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curso académico 2007/2008

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para la

matriculación de

estudiantes

curso académico 2007/2008

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Pol. Ind. Alameda, nº 14-16 – Málaga Telf. 952 32 85 97 Fax: 952 32 85 97 www.imagraf.net • e-mail: [email protected] depósito legal: MA-1.146-2007

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indice

Página nº

1. Normas generales ... 9

2. Procedimiento a seguir para la matriculación ... 12

3. Documentación a presentar ... 15

4. Liquidación y pago de precios públicos ... 17

5. Plazos ... 25

6. Anulación de matrícula... 25

7. Ampliación de matrícula ... 26

8. Requisitos mínimos de matrícula exigibles a los solicitantes de beca (convocatoria M.E.C.) ... 26

9. Reconocimiento de estudios por convalidación, adaptación o equivalencia ... 30

10. Calendario Académico Oficial ... 37

11. Planes de Estudios: ... 39

Facultad de Bellas Artes: ... 39

– Licenciado en Bellas Artes ... 39

Facultad de Ciencias: ... 41

– Licenciado en Biológicas ... 41

– Licenciado en Matemáticas ... 45

– Licenciado en Química ... 48

– Ingeniero Químico ... 51

– Licenciado en Ciencias Ambientales... 55

Facultad de Ciencias de la Comunicación:... 62

– Licenciado en Comunicación Audiovisual ... 62

– Licenciado en Periodismo ... 65

– Licenciado en Publicidad y Relaciones Públicas ... 68

Facultad de Ciencias de la Educación: ... 73

– Licenciado en Pedagogía ... 73

– Licenciado en Psicopedagogía ... 76

– Maestro en Audición y Lenguaje ... 80

– Maestro en Educación Especial ... 83

– Maestro en Educación Física ... 85

_ Maestro en Educación Infantil... 88

– Maestro en Educación Musical ... 90

– Maestro en Educación Primaria... 93

– Maestro en Lengua Extranjera ... 95

Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales: ... 99

– Licenciado en Administración y Dirección de Empresas ... 99

– Licenciado en Economía ... 102

– Diplomado en Gestión y Administración Pública ... 106

– Licenciado en Ciencias Actuariales y Financieras ... 107

Facultad de Derecho: ... 112

– Licenciado en Derecho ... 112

Facultad de Estudios Sociales y del Trabajo: ... 114

– Diplomado en Relaciones Laborales ... 114

– Diplomado en Trabajo Social ... 116

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Facultad de Filosofía y Letras: ... 121

– Licenciado en Filología Inglesa ... 121

– Licenciado en Filología Hispánica ... 125

– Licenciado en Filología Clásica ... 130

– Licenciado en Historia ... 135

– Licenciado en Historia del Arte ... 138

– Licenciado en Geografía ... 141

– Licenciado en Filosofía ... 145

– Licenciado en Traducción e Interpretación ... 148

Facultad de Medicina: ... 160

– Licenciado en Medicina ... 160

– Licenciado en Medicina y Cirugía (a extinguir) ... 164

Facultad de Psicología: ... 166 – Licenciado en Psicología ... 166 – Diplomado en Logopedia ... 169 Escuela Técnica Superior de Arquitectura: ... 172 – Arquitecto ... 172 Escuela Técnica Superior de Ingenieros Industriales: ... 175 – Ingeniero Industrial ... 175 – Ingeniero en Electrónica ... 180

– Ingeniero en Automática y Electrónica Industrial ... 182

– Ingeniero en Organización Industrial ... 184

Escuela Técnica Superior de Ingeniería Informática: ... 188

– Ingeniero en Informática ... 188

– Ingeniero Técnico en Informática de Gestión ... 195

– Ingeniero Técnico en Informática de Sistemas ... 199

Escuela Técnica Superior de Ingenieros en Telecomunicación: ... 203

– Ingeniero en Telecomunicación ... 203

– Ingeniero Técnico en Telecomunicacion: ... 208

Especialidad de Sistemas de Telecomunicación ... 208

Especialidad de Sonido e Imagen ... 210

Especialidad de Sistemas Electrónicos ... 212

Escuela Universitaria de Ciencias de la Salud: ... 215

– Diplomado en Enfermería ... 215

– Diplomado en Fisioterapia ... 216

– Diplomado en Podología ... 218

– Diplomado en Terapia Ocupacional ... 220

Escuela Universitaria de Estudios Empresariales: ... 222

– Diplomado en Ciencias Empresariales ... 222

Escuela Universitaria Politécnica: ... 225

– Ingeniero Técnico Industrial: Especialidad de Electricidad ... 225

– Ingeniero Técnico Industrial: Especialidad de Electrónica Industrial ... 227

– Ingeniero Técnico Industrial: Especialidad de Mecánica ... 229

– Ingeniero Técnico en Diseño industral ... 231

Escuela Universitaria de Turismo: ... 234

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CENTROS ADSCRITOS Escuela Universitaria de Enfermería “Diputación Provincial” ... 237 – Diplomado en Enfermería ... 237 Escuela Universitaria de Enfermería “Vírgen de la Paz” –Ronda– ... 239 – Diplomado en Enfermería ... 239 Escuela Universitaria de Magisterio “María Inmaculada” –Antequera– ... 241

– Maestro en Educación Infantil... 241

– Maestro en Lengua Extranjera ... 244

– Maestro en Educación Física ... 247

– Maestro en Educación Especial ... 250

– Maestro en Educación Primaria... 253

– Maestro en Educación Musical ... 256

Anexos: Nº 1. Oferta de asignaturas para “libre configuración curricular” ... 261

Nº 2. Estadística universitaria del curso académico 2007-2008 ... 305

Nº 3. Impreso para la inscripción en la Plataforma del Voluntariado ... 307

Nº 4. Impreso para la solicitud de prestaciones financieras en el carné universitario (Unicaja) ... 309

Impreso para la solicitud de prestaciones financieras en el carné universitario (Banco de Santander) ... 311

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1. normas generales

Quienes deseen matricularse en alguno de los Centros de la Universidad de Málaga, o adscritos a la misma, para cursar, durante el año académico 2007/2008, enseñanzas de primer y/o segundo ciclo conducentes a títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, deberán presentar la documentación que más adelante se indica, de acuerdo con el procedimiento y en el plazo que igualmente se establecen, siempre y cuando se encuentren, de acuerdo con la normativa vigente, en disposición de poder efectuar dicha matrícula.

Matriculación obligatoria.

Los estudiantes que formalicen por primera vez su matrícula en una titulación deberán hacerlo, como mínimo, del total de créditos correspondientes a la carga lectiva asignada al primer curso en el respectivo plan de estudios o, de no estar especificada la misma, al menos de sesenta créditos.

Quedan exceptuados de dicha obligación de matrícula mínima quienes tengan derecho al reconoci-miento de asignaturas o créditos, correspondientes a las enseñanzas a las que accede por primera vez, como resultado de la adaptación de asignaturas superadas en la Universidad de Málaga en los respecti-vos planes de estudios a extinguir (dicha adaptación se entenderá solicitada mediante la formalización de la citada matrícula, la cual podrá efectuarse sin necesidad de efectuar preinscripción alguna).

Los alumnos que inicien los estudios conducentes a una “doble titulación” deberán hacerlo del conjunto de asignaturas, de las dos titulaciones implicadas, que se indique en la correspondiente programación docente (ver capítulo nº 11).

Límites de matriculación.

Sin perjuicio de lo indicado en el apartado anterior, los estudiantes podrán formalizar matrícula en todas las asignaturas que deseen, con independencia del curso al que éstas correspondan, teniendo en cuenta que el derecho a examen y evaluación de las asignaturas matriculadas quedará limitado a las incompatibilidades académicas derivadas de los respectivos planes de estudios. No obstante, la matriculación en asignaturas sujetas a régimen de incompatibilidad o de prerrequisito se encuentra condicionada, según las exigencias de los respectivos planes de estudios, a haber superado la o las asignaturas exigidas, o a formalizar también, al mismo tiempo, la matriculación en éstas.

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 de los Estatutos de la Universidad de Málaga, los límites de matriculación derivados del establecimiento de normas de permanencia y progreso de los estudiantes serán únicamente los que, en su caso, determine el Consejo Social de dicha Universidad, previo informe del Consejo de Universidades, de acuerdo con las características de los respectivos estudios.

Matriculación en asignaturas para la “libre configuración curricular”

La adjudicación de las plazas correspondientes a asignaturas ofertadas para la libre configuración del currículo del estudiante, se efectuará atendiendo exclusivamente al criterio del orden temporal en la formalización de la matrícula (de acuerdo, en su caso, con las medidas organizativas que se establezcan por los centros), sin que en ningún caso el haber cursado en años anteriores la correspon-diente asignatura, sin haberla superado, conlleve derecho alguno para dicha adjudicación. A los citados efectos, los alumnos que hayan superado en el curso académico 2006/2007, con anterioridad a la convocatoria de septiembre, la totalidad de las asignaturas matriculadas en dicho curso, dispondrán de un plazo para formalizar su matrícula que será anterior en el tiempo al que dispondrán el resto de los alumnos.

Consecuentemente, la matrícula en asignaturas con limitación del número de plazas ofertadas para la libre configuración del currículo del estudiante, únicamente será posible en el supuesto de que exista plaza vacante en el momento de formalización de dicha matrícula. Por ello, y ante la posibilidad de que en dicho momento se hayan agotado las plazas correspondientes a la asignatura deseada, se recomienda a los interesados tengan previstas otras asignaturas alternativas en las que efectuar su matrícula.

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En ningún caso el estudiante podrá elegir para la citada libre configuración de su curriculum mate-rias cuyo contenido sea idéntico o muy similar al de las matemate-rias contenidas en el plan de estudios de la respectiva titulación, que deba cursar obligatoriamente o que se encuentren sujetas a prerrequisitos o incompatibilidades. A estos efectos, los diferentes itinerarios intracurriculares previstos, en su caso, en los planes de estudios serán considerados como titulaciones diferentes.

El procedimiento descrito anteriormente será también de aplicación para la matrícula en las asig-naturas ofertadas dentro del “Campus Andaluz Virtual”, para la libre configuración curricular, que se indican en el Anexo nº 1 a la presente.

Matriculación de estudiantes que trasladen su expediente académico.

Los estudiantes que deseen continuar en la Universidad de Málaga los mismos estudios ya inicia-dos en otro centro universitario deberán solicitar previamente el traslado de su expediente académico mediante escrito dirigido al Decano o Director del centro donde quieren formalizar su matrícula, excepto para los estudios de Diplomado Universitario en Enfermería que se solicitará mediante escrito dirigido al Vicerrector de Estudiantes de la Universidad de Málaga.

Los estudiantes a quienes se conceda el traslado de su expediente académico formalizarán su matrícula sin que se les contabilicen como convocatorias agotadas en el respectivo centro y titulación de la Universidad de Málaga ninguna de las utilizadas en el centro de procedencia.

La matrícula que formalicen los estudiantes de nuevo ingreso que trasladen su expediente mico, quedará condicionada a la recepción y comprobación de la correspondiente certificación acadé-mica oficial objeto de traslado. Consecuentemente, la resolución de aceptación o denegación definitiva de la matrícula se deberá dictar y notificar en el plazo de quince días a contar desde el momento en que se reciba la citada certificación académica.

Matriculación de estudiantes con estudios extranjeros convalidables.

Los estudiantes que deseen continuar en la Universidad de Málaga los estudios universitarios rea-lizados en Universidades extranjeras, deberán solicitar previamente su aceptación y la convalidación de dichos estudios, mediante escrito dirigido al Decano o Director del centro en el que desean formalizar su matrícula, al que deberán adjuntar la documentación exigida por la normativa en materia de conva-lidación de estudios extranjeros (ver capítulo 9).

Las solicitudes que resulten inicialmente estimadas deberán ser remitidas a la respectiva Comisión de Convalidaciones, Adaptaciones y Equivalencias para la emisión de informe sobre la convalidación solicitada, quedando condicionada la aceptación o denegación definitiva de las mismas al cumplimiento de uno de los dos siguientes requisitos.

a) La convalidación de un mínimo de sesenta créditos por la Comisión de Convalidaciones, Adaptaciones y Equivalencias del respectivo centro.

b) La convalidación de un mínimo de quince créditos por la Comisión de Convalidaciones, Adaptaciones y Equivalencias del respectivo centro, y la existencia de plaza vacante una vez finalizado completamente el proceso general de preinscripción para la adjudicación de plazas para alumnos de nuevo ingreso en la respectiva titulación, o la inexistencia de limitación en el número de dichas plazas.

Matriculación de estudiantes en trámite de homologación de estudios preuniversitarios extranjeros.

La matrícula que formalicen los estudiantes de nuevo ingreso que se encuentren en trámite de homologación de estudios preuniversitarios extranjeros quedará condicionada a la presentación por el interesado de la credencial acreditativa de la homologación que habilite para el acceso a los estu-dios correspondientes. Consecuentemente, la resolución de aceptación o denegación definitiva de la matrícula se deberá dictar y notificar en el plazo de quince días a contar desde el momento en que se produzca la citada presentación, sin que en ningún caso pueda efectuarse con posterioridad al 1 de septiembre de 2008.

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Matriculación de estudiantes ya titulados en los mismos estudios.

Los estudiantes que deseen formalizar matrícula en estudios correspondientes a una titulación de la Universidad de Málaga que ya hayan finalizado y solicitado la expedición del respectivo título, podrán hacerlo siempre que se trate de asignaturas no superadas, con docencia y pertenecientes al mismo plan de estudios cursado por el estudiante.

En ningún caso será posible la matriculación de estudiantes en unos estudios que ya hayan fina-lizado y solicitado la expedición del respectivo título, en asignaturas correspondientes a un plan de estudios diferente al cursado, salvo que dichas asignaturas se encuentren ofertadas como libre confi-guración curricular y sean cursadas con tal carácter como parte del plan de estudios original.

Matriculación de estudiantes fuera de su plazo reglamentario.

Las solicitudes de matrícula formuladas fuera de su plazo reglamentario serán resueltas por el Vicerrector de Estudiantes previa consulta al Decano o Director del respectivo centro sobre la incidencia en la organización académica de las enseñanzas.

Las matrículas formalizadas fuera de su plazo reglamentario deberán ser liquidadas por la totalidad de los precios públicos correspondientes, y únicamente generarán el derecho a la prestación de los servicios docentes posteriores al momento de su formalización.

Matriculación de estudiantes en proyectos fin de carrera.

Los estudiantes de la Universidad de Málaga que cursen enseñanzas conducentes a títulos uni-versitarios oficiales, cuyos planes de estudios exijan la realización de Proyectos Fin de Carrera, podrán formalizar su inscripción para dicha realización de acuerdo con los requisitos, y en los plazos, que establezca el Centro en el que vienen cursando dichas enseñanzas.

La realización por el interesado de la primera actuación prevista en el procedimiento establecido por el respectivo centro, de acuerdo con los requisitos exigidos al respecto, supondrá la posibilidad de aceptar el pago de los precios públicos por lectura y defensa del Proyecto Fin de Carrera.

La realización de dicho pago permitirá considerar al interesado como alumno oficial, a todos los efectos, del respectivo Centro de la Universidad de Málaga, durante un período de un año natural, renovable por otro más, a contar desde la fecha en que se produzca el citado pago.

Quienes adquieran la condición de alumnos de Proyecto Fin de Carrera, de acuerdo con lo dispues-to en los pundispues-tos anteriores, y cumplan los requisidispues-tos exigidos para ser beneficiarios del Seguro Escolar, podrán efectuar el pago de los precios públicos correspondientes para la cobertura de dicho Seguro durante el tiempo que conserven dicha condición.

Si el citado período de tiempo abarca más de un curso académico, será necesario practicar tantas liquidaciones e ingresos de precios públicos como cursos académicos resulten afectados.

La lectura y defensa del Proyecto Fin de Carrera, supondrá la pérdida de la condición de alumno de la Universidad de Málaga por tal concepto.

Cualquier cambio en los elementos definitorios de un Proyecto Fin de Carrera ya matriculado (Título, Director, etc...) no alterará el cómputo del período de inscripción ya transcurrido, a los efectos previstos en los puntos anteriores.

Matriculación de estudiantes que vayan a cursar estudios en otra Universidad dentro de programas o convenios de movilidad.

Los estudiantes de la Universidad de Málaga que vayan a cursar estudios en otras universidades, españolas o extranjeras, dentro de un programa de movilidad o como consecuencia de un convenio suscrito por dicha Universidad, formalizarán su matrícula en un determinado número de créditos, de acuerdo con las previsiones del respectivo compromiso previo de reconocimiento académico, sin espe-cificar asignaturas concretas (excepto para planes de estudios no estructurados en créditos, en los que la correspondiente matrícula deberá hacerse en asignaturas).

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La matrícula formalizada de acuerdo con las previsiones del punto anterior se adecuará poste-riormente al contenido definitivo del respectivo “compromiso previo de reconocimiento”, recogiendo las asignaturas que figuren en éste. En su caso, el exceso de créditos matriculados con respecto al mencionado contenido definitivo podrá ser sustituido por asignaturas que puedan ser cursadas y/o evaluadas en el curso académico de referencia siempre que ello no suponga una alteración de la orde-nación académica del centro a juicio del Decano o Director del mismo, o se podrá solicitar la devolución de los correspondientes precios públicos.

Matriculación de estudiantes en “dobles titulaciones”.

Los estudiantes que accedan a una “doble titulación” en la Universidad de Málaga, formalizarán su matrícula en las correspondientes asignaturas de cada uno de los dos planes de estudios implicados, de acuerdo con la respectiva programación docente (ver capítulo nº 11), y dispondrán de expediente académico en cada una de las dos titulaciones.

Asignación de grupos de docencia.

Cuando se trate de asignaturas en las que exista más de un grupo de docencia, la distribución de los alumnos matriculados entre los respectivos grupos de docencia se efectuará por los correspondien-tes Centros de acuerdo con los criterios fijados al respecto por éstos. A tal efecto, y como información a ser considerada en aquellos Centros donde ello sea posible, los alumnos podrán indicar en el momento de su matrícula (en la modalidad de matriculación presencial en Secretaría o en la telefónica) cuál es el grupo de docencia deseado para cada asignatura matriculada, comunicando la referencia del grupo indicada en los correspondientes horarios de clases publicados por el respectivo Centro, o en su defec-to indicando el turno general de horario deseado -mañana o tarde-.

Expedición del carné de estudiante.

El carné de estudiante será confeccionado por la entidad financiera (Unicaja o Banco de Santander) en la que el alumno efectúe el primer pago, o pago único en su caso, de los precios públicos correspon-dientes a la matrícula formalizada (en el caso de pagos por domiciliación bancaria, el interesado deberá indicar cual de las dos citadas entidades financieras desea que confeccione su carné de estudiante).

No será necesario cumplimentar ningún impreso adicional para la expedición del carné de estudian-te, salvo que se desee que éste tenga prestaciones financieras en cuyo caso se debe cumplimentar el impreso que figura como anexo nº 4 a la presente (el correspondiente a la entidad financiera elegida) y entregarlo en la respectiva Secretaría.

El carné de estudiante incorporará un chip que permitirá, entre otras funciones, la carga de viajes de la Empresa Municipal de Transportes de Málaga, o el certificado electrónico de usuario (firma electrónica).

La interlocución de la Universidad de Málaga con las citadas entidades financieras, a los efectos de la confección de los carnés de estudiantes, se encuentra centralizada en la Sección de Alumnos (Pabellón de Gobierno – Campus El Ejido). Consecuentemente, para cualquier información o reclama-ción al respecto, los interesados deben dirigirse a dicha dependencia administrativa.

2. procedimiento a seguir para la matriculación.

por estudiantes que acceden por primera vez al centro/titulación en que desean matricular-se, o que deciden adaptarse a un nuevo plan de estudios en dicho centro/titulación.

Los estudiantes que accedan por primera vez al Centro/Titulación deberán formalizar su matrícula de forma presencial directamente en la Secretaría del respectivo centro, dentro del plazo correspon-diente, presentando la documentación que se indica más adelante (ver capítulo 3º). La matrícula corres-pondiente a la “doble titulación” de Licenciado en Matemáticas e Ingeniero Técnico en Informática de Gestión, se deberá formalizar en la Secretaría de la Facultad de Ciencias, y la matrícula en la titulación de Licenciado en Bellas Artes, se deberá formalizar en la Secretaría de la Facultad de Ciencias de la Comunicación. La Secretaría de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura se encuentra ubicada en el edificio de la Escuela Universitaria Politécnica, 2ª planta (Campus El Ejido).

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Los estudiantes ya matriculados anteriormente en el mismo Centro/Titulación, que decidan adap-tarse al nuevo plan de estudios de dicha titulación, también deberán formalizar su matrícula de forma presencial directamente en la Secretaría del citado centro, dentro su respectivo plazo, indicando al funcionario su deseo de efectuar la mencionada adaptación de plan de estudios.

En el momento de formalizar la matrícula, el interesado comunicará al respectivo funcionario los códigos de las asignaturas en las que desea matricularse (ver capítulo 11º) y éste le entregará, ya cumplimentados, los documentos de matriculación.

Dichos documentos, en los que figurará la relación de asignaturas matriculadas, la liquidación económica resultante y la forma de pago elegida, tendrán para el interesado el carácter de justificante de la aceptación de la matrícula por parte de la Universidad de Málaga y de medio para efectuar el correspondiente pago; y para dicha Universidad el de documento acreditativo del compromiso de pago por parte del interesado.

Con el fin de agilizar las gestiones a realizar para la matriculación, cada Centro podrá adoptar medi-das organizativas adicionales (cita previa, números de control, etc...), que en ningún caso supondrán alteración alguna del plazo establecido con carácter general para la formalización de las correspondien-tes matrículas en la Universidad de Málaga.

Asimismo, y con la misma finalidad indicada anteriormente, durante el plazo de matrícula no será posible modificar las matrículas realizadas de forma presencial en la Secretaría. Dicha modificación podrá efectuarse por una sola vez entre los días 8 al 11 de octubre, ambos inclusive. Para que la citada modificación sea efectiva será necesario que el ingreso de los precios públicos correspondientes se efectúe con el nuevo documento de pago generado como consecuencia de dicha modificación.

Con posterioridad al 11 de octubre, la modificación de las matrículas deberá efectuarse a través de los supuestos de anulación parcial o ampliación que se indican en los capítulos 6 y 7 de la presente Guía. Excepcionalmente, el Vicerrector de Estudiantes podrá autorizar modificaciones de matrícula siem-pre que ello no suponga una alteración de los criterios establecidos en los mencionados supuestos. por estudiantes ya inscritos anteriormente en el mismo centro/titulación (y plan de estu-dios) en que desea matricularse.

Pueden optar por una de las tres siguientes modalidades:

Modalidad de Matriculación presencial en Secretaría.

El procedimiento a seguir será el mismo que el anteriormente indicado para alumnos que acceden por primera vez al Centro/Titulación en que desea matricularse, con las mismas condiciones en cuanto a modificación de matrícula ya expresadas para dicho colectivo.

Modalidad de Matriculación telefónica.

Los interesados deberán contactar con la oficina encargada de la matriculación telefónica mar-cando el número 2 13.33.33, de lunes a jueves, ambos inclusive, en horario de 9 a 14 horas y de 16 a 18 horas, y los viernes de 9 a 14 horas, debiendo identificarse facilitando los datos que, a tal efecto, le solicite el respectivo funcionario, y comunicando a éste el centro/titulación y los códigos de las asignaturas en las que desea matricularse así como la información necesaria para la liquidación de los derechos económicos correspondientes.

Con la información facilitada telefónicamente por el interesado, la Universidad de Málaga elabora-rá, si procede, los documentos correspondientes a la formalización de la respectiva matrícula, en los que figurarán la relación de asignaturas matriculadas, la liquidación económica resultante y la forma de pago elegida. Dichos documentos tendrán para el interesado el carácter de justificante de la aceptación de la matrícula por parte de la Universidad de Málaga, y de medio para efectuar el correspondiente pago; y para dicha Universidad el de documento acreditativo del compromiso de pago por parte del interesado.

El interesado deberá retirar los citados documentos de la Secretaría del respectivo Centro durante cualquier día laborable entre el 5 y el 31 de octubre de 2007, y en el caso de solicitantes de beca

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o beneficiarios de exención, aportar, en igual plazo, la documentación que proceda. En el supuesto de que no se aporte la mencionada documentación se producirá el desistimiento de la solicitud y se procederá al archivo del expediente.

Las matrículas efectuadas por la modalidad de matriculación telefónica podrán ser modificadas a través de la misma modalidad durante el plazo de matrícula; o de forma presencial, por una sola vez, en la Secretaría del respectivo centro entre los días 8 al 11 de octubre, ambos inclusive. Para que la citada modificación sea efectiva será necesario que el ingreso de los precios públicos correspondientes se efectúe con el nuevo documento de pago generado como consecuencia de dicha modificación.

Con posterioridad al 11 de octubre, la modificación de las matrículas deberá efectuarse a través de los supuestos de anulación parcial o ampliación que se indican en los capítulos 6 y 7 de la presente Guía. Excepcionalmente, el Vicerrector de Estudiantes podrá autorizar modificaciones de matrícula siem-pre que ello no suponga una alteración de los criterios establecidos en los mencionados supuestos.

Modalidad de Matriculación a través de Internet.

Los interesados deberán acceder a la página Web de la Universidad de Málaga (www.uma.es) y cumplimentar los datos requeridos en el correspondiente apartado, formulando de esta forma su soli-citud de matrícula. Una vez finalizada dicha cumplimentación, los interesados recibirán en su dirección de correo electrónico como estudiante de la Universidad de Málaga, un acuse de recibo de la solicitud efectuada en el que figurará el correspondiente número de referencia.

Las citadas solicitudes pueden ser presentadas en cualquier momento a partir de las 9’00 horas del primer día del respectivo plazo, pero serán atendidas de lunes a jueves, de 9’00 a 14’00 horas y de 16’00 a 18’00 horas, y viernes, de 9’00 a 14’00 horas, siguiendo el orden de su recepción. La Universidad de Málaga garantiza la aceptación, si procede, de todas las solicitudes presentadas den-tro de su plazo reglamentario, aunque éstas sean atendidas y respondidas por dicha Universidad con posterioridad a la finalización de dicho plazo, a excepción de las matrículas que afecten a asignaturas que tengan limitado el número de plazas, las cuales quedarán condicionadas a la existencia de plazas vacantes en el momento en que se atienda la respectiva solicitud (que puede no coincidir con el de la presentación telemática por el alumno).

Posteriormente, la Universidad de Málaga comunicará al interesado, a la citada dirección de correo electrónico, la aceptación o denegación de la matrícula efectuada y le adjuntará, en su caso, como fichero para su impresión, los documentos de aceptación de su matrícula y para el pago de los corres-pondientes precios públicos, en los que figurará la relación de asignaturas matriculadas, la liquidación económica resultante y la forma de pago elegida.

En caso de solicitantes de beca o beneficiarios de exención, el interesado deberá presentar en la respectiva Secretaría, durante cualquier día laborable entre el 5 y el 31 de octubre de 2007, la docu-mentación que proceda. En el supuesto de que no se aporte la mencionada docudocu-mentación en dicho plazo se producirá el desistimiento de la solicitud y se procederá al archivo del expediente.

Las matrículas efectuadas por la modalidad de matriculación por internet podrán ser modificadas a través de la misma modalidad durante el plazo de matrícula; o de forma presencial, por una sola vez, en la Secretaría del respectivo centro entre los días 8 al 11 de octubre, ambos inclusive. Para que la citada modificación sea efectiva será necesario que el ingreso de los precios públicos correspondientes se efectúe con el nuevo documento de pago generado como consecuencia de dicha modificación.

Con posterioridad al 11 de octubre, la modificación de las matrículas deberá efectuarse a través de los supuestos de anulación parcial o ampliación que se indican en los capítulos 6 y 7 de la presente Guía. Excepcionalmente, el Vicerrector de Estudiantes podrá autorizar modificaciones de matrícula siem-pre que ello no suponga una alteración de los criterios establecidos en los mencionados supuestos.

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3. documentación a presentar

Por estudiantes que se matriculan por primera vez en el correspondiente centro/titula-ción, de la Universidad de Málaga.

Todos los estudiantes de nuevo ingreso deberán presentar en el momento de formalizar su solicitud

de matrícula la siguiente documentación:

a) Fotocopia, y original para su cotejo, del Documento Nacional de Identidad, o Pasaporte. b) Una fotografía tamaño carné con el nombre, apellidos y número del Documento Nacional de

Identidad escrito al dorso (para constancia en el expediente académico y expedición del carné de estudiante).

c) Impreso de datos para su uso estadístico por el Consejo de Universidades, debidamente cum-plimentado (ver Anexo nº 2)

d) Fotocopia, y original para su cotejo, de uno de los siguientes títulos (según proceda), o del resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos para su expedición (excepto para quienes accedan por haber superado las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años o por convalidación de estudios universitarios extranjeros):

• Título de bachiller o equivalente.

• Título de formación profesional que habilita para el acceso a los correspondientes estudios universitarios.

• Título universitario de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

• Credencial expedida por la UNED (para alumnos procedentes de sistemas educativos a los que es de aplicación el artículo 38.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación).

Los estudiantes de nuevo ingreso que hayan cursado anteriormente estudios en otro centro univer-sitario, sin haberlos finalizado, deberán presentar, en lugar de la documentación citada en el apartado

d) del punto anterior, el resguardo acreditativo de haber efectuado en dicho centro el pago de los derechos por traslado de expediente académico.

Los estudiantes de nuevo ingreso que, sin haber iniciado estudios universitarios, hayan obtenido la plaza de su actual matrícula en la Universidad de Málaga por haber superado las Pruebas de Acceso a la Universidad (Selectividad), o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, o el Curso de Orientación Universitaria, deberán presentar, además de la documentación citada anteriormente, el

resguardo acreditativo de haber efectuado el pago de los derechos por traslado de expediente académi-co, en la Universidad donde superaron dichas pruebas o de la que dependa el centro donde realizaron dicho curso (excepto que se trate de la Universidad de Málaga, en cuyo caso no será necesario dicha presentación pues el correspondiente trámite se incluye de oficio en el de matriculación).

Los estudiantes de nuevo ingreso que tengan la condición de titulados universitarios, pero hayan obtenido la plaza de su actual matrícula en la Universidad de Málaga por haber superado las Pruebas de Acceso a la Universidad, o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, o por haber superado el Curso de Orientación Universitaria, deberán acreditar dicha superación mediante la presentación de

una certificación académica personal, expedida por el centro donde finalizaron sus estudios o por el órgano correspondiente de la Universidad donde superaron las citadas pruebas, o de la que dependa el centro donde realizaron el mencionado curso.

Los estudiantes que soliciten (o hayan solicitado) la beca correspondiente a la convocatoria de la Administración General del Estado deberán presentar, en el momento de formalización de la matrícula,

los correspondientes impresos, debidamente cumplimentados y acompañados de la documentación que, en su caso, proceda. Las solicitudes de beca que se presenten dentro de su plazo reglamenta-rio, pero fuera del plazo de modificación de matrícula, serán tramitadas por la Universidad de Málaga pero no alterarán la liquidación de precios públicos correspondiente a la matrícula ya realizada (como no solicitante de beca), sin perjuicio, en su caso, del derecho a la devolución de los precios públicos abonados.

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Los beneficiarios de exenciones o reducciones de precios públicos por servicios universitarios, o los colectivos sujetos a procedimientos especiales de pago de dichos precios, deberán presentar en

el momento de formalización de la matrícula los documentos (o el resguardo de haber solicitado su expedición) que se indican en el capítulo 4 de la presente Guía, acreditativos de poseer a fecha 1 de octubre de 2007 la citada condición de beneficiario, o de pertenencia a dichos colectivos.

Los alumnos que precisen alguna atención especial por razón de discapacidad o de salud, podrán

alegar tal circunstancia mediante escrito dirigido al Decano/Director del respectivo centro.

Los alumnos que deseen incorporar prestaciones financieras a su carné como estudiante, podrán

presentar en la respectiva Secretaría el impreso que figura como anexo nº 4 a la presente (el corres-pondiente a la entidad financiera elegida) debidamente cumplimentado.

por estudiantes matriculados anteriormente en el respectivo centro/titulación de la universidad de málaga.

Tanto quienes opten por la modalidad de “matriculación en Secretaría” como quienes elijan la modalidad de “matriculación telefónica” o la modalidad “matriculación por internet”, deberán presentar en la Secretaría del respectivo centro la documentación que a continuación se indica, así como acredi-tar su identidad mediante la exhibición de su D.N.I. Quienes efectúen la matrícula directamente en la Secretaría deberán entregar la citada documentación en el mismo momento de la formalización de la matrícula, y quienes la efectúen a través de Internet o por teléfono, deberán entregar dicha documen-tación entre el 5 y el 31 de octubre de 2007.

Todos los estudiantes deberán presentar el impreso de datos para su uso estadístico por el

Consejo de Universidades, debidamente cumplimentado (ver Anexo nº 2)

Los estudiantes que deseen cambiar la fotografía que ya consta en su expediente académico,

debe-rán presentar una nueva fotografía tamaño carné con el nombre, apellidos y número del Documento Nacional de Identidad escrito al dorso.

Los estudiantes que soliciten (o hayan solicitado) la beca correspondiente a la convocatoria que efectúe la Administración General del Estado deberán presentar los correspondientes impresos,

debida-mente cumplimentados y acompañados de la documentación que, en su caso, proceda. Las solicitudes de beca que se presenten dentro de su plazo reglamentario, pero fuera de los plazos de modificación de matrícula, y correspondan a matrículas formalizadas como “no solicitante de beca”, serán tramitadas por la Universidad de Málaga pero no alterarán la liquidación de precios públicos correspondiente a la matrícula ya realizada, sin perjuicio, en su caso, del derecho a la devolución de los precios públicos abonados.

Los beneficiarios de exenciones o reducciones de precios públicos por servicios universitarios, o los colectivos sujetos a procedimientos especiales de pago de dichos precios, deberán presentar los

documentos (o el resguardo de haber solicitado su expedición) que se indican en el capítulo 4 de la presente Guía, acreditativos de poseer a fecha 1 de octubre de 2007 la citada condición de beneficia-rio, o de pertenencia a dichos colectivos.

Los alumnos que precisen alguna atención especial por razón de discapacidad o de salud, podrán

alegar tal circunstancia mediante escrito dirigido al Decano/Director del respectivo centro.

Los alumnos que deseen incorporar prestaciones financieras a su carné como estudiante, podrán

presentar en la respectiva Secretaría el impreso que figura como anexo nº 4 a la presente (el corres-pondiente a la entidad financiera elegida) debidamente cumplimentado.

plataforma del voluntariado de la universidad de málaga.

Los alumnos que tengan inquietudes solidarias, quieran aprovechar sus habilidades y conocimien-tos para ayudar a los demás, quieran contribuir a la cooperación internacional al desarrollo, quieran complementar su formación con acciones voluntarias que enriquezcan a la sociedad y a ellos mismos, quieran conocer gente y sentirse útil para ellas, quieran viajar de manos de ONGs que desarrollan programas de ayuda humanitaria en el extranjero, o quieran trabajar con ONGs de su ciudad y su pro-vincia,... podrán formar parte de la Plataforma del Voluntariado de la Universidad de Málaga.

Para ello deberán cumplimentar el formulario que figura como anexo nº 3 a la presente, y entregarlo en la respectiva Secretaría en el momento de formalizar la matrícula.

(17)

4. liquidación y pago de precios públicos. clases de precios públicos.

Los precios públicos a satisfacer en concepto de matrícula en Centros de la Universidad de Málaga, para cursar enseñanzas correspondientes a titulaciones oficiales, durante el curso 2007/2008, y cuyas tarifas se indican más adelante, se componen de los siguientes apartados:

Precios por servicios docentes:

La tarifa a aplicar dependerá de que el plan de estudios correspondiente a la titulación en la que el alumno se matricule, se encuentre, o no, estructurado en créditos, así como que el respectivo Centro tenga, o no, el carácter de Centro Adscrito.

Los alumnos de centros adscritos a la Universidad de Málaga abonarán a ésta el 30% de las tarifas por servicios docentes correspondientes a centros propios de la misma, con independencia del precio privado que proceda abonar a la entidad promotora del respectivo centro.

En el supuesto de TITULACIONES ESTRUCTURADAS EN CRÉDITOS, el importe de los precios públi-cos a satisfacer por los servicios docentes correspondientes a las asignaturas en las que el alumno se matricule, se calculará multiplicando el número de créditos que dicha asignatura tenga asignado en el respectivo plan de estudios, por la correspondiente tarifa. A estos efectos, el importe de dicha tarifa se verá incrementado en un 15% cuando se trate de asignaturas en las que el alumno se matricule por segunda vez; y en un 50%, en las que se matricule por tercera o posteriores veces; no contabilizándose a estos efectos las matrículas que hayan sido anuladas.

Asimismo, procederá el pago del 30% de los precios públicos por servicios docentes, por aquellas asignaturas, o conjunto de créditos, que sean convalidados por asignaturas cursadas en Universidades privadas o extranjeras, o sean reconocidos por la realización de actividades equivalentes. En el caso de estudios cursados en el marco de convenios, nacionales o internacionales, suscritos por la Universidad de Málaga para la movilidad de sus estudiantes, procederá el pago de la totalidad de los precios públi-cos correspondientes a las asignaturas cursadas de acuerdo con las previsiones de las respectivas normas reguladoras.

En el supuesto de TITULACIONES NO ESTRUCTURADAS EN CRÉDITOS, los citados precios públicos por servicios docentes, correspondientes a las asignaturas en las que el alumno se matricule, podrán ser abonados por “cursos completos” y/o por “asignaturas sueltas”, aplicando las correspondientes tarifas.

Modalidad de “curso completo”:

Procede su aplicación cuando el alumno se matricula por primera vez en la totalidad de las asigna-turas que integran uno de los cursos que componen el respectivo plan de estudios.

Modalidad de “asignaturas sueltas”:

Resulta necesario diferenciar entre asignaturas anuales y cuatrimestrales, de acuerdo con lo establecido, al respecto, en el respectivo plan de estudios. El importe del precio a aplicar para las asignaturas cuatrimestrales será la mitad del establecido para las anuales.

El importe del precio establecido para una asignatura “suelta” será diferente, según que el curso al que ésta corresponda esté constituido por menos de siete asignaturas anuales, o por siete o más asig-naturas anuales. A estos efectos, una asignatura anual equivaldrá a dos asigasig-naturas cuatrimestrales. Cuando un alumno se matricula en una misma asignatura, por segunda vez, el importe de la matrí-cula de la matrímatrí-cula se verá incrementado en un 15%; y cuando lo haga por tercera o sucesivas veces el importe se incrementará en un 50%.

En todo caso, cuando el alumno se matricule de asignaturas correspondientes a un mismo curso, el importe de los precios públicos a satisfacer por el total de dichas asignaturas no podrá exceder al fijado para un “curso completo”, excepto si en alguna de ellas se matricula por segunda vez, en cuyo caso no podrá superar al correspondiente a un curso completo incrementado en un 15%; o por tercera o sucesivas veces, en cuyo caso no podrá superar al correspondiente a un curso completo incremen-tado en un 50%.

(18)

Precios por derechos de examen:

Únicamente procede su abono en asignaturas de las cuales no se imparta la correspondiente docencia. Consecuentemente, la realización del citado abono de precios conlleva, para los alumnos matriculados en dichas asignaturas, únicamente el derecho a la utilización de las correspondientes convocatorias de examen.

Precios por servicios administrativos:

Se contemplan en este apartado los siguientes servicios:

– Apertura del expediente académico del alumno: deberán abonar los correspondientes precios la totalidad de los alumnos que formalicen su matrícula por primera vez en el respectivo Centro y titulación. A estos efectos, los alumnos que acceden a una “doble titulación” deberán abonar los precios correspondientes a la apertura de su expediente académico en cada una de las dos titulaciones.

– Expedición de la Certificación Académica Oficial de haber superado las Pruebas de Selectividad

y/o el C.O.U.; o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años; en la Universidad de Málaga:

únicamente deberán abonar los correspondientes precios, quienes hayan realizado, en el Distrito Universitario de Málaga, las Pruebas de Selectividad y/o el C.O.U.; o las Pruebas de Mayores de 25 años; Y SEA LA PRIMERA VEZ QUE SE MATRICULAN EN UN CENTRO UNIVERSITARIO. – Expedición del “Carné de Estudiante”: deberán abonar los correspondientes precios, la

totali-dad de los alumnos que formalicen su matrícula, en concepto de expedición o actualización del carné.

Precio por las prestaciones del “Seguro Escolar”:

Se encuentran incluidos en el campo de aplicación del Seguro Escolar todos los estudiantes matri-culados que cumplan los siguientes requisitos:

– Tener menos de 28 años, si bien el Seguro Escolar cubrirá todo el año escolar en el que el estudiante cumpla dicha edad.

– Ser español, o extranjero que resida legalmente en España. – Haber abonado la cuota correspondiente del Seguro Escolar.

El “seguro escolar” proporciona la cobertura de los riesgos por accidente escolar, infortunio fami-liar, o enfermedad, en los términos previstos en la normativa vigente al respecto.

En las oficinas de la Seguridad Social en Málaga (C./ Huéscar, 4 ó C./ Esperanto, 1) se puede obtener una mayor información sobre las condiciones y prestaciones del Seguro Escolar; y en la Clínica de la Encarnación (C./ Fernández Alarcón, 2 –frente Hospital Carlos Haya-) se puede obtener la corres-pondiente asistencia sanitaria.

Otros precios:

Precio por las prestaciones de Seguro de Accidentes (con carácter voluntario).

Con carácter complementario al Seguro Escolar, los estudiantes que lo deseen podrán contratar un seguro de accidentes personales. Para ello, deberán manifestar dicho deseo en el momento de la formalización de su matrícula, al objeto de incorporar el correspondiente importe junto a la liquidación de precios públicos correspondiente y de que así conste en el documento de matrícula.

Las garantías cubiertas, las sumas aseguradas, el importe de la prima, así como el resto de la información, pueden consultarse en la correspondiente póliza que se encuentra depositada en la Secretaría General de la Universidad de Málaga, y reproducida en la página web de dicha universidad, junto con el texto de la presente Guía.

(19)

tarifas de precios públicos

Correspondientes a titulaciones no estructuradas en créditos, cursadas en la Facultad de Medicina.

Euros

Por Servicios Docentes:

• En un curso completo 703

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en primera matrícula. 193

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en segunda matrícula. 223

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en tercera o posterior matrícula. 289

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en primera matrícula. 130

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en segunda matrícula. 148

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en tercera o posterior matrícula. 192

Por Derechos de Examen (asignaturas sin docencia):

• En un curso completo 210,90

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en primera matrícula. 57,90

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en segunda matrícula. 66,90

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en tercera o posterior matrícula. 86,70

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en primera matrícula. 39

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en segunda matrícula. 44,40

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en tercera o posterior matrícula. 57,60

Por Servicios Administrativos:

• Expedición/actualización del carné de estudiante. 5

• Apertura de expediente académico (únicamente a abonar por quienes formalicen por primera vez su matrícula en el respectivo centro y titulación) 51 • Expedición de certificación académica oficial (únicamente a abonar por quienes hayan

realizado en el distrito universitario de Málaga las Pruebas de Acceso a la Universidad y/o el C.O.U., o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, y sea la primera vez que se matriculan en un centro universitario)

23

Por Seguro Escolar:

(20)

Correspondientes a la titulación de Licenciado en Derecho.

Euros

Por Servicios Docentes:

• En un curso completo 507

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en primera matrícula. 135

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en segunda matrícula. 154

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de menos de siete asignaturas

anua-les, en tercera o posterior matrícula. 200

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en primera matrícula. 91

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en segunda matrícula. 104

• En una asignatura anual correspondiente a un curso de siete o más asignaturas anuales,

en tercera o posterior matrícula. 135

Por Servicios Administrativos:

• Expedición/actualización del carnet de estudiante. 5

• Apertura de expediente académico (únicamente a abonar por quienes formalicen por primera vez su matrícula en el respectivo centro y titulación) 51 • Expedición de certificación académica oficial (únicamente a abonar por quienes hayan

realizado en el distrito universitario de Málaga las Pruebas de Acceso a la Universidad y/o el C.O.U., o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, y sea la primera vez que se matriculan en un centro universitario)

23

Por Seguro Escolar:

1,12

Correspondientes a titulaciones estructuradas en créditos, cursadas en centros propios de la Universidad de Málaga.

Euros

Por Servicios Docentes:

• Por cada crédito de asignaturas en primera matrícula. 11 • Por cada crédito de asignaturas en segunda matrícula. 12,65 • Por cada crédito de asignaturas en tercera o posterior matrícula. 16,50

Por Derechos de Examen:

• Por cada crédito de asignaturas en primera matrícula. 3,30 • Por cada crédito de asignaturas en segunda matrícula. 3,80 • Por cada crédito de asignaturas en tercera o posterior matrícula. 4,95

Por Servicios Administrativos:

• Expedición/actualización del carnet de estudiante. 5

• Apertura de expediente académico (únicamente a abonar por quienes formalicen por primera vez su matrícula en el respectivo centro y titulación) 51 • Expedición de certificación académica oficial (únicamente a abonar por quienes hayan

realizado en el distrito universitario de Málaga las Pruebas de Acceso a la Universidad y/o el C.O.U., o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, y sea la primera vez que se matriculan en un centro universitario)

23

Por Seguro Escolar:

(21)

Correspondientes a titulaciones estructuradas en créditos, cursadas en centros adscritos de la Universidad de Málaga.

(Únicamente figuran las cantidades a satisfacer a la Universidad de Málaga. La información sobre las correspondientes al Centro debe solicitarse en la Secretaría del mismo (la E. U. de Enfermería de la Excma. Diputación Provincial aplica la misma tarifa ya indicada para centros propios de la Universidad de Málaga )

Euros

Por Servicios Docentes:

• Por cada crédito de asignaturas en primera matrícula. 3,30 • Por cada crédito de asignaturas en segunda matrícula. 3,80 • Por cada crédito de asignaturas en tercera o posterior matrícula. 4,95

Por Servicios Administrativos:

• Expedición/actualización del carnet de estudiante. 5

• Apertura de expediente académico (únicamente a abonar por quienes formalicen por primera vez su matrícula en el respectivo centro y titulación) 51 • Expedición de certificación académica oficial (únicamente a abonar por quienes hayan

realizado en el distrito universitario de Málaga las Pruebas de Acceso a la Universidad y/o el C.O.U., o las Pruebas de Acceso para Mayores de 25 años, y sea la primera vez que se matriculan en un centro universitario)

23

Por Seguro Escolar:

1,12 exenciones y reducciones de precios públicos.

La Universidad de Málaga aplicará las siguientes exenciones y bonificaciones, en el cálculo del importe de precios públicos a abonar por los estudiantes, a quienes cumplan los requisitos que a con-tinuación se indican y lo acrediten documentalmente en la forma que igualmente se menciona:

a) Becarios de régimen general, de la Administración General del Estado. Quienes presenten en

la respectiva Secretaría su solicitud de beca de régimen general, o acrediten haberla presen-tado, correspondiente a la convocatoria efectuada por la Administración General del Estado para el curso académico 2007/2008, junto con la documentación exigida en la misma, se encontrarán provisionalmente exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y derechos de examen hasta la resolución de dicha solicitud, o en su defecto hasta el momento en que la Universidad de Málaga decida reclamar cautelarmente el citado pago.

b) Víctimas de actos terroristas. Quienes posean la condición de víctimas de actos terroristas, o

de cónyuges o hijos de las mismas, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello documentación acreditativa de poseer dicha condi-ción a fecha 1 de octubre de 2007. La citada exencondi-ción no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.

c) Familias numerosas de categoría especial. Quienes posean, de acuerdo con la normativa que

resulte de aplicación, la condición de beneficiarios por ser miembros de Familias Numerosas de categoría especial a fecha 1 de octubre de 2007, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello fotocopia, y original para su cotejo, del correspondiente “título de familia numerosa” expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente. Si el citado título estuviera en tramitación se deberá aportar la acreditación de haber presentado la solicitud de reconocimiento o renovación,

(22)

así como una declaración jurada de la categoría en que la familia numerosa queda clasificada. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.

d) Familias numerosas de categoría general. Quienes posean, de acuerdo con la normativa que

resulte de aplicación, la condición de beneficiarios por ser miembros de Familias Numerosas de categoría general a fecha 1 de octubre de 2007, estarán exentos de efectuar el pago del cincuenta por ciento de los precios públicos por servicios docentes, derechos de examen y servicios administrativos correspondientes a dicha matrícula, debiendo aportar para ello foto-copia, y original para su cotejo, del correspondiente “título de familia numerosa” expedido por la Administración Pública española competente en la materia, o equivalente. Si el citado título estuviera en tramitación se deberá aportar la acreditación de haber presentado la solicitud de reconocimiento o renovación, así como una declaración jurada de la categoría en que la familia numerosa queda clasificada. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.

e) Minusválidos. Quienes tengan reconocido un grado de minusvalía igual o superior al 33%,

estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y derechos de examen correspondientes a asignaturas en los que se matriculen por primera vez, debiendo aportar para ello el correspondiente documento acreditativo de dicha minusvalía a fecha 1 de octubre de 2007, expedido por la Administración Pública española competente en la materia. La citada exención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.

f) Personal de la Universidad de Málaga. Quienes posean la condición de personal docente e

investigador de la Universidad de Málaga, tanto funcionarios de cuerpos docentes universitarios (de carrera o interinos) como contratados que reciban sus retribuciones con cargo al capítulo I del Presupuesto de la Universidad de Málaga, con dedicación a tiempo completo, o personal de administración y servicios, tanto funcionarios (de carrera o interinos) como contratados en cualquiera de las figuras previstas en el correspondiente Convenio Colectivo, con dedicación a tiempo completo, que perciban sus retribuciones con cargo al citado capítulo I del Presupuesto, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes y derechos de examen correspondientes a asignaturas en los que se matriculen por primera vez, debiendo aportar para ello certificado acreditativo de poseer dicha condición a fecha 1 de octubre de 2007, expedido por el órgano competente de la Universidad de Málaga.

Estarán igualmente exentos de efectuar el citado pago, los cónyuges, parejas de hecho, e hijos menores de 25 años del personal de la Universidad de Málaga citado en el párrafo inmediato anterior, incluidos sus viudos y huérfanos, debiendo aportar para ello documento acreditativo del parentesco o relación.

Asimismo, los colectivos citados en los dos párrafos inmediatos anteriores del presente apar-tado, serán beneficiarios de ayuda al estudio para atender, por una sola vez, el importe de los precios públicos por servicios docentes en asignaturas en los que se matriculen por primera vez, en centros oficiales de cualquier otra Universidad pública española, siempre y cuando dichos estudios no se impartan en la Universidad de Málaga o no hayan obtenido plaza para el ingreso en el correspondiente centro de la misma.

La citada exención o subvención no podrá exceder del número total de créditos exigidos para la obtención del respectivo título.

Los trabajadores a tiempo parcial, que no tengan actividad retribuida fuera de la Universidad de Málaga, tendrán los mismos derechos que los trabajadores a tiempo completo, de manera proporcional en función del tiempo trabajado.

(23)

g) Matrículas de Honor. Los estudiantes que hayan obtenido “Matrícula de Honor” en la evaluación

global del C.O.U., o en el segundo curso del Bachillerato (L.O.G.S.E.), o “Premio Extraordinario” de Bachillerato, estarán exentos de efectuar el pago de los precios públicos por servicios docentes correspondientes a las asignaturas matriculadas la primera vez que inicie estudios universitarios, debiendo aportar para ello certificado oficial acreditativo de dicha evaluación. Asimismo, los estudiantes que hayan obtenido en la Universidad de Málaga la calificación de “Matrícula de Honor”, en asignaturas de una titulación oficial de primer y/o segundo ciclo, esta-rán exentos de efectuar el pago de precios públicos por servicios docentes, en la matrícula que formalicen en dicha Universidad el curso académico inmediato siguiente, en la misma titulación, por un importe igual al resultado de multiplicar la tarifa correspondiente a un crédito, por el número de créditos de las citadas asignaturas calificadas con “Matrícula de Honor” (o la tarifa equivalente en caso de titulaciones no estructuradas en créditos).

plazo de pago.

Los estudiantes que formalicen su matrícula con anterioridad al día 5 de octubre de 2007, podrán optar por efectuar el pago de la totalidad de los precios públicos en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de noviembre de 2007, o en dos plazos, el primero con anterioridad al día 1 de noviembre de 2007 y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre de 2007.

Los estudiantes que formalicen su matrícula con posterioridad al día 4 de octubre de 2007, podrán optar, en su caso, por efectuar el pago de la totalidad de los precios públicos en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de diciembre de 2007, o en dos plazos, el primero con anterioridad al día 1 de diciembre de 2007 y el segundo durante la segunda quincena del mes de diciembre de 2007.

Los estudiantes que en el momento de formalizar su matrícula, o con anterioridad a la misma, soliciten la beca correspondiente a la convocatoria de la Administración General del Estado, únicamente deberán abonar, en un solo plazo, con anterioridad al día 1 de noviembre de 2007 (o en su caso con anterioridad al día 1 de diciembre de 2007), los precios públicos por servicios administrativos, hasta tanto se resuelva dicha solicitud. No obstante, la Universidad de Málaga podrá reclamar cautelarmente el pago del importe total de la matrícula a los estudiantes a quienes se les haya tenido que reclamar docu-mentación correspondiente a su solicitud de beca por no haberla aportado en su plazo reglamentario. En ningún caso podrán fraccionarse los pagos correspondientes a matrículas cuyo importe única-mente contemple los precios correspondientes a servicios administrativos y/o seguro escolar.

Las matrículas efectuadas fuera de su plazo reglamentario, las ampliaciones de matrículas y, en su caso, las adecuaciones de las realizadas por alumnos que han cursados estudios en otras universi-dades dentro de programas o convenios de movilidad, realizadas a partir del día 1 de enero de 2008 deberán ser abonadas en un único plazo, dentro de los dos días hábiles inmediatos siguientes al de su formalización. De no efectuarse el mencionado abono, se entenderá producido el desistimiento de la correspondiente solicitud.

forma de pago:

El pago de los precios públicos por matrícula únicamente podrá efectuarse por cualquiera de los siguientes medios:

a) De forma directa en cualquiera de las oficinas de Unicaja o del Banco de Santander, en España, mediante la presentación del documento citado en el capítulo 3 de las presentes normas. b) A través de la red de cajeros automáticos de Unicaja o la red de cajeros 4B, mediante la

utili-zación del documento citado en el apartado anterior.

c) A través de Internet, en la página web de Unicaja: www.univia.es siguiendo las instrucciones que en la misma se indican.

d) A través de Internet, en la página web del Banco de Santander: www.gruposantander.com siguiendo las instrucciones que en la misma se indican.

e) A través del Servicio de Banca Telefónica del Banco de Santander: Superlínea: 902 24 24 24 (sólo para clientes del Banco de Santander).

f) Mediante domiciliación bancaria.

(24)

de Málaga en el momento de formalización de la matrícula, con independencia de la modalidad en que ésta se efectúe. Asimismo, deberán entregar en la respectiva Secretaría, con anterioridad al segundo día hábil inmediato siguiente al de la finalización de su respectivo plazo de matrícula , el impreso de domiciliación bancaria que le generarán en dicha Secretaría de acuerdo con los datos facilitados, y que, debidamente cumplimentado, tiene el carácter de autorización del titular de la cuenta bancaria a que la Universidad de Málaga ponga al cobro los recibos correspondientes en cualquiera de las fechas com-prendidas dentro del respectivo plazo de pago. No podrá utilizarse el sistema de domiciliación bancaria para efectuar los pagos correspondientes a matrículas de alumnos a quienes se les haya denegado su solicitud de beca, o se les haya solicitado cautelarmente dichos pagos.

La devolución como impagado de un recibo por el sistema de domiciliación bancaria supondrá para el interesado la imposibilidad de volver a utilizar dicho sistema como forma de pago, en su caso, en el mismo curso académico.

Los estudiantes de los centros adscritos ““Escuela Universitaria de Magisterio “María Inmaculada” (Antequera)”” y “”Escuela Universitaria de Enfermería “Virgen de la Paz” (Ronda)”” efectuarán los ingresos correspondientes a la Universidad de Málaga (ver el correspondiente cuadro de precios) en la entidad bancaria que la Secretaría de los mismos les indiquen, y con los impresos que igualmente les faciliten, procediendo posteriormente dichos centros a efectuar la correspondiente liquidación y transferencia a la Universidad de Málaga.

Los estudiantes del centro adscrito “Escuela Universitaria de Enfermería (Diputación Provincial)” efectuarán los ingresos correspondientes a la Universidad de Málaga (ver el correspondiente cuadro de precios) exclusivamente en la oficina de Unicaja situada en la Acera de la Marina (Málaga), con el impreso que le faciliten en la Secretaría de dicho Centro.

efectos del impago:

De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, que establece los precios públicos por la prestación de servicios universitarios para el curso académico 2007/2008, la Universidad de Málaga entenderá que el impago, dentro de su respectivo plazo, de cual-quiera de los precios que hubiese procedido abonar, supone el desistimiento por parte del interesado de la matrícula efectuada y, en consecuencia, procederá al archivo de la matrícula con la consiguiente pérdida de la correspondiente condición de estudiante y de los derechos que ésta conlleva, así como de las cantidades ingresadas hasta el momento. La Universidad de Málaga difundirá a través de los tablo-nes de anuncios del respectivo centro un listado de todos los estudiantes afectados, con la indicación de que si en el plazo de quince días hábiles no han efectuado el pago de los correspondientes precios públicos, se procederá a notificarles de forma individualizada el archivo de su matrícula y, en conse-cuencia, la pérdida de su condición de estudiantes de la Universidad de Málaga a todos los efectos.

Quienes hayan perdido su condición de estudiante de la Universidad de Málaga, en el curso académico 2007/2008, al haberse producido el desistimiento de su solicitud de matrícula como con-secuencia del impago de los correspondientes precios públicos, podrán solicitar, hasta el 15 de mayo de 2008, la recuperación de dicha condición. Para ello deberán consultar previamente en la Secretaría de su centro si dicha recuperación es posible y, en caso afirmativo, proceder al abono del respectivo importe directamente en cualquiera de las oficinas de Unicaja o del Banco de Santander, en España, utilizando el correspondiente documento de pago. Durante el plazo de dos días (sin computar sábados ni festivos), a contar desde la fecha en que se efectúe el citado pago, la Universidad de Málaga proce-derá a restituir la condición de estudiante al interesado.

En ningún caso procederá la inclusión en actas de calificaciones, de quienes no posean la con-dición de estudiante en el momento de confección de las mismas, sin que la restitución de dicha condición de acuerdo con lo indicado en el párrafo anterior, en fecha posterior al citado momento de confección, suponga el derecho a que las respectivas actas sean modificadas para la inclusión de los correspondientes alumnos.

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