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Presupuesto Analitico de Personal 2009

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Unidad de Gestión Unidad de Gestión Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio Ministerio Ministerio de Educación de Educación de Educación de Educación PERÚ PERÚ PERÚ

PERÚ Área de GestiónÁrea de Gestión Inst

Instituciitucional -onal - FinanFinanzaszas

EUDA MONTESINOS BERNABEL EUDA MONTESINOS BERNABEL Especiali

Especialista en sta en Finanzas Finanzas ±± Ugel.02Ugel.02

Lima, Noviembre de 2009 Lima, Noviembre de 2009

Presupuesto

Presupuesto Analítico

Analítico de

de

Pe

(2)

 El Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es unEl Presupuesto Analítico de Personal (PAP), es un

documento de Gestión Institucional de carácter  documento de Gestión Institucional de carácter  anual, que considera las

anual, que considera las plazas  plazas presupuestapresupuestadasdas

del personal docente y administrativo nombrado y del personal docente y administrativo nombrado y contratado, necesarias para el cumplimiento de las contratado, necesarias para el cumplimiento de las metas vinculadas al servicio educativo.

metas vinculadas al servicio educativo.

 PlazaPlaza, es el cargo contemplado en el , es el cargo contemplado en el Cuadro para laCuadro para la

Asignaci

Asignación de Personal (CAP) ón de Personal (CAP) que cuenta con elque cuenta con el financiamiento deb

financiamiento debidamente previsto en el idamente previsto en el PresupuestoPresupuesto Institucional d

Institucional dentro del Grupo Genérico de entro del Grupo Genérico de Gasto 1: Gasto 1: PersonalPersonal y Obligaciones Sociales, conforme al Presupuesto Analítico y Obligaciones Sociales, conforme al Presupuesto Analítico de Pers

de Personal (PAonal (PAP).P).

Definición

(3)

Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio de Educación de Educación PERÚ

PERÚ Área de Gestión

Institucional - Finanzas

Cuadro para Asignación de

Personal - CAP

(4)

El Cuadro para Asignación de Personal (CAP),

es un documento de Gestión Institucional que

contiene los cargos clasificados de la Entidad en

base a a la estructura orgánica vigente prevista en

su Reglamento de Organización y funciones ROF.

(Art. 8º).

(5)

Diferencias

Cargo

 Conjunto de funciones y

responsabilidades, desempeñado por  una persona calificada.

 Producto de una clasificación de

cargos.

 Se consigna en el C AP.

 Es la base para presupuestar la plaza.  Puede ser asignado a personas de

diferente nivel remunerativo si tienen los requisitos, excepto los cargos del 1er. Nivel organizacional.

Plaza

 Dotación presupuestal para pagar la

remuneración de la persona.

 Lo establece una norma legal.  Se incluye en el PAP.

 Le da financiamiento al cargo, y

permite que sea convocado a concurso.

 Identifica el nivel remunerativo de la

(6)

Base Legal

 Ley Marco de la Administración Financiera del Sector 

Público, aprobada por Ley Nº 28112.

 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,

aprobado por Ley Nº 28411.

 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal

2009, aprobada por Ley Nº 29289.

 Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo

General.

 Ley de Racionalización de los Gastos Públicos, aprobado

(7)

Base Legal

 Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de

Educación modificada por la Ley Nº 26510.

 Decreto Supremo Nº 016 ± 2005 ± ED, que dispone que

las instancias de Gestión Educativa Descentralizada que

tienen nivel de Unidad Ejecutora, deben utilizar en forma obligatoria los sistemas denominados SIRA, SUP y

NEXUS.

 Directiva Nº 001-82-INAP/DNPP, Directiva para la

Formulación del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público.

(8)

LEY Nº 28411

LA LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO LEY Nº 28411, en su Segunda

Disposición Transitoria sobre el Presupuesto Analítico de

Personal señala:

³La Entidad mediante la Resolución de su Titular, aprueba las propuestas de modificaciones al

Presupuesto Analítico de Personal ± PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal´.

(9)

LEY Nº 28411

³La cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual laboral, prevista en el

Presupuesto Analítico de Personal ± PAP, se autoriza previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces y, en su caso de la Unidad Ejecutora respectiva, que garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico 1: Personal y Obligaciones Sociales, para el período que dure el contrato y la relación laboral´.

(10)

Instructivo Nº 021-2009-ME/SPE-UP

El Presupuesto Analitico de Personal - PAP es un documento técnico normativo de gestión institucional, cuya finalidad es regular la estimación de los costos de personal, del número de plazas necesarias para un período determinado en función del Presupuesto aprobado (la disponibilidad presupuestal).

La elaboración del Presupuesto Analítico de Personal se hace tomando como base el Presupuesto Autorizado en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales, el CAP aprobado y la

clasificación de cargos institucionales aprobados y vigentes.

(11)

El PAP, debe ser elaborado por el Area de Personal de la Unidad Ejecutora en estrecha coordinación con las Areas de Racionalización, Presupuesto y de los integrantes de la Comisión Técnica de Racionalización.

El PAP es un instrumento de naturaleza anual similar  al período de vigencia de la Ley Anual de Presupuesto del Sector Público.

El PAP solo puede ser modificado si a la vez se modifica el CAP y el presupuesto que lo financia,

siguiendo los procedimientos de modificaciones presupuestales que señala la Ley de Presupuesto y sus

Directivas.

(12)

Para la contratación de personal en planilla se deberá tomar en cuenta el PAP de la Unidad Ejecutora.

C ualquier modificación del PAP, que exceda el Grupo

Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales deberá en primera instancia tramitarse la modificación presupuestal correspondiente y obtener la aprobación en los niveles pertinentes, siguiendo los procedimientos señalados por la Ley de Presupuesto y Directivas

conexas.

(13)

Disposiciones Generales

 Los Presupuestos Analíticos de Personal, se aprueban

anualmente en el nivel de Subprograma, Unidad de

Costeo y por Institución Educativa.

 Son responsables de la elaboración del Presupuesto

 Analítico de Personal (PAP), en las Unidades de Gestión Educativa Local del Pliego 010 Ministerio de Educación, la Comisión Técnica de Racionalización del Gasto de

cada una de las Unidades Ejecutoras.

 La Dirección Regional de Educación es la responsable de

llevar a cabo las reasignaciones y/o reubicaciones entre las Unidades de Gestión Educativa Local de Lima

(14)

Disposiciones Generales

 Se encuentra prohibido consignar plazas dentro del

Presupuesto Analítico de Personal que carezcan de respaldo presupuestal en el Grupo Genérico de Gasto 1: Personal y Obligaciones Sociales.

 Los Presupuestos Analíticos de Personal son base

(15)

Disposiciones Especificas

 Los Presupuestos Analíticos de Personal, de cada

ejercicio presupuestal, se elaborará sobre la base de

datos que contiene el Presupuesto Analítico de Personal del año anterior, actualizando sobre dicha base, los

diversos movimientos de personal que se ejecutaron con fecha posterior a su aprobación.

 El numero de plazas docentes y administrativas

estrictamente necesarias para la Institución Educativa, que se consigne en el PAP, deberá ser asignada en

función a la carga docente establecida oficialmente por el MED.

(16)

Disposiciones Especificas

 Para la formulación del PAP, es necesario registrar todos

los datos exigidos por el sistema SIRA. Dichos registros

deberán estar actualizados con la Estadística Básica:

 Numero de alumnos matriculados, numero de alumnos existentes

según actas de evaluación, numero de secciones (en concordancia con el cuadro de secciones aprobado), aulas, bolsa de horas,

ambientes físicos, código de plaza, nombre del Director, Numero de DNI del personal, código modular de la Institución Educativa Pública, plazas excedentes identificados, entre otros.

 Las plazas registradas en la base de datos del sistema

SIRA que forma parte del PAP, deberá tener 

obligatoriamente la respectiva codificación en el sistema NEXUS, establecida por la Unidad de Personal del MED.

(17)

Unidad de Gestión Unidad de Gestión Educativa Local Nº 02 Educativa Local Nº 02 Ministerio Ministerio de Educación de Educación PERÚ

PERÚ Área de Gestión

Institucional - Finanzas

¿Qué sucede normalmente en

una Unidad Ejecutora de

(18)

1. MESA PARTES

5. PLANIFICACIÓN 4. RACIONALIZACIÓN

3. PRESUPUESTO

2. PERSONAL

(19)

1. MESA PARTES

2. PLANIFICACIÓN 3. RACIONALIZACIÓN

4. PRESUPUESTO

5. PERSONAL

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20

G R A C I A S

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