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149.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 2014.

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JUNTA DE GOBIERNO LOCAL SESION ORDINARIA

DIA 05-11-2014 ALCALDESA

Dª Arantza Baigorri Belaza CONCEJALES

D. Aitor Arizmendiarrieta D. Rafael Urizar

Dña. Carmen Sampedro ( 12:15) SECRETARIA

Dña. Inmaculada Echeandia

En la Alcaldía de la Casa Consistorial, a cinco de noviembre de dos mil catorce, y siendo las once horas y treinta minutos, se constituyó la Junta de Gobierno Local en sesión ordinaria presidida por la Sra. Alcaldesa-Presidenta Dª Arantza Baigorri Belaza y la asistencia de los concejales arriba reseñados y de mí la Secretaria de la Corporación que da fe del acto.

Declarado abierto el mismo, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se procedió a dar comienzo a la sesión ordinaria de acuerdo con el orden del día establecido para tal fin y que es como a continuación se detalla:

149.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 2 DE OCTUBRE DE 2014.

Sometido a votación el borrador del acta de la sesión de fecha dos de octubre de 2014 y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar el borrador del acta anteriormente indicada en sus propios términos.

150.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL BORRADOR DEL ACTA DE LA SESIÓN DE FECHA 16 DE OCTUBRE DE 2014.

Sometido a votación el borrador del acta de la sesión de fecha dieciséis de octubre de 2014 y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda aprobar el borrador del acta anteriormente indicada en sus propios términos.

151.- RESOLUCIONES DE ALCALDIA A EFECTOS DE SU RATIFICACION

- Dada cuenta del Decreto de Alcaldía nº 146, de fecha 28 de octubre de 2014, por el que el Ayuntamiento procede a alquilar el local en planta baja izquierda de 75,10m2, ubicado en Aldatza kalea,2 y cuyo propietario es don José Antonio, don Fernando, don Juan María y doña Elizabetz Garitaonandia Iturrikastillo, por un plazo de un año, prorrogable y con un renta mensual de 200,00€(IVA incluido) a fin de destinarlo a KZgunea.

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Visto que el Decreto fue dictado por razones de urgencia y que se precisa su ratificación por la Junta de Gobierno Local, y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local acuerda ratificar dicho decreto en todos sus términos.

152.- RELACIÓN DE CREDITOS Y FACTURAS

Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación se da cuenta de las facturas presentadas por Intervención, las cuales a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta fueron aprobadas en su totalidad y que desglosadas son del detalle siguiente:

• Ederkalde, SL, por fabricación y colocación de cuatro bancos con puertas para el polideportivo en el centro escolar, por la cantidad de 4.283,40€ ( Iva incluido).

• Murbidecor Urbano, SL, para el suministro e instalación de pavimento elástico de caucho, en los suelos del parque Gernikako Arbola y de parque José Antonio Agirre, por la cantidad de 28.132,50€ (Iva incluido)

Por la Secretaria-Interventora se hace constar que no existe consignación presupuestaria para tal finalidad y que se está tramitando un expediente de modificación de crédito.

• Murbidecor Urbano, SL, para el suministro e instalación de diversos juegos en el parque Gernikako Arbola, por la cantidad de 9.070,40€ ( Iva incluido).

Por la Secretaria-Interventora se hace constar que no existe consignación presupuestaria para tal finalidad y que se está tramitando un expediente de modificación de crédito.

• Murbidecor Urbano, SL, para el suministro e instalación de pavimento elástico de caucho, en los suelos del parque Zaldusolo y en el parque Agarre por la cantidad de total de 8.167,50€ ( Iva incluido).

Por la Secretaria-Interventora se hace constar que no existe consignación presupuestaria para tal finalidad y que se está tramitando un expediente de modificación de crédito.

• Construcciones Lasuen, por obras de pavimentación en las vías públicas por la cantidad de 34.918,83€ ( Iva incluido).

• Gastos por la organización del campeonato de la Trikitixa en el año 2014, por un importe total de 4.520,00€

- Se da cuenta del presupuesto presentado por Euskaltel, para la reserva del nuevo dominio en la web del registrador, denominada www.zaldibar.eus y que asciende a la cantidad de 160€ + IVA de primer año y el coste anual de la reserva en los años sucesivos será de 100€+IVA.

A propuesta de la Sra. Alcaldesa- Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes acuerda:

Primero.- Aprobar el presupuesto presentado por Euskaltel, para la reserva del dominio “Zaldibar.eus” y que ascienden a la cantidad de 160€+IVA de primer año y el coste anual de la reserva en los años sucesivos será de 100€+IVA.

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153. -EXPEDIENTES DE ACTIVIDAD No hubo

154.- LICENCIAS DE OBRAS.

Por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se da lectura a la relación de licencias de obras que se han concedido a través del procedimiento abreviado y que son las siguientes:

- José Zalduegui Uriarte para acondicionar unos 60 metros del camino particular de acceso al caserio Zalduegui y con un presupuesto de ... 3.397,84€ - Segundo Bereziartua Arrazola, para cambio de puertas y ventanas en la vivienda sita en Euskalherria, etorbidea,22-3ºB y con un presupuesto de ……… 3.165,82€ - Jesica Fernandez Perez, para higienización del cuarto de baño en la vivienda sita en Bilbao etorbidea,26-1ºD ………..….. 3.072,00€ - Mikel Peña Cuevas, para higienización de la cocina sita en la vivienda situada en Santa Isabel, kalea,6-2ºIZda., con un presupuesto de ……….. 1.788,50€ - Vista la solicitud de fecha 15 de octubre de 2014, presentada por Dña. Arantza Baigorri Belaza, para instalar unas estanterías de madera en la local ubicado en Agiñibar Kalea, 5.

Visto el informe emitido por el arquitecto técnico asesor municipal en el que se indica que examinadas las NN.SS. de Zaldibar, la instalación de estanterías de madera no está incluida en los supuestos que es preceptivo solicitar licencia municipal.

Y previa deliberación sobre el tema, la Junta de Gobierno Local, por dos votos a favor de los Sres. Arizmendiarrieta y Urizar, y la abstención de la Sra. Alcaldesa, acuerda:

Primero.- Notificar a Dña. Arantza Baigorri Belaza que la instalación de estanterías de madera no está incluida en los supuestos que es preceptivo solicitar licencia municipal.

- Vista la solicitud de fecha 3 de noviembre actual, presentada por la empresa Construcciones y Obras Nervión SL, acompañada de la ubicación de la plataforma y de los planos de los cargaderos al objeto de obtener la licencia de obras y ocupación de la vía pública para la revisión y reparación de los cargaderos del edificio de Visesa, situado en San Martin plaza,5.

Visto el informe favorable del arquitecto técnico asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de obras y ocupación de la vía pública por dos días a la empresa Construcciones y Obras Nervión SL para la realización de las obras de revisión y reparación de los cargaderos del edificio de Visesa, situado en San Martin plaza,5., previo pago de las tasas e impuestos correspondientes.

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Segundo Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA... 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009

Presupuesto: 320,00€ Tarifa : 4%

DEUDA TRIBUTARIA... 12,80

Cuarto.- Aprobar la liquidación tributaria de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal de conformidad con la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 3 de noviembre 2009:

DEUDA TRIBUTARIA... 4,46m2 x 2 días x 0,59m2/día ... 5,26€ Quinto.- Notificar el presente acuerdo a la empresa Construcciones y Obras Nervión SL.

En este momento se incorpora la concejala doña Carmen Sampedro.

- Se da lectura a la solicitud presentada por don José María Padilla junto con un proyecto de ejecución redactado por la arquitecta doña Ana Etxeandia Sagasti con objeto de obtener la licencia para la ejecución de las obras de reforma de cubierta y fachada del caserío Elorrixa, sito en el polígono 2, parcela 104 en el barrio Goierri,13.

Visto el informe favorable del arquitecto asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de obras a don José María Padilla para la ejecución de las obras de reforma de cubierta y fachada del caserío Elorrixa, sito en el polígono 2, parcela 104 en el barrio Goierri,13 de acuerdo con el proyecto de ejecución redactado por la arquitecta doña Ana Etxeandia Sagasti, previo el pago de la tasas e impuestos correspondientes; y condicionada al cumplimiento de lo siguiente:

1.- Antes del comienzo de las obras deberá presentar, documento acreditativo de la designación de los técnicos directores de las obras y responsables de seguridad y salud.

2.-La licencia de obras concedida, tendrá un plazo máximo de 6 meses para el comienzo de las mismas y 24 meses en total (desde la comunicación de la concesión de la licencia), para finalizar y presentar en el Registro General Municipal toda documentación precisa para la obtención de la Licencia de primera ocupación.

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A tal fin, una vez finalizadas las obras, junto a la solicitud, se deberá presentar en el Ayuntamiento la siguiente documentación:

• Certificado final de obra visado • Liquidación de la obra visado • Planos fin de obra visados.

3.- Durante la ejecución de las obras, el solicitante será responsable de adoptar las medidas provisionales que solucionen los accesos peatonales o rodados que puedan verse afectados por los trabajos.

Segundo.- Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA... 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009

Presupuesto: 76.606,76€ Tarifa : 5%

DEUDA TRIBUTARIA... 3.830,33€ Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a don José María Padilla.

- Dada lectura a la solicitud presentada por don Manuel Aparicio López, que actúa en representación de la empresa La Pole de Mantenimientos, S.L., con objeto de obtener licencia de ocupación de la vía pública con un contenedor para las obras de reparación de fachada en Arantzamendi 1.

Visto el informe favorable del arquitecto técnico asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de ocupación de la vía pública con un contenedor en una superficie de 6,60 m2 y por un período de 40 días, para realizar las obras de reparación de la fachada en Arantzamendi, 1

Segundo.- Aprobar la liquidación tributaria de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal de conformidad con la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 3 de noviembre 2009:

DEUDA TRIBUTARIA ………. 6,60m2 x 40 días x 0,63€ /m2 día = 166,32€ Tercero.- Notificar el presente acuerdo a don Manuel Aparicio López, en representación de La Pole de Mantenimientos, S.L.

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- Dada lectura a la instancia presentada por don Pedro Mª Imaz Undabarrena, en representación de la Comunidad de Propietarios de nº 1 de la calle Iturriotz, junto con un presupuesto y el proyecto de andamiaje tubular redactado por el arquitecto técnico D. Juan Blanco Hernández, con objeto de obtener licencia de obras para rehabilitar la fachada de su edificio; y ocupación de la vía pública con el andamio en una superficie de 64,90 m2 durante 10 días.

-

Visto el informe favorable condicionado del arquitecto técnico asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de obras y ocupación de la vía pública de 64,90m2 por espacio de diez días a don Pedro Mª Imaz Undabarrena, en representación de la Cdad. de Propietarios de nº 1 de la calle Iturriotz, con objeto de rehabilitar la fachada de su edificio, previo pago de la tasa e impuesto correspondiente y condicionado a lo siguiente

1.-El montaje, utilización y desmontaje del andamio se llevará a cabo siguiendo las especificaciones de seguridad recogidas en el proyecto que ha redactado el arquitecto técnico D. Juan Blanco Hernández.

2.-Esta licencia de obras dispondrá de un plazo máximo de tres meses para el inicio de los trabajos y de seis meses después de iniciados para su finalización.

3.-En el supuesto que, por razón de estas obras, sea preciso ocupar una mayor superficie de la vía pública (contenedor, vallas, acopio de materiales, etc.), los interesados deberán solicitar también la licencia correspondiente, con indicación de superficie y duración.

4.-Los interesados serán los responsables de los daños que como consecuencia de las obras se puedan producir en todos los elementos de dominio público, y por lo tanto, serán por su cuenta y cargo las reparaciones que sean necesarias.

Segundo.-

Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA... 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009

Presupuesto: 13.427,00€ Tarifa: 5%

DEUDA TRIBUTARIA………. 671,35 €

Cuarto.- Aprobar la liquidación tributaria de la Tasa por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público municipal de conformidad con la Ordenanza Fiscal aprobada definitivamente el 26 de diciembre de 2007.

64,90 m2 x 10 días x 0,59 €/m2/día = 382,91 €

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Quinto.- Notificar el presente acuerdo a don Pedro Mª Imaz Undabarrena, en representación de la Comunidad de Propietarios de nº 1 de la calle Iturriotz.

- Se da lectura al expediente incoado a nombre de don José Luis Maiztegui Onaindia, en relación a la legalización de los trabajos de movimiento de tierras que se han ejecutado en la parcela 54 del polígono 2 de Zaldibar, sin la preceptiva licencia.

Visto que tras varios requerimientos el interesado ha presentado toda la documentación solicitada, y teniendo en cuenta que dispone de la autorización del Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia, del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco y de la Agencia Vasca del Agua.

Visto el informe favorable del arquitecto técnico asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia para la legalización de los trabajos de movimiento de tierras que se han ejecutado en la parcela 54 del polígono 2, junto a la zona de servidumbre de la CN-634 y del arroyo Arriondo, previo el pago de la tasa correspondiente y condicionada al cumplimiento de las condiciones impuestas por el Departamento de Obras Públicas y Transportes de la Diputación Foral de Bizkaia, del Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial del Gobierno Vasco y de la Agencia Vasca del Agua.

Segundo.-

Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA... 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009.

Presupuesto: 5.016,00€ Tarifa: 5%

DEUDA TRIBUTARIA………. 250,80 €. Cuarto.- Notificar el presenta acuerdo al interesado.

- Se da lectura al expediente incoado a nombre de don José Luis Maiztegui Onaindia, en relación a las obras que pretende realizar para implantar una actividad de “establo” en suelo no urbanizable, en la parcela nº 54 del polígono nº 2.

Visto que tras varios requerimientos el interesado ha presentado toda la documentación solicitada, justificando el cumplimiento de toda la normativa, y disponiendo de todas las autorizaciones necesarias, al objeto de poder construir una cuadra a base de cimentación de

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losa de hormigón armado, estructura y cerramientos de madera, cubierta a base de faldones inclinados imitación teja, carpinterías de madera y un depósito de agua de 1000 litros.

Visto el informe favorable condicionado del arquitecto técnico asesor municipal y a propuesta de la Sra. Alcaldesa-Presidenta y por unanimidad de los miembros presentes en la sesión, la Junta de Gobierno Local, acuerda:

Primero.- Conceder licencia de obras para construir una cuadra a base de cimentación de losa de hormigón armado, estructura y cerramientos de madera, cubierta a base de faldones inclinados imitación teja, carpinterías de madera y un depósito de agua de 1000 litros, previo pago de la tasa e impuesto correspondiente y condicionado a lo siguiente:

1.-Se tendrá especialmente en cuenta lo indicado en los artículos 60 al 209 de las NN.SS. dentro del ámbito de aplicación a las obras de este tipo.

2.-La licencia dispondrá de un plazo máximo de seis meses para el inicio de los trabajos y de dieciocho meses después de iniciados para finalizarlos y presentar en el Registro Municipal la documentación de final (NN.SS., artículo 234).

3.- Una vez que las instalaciones se encuentren habilitadas para su inicio, para poder iniciar la actividad el interesado deberá presentar en este Ayuntamiento la COMUNICACIÓN PREVIA DE ACTIVIDAD, en la que se indique que el promotor de la actividad es conocedor de los requisitos a cumplir, bajo su responsabilidad, durante el desarrollo de la actividad, según el impreso que le aportará el Ayuntamiento.

Dicha comunicación deberá ir acompañada de la Certificación técnica expedida por persona técnica competente que acredite que la actividad y / o las instalaciones se adecuan al proyecto constructivo y a la documentación técnica presentada y que cumple todos los requisitos ambientales.

Segundo.-

Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe E) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

DEUDA TRIBUTARIA... 22,30 €

Tercero.- Aprobar la liquidación provisional del Impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras recogido en la correspondiente Ordenanza Fiscal aprobada por el Pleno en sesión extraordinaria de fecha 3 de noviembre de 2009.

Presupuesto: los 3.404,04€ Tarifa: 5%

DEUDA TRIBUTARIA………. 170,20 € Cuarto.- Notificar el presente acuerdo al interesado.

155.- SOLICITUD DE SUBVENCIONES

- Se da lectura al escrito presentado por don Iker Arantzeta Perez, en nombre y representación de la agrupación deportiva Arkutaldea de Zaldibar de fecha 22 de octubre de 2014, mediante el cual solicita la subvención correspondiente al año 2014.

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A propuesta de la Alcaldía-Presidencia y por unanimidad de los miembros presentes la Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.- Conceder a la agrupación deportiva Arkutaldea de Zaldibar, la subvención correspondiente a 2014, en la cantidad de 1.189,50€, para la realización de diversas actividades, según la memoria presentada y condicionado a lo siguiente:

a. - Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b.- Justificar ante el Ayuntamiento de Zaldibar, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c.- Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Ayuntamiento de Zaldibar, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d.- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquiera de las Administraciones o Entes Públicos o Privados.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e.- Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f.- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g.- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h.- Dar adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.

i.- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de subvención, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

El importe de las subvenciones reguladas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones u otros Entes Públicos o Privados, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

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- Procederá al reintegro de las cantidades percibidas cuando medie alguna de las siguientes circunstancias:

- Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

- Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

- Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente - Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión .

- Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

Igualmente, en el supuesto contemplado en el párrafo segundo del número anterior, procederá al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada. - Constituye infracciones administrativas en materia de subvenciones y ayudas públicas las siguientes conductas, cuando en ellas intervenga dolo, culpa o simple negligencia:

- La obtención de una subvención o ayuda, falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado.

- La no aplicación de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue requerida, siempre que no se haya procedido a su devolución sin previo requerimiento. - El incumplimiento, por razones imputables al beneficiario, de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención.

- La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos.

Los preceptores de subvenciones con cargo a los presupuestos que integran el general deben acreditar previamente estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Corporación, mediante certificación del Interventor de la misma en el que se haga constar que vencidos los plazos de ingreso en período voluntario no existe deuda alguna pendiente de pago por el titular de la subvención.

Una vez aprobada y entregada la subvención, la persona perceptora de la misma, deberá justificar la aplicación de los fondos recibidos mediante cuenta detallada en donde se aportarán las facturas y demás documentos que acrediten la inversión en la finalidad para la que fue concedida. La cuenta deberá rendirse antes del 31 de enero de 2015.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo al interesado.

- Se da lectura al escrito presentado por doña Maite Sarriugarte Montoya, en nombre y representación de la AMPA Juan Orobiogoitia de fecha 24 de octubre de 2014, mediante el cual solicita la subvención correspondiente al año 2014.

A propuesta de la Alcaldía-Presidencia y por unanimidad de los miembros presentes la Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.- Conceder al AMPA Juan Orobiogoitia, la subvención correspondiente a 2014, en la cantidad de 3.000,00€, para la realización de diversas actividades, según la memoria presentada y condicionado a lo siguiente:

(11)

a. - Cumplir el objetivo, ejecutar el proyecto, realizar la actividad o adoptar el comportamiento que fundamenta la concesión de las subvenciones.

b.- Justificar ante el Ayuntamiento de Zaldibar, el cumplimiento de los requisitos y condiciones, así como la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad que determinen la concesión o disfrute de la subvención.

c.- Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el Ayuntamiento de Zaldibar, en su caso, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que puedan realizar los órganos de control competentes, tanto nacionales como comunitarios, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de las actuaciones anteriores.

d.- Comunicar al Ayuntamiento la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedente de cualquiera de las Administraciones o Entes Públicos o Privados.

Esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.

e.- Acreditar que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

f.- Disponer de los libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados en los términos exigidos por la legislación mercantil y sectorial aplicable al beneficiario en cada caso, así como cuantos estados contables y registros específicos sean exigidos por las bases reguladoras de las subvenciones, con la finalidad de garantizar el adecuado ejercicio de las facultades de comprobación y control.

g.- Conservar los documentos justificativos de la aplicación de los fondos recibidos, en tanto puedan ser objeto de las actuaciones de comprobación y control.

h.- Dar adecuada publicidad de carácter público de la financiación de programas, actividades, inversiones o actuaciones de cualquier tipo que sean objeto de subvención.

i.- Proceder al reintegro de los fondos percibidos en los supuestos previstos en el art. 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

.- Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de subvención, y en todo caso la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por otras Administraciones o Entes Públicos o Privados, podrán dar lugar a la modificación de la resolución de la concesión.

El importe de las subvenciones reguladas en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente, o en concurrencia con subvenciones o ayudas de otras Administraciones u otros Entes Públicos o Privados, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

.- Procederá al reintegro de las cantidades percibidas cuando medie alguna de las siguientes circunstancias:

- Obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.

- Incumplimiento total o parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención.

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- Incumplimiento de la obligación de justificación o justificación insuficiente - Incumplimiento de la obligación de adoptar las medidas de difusión .

- Resistencia, excusa, obstrucción o negativa a las actuaciones de comprobación y control financiero.

Igualmente, en el supuesto contemplado en el párrafo segundo del número anterior, procederá al reintegro del exceso obtenido sobre el coste de la actividad desarrollada. .- Constituye infracciones administrativas en materia de subvenciones y ayudas públicas las siguientes conductas, cuando en ellas intervenga dolo, culpa o simple negligencia:

- La obtención de una subvención o ayuda, falseando las condiciones requeridas para su concesión u ocultando las que la hubiesen impedido o limitado.

- La no aplicación de las cantidades recibidas a los fines para los que la subvención fue requerida, siempre que no se haya procedido a su devolución sin previo requerimiento. - El incumplimiento, por razones imputables al beneficiario, de las obligaciones asumidas como consecuencia de la concesión de la subvención.

- La falta de justificación del empleo dado a los fondos recibidos.

Los preceptores de subvenciones con cargo a los presupuestos que integran el general deben acreditar previamente estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Corporación, mediante certificación del Interventor de la misma en el que se haga constar que vencidos los plazos de ingreso en período voluntario no existe deuda alguna pendiente de pago por el titular de la subvención.

Una vez aprobada y entregada la subvención, la persona perceptora de la misma, deberá justificar la aplicación de los fondos recibidos mediante cuenta detallada en donde se aportarán las facturas y demás documentos que acrediten la inversión en la finalidad para la que fue concedida. La cuenta deberá rendirse antes del 31 de enero de 2015.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo al interesado.

- Se da lectura al escrito presentado por don Josu Gorritxategi, en nombre y representación de los socios de “Eitzako Auzo Etxea”, de fecha 22 de octubre del año 2014, mediante el cual solicita la subvención correspondiente para la segunda fase de las obras de rehabilitación del edificio, donde está ubicada la sociedad, por un total de 2.198,75€ correspondientes al 10% del total del presupuesto presentado para la ejecución de las mencionadas obras.

Visto que se ha presentado la documentación que justifica que las obras se han realizado y a propuesta de la Alcaldía-Presidencia y por unanimidad de los miembros presentes la Junta de Gobierno Local acuerda:

Primero.- Conceder a la asociación de “Eitzako Auzo Etxea”, la subvención correspondiente al 10% del total del presupuesto presentado para la segunda fase de las obras de rehabilitación del edificio, por un importe de 2.198,75€.

Segundo.- Notificar el presente acuerdo a don Josu Gorritxategi, en nombre y representación de los socios de “Eitzako Auzo Etxea.

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156.- ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE RECOGIDA DE PERROS Y GATOS ABANDONADOS, AÑO 2014, POR CONTRATO MENOR

Ante la necesidad de este Ayuntamiento de adjudicar la prestación del servicio de recogida de perros y gatos abandonados a través de una empresa externa.

Visto que se había solicitado presupuesto a don Roberto Sologaistua, y que el mismo asciende a las siguientes cantidades:

- Por cada perro abandonado durante un mes: 200€+IVA - Por cada gato abandonado durante un mes :100€+IVA - Por recogida de cadáver de perro y tramites : 100€+IVA

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 150€ si lleva el chip

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 180€ si no lleva el chip, y a partir del quinto día, desde la recogida un recargo de 10€/día

Considerando que por la cuantía del mismo se trata de un contrato menor y le resulta de aplicación las disposiciones de contratos menores contenidas en los artículos 23.3, 111 y 138.3 y 156.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Y previa deliberación sobre el tema y a propuesta de la Sra. Alcaldesa- Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Aprobar el gasto relativo a la contratación del servicio de recogida de perros y gatos abandonados, por el siguiente importe:

- Por cada perro abandonado durante un mes: 200€+IVA - Por cada gato abandonado durante un mes :100€+IVA - Por recogida de cadáver de perro y tramites : 100€+IVA

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 150€ si lleva el chip

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 180€ si no lleva el chip, y a partir del quinto día, desde la recogida un recargo de 10€/día

Segundo.- Contratar con don Roberto Sologaistua Cendoya la prestación del servicio de recogida de perros y gatos abandonados, año 2015, por el siguiente importe: - Por cada perro abandonado durante un mes: 200€+IVA

- Por cada gato abandonado durante un mes :100€+IVA - Por recogida de cadáver de perro y tramites : 100€+IVA

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 150€ si lleva el chip

- Por recogida de perro con dueño y devolución en su caso al propietario en el Ayuntamiento en horas de oficina: 180€ si no lleva el chip, y a partir del quinto día, desde la recogida un recargo de 10€/día

Tercero.- El pago de la prestación del servicio se realizará previa emisión por el adjudicatario de la factura correspondiente y previa aprobación de la misma por el órgano competente.

(14)

Cuarto.- Notificar el presente acuerdo a don Roberto Sologaistua Cendoya. 157.- PROYECTOS DE COOPERACIÓN POR MEDIO DE EUSKAL FONDOA

Dada cuenta del dictamen de la Comisión informativa de Bienestar Social, Sanidad y Migración de fecha once de noviembre actual, en el que se propone distribuir la partida relativa a “Cooperación con otros países” del año 2014 por un importe de 12.000,00€ de la siguiente forma:

Proyecto 225K

Raxruhá. Alta Verapaz (Guatemala), para el proyecto Instalación del sistema de agua potable barrios San José y el Esfuerzo

12.000,00€

Y previa deliberación sobre el tema, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros presentes, acuerda:

Primero.- Aprobar la distribución de la partida relativa a “Cooperación con otros países” del año 2014, en los mismos términos que se recoge en la propuesta de la Comisión Informativa de Bienestar Social, Sanidad y Migración.

Segundo.- Notificar dicho acuerdo a Euskal Fondoa.

Concluido el examen de los asuntos incluidos en el orden del día y antes de pasar al turno de ruegos y preguntas, por Sra. Alcaldesa- Presidenta, se propone el someter a la consideración de la Junta los asuntos que a continuación se detallan, siendo aceptado por unanimidad de los miembros presentes:

SOLICITUD INHUMACIÓN CENIZAS EN NICHO PRIVADO

-Dada lectura al escrito presentado por don Mikel Gogénola de fecha 29 de octubre del actual, por la que solicita la inhumación de las cenizas de su madre doña Lide Maiztegui y de su hermano don Juan Antonio Gogénola Maiztegui en el nicho de su propiedad sito en el número 35 de la calle Santa Isabel del Cementerio Municipal de Zaldibar.

La Junta de Gobierno Local, a propuesta de la Alcaldía-Presidencia, y por unanimidad de los miembros asistentes acuerda:

Primero.- Conceder a don Mikel Gogenola la inhumación de las cenizas de su madre doña Lide Maiztegui y de su hermano don Juan Antonio Gogénola Maiztegui en el nicho de su propiedad sito en el número 35 de la calle Santa Isabel del Cementerio Municipal de Zaldibar, previo el pago de la tasa correspondiente.

Segundo.- Practicar la correspondiente liquidación tributaria de conformidad con el epígrafe G) de la Ordenanza Fiscal reguladora de las tasas por prestación de servicios públicos y realización de actividades:

INHUMACIÓN CENIZAS NICHO PRIVADO……… 80€ X2 = 160€ Tercero.- Notificar el presente acuerdo a don Mikel Gogénola.

(15)

SERVICIO DE TELEASISTENCIA

- Se da cuenta del servicio de Teleasistencia denominado BETION, presentado por la Trabajadora Social de los servicios sociales de base de la Mancomunidad de la Merindad de Durango, para el bienestar de las personas mayores para que puedan seguir viviendo en su domicilio de manera autónoma con seguridad y tranquilidad, puesto que se dispone de atención permanente las 24 horas del día, todos los días del año.

Se trata de un sencillo aparato conectado a la línea telefónica que posibilita hablar con profesionales que responderán a diversas necesidades, tales como una emergencia, una situación de urgencia, compañía, orientación, etc…

Este servicio está dirigido a personas de más de 75 años que viven solas y el coste del mismo es de 4€ al mes.

Visto que por la trabajadora social se ha indicado la conveniencia de dar información de este servicio al vecindario de Zaldibar, y a propuesta de la Sra. Alcaldesa- Presidenta, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros asistentes acuerda:

Primero.- Remitir un escrito explicativo del servicio de Teleasistencia BETION a todas las personas del municipio de más de 75 años de edad, donde se les dé cuenta del servicio y lugares de contacto para solicitar dicho servicio o una mayor información.

Segundo.- Dar cuenta del presente acuerdo a la Trabajadora Social. 158.- RUEGOS Y PREGUNTAS.

No hubo

Y no habiendo más asuntos que tratar, por la Sra. Alcaldesa-Presidenta se dio por finalizada la sesión siendo las doce horas y veinticinco minutos de todo lo cual, yo, la Secretaria-Interventora, doy fe.

Vº Bº

Referencias

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