ILMO. AYUNTAMIENTO DE CANET D’EN BERENGUER
MEMORIA DEL PLAN GENERAL, SEPTIEMBRE DE 2001
I
MEMORIA INFORMATIVA
1º
CONDICIONES GEOGRAFICAS
A. CARACTERISTICAS NATURALES DEL TERRITORIOEl municipio de Canet d’En Berenguer pertenece a la comarca natural del Camp de Morvedre. El término municipal tiene una superficie aproximada de 358,5 Ha.. Linda al este con el Mar mediterráneo, del cual es pues ribereño, y en lo que al resto de los puntos cardinales se refiere, con el término municipal de Sagunto.
El territorio municipal esta enclavado de esta manera en el gran llano litoral del extremo Norte de la Provincia de Valencia comprendido entre las últimas estribaciones de la Cordillera Ibérica, Sierra de Espadán, y el Mar.
La característica del análisis geográfico / territorial más destacable del municipio es la homogeneidad. Así, en efecto, el relieve es sensiblemente llano, en todo el territorio, con una ligera pendiente hacia el Mar que alcanza cotas máximas entre 18 y 20 m.
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El Mapa Geológico de España a escala 1/50.000 (Hoja, 668) identifica materiales cuaternarios de depósito aluvial / coluvial también en todo el término, excepto en las playas en las que éstos depósitos son de origen litoral, no existiendo marjales ni zonas pantanosas.
Los suelos a los que da lugar esta geología son de los tipos, Fluvisol y Cambisol, especialmente aptos para el cultivo, pudiendo ello explicar el destino masivo de los terrenos al uso agrícola intensivo, y en concreto, casi en régimen de monocultivo, de naranjos y mandarinos.
De igual manera, puede afirmarse que las condiciones mecánicas de los terrenos para la edificación son favorables o cuanto menos aceptables en todo el término municipal, incluso más en el cordón de gravas y arenas litoral, no identificándose riesgos geológicos que puedan desaconsejar la actividad constructora.
En este escenario de uniformidad general, no obstante, hay que referirse explícitamente al cauce del río Palancia, que constituye, en buena parte, el linde Sur del término municipal y desemboca en el Mar en el mismo.
El Río Palancia tiene un caudal de 2,23 m3/seg y en la parte final de su curso en el interior del municipio, un amplísimo cauce que, por dicha razón permanece seco la mayor parte del año. No obstante, además de constituir el único accidente topográfico a destacar, permanecen en sus riberas restos de alguna formación de mayor interés de la vegetación edafófila característica de la ramblas de y barrancos del litoral Mediterráneo que será necesario preservar de afecciones urbanísticas ó usos inadecuados.
El Mapa de Riesgo de Inundación a Escala Regional (1/400.000) editado por Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial (1.997), identifica un riesgo de inundación, en el cauce mismo del río lógicamente alto (frecuencia inferior a 25 años) y de alto caldo (superior a 0,80 m.), y un riesgo calificado también como Alto, aunque de Calado Bajo (inferior a 0,80 m.) en el cono de desembocadura inmediato al cauce, hasta una distancia aproximada de 100,00 m. de la ribera. Este mismo riesgo es identificado como “Medio” en el Mapa Geocientífico de la Provincia de Valencia a escala 1/200.00, editado por la Diputación Provincial (1.985)
El resto del sistema hídrico superficial es el constituido por las redes de acequias de riego que sirven a todo el término municipal.
Las aguas subterráneas, como fácilmente se comprende por el emplazamiento litoral, son también muy abundantes y abastecen numerosos pozos, de los cuales se extrae para usos agrícolas, y aun cuando se advierte la naturaleza detrítica del Acuífero, el Mapa de Vulnerabilidad a la Contaminación
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de las Aguas Subterráneas por Actividades Urbanísticas, editado también por la Dirección General de Urbanismo (1.998) califica el riego sólo de “medio”.
El clima de nuestro municipio es el característico de la Llanura Costera que se extiende de Norte a Sur por el litoral Valenciano, calificado en los estudios sectoriales como, “Clima Termomediterráneo Seco”, con precipitaciones medias anuales comprendidas entre 400 mm. y 600 mm. y temperaturas medias anuales superiores a 17ªC. Los vientos dominantes en el municipio sopla en direcciones, Este y Nordeste.
No obstante en este amplio contexto, la publicación de la Consellería de Agricultura y Pesca, “Riesgo de Daños por Frío de las Areas Citrícolas de la Comunidad Valenciana” (1.989), identifica la mayor parte del término municipal como, “Zona Fría Media”, atendiendo a que por no estar a resguardo de los vientos de procedencia Norte y no permitir su topografía la evacuación del aire frío en caso de heladas de irradiación, cuando se producen situaciones de helada, difícilmente salvan los cultivos de sus consecuencias.
Sin perjuicio de lo anterior, una pequeña fracción del extremo SW del municipio está calificada como “Zona Media Fría”, que identifica lugares en los que, aunque se sufren descensos termométricos inferiores a cero grados, los daños que se producen no son demasiado graves.
B. APROVECHAMIENTOS DE LOS QUE ES SUSCEPTIBLE EL TERRITORIO
La vegetación potencial del paisaje litoral del Golfo de Valencia es la que proporcionarían las formaciones "climatófilas", "carrascales" y "pinares", estos últimos casi siempre producto de la degradación de los primeros., los ecosistemas litorales desarrollados en las restingas costeras, y la vegetación “edafófila” propia de las riberas y cauces de ríos y ramblas y barrancos..
El dominio del bosque climatófilo potencial está en la actualidad, incluso desde tiempos históricos, completamente ocupado por cultivos, sobre todo, naranjos y mandarinos. El ecosistema litoral, así mismo, ha sido completamente transformado por la acción urbanizadora, no observándose restos de dunas ni de la
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vegetación característica de éstas.
En el cauce del río Palancia y en algún punto localizado de su ribera, sin embargo si encontramos muestras de la vegetación edafófila propia de estos terrenos, que deberá protegerse. Singularmente, en este sentido, hay que referirse a un pequeño bosquecillo situado en el margen izquierdo del río frente al Casco Urbano.
Así pues, como ya hemos señalado más arriba, la mayor parte del término municipal, en altísimo porcentaje, tiene una clara aptitud para ejercicio del uso agrícola intensivo en régimen de regadío, si bien ha de advertirse también que en el contexto regional y comarcal, el microclima descrito como propio del mismo, no es, comparativamente, el de mayor adecuación a dicho uso.
C. USOS A LOS QUE LOS TERRENOS ESTAN DESTINADOS
E INFRAESTRUCTURAS EXISTENTES EN LOS MISMOS
En suma pues, de la superficie “rústica” del término municipal, ó que no está destinada a usos urbanos, industrias, industrias agropecuarias, equipamientos, infraestructuras, etc., cifrada en 262,19 Ha., por encima del ochenta y dos por ciento (82,38 %), hasta contabilizar 216,00 Ha., está destinado a cultivos y usos agrarios y sólo el restante diecisiete por ciento (17,62 %), hasta sumar 46,19 Ha., está ocupado, ó por espacios arbolados y eriales (1,27 %), si bien sin ninguna posibilidad de explotación forestal, por su mínima dimensión, por playas, (6,63 %) y por el cauce del río Palancia (9,72 %)
De los terrenos destinados a usos agrarios, dentro de los cítricos que se dan en régimen de monocultivo, es el naranjo el que en mayor porcentaje se presentan, seguido de otros cultivos leñosos y frutales, (10 %) y hortalizas (8 %).
La superficie “no rústica” del municipio, por su parte, se cifra en, 96,30 Ha. de las cuales unas 3,80 Ha. corresponden a carreteras y caminos rurales principales, y el resto, 92,50 Ha., a terrenos ocupados por urbanizaciones, áreas urbanas y otros enclaves menores de edificación.
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Los asentamientos de población en el municipio de Canet están documentados incluso en época romana, si bien el Area Urbana Primigenia, ó “pueblo” en lo sucesivo, sólo parece que comienza a configurarse a partir del siglo XVI, observándose grandes crecimientos y desarrollos a finales del siglo XVIII y en la década de los años veinte a treinta, hasta alcanzar una población en torno a 1.200 habitantes, mantenida con pequeñas oscilaciones hasta casi nuestros días. El Pueblo es, en cualquier caso, el centro administrativo e institucional del municipio y el ámbito de los residentes permanentemente en el mismo, cuanto menos hasta fecha muy reciente. Su superficie en la actualidad se cifra en torno a 20,00 Ha.
Morfológicamente hay que distinguir en este Area tres (3) tejidos urbanos diferenciados. En primer lugar el “Núcleo Histórico”, la mayor parte del cual data de finales del siglo XVIII, aunque son abundantes las sustituciones de edificación posteriores. En segundo lugar, la Zona que podemos denominar de “Ampliación de Casco”, que corresponde a los ensanches de los siglos XIX y primeras décadas del siglo XX En tercer lugar, finalmente, las zonas desarrolladas a partir del planeamiento urbanístico institucionalizado a partir de los años setenta y ochenta, denominadas, Ciudad Jardín.
En general podemos decir que nos encontramos ante un casco urbano de características y tipología tradicionales, poco afectado por agresiones urbanísticas y bien dotado de servicios urbanísticos y dotaciones públicas, excepto de un gran parque público. La dimensión media de la vivienda en este ámbito puede cifrarse entre 150 m2t y 200 m2t.
A mitad de los años sesenta, por otro lado, surge una segunda área urbana en el municipio, junto a las playas, que alcanza un enorme desarrollo en los años noventa, hasta casi cuadruplicar en superficie a la del Pueblo. Hasta fecha muy reciente era ésta un área de residencia estacional, si bien, a partir del año 1.999 se observa un significativo aumento de empadronamientos en la misma.
En lo que se refiere a las características y tipología de las tramas urbanas y la edificación en esta Area, encontramos una primera zona en primera línea de mar con edificios paralelos a la costa y adaptados a la parcelación rústica anterior, de entre cuatro (4) y cinco (5) plantas construidas sobre la rasante. Un segundo ámbito es el resultado del desarrollo de un Plan Parcial de los años setenta, del cual han derivado condiciones de urbanización aceptables y diversidad de propuestas tipológicas, viviendas unifamiliares, bloques de edificación en altura, viviendas adosadas, etc. aunque una parte muy significativa de las zonas verdes y dotaciones proyectadas no ha sido gestionada y probablemente ya no lo sea nunca habida cuenta del grado de consolidación alcanzado. Finalmente desarrollando también el Plan General anterior de Abril de 1.985 se han urbanizado tres grandes sectores de suelo urbanizable que han proporcionado a la zona espacios libres de funcionalidad local y dotaciones públicas hasta el
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momento inexistentes, si bien, así mismo. Sigue sin disponerse en la zona de un gran parque urbano al servicio de todos los ciudadanos.
La dimensión media de las viviendas en este gran ámbito territorial es variable, atendiendo a las muy diversas tipologías implantadas. No obstante ponderado la mayor frecuencia de pequeños apartamentos con respecto al resto de construcciones, podemos cifrarla entre 75 m2t y 90 m2t
Sin perjuicio de lo anterior, la gran cuestión que condiciona el desarrollo urbanístico de la Playa es la carencia de un sistema de evacuación de aguas, tanto residuales como pluviales, que asegure el vertido en estación depuradora suficiente de las primeras y la evacuación pacífica de las otras a cauce público sin peligro para la población.
Finalmente henos de referirnos al pequeño Polígono Industrial ya programado, si bien las obras de urbanización no habían comenzado en el momento de redacción de este documento, que ocupa una superficie aproximada de 11,7 Ha. Se trata, en cualquier caso, de un pequeño proyecto que se justifica plenamente con objeto de atender la demanda local de suelo para implantación de talleres, y otras actividades de carácter equivalente que genera toda comunidad urbana.
* * *
En lo que se refiere a las infraestructuras existentes en el municipio, las vías de comunicación y carreteras que discurren por el interior del término son las siguientes:
- Carretera de Port de Sagunt a Torres Torres Per les Valls, clave “CV-320” (antes denominada, Carretera de Canet de Berenguer a la N-340, clave “VV-7017”). Administrada por la Diputación Provincial de Valencia. Puede identificarse con el eje longitudinal de comunicaciones del municipio y constituye el acceso principal desde el Puerto de Sagunto.
La funcionalidad de esta carretera, no obstante, se reducirá considerablemente con la puesta en servicio de la variante a la misma por el Oeste que en la actualidad construye la Diputación Provincial.
- Carretera de Sagunt al Far de Canet d’En Berenguer “CV-317” (antes denominada, Carretera de la N-340 al Faro de Canet de Berenguer, clave VV-7016). Administrada por
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la Diputación Provincial de Valencia. Puede identificarse con el eje transversal de comunicaciones del municipio y constituye el acceso principal al Area Urbana de la Playa.
El tramo de esta carretera comprendido entre el Area Urbana del Pueblo de Canet y la Playa ha sido recientemente cedido al municipio.
El aforo de ambas carreteras es inferior a 500 vehículos/día, si bien en los meses de verano periodos vacacionales y en horas punta se incrementa considerablemente.
Con independencia de las carreteras reseñadas, el municipio dispone de una red de caminos rurales de titularidad pública, de los que deben destacarse por su importancia en el desarrollo urbano y las comunicaciones interiores los siguientes:
- Camino de las Casas del Mar: acceso alternativo a las Playas partiendo de la carretera CV-317 - Camino del Calvari: trazado entre la carretera CV-320 y el Mar, en dirección sensiblemente
perpendicular a la costa.
- Camino de Los Huertos: de acceso a las principales partidas rurales.
- Camino paralelo al Mar entre las Playa de Canet y Sagunto. Atraviese el cauce del Río Palancia
Están, por otro lado, “clasificadas” por la Consellería de Agricultura Pesca y Alimentación, con arreglo a la ley 3/95 de Vías Pecuarias, las siguientes vías pecuarias afectando al territorio municipal, a saber:
- Cañada del Mar, de 75,22 m. de ancho legal y traza paralela a la costa, separando la restinga litoral de las tierras cultivables del interior, en la actualidad, no obstante, como hemos señalado. completamente urbanizadas y ocupadas por edificación.
- Vereda del Camino Viejo de Sagunto, de 9,00 m. de ancho legal y traza de dirección Oeste Este, superpuesta, según que tramos, sobre la carretera CV-317, y en su segmento más próximo a la costa, completamente integrada en el Area Urbana de la Playa.
No han de reseñarse finalmente en el municipio otras infraestructuras de trascendencia territorial, excepto si se consideran en este apartado, el faro (ID – 1)y el Puerto Deportivo “Puerto Siles” administrados ambos por la Generalitat Valenciana.
En lo que se refiere a los servicios urbanísticos, de abastecimiento de energía y aguas y evacuación de aguas, se tiene lo siguiente:
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ABASTECIMIENTO DE AGUA.
Hasta fecha reciente el servicio de abastecimiento de aguas era de gestión local. El sistema tomaba el agua de un pozo situado, en el término municipal de Sagunto, con un caudal de 3.337 m3/día, y la distribuía al municipio desde el depósito elevado, situado en el cerro de “El Cabessol”, junto a el mismo pozo, de 1.200 m3 de capacidad, mediante una conducción principal y dos ramales maestros a las Areas Urbanas de la Playa y el Pueblo.
Con este caudal, admitiendo un coeficiente de pérdidas normal, de 0,45, y un consumo medio diario de 300 litros /habitante/día, la capacidad teórica de abastecimiento del sistema se puede cifrar del orden de 6.200 habitantes.
No obstante, el problema de abastecimiento del municipio en la actualidad, no lo identificamos tanto en la cantidad, como en la calidad de las aguas suministradas, que está significativamente mermada por la excesiva concentración de nitratos.
Así pues, siendo este un problema común a la mayor parte de los municipios de la Comarca, incluida su cabecera, la Consellería de Obres Públiques Urbanisme y Transports ha diseñado un sistema alternativo de abastecimiento a todos éstos, de gestión supramunicipal, a partir de caudales superficiales procedentes del sistema Júcar -Túria, que ha sido plasmado documentalmente en el proyecto denominado, “Proyecto Básico de Abastecimiento de Agua Potable al Camp de Morvedre.
En lo que se refiere al municipio de Canet d’ En Berenguer, el Proyecto prevé la construcción de un nuevo deposito junto la ya existente en el Cabessol, de 2.500 m3 de capacidad. El agua del sistema Júcar - Túria almacenada en este depósito se mezclaría con la procedente del pozo local, dando lugar, a un producto de calidad aceptable para el consumo, y una capacidad de abastecimiento del orden de 10.500 habitantes.
ABASTECIMIENTO DE ENERGÍA ELECTRICA.
Existe una línea aérea de alimentación de alta tensión de 11 Kv., procedente de la subestación de Sagunto, que, penetrando por el Sur del municipio llega a un centro de distribución, situado al oeste del “Pueblo”.
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diferentes áreas urbanas que se desarrollan a lo largo del litoral en el entorno de Sagunto, y entre éstas, a la de Canet.
EVACUACIÓN DE AGUAS.
En el Area Urbana del Pueblo, la red de alcantarillado sigue el trazado del viario atendiendo a la pendiente natural del terreno, en sentido Oeste-Este. El colector principal de este sistema, que puede considerarse completado, una vez sobrepasado el límite urbano, se dirige por caminos rurales hasta alcanzar el Area Urbana de La Playa en el encuentro del Camino de Los Huertos con la Calle Dos de Mayo.
A partir de dicho punto, el colector desciende por esta última vía hasta alcanzar un segundo colector de condición estructural trazado bajo el Paseo Marítimo 9 d’ Octubre, longitudinalmente, a lo largo de todo el litoral, que recoge los vertidos del Area de La Playa, la cual, así mismo, dispone de red local completa.
Este último colector, en su tramo final, al Norte, transporta el caudal procedente ya de todo el municipio hasta una Estación de Pretratamiento situada en el extremo de la misma Playa, junto al municipio de Sagunto, desde la cual, a su vez, un emisario submarino deposita finalmente el vertido dos (2) kilómetros mar a dentro.
Como fácilmente se advierte, el sistema de evacuación y tratamiento de aguas no es el óptimo, por causa, sobre todo, del vertido final en el mar sin depuración completa previa.
Así pues, la Generalitat proyecta a medio plazo la construcción de Una Gran Estación Depuradora en el Puerto de Sagunto, que servirá también al desarrollo urbanístico de otros términos municipales y a la cual deberán conectarse las aguas producidas mediante los colectores generales de nueva construcción también que se precisen.
Este gran proyecto de la Administración Autonómica se completa con un plan completo de evacuación de aguas pluviales que, aun cuando, como vimos anteriormente, no son causa de riesgo de inundación, si podrían llegar a serlo de con la extensión de la urbanización y la pavimentación de terrenos.
No obstante, mientras todo ello se concreta, las soluciones urbanísticas deberán seguir articulándose en torno a la estación de pretratamiento y el emisario submarino existentes.
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DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS
En lo que se refiere a dotaciones y equipamientos, distinguiendo por un lado, entre, Educativo-Cultural, Deportivo-Recreativo, Administrativo-Institucional, y Asistencial, y por otro lado, entre Area Urbana del Pueblo y Area Urbana de La Playa, el municipio de Canet d’En Berenguer cuenta con los siguientes, a saber:
A.- En el Area Urbana “Pueblo”.-
- Equipamiento Educativo Cultural “ED”:1
Colegio municipal público.- EDP – 1A: 1.156 m2 Colegio municipal público.- EDP – 1B: 1.000 m2 Colegio de Educación Primaria Público.- EDP -2 5.235
TOTAL EQUIPAMIENTO EDUCATIVO 7.391 m2
Casa Museo. Público.- EDP-3 685 m2
Biblioteca Municipal (Público) EDP-3 91
TOTAL EQUIPAMIENTO CULTURAL 776 m2
- Equipamiento Deportivo Recreativo “RD”:
Zona Deportiva Pública.- RDP - 5 11.672 m2 Zona Recreativa Pública.- RDP – 6 6.270
TOTAL EQUIPAMIENTO DEPORT./ REC. 17.942 m2
1 Los terrenos de EDP-2 y el proyecto de este colegio están disponibles para que la Consellería de Cultura y Educación
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- Equipamiento Administrativo/Institucional “AD”:
Ayuntamiento / Escuelas Püblico ADP - 1 1.398 m2
TOTAL EQUIPAMIENTO ADM./INST. 1.398 m2
- Equipamiento Asistencial “TD”:
Hogar del Jubilado Público.- TDP – 1 307 m2 Templo Iglesia Católica (Privado 941
TOTAL ASISTENCIAL. 1.248 m2
En síntesis, se dispone de un dotación pública total cifrada en, 28.047 m2 de superficie, que referida a la cantidad de edificación consolidada en dicha Area Urbana, cifrada aproximadamente en 124.000 m2t proporciona un estándar de dotación de, 0,22 m2/m2t.
Por otro lado, este sistema, dadas las dimensiones del municipio y la población servida, ha de calificarse en su globalidad como Red Estructural ó Primaria.
B.- En el Area Urbana “Playa”.-
La composición del sistema de equipamiento en el Area de la Playa es más compleja, en tanto que, las diferentes dotaciones se manifiestan agrupadas en grandes manzanas, producto del desarrollo del planeamiento parcial anterior, en las que no siempre se deslinda con claridad, sobre todo en las de mayor antigüedad, la adscripción concreta a unas u otras de las categorías que determina el Reglamento de Planeamiento..
Por otro lado, es frecuente la devolución de los terrenos al tráfico jurídico privado mediante concesión administrativa para el desarrollo de actividades recreativas de hostelería, etc., sin duda de mucha mayor demanda en esta zona de ocupación claramente estacional. Incluso la Consellería de Cultura ha renunciado expresamente a hacer uso de terrenos calificados de uso docente habida cuenta dicha característica.
No obstante tales dificultades, se puede proponer el siguiente esquema para explicar la composición de la dotación existente:
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Residencia de Tercera Edad “TD”: 9.367 m2
Polígono 20 2:
Equipamiento Recreativo “RD”: 19.398 m2
Sector B 3:
Zona Terciaria Patrimonial “TP-6”: 15.911 m2
Sector D4:
Zona Terciaria Patrimonial “TP-1” 8.676 m2
Sector A5:
Areas de Recreo, Deporte y Expansión “TP-2, TP-3, TP-4 , y TP-5” 15.841 m2
Así pues, en el Area Urbana de la Playa sumaríamos una dotación total de equipamiento cifrada en, 69.102 m2.. que calificaremos toda ella, por las razones expuestas y fundamentalmente por derivar del desarrollo del planeamiento parcial, como perteneciente a la Red Local de Dotaciones.
Referido dicho cómputo a la cantidad de edificación consolidada en el Area Urbana, cifrada aproximadamente en, 266.760 m2t, se obtiene un estándar de dotación de, 0,25 m2/m2t
ESPACIOS LIBRES Y ZONAS VERDES DE LA RED ESTRUCTURAL.
Advertido ya lo referente a la evacuación y tratamiento de aguas, el déficit de la dotación de zonas verdes y espacios libres de la red estructural conforme al estándar legal que exige en el ordenamiento jurídico desde la década de los años setenta es la otra gran cuestión que debe a bordarse y resolverse en la Revisión del Plan General.
En efecto, el desarrollo extraordinario del Area Urbana de la Playa, la poca efectividad de la gestión del
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Este Polígono procede de un Plan Parcial anterior al Plan General de Abril de 1.985
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Este Sector se ha desarrollado a partir del Plan General de Abril de 1.985, en el cual fue calificado
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Este Sector se ha desarrollado a partir del Plan General de Abril de 1.985, en el cual fue calificado
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planeamiento del que ha venido disponiéndose progresivamente, y alguna determinación imprecisa de éste mismo planeamiento determinan que en este momento se cuantifique un gran déficit de tal clase de dotación., como fácilmente se comprende, de necesaria y eficaz corrección para asegurar la viabilidad y credibilidad de la revisión del Plan General.
En este apartado, no obstante, nos limitaremos a cuantificar la dotación ya existente, con la que, en suma, se puede contar a la hora de planificar las nuevas reservas precisas, debiendo discernirse para ello, qué zonas verdes y espacios libres de los ya calificados en el planeamiento vigente, están adscritos a la Red Estructural y cuales no.
Dicha cuestión, no es tan sencilla como parece pues el Plan General de Abril de 1.985 contiene diferentes determinaciones al respecto, tanto en el Pueblo como en La Playa, no todas ellas concordantes.
Refiriéndonos en primer lugar al Pueblo, la Memoria del Plan en su página 24 dice que en este Area Urbana se califican 2,90 Ha. de parque público perteneciente al Sistema de Espacios Libres, sin precisar si se trata ó no del Sistema General de Espacios Libres. Sin embargo, la Hoja 2 del Plano 11 de la serie de Ordenación, rotulada con la leyenda, “Estructura Orgánica y Sistemas Generales”, identifica todas las zonas verdes calificadas por el Plan en el Pueblo, que en efecto suman 2,90 Ha., como pertenecientes al sistema general.
Así pues nosotros adoptaremos el criterio de considerar a todas estas zonas verdes, que a mayor abundamiento están físicamente urbanizadas, sea cual fuere su dimensión y características geométricas, como Zonas Verdes de la Red Estructural.
En cuanto a la Playa, la Memoria del Plan, en la misma página 24, dice que el sistema de espacios libres contiene 5,43 Ha. de zonas verdes en terrenos clasificados como suelo urbano, y otras, 4,49 Ha. en terrenos clasificados como suelo urbanizable. Más adelante, en la página 30 dice, a su vez, que la totalidad del suelo urbanizable, incluyendo los sistemas generales, se ha subdividido en cuatro sectores de actuación. Finalmente, en la descripción de las características de los sectores de suelo urbanizable delimitado, la memoria precisa lo siguiente, a saber:
- página 37. Sector “A”, zona de Recreo y Expansión: tiene una superficie de 22.208 m2. ... se destinará como mínimo un 50 % de su superficie a zonas verdes de uso público.
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Sin embargo, la Hoja 3 del mismo Plano 11, el plano destinado a identificar a los sistemas generales, no señala ningún elemento de este sistema en el suelo urbano mientras que en el suelo urbanizable, aun identificando cuatro zonas diferenciadas, sólo una, de 9.362 m2 de superficie, está bien referida en la Memoria, mientras que las tres (3) restantes, sumando una superficie total de, 5,86 Ha., quedan claramente sin relación con el contenido de dicho documento.
A la hora pues de cuantificar la calificación consolidada, ó a considerar en la Revisión del Plan, de esta clase de dotación, es evidente que la zona del sector “B”, perteneciente al dominio público y ya urbanizada, ha de computarse en el primer lugar. Por el contrario, las otras tres (3) zonas delimitadas en el Plano 11, que no han sido ejecutadas y a mayor abundamiento, como luego se razonará, impiden la extensión natural de la urbanización hacia el interior del municipio, ni se computarán, ni se contará con ellas en lo sucesivo.
En lo que se refiere, sin embargo, a la zona verde del Sector “A”, entendemos claro que la misma se adscribió a la red estructural, aun cuando no conste en el Plano 11, y ello, habida cuenta de la falta de claridad y precisión de este mismo plano, y de la mención explícita de la página 30 de la Memoria ya reseñada.
En suma, advertido lo anterior, la relación de Zonas Verdes y Espacios Libres de la Red Estructural o Primaria existentes en el municipio, conforme a mediciones practicadas sobre la cartografía digital soporte de la Revisión del Plan General, es la que a continuación se reseña, a saber:
Pueblo DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m2) QLP- 4 9.670 QLP- 5 8.726 QLP- 6 3.332 QLP- 7 1.250 QLP- 8 1.600 QLP- 9 1.163
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Playa
DENOMINACIÓN SUPERFICIE (m2)
QLP- 2 9.3.62
QLP- 3 9.708
Total zonas verdes Red Primaria Playa 19.070
Total zonas verdes Red Primaria 44.811 m2
Refiriendo ahora las cuantías de esta clase de dotación disponibles a las poblaciones potenciales de cada Area urbana que se obtienen aplicando al número de viviendas respectivamente existentes los módulos de ocupación característicos según todo ello se justificará más adelante, se tienen los siguientes estándares:
AREA URBANA DOTACION
(m2) Nº DE VIVIENDAS (viviendas)) MODULO DE OCUPACIÓN (habitantes/vivienda) Nº POTEN. HABIT. (habitantes) ESTANDAR (m2/hab.) Pueblo 25.741 728 2,54 1.850 13,91 Playa 19.070 2.964 0,51 1.522 12,52 TOTAL 44.811 3.692 1,70 6.276 7,14 D. DIFERENTE APTITUD DE LOS TERRENOS PARA SU UTILIZACION URBANA
Podemos afirmar, con carácter general, que el municipio de Canet d’En Berenguer es particularmente apto para el alojamiento de usos urbanos por las siguientes razones:
a) La situación relativa del municipio, inmediatamente adyacente a la Comarca de L'Horta, es favorable a la recepción de iniciativas de difícil cabida en la misma, dada la saturación
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urbana que en ésta padece, y el carácter restrictivo de la revisión del planeamiento que ha tenido lugar en sus municipios a lo largo de los años ochenta.
b) La topografía homogénea y poco accidentada, del territorio municipal y las favorables condiciones mecánicas del suelo en el mismo, en general, facilitan la implantación de la urbanización a costes razonables
c) No existen en el municipio, salvo el litoral marino, por otro lado ya completamente urbanizado en la actualidad, y el cauce del Palancia, espacios naturales de extensión significativa de gran interés, u otros elementos cuya necesidad de conservación impida la urbanización..
d) No existen en el municipio implantadas industrias tales o actividades que por sus caracte-rísticas desaconsejen o hagan poco atractiva la implantación de nueva urbanización
e) Los precios del suelo no han alcanzado los niveles de la Comarca de L'Horta y no dificultan, o incluso impiden el desarrollo de nueva iniciativas urbanas.
Admitida pues esta aptitud general previa para la urbanización, sin perjuicio de la conveniencia de conservación del paisaje agrario, podemos convenir que las áreas específicas en el seno del municipio en las que la misma ha de concretarse son aquéllas que no presentan condiciones singularmente favorables a la implantación de otros usos.
Tales condiciones de exclusión se manifestarían a nuestro juicio, con independencia de las zonas de afección de costas, carreteras, cauces públicos, etc., en el extremo NW del municipio, donde a la general aptitud fíísico-química del suelo para el uso agrario intensivo, se aúnan unas especiales condiciones climáticas (calificación de Zona Media Fría en contraposición a la zona Fría Media que caracteriza al resto del término).
El análisis del medio físico no revela ninguna otra vocación de uso de especial significación, ni ninguna otra condición de exclusión de la urbanización en el resto del término municipal, por lo que, en principio, cabría entender cierto carácter de "neutralidad" extendida a la mayor parte del territorio con respecto a la implantación de los usos urbanos.
Finalmente, en cualquier caso, el desarrollo urbanístico que se planifique deberá asegurar la coordinación y compatibilidad con el planificado en el término municipal de Sagunto, en avanzado estado de ejecución, o completamente consolidado, en las zonas del litoral en contacto con el nuestro.
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E. SEÑALAMIENTO DE LOS VALORES PAISAJÍSTICOS, ECOLOGICOS,
URBANOS, E HISTORICOS Y ARTISTICOS, EXISTENTES EN EL AMBITO
TERRITORIAL DEL PLANEAMIENTO
De cuanto acabamos de exponer es inmediato deducir el escaso interés que el medio rústico de nuestro término municipal ofrece para la conservación de la naturaleza, pues, ni existen accidentes topográficos o geológicos singulares, ni se dan flora natural y fauna singulares, o cuanto menos abundantes, ni se aprecian, en suma elementos de significación territorial específica, excepto las playas y algún reducto de vegetación edafófila adyacente al cauce del río Palancia.
En este sentido, en efecto, El Mapa Geocientífico de la Provincia de Valencia identifica como de "Muy Alto Interés para la Conservación de la Naturaleza", el cordón ó restinga litoral en el que se extienden las playas del municipio, bien entendido que se trata de playas llanas sin formaciones de dunas. Inmediatas a terrenos ya completamente urbanizados.
En el resto del término municipal, atendiendo al monocultivo que lo caracteriza y a la capacidad físico química del suelo para el uso agrario, el mapa Geocientífico identifica “interés para la conservación de la productividad agrícola y el paisaje agrario”, si bien, es evidente que esta calificación global, no es excepcional en el ámbito territorial, comarcal y subrregional, al que nos estamos refiriendo, sino que está ampliamente extendida por el mismo.
En lo que se refiere al Patrimonio Arqueológico, los yacimientos a identificados por la Consellería de Cultura, “Cabo Canet”, “El Marcià” y “La Malvarrosa”, el primero está situado mar a dentro, entre uno (1) y dos (2) kilómetros de la costa, por lo que su posible protección no es objeto del planeamiento urbanístico, y lo dos segundos pertenecen al término municipal de Sagunto.
El valor absoluto del Patrimonio Arquitectónico del territorio municipal, por otro lado, es poco significativo en relación con el del resto de las poblaciones de la Comarca, y sobre todo en comparación con el propio del inmediato municipio de Sagunto. No obstante, a instancias de la Consellería de Cultura, y atendiendo a su significación histórica, más que artística, hay que reseñar en este apartado como elementos de interés a conservar, La Iglesia Parroquial de San Pedro Apóstol, iniciada en el siglo XVIII y la Casa-Palacio de los Berenguer. También se ha identificado interés patrimonial, en el edificio y patio ajardinado
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de la Casa de la Calles de Les Parres nº 4, y en el Faro de Canet. En cualquier caso, ha de reseñarse que no existe en el municipio ningún “Bien de Interés Cultural” conforme a lo previsto en la Legislación Sectorial en materia de Patrimonio.
F. CARACTERISTICAS DE LA POBLACION. CONDICIONES ECONÓMICAS Y SOCIALES PREVISIONES DE EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA.
La población de derecho del municipio de Canet d’En Berenguer, a fecha 30 de Junio de 2.000, es de 3.372 habitantes, de los cuales, aproximadamente el cincuenta y cinco por ciento (54,86 %), 1.850 habitantes, se empadronan en el Area Urbana del Pueblo y el resto en el Area Urbana de La Playa. El número total de viviendas del municipio en la misma fecha, por su parte, se cifra en la cantidad de 3.692 unidades, de las cuales, rompiendo el equilibrio de población, 2.964 viviendas están situadas en el Area de la Playa y sólo 728 viviendas en el Area Urbana del Pueblo.
Así pues, refiriendo al número de viviendas en el Area del Pueblo el de habitantes en la misma, se obtiene un estándar de ocupación de, 2,54 habitantes/vivienda, claramente inferior al que se reseña para el municipio en los estudios elaborados por la Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial6, cifrado en, 2,90 habitantes/vivienda, aunque muy superior al que resulta al extender el cálculo a todos los habitantes y viviendas del municipio, que se cifra sólo en0,51 habitantes/vivienda.
Así pues, se entiende razonable determinar para los cálculos sucesivos del Plan un módulo de ocupación intermedio, entre el máximo y mínimo de los considerados, que de este modo quedaría fijado en, 1,70 habitantes/vivienda y que, de algún modo, atiende a la importancia que el componente de estacionalidad ha de tener a la hora de valorar la adecuación de los estándares de dotación que se propongan.
Por su parte, de la pirámide de edades a fecha 31 de Diciembre de 1.999, que reproducimos en la página siguiente, se deduce que la población en edad de escolarización obligatoria, la comprendida entre cinco
6 Dicho estándar está identificado en la publicación de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación Territorial,
“Previsiones de Población y Vivienda para el Planeamiento en la Comunidad Valenciana”, (Valencia, 1.997) para el año 2.001.
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(5) y quince (15) años, representa el 8,48 % de la población total del municipio.
Es de destacar también con respecto a la población escolar, que la Consellería de Educación a renunciado recientemente a hacer uso de las reservas de suelo publico con destino docente existentes en el Area de la Playa ante la inexistencia de demanda de dicha clase de servicio en la misma
Con independencia de lo anterior, habrá de considerarse a su vez, aunque sea difícil de cuantificar, un porcentaje significativo de población estacional, haciendo uso de las viviendas sólo en los periodos vacacionales, que requerirá la prestación de determinados servicios, principalmente, los relacionados con la asistencia sanitaria primaria y el ocio.
PIRAMIDE DE EDADES (6 / 2.000)
EDAD TOTAL PORCENTAJE
0 / 5 85 2,52 6 / 10 128 11 / 15 158 8,48 16 / 20 203 21 / 25 261 26 / 30 243 31 / 35 264 36 / 40 261 41 / 45 327 46 / 50 346 51 / 55 254 56 / 60 176 61 / 65 126 66 / 70 139 71 / 75 104 76 / 80 91 81 / 85 85
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86 / 90 68
91 / 95 45
96 / 105 8
TOTAL 3372
Finalmente, a la hora de predecir la masa de población en los años de vigencia del planeamiento, que supondremos como mínimo diez (10), estudiaremos el comportamiento de la variable demográfica absoluta también en los últimos diez años. A partir de la siguiente tabla
AÑO POBLACIÓN (habitantes) INCREMENTO (habitantes) PORCENTAJE ( % ) 1990 1.519 91 1.534 15 0,99 92 1.578 44 2,87 93 1.646 68 4,31 94 1.690 44 2,67 95 1.794 104 6,15 96 1.975 181 10,09 97 1.989 14 0,71 98 2244 255 12,82 99 3367 1.123 50,04
Como podemos observar, la tabla no pone de manifiesto una ley de crecimiento perfectamente definida, si bien pueden apuntarse las siguientes conclusiones:
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b) En segundo lugar, se produce un crecimiento excepcional en el año 1.999, ¡del 50 % con respecto al año anterior! tanto en el contexto municipal como en el regional, que parece responder a un empadronamiento masivo e inesperado de nuevos residentes en el Area Urbana de la Playa como consecuencia de la puesta en el mercado en este año de un elevado numero de viviendas, y que, evidentemente, no puede tomarse como patrón de referencia para la proyección de los próximos años.
De hecho, el recuento de población llevado a efecto a mitad del presente año 2.000. manifiesta un incremento de población con respecto a 1.999 de sólo 5 habitantes, que en modo alguno responde a al comportamiento de la variable registrado el año anterior.
c) Finalmente, se puede homogeneizar el comportamiento de la variable entre los años 1.990 y 1.998 promediando el porcentaje de crecimiento de cada año, resultando de ello un porcentaje de crecimiento constante del, 5,07 % anual. Con dicha hipótesis, la tabla de proyección de la población para los próximos diez (10) años, que se suponen de vigencia del Plan, será la siguiente AÑO POBLACIÓN (habitantes) 2.000 3.538 01 3.717 02 3.906 03 4.104 04 4.312 05 4.530 06 4.760 07 5.001 08 5.255 09 5.521
Conforme a dicha hipótesis, en suma, podemos predecir cual será la población en edad de escolaridad obligatoria en el horizonte de vigencia del Plan, si admitimos también que el porcentaje de las coortes correspondientes, recordemos, el 8,48 % , permanecerá invariado en dicho periodo. En suma tendremos que dicha población puede evaluarse del siguiente modo
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Población escolar en 2.009: 5.532 habitantes x 0,0848 = 469 individuos:
La distribución de la Población Activa del municipio de Canet en Junio de 2.000 por sectores de producción es la expresada en la siguiente tabla:
INDIVIDUOS %
SECTOR PRIMARIO 318 27
SECTOR SECUNDARIO 306 26
SECTOR TERCIARIO 554 47
TOTAL 1.178 100
Advirtiéndose con respecto a esta cuestión un transvase significativo en los últimos años de población desde los sectores primario y secundario en dirección al sector terciario, que cabría explicar por la progresiva importancia que va adquiriendo en la economía local la prestación de servicios en el Area de la Playa.
En el sector primario la practica totalidad de los puestos de trabajo están dedicados a la agricultura, ya que en el subsector ganadero la actividad es mínima.
La superficie del término está compuesta por terrenos de regadío en su casi totalidad, siendo los cítricos la principal, o por mejor decir, la única producción agrícola. En general, la rentabilidad del sector está afectada por la gran fragmentación de la propiedad, habiéndose pues generalizado el modo de explotación a tiempo parcial.
En el sector secundario hay que destacar que un porcentaje muy significativo del empleo, superior al 70 % lo cubre la oferta que emana del Puerto de Sagunto y sus Polígonos Industriales. Así, la única industria del municipio es la industria de la construcción, y aun ésta se manifiesta estructurada en empresas de muy pequeña dimensión, de manera, en suma, que su capacidad de intervención en la economía local es muy limitada.
Como se ha reseñado en la tabla que antecede, el 47 % de la población activa está empleada en el sector terciario, dependiendo en una fracción significativa también de la actividad generada en el exterior del municipio.
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2º
CONDICIONES INSTITUCIONALES
A. PLANEAMIENTO VIGENTE
CON ANTERIORIDAD
1.- En relación con el planeamiento general el proceso que ha seguido Canet d’En Berenguer es el siguiente:
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de 1.985, y sustituía a un Plan General anterior fechado en el año 1.976. Este último Plan, a su vez, sustituía, a otro del año 1.956, que en realidad se trataba más bien de una delimitación de suelo urbano.
El grueso de la delimitación del suelo urbano en el Area Urbana de la Playa procede del Plan de 1.975, comprendiendo las siguientes grandes zonas de ordenación, denominadas en dicho documento, y a partir del mismo, “Polígonos”, a saber:
• “Polígono VII / Ciudad Jardín”.
• “Polígonos VIII Y XII “Zona de Edificios Altos” • “Polígonos XVI, XVIII y XIX Residencial Plurifamiliar
• “Polígonos XIII Y XX “ ZONAS Deportivas de Recreo y Expansión”
En síntesis, el cuadro resumen de superficies en hectáreas (Ha) del Plan General de Abril de 1.985 vigente y sus modificaciones es el siguiente:
PUEBLO
PLAYA
SUELO URBANO SUELO URBANI LEY 6/94 SUELO URBANI NO PROG SUELO URBANO SUELO URBANI PROG. SUELO NO URBANI TOTAL 1ª Residencia 11,11 4,54 15,65 2ª Residencia 24,38 20,66 45,04 Industria 1,23 1,23 Agrícola 245,60 245,60 Parques públi cos y zonas verdes2,90 5,61 4,49 13,00
Zonas deportivas y de recreo
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Centros docentes 0,74 0,74 Comercial 0,59 1,80 2,39 Otros equipamientos comunitarios 0,28 3,39 3,67 Red viaria 4,14 5,99 8,27 4,03 22,43 Aparcamien-tos 0,26 0,52 0,78 TOTAL Has. 19,43 1,23 4,54 41,87 40,83 250,59 358,49
2.- En relación con el planeamiento parcial el proceso seguido es el siguiente:
- Se desarrolló en el año 1.974 un Plan Parcial en una importante zona de la Playa que el Plan General de 1.979 al que nos hemos referido en el apartado anterior, recogió como tal, y que en el Plan General de Abril de 1.985 se incluyó dentro de la delimitación del Suelo Urbano de la Zona de la Playa.
Este plan Parcial comprendía, y así se trasladaron al planeamiento posterior, las siguientes grandes zonas de ordenación, denominadas también “Polígonos”, a saber:
• “Polígono VII / Ciudad Jardín” • “Polígono VIII / Edificios Torre” • “Polígono XII / Edificios Altos
- En el año 1.993 se tramitó en la Zona Pueblo un PAU y un Plan Parcial desarrollando toda una bolsa de Suelo Urbanizable No Programado contenida en el Plan General de Abril de 1.985, que contenía la delimitación de cuatro Unidades de Ejecución.
- En la Zona de la Playa se han tramitado y aprobado tres (3) de los cuatro (4) Sectores de Suelo Urbanizable Programado previstos por el Plan General vigente. Se trata de los
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Sectores A, B y D. El Sector A se tramitó en el año 1.991 junto a una Modificación del Plan General vigente para adaptarlo a la Ley de Costas. Los Sectores B y D se tramitaron en el año 1.998, y por tanto al amparo de la LRAU. La ejecución del planeamiento en estos tres sectores es total
3.- En relación con las Modificaciones de Planeamiento, el proceso seguido es el siguiente:
- Básicamente durante los primeros años de vigencia del Plan General se tramitaron pequeñas modificaciones para subsanar los errores contenidos en el documento.
- La primera modificación importante se produce en el año 1.990, cuando para la tramitación del Sector A, era necesario adaptar el contenido del Plan General a la recientemente aprobada Ley de Costas. Concretándose el resultado en que todos los elementos de cesión del Sector A, se colocaban en una franja paralela al mar, desplazando las edificaciones a partir de ella.
- La segunda Modificación importante se desarrolla en el año 1.994, y se tramita ya con arreglo a la LRAU. Se trata de incorporar un Suelo No Urbanizable a un Suelo Urbanizable de Uso Industrial, realizándolo con una ordenación pormenorizada. Reconociendo la clasificación anterior de los terrenos en el Plan de 1.976, que posteriormente hubo que eliminar en el planeamiento vigente ante la enorme oferta de suelo público de uso industrial sin consolidar que se había dotado al término de Sagunto.
GRADO DE EJECUCIÓN
Continuando con la lectura de Oeste a Este de los tres núcleos del término municipal se tiene lo siguiente:
- El Suelo Industrial no se ha desarrollado. Si bien en esto momentos se ésta tramitando un programa de Actuación Integrada extendido a todo su ámbito.
- En la Zona Pueblo en el Suelo Urbano se han cumplido prácticamente todas las expectativas de crecimiento previstas por el Plan General. Se han desarrollado ocho (8) Unidades de Actuación delimitadas, todas ellas en el Area Urbana del Pueblo con posterioridad a la aprobación del Plan General quedando únicamente una manzana
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edificable por ejecutar, y una pequeña bolsa de suelo urbano de zona verde junto a la Guardería
- En el Suelo Urbanizable No Programado se tramitó un PAU y Plan Parcial que contenía cuatro Unidades de Ejecución, de las que se han desarrollado dos (Unidades nºs 1, y 2) prácticamente en su totalidad
- Por todo ello, el grado de ejecución de la Zona Pueblo es muy alto, ya que el Suelo Urbano previsto se encuentra consolidado prácticamente al 100%, mientras que en el Suelo Urbanizable No Programado el grado de ejecución puede estimarse en el 30%.
- En la Zona Playa el Suelo Urbano definido por el Plan General se encuentra con un grado de consolidación próximo al 100%. Con la excepción de una banda de zona verde en el extremo Oeste y de un pequeño tramo de un vial en colindancia con el término de Sagunto en el extremo Norte del Término. En cambio se ha desarrollado el Paseo Marítimo dentro de la anterior Zona Marítimo-Terrestre, incorporándose al sistema de zonas verdes del Suelo Urbano con el desplazamiento producido en ésta delimitación.
- De los tres Sectores de Suelo Urbanizable Programado en desarrollo, el Sector A tiene un grado de ejecución del 90%, el Sector B del 95% y el Sector D de un 80%.
En conclusión se puede estimar que el grado de ejecución del modelo propuesto por el Plan General vigente es alto, que se han cumplido básicamente todas sus determinaciones, siendo en éstos momentos la oferta de suelo residencial muy escasa, con pequeñas inclusiones en tramas absolutamente consolidadas.
B. CONDICIONES DERIVADAS DEL PLANEAMIENTO Y PROGRAMACIÓN
En el Area Urbana del Pueblo, como se acaba de reseñar, puede considerarse totalmente ejecutado, el planeamiento urbanístico en el suelo urbano. En el suelo urbanizable, no obstante, restan por programar dos (2) Unidades de Ejecución, identificadas como, “Unidad de Ejecución nº3”, y “Unidad de Ejecución nº4””.
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En el Area Urbana de la Playa, de igual manera, el suelo urbano está completamente consolidado. No obstante, resta por gestionar adecuadamente el ámbito denominado, “Polígono XIII / Zona Deportiva de Recreo y Expansión”, en la cual no se han llevado a efecto las cesiones de terrenos públicos estipuladas en el planeamiento anterior.
En cuanto al suelo urbanizable, como también hemos apuntado, la ejecución del planeamiento en el ámbito de los sectores “A”, “B” y “D” es prácticamente total. En el sector restante, “Sector C”, por su parte, no se han presentado propuestas de programación, por lo que las posibilidades de actuación sobre el mismo son absolutas.
C. REFERENCIA A LAS CONDICIONES QUE SE DERIVEN DEL PLANEAMIENTO DE ACCIÓN TERRITORIAL VIGENTE.
El término municipal de Canet d’En Berenguer no está afectado en la actualidad por ningún planeamiento de acción territorial de los previstos en la legislación urbanística de aplicación en la Comunidad Valenciana.
D. RESULTADO DEL TRAMITE DE CONSULTAS PREVIAS A QUE SE REFIERE EL ARTÍCULO 38 DE LA LEY 6/94 REGULADORA DE LA ACTIVIDAD URBANÍSTICA
Con motivo del inicio de los trabajos de redacción del Plan General el Ayuntamiento de Canet d’En Berenguer ha dirigido escritos al Ayuntamiento de Sagunto y Entidades Públicas que pueden resultar afectadas por sus determinaciones.
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En este trámite el Ayuntamiento de Sagunto ha manifestado la necesidad de asegurar la continuidad por el Norte del Viario de borde que limita el desarrollo urbanístico del Area de La Playa, en coordinación con los proyectos que en la actualidad se desarrollan en la Playa Norte de dicho municipio.
Por otro lado, el Ayuntamiento ha sometido las propuestas de ordenación estructural y de definición del modelo territorial del futuro Plan General a la fase de “Concierto Previo” a la que se refiere el artículo 38.1 de LRAU, habiendo emitido informe el Director General de Urbanismo con fecha 23 de marzo de 2.000 declarando “cumplimentada” dicha fase.
El informe afirma que el modelo de desarrollo propuesto resulta lógico y de mucha claridad, y se aprecia correcto desde el punto de vista de la ordenación territorial, todo ello sin perjuicio de las siguientes apreciaciones, a saber:
A.- En lo que se refiere al Area Urbana Pueblo
a) No se aprecia la idoneidad del nuevo sector terciario por su escasa entidad y emplazamiento, exterior a la ronda que circunda a dicha área.
b) Se determina que los suelos no desarrollados del suelo urbanizable “Ciudad Jardín” continúen clasificándose como suelo urbanizable, y no como suelo urbano.
B.- En lo que se refiere al Area Urbana de La Playa
a) Se determina que debe analizarse más detalladamente la coordinación con las previsiones de desarrollo urbanístico en el municipio de Sagunto.
C.- Otras consideraciones generales:
a) Se determina que el Plan General deberá justificar la dotación de la Red Primaria de Zonas Verdes de acuerdo con el artículo 17.2 de LRAU.
b) Se determina que deberán observarse en la redacción del Plan las Cartografías Temáticas y Estudios integrantes del Sistema de Información Territorial publicadas por la COPUT.
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Por otro lado se sometió a la Consideración de la Corporación una propuesta de Convenio Urbanístico afectando a la Zona Comercial del Polígono XII del Area Urbana de la Playa, que fue aprobada por el Ayuntamiento en Pleno y que se adjunta a la documentación del Plan General para ser expuesta al público conjuntamente con éste conforme a lo dispuesto en el párrafo 4 de la Disposición Adicional Cuarta a la Ley 4/1.992 de la Generalitat Valenciana, del Suelo No Urbanizable.
E. OBRAS PROGRAMADAS Y POLITICA DE INVERSIONES PUBLICAS QUE PUEDEN INFLUIR EN EL DESARROLLO URBANO, O PREVISTAS EN LA
PLANIFICACIÓN SECTORIAL DE LAS ADMINISTRACIONES
Las obras programadas por la diferentes Administraciones que han de influir en el desarrollo urbano son las siguientes:
a) Por cuenta de la Dirección General de Carreteras Proyecto de “Ronda de Port de Sagunt y Canet d’En Berenguer”.
b) Por cuenta de la Dirección General de Obras Públicas – Recursos Hidráulicos: “Proyecto Básico de Abastecimiento de Agua Potable al Camp de Morvedre”.
c) Por cuenta de la Dirección General de Obras Públicas – Recursos Hidráulicos: Se tiene en estudio un proyecto integral de evacuación y depuración de aguas residuales que comprendería la totalidad de las áreas urbanas de las costas de Sagunto y Canet.
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F. ANALISIS DE LA POSIBLE INCIDENCIA DE LA
LEGISLACION SECTORIAL EN EL AMBITO TERRITORIAL.
Como se ha reseñado en el apartado “E” del capítulo anterior, no existen en nuestro territorio Bienes con declaración de Interés Cultural ni se han identificado yacimientos arqueológicos en tierra firma, no así en el mar, aun cuando, es conocido que la comarca de Sagunto es rica en hallazgos y restos, sobre todo de época romana.
Así pues, en principio, la aplicación de la Ley 4/98 del Patrimonio Cultural Valenciano en el marco del Plan General se limitará a la identificación de los bienes que hayan de considerarse de, “Relevancia Local”.
Las infraestructuras territoriales que producen afecciones legales sobre el territorio y están presentes en nuestro término municipal, son, saber: las carreteras, cuyas administraciones titulares son, La Generalitat Valenciana y la Diputación Provincial, los tendidos de redes de transporte de energía eléctrica de alta tensión, de titularidad privada (Hiberdrola S.A), y las vías pecuarias.
Las afecciones sobre el territorio derivadas de la presencia de carreteras cuya titularidad no pertenezca al Estado Central están reguladas en la Ley 6/91 de la Generalitat Valenciana, de 27 de Marzo, de "Carreteras de la Comunidad Valenciana" y por el Segundo (II) Plan de Carreteras de la Comunidad Valenciana, aprobado en virtud del decreto 23/1.995 del Gobierno Valenciano, de 6 de Febrero.
Las afecciones sobre el territorio derivadas de la presencia de líneas de transporte de energía eléctrica en alta tensión están reguladas en el "Reglamento Técnico de Líneas Eléctricas Aéreas de Alta Tensión", D. 3151/68 de 28 de Noviembre.
El uso de las Vías Pecuarias está regulado en la Ley 3/95 de "Vías Pecuarias". El artículo 2 de esta Ley determina que las vías pecuarias son bienes de dominio público de las Comunidades Autónomas y, en consecuencia, inalienables, imprescriptibles e Inembargables.
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emplazado en lo que será el sector “C” del Suelo Urbanizable, como luego se dirá. Dicha instalación dio lugar en su momento a determinadas limitaciones referentes a la altura de la edificación y la conservación de perspectivas en el desarrollo del inmediato Sector “A”, que aseguran su funcionalidad actual.
No obstante, en la actualidad los modernos sistemas de navegación “G.S.M.” masivamente adoptados, parece que han terminado por restar importancia a esta instalación.
Finalmente los elementos naturales que dan lugar a afecciones sobre el territorio son, el Rió Palancia y el Mar. Las afecciones que derivan de la presencia de los cauces fluviales están determinadas en la Ley 29/1.985 de Aguas, el Reglamento del Dominio Público Hidráulico (RD 849/86), ambos de ámbito estatal, y la Ley 6/89 de la Comunidad Valenciana, de Ordenación del Territorio. Las afecciones en materia de Costas están reguladas en la Ley 22/1.988 de Costas y su Reglamento (RD 1.471/ 89) ambos de ámbito estatal.
II
MEMORIA JUSTIFICATIVA
A.
DESCRIPCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DE LA
ORDENACIÓN ESTRUCTURAL E INFORMACIÓN
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A) MODELO TERRITORIAL PROPUESTO. ADECUACION AL PLANEAMIENTO DE LOS MUNICIPIOS COLINDANTES. MOTIVOS QUE LO JUSTIFICAN FRENTE POSIBLES ALTERNATIVAS
Ante el agotamiento de las reservas de Suelo previstas por el Plan vigente, se realiza la Revisión del Plan General de ordenación Urbana de Canet d’En Berenguer
El término municipal de Canet d’En Berenguer se subdivide en dos núcleos urbanos claramente diferenciados, el Pueblo y la Playa. Esta subdivisión viene motivada fundamentalmente por una utilización muy distinta del suelo.
En el pueblo existe tradicionalmente una ocupación permanente por parte de sus habitantes, con los usos urbanos característicos de cualquier núcleo. Asimismo los terrenos circundantes tienen una utilización predominantemente agrícola, destinados al cultivo del naranjo.
El Area Urbana de la playa es de reciente creación: se ha desarrollado a partir de los años 60 paulatinamente con las colindantes playas del término municipal de Sagunto. Aquí la ocupación es temporal, centrada fundamentalmente en los meses de verano. El uso predominante es, además del residencial el de ocio y deportivo.
En la Zona Pueblo se ha desarrollado todo el Suelo Urbano previsto por el planeamiento con excepción de una pequeña zona que no alcanza los 3.000 metros cuadrados de superficie. El Suelo Urbanizable No Programado, previsto como una bolsa de expansión en caso de agotamiento del Plan, ya se desarrolló mediante el correspondiente P.A.U., Plan Parcial, y delimitación de Unidades, con sus respectivos Proyectos de Reparcelación y de Urbanización en sus primeras fases. Asimismo se encuentra en fase de ejecución el suelo urbanizable tramitado con arreglo a la L.R.A.U. del Suelo Industrial.
En la Zona Playa el Suelo Urbano está completamente consolidado, tan sólo faltan por realizar una torre G en el polígono VIII, no quedando suelo disponible. De los 4 Sectores de Suelo Urbanizable Programado previstos por el anterior Plan, se han desarrollado 3: el Sector A, el Sector B y el Sector D. En todos se ha formulado el desarrollo y aprobación de Planes Parciales, Proyectos de
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Reparcelación y de Urbanización. Los dos últimos los Sectores B y D se han desarrollado ya con arreglo a la LRAU.
En la actual propuesta la estrategia de evolución urbana en la Zona Pueblo consiste en el crecimiento de la población fundamentalmente hacia el Sur y hacia el Norte. En dirección Sur hacia el río Palancia con un crecimiento ordenado prolongación de la ordenación actual, y con similares características y tipologías a las existentes en esa zona. Se realiza en ésta zona una ordenación pormenorizada por considerarla el crecimiento más importante de la población.
Y en dirección Norte rellenando un vacío que se definió en el anterior planeamiento, apoyado en los ejes Norte-Sur y Este-Oeste coincidentes con el cruce de carreteras con que se originó la Zona Pueblo de Canet d’En Berenguer: la que enlazaba el Puerto de Sagunto con Los Valles, y la que bajando de la carretera nacional alcanzaba con posterioridad la playa. En ésta dirección Norte se delimita una manzana con ordenación pormenorizada con tipología similar a la existente, y una gran zona sin ordenación pormenorizada al quedar involucrada en su desarrollo una superficie importante ocupada en la actualidad por una industria de la que va a depender en gran medida su desarrollo.
La Zona Pueblo crece sensiblemente hacia el Este con la delimitación de una pequeña zona para usos terciarios, manteniéndose en éste mismo eje la delimitación de suelo de equipamiento deportivo ya existente en el anterior Plan.
Y por último no se prevé crecimiento alguno hacia el Oeste, manteniendo el límite en la actual cota, con el fin de mantener la distancia existente con la Zona delimitada al Norte del término de Suelo Industrial, perteneciente a una Modificación del anterior planeamiento adaptada a la LRAU, y al corredor comarcal.
En la Zona Playa el crecimiento se sitúa en su totalidad hacia el Oeste definiendo un límite sensible-mente paralelo al mar coincidente con la máxima alineación definida en el anterior Plan que correspon-de a una Zona Deportiva, de Recreo y Expansión. Esta franja se subdivide en 3 sectores de Suelo Ur-banizable sin ordenación pormenorizada. La primera de ellas dispone de mayor superficie que las res-tantes al incorporar una zona que en el anterior planeamiento quedaba retrasada con respecto a la delimitación general de crecimiento. Es en ésta zona dónde se encuentra situado el Faro de Canet (ID-1), siendo dotación supramunicipal que se mantiene en su estado actual y con la delimitación parcelaria que les pertenece, sin incorporarse al proceso de planeamiento. Además se adosa el suelo correspondiente al sector C del planeamiento anterior, con el fin de situar la zona verde en una franja perimetral de separación con la red primaria de viales y la de protección del Faro y Radio Faro. El 2º y 3º pertenecen a nuevas delimitaciones buscando esa línea homogénea sensiblemente paralela al mar.
ILMO. AYUNTAMIENTO DE CANET D’EN BERENGUER
MEMORIA DEL PLAN GENERAL, SEPTIEMBRE DE 2001
En resumen con el crecimiento propuesto siguen existiendo dos núcleos urbanos diferenciados entre la Playa y el Pueblo, y se mantiene la distancia existente entre la Zona Pueblo y la delimitación del Suelo Industrial. Los crecimientos son homogéneos con los núcleos a los que pertenecen, pero siguen quedando diferenciados por las franjas agrícolas destinadas a cultivos fundamentalmente citrícolas.
La compatibilidad de las determinaciones del planeamiento con respecto a las propias del único municipio colindante ha sido asegurada a partir del análisis detallado de la ordenación urbanística vigente en .De este modo, los planos de ordenación reproducen el trazado viario determinado en el vigente Plan general de Sagunto, asegurando su continuidad y la compatibilidad de las secciones a uno y otro lado de las líneas de demarcación municipal, así como la coherencia de las calificaciones urbanísticas de los terrenos y de los usos asignados a cada zona.
* * *
El Suelo No Urbanizable, incluso el denominado Común en el Plan General, por su parte, recibe dicha clasificación atendiendo a su interés ambiental, en tanto que integrante de una amplia unidad de paisaje agrario que se extiende por toda la Comarca de Sagunto, entre los montes del interior y la costa, la cual se considera necesario preservar de la urbanización, de acuerdo todo ello, con la nueva redacción del artículo 9 de la Ley 6/98 de Régimen del Suelo y Valoraciones que dimana de R.D.L. 4/200 de 23 de Junio.
B) TABLAS EXPRESIVAS DE LAS DIMENSIONES DE LA EVOLUCIÓN URBANA Y SUPERFICIES DE LAS CLASES DE SUELO
Con arreglo, en suma, a los Objetivos y Criterios de la Ordenación y a la Discusión de las Alternativas consideradas, según se ha referido en apartados anteriores de esta Memoria, y finalmente a la justificación del Modelo de Desarrollo que se acaba de exponer, el Plan General clasifica y califica el Territorio Municipal y ordena las diferentes Redes Estructurales, según el siguiente detalle:
CLASIFICACIÓN Y CALIFICACIÓN URBANISTICA DE LOS TERRENOS:
La clasificación en suelo urbano, urbanizable en sus diferentes categorías, y no urbanizable, que el Plan General propone es la siguiente:
ILMO. AYUNTAMIENTO DE CANET D’EN BERENGUER
MEMORIA DEL PLAN GENERAL, SEPTIEMBRE DE 2001
SUPERFICIE (HA.)
SUELO URBANO 93,44
SUELO URBANIZABLE SECTORIZADO
- CON ORDENACIÓN PORMENORIZADA - SIN ORDENACIÓN PORMENORIZADA
28,41 42,11 SUELO URBANIZABLE NO SECTORIZADO 9,45 SUELO NO URBANIZABLE 184,89 TOTAL TERMINO MUNICIPAL 358,30
El suelo urbano comprende, las partes de las Areas Urbanas del Pueblo y de la Playa ya clasificadas de este modo en el Plan de Abril de 1.985, las Unidades de Ejecución números 1 y 2 del Plan Parcial “Canet Ciudad Jardín” y los tres (3) sectores del anterior suelo urbanizable del Area de la Playa, en los que el Planeamiento Parcial redactado se da por completamente ejecutado, Sectores, A, B y D.
En el suelo urbanizable, por su parte, el Plan distingue, el que denomina, “Sectorizado”, por constituir el ámbito del planeamiento parcial de desarrollo, del “No Sectorizado”, en el que se contemplan los terrenos exteriores a los diferentes sectores que se adscriben a la gestión del suelo Sectorizado mediante las técnicas previstas en la legislación urbanística (Areas de Reparto, Aprovechamiento Tipo, ...)
Los terrenos que constituyen esta primera categoría del suelo urbanizable Sectorizado, según se sitúen en una u otra Area Urbana, ó con independencia de éstas, son los siguientes:
S E C T O R Superficie (Ha)
Sector Pb-1 11,79
Sector Pb-2 7,76
Area Urbana Pueblo
U.E.. nºS 3 y 4 del Sector Canet Ciudad Jardín
3,33
Sector Py- C 16,21
Sector Py- E 10,71
Area Urbana Playa
Sector Py- F 7,43