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ACUERDO USE INDEPENDIENTE

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Academic year: 2022

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ACUERDO USE INDEPENDIENTE

Entre, por una parte U.S.E. ARGENTINA S.R.L., con domicilio en Paraguay 1462, piso 10mo.

Oficina “A” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, (en adelante referida como, la

“Empresa”) y de la otra parte _________________________________________________, identificado con DNI ____________________ con domicilio en ___________________________________________________________, (en adelante, el

“Participante”), denominadas en forma conjunta y/o indistinta la “Parte” o las “Partes”

CONSIDERANDO:

Por su parte, el Participante está interesado en trabajar temporariamente en los Estados Unidos de América, y ha obtenido una Oferta de Trabajo a efectos de participar en el Programa Work And Travel Estados Unidos por sus propios medios, por lo que requiere de los servicios de la Empresa para que ésta colabore y asesore en la obtención del Formulario DS- 2019, SEVIS y la Tarjeta de Asistencia al Viajero. . Por ello, las Partes han acordado celebrar el presente ACUERDO USE INDEPENDIENTE (en adelante, el “Acuerdo”), y sujetarse a las siguientes cláusulas y condiciones:

PRIMERO: DEFINICIONES.

En este Acuerdo, a menos que el contexto lo exija de otro modo:

“Acuerdo”, significa este Acuerdo.-

“Acuerdo de Participación del Programa” (Sponsor Agreement) es el acuerdo celebrado entre el Participante y el Sponsor en el que se detallan los términos y condiciones en los que el Sponsor otorga y mantiene el Sponsorship.

“Compañía de Tarjeta de Asistencia al Viajero”, es una empresa que provee la Tarjeta de Asistencia Médica de acuerdo a las regulaciones y exigencias de Estados Unidos de América para quienes accedan a trabajar en tal país. La Empresa no se hace responsable por la cobertura de la Compañía de Tarjeta de Asistencia al Viajero.

“Cursos de Entrenamiento”, son los consignados de acuerdo a lo especificado en la Cláusula VII, a saber: “Introductory Orientation”, “Visa Application Orientation”, y “Pre-Departure Orientation”.

“Departamento de Estado”, es el Departamento de Estado de los Estados Unidos de América (US State Department) quien a través del Bureau of Educational and Cultural Affairs (ECA) es la entidad que administra y regula el Programa Work and Travel Estados Unidos así como los demás programas de intercambio.

“Dólares” y “US$”, se refiere a la moneda de curso legal en los Estados Unidos de América;

“Embajada”: es la Embajada de los Estados Unidos de América, quien a través de la Sección Consular procesa las solicitudes de visas para dicho país y es el único ente que tiene la facultad de otorgar o negar una solicitud de visa.

“Empleador”, es una empresa radicada en los Estados Unidos de América que, sin estar obligada, puede ofrecer una posibilidad laboral. Las relaciones entre el Empleador y el Participante se rigen de acuerdo a la Oferta de Trabajo, que da la posibilidad de trabajar en tal país y percibir una remuneración por las tareas desarrolladas en el marco de la legislación estadounidense vigente.

“Formulario DS-2019”, es el Certificado de Elegibilidad para poder aplicar a la Visa J1 y que a través del Programa Work and Travel Estados Unidos permite al participante trabajar legalmente en Estados Unidos por un máximo de 4 meses. Este documento es emitido por el Sponsor una vez que el Participante cuente con una Oferta de Trabajo.

“Oferta de Trabajo” (Employment Offer) es el documento emitido por el Empleador, conforme a la normativa vigente en los Estados Unidos de América en los términos y condiciones previstos en www.dol.gov.

“Partes”, significa la Empresa y el Participante y “Parte”, significa una cualquiera de ellas;

“Pesos” y “$”, se refiere a la moneda de curso legal en la República Argentina;

“Programa Work And Travel Estados Unidos”, es un programa que ofrece el Gobierno de los Estados Unidos de América para estudiantes universitarios o de Instituto Terciario que

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permite trabajar y viajar en los Estados Unidos de América por medio de la Visa J1 http://j1visa.state.gov/basics/common-questions/.

“SEVIS” (Student and Exchange Visitor Information System), es un sistema por el cual el Departamento de Seguridad Interna de los Estados Unidos de América (Department of Homeland Security - DHS), antes conocido como el Departamento de Inmigraciones “INS”

(Immigration and Naturalization Service) verifica la información de todas las personas que ingresan a los Estados Unidos de América con Visa J1.

“Social Security Offices”: es el lugar físico dependiente del Gobierno de los Estados Unidos de América en el que se tramita la obtención del SSN.

“Sponsor”, es la organización que bajo la supervisión del Departamento de Estado administra y es responsable del desarrollo del Programa Work and Travel Estados Unidos ante el Gobierno de los Estados Unidos de América, emite el formulario DS-2019 y SEVIS y es responsable por y del Participante durante su estadía en dicho país dentro de los alcances previstos en el Acuerdo de Participación del Programa. Es el único ente que tiene la facultad de otorgar o negar la emisión del Formulario DS-2019.

“Sponsorship”, es el patrocinio brindado por el Sponsor sobre el Programa Work and Travel Estados Unidos, que resulta en el permiso para trabajar y viajar a los Estados Unidos de América por medio de la Visa J1 y la emisión del Formulario DS-2019.

“SSN” (Social Security Number) es un número de 9 dígitos emitido a ciudadanos y residentes estadounidenses temporales y/o permanentes con autorización para trabajar en Estados Unidos de América bajo la sección 205(c) (2) del Acta de la Seguridad Social, emitido a cada individuo por el Social Security Administration dependiente de los Estados Unidos de América.

“USE Account”: es una cuenta interactiva registrada ante la página web de la Empresa, personal de cada Participante, en la que podrán registrarse, recibir información y comunicarse con la Empresa.

“Visa J1” Es una visa que ofrece la oportunidad de tener un intercambio cultural a través de distintos programas, siendo uno de ellos el Programa Work and Travel Estados Unidos. La visa es otorgada de acuerdo a las normas del Departamento de Estado por el Consulado de los Estados Unidos de América.

I. OBJETO

1.1. El Participante contrata los servicios de la Empresa a fin de que ésta colabore y asesore en la obtención del Formulario DS-2019, SEVIS y la Tarjeta de Asistencia al Viajero a efectos de que éste pueda participar del Programa Work And Travel Estados Unidos (en adelante denominado como el

“Programa”).

1.2. Es requisito indispensable para participar del Programa que el Participante haya aprobado la Entrevista de Evaluación de inglés de acuerdo a los exclusivos estándares de la Empresa, recibido una Oferta de Trabajo la que hubiera tramitado y obtenido sin la participación de la Empresa, obtenga el Formulario DS-2019 y posteriormente, conforme se describe más adelante, obtenga la Visa J1.

II. PRECIO.-

Entrevista de Evaluación de Inglés: con carácter previo a la inscripción del Participante en el Programa abonará la suma de dólares estadounidenses cincuenta (us$50.-) en concepto de entrevista de evaluación de inglés.

En caso que el Participante haya completado exitosamente con la Empresa el Programa en: (i) dos (2) oportunidades la Empresa bonificará la suma de dólares estadounidenses treinta (US$30.-) y (ii) tres (3) oportunidades, la Empresa bonificará la suma correspondiente a la entrevista de evaluación de inglés.

El costo del Programa es de dólares estadounidenses seiscientos setenta y cinco (USD675) (en adelante el “Precio”), el que será abonado en dos

c cuotas, conforme se explica a continuación:

2.1.1 Primer Pago: dentro de los 5 días hábiles de haber aprobado la entrevista de evaluación en inglés, por la suma de dólares estadounidense doscientos veinte (us$220.-).-y

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2.1.2 Segundo pago: dentro de los 5 días hábiles de haber entregado la Oferta de Trabajo a USE, por la suma de dólares estadounidenses cuatrocientos cincuenta y cinco(US$455).

En caso que: (i) el Participante hubiera contratado los servicios de la Empresa y participado del Programa Work and Travel Estados Unidos exitosamente o que se inscribiera en el Programa con anterioridad al 31 de marzo de 2016 se le realizará una bonificación sobre el Precio de la suma de dólares estadounidenses ciento veinticinco (us$125) sobre Primer Pago y la suma de dólares estadounidenses trescientos setenta y cinco (u$s375.-) sobre el segundo pago, esta bonificación se aplicará a los primeros cinco (5) Participantes que se inscriban en el Programa; (ii) el Participante cancelare el Precio con anterioridad al 30 de abril de 2016 se le realizará una bonificación sobre el Precio de la suma de dólares estadounidenses doscientos (US$200).- que serán bonificados en el 2do pago.

En ningún caso serán acumulables las bonificacionesantes mencionadas ni entre sí ni con cualquier otra promoción o bonificación.

2.1. En todos los casos, los pagos deberán realizarse en la cuenta bancaria de la Empresa ante el Banco HSBC.

2.2. PRORROGAS DE PLAZO PARA REALIZACION DE PAGOS.- La prórroga de plazo para el pago del Precio puede ser otorgada únicamente por la Empresa, a través de una autorización por escrito.

2.2.1. La prórroga deberá ser solicitada vía correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected] con al menos un día hábil de anticipación a la fecha de vencimiento del plazo de pago del Precio.

El otorgamiento de la prórroga en el plazo de pago no es obligatoria para la Empresa, que podrá denegarla de acuerdo a su exclusivo criterio, sin que ello genere ningún derecho a indemnización de ningún tipo a favor del Participante.

2.2.2. La Empresa deberá notificar al Participante si otorga o no la prórroga solicitada dentro del tercer (3) día hábil posterior a la fecha de la solicitud formulada por el Participante, su respuesta será notificada por correo

electrónico a la dirección consignada por el Participante en su documentación de registro.

2.2.3. El incumplimiento por parte del Participante respecto a la fecha de pago del Precio generará a favor de la Empresa una penalidad de U$S 15.- 2.2.4. Transcurridos 10 días hábiles del vencimiento de la fecha de pago del que se trate, sin que el Participante abonara el pago del Precio con más la penalidad impuesta, la Empresa considerará que el Participante se ha retirado del Programa y se le devolverá la suma que corresponda de acuerdo a lo previsto en la Cláusula XII puntos 2, 3 o 4 según sea el caso.

III. PARTICIPANTE.- REQUISITOS.-

3.1. El Participante debe cumplir todos los requisitos que a continuación se mencionan para estar habilitado para participar en el Programa:

3.1.1. Ser estudiante universitario o de instituto terciario autorizado por la Embajada, a tiempo completo y estar por lo menos cursando el segundo cuatrimestre al momento de solicitar a la Visa J1 y haber aprobado por lo menos tres materias de la carrera en curso;

3.1.2. Encontrarse cursando materias en la Universidad o Instituto terciario al momento de solicitar la Visa J1;

3.1.3. Tener entre 18 y 28 años;

3.1.4. Aprobar la entrevista de evaluación en inglés de la Empresa;

3.1.5. Encontrarse en buen estado de salud para realizar el trabajo propuesto por el Empleador;

3.1.6. En caso de encontrarse bajo tratamiento médico deberá informarlo a la Empresa, y presentar un certificado médico en el que se indique su aptitud para desarrollar el empleo propuesto;

3.1.7. Tener antes de viajar la suma de dólares un mil (us$1000.-) en efectivo, este importe es fijado a criterio exclusivo de las disposiciones de Estados Unidos de América para cubrir los gastos de alojamiento, alimentación, transporte y personales a su llegada a los Estados Unidos de América. El monto antes mencionado es referencial y el Participante deberá determinar el monto que deberá tener a su disposición para hacer frente a los gastos que por cualquier motivo se generen durante su estancia en los Estados Unidos de América.

3.1.8. Pasaporte vigente al momento de regreso al país de residencia.

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3.1.9. Haber gestionado y obtenido una Oferta de Trabajo por sus propios medios, sin la intervención de la Empresa;

3.1.10. No podrá ser Participante: (i) quien no se encuentre matriculado en Universidad o instituto terciario autorizado por la Embajada; (ii) quien encontrándose matriculado en Universidad o instituto terciario autorizado por la Embajada no curse materias; y/o (iii) quien haya sido dado de baja de la matricula de la Universidad o Instituto terciario autorizado por la Embajada.

3.1.11. No podrá ser Parte en este Acuerdo el Participante que no contara con una Oferta de Trabajo.

IV. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA: la Empresa asume las siguientes obligaciones:

4.1. Asesorar al Participante en el proceso de solicitud y/u otorgamiento del Formulario DS-2019, SEVIS y/o Tarjeta de Asistencia Médica.

4.2. Entregar y/o poner a su disposición los Manuales de Orientación.

4.3. Dictar ya sea en forma presencial o en línea los Cursos de Entrenamiento.

4.4. Cumplir con el pago de las devoluciones en caso de corresponder de acuerdo a la Cláusula XI.

V. OBLIGACIONES DEL PARTICIPANTE: Con la suscripción del presente Acuerdo, el Participante asume las siguientes obligaciones:

5.1. Pagar lo establecido en Cláusula II de éste Contrato, guardar comprobantes de pagos hasta el 1 de mayo de 2016 y entregar copia de los mismos a la Empresa dentro de las 72 horas de haberse efectuado el pago del que se trate.

5.2. Retirar el recibo de pago en el domicilio de la Empresa que corresponda al pago efectuado dentro de las 72 horas de acreditado el pago mediante la entrega del comprobante correspondiente.

5.3. Gestionar y obtener por sus propios medios y sin intervención de la Empresa una Oferta de Trabajo.

5.4. Presentar y/o entregar los documentos requeridos por la Empresa y/o el Sponsor en los plazos establecidos en el presente Acuerdo y/o cuando ésta lo disponga.

5.5. Realizar los trámites que indique la Empresa a efectos de prestar el servicio.

5.6. Realizar y/o asistir según corresponda a los Cursos de Entrenamiento detallados en la Cláusula VII del Acuerdo.

5.7. Informar a la Empresa antes de efectuar el pago del Precio cualquier enfermedad o alteración física o psíquica, y en caso que así se requiera presentar certificado emitido por un médico matriculado respecto al estado de salud del Participante.

5.8. Informar a la Empresa cualquier modificación de la información de contacto entregada a la Empresa y/o el Sponsor por escrito en cualquier momento de la ejecución del Acuerdo.

5.9. Informar a la Empresa dentro de las 24 horas de informado por parte de la Embajada la denegatoria por parte de ésta última de la Visa J1, independientemente de que el Participante se vaya a presentar por segunda vez ante dicho organismo a efectos de que se le otorgue la Visa J1.

5.10. Leer las condiciones de la póliza de la Tarjeta de Asistencia al Viajero provistas por la Compañía de Asistencia Médica de Viajero.

5.11. Pagar las penalidades establecidas en este Acuerdo.

5.12. Abstenerse de realizar cualquier acto o manifestación que de cualquier modo pudiera afectar la imagen, buen nombre u honor o intereses de la Empresa o terceros vinculados a ésta, incluyendo cualquier manifestación lesiva efectuada a través de redes sociales tales como facebook, twitter, instagram etc, bajo apercibimiento de resolver el presente Acuerdo bajo su exclusiva responsabilidad y de reclamar la indemnización por los daños y perjuicios que dicha conducta irrogue.

5.13. En relación a la Oferta de Trabajo:

5.13.1. Por la obtención, vigencia, condiciones y/o cualquier cuestión relacionada con o vinculada a la Oferta de Trabajo;

5.13.2. permanecer hasta la fecha acordada con el Empleador;

5.13.3. conocer las fechas de vacaciones otorgados en la Universidad o Instituto Terciario al que concurre para participar en el Programa durante dicho periodo;

5.13.4. no faltar al inicio regular de sus clases en su Universidad o Instituto Terciario;

5.13.5. validar con el Empleador las condiciones del puesto de trabajo, averiguar todas las funciones y responsabilidades que este implica y los beneficios que este ofrece. Cualquier duda acerca del puesto de trabajo ofrecido deberá ser manifestada al Empleador

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directamente, toda vez que la Empresa no tiene vínculo alguno con el Empleador contactado directamente por el Participante.

5.13.6. Aceptar que la Empresa no ha intervenido en forma alguna en el contacto entre el Participante y el Empleador, toda vez que el Participante lo ha contactado directamente sin intervención de la Empresa;

5.13.7. que la Empresa no se hace responsable de nada vinculado a o relacionado con la Oferta de Trabajo; que la firma de la Oferta de Trabajo o documento similar ("Employment Agreement") constituye la aceptación del trabajo obtenido. La firma y aceptación de dicho documento por parte del Participante es bajo su total responsabilidad; así como el contacto con el Empleador.

5.13.8. Asumir a título personal cualquier responsabilidad que le cupiera por la aceptación de la Oferta de Trabajo y/o de un trabajo adicional;

5.13.9. mantener contacto con el Empleador;

5.13.10. Aceptar el examen de drogas que el Empleador le realizara; y 5.13.11. cumplir con todos los requisitos, documentación y trámites

requeridos por el Sponsor, tales como registro en SEVIS, Monthly check in, entre otros.

5.13.12. Obtención del Formulario DS-2019 por sus propios medios.

5.14. Declaraciones del Participante.- El Participante declara que:

5.14.1. La Empresa no ha intervenido directa o indirectamente en la obtención de la Oferta de Trabajo;.

5.14.2. El Sponsor determinará la fecha en la que le está permitido ingresar a los Estados Unidos de América al Participante con anterioridad a la fecha consignada en el Formulario DS-2019 como fecha de inicio de trabajo y hasta que fecha le es permitido permanecer con posterioridad a la fecha de finalización consignada en el Formulario DS-2019. Durante el periodo anterior y posterior al consignado en el Formulario DS-2019 el Participante podrá permanecer en los Estados Unidos de América en carácter de turista, siempre que: i) tenga contratado servicio de seguro médico de asistencia al viajero en compañía autorizada vigente y ii) no afecte la regularidad de sus

estudios en la Universidad o Instituto Terciario en el que se encontrare matriculado. Es responsabilidad exclusiva del Participante verificar con el Sponsor con qué fecha le está permitido ingresar y permanecer en los Estados Unidos de América con anterioridad a adquirir los pasajes aéreos.

5.14.3. Sólo podrá trabajar en Estados Unidos de América en las fechas consignadas en el Formulario DS-2019, no se encontrará legalmente autorizado para trabajar antes o después de las fechas consignadas en el Formulario DS-2019.

5.14.4. cualquier error en la información suministrada a la Empresa y/o a quien otorgue el Formulario DS-2019 tiene serias consecuencias legales y económicas.

5.14.5. El Empleador podrá retirar la Oferta de Trabajo y/o rescindir el contrato de trabajo en caso que existiera algún error en la información suministrada por el Participante para la emisión del Formulario DS-2019 y Visa J1 y si la Universidad o Instituto Terciario al que concurra el Participante modificare de cualquier forma la fecha de vacaciones y/o de inicio o finalización de las clases regulares.

5.14.6. En caso que se debiera reemitir el Formulario DS-2019 por algún error en la información allí consignada con posterioridad a la emisión de la Visa J1, ésta deberá ser retramitada y reemitida por la Embajada.

La emisión del Formulario DS-2019 está sujeta a aprobación por parte del Sponsor, este proceso toma entre seis (6) y ocho (8) semanas, periodo que empezará a correr desde que el Participante y el Empleador, entreguen al Sponsor la documentación necesaria que permita a este último realizar la evaluación del Empleador y verificación de la Oferta de Trabajo. En caso el Sponsor no apruebe: la Oferta de Trabajo, el Empleador o al Participante, no emitirá el Formulario DS-2019.

No está permitido por el Departamento de Estado de Estados Unidos de América la realización bajo el Programa Work and Travel de los siguientes trabajos: que puedan generar mala fama o desprestigio al Programa Work and Travel Estados Unidos; de ventas que requieran que los Participantes compren el inventario para venderlo con el fin de autofinanciarse; de ayuda doméstica en casas privadas (por ejemplo, como niñera, cuidando ancianos, jardinero, chofer, etc.); manejando triciclos o motos con pasajeros; de operadores o choferes de vehículos o embarcaciones que requieren licencia de conducir;

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relacionados al cuidado clínico que incluyan contacto con pacientes; en la industria de entretenimiento adulto; que requieran que el trabajo sea esencialmente entre las 10 pm a 6 am; declarados como peligrosos para jóvenes según el Secretario de Trabajo en Subparte E de 29 CFR parte 570;

que requieran contacto físico prolongado con otras personas (por ejemplo, haciendo piercings, tatuando, masaje, manicure, etc.); cuya remuneración sea mayormente basada en comisiones; en que no se garanticen el pago del sueldo mínimo de acuerdo con estándares federales y estatales; relacionados en juegos y apuestas que incluyan participación directa en la realización de apuestas; relacionados a control químico de plagas, almacenamiento, centros de distribución de pedidos por catálogo o por internet, producción y procesamiento (incluso puestos del sector pesquero); con ferias itinerantes o concesionarios de gira; por los cuales ya existe otra categoría específica de la visa J (por ejemplo, supervisor del campamento, intern, trainee); en las categorías de ocupaciones industriales sectores 11, 21, 23, 31-33 de la Sistema de Clasificación de Industrias de los Estados Unidos de América.

5.14.7. los puestos de trabajo deben cumplir la condición de estacionalidad y temporalidad. El empleo es de naturaleza estacional cuando el servicio requerido está vinculado a cierta época del año por un evento o patrón y requiere mano de obra más allá de los niveles actuales de empleo. El empleo es de naturaleza temporal cuando las necesidades del Empleador requiere que se lleve a cabo los deberes una sola vez, para satisfacer un pico de consumo, o una necesidad intermitente.

5.14.8. Conoce y acepta las regulaciones de los Estados Unidos de América respecto a la emisión del Formulario DS-2019 y la Visa J1.

5.14.9. En caso de terminación o finalización del Sponsorship o retiro del Programa por parte del Sponsor, el Sponsor podrá solicitar que retorne a la Argentina dentro de las 72 horas siguientes a la comunicación que así lo informe.

5.14.10. Conoce la información sobre las regulaciones del Programa Work and Travel de los Estados Unidos de América que figuran en http://j1visa.state.gov/basics/common-questions/.

5.14.11. Conoce y acepta los términos y condiciones de la Oferta de Trabajo por él gestionada y obtenida.

5.14.12. Conoce y acepta que no está permitido cambiar de Empleador ni abandonar su puesto de trabajo, sin previa y expresa autorización del Sponsor, caso contrario el Sponsor podrá terminarle el Programa.

5.14.13. Conoce y acepta que en caso que el examen de drogas realizado por el Empleador tuviera un resultado positivo, el Empleador puede despedir al Participante.

5.14.14. Conoce que en caso que el Empleador tuviera un reporte en el que se informara que el Participante ha consumido drogas o alcohol, el Participante será despedido y el Sponsor le podrá dar por terminado el Programa Work and Travel Estados Unidos y solicitar que regrese a su país de origen.

5.15. En relación al Formulario DS-2019.

5.15.1. La Empresa se limita a asesorar en el modo en que se debe conseguir el Formulario DS-2019.

5.15.2. La Empresa de ninguna forma garantiza la obtención del Formulario DS-2019.

5.15.3. El Participante declara conocer y aceptar que la cantidad de Formularios DS-2019 es limitada y que su disponibilidad no es responsabilidad de la Empresa.

5.15.4. El Participante declara conocer y aceptar que la Empresa no asegura la obtención y/o asignación del Formulario DS-2019.

VI. DECLARACIONES DE LAS PARTES.

6.1. Ambas Partes declaran que no es responsabilidad de la Empresa:

6.1.1. Trámites, requisitos, emisión y costos de la Visa J1 y la devolución del pasaporte;

6.1.2. Coordinación de la cita ante la Embajada, salvo que la Embajada solicite expresamente que ésta sea coordinada directamente por la Empresa;

6.1.3. El trámite, valor y/o costo del SEVIS, Formulario DS-2019 y Tarjeta de Asistencia al Viajero;

6.1.4. La aprobación del Empleador o puesto de trabajo por parte del Sponsor;

6.1.5. Que el Sponsor no emita el Formulario DS-2019;

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6.1.6. Que el Sponsor ponga fin o de por terminado

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el Programa Work And Travel Estados Unidos;

6.1.7. La Empresa no se responsabiliza por la Oferta de Trabajo;

6.1.8. La fijación, limitación, finalización de cupos otorgado por el Departamento de Estado para la emisión del Formulario DS-2019 al Sponsor;

6.1.9. Traslados, pasajes aéreos, gastos de emisión, impuestos, tasas, penalidades, pérdida de equipaje y/o cancelación de vuelos y/o cualquier penalidad que pudieran imponer al Participante las compañías aéreas, cualquiera fuere la causa de las que las mismas;

6.1.10. La tramitación, emisión y obtención de documentos necesarios para participar en el Programa tales como pasaporte, certificado de antecedentes policiales, constancia de alumno regular, pasajes aéreos y cualquier otro documento requerido y/o solicitado por la Empresa, la Embajada, el Sponsor y/o el Empleador;

6.1.11. La cobertura de la tarjeta de asistencia médica en accidentes de deportes de aventura como ski y snowboard, actividades de alto riesgo o similares y enfermedades preexistentes;

6.1.12. Cualquier modificación respecto a las fechas de vacaciones o de inicio o de finalización de los cursos regulares efectuado por la Universidad o Instituto Terciario al que concurra el Participante.

6.1.13. La búsqueda y/o costos de alojamiento, alimentación en el lugar de trabajo y/o gastos de la vida cotidiana y/o personales de cada Participante;

1 La Fin del programa (End of program): Finalización del Programa al Participante, no genera registro negativo en el Sistema de Inmigraciones de los Estados Unidos de América, al día de la fecha de suscripción del Acuerdo.

La Terminación del programa (Termination): Finalización del Programa al Participante que genera registro negativo en el Sistema de Inmigraciones de los Estados Unidos de América lo cual podría dificultar la obtención de visas futuras en ese país. En tal caso, la Empresa puede a su exclusivo criterio negar la posibilidad al Participante a aplicar nuevamente al Programa.

6.1.14. La información consignada por el Participante en cualquiera de las aplicaciones y/o formulario y/o documento y/o declaración, ni por las consecuencias económicas, legales y/o demoras que deriven de la falta de veracidad o inexactitud de la misma;

6.1.15. La modificación de la normativa legal, proceso de aplicación, requisitos y/o cualquier otra por parte de la Embajada, del Departamento de Estado, Sponsor y/o el Empleador;

6.1.16. De que los Estados Unidos de América suspendan, modifiquen, eliminen o restrinjan la posibilidad a estudiantes extranjeros trabajar, permanecer o vacacionar en dicho país y/o el Programa Work And Travel Estados Unidos;

6.1.17. Los problemas políticos, modificación en la política emigratoria, guerra, ataque terrorista, fenómenos o desastres naturales (incluyendo aquellos relacionados con cambios climáticos, tales como por ejemple: el fenómeno del Niño2 y/o cualquier otro que pudiera existir), crisis económica o financiera, despidos, ceses de trabajadores, suspensión de labores, epidemias u otro acontecimiento irregular de cualquier país del que se trate, incluyendo Estados Unidos de América, y/o República Argentina, por lo que no será considerado ninguno de estos supuestos de fuerza mayor o caso fortuito como una justificación válida para la devolución de las sumas abonadas por cualquier concepto al Participante;

6.1.18. Ningún inconveniente, daño y/o perjuicio que sufra el Participante o sus pertenencias antes, durante o con posterioridad a su estadía en los Estados Unidos de América;

6.1.19. La falta de tramitación y/o obtención del SSN ante los Estados Unidos de América por parte del Participante; y

6.1.20. El registro del Participante en la forma correcta en la página de Sponsor para cumplir con lo requerido por el sistema SEVIS.

2De acuerdo al National Oceanic and Atmospheric Administration (“NOAA”) el fenómeno del Niño La Niña ha impactado al océano Pacifico, por lo que tiene un efecto respecto al clima en los Estados Unidos de América y puede afectar en la cantidad de nieve que pueda caer en los distintos centros de ski). Se sugiere que el Participante se mantenga permanentemente informado respecto a las implicancias y efectos del fenómeno del Niño La Niña y de la forma en que éste puede impactar en la zona a donde trabajará.

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VII. ENTRENAMIENTOS.-

7.1. La Empresa brindará los Cursos de Entrenamiento a los Participantes, de acuerdo a las condiciones y plazos aquí previstos:

7.1.1. La Empresa informará de acuerdo a su disponibilidad y criterio las fechas en que se dictarán los Cursos de Entrenamiento presenciales.

7.1.2. Dentro del quinto día hábil con posterioridad a la Entrevista de Evaluación de Inglés y afecto de seguir con el proceso deberá realizar en línea (on line) desde su USE ACCOUNT “Introductory Orientation” la realización del curso es obligatoria.

7.1.3. Antes de aplicar a la Visa J1 el participante podrá asistir al curso

“Visa Application Orientation” con el objeto de que sea orientado respecto a los documentos que deberá presentar el día de la entrevista con el Consulado.

La asistencia al curso es opcional.

7.1.4. En el mes de noviembre de 2015

, el Participante deberá asistir al curso denominado: “Pre Departure Orientation”, con el objeto de orientar al Participante en su viaje a los Estados Unidos de América. La asistencia al curso es obligatoria por parte del Participante y deberá asistir con un padre/ madre o tutor.

7.2. En caso que el Participante no asista a los Cursos de Entrenamiento obligatorios en las fechas establecidas por la Empresa, podrá solicitar a la Empresa que le sea dictado individualmente, en cuyo caso el Participante deberá abonar la suma que corresponda de acuerdo a lo previsto en la Cláusula X.

7.3. En caso que el Participante no asistiera al Curso “Pre Departure Orientation” y no solicitara y/o no abonara el dictado de dicho curso en forma individual se le excluirá del Programa, en tal caso se le devolverá el importe que corresponda conforme a la Cláusula XI.

7.4. En el caso que el Participante se retirara con anterioridad a la finalización del dictado de algún curso de asistencia obligatoria, la Empresa considerará que no concurrió en absoluto al mismo, debiendo asistir nuevamente a su dictado, en las fechas en que la Empresa así lo indique.

7.5. El Participante deberá concurrir con treinta (30) minutos de antelación al horario indicado al dictado del curso de asistencia obligatoria del que se trate.

7.6. En caso que el Empleador así lo determine pueden dictarse cursos adicionales, cuya asistencia será obligatoria, y se regirá por las mismas pautas que los Cursos de Entrenamiento, correspondiéndole las mismas penalidades establecidas en la Cláusula X, punto 3.

VIII. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN AL PROGRAMA.

8.1. Una vez aprobada la Entrevista de Inglés de acuerdo a los exclusivos estándares de la Empresa con una calificación igual o superior a +3, el Participante deberá:

- Gestionar satisfactoriamente la reserva de cupo ante la representación de Sponsor;

- Realizar en línea (on line) desde su USE ACCOUNT el Curso de Entrenamiento Introductory Orientation:

- Completar su curriculum vitae designado como “Resume” en su USE ACCOUNT;

- Completar correctamente la información solicitada en la página web de la Empresa;

- Realizar el pago del Precio a la Empresa conforme a lo establecido en la Cláusula II 2.1.1. y registrar el pago en su USE ACCOUNT en la sección “MyPayments” y

- Entregar este Acuerdo firmado.

En caso que transcurridos quince (15) días hábiles después de aprobar la entrevista de evaluación en inglés, no se cumple con la totalidad de lo detallado anteriormente, se considerará que el Participante ha retirado del Programa, por lo que quedará automáticamente excluido del mismo, sujetándose a lo dispuesto en la Cláusula XI.-

8.2. El Participante deberá enviar vía email a la dirección [email protected] la siguiente información: i) Constancia de reserva de cupo ante el representante del Sponsor; ii) Constancia de pago de la Primera Cuota, cuyo monto se consigna en la Cláusula II. 2.1.1.; iii) nombre y apellido completo del Participante conforme se lee en el pasaporte;

iv) Constancia emitida por Universidad o Instituto del Participante de acuerdo

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al modelo que se adjunta como Anexo 1 e ingresar en su USE ACCOUNT los datos de la constancia del pago del Precio referido en el punto ii).

La Empresa, el Sponsor y/o el Empleador podrán solicitar documentos adicionales a los mencionados anteriormente.

8.3. Una vez verificado el cumplimiento de lo anterior, el Participante deberá:

8.3.1. solicitar a la Empresa el formulario de Oferta de Trabajo que el Empleador Estadounidense contactado directamente por el Participante deberá completar y firmar.

8.3.2. Entregar los documentos que el Sponsor exija para la validación del Empleador y puesto de trabajo. Dichos documentos, incluyendo: Copia del Business Licence (Licencia de Funcionamiento), Copia del Workers Compensation, EIN, Acuerdo del Sponsor firmado, y/o cualquier otro que el Sponsor indique.

8.3.3. Verificar que el Empleador es adecuado para el Programa Work and Travel Estados Unidos, corroborando que:

- la posición para la cual está contratando al Participante es estacional o temporal y que puede presentar sustento para confirmarlo si el Sponsor lo requiere;

- El Empleador no ha tenido huelgas en los últimos 120 días;

- el horario de trabajo del Participante no sea esencialmente entre las 10 PM y 6 AM.

-

8.4. El Empleador Estadounidense contactado directamente por el Participante y/o el Participante deberá enviar a la Empresa vía fax o escaneado vía email a la siguiente dirección de correo: [email protected] el formulario de Oferta de Trabajo de acuerdo a lo previsto en el 8.3.1. completa y firmada por el Empleador..

8.5. Dentro de los cinco (5) días hábiles de haber entregado a la Empresa la documentación requerida en la cláusula 8.3 y 8.4. el Participante deberá : i) Confirmar su cupo ante el representante del Sponsor y ii) enviar vía email a la

dirección [email protected] o entregar en el domicilio de la Empresa:

- Comprobante de cupo ante el representante del Sponsor,

- Copia del pasaporte actual, incluyendo la página de los datos con la fecha de emisión, el que debe estar vigente a la fecha de finalización de la Oferta de Trabajo;

- Copia de cada visa previa o actual a los Estados Unidos de América;

- Constancia de Alumno Regular emitida por la Universidad o Instituto del Participante;

- Traducción simple de la Constancia de Alumno Regular (no requiere ser realizada por traductor oficial);

- Oferta de Trabajo;

- Certificado de antecedentes policiales, si así se lo hubiere indicado la Empresa o el Empleador; y

- La Empresa, el Sponsor y/o el Empleador podrán solicitar documentos adicionales a los mencionados anteriormente.

8.6. Una vez que el representante del Sponsor envíe a la Empresa el Formulario DS-2019, SEVIS y Tarjeta de Asistencia Médica, la Empresa informara al Participante para que retire del domicilio de la Empresa la documentación y solicite ante la Embajada el turno para solicitar la Visa J1. Es responsabilidad del Participante obtener el turno ante la Embajada para cumplir con la Oferta de Trabajo.

8.7. Dentro de las veinticuatro (24) horas de finalizada la entrevista ante la Embajada, el Participante deberá informar a la Empresa si la misma ha sido otorgada, denegada o se encuentra en proceso administrativo.

8.8. Una vez que la Embajada entregue al Participante su Pasaporte con la constancia de emisión de la Visa J1, el Participante deberá dentro de las veinticuatro (24) horas notificar a la Empresa su otorgamiento.

8.9. El Participante deberá notificar a través de su USE ACCOUNT a la Empresa los datos de su pasaje aéreo de partida y regreso así como la dirección de su alojamiento en Estados Unidos de América antes del 1 de noviembre de 2015.

La Empresa y/o el Sponsor puede solicitar dicha información con mayor anticipación la información antes mencionada. .

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10

IX. COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES

9.1. La Empresa se comunicará exclusivamente con el Participante a través de estos dos medios electrónicos escritos:

- cuenta de mensajes a la que el Participante tendrá acceso en su USE ACCOUNT en la página web de la Empresa, una vez inscrito en el Programa;

- Una cuenta personal de correo electrónico que el Participante provea y que deberá tener una capacidad mínima de 100MB, caso contrario el Participante no podrá recibir la totalidad de las notificaciones y/o comunicaciones emitidas por la Empresa.

9.1.1. En cualquier caso, se tendrán por notificadas todas las comunicaciones emitidas por la Empresa, Empleador y/o Sponsor a la cuenta suministrada por el Participante.

9.1.2. En caso el Participante envíe una comunicación por correo electrónico, sólo se considerará que ésta se encuentra notificada si recibe la confirmación de recepción por parte de la Empresa.

9.1.3. La Empresa sólo tendrá como válidas comunicaciones recibidas de la cuenta de correo electrónico consignada en el registro de la página web de la Empresa, por lo que no se considerará notificada cualquier comunicación que no provenga de la misma, asimismo deberá firmar al pié del correo electrónico con su nombre completo y número de Documento Nacional de Identidad.

9.2. El Participante se compromete a revisar las cuentas de correo electrónico que fueran informadas a la Empresa y su USE ACCOUNT todos los días hasta Mayo del 2015. Se tendrán por notificadas todas las comunicaciones emitidas por la Empresa, Empleador y/o Sponsor a la cuenta suministrada por el Participante.

X. PENALIDADES

El Participante será pasible de las siguientes penalidades a favor de la Empresa, las que se aplicarán acumulativamente, de acuerdo al incumplimiento del que se trate, a saber:

Incumplimiento u hecho que genera penalidad Monto U$S No asistencia por parte del Participante a la charla obligatoria del Pre

Departure Orientation de acuerdo a lo dispuesto en la Cláusula 7.1.4. 50

El retiro del Participante del Programa no lo exonera del pago de las penalidades establecidas en esta Cláusula.

XI. DEVOLUCIONES

11.1. CUADRO DE DEVOLUCIONES:

A continuación se detallan los conceptos y montos de las devoluciones que eventualmente le correspondan al Participante, de acuerdo a los supuestos que a continuación se mencionan:

11.1.1. ANTES de la entrega de la documentación referida en la cláusula VIII. 8.5.

Situación Monto U$S

1 El Participante incumple este Acuerdo y la Empresa lo retira del Programa

No hay devolución.

2 El Participante brinda información falsa respecto a los requisitos para participación del Programa establecidos en la Cláusula III de este Acuerdo.

No hay devolución

3 Retiro del Participante del Programa después de efectuar el pago del Programa antes de entregar los documentos estipulado en la Cláusula 8.5.

Lo pagado hasta la fecha menos U$S 50

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11

4

Si el Empleador cancela la Oferta de Trabajo al Participante, porque el Participante se ve imposibilitado de cumplir con la Oferta de Trabajo, por cualquier motivo, (incluyendo el caso en que esto fuera por cambios de fechas de vacaciones, inicio o finalización de clases de la Universidad o Instituto Terciario al que concurra el Participante, o porque el Participante no haya brindado información veraz sobre su disponibilidad de fechas ) antes o después de la emisión del Formulario DS-2019.

No hay devolución

5 Si el Sponsor no aprueba el Empleador contactado por el Participante y por lo tanto no emite el Formulario DS-2019.

Lo pagado a la fecha menos U$S 50

6 Si el Gobierno de los Estados Unidos de América suspende, modifica, elimina o restringe el Programa Work and Travel Estados Unidos.

No hay devolución 7 Si el Empleador cancela la Oferta de Trabajo y el

Participante ha efectuado el pago del Programa

Lo pagado a la fecha

11.1.2. DESPUÉS de la entrega de documentación de acuerdo a lo estipulado en la Cláusula 8.5.

Situación Opción USE

Independiente 1 Retiro del Participante del Programa después de haber entregado a

la Empresa la documentación estipulada en la Cláusula 8.5. No hay devolución 2

Si el Empleador cancela la Oferta de Trabajo antes que el Participante viaje a los Estados Unidos de América y el Participante entregó los documentos referidos en la Cláusula 8.5.

Lo pagado a la fecha

3 Si el Empleador cancela la Oferta de Trabajo después que el

Participante viaje a Estados Unidos de América.3 No hay devolución

3 Devoluciones después de llegar a EE.UU. Una vez que el Participante haya ingresado a EE.UU. el Participante no tendrá derecho a recibir ninguna devolución ni reintegro cualquiera fuere el motivo por el que el Participante se retirara del Programa, incluyendo pero sin limitar a los siguientes supuestos:

enfermedad del Participante o de un familiar, descontento con el Empleador, descontento con el housing o

4 Si el Sponsor termina el Programa cuando el Participante se

encuentra en Estados Unidos de América. No hay devolución

5 Retiro del Participante del Programa después de solicitar la Visa

J1. No hay devolución

6 Si se le niega la Visa J1 al Participante y éste notifica a la Empresa al siguiente día hábil.

Lo pagado a la fecha menos U$S 50

7

Si la Embajada niega la Visa J1 al Participante por haber realizado alguna acción irregular y esto es comunicado a la Empresa por parte de la propia Embajada o la Empresa toma conocimiento de ello.

No hay devolución

8 Si el Participante no llegase a pasar el examen toxicológico

realizado por el Empleador. No hay devolución

11.1.3. CONSIDERACIONES ADICIONALES

En todos los casos anteriores el monto pagado no se incluye el pago de la entrevista de evaluación en inglés por parte del Participante a la Empresa, ya que dicho monto no es reembolsable. No son reembolsables las penalidades que el Participante haya pagado a la Empresa.

Si el Participante desea cambiarse de opción de Programa se considerará el precio regular de lista del Programa al que se cambiará salvo que en ese momento exista una promoción vigente.

Bajo ningún motivo la Empresa estará obligada a devolver más dinero del que haya recibido al momento del pago del Precio por pagos reembolsables del Participante, incluyendo que esto se viera originado por la diferencia del tipo de cambio. Al momento de la devolución que corresponda se tomará como tipo de cambio aquel que se hubiera utilizado al momento de emisión de la factura que se hubiera emitido como consecuencia del pago del Precio conforme a la Cláusula II del Acuerdo, es decir que se considerará la misma paridad de conversión que la utilizada al momento de recibir el pago.

En caso el Participante solicite un préstamo bancario para aplicar al Programa la Empresa no se responsabilizará por el principal ni los intereses bancarios incurridos ni por ningún concepto relacionado con el préstamo incurrido.

alojamiento, descontento con el puesto de trabajo, despido –cualquiera fuere su causa-, crisis económica, quiebra del Empleador.

(12)

12

XII. CAUSALES DE RESOLUCION DEL ACUERDO

Las Partes podrán ponerle fin al Acuerdo, sin expresión de causa, en cualquier momento mediante comunicación escrita notificada a la otra con cinco (5) días de anticipación, y sin que ello genere penalidades ni derecho indemnizatorio alguno, en cuyo caso, ambas Partes aceptan que únicamente podrán reclamar las devoluciones dispuestas en la Cláusula XI de éste Acuerdo.

XIII. AUTORIZACIONES DEL PARTICIPANTE.

El Participante autoriza a la Empresa a lo siguiente:

13.1. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5º inc. 2.d) y 6º de la ley 25.326 –Ley de Protección de los datos personales- el Participante da su consentimiento informado, expreso y claro para que la Empresa brinde datos personales del Participante a terceros a los fines del cumplimiento del presente Acuerdo. La Empresa no se responsabiliza por las consecuencias derivadas de la adquisición y/o contratación de los servicios ofrecidos por estos terceros ni por ninguna otra situación generada como consecuencia de la relación que se establezca con estos.

13.2. Grabar las llamadas telefónicas que mantenga la Empresa con el Participante.

13.3. A utilizar y a difundir su imagen (Art. 31 Ley 11.723), identidad (nombres y apellidos) y edad en todas las actividades publicitarias vinculadas a la Empresa, tales como utilizar fotografías, testimonios y videos del Participante, en su página web, trípticos, volantes, afiches y/o cualquier otro material que considere necesario, a efectos de promocionar y/o publicitar las actividades de la Empresa en Argentina o en el extranjero. Asimismo, el Participante presta su consentimiento y acuerda que el uso que la Empresa realice de sus datos personales y/o de su imagen no configura el tipo descripto en el Artículo 1071bis del Código Civil.

13.4. El Participante deja constancia expresa e indubitable que la autorización contenida en el Acuerdo se realiza de manera gratuita sin que proceda ni corresponda en el futuro reclamo o pretensión alguna por concepto de pago, compensación o contraprestación, indemnización, daño emergente o lucro cesante de ninguna naturaleza, ya que, la presente autorización es para que la Empresa pueda utilizar comercialmente su imagen e identidad.

XIV. OTROS TEMAS DE INTERÉS.-

14.1. SEVIS.

14.1.1. El Participante deberá registrarse en SEVIS al llegar a Estados Unidos de América; así como de manera mensual durante su permanencia en dicho país. Conforme a la regulación del Departamento de Estado el Sponsor debe mantener actualizada la información del Participante en SEVIS.

14.1.2. El tiempo máximo para realizar el registro en SEVIS es de dos (2) días, contados desde la fecha de inicio del Programa indicada en el formulario DS-2019 emitido por el Sponsor.

14.1.3. Los plazos para las verificaciones mensuales dependerán de la política de cada Sponsor, por lo que es obligación del Participante informarse sobre la misma.

14.1.4. Si El Participante cambia de dirección de residencia en los Estados Unidos de América tiene que comunicarlo en un plazo máximo de diez (10) días después del cambio, caso contrario perderá automáticamente el status de la Visa J1 debiendo regresar inmediatamente a su país de residencia sin tener derecho a reembolso alguno.

14.1.5. La demora en la actualización de la información del Participante en SEVIS generará el retraso en el proceso de obtención del SSN.

14.1.6. El registro en SEVIS en la forma correcta es estricta responsabilidad del Participante.

14.1.7. El valor del SEVIS es fijado por el Departamento de Estado, por lo que su valor puede ser modificado por éste último sin previo aviso, asumiendo el Participante cualquier variación en su precio.

14.2. SSN

14.2.1. Es responsabilidad del Participante aplicar y obtener la tarjeta de SSN (“Social Security Card”) personalmente en cualquiera de las oficinas, Social Security Offices.

14.2.2. Es responsabilidad del Participante solicitar a la Empresa instrucciones respecto a si debe aplicar al SSN antes o después de presentarse ante el Empleador. Sólo en el caso que el Empleador se comprometa a tramitar el SSN, el Participante podrá presentarse en el centro de trabajo designado por el Empleador sin haber obtenido el SSN tramitado.

14.2.3. El SSN puede ser un requisito indispensable para encontrarse solicitar a un segundo trabajo.

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13

14.2.4. En caso se genere una demora superior a un mes en la obtención del SSN, el Participante deberá comunicarse con el Sponsor a efectos de que éste le indique cómo proceder y, en caso extremo, deberá volver a aplicar en una oficina de Social Security.

14.2.5. Es requisito indispensable para la tramitación y obtención del SSN la presentación de la partida de nacimiento original, por lo que el Participante deberá llevarla consigo al viajar.

14.2.6. No es responsabilidad de la Empresa la pérdida y/o retraso en la entrega de las tarjetas de SSN, ya que su emisión y envío son responsabilidad de la Social Security Administration dependiente del Gobierno de los Estados Unidos de América.

14.2.7. En caso que el Participante ya tuviera SSN no deberá volver a tramitarlo y es de su responsabilidad indicar dicha circunstancia y número de SSN otorgado al Empleador.

XV. CONSIDERACIONES ADICIONALES.

15.1. TARJETA DE ASISTENCIA MÉDICA AL VIAJERO

15.1.1. Estados Unidos de América exige que los Participantes tengan asistencia médica al viajero y que cuenten en todo momento durante TODA su permanencia en Estados Unidos de América con Tarjeta de Asistencia Médica al Viajero vigente y emitida de acuerdo a las regulaciones de dicho país. La contratación de seguro de asistencia médica es obligatoria para participar en el Programa y para que el Departamento de Estado acepte la permanencia del Participante en los Estados Unidos de América.

15.1.2. La Empresa no gestionará ni negociará la obtención de la Tarjeta de Asistencia Médica al Viajero, sin embargo la Empresa colaborará y asistirá al Participante en su obtención. La Tarjeta de Asistencia Médica no se encuentra incluida dentro del valor del servicio prestado por la Empresa.

15.1.3. La Empresa no se responsabiliza por la prestación y/o cobertura del servicio de la Compañía de Asistencia Médica.

15.1.4. El Participante es responsable de leer y cumplir con los procedimientos, condiciones, limitaciones, y requisitos de la Tarjeta de Asistencia Médica contratada. Por ejemplo, el Participante deberá notificar a la Compañía de Asistencia Médica al Viajero dentro de las 24 horas de

ocurrido un accidente bajo apercibimiento de que los gastos médicos incurridos por tal accidente no estén incluidos dentro de su cobertura.

15.1.5. En caso que el Participante debiera efectuar algún reclamo o solicitar algún reembolso de gastos a la compañía de Asistencia Médica deberá contactarse personalmente a los números de contactos indicados en la Tarjeta de Asistencia Médica al Viajero.

15.1.6. El Participante tiene conocimiento que en caso que el Sponsor retirara su apoyo (Sponsorship), por cualquier circunstancia que sea de acuerdo a las condiciones generales de las Compañías de Asistencia Médica al Viajero para la Visa J1 se le cancelará automáticamente la vigencia de la Tarjeta de Asistencia al Viajero.

15.1.7. La Tarjeta de Asistencia Médica vencerá indefectiblemente en la fecha de finalización determinada en el Formulario DS-2019, por lo que el Participante deberá solicitar una extensión de la misma en caso de extender por cualquier causa su estadía en los Estados Unidos de América. La extensión de la Tarjeta de Asistencia Médica una vez que el Participante se encuentre en los Estados Unidos de América estará sujeta a la aprobación del Sponsor y la Compañía de Asistencia Médica.

15.1.8. La Tarjeta de Asistencia no ofrece cobertura por enfermedades preexistentes, enfermedades psiquiátricas, dentista, accidentes en deportes extremos, accidentes que ocurran bajo la influencia de alcohol y drogas, accidentes relacionados a deportes de nieve, tales como ski o snowboard, salvo que expresamente indiquen lo contrario.

15.1.9. La Compania de Aisstencia Médica al Viajero aplica deducibles.

15.1.10. En caso que el Participante no esté satisfecho por la cobertura ofrecida por la compañía de Asistencia Médica al Viajero podrá contratar un seguro o cobertura adicional a su propio costo.

15.2. PASAJES Y LLEGADA

15.2.1. El valor del pasaje aéreo no está incluido dentro del costo del Servicio / Programa, la compra del mismo es responsabilidad del Participante.

15.2.2. El Participante no podrá viajar con pasaje aéreo sujetos a espacio o stand by.

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14

15.2.3. La Empresa no es responsable por sus condiciones, restricciones y/o penalidades por cambio de fecha y/o de ruta del propias e inherentes al pasaje aéreo, éstas son impuestas exclusivamente por las compañías aéreas.

15.2.4. El Participante asume la responsabilidad de analizar y evaluar detenidamente las sus condiciones y restricciones del pasaje aéreo a adquirir, así como respecto a las penalidades por cambio de fecha y/o ruta que pudiera llegar a imponer la compañía aérea elegida por el Participante, ya que esto varía de acuerdo a cada línea aérea.

15.2.5. El Participante deberá permanecer en los Estados Unidos de América durante la vigencia del DS-2019 y no podrá adelantar la fecha de retorno al país de residencia una vez que hubiera llegado a los Estados Unidos de América, sin previa autorización por escrito del Empleador y del Sponsor. El traslado del aeropuerto hasta el centro de trabajo designado por el Empleador y/o lugar de alojamiento es responsabilidad del Participante.

15.2.6. El Participante deberá notificar a través de su USE ACCOUNT a la Empresa con veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha inicio de trabajo establecida en el Formulario DS-2019 los datos de su pasaje aéreo de partida y regreso, así como la dirección de su alojamiento en los Estados Unidos de América antes del 1 de noviembre de 2015. La Empresa y/o el Sponsor pueden solicitar dicha información con una mayor antelación a la antes mencionada..

15.3. ALOJAMIENTO

15.3.1. Es responsabilidad del Participante su alojamiento en los Estados Unidos de América, por lo que deberá conseguirlo, solventarlo y cumplir con los pagos correspondientes según acuerden con el prestador del mismo.

15.3.2. De acuerdo a la regulación del Departamento de Estado el Sponsor verificará, validará y aprobará el alojamiento donde vivirá el Participante antes de la emisión del formulario DS-2019. El proceso de verificación varía de acuerdo al Sponsor. El Sponsor puede establecer requisitos respecto a la distancia máxima entre el alojamiento y el centro de trabajo, utilizar un sistema específico para validar la dirección del alojamiento y/o cualquier otro que determine a su exclusivo criterio. En caso que el alojamiento no sea aprobado por el Sponsor, éste no emitirá el formulario DS-2019,

15.3.3. Algunos Empleadores ofrecen oportunidades de alojamiento a un costo determinado y otros no lo ofrecen.

15.3.4. Es responsabilidad del Participante leer y entender el contrato de alquiler o alojamiento antes de aceptarlo y/o firmarlo, y verificar que la información entregada en su país de residencia sea la misma a la estipulada en el contrato de alquiler. En caso de que la información sea distinta a la entregada en el país de residencia deberá corregirlo, ya que una vez suscripto el contrato de alquiler, el Participante es responsable por lo allí estipulado.

15.3.5. Es responsabilidad del Participante verificar las condiciones del alojamiento, incluyendo sin limitar al plazo mínimo de contratación del mismo, edad mínima para suscribir el contrato, precio, penalidades, plazo y forma de pago entre otros.

15.3.6. No es responsabilidad de la Empresa ni del Empleador la pérdida, robo u otros percances con motivo del alojamiento, aún cuando éste hubiere sido provisto por el Empleador.

15.3.7. El Participante asume total responsabilidad por el cuidado de sus pertenencias y objetos personales.

15.3.8. Es responsabilidad del Participante informarse respecto a todas las políticas y reglas de su alojamiento y cumplirlas.

15.3.9. .El Participante deberá notificar a través de su USE ACCOUNT a la Empresa con veinte (20) días hábiles de anticipación a la fecha inicio de trabajo establecida en el Formulario DS-2019 los datos de su alojamiento en los Estados Unidos de América para poder notificárselo al Sponsor.

15.3.10. La Empresa no es responsable por la modificación de las condiciones de alojamiento ofrecidas por el Empleador al Participante, debido a que no es un servicio brindado por La Empresa.

15.4. LA EMBAJADA.

15.4.1. Citas en la Embajada: Cada año el Consulado determina el proceso para la solicitud de citas; motivo por el cual, el Participante deberá informarse a tiempo del proceso aplicado para el año de su participación en el Programa.

15.4.2. Es responsabilidad del Participante asistir en el día y horario fijado por la Embajada, en caso de no hacerlo, de acuerdo al régimen de la Embajada, deberá pagar por una nueva cita ante la misma.

(15)

15

15.4.3. La Embajada es la única autorizada a otorgar o denegar la Visa J1, por lo que la Empresa no se responsabiliza por su otorgamiento, ni por la información suministrada por la Embajada al Participante durante la entrevista o con posterioridad a ella.

15.4.4. La Embajada comunicará al Participante la decisión respecto al otorgamiento o denegación de la Visa J1, la Empresa no será informada por parte de la Embajada respecto al otorgamiento o no de la Visa J1 a la Empresa.

15.4.5. El Participante deberá notificar a través de su USE ACCOUNT a la Empresa al día siguiente de su entrevista en la Embajada de los Estados Unidos si le aprobaron la Visa J1, se la negaron o pasaron a proceso administrativo para poder notificárselo al Sponsor. La Embajada puede no emitir la Visa J1 a una persona determinada sin justificar su decisión.

15.4.6. La Embajada podrá prorrogar el plazo de resolución respecto al otorgamiento o denegación de la Visa J1 a su exclusivo criterio, así como iniciar las actuaciones administrativas que determine convenientes por averiguación de antecedentes, homonimias o solicitud anterior del Participante u organismos estatales o multilaterales.

15.4.7. El Empleador podrá retirar la Oferta de Trabajo si la Embajada demorara el otorgamiento de la Visa J1 en cuyo caso se considerará el reembolso correspondiente a negación de visa conforme la Cláusula XI. En caso que la Embajada determine el inicio de algún proceso o actuación administrativa adicional el Participante deberá notificarlo a la Empresa y a su Empleador dentro de las 24 horas de que fuera informado por la Embajada de tal situación al Participante.

15.5. IMPUESTOS

15.5.1. Es responsabilidad del Participante efectuar todos los trámites necesarios para que el gobierno de los Estados Unidos de América deduzca y eventualmente reintegre parcialmente los impuestos federales, estatales y locales que se hubieren deducido según corresponda. El Participante se notifica de que el no efectuar los trámites requeridos por el Gobierno de los Estados Unidos de América puede generar que se le impida obtener autorización para ingresar a dicho país en el futuro.

15.5.2. La Empresa no realiza los trámites necesarios para reintegro de impuestos, éstos son exclusiva responsabilidad del Participante.

15.5.3. El Participante asume la responsabilidad de entregar toda su información de contacto en el país de residencia a efectos de que le envíe los documentos necesarios para solicitar la devolución de los impuestos (W-2);

en caso que el Empleador envíe la documentación a la Empresa el Participante deberá retirarla por el domicilio de la Empresa.

XVI. REPRESENTACIÓN

El Participante autoriza a la(s) siguiente(s) persona(s) a que actúen en su representación ante cualquier trámite, sea cual fuera, estando aun en Argentina, o mientras se encuentre en los Estados Unidos de América, por lo que cualquier trámite realizado por alguno de los siguientes representantes se entenderá como válido y realizado en su nombre y representación:

Nombres y Apellidos

DNI Teléfono Fijo

Celular E-mail

La Empresa no entregará ni suministrará documentación y/o información del Participante a ninguna persona distinta a la(s) designada(s) en el cuadro anterior.

En caso que el Participante desee autorizar a una persona determinada a tal efecto, ésta deberá presentar ante la Empresa una nota emitida por el Participante a tal efecto, la que deberá contener necesariamente la certificación notarial de su firma y en caso de corresponder la legalización correspondiente ante el Colegio de Escribanos del lugar de su otorgamiento.

XVII. LEY APLICABLE Y JURISDICCION

La validez y naturaleza del presente y de las obligaciones emanadas del mismo, serán analizadas, interpretadas y juzgadas por las leyes de la República Argentina.

Para cualquier controversia que surgiera entre las Partes con motivo de la interpretación del presente Acuerdo, las mismas acuerdan someterse a los Tribunales

(16)

16

Nacionales Ordinarios de la Capital Federal, renunciando a todo fuero o jurisdicción que pudiere corresponder.

XVIII. DECLARACIONES

18.1. El Participante, persona capaz y mayor de edad acepta que su participación en el Programa es una decisión personal e individual.

18.2. Asimismo, declara que:

18.2.1. viaja por cuenta propia y no en representación de ninguna institución;

18.2.2. las inasistencias a clases durante el período en que se encuentre de viaje serán de su responsabilidad;

18.2.3. tiene conocimiento de las leyes de los Estados Unidos de América que se aplican a su participación en el Programa Work and Travel Estados Unidos y su estadía en dicho país, relevando a la Empresa de cualquier responsabilidad derivada de los eventuales incumplimientos de dichas leyes;

18.2.4. en caso que el Participante requiriese asistencia legal en los Estados Unidos de América la misma no será provista ni ofrecida por parte de la Empresa, ni por parte del Sponsor y/o del Empleador.

18.2.5.

Suscribo este Acuerdo a los __________ días del mes de ___________ del 2015, 2016 en señal de pleno y total entendimiento y conformidad con los términos del mismo y de sus anexos, incluyendo las condiciones de mi participación en el Programa, las obligaciones de ambas Partes en relación con el Programa y las limitaciones de responsabilidad de la Empresa.

____________________________

Firma Participante Aclaración:

DNI:

Teléfono Fijo:

Celular:

Correo electrónico 1:

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