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3.4. DESARROLLO...................................................................................................2 3.3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA..............................................................2 3.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN..................

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(1)

ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR: APROBADO POR:

Comisión de Calidad de la Facultad de Biología

Vicerrectorado de Calidad y

Planificación Comisión Permanente Consejo de Gobierno

Fecha: 4/2/2011 Fecha: Fecha: 7/2/2011 Fecha:

ÍNDICE

3.1. OBJETO... 2

 

3.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN ... 2

 

3.3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA ... 2

 

3.4. DESARROLLO ... 2

 

3.4.1. Equipo de Dirección ...2 

3.4.2. Comisión de Calidad del Centro (CCC) ...3 

3.4.3. Responsable de Calidad del Centro (RCC) ...4 

3.4.4 Comisión/es de Título/s ...5 

3.4.5 Coordinador de Título (CT) ...7 

Historial de revisiones

Versión Fecha Modificación realizada

00 Comision Calidad

Junta Facultad: 26/05/2010 Consejo Gobierno: 27/05/2010

Versión inicial

01 Comisión Calidad:4/2/2011

Comisión permanente: 7/2/2011 Se revisó el texto y se realizaron las modificaciones e inclusiones pertinentes en

relación con el informe provisional de evaluación

(2)

3.1. OBJETO

El objeto de este capítulo es indicar la estructura que la Facultad de Biología ha establecido para lograr el desarrollo y cumplimiento de los objetivos marcados en su Sistema de Garantía Interna de la Calidad.

3.2. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Todas las titulaciones que se imparten en la Facultad de Biología y todas las personas (docentes y de apoyo) del mismo.

3.3. DOCUMENTACIÓN DE REFERENCIA

 Normativa general estatal, autonómica y de la USC.

 Manual del SGIC y procesos asociados.

 Memoria del Grado en Biología

 Reglamento de Régimen Interno de la Facultad de Biología

 Memorias de los Másteres adscritos a la Facultad de Biología

3.4. DESARROLLO

3.4.1. E

QUIPO DE

D

IRECCIÓN

El Decano/a, como principal responsable, actúa como corresponde a la Dirección de cualquier organización comprometida con el desarrollo, establecimiento, revisión y mejora de un sistema de gestión de la calidad.

Respecto al SGIC, las funciones principales son las siguientes:

 Firmar y difundir la política y objetivos de calidad del Centro.

 Liderar el desarrollo, la implantación, revisión y mejora del SGIC del Centro.

 Nombrar al Responsable de Calidad del Centro, siempre que lo considere oportuno.

(3)

 Proponer a la Junta de Facultad para su aprobación la composición de la Comisión de Calidad del Centro.

 Garantizar el buen funcionamiento del SGIC del Centro.

 Informar a todo el personal del Centro del SGIC y de los cambios que en él se realicen.

 Garantizar que todo el personal del Centro tenga acceso a los documentos del SGIC que les sean de aplicación.

 Informar a la Junta de la Facultad de los trabajos y acuerdos de la Comisión de Calidad.

 Presentar a la Junta de la Facultad, para su aprobación, el informe de resultados del sistema, el informe de seguimiento y propuestas de mejora.

 Presentar a la Junta de la Facultad, para su aprobación, la memoria del/los título/s de grado y propuestas de mejora.

3.4.2. C

OMISIÓN DE

C

ALIDAD DEL

C

ENTRO

(CCC)

La Comisión de Calidad del Centro (CCC) es un órgano que participa en las tareas de planificación, desarrollo y seguimiento del SGIC de la Facultad de Biología, actuando además como medio de difusión interna del Sistema y de sus logros.

MIEMBROS DE LA CCC

Decano/a (presidente/a)

Responsable de Calidad del Centro (RCC)

Coordinador/a de Titulación/es

Gestor/a de Centro o persona que designe el Decano/a del Centro Dos profesores/as

1 alumno/a (preferiblemente alumno/a-tutor/a)

La CCC se reunirá con la periodicidad marcada en su planificación, levantará acta de cada una de las sesiones y hará públicos los análisis y las decisiones tomadas en el seno de la misma.

(4)

Entre las funciones principales de la CCC destacamos las siguientes:

 Realizar el diseño, la implantación, el seguimiento y mejora del SGIC en el Centro.

 Elaborar la Memoria de Calidad del Centro que englobará distintos informes y memorias:

 Informe de resultados del sistema, que incluye la propuesta del plan de mejoras del centro para el curso siguiente.

 Informe del seguimiento de la implantación del SGIC y sus propuestas de mejora.

 Memoria del Titulo/s que incluye las propuestas de mejora1.

3.4.3. R

ESPONSABLE DE

C

ALIDAD DEL

C

ENTRO

(RCC)

El Decano/a de la Facultad de Biología asume personalmente las funciones relacionadas a continuación o bien puede nombrar a un/a Responsable de Calidad de la Facultad de Biología (RCC) entre los miembros del equipo de Dirección. Con independencia de otras funciones que se le asignen en el momento de su nombramiento, las funciones básicas del RCC pueden concretarse en:

 Coordinar el funcionamiento de la CCC.

 Trasladar a la CCC y a la Comisión/es de Título/s la información sobre resultados de aprendizaje, inserción laboral, satisfacción de los grupos de interés, así como de cualquier otra relacionada con resultados que pueda afectar a la calidad de la formación.

 Realizar propuestas a la CCC para mejorar el SGIC en el Centro.

 Ser el interlocutor/a con el Área de Calidad y mejora de los procedimientos del Vicerrectorado con competencias en calidad y planificación.

 Atender las indicaciones y requerimientos dados por el Coordinador de Calidad del SGIC de la USC para implantar los ajustes y mejoras del SGIC en los Centros aprobados por la Comision de Calidad Delegada del Consello de Goberno.

 Dirigir la elaboración de la Memoria de Calidad del Centro.

1La elaboración de la memoria anual del título y las propuestas de mejora corresponderá a la Comisión del Título en caso de estar constituida.

(5)

3.4.4 C

OMISIÓN

/

ES DE

T

ÍTULO

/

S

En los casos en que se considere necesario, se podrá proponer la creación de una o varias Comisiones de Títulos2. Formarán parte de ella, el Decano/a, el Responsable de Calidad del Centro, el Coordinador/a del Título, así como otros miembros que proponga el Decano/a, en el caso de Comisión de Título de Grado, o el Coordinador de Título, en el caso de Comisión de Título de Máster.

COMISIÓN DE TÍTULO DE GRADO EN BIOLOGÍA

El Reglamento de Régimen Interno de la Facultad de Biología le otorga a la Comisión de Docencia, delegada de la Junta de Facultad, todas las competencias que, para la Comisión de Título, le asigna el SGIC de la USC. Asi pues, y de acuerdo también a lo recogida en la Memoria del Grado de Biología, la Comisión de Docencia actuará a todos los efectos como la Comisión de Grado de Biología (Disponible en el apartado

“Normativa” de la web: http://www.usc.es/gl/centros/bioloxia/index.jsp

Como se recoge en el artículo 30 del reglamento interno de la facultad de Biología (Aprobado por la Junta de Facultad del 21 de Enero de 2010 y ratificado por el Consejo de Gobierno el 17 de febrero de 2010):

La Comisión de Docencia estará formada por:

- El decano, o miembro del equipo decanal en quien delegue, que la preside y la convoca.

- El secretario de la facultad, que lo será también de esta comisión.

- 11 profesores como máximo siendo 1 representante del profesorado por cada área de conocimiento con docencia en la facultad

- 5 representantes del alumnado de 1º o 2º ciclo.

- 1 representante del alumnado de 3º ciclo.

- 1 representante del personal de administración e servicios.

- El gestor académico si fuese miembro de la Junta de Facultad, si no fuese así podrá asistir con voz pero sin voto.

2La Comisión del Título puede equivaler a la comisión redactora o académica del título que asume además las funciones de seguimiento y mejora. En caso de que exista una comisión de redacción y otra de seguimiento y mejora deberá especificarse.

En los caso de postgrados interuniversitarios deberán estar representadas las universidades que comparten el título.

(6)

Como se recoge en el artículo 30 del reglamento interno de la Fac. de Biología (Aprobado por la Junta de Facultad del 21 de Enero de 2010 y ratificado por el Consejo de Gobierno el 17 de febrero de2010):

Entre sus funciones cabe destacar las siguientes:

Le corresponde a la Comisión de Docencia todo lo relacionado con el desarrollo de la actividad docente en el centro, excepto las resoluciones de validaciones y adaptaciones de estudios.

En particular realizará las siguientes funciones:

a) Informar sobre cualquier conflicto que se pueda presentar en el desarrollo de la docencia.

b) Asesorar al decano sobre las reclamaciones del alumnado a las calificaciones académicas. Para su resolución se atenderá a lo dispuesto en el artículo 128 de los Estatutos de la USC y a las directrices generales referentes al tema.

c) Informar sobre el plan docente anual y los planes de organización docente presentados por los departamentos. Este informe será presentado por el decano a la Junta de Facultad.

d) Conocer e informar sobre el calendario de exámenes y el horario de clases.

e) Conocer e informar sobre la programación de las materias correspondientes a las titulaciónes radicadas en la Facultad. En particular atenderá a la coordinación y a la adecuación de los programas a los objetivos de la titulación.

f) Analizar y promover la mejora de la calidad de docencia y los métodos de evaluación.

g) Elaborar o modificar el proyecto de reglamento para la obtención del Grado de Licenciado, que será sometido a la aprobación del Pleno de la Junta de Facultad.

h) Estudiar las solicitudes de dispensa de asistencia a clase por parte de los alumnos e informar al decano sobre su resolución.

i) Elaborar o modificar el reglamento del Aula de Informática y supervisar su funcionamiento.

l) Supervisar y coordinar el funcionamiento y seguridad de los laboratorios de prácticas.

m) Velar por el cumplimiento de la normativa legal sobre experimentación en seres vivos en el desarrollo de la docencia.

n) Calquier otra función relacionada con la docencia que sea competencia de la Junta de Facultad y que esta delegue en la comisión de docencia.

COMISIONES DE TÍTULOS DE MÁSTER A) Comisión Académica Master en Neurociencia

(7)

B) Comisión Académica Master en Acuicultura

C) Comisión Académica Master en Biodiversidad y Conservación del Medio Natural D) Comisión Académica Master en Medio Ambiente y Recursos Naturales

La composición das Comisiones Académicas de los Másteres esta recogida en la Resolución rectoral del 2 de abril de 2007, por la que se desarrolla el Reglamento de estudios oficiales de posgrado (http://www.usc.es/gl/normativa/).

3.4.5 C

OORDINADOR DE

T

ÍTULO

(CT)

Será responsable de la Comisión del Título. Entre sus funciones en relación con el SGIC cabe destacar las siguientes:

 Velar para que los procedimientos relativos a la titulación sean realizados según las directrices establecidas por el SGIC.

 Presentar a la Comisión de Calidad delegada del Consello de Goberno la memoria del/los título/s de máster para su evaluación, previo informe del órgano colegiado al que esté adscrito el título.

 Recopilar, junto con el RCC, todos los datos necesarios para que la Comisión de Calidad del Centro/Comisión Título pueda realizar los diferentes análisis de seguimiento del título, establecer planes de mejora o de modificación del Título.

 Velar por la implantación de las mejoras de la titulación aprobadas.

 Informar a la CCC de las actuaciones de la Comisión de Titulo: seguimiento del Título, valoración de su eficacia y propuesta del plan de mejora.

Referencias

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