Centro Universitario del Sur
Rectoría
EL CENTRO UNIVERSITARIO DEL SUR CONVOCA
A los estudiantes de Pregrado del Centro Universitario del Sur a participar en el Programa de apoyo para Prácticas Profesionales Nacionales con Recursos PFCE, Promoción 2017, de conformidad con las siguientes bases:
CAPITULO I. DE LOS BENEFICIOS
Artículo 1. El programa beneficiará económicamente a estudiantes con un alto grado de compromiso y capacidad, interesados en participar en una experiencia de prácticas profesionales nacionales.
Artículo 2. El alumno beneficiado recibirá un apoyo económico por única ocasión de $3,500 para cubrir los gastos de transporte nacional, alimentación y hospedaje, durante la realización de las prácticas profesionales en el país, en los estados de Colima, Michoacán y algunos municipios de Jalisco.
Artículo 3. Se dará preferencia a los estudiantes que reciban este apoyo por primera vez, quedando los recursos sobrantes para aquellos que por segunda ocasión participan en este programa.
Artículo 4. Se beneficiará a 15 estudiantes de los diferentes Programas Educativos.
CAPITULO II. DE LOS REQUISITOS
Artículo 5. Tienen derecho a participar los estudiantes de Pregrado inscritos en el Centro Universitario del Sur de la Universidad de Guadalajara, que hayan cubierto los requisitos señalados en el plan de estudios de su programa de estudios para realizar prácticas profesionales y, que presenten solicitud de incorporación al programa reuniendo los siguientes requisitos:
a) Ser estudiante ordinario regular del Centro Universitario del Sur; b) Tener un promedio global mínimo de 80;
c) Haber sido aceptado por alguna institución con la que se tenga convenio para realizar prácticas profesionales;
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e) Realizar la estancia de prácticas profesionales en cualquiera de las siguientes entidades:
a. Universidades o instituciones de educación superior; b. Ayuntamientos o dependencias gubernamentales;
c. Empresas donde existe un convenio previo con el CUSur o empresas de las cuales se tenga evidencia de dos referencias positivas por parte de personal universitario;
f) Contar con la aprobación del Coordinador de Carrera respectivo;
g) Realizar las prácticas profesionales durante el periodo de febrero al 15 de septiembre de 2017;
h) Que la duración de la estancia sea la mínima establecida por cada programa educativo;
i) No podrán participar los alumnos que hayan renunciado a un intercambio académico una vez que fueron aceptados por la institución de destino, por causas que no se consideren de fuerza mayor; y
j) Haber sido dictaminado favorablemente para gozar de la beca por la Comisión de Condonaciones y Becas del Consejo del Centro Universitario del Sur. Artículo 6. La adscripción de los estudiantes en este Programa estará vigente durante el tiempo que dure su estancia de prácticas profesionales, recibiendo el apoyo económico en una sola emisión, una vez que hayan concluido los trámites necesarios para recibir el apoyo.
CAPITULO III. DE LOS DOCUMENTOS PROBATORIOS
Artículo 7. La solicitud deberá presentarse en el formato oficialmente establecido, acompañada de los siguientes documentos:
1) Kárdex del solicitante expedido por la Coordinación de Control Escolar donde se certifique el promedio y la situación escolar del alumno;
2) Copia de la carta de aceptación de la Institución de destino;
3) Aval del Coordinador de Carrera donde se especifique que las prácticas profesionales se realizarán conforme al plan de estudios de la carrera;
4) Dos cartas de recomendación expedidas por profesores del CUSur. 5) Copia de identificación oficial;
6) Copia de credencial de estudiante;
7) Comprobante de domicilio reciente (no más de 2 meses de expedición); 8) Comprobante de ingresos (de la persona de la que depende económicamente
el estudiante), y
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CAPITULO IV. DEL PROCEDIMIENTO
Artículo 8. El aspirante deberá entregar la solicitud y los documentos probatorios en la Unidad de Becas e Intercambios del Centro Universitario del Sur, a partir de la publicación de esta convocatoria y hasta agotar recursos, en el horario de 10 a las 14 horas.
Artículo 9. La Unidad de Becas e Intercambios del Centro universitario del Sur, remitirá mediante oficio los expedientes completos de los solicitantes a la Secretaría Académica, misma que los turnará a la Comisión de Condonaciones y Becas, para su dictaminación.
Artículo 10. La Comisión de Condonaciones y Becas, evaluará los expedientes de los concursantes y, hecho lo anterior, emitirá las resoluciones correspondientes y publicará los resultados de la convocatoria a través de la Unidad de Becas e Intercambios.
Artículo 11. La evaluación emitida por la Comisión de Condonaciones y Becas será inapelable.
Artículo 12. El apoyo económico se entregará al beneficiado a través de la Coordinación de Finanzas del Centro Universitario del Sur, por medio de transferencia interbancaria, presentando la documentación necesaria.
CAPITULO V. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Artículo 13. Los estudiantes que participen en el Programa de apoyo para Prácticas Profesionales Nacionales PFCE, Promoción 2017, tendrán las siguientes obligaciones y derechos:
I. DE LAS OBLIGACIONES:
a. Tramitar su aceptación para realizar prácticas profesionales en una institución o empresa;
b. Realizar sus prácticas profesionales nacionales en el periodo autorizado por la Comisión de Condonaciones y Becas;
c. Remitir a la Secretaria Académica del Centro Universitario del Sur, un informe de sus actividades y sus prácticas realizadas durante su estancia, avalado por la institución o empresa donde las realice;
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d. Reintegrarse al Centro Universitario del Sur al finalizar su periodo de prácticas;
e. Entregar en la Unidad de Becas e lntercambios y al Coordinador de Carrera respectivo, copia de la carta de término de prácticas emitida por la Institución o empresa en que las llevó a cabo;
f. En caso de no cumplir con las obligaciones anteriores, el estudiante deberá reembolsar el monto de la beca otorgada dentro del término que la Comisión de Condonaciones y Becas del Centro Universitario del Sur determine.
II. DE LOS DERECHOS
a. Recibir de la Universidad de Guadalajara, el apoyo económico, por única emisión, acordado en el Programa de apoyo para Prácticas Profesionales Nacionales con Recursos PFCE, Promoción 2017.
CAPITULO VI. DE LA CANCELACION DEL BENEFICIO Artículo 14. El apoyo económico será cancelado en los siguientes casos:
I. Muerte del estudiante;
II. Renuncia expresa del participante;
III. No realizar las prácticas profesionales acordadas;
IV. El abandono de sus estudios;
V. Haber obtenido licencia o baja administrativa;
VI. Incumplir las obligaciones convenidas en la presente convocatoria; y
VII. Por suspensión o terminación del Programa.
Artículo 15.- En los casos previstos en las fracciones del artículo anterior, bastará con que el titular de la Unidad de Becas e Intercambios comunique el hecho relativo a la Secretaría Académica, acompañando copia del documento idóneo que acredite la causal respectiva, para que se ordene la cancelación de la beca. Lo anterior, deberá notificarse por la Unidad de Becas e Intercambios a la Comisión de Condonaciones y Becas del Consejo del Centro Universitario del Sur, misma que de manera automática procederá a la asignación del apoyo correspondiente a otro estudiante que se encuentre en lista de espera, que cubra los requisitos establecidos, y que no fue beneficiado debido a la insuficiencia de recursos económicos disponibles para el Programa.
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CAPITULO VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Artículo 16.- Todo lo no previsto en la presente convocatoria será resuelto por la Comisión de Condonaciones y Becas del Consejo del Centro Universitario del Sur.
A T E N T A M E N T E “Piensa y Trabaja”
Ciudad Guzmán, Jalisco; 22 de febrero de 2017
Doctor Ricardo Xicoténcatl García Cauzor Rector