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MIÉRCOLES 12 DE MAYO DE

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UMARIO

MIÉRCOLES 12 DEMAYODE 2021

NORMAS LEGALES

1

Gerente de Publicaciones Oficiales : Ricardo Montero Reyes “AÑO DEL BICENTENARIO DEL PERÚ: 200 AÑOS DE INDEPENDENCIA”

Año XXXVIII - Nº 16013

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

R.M. Nº 069 -2021-MINCETUR.- Designan Directora de la

Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior 3

CULTURA

R.M. N° 000130-2021-DM/MC.- Aprueban el Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico

de Chan Chan 2021 - 2031 4

DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

R.M. N° 0121-2021-MIDAGRI.- Aprueban el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del

Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI 5

R.D. N° 082-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRO RURAL-DE.- Modifican la Resolución Directoral Ejecutiva N° 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE, que delegó

facultades en diversos funcionarios de AGRO RURAL 6

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

R.M. N° 080-2021-MIDIS.- Designan representantes del Ministerio ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 9 R.D. N° D000052-2021-MIDIS/PNPAIS-DE.- Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional

“Plataformas de Acción para la Inclusión Social - PAIS” 9

ECONOMIA Y FINANZAS

D.S. N° 104-2021-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del departamento de San Martín en el Presupuesto del Sector Público para el Año

Fiscal 2021 10

D.S. N° 105-2021-EF.- Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021

a favor de la Oficina Nacional de Procesos Electorales 11

R.M. Nº 148-2021-EF/50.- Modifican los Índices de Distribución del Canon Gasífero proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2019, del Canon Hidroenergético proveniente del Impuesto a la Renta del Ejercicio Fiscal 2019, del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea - FOCAM, correspondiente al año 2021, del Canon Gasífero para el Año Fiscal 2021 provenientes de las regalías de los contratos de licencia y la participación del Estado en

los contratos de servicios, del Canon y Sobrecanon de los departamentos de Piura y Tumbes; y del Canon en el departamento de Ucayali por la producción de petróleo y gas correspondientes al año 2021; por la creación de

nuevos distritos 14

R.VM. N° 005-2021-EF/15.01.- Aprueban precios de referencia y derechos variables adicionales a que se refiere

el D.S. N° 115-2001-EF 15

EDUCACION

R.VM. N° 142-2021-MINEDU.- Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones para la evaluación extraordinaria del proceso de racionalización 2021 en el marco de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, en las instituciones educativas públicas de Educación Básica y Técnico - Productiva, así como en programas educativos” 16

ENERGIA Y MINAS

R.M. N° 138-2021-MINEM/DM.- Aprueban como empresa calificada para efecto de lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 973, a NUEVA ESPERANZA HYDRO S.A., para el desarrollo del proyecto denominado “Centrales Hidroeléctricas Anto Ruiz III y Anto Ruiz IV” 17 R.M. N° 139-2021-MINEM/DM.- Aceptan renuncia de Jefa de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del

Ministerio 18

R.M. N° 140-2021-MINEM/DM.- Designan Jefe de la Oficina de Imagen Institucional y Comunicaciones del

Ministerio 19

MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Fe de Erratas R.M. N° 133-2021-MIMP 19

PRODUCE

D.S. N° 010-2021-PRODUCE.- Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 002-2015-PRODUCE, que crea el Registro Único de Embarcaciones Pesqueras que realizan Actividades Pesqueras en la Zona de la Alta Mar 19

SALUD

R.M. N° 608-2021/MINSA.- Designan Director Adjunto de la Dirección General de la Dirección de Redes Integradas de

Salud Lima Centro 20

EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 12/05/2021 04:40:07

(2)

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO

R.M. N° 079-2021-TR.- Designan suplente de la representante titular del Ministerio ante el Consejo Directivo del Fondo Nacional de Capacitación Laboral y de

Promoción del Empleo – FONDOEMPLEO 22

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES

R.M. N° 430-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: “Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Pallasca - Mollepata - Mollebamba - Santiago de Chuco - Emp. Ruta 10, Tramo: Santiago de Chuco - Cachicadan - Mollepata” 22 R.M. N° 432-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de áreas de inmuebles afectados por la Obra:

“Carretera Buenos Aires - Canchaque” 26

R.M. N° 434-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por la Obra: “Red Vial Nº 4: Tramo Pativilca - Santa - Trujillo y Puerto

Salaverry - Empalme PN1N” 31

R.M. N° 435-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de área de inmueble afectado por el proyecto:

“Ferrocarril Huancayo - Huancavelica” 33

R.M. N° 436-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por la obra: “Red Vial Nº 5: Tramo Ancón - Huacho – Pativilca, de la Carretera

Panamericana Norte” 35

R.M. N° 437-2021-MTC/01.02.- Aprueban ejecución de expropiación de inmueble afectado por el proyecto:

“Ferrocarril Huancayo - Huancavelica” 37

R.D. N° 860-2021-MTC/20.- Designan Directora de la Dirección de Gestión Vial del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional – PROVÍAS

NACIONAL 40

R.D. N° 861-2021-MTC/20.- Designan a diversos servidores del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional-PROVIAS NACIONAL, en cargos de

confianza 41

VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO R.M. N° 139-2021-VIVIENDA.- Aprueban el Manual de Identidad Gráfica del Ministerio de Vivienda, Construcción

y Saneamiento 41

R.D. Nº 003-2021/VIVIENDA/VMVU-DGPRVU.- Aprueban el Manual de Planes de Desarrollo Metropolitano

(Manual PDM) 44

ORGANISMOS EJECUTORES

COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS

Res. N° 043-2021-DV-PE.- Autorizan transferencia

financiera a favor del Gobierno Regional de Ucayali 45

ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL

R.D. D000064-2021-COFOPRI-DE.- Aprueban la “Ficha de levantamiento para el Catastro de Daños” y el “Instructivo para el llenado de la Ficha de Levantamiento

para el catastro de Daños” 46

ORGANISMOS REGULADORES

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA

Res. N° 035-2021-OS/GRT.- Aprueban informe de liquidación de intereses compensatorios a marzo de 2021, a ser cancelados conforme a los artículos 8 y 11 de la Norma “Procedimiento de liquidación de intereses compensatorios a ser cubiertos por el Fondo de Inclusión Social Energético en el marco de lo dispuesto por los artículos 3 y 4 del Decreto de Urgencia N° 035-2020 modificado por el

Decreto de Urgencia N° 062-2020” 47

ORGANISMOS TECNICOS

ESPECIALIZADOS

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION TECNOLOGICA

Res. N° 043-2021-CONCYTEC-P.- Aprueban transferencias financieras a favor de entidades públicas y el otorgamiento de subvenciones a personas jurídicas

privadas 49

INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION

DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL

Res. N° 000079-2021-GEG/INDECOPI.- Designan Asesor

del Consejo Directivo del Indecopi 51

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA

R.J. N° 093-2021-INEI.- Autorizan la actualización del

Registro Nacional de Municipalidades 2021 51

SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES

Res. Nº 028-2021-SMV/02.- Autorizan el funcionamiento de Salkantay Sociedad Administradora de Fondos de Inversión S.A. como sociedad administradora de fondos mutuos de inversión en valores, que en adelante se denominará Salkantay Sociedad Administradora de Fondos

S.A. 53

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA

Res. N° 000067-2021/SUNAT.- Establecen las normas para la presentación de la declaración que contenga la información financiera para el combate de la evasión y

elusión tributarias 53

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS

Res. N° 035-2021-SUNARP/SN.- Aprueban la Directiva para la ejecución del control de calidad en los

(3)

PODER JUDICIAL

CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL

Res. Adm. N° 000045-2021-P-CE-PJ.- Disponen, en vía de regularización, el cese por fallecimiento de Juez titular del 30° Juzgado de Trabajo de la Corte Superior de Justicia

de Lima 66

ORGANISMOS AUTONOMOS

JURADO NACIONAL DE ELECCIONES

Res. N° 0501-2021-JNE.- Declaran nulo el Acuerdo de Concejo N° 019-2020-MDU, que aprobó la suspensión de alcalde de la Municipalidad Distrital de Uchumayo,

provincia y departamento de Arequipa 66

Res. N° 0514-2021-JNE.- Modifican la Res. N° 0440-2020-JNE reformulada por las RR. N°s. 0465-0440-2020-JNE y 0284-2021-JNE, en el extremo referido a los nombres de los presidentes suplentes de los Jurados Electorales Especiales de Lima Centro 1, Lima Oeste 1 y Lima Oeste 2 del proceso de Elecciones Generales 2021 y dictan diversas

disposiciones 70

MINISTERIO PUBLICO

Res. Nº 673-2021-MP-FN.- Modifican el artículo primero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº

1324-2020-MP-FN 71

Res. Nº 674-2021-MP-FN.- Aceptan renuncia de Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Áncash

72 Res. Nº 675-2021-MP-FN.- Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Loreto 72 Res. Nº 676-2021-MP-FN.- Nombran Fiscales en los

Distritos Fiscales del Callao y Lima Sur 72

Res. Nº 677-2021-MP-FN.- Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de

Cusco 73

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

R.J. Nº 000092-2021/JNAC/RENIEC.- Aprueban el Cuadro de Equivalencias y Siglas de los órganos y unidades orgánicas del Registro Nacional de Identificación y Estado

Civil – RENIEC 73

GOBIERNOS REGIONALES

GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO

Res. N° 220-2021-GR CUSCO/GR.- Delegan facultades y atribuciones a diversos funcionarios del Gobierno Regional

de Cusco 75

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA

Ordenanza N° 330-2021/MDC.- Ordenanza que aprueba el otorgamiento de descuentos para el pago de multas

administrativas 79

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR D.A. N° 016-2021-MDMM.- Aprueban disposiciones que regulan el Sorteo de Bienes Muebles del Programa de

Vecino Preferente 81

R.A. N° 113-2021-A-MDMM.- Delegan al Gerente Municipal la facultad de aprobar y formalizar las Modificaciones Presupuestarias al Presupuesto Institucional en el Nivel Funcional Programático

durante el Año Fiscal 2021 82

PROVINCIAS

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE D.A. N° 06-2021-AL-MPC.- Amplían fecha de vencimiento para el pago de los Tributos Municipales correspondiente al

ejercicio 2021 82

PODER EJECUTIVO

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO

Designan Directora de la Dirección de

Requisitos Técnicos al Comercio Exterior

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 069-2021-MINCETUR Lima, 10 de mayo de 2021

Visto, el Memorándum Nº 210-2021-MINCETUR/ VMCE del Viceministerio de Comercio Exterior, el Informe Nº 0151-2021-MINCETUR/SG/OGA/OP/SDP de la Sub Dirección de Personal de la Ofi cina de Personal y el Memorándum Nº 440-2021-MINCETUR/SG/OGA de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;

CONSIDERANDO:

Que, se encuentra vacante el cargo de Director de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de

Comercio Exterior del Despacho Viceministerial de Comercio Exterior, Nivel F-3, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo – MINCETUR, cargo considerado Directivo Superior de libre designación y remoción;

Que, se cuenta con la opinión favorable de la Ofi cina de Personal emitida a través del Informe Nº 0151-2021-MINCETUR/SG/OGA/OP/SDP y de la Ofi cina General de Administración con el Memorándum Nº 440-2021-MINCETUR/SG/OGA;

Que, en ese sentido es necesario designar a la funcionaria que desempeñará dicho cargo;

De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y sus modifi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2002-MINCETUR y sus modifi catorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar a la señorita ROCÍO ELENA BARREDA SANTOS en el cargo de Directora de la Dirección de Requisitos Técnicos al Comercio Exterior de la Dirección General de Políticas de Desarrollo de Comercio Exterior del Viceministerio de Comercio Exterior, Nivel F-3, del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo –

(4)

MINCETUR, cargo considerado Directivo Superior de libre designación y remoción.

Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Ofi cina de Personal de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo para su conocimiento y fi nes pertinentes.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CLAUDIA CORNEJO MOHME Ministra de Comercio Exterior y Turismo 1951476-1

CULTURA

Aprueban el Plan Maestro para la

Conservación y Manejo del Complejo

Arqueológico de Chan Chan 2021 - 2031

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 000130-2021-DM/MC San Borja, 10 de mayo del 2021

VISTOS; el Memorando N° 000061-2021-DDC LIB/ MC de la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad; los Memorandos N° 000229-2021-DGPC/MC y N° 000276-2021-DGPC/MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; el Memorando N° 000239-2021-DGPA/MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; el Memorando N° 000407-2021-DGM/MC de la Dirección General de Museos; los Memorandos Nº 000281-2021-OGPP/MC y Nº 000344-2021-OGPP/MC de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000506-2021-OGAJ/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográfi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son patrimonio cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado;

Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratifi cada por el Perú mediante Resolución Legislativa Nº 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5, la obligación de cada estado parte, entre otros, de proteger, conservar y transmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio;

Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y sus modifi catorias, señalan que es de interés social y de necesidad publica la identifi cación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del patrimonio cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el patrimonio cultural de la Nación;

Que, por su riqueza y valor excepcional universal, el Complejo Arqueológico de Chan Chan fue inscrito en la Lista del Patrimonio Mundial de UNESCO en 1986 y en la Lista del Patrimonio Mundial en Peligro; por tanto, su conservación signifi ca salvaguardar un patrimonio de alto valor histórico para la cultura nacional y la comunidad internacional de las presentes y futuras generaciones;

Que, mediante la Resolución Directoral Nº 443/INC, se aprobó el “Esquema Referencial de presentación del Plan de Manejo para el Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación”;

Que, el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF del Ministerio de Cultura, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura implementan las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación, conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración, entre otros, del patrimonio arqueológico;

Que, el artículo 56 del ROF, establece que la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial de la Dirección General de Patrimonio Cultural, es la unidad orgánica que tiene a su cargo velar por la identifi cación, preservación, gestión, promoción y difusión del signifi cado cultural de los sitios peruanos inscritos en la Lista de Patrimonio Mundial de la Convención de UNESCO de 1972; asimismo, el numeral 56.5 del artículo citado, establece que la referida dirección coordina, asesora y evalúa la elaboración y actualización de los planes o sistemas de gestión de los sitios del Patrimonio Mundial y de los bienes de la Lista Indicativa, realizando su seguimiento y evaluación en coordinación con las áreas técnicas nacionales y regionales de la institución;

Que, el artículo 61 del ROF, señala que la Dirección de Gestión de Monumentos de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, es la unidad orgánica encargada de la planifi cación, coordinación, asesoramiento, seguimiento y evaluación técnica de proyectos que tengan como objetivos y componentes, la protección, conservación, restauración y puesta en valor de sitios arqueológicos a nivel nacional; así como la propuesta, evaluación y asesoramiento de los planes maestros y de manejo como documentos rectores para la gestión;

Que, el artículo 65 del ROF, refi ere que la Dirección General de Museos es el órgano de línea que tiene a su cargo la formulación de políticas y normas en materia de museos; así como la gestión de museos y la protección, conservación, difusión de los bienes muebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación;

Que, de acuerdo al marco legal descrito, la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad mediante el Memorando N° 000061-2021-DDC LIB/MC remite para su aprobación el Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan 2021 – 2031;

Que, a través del Memorando N° 000229-2021-DGPC/ MC y N° 000276-2021-DGPC/MC, de la Dirección General de Patrimonio Cultural y los Informes N° 000084-2021-DSPM/MC, Nº 000069-2021-DSPM/MC y Nº 000022-2021-DSPM/MC de la Dirección de Sitios del Patrimonio Mundial, se emite opinión favorable al citado plan;

Que, por el Memorando N° 000239-2021-DGPA/ MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble remite el Informe Nº 000067-2021-DMO/MC, con el que la Dirección de Gestión de Monumentos emite opinión favorable respecto de la propuesta y recomienda aprobar el citado plan;

Que, mediante el Memorando N° 000407-2021-DGM/MC, la Dirección General de Museos emite opinión favorable sobre la propuesta del plan;

Que, con el Memorando Nº 000281-2021-OGPP/ MC y N° 000344-2021-OGPP/MC, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto remitió los Informes Nº 000045-2021-OPL/MC y N° 00050-2021-OPL/MC de la Ofi cina de Planeamiento en los que se concluye que la citada propuesta de plan ha recogido las recomendaciones brindadas, por lo que sugiere continuar con el trámite para su aprobación;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales, la Dirección Desconcentrada de Cultura de La Libertad, la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, la Dirección General de Museos, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y modifi catorias; la Ley Nº 29565, Ley de creación del

(5)

Ministerio de Cultura y su modifi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y la Resolución Directoral Nº 443/INC, que aprobó el “Esquema Referencial de presentación del Plan de Manejo para el Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación”;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan 2021 - 2031, que como documento anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2.- El Proyecto Especial Complejo Arqueológico de Chan Chan, se encarga de la implementación de las acciones descritas en el plan aprobado en el artículo 1 de la presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 026-2006-ED.

Artículo 3.- La Dirección General de Patrimonio Cultural a través de la Dirección de Sitios de Patrimonio Mundial, realiza en forma semestral el seguimiento y, en forma anual, la evaluación del Plan Maestro para la Conservación y Manejo del Complejo Arqueológico de Chan Chan 2021 - 2031.

Artículo 4.- La presente resolución y su anexo son publicados en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.peru.gob.pe/cultura), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEJANDRO ARTURO NEYRA SÁNCHEZ Ministro de Cultura

1951480-1

DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO

Aprueban el Cuadro para Asignación de

Personal Provisional (CAP Provisional) del

Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego -

MIDAGRI

RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0121-2021-MIDAGRI Lima, 11 de mayo de 2021 VISTOS: El Memorando Nº 0461-2021-MIDAGRI-SG-OGGRH de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos;

el Memorándum Nº611-2021-MIDAGRI-SG/OGPP de la

Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 068-2021-MIDAGRI-SG/OGPP-OM de la Ofi cina de

Modernización; el Ofi cio Nº 000259-2021-SERVIR-PE de

la Presidencia Ejecutiva y el Informe Técnico Nº 000090 -2021-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley Nº31075, Ley de Organización y Funciones

del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, señala que el Ministerio es un organismo del Poder Ejecutivo, tiene personería jurídica de derecho público y constituye un pliego presupuestal, asimismo ejerce la rectoría sobre las políticas nacionales propias de su ámbito de competencia, las cuáles son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno;

Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI, con Resolución Ministerial Nº 0073-2021-MIDAGRI, se aprueba la Sección

Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego – MIDAGRI y con Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI, se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI;

Que, con Resolución de Secretaría General Nº 0127-2019-MINAGRI-SG del 01 de octubre de 2019, se aprueba el Manual de Perfi les de Puestos - MPP del Ministerio de Agricultura y Riego y a su vez se dejan sin efecto los Manuales de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y Riego aprobados por Resoluciones Ministeriales Nºs. 0251, 0258, 0706, 0707, 0714, 0723 y 0724-2015-MINAGRI, así como por Resoluciones Ministeriales Nºs. 026, 0127, 0471, 0550, 0589 y 0615-2016-MINAGRI; asimismo dejó sin efecto el Clasifi cador de Cargos de la Sede Central del Ministerio de Agricultura y Riego aprobado por Resolución Ministerial Nº 0035-2009-AG y sus modifi catorias cuya vigencia fue restablecida mediante Resolución de Secretaría General Nº 040-2020-MINAGRI-SG;

Que, asimismo, mediante Resolución de Secretaría General Nº 170-2020-MINAGRI-SG se modifi can seis (06) perfi les de puestos correspondientes a los Servidores de Actividades Complementarias del MPP;

Que, por Resolución de Secretaría General Nº 0082-2021-MIDAGRI-SG del 30 de abril de 2021, se aprueba la modifi cación del Anexo 2 de los Regímenes de los Decretos Legislativos Nº 276 y Nº 728 del Ministerio de Agricultura y Riego del “Manual de Perfi les de Puestos – MPP del Ministerio de Agricultura y Riego” con la incorporación de cuarenta y nueve (49) perfi les de puestos;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0561-2014-MINAGRI, se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego; el mismo que fue reordenado con las Resoluciones Ministeriales Nºs. 612-2014-MINAGRI,

084-2015-MINAGRI, 076-2016-MINAGRI, 492-2016-MINAGRI, 107-2017-MINAGRI, 389-2017-MINAGRI, 092-2018-MINAGRI, 380-2018-MINAGRI y Resoluciones de Secretaría

General Nºs. 109 y 0191-2019-MINAGRI-SG;

Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº

000070-2021-SERVIR-PE y modifi catorias, se formalizó

la aprobación de la “Directiva Nº 003-2021-SERVIR – Elaboración de Cuadro de Puestos de la Entidad”, cuyo objetivo es establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades deben seguir para la administración de puestos y posiciones, en el marco del tránsito de las entidades al régimen del Servicio Civil, y mantiene vigente el Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE” aprobada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modifi cada con la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

Que, los sub numerales 2.2, 2.4 y 2.7 del numeral 2 del Anexo Nº 4 “Sobre el CAP-Provisional” de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, establecen que el CAP Provisional se formula a partir de la estructura orgánica de la entidad aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponda, debiendo incluirse todos los cargos de las sedes u órganos desconcentrados de la entidad, clasifi cados en grupos ocupacionales de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28175 - Ley Marco del Empleo Público; asimismo señala que se deben consignar los cargos clasifi cados como Empleados de Confi anza y como Directivos Superiores de libre designación y remoción, y aquellos que corresponden a los cargos asignados al Órgano de Control Institucional, cuya variación, de ser el caso, requiere la opinión favorable de la Contraloría General de la República;

Que, los sub numerales 4.1 y 4.2 del numeral 4 del

Anexo Nº4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH,

establecen que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada al Informe de Opinión Favorable que emita SERVIR, que en las entidades del Gobierno Nacional se realiza mediante Resolución Ministerial;

(6)

Que, mediante Informe Nº 043-2021-MIDAGRI-SG/ OGGRH del 30 de abril de 2021, la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, en su calidad de órgano responsable de la elaboración del CAP Provisional, solicita la aprobación del nuevo CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, sustentada en el supuesto establecido en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/ GDSRH “Durante el proceso de implementación de la Ley Nº 30057, previsto en la Primera Disposición Complementaria Transitoria de la misma, cuando una norma sustantiva ordene la asignación de nuevas funciones o la reasignación de funciones existentes, las entidades involucradas están autorizadas a tramitar la adecuación parcial de su CAP vigente mediante un CAP Provisional en un plazo máximo de tres (03) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la norma publicada”;

Que, mediante Memorando Nº

611-2021-MIDAGRI-SG/OGPP la Ofi cina General de Planeamiento y

Presupuesto remite y hace suyo el Informe Técnico Nº 068-2021-MIDAGRI-OGPP-OM del 30 de abril de 2021 de la Ofi cina de Modernización emitiendo opinión favorable a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional;

Que, mediante Ofi cio Nº 0750-2021-MIDAGRI-SG, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, solicita a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR emita opinión favorable respecto a la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MIDAGRI;

Que, con Ofi cio Nº 000259-2021-SERVIR-PE, la Presidenta Ejecutiva de SERVIR remite el Informe Técnico Nº 000090-2021-SERVIR-GDSRH, emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que contiene la opinión técnica favorable a la propuesta de CAP Provisional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, de conformidad con lo establecido en

el sub numeral 4.1 del numeral 4 del Anexo Nº4 de la

Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH; asimismo, señala que considera pertinente el pedido de excepción al tope establecido para el número de cargos de confi anza, adjuntando la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000078-2021-SERVIR-PE que formaliza la excepción otorgada;

Que, en mérito a las consideraciones expuestas, es necesario aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del MIDAGRI, en concordancia con su estructura orgánica vigente;

Con las visaciones de la Directora General de la Ofi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Directora General de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil; la Ley Nº 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; la Resolución Ministerial Nº 0080-2021-MIDAGRI que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; el Anexo Nº 4 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH “Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modifi cada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE;

SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación

Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Derogación

Derogar la Resolución Ministerial Nº 0561-2014-MI-NAGRI, que aprobó el Cuadro para Asignación de Per-sonal Provisional del Ministerio de Agricultura y Riego y sus reordenamientos dispuestos por las Resoluciones Mi-nisteriales Nºs. 612-2014-MINAGRI, 084-2015-MINAGRI, 076-2016-MINAGRI, 492-2016-MINAGRI,

107-2017-MI-NAGRI, 389-2017-MI107-2017-MI-NAGRI, 092-2018-MI107-2017-MI-NAGRI, 380-2018-MINAGRI y las Resoluciones de Secretaría Ge-neral Nºs. 109 y 0191-2019-MINAGRI-SG.

Artículo 3.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional aprobado en el artículo 1, en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.gob.pe/midagri) y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese. FEDERICO TENORIO CALDERÓN Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 1952122-1

Modifican la Resolución Directoral

Ejecutiva N°

001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE, que delegó facultades en

diversos funcionarios de AGRO RURAL

RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 082-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE

Lima, 11 de mayo de 2021 VISTO:

El Memorando Nº 660 y Nº 765-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL/DE-DIAR de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, el Memorando Nº 227-2021-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRORURAL-DE/OAL de la Ofi cina de Asesoría Legal; y, el Informe Legal Nº 148-2021- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE/OAL de la Ofi cina de Asesoría Legal;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2020-MIDAGRI, se formaliza la creación del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, dependiente del Despacho Viceministerial de Desarrollo de Agricultura Familiar e Infraestructura Agraria y Riego, disponiendo en la primera disposición complementaria fi nal que en un plazo no mayor a cincuenta días hábiles se apruebe el Manual de Operaciones.

Que, considerando lo dispuesto en la primera

disposición complementaria fi nal del mencionado

Decreto Supremo, aún subsiste y tiene plena vigencia el Manual de Operaciones de AGRO RURAL aprobado por Resolución Ministerial Nº 0015-2015- MINAGRI, publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano” el 15 de enero de 2015, donde se establece su estructura orgánica y las funciones de cada uno de los órganos que lo conforman, entre otros;

Que, mediante Memorando Nº 660-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL- DE/DIAR, donde se adosa el Informe Nº 007-2021-EPBG, se sustenta la delegación de facultades a realizarse en favor de la Dirección Zonal Lambayeque para la aprobación de expedientes técnicos, dado que esta Dirección Zonal administró desde su inicio todos sus Expedientes de Contratación en el marco de la delegación de facultades realizada a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 035-2020-MINAGRI-DVDIAR-AGRORURAL-DE, los mismos que pertenecen a los siguientes proyectos:

a) ARCC Nº 877 “REHABILITACION DEL DREN D=1500 EN EL SECTOR DE PUNTO CUATRO (PROGRESIVA 6+237 - 20+800), DISTRITO DE MOCHUMI, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”.

b) ARCC Nº 10 “REHABILITACIÓN DE LA BOCATOMA BATANGRANDE, DISTRITO PITIPO, PROVINCIA

(7)

FERREÑAFE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”. c) ARCC Nº 54 “REHABILITACIÓN DE LA BOCATOMA MAYASCON, DISTRITO PITIPO, PROVINCIA FERREÑAFE, DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE”.

Que, en atención a lo señalado en el considerando precedente, a través del Memorando Nº 227-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE/OAL, la Ofi cina de Asesoría Legal solicita la acreditación correspondiente del personal capacitado para realizar la evaluación de los precitados expedientes técnicos; habiendo sido subsanado ello a través del Memorando Nº 765-2021-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRORURAL-DE/DIAR;

Que, de acuerdo a lo expuesto en los dos considerandos anteriores, se solicita modifi car el artículo cuarto de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRORURAL-DE;

Que, en el artículo 10 del mencionado Manual de Operaciones se establece que la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa; ejerce la presentación legal ante las entidades públicas y privadas, nacionales o extranjeras, y es responsable de la conducción y supervisión de la gestión del Programa, asimismo puede delegar las facultades y otorgar los poderes que considere pertinentes, de acuerdo a la normatividad vigente, sin perjuicio de la responsabilidad que le corresponda;

Que, en virtud a ello, por Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021- MIDAGRIDVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 5 de enero de 2021, la Dirección Ejecutiva resolvió delegar facultades a distintas dependencias y unidades orgánicas de AGRORURAL;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 045-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 03 de marzo de 2021 se modifi có la delegación facultades aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 29 de marzo de 2021 se modifi có la delegación facultades aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 062-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 02 de abril de 2021 se modifi có la delegación facultades aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021;

Que, mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 079-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 03 de mayo de 2021 se modifi có la delegación facultades aprobada mediante Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI- DVDAFIRAGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021;

Que, el numeral 78.1 del artículo 78 del mencionado Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, prevé que las entidades pueden delegar el ejercicio de competencia conferida a sus órganos en otras entidades cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, procediendo también la delegación de competencia de un órgano a otro al interior de una misma entidad; es por ello que se expidió la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021 delegando facultades a distintas dependencias y unidades orgánicas de AGRORURAL, habiendo sido modifi cada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2021-MIDAGRI- DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 29 de marzo de 2021 así como por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 079-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 03 de mayo de 2021;

Que, dentro de este contexto normativo y en aras de generar una mayor dinámica en la gestión administrativa a través de la desconcentración de los procesos decisorios que ostenta la Dirección Ejecutiva, en aplicación al principio de desconcentración de la competencia administrativa recogido en el artículo 85º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, resulta pertinente realizar alguna modifi cación

en la delegación de facultades realizada por la Dirección Ejecutiva a través de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, modifi cada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 29 de marzo de 2021 así como por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 079-2021- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 03 de mayo de 2021, en favor de determinadas Direcciones Zonales, ello en armonía con lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Legal a través del Informe Legal Nº 148-2021-MIDAGRI-DVDAFIR- AGRORURAL-DE/OAL;

De conformidad con las disposiciones dictadas mediante Decreto Supremo Nº 012- 2020-MIDAGRI, y en uso de las facultades otorgadas mediante Resolución Ministerial Nº 0015-2015-MINAGRI que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural — AGRORURAL, y con el visto de la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, Ofi cina de Asesoría Legal y de la Dirección Adjunta;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- DISPONER la modifi cación del Artículo Cuarto de la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 001-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 05 de enero de 2021, modifi cada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 059-2021- MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 29 de marzo de 2021 y la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 079-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL-DE de fecha 03 de mayo de 2021, incluyendo el Artículo Cuarto B, cuyo tenor será el siguiente:

“Artículo Cuarto B: DELEGAR en el/la Director (a) de la Dirección Zonal Lambayeque la facultad de aprobar los Expedientes Técnicos de los siguientes proyectos que se detallan a continuación:

a) ARCC Nº 877 “REHABILITACION DEL DREN D=1500 EN EL SECTOR DE PUNTO CUATRO (PROGRESIVA 6+237 - 20+800), DISTRITO DE MOCHUMI, PROVINCIA DE LAMBAYEQUE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”.

b) ARCC Nº 10 “REHABILITACIÓN DE LA BOCATOMA BATANGRANDE, DISTRITO PITIPO, PROVINCIA FERREÑAFE, DEPARTAMENTO DE LAMBAYEQUE”.

c) ARCC Nº 54 “REHABILITACIÓN DE LA BOCATOMA MAYASCON, DISTRITO PITIPO, PROVINCIA FERREÑAFE, DEPARTAMENTO LAMBAYEQUE”.”

Artículo Segundo.- DISPONER la comunicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva a la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, la Ofi cina de Asesoría Legal, a la Dirección Adjunta y a la Dirección Zonal Lambayeque para su conocimiento y fi nes correspondientes.

Artículo Tercero.- DISPONER que la Dirección de Infraestructura Agraria y Riego, en el ámbito de su competencia, ejecute las actividades señaladas en el párrafo tercero del numeral 3.4 del Informe Legal Nº 148-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-AGRORURAL- DE/OAL, ello de acuerdo a lo señalado en el literal n) del artículo 24 del Manual de Operaciones de AGRORURAL.

Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial El Peruano, precisándose que la vigencia de la misma entra en vigor desde el día siguiente de dicha publicación; asimismo, DISPONGASE la publicación adicionalmente en el portal institucional del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRORURAL, www.agrorural.gob.pe.

Regístrese, comuníquese y publíquese. ROXANA ISABEL ORREGO MOYA Directora Ejecutiva

Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL

(8)

Normas Legales

Actualizadas

NLA

Preguntas y comentarios:

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certeza de que están vigentes.

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NORMAS LEGALES

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(9)

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL

Designan representantes del Ministerio ante

la Comisión Multisectorial de naturaleza

temporal del Plan Nacional de Accesibilidad

2018-2023

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 080-2021-MIDIS Lima, 10 de mayo de 2021 VISTO:

El Informe N° D000232-2021-MIDIS-OGAJ, emitido por la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica;

Que, el artículo 7 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, aprobado por Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS, establece que el Despacho Ministerial está a cargo del/de la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social, quien es la máxima autoridad política del sector Desarrollo e Inclusión Social, ejerce las funciones de titular del pliego presupuestal y representa al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2018-VIVIENDA, se aprueba el Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, el cual es de aplicación obligatoria para los tres (3) niveles de gobierno y está dirigido a adecuar progresivamente el entorno urbano, las edifi caciones, el transporte y las comunicaciones para la persona con discapacidad; siendo que el capítulo IX de dicho Plan establece la conformación de la Comisión Multisectorial Temporal del Plan de Accesibilidad 2018-2023, como una instancia técnica, conformada entre otros, por un/una representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, en tal virtud, mediante Resolución Suprema N° 124-2019-PCM, se crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 (en adelante, la Comisión Multisectorial), dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, encargada de realizar el seguimiento y evaluación de la implementación del referido Plan; la cual, está conformada por representantes de diferentes sectores, entre ellos, un/una representante del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

Que, de acuerdo al artículo 2 de la Resolución Suprema N° 124-2019-PCM, la Comisión Multisectorial tiene la función de emitir informes técnicos anuales que reporten y evalúen los avances de las acciones estratégicas y metas del Plan Nacional de Accesibilidad, así como realizar el seguimiento y evaluación de la implementación del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023;

Que, asimismo, el artículo 4 de la Resolución Suprema N° 124-2019-PCM establece que la designación de los y las miembros titulares de la Comisión Multisectorial y de sus miembros alternos/alternas se realiza mediante resolución ministerial del sector que corresponda, debiendo notifi carse dicho acto al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; precisando que los y las integrantes de la Comisión Multisectorial ejercen el cargo ad honorem;

Que, por su parte, conforme a artículos 6 y 7 de la Resolución Suprema N° 124-2019-PCM, la Comisión Multisectorial tiene vigencia hasta el 8 de agosto de 2023, siendo que las acciones necesarias para la conformación, implementación y ejecución de funciones de la Comisión Multisectorial se fi nancian con cargo al presupuesto institucional de las entidades involucradas, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público;

Que, en tal virtud, mediante Resoluciones Ministeriales Nº 178-2019-MIDIS y N° 301-2019-MIDIS, se designan

a los representantes titular y alterno del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial;

Que, en atención a lo señalado en el documento de Visto, corresponde actualizar la designación de los representantes antes señalados, a fi n que puedan participar activamente de las sesiones a ser convocadas por la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial;

Con el visado de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Suprema N° 124-2019-PCM, que crea la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023; y, la Resolución Ministerial N° 073-2021-MIDIS que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Designar como representantes del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social ante la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal del Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023, dependiente del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a las siguientes personas:

a) El/la Director/a Ejecutivo/a del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, como representante titular.

b) El/la Coordinador/a Técnico/a del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO, como representante alterno.

Artículo 2.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nº 178-2019-MIDIS y N° 301-2019-MIDIS.

Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como a los representantes designados en el artículo 1, para los fi nes correspondientes.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese. SILVANA EUGENIA VARGAS WINSTANLEY Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 1951739-1

Designan Asesora de la Dirección Ejecutiva

del Programa Nacional “Plataformas de

Acción para la Inclusión Social - PAIS”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000052-2021-MIDIS/PNPAIS-DE Lima, 11 de mayo del 2021

VISTOS:

El Informe Nº D000084-2021-MIDIS/PNPAIS-URRHH, de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe Legal Nº D000098-2021-MIDIS/PNPAIS-UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 263-2017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”;

(10)

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 070-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Programa Nacional PAIS, en el cual se considera los cargos de confi anza del Programa;

Que, mediante Resolución Directoral Nº 219-2020-MIDIS/PNPAIS, se aprueba el Manual de Perfi les de Puestos del Programa Nacional PAIS, que contiene los requisitos y describe de manera estructurada todos los perfi les de puestos de la entidad;

Que, el artículo 4 de la Ley Nº 31131, Ley que establece disposiciones para erradicar la discriminación en los Regímenes Laborales del Sector Publico”, señala que: “(…). Quedan exceptuados de los alcances de la presente ley los trabajadores CAS que hayan sido contratados como CAS de confi anza”;

Que, mediante Informe Nº D000084-2021-MIDIS/ PNPAIS-URRHH, la Unidad de Recursos Humanos indica que el puesto de asesora de la Dirección Ejecutiva es califi cado como puesto de confi anza en el CAP Provisional del Programa, el mismo que se encuentra vacante; asimismo, informa que evaluada la hoja de vida de la profesional Evelin Cecilia Ccoyo Quispe, se verifi ca que cumple con los requisitos establecidos para el referido puesto, por lo que recomienda realizar las acciones correspondientes para su designación, a partir de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”;

Que, mediante Informe Legal Nº D000098-2021-MIDIS/PNPAIS-UAJ, la Unidad de Asesoría Jurídica considera que, conforme a lo informado por la Unidad de Recursos Humanos, resulta viable emitir el acto resolutivo que designe a la señora Evelin Cecilia Ccoyo Quispe en el puesto de confi anza de asesora de la Dirección Ejecutiva;

De conformidad con el Decreto Supremo Nº 013-2017-MIDIS, mediante el cual se constituye el Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS” y la Resolución Ministerial Nº 263-2017-MIDIS que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS;

Con el visto de las jefaturas de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Designar a la señora Evelin Cecilia Ccoyo Quispe, en el puesto de confi anza de Asesora de la Dirección Ejecutiva del Programa Nacional “Plataformas de Acción para la Inclusión Social – PAIS”.

Artículo 2º.- Encargar a la Unidad de Administración las acciones necesarias para la notifi cación de la presente resolución a la persona mencionada en el artículo 1, a los/as jefes/as de las unidades orgánicas, unidades territoriales y al coordinador técnico del Programa.

Artículo 3º.- Encargar a la Unidad de Comunicación e Imagen del Programa disponga las acciones necesarias para la publicación de la presente resolución en el portal de transparencia del Programa Nacional PAIS.

Artículo 4.- Disponer que la Unidad de Administración gestione la publicación de la presente resolución, en el Diario Ofi cial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese. CECILIA NATIVIDAD MEDINA CCOYLLO Directora Ejecutiva

1952097-1

ECONOMIA Y FINANZAS

Autorizan Transferencia de Partidas a favor

del Gobierno Regional del departamento

de San Martín en el Presupuesto del Sector

Público para el Año Fiscal 2021

DECRETO SUPREMO Nº 104-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que, el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, autoriza al Ministerio de Salud para efectuar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 336 387 284,00 (TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los Gobiernos Regionales, para financiar durante el Año Fiscal 2021, la operación y mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo semestre del año 2020, cuya programación de turnos y citas serán implementadas a través de un aplicativo informático dispuesto para ello;

Que, asimismo, el citado numeral dispone que dichas modificaciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta de este último; previa validación por parte del Ministerio de Salud del Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el organismo público o Gobierno Regional, según corresponda;

Que, mediante los Ofi cios Nºs. 1760 y 1850-2021-SG/MINSA, el Ministerio de Salud solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, a favor del pliego Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Centro de Salud I-4 Saposoa; adjuntando para dicho efecto, los Informes Nºs 252 y 282-2021-OP-OGPPM/MINSA emitidos por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del MINSA y el Memorándum Nº 901-2021-DGOS/MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud que adjunta el Informe Nº 015-2021-RTP-DIEM-DGOS/MINSA de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, mediante los cuales se señala la fecha de entrada en funcionamiento del Centro de Salud I-4 Saposoa y validan su Plan de Implementación Multianual – PIM 2021-2023, aprobado por el Gobierno Regional de San Martín, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 055-2021-GRSM/ GR; así como el Ofi cio Nº 0668-2021-OGPPM-OP/ MINSA de la citada Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Ofi cio Nº 2032-2021-SG/MINSA de la Secretaría General del MINSA, los cuales adjuntan los Informes Nºs 311 y 334-2021-OP-OGPPM/MINSA, respectivamente, emitidos por la Ofi cina de Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del citado Ministerio, que contienen información complementaria;

Que, a través del Memorando Nº 0465-2021-EF/53.04, la Dirección General de Gestión Fiscal de los Recursos Humanos del Ministerio de Economía y Finanzas remite el costo estimado para el financiamiento del contrato del personal bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios, por el período de mayo a diciembre de 2021, como parte de la operación y mantenimiento del Centro de Salud I-4 Saposoa del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, solicitado por el Ministerio de Salud;

Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma d S/ 6 348 106,00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 SOLES), del Ministerio de Salud a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes;

De conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021;

(11)

DECRETA: Artículo 1. Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 6 348 106,00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL CIENTO SEIS Y 00/100 SOLES), a favor del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, para fi nanciar la operación y mantenimiento del Centro de Salud I-4 Saposoa, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 011 : Ministerio de Salud UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no

resultan en productos

ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y transferencias 6 348 106,00 ========== TOTAL EGRESOS 6 348 106,00 ========== A LA: En Soles

SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 459 : Gobierno Regional del Departamento

de San Martín

UNIDAD EJECUTORA 402 : Región San Martín-Salud Huallaga Central

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5005467 : Mantenimiento para equipamiento e infraestructura hospitalaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y servicios 6 341 702,00 GASTO DE CAPITAL

2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 6 404,00

==========

TOTAL EGRESOS 6 348 106,00

==========

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas aprueban, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elaboren las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo

no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Monitoreo y seguimiento

4.1 El Gobierno Regional del Departamento de San Martín elabora un informe técnico sobre el cumplimiento y avance físico y fi nanciero de la ejecución de los recursos transferidos a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo, en el marco de su Plan de Implementación Multianual y alineado a la gradualidad de entrada en operación de los servicios. Este informe se remite al Ministerio de Salud y se publica en los portales institucionales de dicho Ministerio y del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, hasta el 24 de febrero de 2022, de conformidad con lo establecido en el numeral 34.1 del artículo 34 de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021.

4.2 El Ministerio de Salud es responsable del monitoreo, seguimiento y verifi cación del cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales son transferidos los recursos, lo que incluye el monitoreo fi nanciero de dichos recursos, debiendo elaborar y publicar en su portal institucional (www.gob.pe/minsa) un informe sobre las citadas acciones.

Artículo 5. Sobre la implementación de la programación de turnos y citas

5.1 Dispóngase que la implementación de la programación de turnos y citas del Centro de Salud I-4 Saposoa del Gobierno Regional del Departamento de San Martín, se mide a través del indicador al que se hace referencia en el Anexo 1 “Ficha Técnica del Indicador”. La información es registrada en el aplicativo informático que el Ministerio de Salud dispone y que es utilizada para el monitoreo del logro del citado indicador.

5.2 El establecimiento de salud al que se hace referencia en el presente artículo, debe cumplir las metas mensuales de implementación a las que se hace referencia en el Anexo 2 “Meta mensual de implementación de turnos y citas durante el Año Fiscal 2021”.

5.3 Los Anexos 1 y 2 antes mencionados forman parte integrante del presente Decreto Supremo y se publican en los portales institucionales del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef) y del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Ofi cial El Peruano.

Artículo 6. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República

WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas ÓSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud

1952127-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el

Presupuesto del Sector Público para el Año

Fiscal 2021 a favor de la Oficina Nacional de

Procesos Electorales

DECRETO SUPREMO Nº 105-2021-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

(12)

CONSIDERANDO:

Que, mediante la Vigésima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31084, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, se asignaron recursos por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 032: Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, hasta por la suma de S/ 583 595 598,00 (QUINIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), exclusivamente, para fi nanciar las acciones a cargo de dicha entidad para el desarrollo de las Elecciones Generales convocadas mediante Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM;

Que, mediante Ofi cio Nº 268-2021-P/JNE, el Jurado Nacional de Elecciones remite la demanda adicional de recursos con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 56 811 923,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), para fi nanciar el desarrollo de las actividades inherentes a las Elecciones – Segunda Elección Presidencial 2021, en el marco del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, correspondiente a la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), según consta en el Ofi cio Nº000220-2021-JN/ONPE, ; adjuntando, para dicho efecto, el Informe Nº 001342-2021-SGPR-GPP/ONPE de la Sub Gerencia de Presupuesto de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la ONPE, con los sustentos respectivos;

Que, los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establecen que las Leyes de Presupuesto del Sector Público consideran una Reserva de Contingencia que constituye un crédito presupuestario global dentro del presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, destinada a fi nanciar los gastos que por su naturaleza y coyuntura no pueden ser previstos en los Presupuestos de los Pliegos; disponiendo que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas;

Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma de S/ 56 811 923,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), a favor de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, para fi nanciar lo señalado en los considerandos precedentes, teniendo en cuenta que los citados recursos por su naturaleza y coyuntura no han sido previstos en el presupuesto institucional de dicho pliego para el presente Año Fiscal;

De conformidad con lo establecido en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público;

DECRETA: Artículo 1. Objeto

Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, hasta por la suma de S/ 56 811 923,00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES), a favor de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, para fi nanciar el desarrollo de las actividades inherentes a las Elecciones – Segunda Elección Presidencial 2021, en el marco del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 122-2020-PCM, con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:

DE LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos

ACTIVIDAD 5000415 : Administración del proceso presupuestario del sector público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.0 Reserva de Contingencia 56 811 923,00 =========== TOTAL EGRESOS 56 811 923,00 =========== A LA: En Soles

SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central

PLIEGO 032 : Ofi cina Nacional de Procesos Electorales

UNIDAD EJECUTORA 001 : Ofi cina Nacional de Procesos Electorales

CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0125 : Mejora de la Efi ciencia de los Procesos Electorales e Incremento de la participación política de la ciudadanía

PRODUCTO 3000654 : Proceso Electoral Oportuno y Efi ciente ACTIVIDAD 5005020 : Procesos Electorales y Consultas

Planifi cados FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE

2.3 Bienes y Servicios 56 811 923,00

===========

TOTAL EGRESOS 56 811 923,00

===========

Artículo 2. Procedimiento para la aprobación institucional

2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante Resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución es remitida dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.

2.2 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codifi caciones que se requieren como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.

2.3 La Ofi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas para Modifi cación Presupuestaria” que se requieren, como consecuencia de lo dispuesto en el presente Decreto Supremo.

Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos.

Artículo 4. Refrendo

El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de mayo del año dos mil veintiuno.

FRANCISCO RAFAEL SAGASTI HOCHHAUSLER Presidente de la República

WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1952127-2

(13)

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