Manual de Organización y
Funcionamiento de la Dirección
Manual de Organización y
Funcionamiento de la Dirección
Administrativa
Programa para la Descentralización y el Desarrollo MunicipalM u n i c i p a l i d a d d e S a l a m á , B a j a V e r a p a z
G u a t e m a l a
TABLA DE CONTENIDO
Pág.
PRESENTACIÓN ... i
I. IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL ... 1
II. MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL ... 1
III. ORGANIGRAMAS MUNICIPALES ... 2
IV. PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES ... 5
Alcaldía Municipal ... 5ALCALDE MUNICIPAL ... 5
RELACIONISTA PÚBLICO ... 7
Juzgado de Asuntos Municipales ... 9JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES ... 9
Dirección Administrativa ... 11 DIRECTOR ADMINISTRATIVO ... 11
Secretaría Municipal... 14 SECRETARIO MUNICIPAL ... 14 OFICIAL I DE SECRETARÍA ... 16 OFICIAL II DE SECRETARÍA ... 18OFICIAL III DE SECRETARÍA. ... 20
Registro Civil ... 21REGISTRADOR CIVIL ... 21
OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL ... 24
OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL ... 25
Registro de Vecindad ... 26REGISTRADOR DE VECINDAD ... 26
OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD. ... 29
Biblioteca Municipal ... 30BIBLIOTECARIA. ... 30
Servicios Internos Municipales ... 32JEFE DE SERVICIOS INTERNOS ... 32
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO ... 33
V. PROCEDIMIENTOS BÁSICOS ... 36
Solicitud de Certificaciones en Registro Civil... 36
Solicitud Registro de Vecindad... 37
Solicitud de Desmembración Propiedad ... 38
Licencia de Construcción ... 39
Servicio Nuevo de Agua Potable o Reinstalación ... 40
Solicitud Drenaje ... 41
Solicitud Puestos en Mercado Municipal ... 42
Solicitud Arrendamiento de Salón Municipal ... 43
Solicitud de Locales Mensuales o Temporales (Contrato) ... 44
Solicitud Uso del Rastro ... 45
Solicitud de Materiales e Insumos necesarios en las diferentes dependencias de la Municipalidad. ... 46
Solicitud de terreno para construcción en cementerio ... 47
Ciclo de proyectos de ampliaciones y mejoramiento de Q30,000.00 en adelante ejecutado por administración e involucrando al COCODE. ... 48
VI. COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL ... 49
ESTRUCTURA FUNCIONAL DEL COMITÉ GERENCIAL MUNICIPAL ... 50
VII. ANEXOS: ... 51
PASOS: ... 51
PRESENTACIÓN
El presente Manual representa la preocupación e interés de la actual Corporación Municipal de Salamá, Baja Verapaz, por modernizar la administración municipal y eficientar todos sus elementos y recursos; primero hacia lo interno para luego proyectarlo a los demás ámbitos y campos de acción de la gestión municipal. Todo esto con el propósito de prestar mejores servicios públicos a los ciudadanos, a quienes nos debemos; lo cual hace que tenga una singular importancia.
Este manual es producto de la buena disposición y esfuerzo de funcionarios y trabajadores municipales de todos los niveles que participaron en el proceso, que acertadamente fue coordinado por un equipo conformado por miembros de la Oficina Municipal de Planificación -OMP-, la Comisión de Fortalecimiento Municipal del Concejo Municipal y la Asesoría del Instituto de Fomento Municipal conjuntamente con el Programa para la Descentralización y el Desarrollo Municipal -DDM- de la Cooperación Alemana -GTZ-.
Para concretar y llevar a la práctica este esfuerzo, se presentan los respectivos Manuales de Organización y Funcionamiento de las diferentes Direcciones de la nueva estructura organizacional municipal; donde se especifica el organigrama general y por dirección, los puestos y funciones, y los pasos que conllevan los trámites y gestiones municipales que se requieren de las dependencias, lo que nos permitirá ser más eficientes y eficaces al atender a nuestros usuarios, de quienes a su vez, esperamos toda colaboración.
Byron Tejeda Marroquin Alcalde Municipal
I.
IMPORTANCIA DE USO DEL MANUAL
El presente manual es un documento que pretende organizar el quehacer municipal y facilitar las consultas a Autoridades, Funcionarios y empleados municipales que deseen profundizar sus conocimientos en determinado momento, respecto a las especificaciones, funciones, responsabilidades y las relaciones de comunicación y coordinación de cada uno de los puestos existentes, según la estructura organizacional o para evaluar el cumplimiento de las funciones de cada empleado.
El manual cumple también la función de orientar al personal de nuevo ingreso que desconoce el ambiente en el que deberá desempeñar sus actividades; de tal forma, que se puedan establecer relaciones efectivas de comportamiento entre las personas, permitiéndoles trabajar juntas con eficiencia y eficacia.
Es así como se elaboró el Manual de Organización y Funcionamiento, el cual contiene: el organigrama general de la municipalidad y el específico de la dirección, la descripción de cada uno de los puestos existentes en cada Dirección, según la estructura organizativa actual; la descripción de los pasos administrativos necesarios para la prestación de algunos servicios básicos y trámites internos de la municipalidad.
Estos instrumentos, son una respuesta a las requisiciones de la legislación actual para modernizar la estructura municipal en favor de mejorar la prestación de servicios municipales.
II.
MARCO LEGAL DE LA ORGANIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
El Código Municipal establece la organización básica de la administración municipal. Así el Alcalde Municipal es el encargado de ejecutar y dar seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos autorizados por el Concejo Municipal (artículo 9). Al Concejo Municipal le corresponde, en primer lugar, gobernar y se define como un órgano colegiado superior de deliberación y de decisión de los asuntos municipales cuyas competencias aparecen en el artículo 35 del Código Municipal.
Algunas de estas competencias se refiere a:
La iniciativa, deliberación y decisión de los asuntos municipales;
Convocar a distintos sectores de la sociedad del municipio para la formulación e institucionalización de las políticas públicas municipales y de los planes de desarrollo urbano y rural del municipio;
Emitir y aprobar acuerdos, reglamentos y ordenanzas municipales;
Aprobar acuerdos o convenios de asociación o cooperación con otras corporaciones municipales, entidades u organismos públicos o privados para el desarrollo municipal;
La creación, supresión o modificación de sus dependencias, empresas y unidades de servicios administrativos;
El establecimiento, planificación, reglamentación, programación, control y evaluación de los servicios públicos municipales, así como las decisiones sobre las modalidades institucionales para su prestación, teniendo siempre en cuenta la preeminencia de los intereses públicos
Por su parte, el Alcalde Municipal tiene como atribuciones las siguientes (artículo 53):
Dirigir la administración municipal;
Representar a la municipalidad y al municipio;
Presidir las sesiones del Concejo Municipal y convocar a sus miembros a sesiones ordinarias y extraordinarias de conformidad con este Código;
Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales y de los planes, programas y proyectos de desarrollo del municipio;
Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales; desempeñar la jefatura superior de todo el personal administrativo de la municipalidad;
Nombrar, sancionar y aceptar la renuncia y remover de conformidad con la ley, a los empleados municipales; y
Tramitar los asuntos administrativos cuya resolución corresponda al Concejo Municipal y, una vez substanciados, darle cuenta al pleno del Concejo en la sesión inmediata.
Adicionalmente a lo anterior, el Código Municipal establece la figura de funcionarios municipales y sus respectivas atribuciones. Como funcionarios municipales ya institucionalizados están: Secretario Municipal, Tesorero Municipal, Registrador Civil; sin embargo, con los nuevos requerimientos para la modernización de las municipalidades, el Código Municipal plantea la incorporación de nuevas unidades organizativas en los niveles directivos, técnicos y administrativos (ver artículos del 83 al 98). Por ejemplo:
En dirección y gerencia: Gerente Municipal, Director Financiero, Juez de Asuntos Municipales
Manejo financiero: Administración Financiera Integrada Municipal
Control y fiscalización: Auditor Interno
Técnico: Las Oficinas Municipales de Planificación
Otros que se consideren necesarios
Partiendo de estos nuevos requerimientos y con la participación de las autoridades, funcionarios y empleados municipales de Salamá, se presenta a continuación el organigrama general, el organigrama específico, los puestos y funciones, y los procedimientos básicos administrativos de la dirección administrativa.
III.
ORGANIGRAMAS MUNICIPALES
Un Organigrama es la gráfica que muestra la estructura interna de una organización formal de una institución, sus relaciones, sus niveles de jerarquía, las líneas de autoridad y responsabilidad, los canales de comunicación, la naturaleza lineal o de asesoría, y las principales funciones que se desarrollan.
Por lo tanto, debe ser reflejo de la funcionalidad de cada uno de los puestos creados y ocupados. En el caso de los manuales por direcciones de la Municipalidad de Salamá, se presenta el organigrama general y el de la dirección respectiva.
4.1 Organigrama General
CONCEJO MUNICIPAL Dirección Administrativa Dirección Financiera Policía Municipal Dirección Municipal de Planificación Auditoría Interna Dirección de Servicios Públicos Asesoría Relaciones Públicas Secretaría Municipal Registro Civil Registro de Vecindad Servicios Internos Salón Municipal Tesorería Contabilidad Presupuesto Almacén Coordinación Planificación y Desarrollo Coordinación Fomento Económico Local Agua y Saneamiento Servicios de Mantenimiento Mercado Cementerio Rastro Farmacia Municipal Desechos Sólidos Comisiones Compras y Contrataciones ALCALDE MUNICIPAL Juez de Asuntos Municipales
ORGANIGRAMA GENERAL
Escuela de MarimbaDirector Administrativo Secretario Municipal Jefe de servicios internos Encarga-do de Mante-nimiento (1) Oficial I Oficial II Oficial III Registrador Civil Oficial I Registrador de Vecindad Oficial I Oficial II Guar-dián (2) Piloto de Camión (3) Biblio-tecaria Inspec-tor Munici-pal Auxiliar de Administración
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
IV.
PUESTOS DE TRABAJO Y SUS FUNCIONES
En el manual los puestos de trabajo tienen como objetivo dar a conocer la naturaleza del puesto, las funciones, relaciones de trabajo, las obligaciones y requisitos, en base a cada puesto se selecciona y ubica a la persona idónea para desempeñar dicho puesto; las funciones de cada puesto de trabajo aclaran las tareas que debe realizar cada persona titular del puesto, necesarias para lograr los fines y objetivos de la municipalidad.
ALCALDÍA MUNICIPAL
ALCALDE MUNICIPAL
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Alcaldía Municipal
TITULO DEL PUESTO: Alcalde Municipal
AUTORIDAD SUPERIOR: Concejo Municipal
SUBALTERNOS: Alcaldes Auxiliares
Director Administrativo, Director Financiero, Director de Servicios Públicos y Director Municipal de Planificación, Policía Municipal y demás unidades subalternas de los mismos.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Puesto ejecutivo, a cargo de un funcionario electo en forma popular, a través del voto mayoritario de los vecinos de su municipio y que de conformidad con artículo 52 del Código Municipal, Decreto Número 12-2002 preside y representa a la Municipalidad, es el personero legal de la misma, miembro del Consejo Departamental de Desarrollo y Presidente de Consejo Municipal de Desarrollo, siendo responsable del cumplimiento de las disposiciones y resoluciones tomadas por el Concejo Municipal y de propiciar una efectiva administración de la Municipalidad.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Dirigir la administración municipal.
- Representar a la Municipalidad y al municipio.
- Hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.
- Velar por el estricto cumplimiento de las políticas públicas municipales de los planes, programas y proyectos del desarrollo de municipio.
- Tomar el juramento de ley a los concejales, síndicos, alcaldes comunitarios y auxiliares al darles posesión de sus cargos.
- Presidir todas las sesiones del Concejo y convocar a las sesiones ordinarias y extraordinarias, de conformidad con el Código Municipal.
- Ser el medio de comunicación entre el Concejo Municipal, las autoridades y funcionarios públicos.
- Presentar al Concejo Municipal, el presupuesto de funcionamiento e inversión municipal.
- Adoptar personalmente y bajo su responsabilidad en caso de catástrofe o desastres o grave riesgo de los mismos, las medidas necesarias, dando cuenta inmediata al pleno del Concejo Municipal.
- Autorizar a título gratuito, los matrimonios civiles, dando dentro de la ley las mayores facilidades para que se verifiquen, pudiendo delegar esta función en uno de los concejales.
- Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios públicos y obras municipales.
- Ejercer la jefatura de la policía municipal.
- Nombramiento y sanción de sus funcionarios.
- Enviar copia autorizada a la Contraloría General de Cuentas del inventario de los bienes del municipio, dentro de los primeros quince días calendario del mes de enero de cada año.
- Contratar obras y servicios con arreglo al procedimiento legalmente establecido, con excepción de los que corresponda contratar al Concejo Municipal.
- Otras atribuciones inherentes al puesto.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
Con el Concejo Municipal, para presentar la documentación e información pertinente de conformidad con la ley.
Con el personal subalterno, para proporcionar lineamientos de trabajo, supervisar las actividades desarrolladas y conocer el avance de trabajo.
Con personas de otras entidades, nacionales e internacionales, para gestionar recursos técnicos y financieros para beneficio del Municipio.
V. AUTORIDAD:
Para actuar como personero legal de la Municipalidad.
Para hacer cumplir las ordenanzas, reglamentos, acuerdos, resoluciones y demás disposiciones del Concejo Municipal.
Para ejercer la potestad de acción directa y resolver asuntos del municipio que no estén atribuidos a otra autoridad.
VI. RESPONSABILIDAD:
Actuar de conformidad con la ley, en lo referente a firma de convenios, acuerdos, contratos y cualquier documento legal en donde el municipio adquiere un derecho o una obligación.
De ejecutar el Gobierno Municipal conforme las disposiciones del Concejo Municipal.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Ser guatemalteco de origen y vecino inscrito del distrito municipal.
- Saber leer y escribir;
- Estar en le goce de sus derechos políticos los cuales suspenden, de conformidad con la Ley Electoral y de Partido Político por: Sentencia condenatoria firme, dictada en proceso penal y Declaratoria judicial de interdicción.
Sus servicios son remunerados, y tendrá derecho a dietas al igual que los síndicos y concejales, cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.
RELACIONISTA PÚBLICO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Relaciones Públicas
TITULO DEL PUESTO: Relacionista Público
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será la divulgación de los planes, programas, proyectos y logros municipales, mediante la elaboración y distribución de boletines informativos u otros materiales, a través de los medios de comunicación oportunos.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Dirigir y supervisar las campañas publicitarias que la Municipalidad promueve por los diferentes medios de comunicación.
- Atender y orientar al público que desee entrevistarse con funcionarios y autoridades de la Municipalidad.
- Coordinar con los diversos comités, las festividades que realice la Municipalidad.
- Asistir a los eventos técnico-culturales, deportivos y sociales de la Municipalidad, dando a conocer en boletines especiales los resultados obtenidos.
- Promover ciclos de conferencias, actos sociales y culturales para el personal de la Municipalidad.
- Coordinar actividades sociales, culturales y deportivas, con entidades del sector público y privado.
- Resolver consultas y proporcionar información que le sea solicitada por estudiantes y público en general, que desea enterarse del funcionamiento de la Municipalidad.
- Preparar informes sobre resultados obtenidos en la gestión municipal a efecto que sean divulgados por los medios correspondientes.
- Cubrir los actos protocolarios durante la participación de las autoridades municipales en eventos informativos, inauguración de obras y otros.
- Desempeñar cualquier función que le sea requerida por su jefe inmediato superior.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.
- Con el Tesorero para coordinar la asignación de recursos para las diferentes publicaciones.
- Con los representantes de organizaciones comunales, Alcaldes Auxiliares y vecinos del municipio, para la obtención de información que servirá para la emisión de boletines informativos.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación de actividades.
V. AUTORIDAD:
Para solicitar información por parte de la Municipalidad, ante las comunidades del Municipio y otras entidades públicas y privadas.
VI. RESPONSABILIDAD:
De presentar los informes indicados en sus funciones.
Por la divulgación de información oportuna y veraz, de las acciones realizadas por la Municipalidad.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Poseer título Universitario de las Ciencias de Comunicación o Periodismo.
- Experiencia:
Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.
- Habilidades y Destrezas:
Para tratar con educación y cortesía a funcionarios, empleados públicos, periodistas y público en general.
Para expresarse en forma clara y concisa, verbalmente y por escrito. Para establecer y mantener relaciones interpersonales.
Para analizar e interpretar documentos e información. Para desenvolverse grupos o equipos de trabajo.
Para desarrollar con eficiencia la actividad de investigación.
JUZGADO DE ASUNTOS MUNICIPALES
JUEZ DE ASUNTOS MUNICIPALES
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Juzgado / Asuntos Municipales
TITULO DEL PUESTO: Juez de Asuntos Municipales
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto de técnico, cuya responsabilidad será cumplir con las ordenanzas municipales, velar por el cumplimiento de sus reglamentos y demás disposiciones legales. Ejercerá autoridad en todo el ámbito territorial del municipio de conformidad con las normas establecidas en el Código Municipal y demás leyes ordinarias.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Ejercer y representar por delegación la autoridad municipal en asuntos que afecten las buenas costumbres, el ornato de la población, el medio ambiente, la salud, los servicios públicos municipales y los servicios públicos en general. Sobre todo, en aquellos casos cuando el conocimiento de las mismas no esté atribuido al Alcalde, al Concejo Municipal u otra autoridad, de acuerdo a las normas legales vigentes, debiendo tomar medidas de acción o sanciones por su infracción según sea el caso.
- Intervenir en acciones irregulares de tipo administrativo que incurran en hechos punibles, debiendo certificar por escrito lo conducente al Ministerio Público.
- Deberá dar parte a las autoridades policíacas en aquellos casos de tratarse de un delito flagrante, siendo responsable de conformidad con la ley.
- Realizar todas aquellas diligencias y expedientes administrativos que le traslade el Alcalde o el Concejo Municipal, en que debe intervenir la Municipalidad por mandato legal o le sea requerido informe, opinión o dictamen.
- De los asuntos en que una obra nueva cause daño público o que se trate de obra peligrosa para los habitantes y el público, aplicar el procedimiento, según el caso conforme al Reglamento de Construcción.
- De las infracciones a la ley y reglamentos de tránsito, cuando la municipalidad ejerza la administración del mismo en su circunscripción territorial.
- Rendir informes que le sean requeridos por el Concejo Municipal o el Alcalde.
- Atender la convocatoria del Alcalde cuando éste la requiera, para realizar consultas o solicitarle información sobre asuntos de su competencia.
- De todos aquellos asuntos en que se afecten las buenas costumbres, el ornato y limpieza de las poblaciones, el medio ambiente, la salud, los servicios públicos municipales y los servicios públicos en general.
- De todos aquellos asuntos que violen las leyes, ordenanzas, reglamentos o disposiciones del gobierno municipal.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, cuando sea procedente.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, lineamientos de trabajo, proponer soluciones y presentarle los boletines e informes que sean necesarios.
- Con los representantes de organizaciones comunales y vecinos del municipio, para atender asuntos de su competencia.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, para la coordinación de actividades.
V. AUTORIDAD:
Para actuar en representación de la Autoridad Municipal, en el cumplimiento de las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo o el Alcalde.
Para cumplir las demás atribuciones contempladas por la ley.
VI. RESPONSABILIDAD:
Dar cumplimiento a las ordenanzas, reglamentos y disposiciones emitidas por el Concejo o el Alcalde.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Poseer título Abogado y Notario colegiado o estudiante de la Las Ciencias Jurídicas y Sociales.
Haber sido declarado apto y con los requisitos para ser Juez de Paz de los tribunales de Justicia.
- Experiencia:
Preferentemente contar con un año de experiencia, en actividades similares.
- Habilidades y Destrezas:
Facilidad de palabra para hablar con los vecinos del municipio y con otras autoridades.
- Otros Conocimientos:
De la ley de Servicio Municipal, Código Municipal, y otras leyes que tengan relación con el puesto.
DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA
DIRECTOR ADMINISTRATIVO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Director Administrativo
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Alcalde Municipal
SUBALTERNOS: Secretario Municipal,
Registrador Civil, Registrador de Vecindad, Encargado de servicios internos, Auxiliar de administración.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto directivo, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones administrativas presentadas por los vecinos y empleados municipales que deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde. Debe ejercer la Dirección y el Control de los servicios internos, de Secretaría, de Registro Civil y Registro de Vecindad.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Planificar, organizar, supervisar, evaluar y dirigir el funcionamiento eficiente de las unidades u puestos de trabajo relacionados a la dirección respectiva, apoyando y coordinando la gestión administrativa de las diferentes dependencias municipales.
- Administrar y velar por el uso eficiente de los bienes muebles e inmuebles propiedad de la municipalidad, así como los servicios de mantenimiento de la misma.
- Proponer y tramitar las compras de bienes y contratación de servicios, en función de las necesidades de la municipalidad y de acuerdo a la legislación correspondiente.
- Promover en las unidades y departamentos de la dirección mecanismos adecuados para el trabajo en equipo.
- Diseñar y proponer, en coordinación con los demás directores, estrategias para el fortalecimiento institucional de la municipalidad y de sus dependencias administrativas.
- Diseñar, ejecutar, y evaluar los procesos de reclutamiento, selección, nombramiento, inducción clasificación y control administrativo del recurso humano de la municipalidad, tomando en cuenta la legislación municipal.
- Organizar, apoyar y evaluar los esfuerzos de desarrollo del recurso humano de la municipalidad; para el efecto, desarrollar manuales y reglamentos, velar por su cumplimiento y, además, diseñar y ejecutar programas de capacitación para el personal técnico y administrativo, con el propósito de mejorar la eficiencia del mismo.
- Preparar informes que le sean requeridos por el concejo municipal según sus funciones de la dirección y de las unidades y puestos de trabajo.
- Apoyar la elaboración, en coordinación con la dirección financiera, la programación, el anteproyecto de presupuesto municipal, la programación de la ejecución presupuestaria y con los responsables de cada programa, la evaluación de la gestión presupuestaria.
- Participar y proponer medidas para mejorar la coordinación en instancias gerenciales que se establezcan en la municipalidad.
- Asesorar al Alcalde Municipal y a las comisiones vinculadas sobre la solución de problemas administrativos de la municipalidad.
- Elaborar conjuntamente con su equipo, la Memoria de Labores, solicitando a las distintas direcciones municipales, un informe sobre los logros y avances obtenidos durante el transcurso del año.
- Elaborar programación de vacaciones para el personal de su departamento, asimismo, deberá solicitar que cada Director de los otros departamentos elabore su propio programa de vacaciones al inicio de cada año.
- Llevar control estricto de entradas y salidas del personal, así como de la frecuencia de permisos.
- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del nombramiento o asignación por parte del Alcalde.
- Someter a consideración del Alcalde para su autorización, la documentación respectiva para la aplicación de políticas disciplinarias dentro de la Municipalidad.
- Las demás funciones inherentes a la naturaleza del puesto de trabajo y de las actividades que le sean asignadas por el Alcalde Municipal y/o el Concejo Municipal.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, al dar seguimiento a comisiones asignadas.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes, y demás gestiones; hacer consultas con personal municipal y público en general.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y unidades subalternas en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
- Con el Concejo Municipal y el Alcalde, en cuanto a la aplicación de normas y ejecución de reglamentos emitidos.
- Con los vecinos del municipio, para el rendimiento de informes y /o dictámenes emitidos de acuerdo a su resolución de sus solicitudes o requerimientos.
V. AUTORIDAD:
Sobre el personal de la Secretaría Municipal, Registro Civil, Registro de Vecindad, Servicios internos.
Sobre las unidades ejecutoras y subalternas jerárquicamente bajo su responsabilidad. Para distribuir el trabajo de entre el personal a su cargo.
VI. RESPONSABILIDAD:
Por el incumplimiento de reglamentos y ordenanzas emitidos por el Concejo Municipal y Alcalde Municipal, siempre que se pruebe fehacientemente la falta.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Ser guatemalteco de origen.
- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.
- Preferentemente Administrador de Empresas o Administrador Público, colegiado y hábil para el ejercicio de su profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.
SECRETARÍA MUNICIPAL
SECRETARIO MUNICIPAL
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Secretario Municipal
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo
SUBALTERNOS: Oficiales de Secretaría y
Encargado de Archivo.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad la atención de las gestiones administrativas presentadas por los vecinos; y que deben ser resueltas por el Concejo o bien por el Alcalde.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.
- Asistir a todas las sesiones del Concejo, con voz informativa, pero sin voto dándole cuenta de los expedientes, diligencias y demás asuntos, en el orden y forma que indique el Alcalde.
- Proporcionar información y orientación a los miembros del Concejo, en lo relativo a aspectos administrativos legales, los cuales debe conocer con el objeto de que las decisiones del Concejo se fundamenten en la ley.
- Tomar nota de la parte principal de las intervenciones de los miembros del Concejo, debiendo transcribir tanto los argumentos a favor como los en contra.
- Distribuir a las diferentes comisiones del Concejo los expedientes sobre los que deben rendir dictamen.
- Redactar los Acuerdos y Resoluciones.
- Archivar las certificaciones de las actas de cada sesión del Concejo Municipal.
- Velar porque todos los Acuerdos y disposiciones que deban ser publicadas en el Diario Oficial, se envíen con prontitud a la Tipografía Nacional y que posteriormente cumplido ese requisito adquiera plena vigencia.
- Dirigir y ejecutar la administración y funcionamiento de la Secretaría Municipal.
- Organizar y distribuir el trabajo de acuerdo a su volumen y personal disponible, designando dentro de los oficiales, las diferentes funciones, recepción y registro de documentos de la Municipalidad, así como actas y acuerdos del Concejo.
- Mantener el control permanente de los libros que se llevan en la Administración Municipal, entre ellos los de actas de la alcaldía, de cédulas y demás expedientes.
- Llevar un registro actualizado de los expedientes que ingresen a la Municipalidad, para lo cual deberá existir el mobiliario adecuado para formar o establecer el archivador correspondiente.
- Providenciar expedientes por instrucciones del Alcalde.
- Redactar proyectos de resolución de expedientes y someterlos a la consideración del Alcalde o trasladarlos a la Comisión correspondiente del Concejo dependiendo del caso.
- Archivar el Diario Oficial y recopilar los reglamentos, acuerdos y resoluciones de la Municipalidad.
- Redactar la Memoria de Labores de la Municipalidad.
- Desempeñar cualquier función que le sea atribuida por la ley o a través del nombramiento o asignación por parte del Alcalde.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, mediante su participación en sesiones con funciones de Secretario y en el seguimiento de comisiones asignadas.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones, presentar informes de proyectos y demás gestiones.
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
- Sobre el personal de la Secretaría Municipal.
- Sobre el personal subalterno jerárquicamente bajo su responsabilidad.
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.
- Para distribuir el trabajo de Secretaría entre los oficiales.
VI. RESPONSABILIDAD:
Por toda alteración, omisión, falsificación o suplantación cometida en las actas certificadas que extienda por los libros asignados y autorizados por el Alcalde, siempre que se pruebe fehacientemente la falta.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Ser guatemalteco de origen.
- Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos políticos.
- Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su profesión o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.
Tendrá derecho a iguales dietas que las establecidas para síndicos y concejales, cuando las sesiones se celebren en horas o días inhábiles.
OFICIAL I DE SECRETARÍA
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Secretaría
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo que le corresponde principalmente la elaboración de actas de inicio de obras, certificación de actas del Concejo Municipal y otras constancias y controles para la atención correcta de los vecinos.
Dentro de sus actividades, le corresponde elaborar contratos administrativos según corresponda a la gestión.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Redactar correspondencia de la Secretaría, para la realización de gestiones a otras oficinas de la Municipalidad o bien a otras Instituciones.
- Llevar el control de taxis municipales, microbuses y fleteros.
- Actas de inicio de obras.
- Actas de desintegración de grupos EFIS del FIS.
- Actas de autorización de hipotecas de BANRURAL.
- Certificación de actas de Concejo Municipal.
- Control del Salón y parque central.
- Recepción de teléfono.
- Secretaria del Consejo Municipal de Desarrollo (COMUDE).
- Elaboración de declaraciones juradas.
- Elaborar contratos varios.
- Elaborar constancias varias.
- Sustituir al Secretario Municipal, en su ausencia.
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
V. AUTORIDAD:
Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Título a nivel medio
- Habilidades y destrezas:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de oficina (escribir, calculadora, computadora, etc.) y para redactar.
- Otros conocimientos:
Sobre el Código Civil, Código Municipal, leyes, Reglamentos internos y acuerdos municipales relacionados al trabajo.
OFICIAL II DE SECRETARÍA
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Secretaría
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro de los Consejos Comunitarios de Desarrollo, actualizar libros de aldeas, caseríos, comités; elaborar solicitudes y extender constancias varias.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Registro de Comités y Consejos Comunitarios de Desarrollo (COCODES).
- Extender carnés para COCODES y comités.
- Registro de fierros para marcar ganado.
- Actualizar libros de aldeas, caseríos, comités y COCODES.
- Elaborar contratos de arrendamientos de tierras.
- Elaboración y certificación de actas de recepción.
- Elaboración y certificación de actas varias.
- Certificación de préstamos de diferentes Bancos.
- Órdenes de construcción de cajas del cementerio.
- Actualizar recibos simples.
- Certificación de puntos de acta.
- Elaboración de solicitudes varias.
- Miembro de la junta receptora de obras municipales.
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
- Con el alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
- Con el público interesado.
- Con Notarios públicos.
V. AUTORIDAD:
Para firmar documentos en ausencia del Secretario Municipal y del Oficial primero.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del mobiliario y equipo de oficina asignado. De la documentación recibida para su gestión.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Título a nivel medio.
- Habilidades y destrezas:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir.
Para redactar correspondencia.
- Otros conocimientos:
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos relacionados al trabajo.
OFICIAL III DE SECRETARÍA.
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa. TITULO DEL PUESTO: Oficial III de Secretaría.
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Secretario Municipal
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo, que le corresponde atender el archivo de toda la documentación generada por las actividades de la Secretaría Municipal, extender certificados de trabajo y otras solicitudes.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Elaboración de actas de matrimonio.
- Elaboración de actas de vacaciones.
- Elaborar certificados de trabajo.
- Revisión de libros de caja de comités.
- Elaborar solicitudes de inhumación y exhumación.
- Extender las órdenes de inhumación.
- Extender órdenes a los Alcaldes Auxiliares.
- Llenar nombramientos de Alcaldes Auxiliares.
- Elaborar Actas de Supervivencia.
- Razonar los libros de cédulas y matrimonios, enviar avisos a los distintos departamentos.
- Enviar las Actas de matrimonio al Registro Civil.
- Elaborar solicitudes de carnés para el I.G.S.S.
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO.
Con el Secretario Municipal, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
V. AUTORIDAD:
Ninguna.
VI. RESPONSABILIDAD:
- Por el cuidado y buen estado de libros y documentación a su cargo.
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
- Del envío oportuno de las notificaciones, citaciones y convocatorias a sus destinos respectivos.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Título a nivel medio.
Preferentemente Secretaria.
- Habilidades y destrezas
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo y capacitaciones para el manejo de máquinas de escribir y uso de computadoras.
Para redactar correspondencia.
- Otros conocimientos
Sobre el Código Municipal en lo relacionado al trabajo.
REGISTRO CIVIL
REGISTRADOR CIVIL
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Registrador Civil
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo SUBALTERNOS: Oficiales de Registro Civil.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal y que a su vez atenderá los requerimientos del Alcalde, tiene bajo su responsabilidad efectuar las inscripciones de los nacimientos, adopciones, reconocimientos de hijos, matrimonios, uniones de hecho, capitulaciones matrimoniales, insubsistencia y nulidad del matrimonio, divorcio, separación y reconciliación posterior, tutelas, pro tutelas y guardas, defunciones e inscripción de extranjeros y de guatemaltecos naturalizados y de personas jurídicas.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.
- Realizar la inscripción y registro de personas jurídicas, con presencia del testimonio de la escritura pública.
- Efectuar inscripción de:
- Partidas de nacimiento recientes y extemporáneas.
- Extranjeros residentes.
- Guatemaltecos naturalizados.
- Reconocimientos judiciales de uniones de hecho
- Tutelas, protutelas y guardas.
- Capitulaciones matrimoniales.
- Defunciones y mortinatos.
- Gestionar y participar en la realización de matrimonios civiles y uniones de hecho, desde la solicitud, dictamen, resolución y constancias de matrimonio.
- Inscribir los matrimonios efectuados en el municipio, ya sea que se realicen directamente en la municipalidad, a través de Abogados y Notarios o por Ministros de Culto autorizados.
- Elaborar actas de autorización de los padres o quienes ejerzan la patria potestad, para aquellos menores que soliciten contraer matrimonio.
- Darle trámite a los expedientes de divorcio, así como de adopciones, remitidos por los juzgados correspondientes, a través de la trascripción de la resolución en el libro respectivo y el razonamiento en la partida de matrimonio o de nacimiento, según corresponda.
- Extender certificaciones para el caso que sean requeridas.
- Velar por el buen estado de los libros y documentos correspondientes al Registro Civil.
- En caso de no haber formularios impresos para las inscripciones; realizar las inscripciones en los libros respectivos, debiéndolos encuadernar, empastar y foliar con el sello de la municipalidad.
- Efectuar el cierre de los libros el día treinta y uno de diciembre de cada año, con una razón que indique el número de actas que contiene, que deberá firmar.
- Efectuar inspección y vigilancia del registro civil municipal.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y confiable.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
- Sobre el personal del Registro Civil.
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.
- Para distribuir el trabajo del Registro Civil entre los oficiales.
VI. RESPONSABILIDAD:
Depositario del Registro Civil y en el ejercicio de las funciones que le son propias, goza de fe pública, y es responsable, mientras no pruebe que el hecho es imputable a otra persona, por las omisiones, alteraciones, falsificaciones, y suplantaciones cometidas en las actas de registro.
Responsable del envío oportuno de los informes estadísticos mensuales que se remiten a las instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Preferentemente Abogado y Notario colegiado y hábil para el ejercicio de su profesión, de reconocida honorabilidad e idoneidad; o en su lugar tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.
- Habilidades y Destrezas
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible. Para redactar informes.
Para atender al público, con amabilidad y respeto.
- Otros conocimientos
Sobre manejo de Código Civil, Código Municipal, reglamentos y acuerdos municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.
OFICIAL I DE REGISTRO CIVIL
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa TITULO DEL PUESTO: Oficial I de Registro Civil
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Razonar matrimonios celebrados dentro y fuera de la municipalidad.
- Transcribir actas de matrimonio de la municipalidad.
- Transcribir actas de matrimonio de Notarios, llenar boletas de matrimonios.
- Extender constancias negativas, soltería y divorcio.
- Registrar nacimientos, defunciones, matrimonios y divorcios.
- Mantener ordenado el archivo del Registro Civil.
- Realizar otras actividades inherentes al puesto que le sean asignadas.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
- Con el público interesado.
- Con Notarios públicos.
V. AUTORIDAD:
Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del mobiliario y equipo de oficina asignado. De la documentación recibida para su gestión.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Título a nivel medio.
- Habilidades y destrezas:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir.
Para redactar correspondencia.
- Otros conocimientos:
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos relacionados al trabajo.
OFICIAL II DE REGISTRO CIVIL
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa TITULO DEL PUESTO: Oficial II de Registro Civil
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador Civil
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo, que le corresponde llevar registro actualizado del estado civil de las personas, nacimientos y defunciones que ocurran dentro del municipio.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Enviar informe semanal al Registro de Ciudadanos
- Enviar la estadística mensual al INE.
- Extensión de nacimientos, defunciones, divorcios.
- Mandar el informe de reporte a la Gobernación.
- Mandar informe a la comandancia.
- Razonar partidas de nacimientos, defunciones.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Registrador Civil, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
- Con el público interesado.
- Con Notarios públicos.
V. AUTORIDAD:
Para firmar documentos en ausencia del Registrador Civil y del Oficial I de Registro Civil.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del mobiliario y equipo de oficina asignado. De la documentación recibida para su gestión.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Título a nivel medio.
- Habilidades y destrezas:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir.
Para redactar correspondencia.
- Otros conocimientos:
Sobre el Código Civil, Código Municipal y además leyes y reglamentos relacionados al trabajo.
REGISTRO DE VECINDAD
REGISTRADOR DE VECINDAD
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Registrador de Vecindad
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo
SUBALTERNOS: Oficiales de Registro de
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto técnico, nombrado por el Concejo Municipal, que tiene bajo su responsabilidad efectuar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio y registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos y registrar todas las modificaciones de las características de los vecinos.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Ante el Concejo Municipal y Alcalde Municipal.
- Realizar la inscripción de cada vecino oriundo del municipio.
- Gestionar la firma del secretario y del Alcalde, para la emisión de primera cédula o reposición.
- Extender certificaciones o constancias de cédulas.
- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas, cuando se extienda la primera cédula.
- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los requisitos establecidos en la ley.
- Atender las resoluciones procedentes de los Abogados y Notarios y del Ministerio Público.
- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.
- Custodiar y conservar en forma eficiente, los libros y documentación relacionada al Registro de Vecindad.
- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.
- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.
- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.
- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro de ciudadanos.
- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.
- Índices de los libros de cédulas de vecindad.
- Enviar telegramas relacionados con el registro de vecindad.
- Certificar asientos de cédulas.
- Control de destace de marranos.
- Efectuar inspección y vigilancia del registro de vecindad.
- Instruir a sus oficiales para realizar adecuadamente las actividades.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Concejo Municipal, para proporcionar información oportuna, veraz, y confiable.
- Con el Alcalde, para recibir instrucciones y presentar informes confiables.
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad y personal subalterno en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
- Sobre el personal del Registro de Vecindad.
- Para dar fe pública, mediante constancias y certificaciones que extienda.
- Para distribuir el trabajo del Registro de Vecindad entre los oficiales.
VI. RESPONSABILIDAD:
- Del cuidado y buen estado de los libros del Registro de Vecindad.
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
- Responsable del envío oportuno de las notificaciones que se remiten a otras municipalidades e instituciones gubernamentales.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad; o tener certificado de aptitud y experiencia comprobada de cinco años en el ramo.
- Habilidades y Destrezas
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo a la brevedad posible. Para redactar informes.
Para atender al público, con amabilidad y respeto.
- Otros conocimientos
Sobre el Código Municipal, La Ley de Cédulas, reglamentos y acuerdos municipales y otras leyes relacionadas con el trabajo.
OFICIAL I DEL REGISTRO DE VECINDAD.
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Oficial I, del Registro de Vecindad.
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Registrador de Vecindad.
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo, que le corresponde atender a los interesados y mantener actualizado el Registro de vecindad, además es personal de apoyo a la dirección administrativa en relación a cubrir las vacaciones del personal que corresponda.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Extender primeras cédulas de vecindad y reposiciones.
- Extender certificaciones o constancias de cédulas.
- Proporcionar carnés de identificación tributaria del Ministerio de Finanzas Públicas, cuando se extienda la primera cédula.
- Registrar el avecindamiento de habitantes de otros distritos, una vez cumplidos los requisitos establecidos en la ley.
- Registrar las modificaciones de las características de los vecinos.
- Enviar avisos de avecindamientos a otras municipalidades.
- Elaboración cartas de venta y guías de conducción.
- Elaborar el cuadro estadístico de ganado mayor y menor.
- Elaborar el cuadro estadístico de primeras cédulas y avecindamientos al registro de ciudadanos.
- Cancelación de asientos de cédulas de vecindad.
- Razones de avecindamientos.
- Enviar información a la SAT.
- Mantener ordenado el archivo del Registro de Vecindad.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Registrador de Vecindad, para recibir instrucciones y presentarle documentos para su firma y sello.
- Con el Alcalde, para revisión y firma de documentos requeridos por los interesados.
- Con el público interesado.
V. AUTORIDAD:
Para firmar documentos en ausencia del Registrador de vecindad.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del mobiliario y equipo de oficina asignado. De la documentación recibida para su gestión.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación:
Título a nivel medio.
- Habilidades y destrezas:
Recibir e interpretar instrucciones de trabajo, para el manejo de máquinas de escribir.
Para redactar correspondencia.
- Otros conocimientos:
Sobre el Código Municipal y ley de cédulas, otras leyes y reglamentos relacionados al trabajo.
BIBLIOTECA MUNICIPAL
BIBLIOTECARIA.
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Bibliotecaria.
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su responsabilidad mantener ordenada la biblioteca y atender al público interesado.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Brindar atención amable y cortés al público.
- Ordenar todo tipo de material bibliográfico.
- Mantener un registro actualizado de todo lo que existe en la biblioteca.
- Seleccionar material bibliográfico.
- Ser guía y orientador a los usuarios de la biblioteca.
- Velar por el buen uso de los libros y otros documentos consultados.
- Custodiar y conservar en forma eficiente los libros y documentos de la biblioteca.
- Enviar informe mensual a su jefe inmediato, sobre las actividades realizadas y estadística de personas que consultan la biblioteca.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento y recibir instrucciones.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
Para organizar las actividades de la biblioteca.
VI. RESPONSABILIDAD:
- Del cuidado y buen estado de los libros existentes en la biblioteca.
- Del mobiliario y equipo de oficina asignado.
- Responsable del envío oportuno de informes.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Título de nivel medio. De reconocida honorabilidad e idoneidad.
- Habilidades y Destrezas
Para mantener estricto control y archivo ordenado de documentos. Para redactar informes.
SERVICIOS INTERNOS MUNICIPALES
JEFE DE SERVICIOS INTERNOS
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa TITULO DEL PUESTO: Jefe de Servicios Internos
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Director Administrativo
SUBALTERNOS: Encargado de Mantenimiento, Guardianes y Conductores de Vehículos pesados.
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto técnico, nombrado por el Alcalde Municipal, que tiene bajo su responsabilidad coordinar las comisiones para los pilotos, las actividades de guardianía y control sobre el mantenimiento proporcionado a los vehículos.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Informar oportunamente al Alcalde Municipal y Director Administrativo sobre cualquier situación encontrada.
- Coordinar actividades de los guardianes.
- Asignar comisiones a pilotos de camiones.
- Verificar y controlar que se les brinde mantenimiento a vehículos.
- Realizar supervisión y control sobre su personal.
- Proponer soluciones a problemas encontrados.
- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Alcalde Municipal, para proporcionar información y recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones..
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento y recibir instrucciones.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
VI. RESPONSABILIDAD:
De la entrega oportuna de informes. Del mobiliario y equipo asignado.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Nivel Primario completo.
De reconocida honorabilidad e idoneidad.
- Habilidades y Destrezas
Para recibir instrucciones y cumplirlas.
Para mantener estricto control de actividades. Tener conocimientos sobre vehículos.
ENCARGADO DE MANTENIMIENTO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativa
TITULO DEL PUESTO: Encargado de Mantenimiento.
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo, que tiene bajo su responsabilidad realizar el mantenimiento a los diferentes vehículos de la municipalidad.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Realizar oportunamente el mantenimiento a los diferentes vehículos de la municipalidad.
- Realizar las reparaciones que considere necesarias.
- Proponer soluciones a problemas relacionados con el estado de los vehículos.
- Llevar un control de mantenimiento por vehículo.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Jefe de servicios internos, para proporcionar información y recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.
- Con la Dirección administrativa para la Coordinación de actividades del departamento y recibir instrucciones.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
Para organizar las actividades de mantenimiento que le sean asignadas.
VI. RESPONSABILIDAD:
De la entrega oportuna de los vehículos. Del mobiliario y equipo asignado.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Nivel Primario completo.
De reconocida honorabilidad e idoneidad. Con experiencia comprobada en el ramo.
- Habilidades y Destrezas
Para recibir instrucciones y cumplirlas.
Para mantener estricto control de actividades.
CONDUCTOR DE VEHÍCULO PESADO
I. IDENTIFICACIÓN DEL PUESTO:
UNIDAD ADMINISTRATIVA: Dirección Administrativo
TITULO DEL PUESTO: Conductor de vehículo Pesado
JEFE INMEDIATO SUPERIOR: Encargado Serv. internos
SUBALTERNOS: Ninguno
II. NATURALEZA DEL PUESTO:
Es un puesto operativo nombrado por el Director Administrativo que tiene bajo su responsabilidad conducir vehículos pesados de la municipalidad.
III. FUNCIONES DEL PUESTO:
- Realizar las comisiones asignadas de traslado de materiales hacia las comunidades.
- Trasladar a la municipalidad, las compras realizadas.
- Velar por el buen estado del vehículo asignado.
- Requerir oportunamente los servicios y mantenimiento para el vehículo.
- Proponer soluciones a problemas encontrados.
- Llevar un control de mantenimiento del vehículo.
- Realizar otras actividades que le sean asignadas por su jefe inmediato.
IV. RELACIONES DE TRABAJO:
- Con el Director Administrativo para proporcionar información y recomendaciones oportunas que mejoren sus actividades y recibir instrucciones.
- Con el Encargado de Mantenimiento para la Coordinación de actividades.
- Con todas las unidades ejecutoras dentro de la Municipalidad, en cuanto a la organización de funciones y administración de las mismas.
V. AUTORIDAD:
Para organizar las actividades de conducción de vehículo, que le sean asignadas.
VI. RESPONSABILIDAD:
Del cumplimiento eficiente de las comisiones. Del mobiliario y equipo asignado.
VII. ESPECIFICACIONES DEL PUESTO:
- Educación
Nivel Primario completo.
De reconocida honorabilidad e idoneidad. Con experiencia comprobada en el ramo. Licencia de conducir tipo Profesional vigente.
- Habilidades y Destrezas
Para recibir instrucciones y cumplirlas.
V.
PROCEDIMIENTOS BÁSICOS
Los procedimientos nos indican los pasos necesarios y las actividades indispensables definiendo la responsabilidad de cada puesto de trabajo o unidad administrativa para la prestación de un servicio público y/o los pasos para realizar una actividad financiera, administrativa o técnica.
Por lo tanto, conocer y tener claro lo procedimientos básicos en las áreas administrativa, técnica y de planificación, de servicios público y financiera contribuye, ordena y facilita la coordinación y la comunicación en el trabajo municipal para lograr sus finalidades.
Los procedimientos que aparece en este manual son: Solicitud de certificaciones en registro civil y solicitud registro de vecindad. Además, se agregan los procedimientos de la financiera, de planificación y de servicios públicos con el objeto de conocerlos para la buena coordinación del trabajo.
Solicitud de Certificaciones en Registro Civil
Involu- crados Pasos
Necesarios
Usuario Tesorería Registro Civil
Usuario manifiesta interés de obtener certificación al Registro Civil. Registro Civil recibe solicitud verbal de certificación.
Interesado paga hoja en Tesorería y la presenta en Registro Civil para emisión de certificado.
Registro Civil emite certificación y cobra honorarios Inicio Solicitud verbal Pago Emisión de documento Fin Solicitud
Solicitud Registro de Vecindad
Involu- crados Pasos Necesarios Intere-sado Registro Civil Tesorería Registro de Vecin-dad Secretaría Alcalde Municipal Usuario manifiesta interés de obtener su Cédula de Vecindad. El Registro de Vecindad recibe solicitud verbal del interesado y le solicita documentos. Interesado solicita certificado de nacimiento en el Registro Civil Tesorería cobra: boleto de ornato, carné para cédula y certificado de nacimiento. Interesado entrega papelería en el Registro de Vecindad, quien emite Cédula y traslada carné para firmas.Secretario corrobora datos para su firma y la del Alcalde. Inicio Solicitud Solicitud certificado Cobro Emisión Cédula Firma Firma Fin Recepción Solicitud
Solicitud de Desmembración Propiedad
Involu- crados Pasos Necesarios Usuario AlcaldeMunicipal Catastro Secretaría Tesorería
Encargada I.U.S.I. Usuario emite solicitud y la entrega al Alcalde Municipal Alcalde recibe solicitud y traslada expediente a Catastro y Tesorería Catastro hace inspección de campo y solicita fotocopia de: cédula, boleto ornato y solicitud del interesado Catastro realiza plano del inmuebles y elabora informe y lo traslada a Secretaría
Secretaría da aval y emite constancia y solicita Vo. Bo. del Alcalde Municipal. Secretaría emite Certificado Municipal y traslada expediente a Tesorería para el pago de la desmembración Tesorería cobra desmembración y traslada expediente a Encarga IUSI para inscripción. Encargada de IUSI recibe expediente e inscribe al usuario, luego lo traslada a Catastro. Catastro registra expediente. Entrega certificado al usuario. Usuario recibe Certificado Municipal de Desmembración Inicio Inspección de campo Informe Aval y Constancia Vo. Bo. Certificado Municipal Pago Desmem-bración Inscripción I.U.S.I. Registro Catastral Fin Emisión Solicitud Recepción Expediente Certifi-cado