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ODP IV: SERVICIO COMUNITARIO

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Octubre, 2011

COMUNICACIÓN SOCIAL Código: 4A346 Teoría: 0 H/S Práctica: 4 H/S Créditos: 4 Año: IV

RELACIÓN CON OTRAS MATERIAS: Seminario de Introducción a los Medios (I), Teoría de la Comunicación e Información (II), Géneros Periodísticos Informativos (III), Géneros Periodísticos Interpretativos (IV), Teoría y Práctica de la Radio (V), Fundamentos de Mercadeo (V), Teoría y Práctica de la Televisión (VI), Teoría y Práctica del Cine (VII), Publicidad (VIII), Comunicación en las Organizaciones (VIII), Prácticas Profesionales I (VII).

JUSTIFICACIÓN

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela consagra en su artículo 135 el deber de los estudiantes de educación superior a prestar servicio a la comunidad, como una forma de desarrollar una conciencia de solidaridad y compromiso con la sociedad a la que pertenece. En aras de cumplir con los preceptos constitucionales, el 14 de septiembre de 2005, entra en vigencia la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior (LSCES), publicada en Gaceta Oficial Nº 38.272; esta normativa se rige por los principios de: solidaridad, responsabilidad social, igualdad, cooperación, corresponsabilidad, participación

ciudadana y asistencia humanitaria.1 En el marco de esta ley, se entiende por servicio comunitario: “…la actividad que deben desarrollar en las comunidades los

estudiantes de educación superior que cursen estudios de formación profesional, aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos, adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la comunidad…” (Artículo 4 de la LSCES).

Uno de los fines fundamentales de la Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, es Integrar las instituciones de educación superior con

la comunidad, para contribuir al desarrollo de la sociedad venezolana, para lo cual se utiliza el aprendizaje servicio, como el método por el cual el estudiante aprende haciendo, es decir, construye su aprendizaje a través de la activa participación en un servicio organizado que atiende las necesidades de una comunidad2, lo que contribuye a desarrollar en el mismo, la ética y la responsabilidad ciudadana. Para dar cumplimiento a lo establecido en la norma, y a la vez consolidar espacios de reflexión y construcción de soluciones colectivas a los problemas de las comunidades, la Universidad Monte Ávila, promueve la vinculación de los estudiantes que han cumplido el 50% del total de la carga académica de la carrera, a organizaciones públicas, privadas y mixtas que ejecutan programas, proyectos u otras actividades que contribuyen al desarrollo comunitario. Asimismo, articulando la docencia, investigación y extensión, procura generar los enlaces de acción y cooperación requeridos, para alcanzar los objetivos que orientan la prestación del servicio comunitario.

MARCO CONCEPTUAL

La Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educción Superior, establece en su artículo 7, numeral 5, “formar a través del aprendizaje servicio, el capital

social del país”. Este enfoque pedagógico orienta la prestación del servicio comunitario, por ser una metodología de tipo experiencial, en la que el estudiante se

inserta en una realidad social, interactúa y contribuye en la solución de problemas que afectan una comunidad, es decir, se puede concebir como una filosofía

educativa, que une intencionalidad pedagógica con intencionalidad solidaria. Es un aprendizaje-experiencial, a través del cual, los estudiantes aprenden y las comunidades progresan.3

1 Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, GO Nº 38.272, 14 de septiembre de 2005. Art. 2.

2Comunidad: ámbito social de alcance nacional, estadal o municipal, donde se proyecta la actuación de las instituciones de educación superior para la prestación del servicio comunitario. Artículo 5 de la LSCES. 3 Ma. Inés Piaggio Mazzara. Educación Ética y Aprendizaje-Servicio. Revista digital de la Unidad para la atención de las organizaciones sociales. Nueva época, año 4, Nº 3. En línea: www.organizacionessociales.segob.gob.

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Los proyectos de Aprendizaje-Servicio deben adaptarse al perfil académico de cada disciplina y a las necesidades de las comunidades, y deben respetar los intereses y aptitudes de los actores involucrados. Como todo aprendizaje, debe ser significativo, y contribuir a la búsqueda de un sentido de vida, y a la

construcción del proyecto de vida personal, que trascienda en la construcción de una sociedad mas justa. Cada proyecto debe ser planificado a la luz de la doble

intencionalidad ya señalada, con objetivos claros y definidos que atiendan por igual las necesidades comunitarias y las necesidades de crecimiento de los estudiantes. Las actividades y tareas realizadas por los estudiantes, requieren monitoreo permanente a objeto de corregir y/o mejorar su desempeño, si fuera necesario. Los proyectos pueden tener diferentes niveles de exigencia y compromiso, depende de cada contexto educativo. El servicio comunitario, es aprendizaje a través de proyectos de promoción humana. Es la educación en valores, a través del servicio comunitario. Visto desde este enfoque, el servicio comunitario es un camino privilegiado de Educación Ética, ya que, es un aprendizaje a través de la práctica, que implica reflexión e interiorización de las experiencias.

OBJETIVOS:

De conformidad con el artículo 8 del Reglamento interno para el funcionamiento del servicio comunitario en la Universidad Monteávila, aprobado por el Consejo Universitario, en fecha 12 de julio de 2006, y por el Consejo Superior, el 13 de julio de 2006, el servicio Comunitario está basado en el Aprendizaje Servicio y será instrumentado mediante la inserción curricular de la asignatura en cada una de las carreras. Esta asignatura persigue tres objetivos:

Fortalecimiento de los valores sociales.

Comprensión de la realidad social del país y de las comunidades. Instrumentación del Servicio Comunitario.

Seman a

Contenido Metodología didáctica y evaluación Bibliografía

1-2 INDUCCIÓN:

Fundamentos legales de la práctica del Servicio Comunitario.

Presentación de los proyectos.

Proceso de inscripción en los proyecto.

Jornada de inducción.

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Ley de Servicio Comunitario del Estudiante de Educación Superior, Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.272 del 14 de septiembre de 2005.

Reglamento interno para el funcionamiento del servicio comunitario en la Universidad Monteávila, aprobado por el Consejo Universitario en fecha 12 de julio de 2006, y por el Consejo Superior el 13 de julio de 2006.

3 FASE INFORMATIVA: fin, propósito y

alcances del proyecto comunitario donde participará el alumno. Identificación de población beneficiaria, área de cobertura.

Actividad en aula. Depende del área de intervención del proyecto

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4-20 FASE DE EJECUCIÓN y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO: Ejecución de los componentes de cada proyecto.

Seguimiento y evaluación de las

actividades desarrolladas.

Semana 7: Entrega de primer informe.

Semana 12: rendición de actividades, presentación de medios de verificación (diseño, elaboración de materiales, audiovisuales, impresos, logros generales, etc).

Semana 20: rendición de actividades, presentación de medios de verificación.

Depende del área de intervención del proyecto comunitario a desarrollar.

21-30 FASE DE EVALUACIÓN FINAL Informe Final, debe contener: Introducción.

Cronograma de actividades planificadas y ejecutadas por componente.

Indicar logros obtenidos en el proyecto y aprendizaje personal.

Mencionar las materias del plan de enseñanza de la carrera que fueron de utilidad durante la práctica del Servicio Comunitario.

Conclusiones, sugerencias y Anexos.

Depende del área de intervención del proyecto comunitario a desarrollar.

El Servicio Comunitario tendrán una duración de 120 horas (Artículo 8 de la LSCES), a razón de 4 horas semanales, las cuales se inician en la semana uno (1) y finaliza en la semana treinta (30).La Universidad a través de los Coordinadores de Servicio Comunitario de cada Facultad, se encargará de informar y orientar a los estudiantes que han cumplido el 50% del total de la carga académica de la carrera, de los programas y proyectos comunitarios, aprobados por el Consejo Universitario y Consejo Superior, a fin de tramitar su incorporación al programa/proyecto de su interés. En este sentido, los estudiantes participaran en los mismos “aplicando los conocimientos científicos, técnicos, culturales, deportivos y humanísticos, adquiridos durante su formación académica, en beneficio de la

comunidad…” (Artículo 4 de la LSCES).

Para efectos de seguimiento, la Universidad designará profesores tutores, quienes serán los responsables de asesorar y orientar al estudiante cuando así lo requiera; asimismo contaran con un tutor institucional, en aquellos casos que presten servicio comunitario en organizaciones de desarrollo social u otras instituciones públicas o privadas, el mismo se encargará de coordinar y supervisar las actividades que desarrollen los estudiantes, valorando su desempeño; asistencia, puntualidad, liderazgo, responsabilidad y compromiso.

De la evaluación: Los parámetros de evaluación aplican en igualdad de condiciones a todos los estudiantes, quienes deberán consignar a cada profesor tutor de Servicio Comunitario, los informes convenidos por cada componente del proyecto desarrollado. Los informes deben seguir los lineamientos propuestos por los Coordinadores de Servicio Comunitario designado por cada Facultad, en términos de: estructura, contenido, número de cuartillas, tipo y tamaño de la letra (POR

EJEMPLO: Arial, Nº 12), interlineado (1,5 líneas). Asimismo, deben respetar las normas metodológicas, para la elaboración de objetivos, citas y/o referencias

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La práctica del servicio comunitario, se evaluará con base a las actividades planificadas-ejecutadas, y productos esperados-alcanzados en cada fase del proyecto, de esta manera el estudiante generará los respectivos medios de verificación establecidos en la matriz de Marco Lógico del proyecto, los cuales serán entregados progresivamente al profesor tutor para su evaluación, de acuerdo a lo convenido con el mismo, bien sea tipo informe (por componente) o rendición de una o varias actividades.

El Informe Final, expresa los resultados generales obtenidos en el Servicio Comunitario; el mismo debe contener:

o Introducción. Identificación de la organización –de ser el caso-, descripción de la comunidad, indicando Nº de personas beneficiadas.

o Cronograma de actividades planificadas y ejecutadas por componente: materiales elaborados y/o distribuidos, obras terminadas. Justificación de las

actividades no desarrolladas.

o Logros obtenidos en el proyecto y aprendizaje personal, a su vez indicar debilidades y fortalezas en la prestación del servicio.

o Mencionar las materias del plan de enseñanza de la carrera que fueron de utilidad durante la práctica del Servicio Comunitario.

o Conclusiones, sugerencias y Anexos.

En el informe final se evaluará contenido, presentación, redacción, capacidad de análisis, síntesis y creatividad.

La nota final será el resultado de la evaluación del coordinador del proyecto, evaluación de los informes parciales o rendición de actividades y evaluación del informe final con sus respectivos medios de verificación.

Concluida las 120 horas de servicio, los Coordinadores de Servicio Comunitario deberán elaborar las constancias de culminación respectiva y remitirla a Control de Estudio.

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Nombre de los elaboradores: Yamileth Rodriguez Nombre de los revisores: Consejo de Facultad

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