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PROGRAMA DE BILINGÜISMO EN LENGUAS EXTRANJERAS EN ARAGÓN (PIBLEA)

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Academic year: 2021

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A los Superiores Provinciales. A los Directores de los Centros Zaragoza, 18 de febrero de 2.013.

PROGRAMA DE BILINGÜISMO EN LENGUAS EXTRANJERAS EN ARAGÓN (PIBLEA)

Estimado/a amigo/a:

Sirva la presente para comunicarte que, con fecha de hoy, se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón la Orden de 14 de febrero de 2.013 por la que se regula el Programa Integral de Bilingüismo en Lenguas Extranjeras en Aragón (PIBLEA) a partir del curso 2.013/14, y la Orden de 15 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se autoriza la continuación de programas de bilingüismo en lenguas extranjeras y se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón con el fin de solicitar la autorización para impartir una modalidad de bilingüismo a partir del curso 2013/14, adjuntando ambas con esta circular.

Sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa citada, las características más importantes de dicho Programa son las siguientes:

1. Está destinado a todos los centros sostenidos con fondos públicos, de manera que, por primera vez, los centros concertados pueden concurrir a una convocatoria de este tipo.

2. Distingue dos modalidades de bilingüismo: a. CILE 1:

i. Dirigido a aquellos Centros que van a impartir 1 área o materia en lengua extranjera (inglés, francés o alemán), en el nivel para el que solicite la autorización del Programa, que debe alcanzar al 20% del horario escolar en Educación Infantil y/o Primaria.

ii. El alumnado debe cursar, como mínimo la misma área en lengua extranjera durante dos cursos consecutivos.

(2)

iii. Los centros con dos o más vías deben ofertar la enseñanza de una segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de Educación Primaria, a partir del primer año en el que la primera promoción que haya iniciado el PIBLEA alcance dicho ciclo.

b. CILE 2:

i. Dirigido a aquellos Centros que van a impartir 2 áreas o materias en lengua extranjera (inglés, francés o alemán), en el nivel para el que solicite la autorización del Programa, que debe alcanzar al 30% del horario escolar en Educación Infantil y/o Primaria.

ii. El alumnado debe cursar, como mínimo las mismas áreas en lengua extranjera durante dos cursos consecutivos iii. Los centros con dos o más vías deben ofertar la

enseñanza de una segunda lengua extranjera en el tercer ciclo de Educación Primaria, a partir del primer año en el que la primera promoción que haya iniciado el PIBLEA alcance dicho ciclo.

iv. En ESO será el Centro el que elija las materias a impartir.

3. Además de estas dos modalidades, los Centros que deseen fomentar el aprendizaje de idiomas podrán participar en la convocatoria de proyectos para la Potenciación de Lengua Extranjera (POLE), que todavía no se ha realizado, y de la que te daremos información cuando se produzca. Estos proyectos o actividades podrán ser curriculares, complementarias y extraescolares, sin que suponga la impartición de un área o materia. Dichos proyectos no tendrán la consideración de bilingüismo.

4. Con carácter general, los Centros deberán solicitar la implantación del CILE 1 y/o del CILE 2 en 1º de Educación Primaria o E.S.O. o C.F., y continuará de forma progresiva en años sucesivos hasta completar la etapa.

5. Lo Centros que cumplan los requisitos para impartir el PIBLEA en E.P. o en E.S.O., podrán también solicitarlo simultáneamente para 1º de Educación Infantil.

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6. En E.S.O. los Centros deberán contar como mínimo con 15 alumnos matriculados en esta especialidad, y deberán garantizar al menos el 20% de las plazas ofertadas para alumnado no bilingüe.

7. Requisitos de participación:

a. Disponer de suficiente profesorado con competencia para asumir la impartición del idioma correspondiente en toda la etapa, según lo dispuesto en el anexo I de la Orden de 14 de febrero de 2.013. A este respecto, se entiende que cuentan con titulación suficiente, entre otros, los Diplomados en Magisterio con la especialidad de Inglés.

b. Contar con la aprobación de la mayoría del Claustro de Profesores y del Consejo Escolar del Centro, según anexos I y II que se adjuntan a esta circular, y que sustituyen al anexo VI y VII de la Orden de 15 de febrero.

c. Presentar un proyecto bilingüe según las orientaciones generales que se establecen en la convocatoria prevista en la Orden de 15 de febrero.

8. Los Centros que deseen participar en el PIBLEA deberán solicitar su implantación, cumplimentando los anexos dispuestos en la Orden de 15 de febrero, antes del 8 de marzo de 2.013.

Sin otro particular, y esperando que esta información sea de tu interés, recibe un cordial saludo,

Miguel del Cerro Calvo

Presidente Autonómico FERE-CECA-EyG ARAGÓN

José Luis Sampériz Cinca

Secretario Autonómico FERE-CECA-EyG ARAGÓN

(4)

ANEXO I

(Membrete del Colegio)

CERTIFICADO DEL CONSEJO ESCOLAR

DON/DOÑA ________________________________, mayor de edad, provisto

del Documento Nacional de Identidad número___________, en calidad de

Secretario/a del CONSEJO ESCOLAR DEL COLEGIO

____________________________, con domicilio en ________________, calle _____________, nº __, mediante el presente, CERTIFICO

Que en la sesión de este Consejo Escolar celebrada el __ de ____________ de 2.013, la Dirección del Colegio ha informado de la solicitud formulada por este Centro Educativo, al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, con el fin de participar, -a partir del curso 2.013/14-, en el Programa de Bilingüismo en Lenguas Extranjeras en Educación _______________.

Y para que conste a los efectos previstos en la Orden de 15 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se autoriza la continuación de programas de bilingüismo en lenguas extranjeras y se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar la autorización para impartir una modalidad de bilingüismo a partir del curso 2013/14, suscribo el presente en _______, a __ de ________ de 2.013

Vº Bº EL/LA DIRECTORA/A

(5)

ANEXO II

(Membrete del Colegio)

CERTIFICADO DEL CLAUSTRO

DON/DOÑA ________________________________, mayor de edad, provisto

del Documento Nacional de Identidad número_______________, en calidad de

Secretario/a del CLAUSTRO DE PROFESORES DE EDUCACIÓN

____________ DEL COLEGIO ____________________________, con

domicilio en ________________, calle _____________, nº __, mediante el presente, CERTIFICO

Que en la sesión de este Claustro celebrada el __ de ____________ de 2.013, la Dirección del Colegio ha informado de la solicitud formulada por este Centro Educativo, al Departamento de Educación, Universidad, Cultura y Deporte del Gobierno de Aragón, con el fin de participar, -a partir del curso 2.013/14-, en el Programa de Bilingüismo en Lenguas Extranjeras en Educación _______________.

Y para que conste a los efectos previstos en la Orden de 15 de febrero de 2013, de la Consejera de Educación, Universidad, Cultura y Deporte, por la que se autoriza la continuación de programas de bilingüismo en lenguas extranjeras y se convoca a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Aragón para solicitar la autorización para impartir una modalidad de bilingüismo a partir del curso 2013/14, suscribo el presente en _______, a __ de ________ de 2.013

Vº Bº EL/LA DIRECTORA/A

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