores en favor de los Secretarios, en (os menores ha avido alguna, variedad, originada de varios accidétes,que no mu- ' '""' „ dan la Tul} ancia , cGmo fe dira en fu lug ar.

η λ Pero en eíla diferencia fe atiende ( fefior ) á los faroles,y luces mayores dc lis mayο.

res Tribunales , qiie como orbes {υperiσ^ res, naturalmei'te llevantrasdesìlosinfe- riores,y por fu goviernofe nívelanlos de- .. ms ,y afsi diΓcυrriré for ellos.

Ay en ef}a Monarquìa tres Cofejos tan hermanados en la grâdeza, que no fe ρυe-.

de Γη agravio deshermanaτΙ osλ1on losCo..

Tejos de EfIado , Guerra ,y dc Jiiiuda. El Confejo de Εί adο es Solo Real, á quien eί1

π

ref ervaáas las reCoIιτciοnes mayores

κ

: , :. de la Monargυτa ; que por efo díxo Boe- rin, ( r ) que fe llarnava el Francia el Gran

(τ) Ba'r }ί, Confejo;es la Iii erior gerarchia por a,fsiΓ-

pracιdιnt. tir en ella la Real Ferfona : y Cu Secretarí ο tiene or

p

οficίο tres reemínencias Γτ

p

ng

^

υ- lares. La primera , que vienen á Cu mano Jas cartas, y defpach-os = y abiertos, ó defcí- frados los remite á V. M. que le ordena lο que de ellos ha dc comunicar con el Con- fejo. La fegunda, quc Γι V.Μ.9ιiiere cornar

noticia de aiguna matcra , fe informa del

4$' C C Τ C

(12)

( {) ίJahοi

doro,lffi.δ:

Ερ!,s • (c) Made.

rs,lib. i.dt

la, rXC'/if:

eiaJ di Sai Juan, ix;.

4. §, 1.

(u) Li. t 2.. IIk.t.R, '0P.1. s P• t•

Contr ο verf a

i 2 0

Secretar τ o dc ‚f1ado ; exerciendo Ι ā que

díxa C α íi ο d σ r ο( f) che otra Secretario• tia

'!ι& ιtdΣ ^t'1nCί

ρτ εαη 1;4 jubm τ β at. La ter- ccra fue ad ν e τ Cid α por.

cl

Licenciado Gre- gorio Lopez [Madera, ( t) de vueiho Con- f'ejo

,que

fii depolicioii como teiligo , es

tan privilegiada probanza ,

que

hace fee, fn cοnteί1acion de otro. Y tiene elCon-.

febo dcEfhido por hermano al Confeju de Guerra, oficina Real, donde fe fraguan Ics rayos con queatemoriza á

lus

enerni.

gas el Monarca,

El Coiifejo Real

fe

divide en dis ; en Confejo de JuIlicia,porque es afylo della;

y en la Camara, quc es elConlejo de Ella-.

do, ar'tigiio de

Cabilla

:

arbitro

de la gra-.

cia,y govierno della , dice Ia ley dcl Rey.

no. (U)

Ellos tres

Confejos de Ellado, Guerra,y Camara, reprefentan à V.M. tan

inmediatamente,

que de lο deterrninadQ cn chosen

cautas

de julicia ,no ay fegun . da fuplicaclon, como Γτ las determinara Ta Real Perfona. Son abfolutos, y f oberanos

Confejos.

Los Confejos de Ε{1ado,y Guerra,fe εό ponen deCavalleros dc capa, y eΓρada,gr

desfcflores,y ιτ aei}ros

grandes

dc1}as m α a

tcrias,

(13)

Se j' ín d d .

terias, y de unContelero de Ca Ύ ΙΙa Lετr^, - do ) que afle for dc las materias,de jυίΗcia,

. t y (e lîentan en baa cos de efpaldar,que ro-.

' 4 dean en Ia meta el largo della, pot una , γ otra parte la o ιιρά los Confejeros: y en Ia cabecera ay otro banco de ci ρaΙdar , igual

Μq1^^

*, con

los

demàs,dóde k fientá lusCú ίejeros de Εί1ado,yΓυerra,paraef}àr proxiwwsal

' i

'Ρ Confejero

mas antiguo que prende

, y

ro

- ma la cabecera

dei barico

q cornienza de elks, donde proporienJos negocios, y ef- criven los deε?- etοs cό mayor comodidad

q no tu ν: etan l τ

fe

lentaran 10s nitímos def

piles de los Confejeros , q^ie km muchos.

Afsi 1ο υf rαrn los f-Ι Rtrυί οs, y le ιοί}b Ιa vida à f Sec*°tαrί o de Efό do, dice Livio,

(x) Lívlp)

(x) c Ι ό r

a^' cerca dc fliRev icritadoje ma

/lb. „ f°¡,

to Scebola pcalarido

Suc

era, el

#dey

: tan 31• Ν a υ -

indiferentes

ef}aban.Elcriveri,v proponea

los

Sec

etar ί c s fericados, y cubiertns , o a

I.grllricλl.

9. mo Cnniejerns : y a veces, pot acuerdo del Confejo , hacen , y feñaIan las con Γά Ι- cas,

y ref uekas

por

V.M.buclven à

fus

ma-

nos

, y

las

publican à

las partes, teniendo

en

todo

la correipondencia

inmediata

con V.M.

como

latienen

los

Prctidcntcs en

los demas Confejos; c υe es 1a fuma conίiden^

cia

(14)

Controvert d " Ι 2 ι

ετα de uno,y la grandeza mayor de his ofi=

cíos.En el Conejo de Ε1^ado no ay Fifcal, por ter la materia toda de govierno:espru dencia politica , que llaman ciencia real:

pero le ay en el Conîejo de Guerra por ra.

zen de las cautas militares entre partes,dc..

liros, y vihtas de foldados. Y en quanto at aί ientο, no puede aver exemplar de pre- ccdencia,por fer^tarfe los feñores de Guer- τα , como los de Elado en el banco de eí- pallar atrabclado en la cabecera dcl Con-.

fcjn, y el Fïlcαl el ulcimo dcl banco lateral, y afsí fe ha dcbufcar el exemplar de otras ocurrencias de juntas,ò fiel as de toros, ecτ que fe conlidera la mayorìa de los oficios, para la preccdcncia , como dicen los Doc tores.

A ndguatnente no ava Fifcal proprie- tatio del Confejo de Guerra; y tocaba etIe oficio al Fifcal de la carccl , pero le ay de prefente de algunos años à efl a parte. Afsi los exernplares fon pocos. El primero es de una cedula fiι orada de V. M. à quatro deFebrero de mí1 fei Γcientos y veinte y ί e-.

te, en que manda le acaben los pleytos del Confejo, y en ella ordena V. Mag. que tome la razors.

K El

(15)

Segι4ηd4.

Σ ί

Secretario Pedro de Arce'nombrado

pilmcro, y defpues del

λ Donjuan

de Ρ ala- FOX, Fifcal,y a Γ si i ο hizíeron,y con ί a de la,

dicha

cedula a υ ώicada

por

Cofine deMi- randa, Efcrivano de Camara del Gonfejo de Guerra. Y en

otra competencia

con el

dicho

Filcal, deter

mi nada

e

doce

de No-

víembre de mil fcil'cientas y

veinte

y

líete;

manda

fu Mageílad ,

preceda

el

Secreta- rlo

Pedro de

Arce, Υ

en otta compecencia con Don Luis Gudiel , Fiícal del Confejo

Rcal,y Bartholurnè de Efpinola,dcl Con...

Tejo de Hacienda, mandò V.M. clue Pedro (α) C. ι on¡. de

Arce

lcs

preceda, diciendo

aIs ί

: Ληtοrτ4

riiutiodi, ι/e Λrο/ειai no fe dexaba preceder de los Confe

n cβrd t S .

q, s , jeros de Hacτenda .ροr qυe el de Secret*río

(b)L•$'n* de Ejiado tiené mυy partτculares pri'νί&gίΟS.

Υ

r ι d '

rgo,

, §•

qu

i

d e

las

cedulas Reales,y Ιπ q V. M.

manda que

f dσ ji d fe haga

en

ellas

,

tienen fuerza

de ley

para

rom. lάbσr,

1ο

vec: id ero, dixo

un texto:

(a) Siroê ,q" in

1. qt' f (01-

ν,rfd,

. .

fcrιρtιs decreνιmυs , j e qυ'e ιυ nοβra pr4'en-

a b''d

.

tia

'nidenr,i6 diJpofita. Y caando en

las

di-

1nA/t. c.

fi

chas

cedidas anrepuell o el Secetario Pedro

qLί, fιιf^o,

dc A arce a1 Fifcal

, dize el Dereco , (b)

que

'. ma τ d' le hadepreceder.

El fegundo exemplar ,es de irna junta

dtg.

chue

huvo en cafa del Duque de Feria,con^

ciurrzien-

(16)

Contrc υ erf ίa: i 2 z

currïendo cn eHa d ' lch ο Duqu e, el Mar.

µι s de

Ca(1rηfuerte , y Barth οΣοrnè de Anaya, ambos dcl Gonlejo de Guerra, D.

Gonzalo Perez cleValenzuela del Corilejo Real, el Secrietario edrο de Arce, q !o era dc 1a Junta , y D. Juan Palafax Fifcal del

CοnΓejo de Guerra , los quales Ic fentaron en leis iillas,cn eíl:a forma.Por la parte de- τ echa del bufete,elDuque de Feria,el Mar•

quès de Catl rofuerte , y el Secretario Pc'- drci de Arce ; )' por !a mario izquierda Β.

Gonzalo Perez de Valenziicla , Bartholo-- mè de Anaya,y el Fiical, como parece por telIimonio de Cofine de Μiranda,E(cri ν ι-

nυ de Camara d.hl C οιιί ju de Guerra, d α• * ^ do por orden de la junte, à ί n ί cia de fie- dro de Arce , para ψιe conl}affe del mejor

lugar , y prelacion quc tuvo con el Fi{

d`•' τ ;∆

cal , como din la Ley: (d)

V τ I cr τ b

αtυr bsndo. f

eo ordine, quo quifg ιιe e"Υ'4s mciximo ha- ,

^e) G:a

fore ι τη miιníçi/JiO f^ υnέ7ι's efi. Y uη αι` o νιrδ®,t rίiι

fob n de prei edenicia , cc n1ituye en g υαΓ

In'.cum ti

ρΟ 3ώ ipt1 Js

ella

, (e) a

Secretario

Pe'- "` jj d / P jί.

drο de &r ι c ,

corno

1ο dixe on la g ^ ο ί Γ a, y

& prop-τc.

k)s ΟΟ' r,es. Βιιr^a.cη,a,

Εkcτceτο exemplar fιιé , de

unas

fie{}as

ñü ;a; , f,

de

toros 4

huvo en la plaza ma y

or de Ma-

4. ίtçnocb,

arid

, diezy 1 cte de J&k' de mil

y

fe τ fc ι e

K

τ tos n.d.t,οl, τ.

(17)

Segundd

tcs y veinte,3= ocho.Y c οncurrierοn en las

%entanasde1 Coi'lejo dcGuerra,cl Secre•

tario Pedro de Arce con el Fifcal , fentan- dole Pedro de Arce en mejor lugar, , con precedécia al Fifcal,cnmo parece por te{li- moniode Cofine de Miranda, Efcrivano de Camara del Confejo de Guerra, dado á p=einte y ocho de julio , de mil feífcientos veinte y ocho.Son ellos exéplares tan fuer- tes, que dicen por ellos los Dotores , ha de fer amparado en la poffefsion elSecretario Pedro de A rce,y que el Juez qiie otea cola biciere , excederà los terminns de juIHcia, dice Marcelo Maiiro. (e) Y en cl Cοnί1ejo

(e) is 'ii'

-

de Camara fe flentan

los

Secretarios en X14. s©. •

bancos

de efpaldar, inmediatamente con

;4't°m' τ'

los

Confejeros, por

fer

pocos,y eΙΙέ r todos, cerca del

que

prefide.

Aqui

no concurre

con

los

Secretarios el f ifcal del Confejo Real, con aver muchos pleytos de jualcia del Patronazgo Real , y de

entre partes,

y

los

defiende por efcrito ; y es cierto,

que fi

tiivicra derecho de preceder, no evitara el coiicurfo de

los

Secretaries en Tribunal tá honorifico como pondera Boerio, ibi: (f)

l. Z i.

Sit hodíe S ι cr ι tari;, β c ι; fecr ι tio τ a fcr ώ i t εο m- R#m, 34 rnijJ , d ιΣ ϊdnt , & explicdnt qa' Frínceps in _,

! feεre-

(18)

CοntrοΓ e :/7ό I fccrito, pυtί in cubic'iIi j'bt, & o dinat ,

Pri'tono'zrij Brant. Y D

. Diego del Corral 1 du Filcal del Confejn,pr ο curó ficpre no

concurrir con el SecretarioThamàs deAn- gulo,ni en Confejo de Canara,ni en jun- tas , porqiie en ellas 1 empre le precedíò el Secretario Juan de Amezqiieta por decre.

to de la Mageflad de Felipe Iii. Y. D. Díe- go de Angulo Fífcal de Granada , me añr..

ττ

ό

, oyò

decir

à Cu padre,

que svia prece..

dick fiempre en las juntas al Fífcal , y quc le νί ó preceder en las comidas,y coriledlas del Confejo.Y el etlilo dc la Camara lo ha declarado afsi , porq en los decretos dice:

Pealo el FijcaI , y hablando con los Secreta rios dicen : "εαΙο e1 feñor Secret'irio. Y con mayor urbanidad trataba fus Secretarios de Camara el Emperador Jυί1iη aηο , (g) porque rεfirieιldo una efcrítura que avian otorgado en Cu prefencia,dice,que la otor- gQ en prefencia del Magnificentifsimo Sc- cretaiio de fu Sagrada Camara. Y la dife- rencia de urbanidad arguye mayor digni.

dad de oficio para preferir á otros. Y en el Confejo de Aragon , govierno, ju(Iicía,y gracia

de

aquella

gran Corona,

prefiere

a!

Fifcal el

Protonotario

,

Secretario unico dc

/

(g 4ulben z / υι quo.

q'. /ι'frφ.

8bá : s • ιf' f^tτ^r.

(19)

Segrtrd ε ^

de aqiiel ConIejo , ρΟr razon de fu

para

etilo

del Coniejo ‚y

por

executoria, lítiada εο;ι el!iícal,como Ic ha dícho.Lo gυαl ay uda mucho à

los

Secretariοs de Ita- lía, y perjudica à Ιιι Fílcal: porque

cl

Con- fejo de !‚ragori,es el lolar antiguo dc don . de fe origina el Cο ιΓcjo de Icalia, y el Pro-.

conotario es el protopadre de

fus

Secreta-

rios

: porque

fus

oñcios Fueron facados de fu co(Iilla', y la ocupacío ι de

los

Secreta..

rios

de Icalía,es

parce

de lιi cuerpo. Dc luer.

te

,

que les

puede deck el Proconocarlo εο - mo nueílroPadre Αdán ά fιi Efpofa, (h) Os (h) G'nif. tie o f .dlni r mein, & c'n'o de c irae rca. Y alsi ' Ρ• z' c ιnnο eη. Aragm precede el Proconorario

of FiftaJ , han dc

preceder

los Secrerarios del Cοτιίέ jο de Italia a! Iuyo '

como

parte J 1.Y en e1 CδΓejo de Iagιιiίί cíοn,proριιg.•

M ', K naciiio firr ΐsirιcιο de nυe(irα Religion, y,

λ 4 '' cefυτα :ΓαΩτα de Ia.s cο{}übres Chri ianas,es notoria 1a ρ:recedencía .de D. Antonio de '4endoιa Secretaτiο al Fifcal del ζC¢n- fejo. Ytarnbieiiesnot:orio el execn ρ1 del Licendaiio hrenillas de Reynofo

,que

de Fί%a1 aΓcendiò à la Secretaria : y porque anttsaα exercia j ιuntamente con laFilcaka,

ckri»ió ί α Magellad de Feli µ e Segundo à

Fran.

(20)

C ο ntroverf a. τ t 4

FrancτΓιo Gοnιa1cz de Heredia , Caνaile- ro del

Abito

de Alcantara , y Cυ Secrctario

de Camara,,díxeípe al kquiGdor General proveyciTe la Fi Ι calìa del

Concejo

;

pues

iiunca

avis imaginado 4

#a avia d:e

tener con la Secretaria , ώ 4k le avia de dàr re- ccmpenfa por la Fífcalìa, pues

io

avia

fido

la Secretaria, como coiiIIa de la cert il:i ca_

cion de Antonio de Alofa Rodarte,Cava- Hero de la Orden de Sandago,y Secrerarb

de Caneara , que dice afsì:

Tο Λntιιώ ο de ‚41ο fα Rodarte,Caroallero di I.

arden de Sani adο, del Canfeja del Rey N. S.

y fu Sccretario dc ff4 P'τtronο gοReσl,εertí

jaco, que

en informe,que e βà e"

mi

ofitiο, fτ'rmado de el feηor Franeτ f cο Gor jι1e 'de

Heredia

,y Don Luis de.S41axár,Secretaru. ' f ueron del Patro nα7'gο Real,y de 1a Carnara yΕffadó deC'sβWa, en ra^σn dc 14 ρrfcedιτιcia al Σifcal del Confejo Σieal reβeren,que en un pa pel, que el Rey Ν. S.

efιritiió de fu Real mano,en 3. de Λgοβο de mil gιιínier^tοi no^enτa .y feis , hablando dcl ;Licen- ciado ‚ircnill'gs de Reyvoj'o,Ie dice Gasρalabr s já^uiente.r:7' tαn,bíen direis a? ingιí f dor Gene..

τaί , que fera bien proroea 1'i Fτfcatìa dc iijiieI Conjejo ,

pues

nunca yo

ima

inè

que

14 4Vid dc'

teneT COfl 1.a Secretaria,

ni

gaιή Ic4V" dc 'Lk ncom-

(21)

Sc g υ nda

rιcornpenla par la Fijc4lìa. Τ pαrα que de

ello

con /?e dì la prefentι,βrmιda de

mi nombre

, à feis de Septiembre de mil f eίfcientos y treinta 9gτιatro,

Con que

fe

rcfponde à !o que el Fífcal, fol, t 8.de fu information dice,4ue el Car- denal Don Gafpar de Quiroga ,

mandó

á Arenillasdexar la Fí%alìa

por

alguaosin- conveníentes , y que el

por

efcular el tra .

bajo

de Filcal,

como viejo, eligió

Ia

Secre- t

a

r

ì

a.

Y con el mifmo error

añade:

que no

tiene

mas fullancia el exemplar de J ιταa de Ibarra;

pero

le refponderà el exemplar

(τ.

guiente dcl Confejo de Indias`

Y en el Confejo de Indias,

que

es Con- fcjo de Efado, y Guerra, Govierno, Jυ(}i_

cia,y

Gracia

del nuevo mundo, Cιempre

cl

Secretario precede al Fí(cal , corno parece

POT ella Cedula Real que età prcfeiitada.

EL REV.

Refdent ι ,y lorde nue j?ro Confή o de [n- día.r,porgιτe corm '*Vesi entendido ,yo he ρrονe do el exerckio de 14 Refrendata de to:

‚Iefpdchos de effe Confejo en juan. dι Ibarra

rnse/?ro Secretaria , Por vacation de Antorτio de

£raf o yd diβnιto, con q'c ha dc ρrecsder en e1

dt-

(22)

Contr ο meter f á t 2

dicho Confe; o al nueβrο F jεαt '1 1, como n'νι"ι taos mαrd4do 1ο hick ff cl diclio Antonio de

Ero ¡ο , y lο hi ο Francifco dc Era f o fu padre,

na'e fΙr© Sιcret4riο , á Los otros Fi f^ ales,que en tva^ces fueren, 'lnt's que cl Licιnci ido Juan de

Οbαndο , ν t'g7c e jfé Confejo. Os mand τmos,

quegaardeίs, y ό g'τis gaardar αl dicho 7υαη dc Ibnrra la ‚Iich'* ρrecedencia torLis Lu 'ecos q'c concurriere en e1 dicho Cοnfejο cone! dicho Fi foal , que afsi es mi 'οluntad ge fe haga.

Fecha en Madrid , á roeέ nte de OΣfιώ re de mit

gώ nïentοsy ochenta y jèis añor.

υe es la ley inviolable

por depender

de la

voluntad

del Rey e1 οs honores. (3) Y Antonio de Herrera , Chtani τό Nh yor de las iricHas , en la tabla que

hizo

de

Preιτdeι'

tes

, Cenfejeros , Secretarios , y Fifcales ,los pub por e{la orden. Ύ las Chrot kas, y mas de V. M. y aΓsi{}entes en fu Corte , ιοmα 1\ ntonio de Herrera ,(b) hacen plenilsima fee ,(c ) en los pleytos, y

el

orden

con g ι

ιe efcrívíò losSecreta- rios, y Fíícaies, es e ί a.

L Sc-

(a) L.ε^rιιr

(hs.$"tin,

C. ds feat;

3 . ρ• ι1^ι^Jf di Magijf.

lώ . 3 _ c. τ a, ex n. 88;

(?· 1ib.4.c.

13. à n

to ί . Cgi.

dor, lΙb.;:

Ιι 2.5 C7 z 6.

(b) Hιrre . r', l. 2. di Ch^ε^τιιι

Grura' ds

ι fìn. ι. '1

‚'a&fam. ii'

pr' b τio, .

Bari to t,

Ι .*. Ι i f

/j cerium.

pet4tur.

(23)

ζ ξ ;r, 1i

. Το ι,γ ηεgΗgencia τιο daña à los (;uιe(Τ' res

„tβ, f.Jσ

que

eritran por nueva merced (F) de V.M.

Ρ rác. h cΙeρen d enζe de Γυ αnt€cef

Γο r , y ruicho

dσ"Ι. X97.

menos dafa f u e κe m ρlar los SecreεarΎοs

?i4 14 2.4'.

J"ι ν j ι'

i

de ocros CoυΓejos, qm eτL rι atentos la

Jtt &$ cοτιkτ acíοn dc his dercchos,y no pueden

gsίìa,tm.

14. ^; ' her danι n.,.. τrιcadns cαπ Eieιho apeno ) dice !a,

=/ic σοηj'ι. 1 °y .( g) S on las preeninencíasderecho Ott- 9° t..78. b;icο, qu pende dcl derecho comun : y no

(g) L'.par'r

jami/.f.d: 't3e la voluntad de las partes, dicen los Do- cores; y afsi dcen los fucefTores her rekte-

(1)Dιι '. grados e ι Ia ρι[Γc siondeellas: 4

ώ

exio

i .n ere non ρrοhίbet€r

d

, i

xo 1a le h

6

d^9. . /ib.

r. Y en el Coniejo de ;as Οrdeηcs , que es

V iO/reτ9

L4Ο./Ίb . 4 . equ• • ιlτbrro de }a nobleza, y cal. idad natural

ί ^τ,ίíb.2. de los vafTallos de V. Μ. no cο' curreri los

ιιάjf,29 Secretarios con el Fihcal por ev

itar

elk

eri.'

cιêtrο, ern eí}dη en ρο^efsιο de εΙ a pre' cedencia : porque ay certτΙ cacιοn prefen- tada de aver precedido irn Secretario al

Fihcál. Y dL.vencida la competencia en 1a nomiria de los ΓaΙarτos de los Miriil'-.

t Ι os de elk Conlejo, que fe deîpacha ca da ario , ί rmada de V. lá . γ en ella viene

et Secretario de las Ordenes en primer

- gar

que

el Fifcal, y el orden de Ia letra , dá precedencia , como fe ha dicho.

Υ

(24)

CDntΎο^JeΎ J14. 3 227

Υ en c Confejo d: Hacienda preccdiò el Secretari ο Juan de Efcobedo ai Fifιal, γ pοr fu muerte violenta. Γrviòfυ hijο, y el Filcai le preccdio por rio icr propietario, y

le fav οreciò defpues con fu Μagcfl;ad de . Feiipe Segundo , para que 1e hιcicίΓe mer -

ced de la ρrοníedad del αñcίο; con que na k =- fe atreviδ à íer defa radecídο al beneΙ ciο;

y ie quedó cl Fifιal eon la precede ncia;p e- .: r., rο no pudo tacita ni expretΓamente renun-

c ό

rla , corno Ce ha dicho.

Elks (Ic ίιοr ) ion los exemplares de Ia Corte, que todos ion fîete ; los cinco dc e► Ιο Ion en favor de las Secretarios, y ex- cιuΓon d los Fifcales,y en elks eί la ob- fervancìa mas uniForme , que es laque fe

ha de atender, como dice el texto, (i) y fti οΙ&n ,e^ ibt

g!οίΊ ,y la que fuere mas conforme à dere- glοf: ν'rb.

clio , dicen los Motores , (k) ambas calida- ArglΙ") des tiene pot sì los Seιretaríos. En el Con- di cο

twd.

f",

Tejo Real,la grandeza, y marco de fu Fifcal (k) Μts@

no quiere llegar competί cia ;en el Co η-

ib

`btοι

τ .

on ;

^a ..

fP

ο

de Aragon dla vencida por executo-

ττ

a del Confejo, y tambien en el Con %jo do, cle IngιιιΓιciδ, y con la milma en el de Or-

lenes, y con los exemplares en el de Guer- ra. En νΙ Confejo de Indias precedieron

dei

(25)

Seg υ nda

Jefde ί υ iundacívn

, diez Secretarios , los iikirnos no han cuydado de

effe

horwr,

por

ocros reί j

tos'

Lo mifmo ha paίΓado en el Con(έjο de Hacienda ; y afsi et}os no p ιιeden peτjudí-

^ η dtG^

car à los Secretarios, dice la glo[Γa, (1) para

slim , var. que V. M. perciba q:ia n incierta faè la re

, Angιf• laciori de los exemplares , que oblί gό . V.

M. à mandar , q por αο,•4 precedietTe el Fíf- cal•ndo or motivo

d a ρ q q

ue εfl αba en fu

fa

'i

vor cl mayor

numero

de exerplaresde la Corte.Y Iicido alsi q α e el mayor

nume-

ro de exemplares e Ι ί contra Ci FiIcal, y en favor de los

Secretarios,

f υ t Iii relacion fi - riicIha ;

debe

V. M. bolver cl deer. t ο

por

pafsíva, mádando,que los

Secretarios

pre- cedá a Ι Fi Γ cal pot el mayor numerode exé ,

plares de la Come: reipondiendo á los Sc.

crecarios que

replicaron

con

te

n

or

de deli tern plar la Real

paciencia,

Ι o que el Papa

m) C. ji Alexandro ΙΙI. (m) refρondíà à otra repli.' q^^wde,á^

ca dcl Arzobífpo de

Rabena:Patieter fubf- rε/'ríp.. tínebimras,j n feceris , qυοdρraνd nbisfserk

infnuati ο ne;agge µ. Porque no fob

tienen

en fu favor el mayor

Hornero

de exempla- res de 1a Corte ;

pero

de los

mayores Tri-

bunales

, y exemplares que

fon

mas con- Eormc

(26)

C

οltirQ V•Ή Ì l6r"Y 1

forme t d ι cιhu,dίτen k:>s Βοrοres,(n)ρor

ue con los e ;enp!ares afsíle á los Secre.. (" ) '4β' `•

c1 aιετl. τ $a.

εaríos e ► derecho ιuιruιι , γ el Real,

cl

e^^í« ^, 9, ‚ lυ y a ικοridad de los

Οο t ο rcs(

como fe

ha

bet. ιοι ^.

dicho) Y Ion

las

mayores £ ι erzas

que pue-

den reprefentar

para

vencer de jυί icía , γ ι ιastεniendo á V. Μ.por juez ,y por con- fultores à

los que

todo el Reyno eligiera

para fus

cautas.

RE GLA IV.

do a/ho /cri

Νtτe iguales dignidadcs ,precede la " d' i.i.

mas aτ^ti ua,anττgώfs ίm"s quifg υe,di %alιrf,l τ .

xo la ley. (o ) los Secretariosolv ί - ^Z•^•u^

dig. 'rd.

daces de fus mayorespreeminenciasquie-

f'r•l,, i. ‚•,

ref con mas modetHa vécer por e{}a rebla,

‚i.C. de ii.

venerando las

p

alabras de V.λ^. ue les u_ r°n•'`b.'L'

p q .

P , t.

(u en ιguales valanzas con los Filcales, dτ - C.de d"a;

cìendo en el Real decreto etas. rioιnib . gib.

Def^^ualar 14 drgnτdad de 1οsSeιretariοs,ha^τ^ ϊ! i'

dota

inferior la de F

fr.

erτοr í cal

J

, eι^à loxos dc teda ,f^t

.F τ ^e ο

ι

rαΖοn, por rn chηsετrcυη/?4nώ s q concurre

en ' m.í. &

ej?e tri nτβerío,σráde, y referviulo á fο1οι CΙΙQS, ‚b'd.c. O'.

ties en t9dο quátο no es en

ci

νοtο, pσ'ed é a fpi- t.+υtapu!^

Τ ar á gaalquier emiilackn. Tres colas dice ό ι d p ι Ι jf. '. ^

. 74.dψlnt:

Referencias

Documento similar

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

mos de donde hiivo el Fifcal can inciertas nodcias,ni ent demos corno pudo afirmar las un Fifcal deConfejo tan grave: porque no fe hallara en los regitiros de las tres Se-

Por lo tanto, en base a su perfil de eficacia y seguridad, ofatumumab debe considerarse una alternativa de tratamiento para pacientes con EMRR o EMSP con enfermedad activa

The part I assessment is coordinated involving all MSCs and led by the RMS who prepares a draft assessment report, sends the request for information (RFI) with considerations,

o Si dispone en su establecimiento de alguna silla de ruedas Jazz S50 o 708D cuyo nº de serie figura en el anexo 1 de esta nota informativa, consulte la nota de aviso de la

En la Hoja estudiada estos cambios se mani- fíestan fundamentalmente en los sedimentos del Lias superior- -Dogger, que mientras en las zonas mas orientales están cons- tituídos

Documentación complementaria MAGNA

todo el año, hacemos actas porque son como faros para poder 229?. sostener la escuela,