ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
AYUNTAMIENTO DE ALCAMPELL
4192
ANUNCIO
Por Decreto de Alcaldía, número 82, de fecha 7 de julio de 2015, se aprobaron las Bases de
la Convocatoria de una Plaza de Oficial para este Ayuntamiento, en régimen laboral temporal, mediante sistema de concurso-oposición, y bolsa de trabajo.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA
PRIMERO. Objeto de la convocatoria y funciones del puesto:
Es objeto de las presentes bases la provisión por el procedimiento de concurso-oposición libre, de una plaza de personal laboral de Oficial de la Brigada Municipal de Alcampell, con carácter temporal, así como la creación de una bolsa de trabajo común para acudir en aquellos casos en que fuera necesario (contrataciones temporales por motivo de vacaciones, bajas…). La temporalidad viene motivada por el artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2015. No se convocará nuevo procedimiento para la misma plaza mientras siga vigente la prohibición de contratar personal laboral con carácter fijo o se agote la bolsa de trabajo. En ambos casos, el Ayuntamiento de Alcampell procederá a publicar la nueva convocatoria en un plazo máximo de 12 meses.
Las funciones que tiene encomendadas son las siguientes:
Aquellas derivadas del mantenimiento de los inmuebles, zonas verdes, vías públicas, caminos, servicios o actividades del Ayuntamiento, destacando entre otras, sin carácter limitativo las de: vigilancia, mantenimiento y conservación de los sistemas de agua, depuradora y potabilizadora, saneamiento y alumbrado público; limpieza, mantenimiento y riego de parques, jardines y zonas verdes; conservación, mantenimiento y limpieza de vías públicas, caminos , mobiliario urbano, cementerio municipal; mantenimiento, conservación y limpieza de edificios e instalaciones públicas; control de herramientas y material de propiedad municipal; control de las llaves de las dependencias municipales, edificios de propiedad municipal o uso por servicios del Ayuntamiento; recogida y gestión de enseres; elaboración y colocación de adornos navideños o festivos; lectura de contadores; control contra incendios; lecturas del pregón a través del sistema de megafonía municipal; apoyo a la actividad administrativa municipal cuando sea requerido para funciones de mensajería, notificación de documentos, ayuda en archivos; vigilancia en el cumplimiento de las ordenanzas municipales, control de la ocupación de la vía pública.
El sistema selectivo elegido es de concurso-oposición libre, al que le será de aplicación lo previsto en los artículos 177 del Real Decreto Legislativo 781/1986 por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; artículos 91 y 103 de la Ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; Disposición Adicional Segunda del Real Decreto 896/1991, del 7 de junio, por el que se establecen las Reglas Básicas y los Programas Mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, en lo que se refiere a personal laboral y supletoriamente, el Real Decreto 364/1995, de 10 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de Régimen Disciplinario de los Funcionarios de la Administración del Estado.
SEGUNDO. Características de la contratación y del puesto de trabajo: El carácter del contrato temporal.
-La jornada de trabajo será de 37,5 horas semanales, de lunes a domingo con sistema de trabajo de lunes a viernes, y los fines de semana y las tardes de la semana que
corresponda con una disponibilidad de 24 horas, según las necesidades del servicio. -El salario se asignará según la categoría, y conforme a lo estipulado en el convenio laboral de la construcción de Huesca.
TERCERO. Condiciones de Admisión de Aspirantes (referidos al último día de plazo de presentación de instancias)
Para poder participar en los procesos selectivos será necesario reunir los siguientes requisitos:
Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores aprobado por el RD Legislativo 1/1995, de 24 de marzo y según lo establecido en la Ley 7/2007, de 12 de abril, que regula el Estatuto Básico del Empleado Público. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas y por tanto no padecer enfermedad o defecto físico que le impida el desempeño de dichas funciones.
Tener cumplidos dieciséis años y no exceder los 65 años de edad. Estar en posesión del permiso de conducción, tipo B.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatuarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleado público.
Poseer el título de graduado escolar o equivalente.
Aceptar íntegramente las bases de la convocatoria y comprometerse a desarrollar las funciones y tareas propias del servicio.
CUARTO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias.
Las instancias solicitando tomar parte en el proceso selectivo, en las que los aspirantes harán constar que reúnen las condiciones exigidas en las bases generales de la presente convocatoria, se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Alcampell, y se presentarán en el Registro de Entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Huesca. Si las instancias se envían por procedimiento administrativo, el solicitante deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos u otra administración pública y comunicar en el Ayuntamiento la remisión de la instancia mediante telegrama o fax el mismo día.
El modelo de instancia se deberá ajustar al modelo oficial que se adjunta en el Anexo I de las presentes Bases, yendo acompañado del justificante del pago de la tasa de 15 euros por derechos de examen, según la Ordenanza Fiscal nº 30, publicada al BOP de Huesca nº 130, de 10 de julio de 2015.
La solicitud deberá ir también acompañada por: -Fotocopia del DNI o, en su caso, pasaporte. -Fotografía de tamaño carnet.
-Fotocopia del permiso de conducir B.
-Documentos acreditativos de la titulación exigida en la convocatoria así como de los méritos y circunstancias alegados que deban ser valorados, en forma de originales o copias compulsadas. Serán calificados como méritos exclusivamente los que tengan que ver directamente con el puesto a desempeñar.
-La experiencia deberá acreditarse mediante certificado de empresa, seguridad social, u otro organismo oficial competente concretando con exactitud y precisión el puesto
desempeñado, las fechas de inicio y fin de la relación laboral. Se establece como fecha límite los méritos que se justifiquen la de publicación de las presentes bases.
Finalizado el plazo de presentación de instancias no se admitirá justificación o subsanación alguna de méritos, ni tampoco del pago de la tasa por derechos de examen, según art. 5 de la Ordenanza Fiscal nº 30 reguladora.
QUINTO. Admisión de Aspirantes
Expirado el plazo de presentación de instancias, la Alcaldía dictará resolución en el plazo de un mes, declarando aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos. En dicha resolución, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, se concederá un plazo de diez días hábiles para la subsanación.
Transcurrido el plazo de subsanación por la Alcaldía, se aprobará la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, que se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento.
En caso que no existieran reclamaciones contra la lista publicada o que se admitieran todos los aspirantes, se entenderá elevada a definitiva sin necesidad de nueva publicación. En la misma publicación se hará constar con exactitud el día, hora y lugar en que habrá de realizarse la 1ª prueba. El día, hora y lugar de la 2ª prueba se indicará, junto con la puntuación de la 1ª en la web www.alcampell.net, y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así como el resto de notificaciones.
SEXTO. Tribunal Calificador
De acuerdo con lo establecido en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el tribunal calificador será nombrado por el Alcalde y estará constituido por un Presidente y cuatro vocales, de los cuales uno actuará como Secretario y su composición deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros, y se tenderá, asimismo y en la medida de lo posible, a la paridad ente mujer y hombre, debiendo en todo caso, estar en posesión de una titulación igual o superior a la requerida para el puesto de trabajo que se convoca, en el mismo área de conocimientos específicos y deberán pertenecer al mismo grupo o grupos superiores.
El personal de elección o de designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección.
La pertenencia a los órganos de selección será siempre a título individual no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los nombres de los miembros del Tribunal, titulares y suplentes, se hará público en el B.O.P y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.
La abstención y recusación de los miembros del Tribunal será de conformidad con el artículo 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
SÉPTIMO. Proceso de selección:
El procedimiento de selección de los aspirantes será el concurso oposición y constará de dos fases diferenciadas:
-Primera: Oposición. -Segunda: Concurso. La fase de oposición:
-Será previa a la del concurso, y tendrá carácter eliminatorio.
-Se puntuará con un total de 7 puntos, y se superará con una puntuación mínima de 3,5 puntos.
-Consistirá en la realización de dos pruebas eliminatorias, presenciales y obligatorias para los aspirantes que consistirán y se evaluarán del modo siguiente:
Prueba 1ª: 25 preguntas tipo test sobre las materias del programa que se detalla en el Anexo II de las presentes bases. Puntuación de 0,12 cada acierto. Puntuación máxima: 3 puntos. Puntuación mínima para superarla: 1,5 puntos.
Prueba 2ª: ejercicio teórico práctico relacionado con el temario, valorándose el conocimiento del término municipal, vías públicas, instalaciones y servicios municipales. Puntuación máxima: 4. Puntuación mínima para superarla: 2 puntos.
La fase de concurso:
-Residencia en el municipio desde antes del 20 de julio de 2015: 1 punto.
FP I o titulación equivalente en materia en relación con el puesto de trabajo (electricidad, fontanería, agricultura):0,5 puntos.
FP II o titulación equivalente en materia en relación con el puesto de trabajo (electricidad, fontanería, agricultura): 1 punto. El mérito de 1 punto de FP II excluye el mérito de FP I de 0,5 puntos, por lo que la titulación se valorará con un máximo de 1 punto.
Experiencia en puestos de trabajo con funciones similares al puesto que se pretende cubrir mediante la presente convocatoria: en la Administración Pública 0,3 puntos por año de trabajo y en empresa privada 0,2 puntos por año de trabajo, prorrateándose en ambos casos en los periodos de tiempo inferiores por meses (máximo 1 punto). No se valorará la experiencia ejercida en el Ayuntamiento de Alcampell durante 2015.
OCTAVO. Relación de Aprobados, Presentación de Documentos y Formalización del Contrato.
Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará la relación de aspirantes que hayan superado los ejercicios de la fase de oposición por orden de puntuación final, una vez contabilizada la fase de concurso, elevando al órgano competente junto al acta de la sesión, la propuesta de nombramiento de la persona que obtenga mayor calificación. El aspirante propuesto aportará ante la Secretaría del Ayuntamiento, dentro del plazo de diez días naturales desde que se publique en el tablón de edictos del Ayuntamiento, los documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado, y salvo los caso de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentasen la documentación, o de la misma se dedujese que carecen de alguno de los requisitos exigidos, no podrán ser contratados, quedando anuladas todas las actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes de participación.
La persona seleccionada, una vez aportada la documentación a que se hace referencia en la base anterior, será nombrada por el órgano competente, como oficial, personal laboral, Grupo C2, nivel 16.
Efectuado el nombramiento, el aspirante será requerido para la firma del contrato, quien de no hacerlo sin causa justificada en el plazo de 15 días perderá todos los derechos derivados de la convocatoria y el nombramiento.
El resto de los aspirantes que hayan superado la fase de oposición pasarán a integrar una bolsa de trabajo a los efectos previstos en el art 1º de estas bases para su posible contratación por el orden obtenido en las calificaciones finales, previa aportación de la documentación requerida en la base nº 8 y manteniéndose inalterable durante todo el periodo de vigencia de la bolsa de trabajo, que se establece a criterio del órgano de contratación.
NOVENO. Legislación aplicable:
La presente convocatoria se rige por las presentes bases y la normativa vigente aplicable, estando el Tribunal facultado para resolver las dudas que se presenten y para la interpretación de las citadas Bases.
La presente convocatoria, aprobada por Resolución de la Alcaldía, pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, puede interponerse alternativamente o recurso de reposición potestativo en el plazo de 1 mes ante el mismo órgano que dictó el acto, o recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Huesca en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de la publicación. Si se opta por interponer recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación por silencio, todo ello sin perjuicio de
que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
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ANEXOI.- Modelo de instancia:
D/Dª____________________________, con DNI nº______________________,con domicilio a efectos de notificación en________________________________________________, nacido el _____________ y teléfono___________________________________, comparece y solicita tomar parte en el concurso-oposición convocado por el Ayuntamiento de Alcampell, para la provisión con carácter temporal de una plaza de personal laboral de Oficial del Ayuntamiento de Alcampell, a cuyo efecto hace constar que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas en las bases aprobadas por Decreto de Alcaldía nº 82, de fecha 7 de julio de 2015, manifestando así mismo que reúne los siguientes méritos, que acredita documentalmente mediante fotocopia compulsada
Méritos:
En , a de de 2015.
Ilmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Alcampell
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ANEXO II Temario
Tema 1- La organización municipal. Competencias de sus órganos.
Tema 2- El procedimiento administrativo local. Comunicaciones y notificaciones.
Tema 3- Conocimientos sobre herramientas y materiales para mantenimiento y conservación de edificios.
Tema 4- Conocimientos sobre herramientas y materiales para mantenimiento y conservación de parques y jardines.
Tema 5- Conocimientos sobre potabilización y depuración de aguas. Tema 6- Conocimientos sobre herramientas y materiales de electricidad. Tema 7- Conocimientos sobre herramientas y materiales de fontanería.
Tema 8- Conocimientos sobre herramientas y materiales para mantenimiento de maquinaria.
Tema 9- Conocimientos de protección civil y extinción de incendios. Tema 10- Conocimientos en seguridad y salud en el trabajo. Tema 11- Alcampell como municipio. El término municipal.
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Alcampell, 7 de julio de 2015. El Alcalde-Presidente, Josep Anton Chauvell Larrégola