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O f i c i a l. S u m a r i o

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B o l e t í n O f i c i a l

de la provincia de Sevilla

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Viernes 8 de junio de 2012

Número 132

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.— SEVILLA:

— Gerencia Regional del Catastro:

Ponencias de valores totales . . . 3

NOTARÍAS:

— Notaría de don Manuel Santos López:

Acta de notoriedad. . . 3

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:

— Juzgados de lo Contencioso-Administrativo:

Sevilla.—Número 3: autos 193/12 . . . 3

— Juzgados de lo Social:

Sevilla.—Número 1: autos 233/11, 98/12, 30/11 y 164/09;

número 2: autos 94/11 y 244/11; número 5: autos 268/11, 1320/10 y 743/11; número 6: autos 230/12, 364/09 y 1144/10;

número 10: autos 175/12 y 132/12 . . . 4

— Juzgados de Primera Instancia:

Dos Hermanas.—Número 1: autos 260/10 . . . 11

AYUNTAMIENTOS:

— Sevilla: Expedientes de baja de oficio y de altas y cambios de domicilio en el Padrón municipal de habitantes . . . 11 Gerencia de Urbanismo: Notificación . . . 12

— Bormujos: Corrección de errores. . . 13

— Brenes: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes . . . 13

— Burguillos: Notificación . . . 14

— Camas: Convocatoria para la provisión de una plaza de Oficial 1.ª Pintor y de una plaza de Oficial 1.ª de Servicios Múltiples. . 14 Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes 21

— Cantillana: Reglamento municipal . . . 22

S u m a r i o

(2)

Auxiliar Administrativo . . . 22

— Espartinas: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes . . . 25

— Gelves: Notificaciones. . . 26

— Lebrija: Notificación . . . 27

— Mairena del Aljarafe: Notificación . . . 27

— Osuna: Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes . . . 27

— Pilas: Notificación . . . 28

— La Puebla de Cazalla: Padrones fiscales . . . 28

Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal de habitantes . . . 29

— Tomares: Delegación de funciones . . . 29

— Utrera: Proyecto de actuación . . . 29

Corrección de errores. . . 30

— Valencina de la Concepción: Notificaciones . . . 30

(3)

Viernes 8 de junio de 2012 Número 132

Boletín Oficial de la provincia de Sevilla

DELEGACIÓN ESPECIAL DE ECONOMÍA Y HACIENDA EN ANDALUCÍA.—SEVILLA

———

Gerencia Regional del Catastro

De conformidad con lo establecido en el artículo 26.2 del Real Decreto 417/2006, de 7 de abril, por el que se desarrolla el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el presente anuncio se pone en conocimiento de todos los intere- sados la apertura del trámite de audiencia previa correspon- diente al procedimiento de aprobación de las ponencias de valores totales de los bienes inmuebles urbanos de los términos municipales de La Algaba, Benacazón, Coria del Río y Gines.

Los expedientes de aprobación de las referidas ponencias pueden ser consultados, junto con los textos de las mismas, durante el plazo de diez días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio, en la Gerencia Regional del Catastro de Andalucía-Sevilla, Avenida de la Innovación, s/n, de Sevilla, a fin de que, en ese mismo plazo, los interesados puedan formular las alegaciones y presentar las pruebas que se estimen pertinentes.

Sevilla a 7 de junio de 2012.—La Gerente Regional, M.ª José Pérez Pérez.

2W-6149

NOTARÍAS

———

NOTARÍA DE DON MANUEL SANTOS LóPEz Yo, Manuel Santos Lopez, Notario del Ilustre Colegio de Andalucía con residencia en Sanlúcar la Mayor.

Hago constar: Que en la Notaría a mi cargo se está trami- tando acta de notoriedad a efectos de inmatriculacion de exceso de cabida, con el fin de acreditar un exceso de cabida de 352 metros cuadrados sobre los 310 metros cuadrados que, regis- tralmente, tiene la finca 811 del término de Olivares (Sevilla), con frente a calle Sevilla número 33, de dicha localidad, inscri- ta en el Registro de la Propiedad número 1 de los de Sanlúcar la Mayor, hoy propiedad de don Antonio Luis Mora García, con DNI número 28.348.405-P y Hermanas, teniendo la finca en cuestión, por tanto, 662 metros cuadrados de cabida. Por medio del presente edicto se da conocimiento general de tal hecho, emplazando a cuantas personas tuviesen algo que reclamar en contra de lo expuesto, a que comparezcan en mi Notaría, sita en la calle Marquesa Viuda de Saltillo núm. 12, de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), en horas de despacho y durante los veinte días naturales siguientes al de esta publicación, para alegar cuanto estimen oportuno al efecto. Ref. catastral: Es la número 2055518QB5425N0001FS.

En Sanlúcar la Mayor a 8 de mayo de 2012.—El Notario, Manuel Santos López.

253D-6083-P

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

———

Juzgados de lo Contencioso-Administrativo

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 3

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Con-

tencioso-Administrativa (LJCA), se hace público la interposi- ción y admisión a trámite del recurso contencioso-administrati- vo que a continuación se indica:

Número del recurso: 193/2012.

Fecha de interposición: 3 de mayo de 2012.

Recurrente: Remedios Martínez Martínez, Encarnación García Ahumada, Andrés Castañeda Piñero, Francisco Hidalgo Medina, Dolores Álvarez Rioja, Manuel González Sosa, José Pérez Domínguez, Joaquín Bejarano Bascón, José María Gon- zález Sales, Roque Chacón Escobar, Cayetano Jesús Mateos de Tejada Ruiz, Dolores Gutiérrez Castro, Juan Rivas García, Rosa Sánchez Silva, Francisco Cantero Jiménez, Ana María Ardila Chacón, José Arryo Muñoz, María del Carmen López Cintas, Francisco Martín Benítez, Dolores Díaz Franco, Ma- nuel Moreno García, Carmen Sosa Cordero, Sebastián Suárez Campos, Antonia Sosa Cordero, María Ortiz Pérez, Antonio Maestre García, Josefa Franco Manzano, Rafael Cubero Silva, Antonia Monge Gómez, Francisco Franco García, Dolores García Colón, Francisco Ortas Burgos, María Arena Rápela, Nicolás Fernández Abril, José Bayot Domínguez, Alfonsina Blanco Centeno, Rosario Beltrán Bellido, Vicente Ruiz Mate- os, María Inmaculada Sánchez Medina, José Luis Tarín Fer- nández, María Benita Palomo Girol, Miguel Amador Castaño, Emilia Serrano Ortiz, Josefa Pérez Ramos, Josefa Luque Pinto, Concepción Martínez Martínez, Josefa Moreno Pinto, Manuel García Lamprea, Manuela Llano Suárez, José Paluzo de la Torre, Manuela Núñez Castañeda, Juan Verdugo Moreno, Rosa Diéguez Bizcocho, Luis López Gallat, José Antonio Fuentes Vidal, María Luisa Meléndez Fernández, Guillermo Collazo Meneses, María del Carmen Monte Barredo, Lorenzo Mendoza Muñoz, Dolores Díaz Fernández, Camelia Fernández Rufo, Eduardo Díaz Delgado, Manuela Barco Aragón, Manuel Barco Suárez, Felipe Pacheco Herrera, Isabel Marín Martín, Vicente Rubio González, José Lara Astorga, Enmanuel Guzmán Prado, Antonia Ruiz Roldán, Antonio Durán Vázquez, Francisca Mar- tín Luna, José Lara Cano, Antonio Miguel Lara Cano, Rosa Salas Aguilera, José Alcázar Rueda, Rosario Domínguez Váz- quez, Catalina García Gutiérrez, Agustín Donoso Ledesma, María Medina Conejo, Juan Torreño Romero, Isabel Cárdenas González, José Palma Alfaro, Juana Sánchez Fernández, José Ramos Sánchez, Manuel Juan Moreno, Antonia Díaz Arca, Juan García López, Jacinto Barrera Martínez, Elisabet Barrera Martínez, María Dolores Barrera Martínez, Natividad Barrera Martínez, María del Carmen Barrera Martínez, María Dolores Martínez García, Josefa Castuera Abad, Mercedes Farfán Pérez, Antonio González Espino, Juana Domínguez Díaz, Car- men Barragán Martín, Juan Manuel Sosa Cordero, Dolores González Llano, José Antonio González Llano, Francisco Gon- zález Llano, Josefa González Llano, Dolores Llano Casado, Francisca López Egea, María Isabel Botella Martínez, Salvador Alapont López, María del Carmen Rodríguez Mateo, Fernando Macías Barragán, Manuel Fuentes Vidal, Ramón Romero Palma, Virginia Monge Bohórquez, Manuel Marín Vázquez, Ana María Fuentes Vidal, Josefa Domínguez Domínguez, Vi- cente Domínguez Castro, Carmen González Sales, José Franco Lama, Nicolasa Durán Cadera, Juan Crespillo Ruiz, Enrique Suárez Acosta, Ceferina Pérez Espinosa, Cristina Bizcocho Se- villa, Rosendo Palma Romero, María Del Pilar Vázquez Fer- nández, Manuel Japón Japón, Concepción García Martínez, Francisco Javier García Martínez, Joaquín García Martínez, Rosario García Martínez, José Luis García Martínez, Ángeles Rienda Saavedra, Rafael Gómez Muñoz, Ascención Calderas Jara, José Manuel Calderas Jara, Milagros Campos Torres, Eu- sebio Oliva Almarcha, Rosario Oliva Antón, Pedro Molina Agudo, Pedro González Barco, Juana Gancedo Garrido, Fran- cisco Garrido López, Pilar zamorano Garrido, Manuel García Prieto, Enrique Luis Guerrero García, Antonio Pérez Perea, María Pilar Sánchez Silva, Isabel Márquez Díaz, Juana Már- quez Díaz, Mercedes Gavilán García, Manuel Farfán Pérez, Purificación Luque Romero, María del Carmen Luque Gómez, Patricio Viñuelas Garrote, Loreto Navarro Castro, Manuel Do- blas Rodríguez, Jacinta Cancelo Gómez, Rafael Llano Estévez,

(4)

Consuelo Sánchez Silva, Francisco Díaz Domínguez, Merce- des Amelia Díaz Carbonell, Francisco Franco Ortega, Rosario Damas Antuña, Mercedes Prieto Pérez, Rosario González Cruz, Manuel Sánchez Díaz, María López Cintas Y Francisca Gómez Atienza.

Administración autora de la actuación impugnada: Asam- blea general de la Junta de Compensación «sector F» de Al- mensilla.

Actuación impugnada: Desestimación presunta por silencio administrativo del recurso de alzada formulado contra los acuerdos adoptados por la asamblea general de la Junta de Compensanción «sector F» de Almensilla (Sevilla), en su reu- nión de 6 de marzo de 2011.

En Sevilla a 8 de mayo de 2012.—El/la Secretario/a Judi- cial. (Firma ilegible.)

8F-6455-P

———

Juzgados de lo Social

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 1

La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 233/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instan- cia de Alejandro Madrid Ramos, contra Nagas Telecomunica- ciones, S.L., en la que con fecha 13 de enero de 2011, se ha dictado decreto cuyos encabezamiento y parte dispositiva son del siguiente tenor literal:

Decreto:

Sra. Secretaria Judicial:

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.

En Sevilla a 13 de enero de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada, Nagas Telecomunicacio- nes, S.L., en situación de insolvencia por importe de 3.447,06 euros, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional. Remítase edicto, una vez firme la presente resolu- ción, para su publicación en el «Boletín Oficial» del Registro Mercantil.

Archivar las actuaciones, previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a jui- cio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu- ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna- ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, cuenta número 4020-0000-64- 0233-11, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo esta- blecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O.

6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dis- puesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposi- ción Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación en forma a Nagas Teleco- municaciones, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se des- conocen, libro el presente edicto que se publicará en el «Bole- tín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate de emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 24 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial.

(Firma ilegible.)

40-5624

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 1

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 98/2012, a instancia de la parte actora, don Rafael López Liñán, contra Atom Personal Service, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 3 de mayo de 2010, del tenor literal siguiente:

Auto: En Sevilla a 18 de abril de 2012.

Dada cuenta y;

Parte dispositiva:

S.Sª Ilma. acuerda: Despachar ejecución a favor de Rafael López Liñán, contra Atom Personal Service, S.L., por la suma de 7.571,07 euros en concepto de principal, más la de 1.514,21 euros calculados para intereses, costas y gastos.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que, contra la misma, podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de tres días ante este Juzgado, en los términos referidos en el fundamento tercero de esta resolución, y sin perjuicio de su efectividad.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu- ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna- ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número Cuenta número 4020-0000-64- 0098 12, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Reposición», de conformi- dad con lo establecido en la Disposición adicional Decimo- quinta de la L.O. 6/1985, del Poder Judicial, salvo concurren- cia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr.

don Samuel Alejandro Arcos Soriano, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla. Doy fe.

(5)

Decreto:

Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.

En Sevilla a 18 de abril de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Procédase a la localización y averiguación de los bienes del ejecutado, de los que consten en la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, así como en el Registro de Índices y terminal de Tráfico mediante la obtención de los datos correspondientes a través de la aplicación Punto Neutro Judicial.

Se decreta el embargo sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cual- quier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el ejecutado mantenga o pueda, contratar con las entidades bancarias practicándose dicho embargo a tra- vés del enlace habilitado en el Punto Neutro Judicial, hasta cubrir el principal y costas.

Hágase saber a las partes que, de conformidad con lo esta- blecido en el art. 155.5 de la LEC, si cambiasen su domicilio, número de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la oficina judicial durante la sustanciación del proceso, lo comunicarán inmedia- tamente a la misma.

Notifíquese esta resolución al ejecutado, junto con el auto de orden general de ejecución, con entrega de copia de la demanda ejecutiva y de los documentos acompañados, sin citación ni emplazamiento para que, en cualquier momento, pueda personarse en la ejecución.

Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu- ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna- ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número 4020-0000-64- 0098 12, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social-Revisión», de conformidad con lo esta- blecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O.

6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dis- puesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposi- ción Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el beneficiario, Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán, en un solo blo- que y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio) el código «30» y «Social-Revisión».

Así lo acuerdo y firmo.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Atom Per- sonal Service, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»

de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi- caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 18 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

40-5625

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 1

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 30/2011, a instancia de la parte actora, don Juan Chacón González, contra Juan Antonio López Martín, sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 29 de marzo de 2012, del tenor literal siguiente:

Decreto:

Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.

En Sevilla a 29 de marzo de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar al ejecutado, Juan Antonio López Mar- tín, en situación de insolvencia por importe de 23.009 euros, insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provi- sional. Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Ofi- cial» del Registro Mercantil.

Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante, para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a jui- cio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu- ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna- ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número 4020-0000-64- 0030 11, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo esta- blecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O.

6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dis- puesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposi- ción Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Juan Anto- nio López Martín, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»

de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi- caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

(6)

En Sevilla a 16 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

40-5626

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 1

Doña Rosa María Rodríguez Rodríguez, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número uno de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 164/2009, a instancia de la parte actora, don Ángel Fernández Menor, contra Asociación de Amigos y Familiares de Enfermos Mentales San Juan Grande, sobre eje- cución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 23 de abril de 2009, del tenor literal siguiente:

Decreto:

Secretaria Judicial, doña Rosa María Rodríguez Rodríguez.

En Sevilla a 16 de abril de 2012.

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar a la ejecutada, Asociación de Amigos y Familiares de Enfermos Mentales San Juan Grande, en situa- ción de insolvencia por importe de 17.565,93 euros, insolven- cia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

Remítase edicto para su publicación en el «Boletín Oficial»

del Registro Mercantil.

Hágase entrega de testimonio bastante a la parte ejecutante para que surta efectos ante el Fondo de Garantía Salarial.

Archívese el presente procedimiento y dese de baja en los libros correspondientes.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al FOGASA.

Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe recurso directo de revisión, que deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a jui- cio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Para la admisión del recurso deberá efectuarse constitu- ción de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en la Cuenta de Consigna- ciones de este Juzgado, abierta en la entidad Banco Español de Crédito -Banesto- (Entidad número 0030), Sucursal Avda. de la Buhaira (Oficina número 4325), sita en C/ José Recuerda Rubio número 4, de Sevilla, Cuenta número 4020-0000-64- 0164 09, utilizando para ello el modelo oficial, indicando en el campo «Concepto» que se trata de un recurso seguido del código «31» y «Social-Revisión», de conformidad con lo esta- blecido en la Disposición adicional Decimoquinta de la L.O.

6/1985 del Poder Judicial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dis- puesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC, y la Disposi- ción Adicional Decimoquinta de la LOPJ.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 1846 42 0005001274, indicando el «beneficiario», Juzgado de lo Social número uno de Sevilla, y en «concepto» se consignarán, en un solo bloque y éste separado por espacios de todo lo demás que se ponga en el campo, los 16 dígitos -antes expresados- de la cuenta que componen la cuenta-expediente judicial.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Asociación de Amigos y Familiares de Enfermos Mentales San Juan Grande, actualmente en paradero desconocido, expido el pre- sente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provin- cia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se

harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 16 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, Rosa María Rodríguez Rodríguez.

40-5652

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 94/2011, a instancia de la parte actora don Javier Casto Romero, contra Transportes San Francisco 12, S.L., Enosam Consortium, S.L., y Osvean Firmes y Construc- ciones, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dic- tado resolución del día de la fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo: Declarar al ejecutado, Transportes San Francisco 12, S.L., Enosam Consortium, S.L., y Osvean Firmes y Cons- trucciones, S.L., en situación de insolvencia con carácter pro- visional por importe de 5.464,57 euros de principal, más 1.092,91 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, sin perjuicio de su ulterior tasación.

Notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, haciéndoles saber que, contra la misma, cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art.

188 LRJS.

Si no manifiestan alegación alguna, se procederá al archivo provisional de las actuaciones, previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecu- ción si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecu- tado.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Transpor- tes San Francisco 12, S.L., Enosam Consortium, S.L., y Osvean Firmes y Construcciones, S.L., actualmente en para- dero desconocido, expido el presente para su publicación en el

«Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla- zamientos.

En Sevilla a 26 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro.

40-5723

———

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 2

Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 244/2011, a instancia de la parte actora don Antonio Manuel Terrero Coronilla, contra Excavaciones y Afirmados Bernal, S.L., sobre ejecución de títulos judiciales, se ha dictado resolución de fecha 13 de marzo de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Declarar extinguida la relación laboral que mantenía Anto- nio Manuel Terrero Coronilla, con la empresa Excavaciones y Afirmados Bernal, S.L., a la fecha de este auto, debiendo la empresa abonar las siguientes cantidades a la trabajadora.

1. Doce mil doscientos setenta y seis euros con setenta y dos céntimos (12.276,72) en concepto de indemnización por despido.

(7)

2. Diecisiete mil trescientos sesenta y siete euros con veinticuatro céntimos (17.367,24) en concepto de salarios de trámite.

Notifíquese esta resolución al SPEE a los efectos oportunos.

Notifíquese esta resolución a las partes personadas, con la advertencia que, contra el mismo, cabe recurso de reposición en tres días.

Para la admisión del recurso de la empresa deberá previa- mente acreditarse constitución de depósito en cuantía de 25 euros, debiendo ingresarlo en la cuenta de este Juzgado abierta en Banesto número 4021.0000.30.0244.11, utilizando para ello el modelo oficial, debiendo indicar en el campo «Concepto»

que se trata de un recurso seguido del código «30» y «Social- Reposición», de conformidad con lo establecido en la Disposi- ción adicional Decimoquinta de la L.O. 6/1985 del Poder Judi- cial, salvo concurrencia de los supuestos de exclusión previstos en la misma y quienes tengan reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita.

Si el ingreso se efectuare por transferencia bancaria, habrá de hacerse en la cuenta de Banesto 0030 184642 0005001274, debiendo indicar el beneficiario, Juzgado de lo Social número dos de Sevilla, y en «Observaciones» se consignarán los 16 dígitos de la cuenta que componen la cuenta-expediente judi- cial, indicando después de estos 16 dígitos (separados por un espacio).

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma el Ilmo. Sr.

don Pablo Surroca Casas, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número dos de Sevilla. Doy fe.—El Magistrado- Juez.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación al demandado, Excavacio- nes y Afirmados Bernal, S.L., actualmente en paradero descono- cido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Ofi- cial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 27 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, María Fernanda Tuñón Lázaro.

40-5729

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 5

El Secretario Judicial del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución núm. 268/2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instan- cia de Francisco José García Romero contra Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Construcciones Aranda Ale, S.L., en la que con fecha 23 de abril de 2012, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Auto: En Sevilla a 23 de abril de 2012.

Dada cuenta y;

Hechos:

Primero.—En los autos de referencia, seguidos a instancia de don Francisco José García Romero, contra Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Construcciones Aranda Ale, S.L., se dictó resolución judicial en fecha 15 de septiembre de 2011, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Que esti- mando la demanda formulada por Francisco José García Romero contra la empresa Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Construcciones Aranda Ale, S.L., debo declarar y declaro improcedente el despido operado por ésta en fecha 28 de diciembre de 2010, contra el actor, condenando a la empresa demandada a que, a su elección, lo readmita en su puesto de trabajo en las mismas condiciones que regían antes de su despido, o le indemnice en la suma de cuarenta mil sete- cientos setenta euros con cincuenta y ocho euros (40.770,58

euros), con abono en uno u otro caso de los salarios de trami- tación devengados desde la fecha del despido hasta la de noti- ficación de esta resolución. Se advierte a la empresa conde- nada que la opción referida deberá ejercitarla dentro de los cinco días siguientes a la notificación de la presente, por escrito o por comparecencia, entendiéndose que opta por la readmisión en caso de no ejercitarla»

Segundo.—Dicha resolución judicial es firme.

Tercero.—En fecha 27 de octubre de 2011, se presentó escrito por la demandada, Construcciones Aranda Ale, S.L., por el que efectúa la opción por la readmisión del trabajador.

Cuarto.—En escrito presentado por la actora en fecha 18 de noviembre de 2011, se solicitó la ejecución de la resolu- ción, instando incidente de readmisión irregular, se cite de comparecencia a las partes y se declare extinguida la relación laboral.

Señalada comparecencia, se celebró la misma recayendo auto de extinción de la relación laboral en fecha 1 de marzo de 2012 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «Que debo declarar y declaro extinguida la relación laboral que ligaba a las partes con obligación de la empresa condenada, Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Construcciones Aranda Ale, S.L., de indemnizar a Francisco José García Romero, en la cantidad de 43.297,39 euros. Asimismo debo condenar y condeno a la parte demandada a que abone a la parte actora los salarios dejados de percibir desde la fecha del despilo hasta la fecha de esta resolución, la cantidad de 8.922,09 euros, salvo error u omisión, sin perjuicio de deducir en su caso, si las hubiere, entregas a cuenta que no se hubieren reflejado en esta resolución y en los términos expuestos en la fundamentación».

Quinto.—Que se ha solicitado la ejecución de la resolu- ción por la vía de apremio, toda vez que por la demandada no se ha satisfecho el importe de la cantidad líquida, objeto de la condena.

Sexto.—La demandada, Construcciones Vargas y Aranda, S.L., se encuentra en paradero desconocido.

Razonamientos jurídicos:

Primero.—Que el ejercicio de la potestad jurisdiccional, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado en todo tipo de proce- sos, corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales determinados por las Leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.3 de la Constitución Espa- ñola y artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Segundo.—Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 239 y siguientes de la LRJS, y concordantes de la Ley de Enjuiciamiento Civil, siempre que sea firme una sen- tencia o resolución judicial ejecutable o título, se procederá a su ejecución, únicamente a instancia de parte, por el Magis- trado que hubiere conocido del asunto en primera instancia y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sus trámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud del artículo 239.3 de la LOPJ, asimismo lo acordado en conci- liación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Conciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin nece- sidad de ratificación ante el Juzgado de lo Social; tendrá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juzgado (artículo 84.5 de la LRJS).

Parte dispositiva:

S.Sª Ilma. dijo: Procédase a despachar ejecución frente a Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Construcciones Aranda Ale, S.L., en cantidad suficiente a cubrir la suma de 52.219,48 euros en concepto de principal, más la de 10.445 euros calculados provisionalmente para intereses y costas, sin perjuicio de posterior liquidación.

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Una vez dictado por el Secretario Judicial el correspon- diente decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, notifíquese este auto al ejecutado, junto con copia de demanda ejecutiva y docu- mentos con ella aportados, para que en cualquier momento pueda personarse en la ejecución, entendiéndose con él, en tal caso, las ulteriores actuaciones.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso reposición ante este Juzgado en el plazo de los tres días siguientes al de su notifi- cación en el que, además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la presente resolución y el cumplimiento o incumplimiento de los presupuestos y requisitos procesales exigidos, podrá deducirse oposición a la ejecución despa- chada, aduciendo pago o cumplimiento documentalmente jus- tificado, prescripción de la acción ejecutiva u otros hechos impeditivos, extintivos o excluyentes de la responsabilidad que se pretenda ejecutar, siempre que hubieren acaecido con posterioridad a la constitución del título, no siendo la compen- sación de deudas admisible como causa de oposición a la eje- cución (artículos 239 y concordantes de la LRJS).

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.

doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonabárraga, Magis- trada-Juez del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla.

Doy fe.—La Magistrada-Juez.—La Secretaria.

Decreto:

Secretaria Judicial, doña Amparo Atarés Calavia.

En Sevilla a 23 de abril de 2012.

Hechos:

Primero.—En los presentes autos, en el día de la fecha, se ha despachado ejecución por la vía de apremio, toda vez que no se ha satisfecho, voluntariamente por la demandada, la can- tidad líquida objeto de condena.

Razonamientos jurídicos:

Primero.—Si la sentencia condenare al pago de cantidad determinada y líquida, se procederá siempre, y sin necesidad de previo requerimiento personal al condenado, al embargo de sus bienes en la forma y por el orden prevenido en el art. 592 de la LEC, y teniendo en cuenta lo dispuesto en el art. 249.1 de la LRJS, el ejecutado está obligado a efectuar, a requeri- miento del órgano judicial, manifestación sobre sus bienes o derechos, con la precisión necesaria para garantizar sus res- ponsabilidades, indicando a su vez las personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre sus bienes y de estar sujetos a otro proceso, concretar los extremos de éste que pue- dan interesar a la ejecución, todo ello de conformidad con el artículo 249.1 de la LRJS.

Segundo.—Que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 239 de la LRJS y concordantes de la Ley de Enjuicia- miento Civil, siempre que sea firme una sentencia, se proce- derá a su ejecución, únicamente a instancia de parte, por el Magistrado que hubiere conocido del asunto en primera ins- tancia y, una vez solicitada, se llevará a efecto por todos sus trámites, dictándose de oficio todos los proveídos necesarios en virtud del artículo 239.3 de la LOPJ, asimismo lo acordado en conciliación ante el Centro de Mediación, Arbitraje y Con- ciliación, tendrá fuerza ejecutiva para las partes intervinientes, sin necesidad de ratificación ante el Juzgado de lo Social; ten- drá fuerza ejecutiva lo acordado en conciliación ante este Juz- gado (art. 84.5 de la LRJS).

Tercero.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 de la LRJS, si no se tuviere conocimiento de la existencia de bienes suficientes, el Secretario Judicial, deberá dirigirse a los pertinentes organismos y registros públicos a fin de obte- ner relación de los bienes o derechos del deudor de los que tenga constancia, tras la realización por éstos, si fuere preciso, de las averiguaciones legalmente posibles. Igualmente podrá

el Secretario Judicial, dirigirse o recabar la información pre- cisa para lograr la efectividad de la obligación pecuniaria que ejecute de, de entidades financieras o depositarias o de otras personas privadas que por el objeto de su normal actividad o por sus relaciones jurídicas con el ejecutado deban tener cons- tancia de los bienes o derechos de éste o pudieran resultar deu- doras del mismo.

Cuarto.—De conformidad con los artículos 583 y 585 de la LEC, el ejecutado podrá evitar el embargo, pagando o consig- nando la cantidad por la que se hubiere despachado ejecución.

Parte dispositiva:

Acuerdo: De conformidad con lo establecido en el Conve- nio de Colaboración suscrito en 1998 por el Consejo General del Poder Judicial y los organismos públicos AEAT, INSS, TGSS, INE, INEM e ISM, con el fin de obtener información contenida en los ficheros automatizados, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 250 de la LRJS, y para satisfacción de la deuda objeto del procedimiento a cargo del deudor, recábese directamente por este Juzgado de la base de datos de la Agen- cia Estatal de la Administración Tributaria, la información necesaria sobre el patrimonio del deudor y con su resultado se acordará.

Visto su resultado, y de conformidad con lo establecido en el artículo 239 de la LRJS, se decreta el embargo de los siguientes bienes propiedad de la parte ejecutada Construccio- nes Aranda Ale, S.L.:

— Sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general o cualquiera otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de présta- mos, que el demandado mantenga o pueda contratar con las entidades BBVA, S.A., Banca Cívica, S.A., y Banco Popular Español, S.A., hasta cubrir el principal y costas, a tal efecto líbrese oficio a dicha entidad. Debiendo proceder a dicha retención y puesta a disposición, aun cuando en el momento de recibir dicho oficio no existiese cantidad alguna disponible, si con posterioridad a ello existiesen saldos o productos banca- rios realizables. En el caso de que la retención ordenada afecte a salario, sueldos, pensiones, jornales o retribuciones, se les aplicará los límites previstos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

— Los importes por los que resulte acreedora dicha parte ejecutada frente a la Agencia Estatal de Administración Tribu- taria por cualquier concepto, y en cuantía suficiente a cubrir la cantidad de 52.219,48 euros de principal, más 10.445 euros presupuestadas para intereses, gastos y costas.

— De las cantidades por las que resulte acreedora la parte demandada, Construcciones Vargas y Aranda, S.L., y Cons- trucciones Aranda Ale, S.L., frente a Construcciones Arroyo Bodoque, S.L., Drainsal, S.L., Aguilera Nogales y Cía, S.A., Estación de Servicio Matallana, S.L., Veygofar, S.L., y Árbol Blanco, S.L., por cualquier concepto, en cuantía suficiente a cubrir las cantidades reclamadas en la presente ejecución, para cuya efectividad se librarán los despachos oportunos.

Líbrense oficios al efecto.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso directo de revisión, en el plazo de tres días mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en la que se hubiera incurrido.

Así lo acuerdo y firmo.—El Secretario.

Y para que sirva de notificación en forma a Construccio- nes Vargas y Aranda, S.L., cuyo actual domicilio o paradero se desconocen, libro el presente edicto que se publicará en el

«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de autos, sentencias o se trate de

(9)

emplazamientos, y todas aquellas otras para las que la ley expresamente disponga otra cosa.

En Sevilla a 23 de abril de 2012.—El Secretario Judicial.

(Firma ilegible.)

40-5647

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 5 Procedimiento: Social Ordinario 1320/2010.

Negociado: 3I.

Sobre: Reclamación de cantidad.

N.I.G.: 4109144S20100014685.

De: Don José Antonio García Rodríguez.

Contra: Karting Racing Tour, S.L.

En virtud de providencia dictada en esta fecha por la ilus- trísima señora doña María Amelia Lerdo de Tejada Pagonaba- rraga, Magistrada del Juzgado de lo Social número cinco de Sevilla, en los autos número 1320/2010, seguidos a instancias de José Antonio García Rodríguez contra Karting Racing Tour, S.L., sobre Social Ordinario, se ha acordado citar a Karting Racing Tour, S.L., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 9 de julio de 2012, a las 10.40 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juzgado sito en avenida de La Buhaira número 26. Edificio Noga, quinta planta, debiendo comparecer personalmente, o por personal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda pre- sentado.

Y para que sirva de citación a Karting Racing Tour, S.L., para los actos de conciliación o juicio, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial»

de la provincia, y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 27 de diciembre de 2011.—La Secretaria Judicial. (Firma ilegible.)

4F-799

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 5 Procedimiento: Social Ordinario 743/2011.

Negociado: 1I.

N.I.G.: 4109144S20110008905.

De: Don Pablo José Barranco Lobo.

Contra: Asesores Televig Integral, S.L.

En virtud de lo acordado en los autos número 743/2011, seguidos a instancias de don Pablo José Barranco Lobo, contra Asesores Televig Integral, S.L., sobre Social Ordinario, se ha acordado citar a Asesores Televig Integral, S.L., como parte demandada, por tener ignorado paradero, para que comparezca el día 9 de julio de 2013, a las 10.00 horas, para asistir a los actos de conciliación o juicio que tendrán lugar ante este Juz- gado sito en avenida de La Buhaira número 26. Edificio Noga, quinta planta, debiendo comparecer personalmente, o por per- sonal que esté legalmente apoderado, y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustifi- cada de asistencia. Poniéndose en conocimiento de dicha parte que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado copia del escrito de demanda presentado.

Y para que sirva de citación a Asesores Televig Integral, S.L., para los actos de conciliación o juicio, se expide la pre- sente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Ofi- cial» de la provincia, y su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 27 de diciembre de 2011.—El Secretario Judicial. (Firma ilegible.)

4W-801

SEVILLA.—JUzGADO NúM. 6 Procedimiento: Social Ordinario 230/2012.

Negociado: L.

N.I.G.: 4109144S20120002594.

De: Doña María del Rocío Rodríguez Urbina.

Contra: Gerhispalis Servicios Geriátricos, S.L.

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número seis de los de esta capital y su provincia.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 230/2012, a instancia de la parte actora doña María del Rocío Rodríguez Urbina, contra Gerhispalis Servi- cios Geriátricos, S.L., sobre Social Ordinario se ha dictado Decreto de Desistimiento de fecha 2 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Acuerdo:

— Tener por desistida a doña María del Rocío Rodríguez Urbina de su demanda frente a Gerhispalis Servicios Geriátri- cos, S.L.

— Dejar sin efecto el señalamiento de fecha 5 de junio de 2012.

— Archivar las actuaciones una vez que sea firme la pre- sente resolución.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación.

(art. 186 y 188 de la LRJS). El recurrente que no tenga la con- dición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del Juzgado, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social - Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación

«recurso» seguida del «código 31 Social- Revisión». Si efec- tuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recur- sos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autóno- mas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación a la demandada Gerhispa- lis Servicios Geriátricos, S.L., actualmente en paradero desco- nocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguien- tes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplaza- mientos.

En Sevilla a 17 de mayo de 2012.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.

4F-6669

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 364/2009, a instancia de la parte actora don Manuel Núñez Pacheco, contra María Nieves Cabello Gordi- llo, María Nieves Gordillo Cuevas y Cervecería La Sombra, S.C., sobre Social Ordinario, se ha dictado decreto de fecha 25 de abril de 2012, cuya parte dispositiva resulta del tenor literal siguiente:

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Parte dispositiva:

Acuerdo: El embargo de las cantidades a favor de las eje- cutadas por las cantidades ascendentes a 12.950 euros de prin- cipal mas otros 2.590 euros presupuestados para intereses y costas, en concepto de devolución de Hacienda así como sobre cualquier cantidad que exista en cuentas corrientes, a plazo, de crédito, libretas de ahorros, fondos de inversión, obligaciones, valores en general, o cualquier otros productos bancarios, incluidas las amortizaciones de préstamos, que el demandado mantenga o pueda contratar con la/s entidad/es bancarias correspondientes.

Se decreta el embargo de sueldo de la ejecutada, Nieves Cabello Gordillo, así como la prestación del Servicio Público de Empleo Estatal que percibe la ejecutada, María Nieves Gor- dillo Cuevas.

Para la efectividad del embargo acordado sobre las canti- dades pendientes de pago a la parte ejecutada, líbrense oficios a las distintas empresas y entidades.

Respecto de las cantidades que puedan resultar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a las entida- des bancarias de las que sea titular la parte ejecutada, procé- dase a ordenar telemáticamente el embargo acordado en la base de datos que tienen instaladas en este Juzgado.

Dado que la notificación a la ejecutada de la presente reso- lución puede poner en peligro la efectividad de lo acordado, de conformidad con lo establecido en el art. 54.3 de la vigente LRJS, reténgase la misma hasta nueva orden.

Modo de impugnación: Podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recu- rrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notifica- ción (art. 186 y 187 de la LRJS). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la Cuenta de Consignaciones del, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código «31 Social-Revisión». Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación «recurso» seguida del «código 31 Social-Revisión». Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.—La Secretaria Judicial.

Y para que sirva de notificación a las ejecutadas, María Nieves Cabello Gordillo, María Nieves Gordillo Cuevas y Cervecería La Sombra, S.C., actualmente en paradero desco- nocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de empla- zamientos.

En Sevilla a 25 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.

40-5676

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 6

Doña María de los Ángeles Peche Rubio, Secretaria Judi- cial del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla.

Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 1144/2010, a instancia de la parte actora doña Iris Morillas Delgado, contra Solano Pharmaceutical, S.L., sobre despidos/ceses en general, se ha dictado resolución de fecha 17 de abril de 2012, cuya parte dispositiva resulta del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Decido: Declarar resuelta la relación laboral que vinculaba a Iris Morillas Delgado con la empresa Solano Pharmaceuti- cal, S.L., con fecha de la presente resolución y, en su virtud, condeno a ésta a que abone a la parte actora en concepto de indemnización, la suma de 1.358,94 euros, más la cantidad de 1.090,56 euros por salarios de tramitación y por salarios deja- dos de percibir.

Contra la presente resolución cabe recurso de reposición ante este Juzgado de lo Social, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a jui- cio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso.

Así por este auto, lo acuerdo, mando y firma la Ilma. Sra.

doña María de los Reyes de Flores Canales, Magistrada del Juzgado de lo Social número seis de Sevilla. Doy fe.—La Magistrada.—La Secretaria.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo mandado. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado, Solano Pharmaceutical, S.L., actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el «Boletín Oficial»

de la provincia, con la advertencia de que las siguientes notifi- caciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.

En Sevilla a 17 de abril de 2012.—La Secretaria Judicial, María de los Ángeles Peche Rubio.

40-5720

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SEVILLA.—JUzGADO NúM. 10

Procedimiento: Despidos / Ceses en general 175/2012.

Negociado: RO.

N.I.G.: 4109144S20120001979.

De: Don Rafael Cabrera Fernández.

Contra: Gestiona y Sabores, S.L., y Ya Son Tres Servicios de Hostelería, S.L.

Doña Carmen Álvarez Tripero, Secretaria Judicial del Juz- gado de lo Social número diez de los de esta capital y su pro- vincia.

Hace saber: Que en virtud de proveído dictado en esta fecha, en los autos número 175/2012, se ha acordado citar a Ya Son Tres Servicios de Hostelería, S.L., como parte deman- dada, por tener ignorado paradero, para que comparezcan el próximo día 9 de julio de 2012, a las 11.30 horas para asistir a los actos de conciliación y juicio, en su caso, que tendrán lugar en este Juzgado de lo Social, sito en avenida de La Buhaira número 26, edificio Noga, planta 6.ª debiendo comparecer per- sonalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intente valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Igualmente, se le cita para que en el mismo día y hora, la referida parte realice prueba de confesión judicial.

Se pone en conocimiento de dicha parte, que tiene a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de lo Social copia de la demanda presentada.

Y para que sirva de citación a Ya Son Tres Servicios de Hostelería, S.L, se expide la presente cédula de citación para su publicación en el «Boletín Oficial» de la provincia y para su colocación en el tablón de anuncios.

En Sevilla a 17 de mayo de 2012.—El Secretario Judicial, Carmen Álvarez Tripero.

4W-6697

(11)

AYUNTAMIENTOS

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SEVILLA

En este Servicio de Estadística se han incoado expedientes de bajas de oficio en el Padrón de Habitantes de Sevilla (art. 72 del Reglamento de Población y Demarcación territorial de las Entidades Locales) de las personas que se indican, por incumplir, en su caso, los requisitos establecidos en el art. 54 del citado Reglamento.

Instruidos los correspondientes expedientes administrativos, se notificaron en los domicilios de los afectados relacionados a continuación, comunicación de incoación del expediente de baja, obrando en sus respectivos expedientes acuses de recibo firmados por los afectados, existiendo por ello contradicción con lo expuesto por los solicitates.

Requeridos los solicitantes, y habiendo resultado fallido el intento de notificación personal, se publica el presente anuncio, de conformidad con el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo, requiriéndoles, para que en un plazo no superior a quince días hábiles, alegue y/o presente los docu- mentos y justificaciones que estime pertinentes, transcurrido dicho plazo se le tendrá por desistido en su solicitud, archivándose las actuaciones.

Fecha notificación Expte. Afectados Solicitante Domicilio incoación al afectado 1260/2011 Wilmer Darwin Angulo Cuero. Celino Angulo Lucumi.

T: X4834270s DNI: 29519936B C/. Puerto Rico número 4, 3.º A 27/12/2011 4/2012 Manuel Jesús Romero Vázquez. M. Jesús Salinas García.

DNI: 28633221S DNI: 48956745A C/ Ricardo Palma número 59, 2.ºD 17/02/2012 75/2012 Carlos Romero Borrero. María Reyes Muñoz.

DNI: 28492137J DNI: 28491650D C/ Hermano Pablo número 6, Ptal. 6, 3.º B 24/02/2012 104/2012 Marlene Yahoska Soto Mendoza. Marcos Fernández Halcón.

P: C0920729 DNI: 28922949N C/ Santa Rosa número 5, 3.º 07/03/2012 Sevilla a 17 de mayo de 2012.—El Jefe de Servicio de Estadística, José Antonio Suero Salamanca.

4W-6498 SEVILLA.—JUzGADO NúM. 10

Procedimiento: Ejecución de títulos judiciales 132/2012.

Negociado: J.

N.I.G.: 4109144S20110001299.

De: Don Enrique Parra Sánchez.

Contra: Eromido, S.L.U.

En resolución del día de la fecha dictada en la ejecución núm. 132/2012, seguidos en este Juzgado de lo Social número diez de Sevilla y su provincia en materia de ejecución de títu- los judiciales, a instancia de don Enrique Parra Sánchez contra Eromido, S.L.U., se ha acordado citar a las partes para que comparezcan el próximo día 10 de julio de 2012, a las 11.40 horas en la Sala de Audiencia de este Juzgado, sita en avenida de La Buhaira número 26, Edificio Noga, planta 1.ª, Sala 13, para la celebración de una comparecencia incidental prevista en el artículo 280 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, debiendo comparecer personalmente o por persona legalmente apoderada y con los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que si no compareciera el trabajador o persona que lo represente se archivarán sin más las actuaciones y que de no hacerlo el demandado o su repre- sentación se celebrarán los actos sin su presencia.

Y para que sirva de citación en legal forma a Eromido, S.L.U., cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, se expide la presente cédula de citación que se publicará en el

«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla y se expondrá en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencia o se trate de emplazamientos y aquellas otras para las que la Ley expresa- mente disponga otra cosa. Asimismo se le hace saber que tiene a su disposición las actuaciones para su examen en la Secreta- ría de este Juzgado.

Dado en Sevilla a 16 de mayo de 2012.—El Secretario Judicial. (Firma ilegible.)

4F-6696

Juzgados de Primera Instancia

———

DOS HERMANAS.—JUzGADO NúM. 1 N.I.G.: 4103842C20100002753.

Procedimiento: Expediente de dominio. Inmatriculación 260/2010. Negociado: NN.

Sobre: Inmatriculación y reanudación del tracto sucesivo.

Solicitante: Don Francisco Rodríguez León y doña Ana Quintana Terrero.

Procurador: Don Salvador Arribas Monge.

Doña María del Rosario López Rodríguez Magistrada- Juez del Juzgado de Primera Instancia número uno de esta ciu- dad.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue el procedimiento Expediente de dominio. Inmatriculación 260/2010, a instancia de don Francisco Rodríguez León y doña Ana Quintana Terrero, expediente de dominio para la inmatriculación de las siguientes fincas:

Parcela situada en la calle Cerro Blanco, 31 de 107 metros cuadrados de suelo que linda a la derecha con el n° 29 propie- dad de Francisco Rodríguez León y a la izquierda con el n° 33 propiedad de Antonio Barbero Plaza frente con la calle Cerro Blanco.

Procede por segregación de predio matriz inscrito a favor de Ana Gómez Almazan. Suerte de olivar, resto de la llamada Camino de Utrera, conocido también por Monte Lirio, en tér- mino de Dos Hermanas, con un superficie inscrita de 89 áreas, 54 centiáreas. Finca n° 573. Referencia catastral 2294017TG4 229S0001SL.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providencia de esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienes pudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér- mino de los diez días siguientes a la publicación de este edicto puedan comparecer en el expediente alegando lo que a su derecho convenga.

En Dos Hermanas a 3 de mayo de 2012.—La Magistrada- Juez, María del Rosario López Rodríguez.

6F-6574-P

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