Unidad de Gestión Unidad de Gestión Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio Ministerio Ministerio de Educación de Educación de Educación de Educación PERÚ PERÚ PERÚ
PERÚ Área de GestiónÁrea de Gestión Inst
Instituciitucional -onal - FinanFinanzaszas
EUDA MONTESINOS BERNABEL EUDA MONTESINOS BERNABEL Especiali
Especialista en sta en Finanzas Finanzas ±± Ugel.02Ugel.02
Lima, Noviembre de 2009 Lima, Noviembre de 2009
Presupuesto
Presupuesto Analítico
Analítico de
de
Pe
El Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es unEl Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es un
documento de Gestión Institucional de carácter documento de Gestión Institucional de carácter anual, que considera las
anual, que considera las plazas plazas presupuestapresupuestadasdas
del personal docente y administrativo nombrado y del personal docente y administrativo nombrado y contratado, necesarias para el cumplimiento de las contratado, necesarias para el cumplimiento de las metas vinculadas al servicio educativo.
metas vinculadas al servicio educativo.
PlazaPlaza, es el cargo contemplado en el , es el cargo contemplado en el Cuadro para laCuadro para la
Asignaci
Asignación de Personal (CAP) ón de Personal (CAP) que cuenta con elque cuenta con el financiamiento deb
financiamiento debidamente previsto en el idamente previsto en el PresupuestoPresupuesto Institucional d
Institucional dentro del Grupo Genérico de entro del Grupo Genérico de Gasto 1: Gasto 1: PersonalPersonal y Obligaciones Sociales, conforme al Presupuesto Analítico y Obligaciones Sociales, conforme al Presupuesto Analítico de Pers
de Personal (PAonal (PAP).P).
Definición
Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio de Educación de Educación PERÚ
PERÚ Área de Gestión
Institucional - Finanzas
Cuadro para Asignación de
Personal - CAP
El Cuadro para Asignación de Personal (CAP),
es un documento de Gestión Institucional que
contiene los cargos clasificados de la Entidad en
base a a la estructura orgánica vigente prevista en
su Reglamento de Organización y funciones ROF.
(Art. 8º).
Diferencias
Cargo
Conjunto de funciones y
responsabilidades, desempeñado por una persona calificada.
Producto de una clasificación de
cargos.
Se consigna en el C AP.
Es la base para presupuestar la plaza. Puede ser asignado a personas de
diferente nivel remunerativo si tienen los requisitos, excepto los cargos del 1er. Nivel organizacional.
Plaza
Dotación presupuestal para pagar la
remuneración de la persona.
Lo establece una norma legal. Se incluye en el PAP.
Le da financiamiento al cargo, y
permite que sea convocado a concurso.
Identifica el nivel remunerativo de la
Base Legal
Ley Marco de la Administración Financiera del Sector
Público, aprobada por Ley Nº 28112.
Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
aprobado por Ley Nº 28411.
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2009, aprobada por Ley Nº 29289.
Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo
General.
Ley de Racionalización de los Gastos Públicos, aprobado
Base Legal
Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de
Educación modificada por la Ley Nº 26510.
Decreto Supremo Nº 016 ± 2005 ± ED, que dispone que
las instancias de Gestión Educativa Descentralizada que
tienen nivel de Unidad Ejecutora, deben utilizar en forma obligatoria los sistemas denominados SIRA, SUP y
NEXUS.
Directiva Nº 001-82-INAP/DNPP, Directiva para la
Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público.
LEY Nº 28411
LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO LEY Nº 28411, en su Segunda
Disposición Transitoria sobre el Presupuesto Analítico de
Personal señala:
³La Entidad mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al
Presupuesto Analítico de Personal ± PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal´.
LEY Nº 28411
³La cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el
Presupuesto Analítico de Personal ± PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y, en su caso de la Unidad Ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico 1: Personal y Obligaciones Sociales, para el período que dure el contrato y la relación laboral´.
Instructivo Nº 021-2009-ME/SPE-UP
El Presupuesto Analitico de Personal - PAP es un documento técnico normativo de gestión institucional, cuya finalidad es regular la estimación de los costos de personal, del número de plazas necesarias para un período determinado en función del Presupuesto aprobado (la disponibilidad presupuestal).
La elaboración del Presupuesto Analítico de Personal se hace tomando como base el Presupuesto Autorizado en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, el CAP aprobado y la
clasificación de cargos institucionales aprobados y vigentes.
El PAP, debe ser elaborado por el Area de Personal de la Unidad Ejecutora en estrecha coordinación con las Areas de Racionalización, Presupuesto y de los integrantes de la Comisión Técnica de Racionalización.
El PAP es un instrumento de naturaleza anual similar al período de vigencia de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.
El PAP solo puede ser modificado si a la vez se modifica el CAP y el presupuesto que lo financia,
siguiendo los procedimientos de modificaciones presupuestales que señala la Ley de Presupuesto y sus
Directivas.
Para la contratación de personal en planilla se deberá tomar en cuenta el PAP de la Unidad Ejecutora.
C ualquier modificación del PAP, que exceda el Grupo
Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales deberá en primera instancia tramitarse la modificación presupuestal correspondiente y obtener la aprobación en los niveles pertinentes, siguiendo los procedimientos señalados por la Ley de Presupuesto y Directivas
conexas.
Disposiciones Generales
Los Presupuestos Analíticos de Personal, se aprueban
anualmente en el nivel de Subprograma, Unidad de
Costeo y por Institución Educativa.
Son responsables de la elaboración del Presupuesto
Analítico de Personal (PAP), en las Unidades de Gestión Educativa Local del Pliego 010 Ministerio de Educación, la Comisión Técnica de Racionalización del Gasto de
cada una de las Unidades Ejecutoras.
La Dirección Regional de Educación es la responsable de
llevar a cabo las reasignaciones y/o reubicaciones entre las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima
Disposiciones Generales
Se encuentra prohibido consignar plazas dentro del
Presupuesto Analítico de Personal que carezcan de respaldo presupuestal en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales.
Los Presupuestos Analíticos de Personal son base
Disposiciones Especificas
Los Presupuestos Analíticos de Personal, de cada
ejercicio presupuestal, se elaborará sobre la base de
datos que contiene el Presupuesto Analítico de Personal del año anterior, actualizando sobre dicha base, los
diversos movimientos de personal que se ejecutaron con fecha posterior a su aprobación.
El numero de plazas docentes y administrativas
estrictamente necesarias para la Institución Educativa, que se consigne en el PAP, deberá ser asignada en
función a la carga docente establecida oficialmente por el MED.
Disposiciones Especificas
Para la formulación del PAP, es necesario registrar todos
los datos exigidos por el sistema SIRA. Dichos registros
deberán estar actualizados con la Estadística Básica:
Numero de alumnos matriculados, numero de alumnos existentes
según actas de evaluación, numero de secciones (en concordancia con el cuadro de secciones aprobado), aulas, bolsa de horas,
ambientes físicos, código de plaza, nombre del Director, Numero de DNI del personal, código modular de la Institución Educativa Pública, plazas excedentes identificados, entre otros.
Las plazas registradas en la base de datos del sistema
SIRA que forma parte del PAP, deberá tener
obligatoriamente la respectiva codificación en el sistema NEXUS, establecida por la Unidad de Personal del MED.
Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio de Educación de Educación PERÚ
PERÚ Área de Gestión
Institucional - Finanzas
¿Qué sucede normalmente en
una Unidad Ejecutora de
1. MESA PARTES
5. PLANIFICACIÓN 4. RACIONALIZACIÓN
3. PRESUPUESTO
2. PERSONAL
1. MESA PARTES
2. PLANIFICACIÓN 3. RACIONALIZACIÓN
4. PRESUPUESTO
5. PERSONAL
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