Viernes, 04 de febrero de 2005 CONGRESO DE LA REPUBLICA
Designan apoderados en procesos seguidos ante el Tribunal Constitucional con relación a diversas demandas de inconstitucionalidad
RESOLUCION Nº 060-2004-2005-P-CR Lima, 3 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, la defensa de la constitucionalidad de una Ley corresponde al Congreso de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 de la Ley Nº 28237, Código Procesal Constitucional;
Que, el señor José Miguel Morales Dasso en representación de más de 5 000 ciudadanos, ha presentado la demanda de inconstitucionalidad contra la Ley Nº 28258, sus modificatorias y otras normas conexas, así como de su reglamento;
Que, el Colegio de Abogados del Callao ha presentado la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 3 de la Ley Nº 28389, Ley de reforma de los artículos 11, 103 y primera disposición final y transitoria de la Constitución Política del Perú;
Que, el señor Miguel Ángel Mufarech Nemy en representación de más de 5 000 ciudadanos, ha presentado la demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 2 de la Ley Nº 28374;
Que, el Tribunal Constitucional ha notificado al Congreso de la República las mencionadas demandas de inconstitucionalidad, a través de los Oficios Nºs. 011-2005-VP/TC, 032 y 033-2005-P/TC respectivamente, con la finalidad de que nombren un apoderado que los represente y se apersone al proceso para que formule el alegato correspondiente respecto de las demandas interpuestas;
Que, en ausencia del Presidente del Congreso de la República asume sus funciones el Primer Vicepresidente del Congreso, de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 32 del Reglamento del Congreso de la República;
Que, es necesario nombrar apoderados del Congreso de la República para que asuman la defensa de la constitucionalidad de las leyes objeto de las demandas interpuestas;
De conformidad con lo establecido en el artículo 32 del Reglamento del Congreso; Con cargo de dar cuenta a la Mesa Directiva;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar al doctor Andrés Agustín Graña Acuña, Procurador
Público de los Asuntos Judiciales del Poder Legislativo, como apoderado del Congreso de la República en el proceso que se sigue en el Tribunal Constitucional con relación a la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don José Miguel Morales Dasso en representación de un grupo de ciudadanos, contra la Ley Nº 28258, sus modificatorias y otras normas conexas, así como de su reglamento.
Artículo Segundo.- Designar al doctor Carlos Mesía Ramírez, Abogado de la Oficina
de la Defensa de las Leyes del Congreso de la República, como apoderado del Congreso de la República en los procesos que se sigue en el Tribunal Constitucional con relacion a las demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el Colegio de Abogados del Callao contra el
artículo 3 de la Ley Nº 28389, Ley de reforma de los artículos 11, 103 y primera disposición final y transitoria de la Constitución Política del Perú, y por el señor Miguel Ángel Mufarech Nemy en representación de más de 5 000 ciudadanos contra el artículo 2 de la Ley Nº 28374.
Regístrese, comuníquese y publíquese. NATALE AMPRIMO PLÁ
Primer Vicepresidente
Presidente (e) del Congreso de la República PCM
Autorizan al Ministro de Economía y Finanzas a ausentarse del país, y encargan su Despacho al Ministro de Educación
RESOLUCION SUPREMA Nº 028-2005-PCM Lima, 3 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que el Ministro de Economía y Finanzas, señor Pedro Pablo Kuczynski Godard, se ausentará del país del 4 al 11 de febrero de 2005, por razones personales y de salud;
Que los gastos que demande el viaje y la estadía serán asumidos íntegramente por el citado funcionario, no generando gasto alguno al Tesoro Público;
Que es necesario encargar la Cartera de Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú y el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo -; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar al Ministro de Economía y Finanzas, señor Pedro Pablo
Kuczynski Godard, a ausentarse del país por razones de índole personal y de salud, del 4 al 11 de febrero de 2005.
Artículo 2.- Encargar la Cartera de Economía y Finanzas al señor Javier Sota Nadal,
Ministro de Educación, a partir del 4 de febrero de 2005 y mientras dure la ausencia del Titular. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan al Ministro de Justicia a ausentarse del país, y encargan su Despacho al Presidente del Consejo de Ministros
Lima, 3 de febrero de 2005 CONSIDERANDO:
Que, el señor Ministro de Justicia, CARLOS GAMARRA UGAZ, se ausentará del país del 4 al 7 de febrero de 2005 por motivos personales;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el viaje del indicado funcionario y encargar el Despacho del Ministro de Justicia mientras dure la ausencia de su titular;
De conformidad con lo establecido en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor abogado CARLOS GAMARRA UGAZ, Ministro
de Justicia, del 4 al 7 de febrero de 2005.
Artículo 2.- El viaje autorizado en la presente Resolución no irrogará gasto alguno al
Estado.
Artículo 3.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de
impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4.- Encargar el Despacho del Ministro de Justicia, al señor doctor Carlos
Ferrero Costa, Presidente del Consejo de Ministros; a partir del 4 de febrero de 2005 y mientras dure la ausencia del titular.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros CARLOS GAMARRA UGAZ
Ministro de Justicia
AGRICULTURA Fe de Erratas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0096-2005-AG
Fe de Erratas de la Resolución Ministerial Nº 0096-2005-AG, el 2 de febrero de 2005.
DICE:
“Artículo Único.- Aprobar las transferencias de 9 (nueve) de los 12 (doce) Proyectos Ganaderos de la Dirección General de Promoción Agraria
“Artículo Único.- Aprobar las transferencias de 9 (nueve) de los 14 (catorce) Proyectos Ganaderos de la Dirección General de Promoción Agraria
MINCETUR
Autorizan ejecución de gastos relativos al viaje de congresistas que participarán en la VII Ronda de Negociaciones para la suscripción de TLC con EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 032-2005-MINCETUR-DM Lima, 1 de febrero de 2005
Visto el Oficio Nº 521-2004-2005-P/CR del Presidente del Congreso de la República el Oficio Nº 267-2004-2005-OM/CR del Oficial Mayor del Congreso de la República y el Oficio Nº 237-2005-CCYR-CR del Presidente de la Comisión de Constitución y Reglamento del Congreso de la República.
CONSIDERANDO:
Que, del 7 al 11 de febrero de 2005 se llevará a cabo en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, la VII Ronda de Negociaciones para la suscripción del Tratado de Libre Comercio - TLC, con los Estados Unidos de Norteamérica;
Que, por Resolución Ministerial Nº 024-2005-MINCETUR/DM, de 26 de enero de 2005, se autorizó el gasto por concepto de pasajes y viáticos que genera la participación de 30 Congresistas de la República en la VIl Ronda de Negociaciones;
Que, mediante los documentos del Visto, el Congreso de la República ha comunicado al Despacho Ministerial, que los señores Congresistas de la República Dora Núñez Dávila y Jaime Velásquez Rodríguez, asistirán a la VII Ronda de Negociaciones; asimismo, que han declinado viajar los señores Congresistas de la República Eduardo Carhuaricra Meza, Mario Ochoa Vargas, Luis Gasco Bravo y Aurelio Pastor Valdivieso;
Que, por tanto, es necesario autorizar el gasto que genere tal participación dejando sin efecto la parte pertinente de la Resolución Ministerial Nº 024-2005-MINCETUR/DM;
Que, el MINCETUR es el organismo rector en materia de comercio exterior y turismo y es responsable de las negociaciones comerciales internacionales;
De conformidad con las Leyes Nºs. 28425, 28427 y 27790;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar la ejecución de los gastos por los conceptos de pasajes y viáticos
que genere el viaje a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, de los señores Congresistas de la República Dora Núñez Dávila y Jaime Velásquez Rodríguez, quienes participarán en la VIl Ronda de Negociaciones para la suscripción del TLC con Estados Unidos de Norteamérica, a realizarse en dicha ciudad del 7 al 11 de febrero de 2005, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes (US$ 466,00 x 2 personas) : US$ 932,00 Viáticos (US$ 200,00 x 5 días x 2 personas) : US$ 2 000,00 Tarifa CORPAC (28,24 x 2 personas) : US$ 56,48
Artículo 2.- Los gastos que se deriven del cumplimiento del artículo 1 de la presente
Resolución Ministerial, serán realizados con cargo al presupuesto del Programa Comercio del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo.
Artículo 3.- Dejar sin efecto la autorización de ejecución de gastos por los conceptos
de pasajes y viáticos para los señores Congresistas de la República Luis Gasco Bravo, Eduardo Carhuaricra Meza, Mario Ochoa Vargas y Aurelio Pastor Valdivieso, otorgada mediante Resolución Ministerial Nº 024-2005-MINCETUR/DM.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Autorizan viaje de representantes del ministerio que participarán en la VII Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio con EE.UU.
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 033-2005-MINCETUR-DM Lima, 1 de febrero de 2005
Visto los Memorándum Nºs. 013, 037, 042, 057, 065, 067, 077, 082 y 086-2005-MINCETUR/VMCE del Viceministro de Comercio Exterior y anexos correspondientes;
CONSIDERANDO:
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR es el organismo competente para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo, encargado de la regulación del comercio exterior. En tal sentido, el Viceministerio de Comercio Exterior participa activamente en las reuniones de negociaciones comerciales internacionales;
Que, los países andinos Colombia, Ecuador y Perú iniciaron el 18 de mayo de 2004 las negociaciones con los Estados Unidos de Norteamérica, para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio. A la fecha se han llevado a cabo seis Rondas de Negociaciones; la VIl Ronda ha sido programada para realizarse en la ciudad de Cartagena, República de Colombia, del 7 al 11 de febrero de 2005; previamente a las sesiones formales de la VIl Ronda, los negociadores de los países andinos se reunirán a fin de elaborar una posición conjunta;
Que, en dichas reuniones participará el Viceministro de Comercio Exterior, así como un equipo de funcionarios y profesionales que prestan servicios en el Viceministerio de Comercio Exterior, especialistas en las diversas materias a tratar, por lo que se considera procedente otorgar la autorización de viaje correspondiente y encargar el Despacho Viceministerial, en tanto dure la ausencia del titular;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Leyes Nºs. 27619, 27790, 28425 y 28427, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y Decreto de Urgencia Nº 015-2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, de los
funcionarios y profesionales que en representación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, participarán en la VIl Ronda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos de Norteamérica, en las fechas que a continuación se indica:
- Del 6 al 12 de febrero de 2005.
Señor Pablo de la Flor Belaúnde, Viceministro de Comercio Exterior y Jefe del Equipo Negociador Peruano;
Señor Eduardo Ferreyros Kuppers, Coordinador TLC; - Del 5 al 9 de febrero de 2004.
Señorita Liliana Ruiz de Alonso. - Del 6 al 9 de febrero de 2005.
Señores: Carlos Lorenzo Castro Serón
César Augusto Llona Silva
- Del 4 al 10 de febrero de 2005.
Señoritas Marcela Patricia Zea Barreto
Ana Helena Sandoval Pinto
Silvia María Noriega León - Del 5 al 10 de febrero de 2005.
Señor Julián Cipriano Gamero Alania - Del 6 al 10 de febrero de 2005.
Señor Edwin Benjamín Chávez Nuñez de Prado - Del 7 al 10 de febrero de 2005
Señora Martha Patricia Hurtado Tello - Del 8 al 10 de febrero de 2005 Señor Juan Luis Reus Canales - Del 6 al 11 de febrero de 2005. Señora Silvia Lorena Hooker Ortega - Del 7 al 11 de febrero de 2005
Señores: Carlos Esteban Posada Ugaz
Luis Torres Paz
Gloria Eugenia Ramírez Ramírez
Jorge Silva Dávila
- Del 4 al 12 de febrero de 2005.
Señores: José Eduardo Brandes Salazar,
Hortencia Elva Rodríguez Pastor María Beatriz Cubas Zanabria
Luis Alberto Mesías Changa
- Del 5 al 12 de febrero de 2005.
Señores: Alvaro Gutiérrez Bendezú
Bettina María Sonza Vivanco
Ernesto Emilio Guevara Lam
Edgar Martín Vásquez Vela
- Del 6 al 12 de febrero de 2005
Señores: Lorena Borgo Hannach
José Luis Castillo Mezarina
María Rosa Morán Macedo
Elizabeth Poma Hermoza
Manuel Ruiz-Huidobro Cubas
Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos Maggy Alejandra Manrique Petrera
Sara Rosana Rosadio Colán
Pamela Apaza Lanyi
Señores María Liliana Honorio Malásquez
Eduardo García-Godos Meneses
Juana del Carmen Ochoa Vigo Jaime Alberto Cuzquén Carnero
- Del 8 al 12 de febrero de 2005
Señores José Luis Cano Cáceres
Gilmer Ricardo Paredes Castro - Del 6 al 13 de febrero de 2005
Señorita Yolanda Zúñiga Fernández
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución
Ministerial, estarán a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle:
- Señor Pablo de la Flor Belaúnde, (Del 6 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 770,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Eduardo Ferreyros Kuppers, (Del 6 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) : US$ 1 400,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita Silvia María Noriega León, (Del 4 al 10 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) : US$ 1 400,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señora Hortencia Elva Rodríguez Pastor (Del 4 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 756,00
Viáticos (US$ 200,00 x 9 días) : US$ 1 800,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Luis Alberto Mesías Changa (Del 4 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 8 días) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor José Eduardo Brandes Salazar (Del 4 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 490,00
Viáticos (US$ 200,00 x 9 días) : US$ 1 800,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita María Beatriz Cubas Zanabria (Del 4 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 623,00
Viáticos (US$ 200,00 x 9 días) : US$ 1 800,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita Liliana Ruiz de Alonso (Del 5 al 9 de febrero de 2004)
Pasajes : US$ 466,00
Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Julián Cipriano Gamero Alania (Del 5 al 10 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 466,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Alvaro Gutiérrez Bendezú (Del 5 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 490,00
Viáticos (US$ 200,00 x 8 días) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señores Ernesto Emilio Guevara Lam y Edgar Martín Vásquez Vela (Del 5 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 1 246,00
(US$ 623,00 x 2 personas)
Viáticos : US$ 3 200,00
(US$ 200,00 x 8 días x 2 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 56,48 (US$ 28,24 x 2 personas)
Señorita Bettina María Sonza Vivanco (Del 5 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 623,00
Viáticos (US$ 200,00 x 8 días) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señores Carlos Lorenzo Castro Serón y César Augusto Llona Silva (Del 6 al 09 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 932,00
(US$ 466,00 x 2 personas)
Viáticos : US$ 1 600,00
(US$ 200,00 x 4 días x 2 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 56,48 (US$ 28,24 x 2 personas)
Señor Edwin Benjamín Chávez Nuñez de Prado (Del 6 al 10 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señora Silvia Lorena Hooker Ortega (Del 6 al 11 de febrero de 2005).
Pasajes : US$ 466,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señores: Lorena Borgo Hannach, José Luis Castillo Mezarina, María Rosa Morán Macedo, Elizabeth Poma Hermoza, Manuel Ruiz-Huidobro Cubas y Jaime Dupuy Ortiz de Zevallos (Del 6 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 2 868,00
(US$ 478,00 x 6 personas)
Viáticos : US$ 8 400,00
(US$ 200,00 x 7 días x 6 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 169,44 (US$ 28,24 x 6 personas)
Señorita Maggy Alejandra Manrique Petrera (Del 6 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 670,00
Viáticos (US$ 200,00 x 7 días) : US$ 1 400,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita Yolanda Zúñiga Fernández (Del 6 al 13 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 8 días) : US$ 1 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señoritas Sara Rosana Rosadio Colán y Pamela Apaza Lanyi (Del 6 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 956,00
(US$ 478,00 x 2 personas)
Viáticos : US$ 2 800,00
(US$ 200,00 x 7 días x 2 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 56,48 (US$ 28,24 x 2 personas)
Señora Martha Patricia Hurtado Tello (Del 7 al 10 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 4 días) : US$ 800,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señores: Carlos Esteban Posada Ugaz, Luis Torres Paz y Gloria Eugenia Ramírez Ramírez (Del 7 al 11 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 1 398,00
(US$ 466,00 x 3 personas)
Viáticos : US$ 3 000,00
(US$ 200,00 x 5 días x 3 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 84,72 (US$ 28,24 x 3 personas)
Señor Jorge Silva Dávila (Del 7 al 11 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 466,00
Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita Juana del Carmen Ochoa Vigo (Del 7 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 623,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Gilmer Ricardo Paredes Castro (Del 8 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 478,00
Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señorita María Liliana Honorio Malásquez (Del 7 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 670,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Eduardo García-Godos Meneses (Del 7 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 566,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor José Luis Cano Cáceres (Del 8 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 466,00
Viáticos (US$ 200,00 x 5 días) : US$ 1 000,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Jaime Alberto Cuzquén Carnero (Del 7 al 12 de febrero de 2005)
Pasajes. : US$ 670,00
Viáticos (US$ 200,00 x 6 días) : US$ 1 200,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señor Juan Luis Reus Canales (Del 8 al 10 de febrero de 2005)
Viáticos (US$ 200,00 x 3 días) : US$ 600,00 Tarifa CORPAC : US$ 28,24
Señoritas Marcela Patricia Zea Barreto y Ana Helena Sandoval Pinto (Del 4 al 10 de febrero de 2005)
Pasajes : US$ 932,00
(US$ 466,00 x 2 personas)
Viáticos : US$ 2 800,00
(US$ 200,00 x 7 días x 2 personas)
Tarifa CORPAC : US$ 56,48 (US$ 28,24 x 2 personas)
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno al país,
los funcionarios y el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular del Sector un informe detallado de las acciones realizadas y resultados obtenidos en el viaje autorizado. Asimismo, deberán presentar la rendición de cuentas de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- Encargar el Despacho del Viceministro de Comercio Exterior al señor
Franklin Ramiro Salas Bravo, Viceministro de Turismo a partir del 6 de febrero de 2005 y en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 5.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de
impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Exoneran de proceso de selección la contratación de servicios de publicidad en diarios, revistas, paneles y catálogo a fin de posicionar al Perú como destino turístico
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 035-2005-MINCETUR-DM Lima, 2 de febrero de 2005
Vista la Carta Nº C.64.2005/PP.GG de la Gerencia General de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, el Informe Técnico Nº I.6.2005/PP.GMI.SGIIT-IN-M de fecha 21 de enero de 2005 de la Subgerencia de Investigación de Mercados e Información al Turista de su Gerencia de Marketing e Imagen, el Informe Legal Nº 013-2005/PP.GL de fecha 24 de enero de 2005 de su Gerencia Legal, y el Informe Nº I.006.2005/PP.GPPD.ECM, adjunto al Memorandum Nº M.015.2005/PP.GPPD de fecha 24 de enero de 2005 de su Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo;
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, es una Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, cuyo objeto es proponer, dirigir, evaluar y ejecutar las políticas y estrategias de promoción del turismo interno y del turismo receptivo, así como promover y difundir la imagen del Perú en materia de promoción turística, de conformidad con la política y objetivos sectoriales;
Que, acorde con sus funciones, dentro de la estrategia de promoción turística del Perú en el exterior para el año 2005, PromPerú se encuentra desarrollando una Campaña de Promoción Turística en los principales mercados prioritarios y potenciales emisores de turistas hacia el Perú a través de la contratación de los servicios de publicidad en distintos medios de comunicación de dichos países;
Que, mediante Informe Técnico Nº I.006.2005/PP.GMI.SGIIT-IN-M, la Subgerencia de Investigación de Mercados e Información al Turista de la Gerencia de Marketing e Imagen de PromPerú señaló la necesidad de contratar los servicios de publicidad en diversos medios de comunicación tales como diarios, revistas, paneles publicitarios y catálogos, en los Estados Unidos de Norteamérica, Brasil, Alemania e Italia con el objetivo de posicionar el Perú como destino turístico en la mente de los consumidores finales, habitantes y visitantes, así como en los operadores de agencias de viajes y tour operadores del mercado de negocios turísticos de dichos países, para lo cual se cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Planificación, Presupuesto y Desarrollo de PromPerú, a través de su Informe Nº I.006.2005/PP.GPPD.ECM;
Que, Estados Unidos de Norteamérica es el primer país emisor de turistas al Perú y de acuerdo a los estudios de mercado aproximadamente las dos terceras partes de los turistas estadounidenses planifican su viaje con una anticipación no menor de cuatro meses, por lo que resulta necesario contratar a principios de año los servicios de publicidad en los diarios de mayor circulación de las ciudades que emiten la mayor parte turistas que visitan el Perú, a fin de promover y difundir su imagen como destino turístico. Para efectuar la selección de los diarios más adecuados a este propósito, se ha tenido en cuenta el ranking de circulación de diarios de los Estados Unidos de Norteamérica elaborado por el Audit Boureau of Circulations Board; como resultado de dicha selección se ha elegido a los siguientes medios: The New York Times, The New York Daily News, The Dallas Morning News, The Boston Globe, The Denver Post, San Francisco Chronicle, Chicago Tribune, Los Angeles Times, Orange County Register y The Washington Post;
Que, asimismo, de los estudios de mercado realizados resulta que aproximadamente la tercera parte de los turistas estadounidenses que vienen al Perú usan una agencia de viajes, por lo que también resulta necesaria la contratación de servicios de publicidad en las princi-pales revistas especializadas en turismo, para cuya elección se ha tenido en cuenta el ranking de circulación de revistas especializadas en la materia, elaborado por la Business of Performing Audits, resultando seleccionadas las siguientes revistas: Travel Weekly, Travel Agent y Recommend;
Que, el mercado alemán es uno de los más importantes, puesto que es el tercer país emisor de turistas y los turistas provenientes de dicho mercado realizan el mayor gasto comparado con el que realizan los turistas provenientes del resto de países europeos, además de que existe una alta conectividad entre el Perú y Alemania, existiendo actualmente 16 vuelos semanales; los turistas alemanes tienen un alto nivel cultural, lo que les lleva a preferir destinos de tipo histórico cultural, características principales del producto turístico peruano; además, por ser Alemania uno de los países que emite mayor cantidad de viajeros, se realiza anualmente en la ciudad de Berlín la Feria ITB, la cual es la más importante feria turística del mundo, habiendo congregado en el año 2004 a más de 10 000 expositores de 180 países, siendo el Perú País Anfitrión; que, por los motivos citados, es importante que la promoción del Perú como destino turístico se efectúe con oportunidad de la Feria de ITB 2005, señalando el informe técnico que los medios idóneos son los siguientes: avisos publicitarios en el Catálogo Oficial de la Feria ITB; paneles publicitarios en el Metro de Berlín por su elevado número de usuarios potenciales turistas, tanto alemanes como visitantes de la Feria ITB; y la revista FVW, que es la revista turística especializada de mayor tiraje durante la Feria ITB;
Que, Italia es uno de nuestros países prioritarios, pues es el quinto emisor europeo de turistas al Perú, con cerca de 22 000 turistas en el 2003, teniendo una participación del 2,3% del total del mercado, y la ciudad de Milán es la principal ciudad emisora de turistas al Perú; además, la región de Lombardía cuya capital es Milán, tiene la mayor cantidad de agencias de viaje de la península (1 232) y en Milán se realiza una de las principales Ferias de Turismo, la BIT, considerada la cuarta en importancia a nivel mundial, en donde participan tanto el público en general como representantes y profesionales de empresas turísticas, en la Feria se encuentran representados 129 países y en su última edición congregó a casi 137 000 personas, de las cuales casi 97 000 fueron profesionales, lo cual significó un crecimiento del 11% en la visita de profesionales y un 6,7% en la cifra global de visitantes respecto a su edición del 2003; por tales motivos para los fines promocionales del turismo hacia el Perú, es muy importante que la promoción referida a ello se realice con oportunidad de la indicada feria, señalando el informe técnico que los medios idóneos son los siguientes: paneles publicitarios el
Metro de Milán por su elevado número de usuarios potenciales, tanto turistas italianos como visitantes de la Feria BIT; y la revista TTG que es la revista turística especializada de mayor prestigio, una de las de mayor tiraje durante la Feria BIT e integrante de la cadena internacional de publicaciones turísticas TTG;
Que, durante el año 2003 Brasil emitió aproximadamente 1,86 millones de pasajeros, de los cuales el Perú sólo recibió 29,016; no obstante ello, según las estimaciones de la Organización Mundial de Turismo -OMT-, la tendencia en los próximos 20 años, es que el 79% de los turistas a nivel mundial prefieran viajes de corta distancia, por lo que se considera al Brasil como un mercado de enorme potencial para el turismo receptivo, ya que entre nuestros países existe una distancia de tan sólo cuatro y media horas de vuelo. En este mercado las agencias de viaje representan una de las mayores redes de distribución de servicios turísticos extranjeros, controlando casi la totalidad del movimiento del mercado, por lo que se requiere contratar servicios de publicidad tanto en revistas orientadas a los operadores de las agencias de viaje y tour operadores, como aquellas orientadas al consumidor final;
Que, el informe técnico señala que para efectos de seleccionar la revista brasilera orientada a los operadores de las agencias de viaje y tour operadores, se tuvo en cuenta los factores: experiencia, cobertura y circulación, resultando elegida la revista Brasilturis, debido a que cuenta con una experiencia de más de 20 años, pues se fundó en 1981, y porque está dirigida a brindar información sobre el desarrollo del turismo en todo el mundo, incluyendo los segmentos de transporte, hotelería, excursiones, su cobertura es nacional y su circulación mensual es de 15 907 ejemplares aproximadamente. Asimismo, en la selección se tuvo en cuenta que Brasilturis, respecto de la revista especializada más importante del Brasil, ofrece a menor costo un mayor tiempo de publicidad;
Que, para efectos de seleccionar las revistas brasileras orientadas al consumidor final, se tuvo en cuenta que cada una tenía características peculiares que se relacionan con los tipos de turismo que es importante promover en el mercado brasilero, como son turismo vivencial (culturas vivas), turismo arqueológico (histórico cultural) y eco turismo; que por tales motivos, el informe técnico considera a las revistas especializadas Viaje Mais e Historia Viva, como los medios idóneos para posicionar al Perú como destino turístico;
Que, de conformidad con el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, se encuentran exonerados de los procesos de selección co-rrespondientes, las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalísimos, clasificación que de acuerdo a lo señalado en el Artículo 145 del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, incluye los servicios de publicidad que prestan al Estado los medios de comunicación televisiva, radial, escrita o cualquier otro medio de comunicación, en atención a las características particulares que los distinguen;
Que, los servicios mencionados en los considerandos precedentes constituyen servicios de publicidad en medios de comunicación en atención a las características particulares que los distinguen, siendo los idóneos para implementar la estrategia de posicionar al Perú para los consumidores finales y para el sector de negocios turísticos de cada uno de los referidos mercados, cumpliendo con los requisitos que establece la legislación vigente;
Que, el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE mediante Opinión Nº 040-2004 (GTN) señaló que cuando se han producido los supuestos de exoneración establecidos en el artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, y surja la necesidad de contratar con un extranjero no domiciliado en el Perú, la contratación respectiva podrá regirse por la ley de su cumplimiento, no siendo de aplicación lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Opinión que es de aplicación en los casos materia de la presente Resolución, por cuanto en ellos se presentan los mismos supuestos y en razón de que el contenido del artículo 105
vigente en la oportunidad que se emite la referida Opinión, es similar al del artículo 148 del actual Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;
Que, el Informe Técnico Nº I.6.2005/PP.GMI.SGIIT-IN-M de la Subgerencia de Investigación de Mercados e Información al Turista de la Gerencia de Marketing e Imagen, y el Informe Legal Nº 013-2005/PP.GL de la Gerencia Legal de la Comisión de Promoción del Perú - PromPerú, sustentan la contratación de los servicios personalísimos de las empresas detalladas en el artículo 1 de la presente Resolución, desde los puntos de vista técnico y legal, respectivamente;
Que, la propuesta de inversión en medios ha sido aprobada por el Directorio de PromPerú en su Sesión Nº 01-2005;
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y en los artículos 145, 146, 147 y 148 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Exonerar del proceso de selección correspondiente, por tratarse de
servicios personalísimos, la contratación de los servicios de publicidad en los diarios, revistas, paneles publicitarios y catálogo, que a continuación se indica:
1. Estados Unidos
Tipo de Medio Empresa Monto Proceso
Medio Exonerado
Periódico The New York Times The New York Times $ 201,390.00 Concurso Público 06 y 20 de f Periódico The New York Daily News Daily News LP $ 61,550.00 Concurso Público 13 y 27 de f Periódico The Dallas Morning News The Dallas Morning News $ 83,370.00 Concurso Público 06 y 20 de f Periódico The Boston Globe Globe Newspaper Company DBA. $ 121,590.00 Concurso Público 06 y 20 de f
The Boston Globe
Periódico The Denver Post Denver Newspaper Agency $ 100,800.00 Concurso Público 06 y 20 de f Periódico San Francisco Chronicle San Francisco Chronicle $ 82,530.00 Concurso Público 06 y 20 de f Periódico Chicago Tribune Tribune Media Net $ 69,436.50 Concurso Público 06 y 20 de f Periódico Los Angeles Times Los Angeles Times $ 132,982.50 Concurso Público 13 y 27 de f Periódico Orange County Register Freedom Newspapers $ 50,322.72 Adjudicación Directa Pública 06 y 20 de f Periódico The Washington Post The Washington Post $ 101,895.00 Concurso Público 13 y 27 de f Revista Travel Weekly Northstar Media $ 18,000.00 Adjudicación Directa Selectiva 6 medias pá Revista Travel Agent Advanstar $ 17,500.00 Adjudicación Directa Selectiva 7 páginas e Revista Recommend Worth International $ 92,759.00 Concurso Público 23 páginas
Communications Corporation
2. Italia
Tipo de Medio Empresa Monto Proceso
Medio Exonerado
Transporte Metro Milanes IGPDecaux S.p.A. EU 64,080.00 Concurso Público 185 avisos Público
Revista TTG TTG Italia Spa EU 8,496.00 Adjudicación Directa Selectiva 10, 14 y 15
3. Alemania
Tipo de Medio Empresa Monto Proceso
Medio Exonerado
Transporte Metro Berlín VVR-Bereck GmbH EU 24,267,00 Adjudicación Directa Publica 150 paneles Público
Catálogo Catálogo Oficial ITB Pedigree Media International EU 4,900.00 Adjudicación Directa Selectiva 1 página do Revista FVW Niedecken Medien EU 10,440.00 Adjudicación Directa Selectiva 1 página
4. Brasil
Tipo de Medio Empresa Monto Proceso
Medio Exonerado
Revista Viaje Mais Editora Europa $ 10,200.00 Adjudicación Directa Selectiva 1 (entre feb Revista Historia Viva Ediouro, Segmento - Duetto $ 41,380.00 Adjudicación Directa Pública 1 (entre feb
Editorial Ltda.
Revista Brasilturis Edicoes Turísticas Ltda. $ 15,000.00 Adjudicación Directa Selectiva 12 (1 mensu
Artículo 2.- Las contrataciones a que se refiere el artículo precedente se realizarán
hasta por los montos y a través de los proveedores señalados en el artículo anterior, siendo su Fuente de Financiamiento los Recursos Ordinarios - Fondo para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional Ley Nº 27889. Las fechas y montos de contratación pueden variar de acuerdo a la disponibilidad de los indicados medios, sin exceder el total de inversión aprobado en cada mercado.
Artículo 3.- Autorizar a la Gerencia de Administración y Finanzas de PromPerú a llevar
a cabo las acciones correspondientes a fin de realizar la contratación de los servicios a que se refieren el artículo 1 de la presente Resolución, con los proveedores detallados en dicho artículo, de acuerdo a lo señalado en el artículo 148 del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM.
Artículo 4.- La Gerencia de Administración y Finanzas de PromPerú queda encargada
de publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y a través del SEACE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión, así como de remitir copia de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
Designan representantes del sector privado como miembros de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel creada mediante el D.S. Nº 033-2004-MINCETUR
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 036-2005-MINCETUR-DM Lima, 2 de febrero de 2005
Vista la Carta del Presidente de la Cámara Nacional de Turismo - CANATUR, de fecha 17 de enero del 2005;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2004-MINCETUR, se ha creado la Comisión Multisectorial de Alto Nivel encargada de velar por el normal desarrollo de la actividad turística y la protección al turista;
Que, dicha Comisión estará conformada por representantes del sector público, así como por representantes del sector privado vinculados a la actividad turística;
Que, de acuerdo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 3 del mencionado Decreto Supremo, los representantes del sector privado serán designados por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo de acuerdo a la propuesta formulada por el Directorio de la
Cámara Nacional de Turismo - CANATUR, en base a las sugerencias de los gremios que la conforman;
Que, el Presidente de la Cámara Nacional de Turismo - CANATUR mediante el documento del Visto ha presentado su propuesta conforme al Acuerdo adoptado en la sesión del Consejo Directivo Nº 01/2005 de 17 de enero del presente año;
De conformidad con lo establecido por el Art. 3 del Decreto Supremo Nº 033-2004-MINCETUR y la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar como miembros de la Comisión Multisectorial de Alto Nivel,
creada mediante Decreto Supremo Nº 033-2004-MINCETUR, a los representantes del sector privado vinculados a la actividad turística, propuestos por CANATUR; señores:
Representantes Institución a la que representan
Titular : Sr. Carlos Canales Anchorena Cámara Nacional de Alterno : Sr. John Herdin Svabinskas Turismo - CANATUR Titular : Sra. Patricia Siles Alvarez Asociación de Empresas de Alterno : Sra. Margarita Revilla Calvo Transporte Aéreo
Internacional - AETAI Titular : Sr. Alfredo Petrozzi Miletich Asociación Peruana de Alterno : Sr. Roberto Angulo Alvarez Hoteles, Restaurantes y
Afines - AHORA. Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALFREDO FERRERO
Ministro de Comercio Exterior y Turismo DEFENSA
Amplían nombramiento de oficial FAP como Asesor de Nación participante ante el Comando Sur de los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 073-2005-DE-FAP Lima, 18 de enero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, según Resolución Ministerial Nº 034-2004 DE/FAP-CP de fecha 20 de enero del 2004, se nombró como Asesor de Nación participante ante el Comando Sur de los Estados Unidos de América (Miami - Florida), al Coronel FAP MIMBELA VELARDE Roberto Edgar, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2004;
Que, en atención a la naturaleza y características de las relaciones con los diversos países y Organismos Internacionales ante los cuales el Estado Peruano cuenta con Representaciones Diplomáticas, se requiere contar con Personal Militar para desempeñar las funciones de asesoramiento al Jefe de la Misión Diplomática, en los asuntos relacionados con la Defensa Nacional y la seguridad integral de la Misión, así como para coordinar las relaciones y efectuar las gestiones respectivas ante las Instituciones Armadas de los citados países y Organismos Internacionales, para lo cual se designa al Personal de las Instituciones Armadas
acreditado en las diversas Agregadurías Militares, Navales, Aéreas y de Defensa del Perú en el extranjero;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempeñará el Personal Militar en las diversas Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el Extranjero a partir del año 2005;
Que, el Artículo 14 de la Ley Nº 28359 - Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, establece que sólo los Oficiales en Situación de Actividad pueden ser nombrados para ocupar un cargo en el exterior de la República, en representación de su Institución;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 1168-2004-DE/SG de fecha 10 de noviembre del 2004, se aprobaron las normas para el Nombramiento en Misión Diplomática del Personal Militar del Sector Defensa;
Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General;
Que, se ha determinado ampliar por necesidades del servicio el nombramiento como Asesor de Nación participante ante el Comando Sur de los Estados Unidos de América (Miami - Florida), al Coronel FAP MIMBELA VELARD Roberto Edgar, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Ampliar, con eficacia anticipada el nombramiento como Asesor de Nación participante ante el Comando Sur de los Estados Unidos de América (Miami - Florida), al Coronel FAP MIMBELA VELARDE Roberto Edgar, NSA: O-9326775-O, por el período de UN (1) año, a partir del 1 de enero al 31 de diciembre del 2005.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que
correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
US$ 6,930.00 x 12 meses
Artículo 3.- El citado Oficial, revistará a órdenes del Comando de Personal de la
Fuerza Aérea del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática.
Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o
término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni
liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Presidente Constitucional de la República CARLOS FERRERO COSTA
Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa
Nombran Delegado de la Fuerza Aérea ante la Junta Interamericana de Defensa y Agregado Aéreo a la Representación Permanente del Perú ante la OEA
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-2005-DE-FAP-CP Lima, 18 de enero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempeñará el Personal Militar en las Agregadurías y Or-ganismos Internacionales del Perú en el Extranjero;
Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Teniente General FAP César David GALLO LALE, para que preste servicios como Delegado de la Fuerza Aérea ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Agregado Aéreo a la Representación Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA), a partir del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2005;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar, en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones
Exteriores, al Teniente General FAP César David GALLO LALE, para que preste servicios como Delegado de la Fuerza Aérea ante la Junta Interamericana de Defensa (JID) y Agregado Aéreo a la Representación Permanente del Perú ante la Organización de Estados Americanos (OEA), a partir del 1 de febrero al 31 de diciembre del 2005.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que
correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima-Washington-Lima
US$ 2,490.00 x 5 Personas
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
US$ 7,260.00 x 11 meses
Gastos de Traslado: (Ida-Vuelta)
US$ 7,260.00 x 4 Compensaciones x 1
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
Artículo 3.- El mencionado Oficial General, revistará a órdenes del Comando de
Personal de la Fuerza Aérea del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática.
Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o
término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa
Nombran Auxiliar del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 075-2005-DE-FAP Lima, 18 de enero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempeñará el Personal Militar en las diversas Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el Extranjero a partir del año 2005;
Que, se ha determinado la necesidad de nombrar en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, al Técnico Supervisor FAP PACHECO GALLEGOS Walter Alberto, para que preste servicios en la Agregaduría Aérea a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, por el período de Un (1) año, a partir del 15 de enero del 2005;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Nombrar, en Misión Diplomática a órdenes del Ministerio de Relaciones
Exteriores, al Técnico Supervisor FAP PACHECO GALLEGOS Walter Alberto, NSA: S-6928469-O, para que preste servicios como Auxiliar del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, por el período de Un (1) año, a partir del 15 de enero del 2005.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que
correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes:
Pasajes: Lima-Brasilia-Lima
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
US$ 4,800.00 x 11 meses US$ 160.00 x 17 días
Gastos de Traslado: (Ida-Vuelta)
US$ 4,800.00 x 4 Compensaciones x 1
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 28.24 x 5 personas
Artículo 3.- El indicado Personal, revistará a órdenes del Comando de Personal de la
Fuerza Aérea del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática.
Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o
término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa
Modifican resolución respecto al nombramiento de personal subalterno como Auxiliar del Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 093-2005-DE-FAP Lima, 19 de enero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, según Resolución Suprema Nº 062-2005-DE/FAP de fecha 18 de enero del 2005, se nombró como Auxiliar del Agregado Aéreo a la Embajada del Perú en la República Federativa del Brasil, al Técnico de 1ra. FAP ROJAS AISCORBE Daniel Angel, a partir del 15 de enero al 31 de diciembre del 2005;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004-DE/SG de fecha 4 de octubre del 2004, se aprobaron los cargos que desempeñará el Personal Militar en las diversas Agregadurías y Organismos Internacionales del Perú en el Extranjero a partir del año 2005;
Que, por razones del servicio es necesario modificar el Artículo 2 de la Resolución Suprema antes mencionada, en el sentido que se considere el nombramiento del referido Personal Subalterno como Auxiliar del Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América - Oficina Logística de Miami (ODEMI), a partir del 15 de enero del 2005;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2PCM de fecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº
002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero del 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio del 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Artículo 2 de la Resolución Suprema Nº 062-2005-DE/FAP de
fecha 18 de enero del 2005, en el sentido que se considere el nombramiento del Técnico de 1ra. FAP ROJAS AISCORBE Daniel Angel, como Auxiliar del Agregado Aéreo Adjunto a la Embajada del Perú en los Estados Unidos de América - Oficina Logística de Miami (ODEMI), a partir del 15 de enero del 2005.
Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que
correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes; dejando sin efecto los pagos establecidos en el Artículo 3 de la Resolución Suprema Nº 062-2005-DE/FAP, referente al Auxiliar del Agregado Aéreo:
Pasajes: Lima-Miami-Lima
US$ 1,809.00 x 5 Personas
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
US$ 5,280.00 x 11 meses US$ 176.00 x 17 días
Gastos de Traslado: (Ida-Vuelta)
US$ 5,280.00 x 4 Compensaciones x 1
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:
US$ 28.24 x 5 personas
Artículo 3.- El indicado Personal, revistará a órdenes del Comando de Personal de la
Fuerza Aérea del Perú, por el período que dure la Misión Diplomática.
Artículo 4.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o
término de la Misión Diplomática, sin exceder el período total establecido.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO MANRIQUE Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO COSTA Presidente del Consejo de Ministros ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓN Ministro de Defensa
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viaje de Viceministro de Economía a Colombia para participar en la Sétima Ronda de Negociaciones para la suscripción de un TLC con los EE.UU.
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2005-EF Lima, 3 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el señor Fernando Zavala Lombardi, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, para participar en la Sétima Ronda de Negociaciones para la suscripción de un Tratado de Libre Comercio (TLC) con los Estados Unidos de América, a llevarse a cabo del 7 al 11 de febrero de 2005, en la mencionada ciudad;
Que, en tal sentido es necesario autorizar excepcionalmente el mencionado viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7 de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicio del señor
FERNANDO ZAVALA LOMBARDI, Viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas, a la ciudad de Cartagena, República de Colombia, del 7 al 10 de febrero de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán
con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US $ 465,66
Viáticos : US $ 1 000,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US $ 28,24
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje
el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de
impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan viaje de consultor para participar en reuniones de trabajo con acreedores bilaterales del Gobierno Peruano
Lima, 3 de febrero de 2005
Visto el Memorando Nº 049-2005-EF/UCPS, de fecha 1 de febrero de 2005, de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales, sobre autorización de viaje.
CONSIDERANDO:
Que, con Memorando Nº 005-2005-EF/10, de fecha 24 de enero de 2005, el señor Ministro de Economía Finanzas hace de conocimiento que el señor ANDES MONTOYA STAHL, Consultor de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a las ciudades de Nueva York, Estados Unidos de América, Ottawa, Canadá, Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Roma, República Italiana, Madrid, Reino de España, Berlín, República Federal de Alemania, Estocolmo, Suecia, Amsterdam, Holanda, Bruselas, Bélgica y París, República Francesa, como representante del Ministerio de Economía y Finanzas, con el objeto de participar en reuniones de trabajo con los acreedores bilaterales del Gobierno Peruano, a llevarse a cabo entre el 7 y 18 de febrero de 2005;
Que, en consecuencia, y siendo de interés para el país, es necesario autorizar excepcionalmente el mencionado viaje, cuyos gastos serán cubiertos con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7 de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y los artículos 2 y 4 del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar por excepción el viaje del señor ANDRES MONTOYA STAHL,
consultor de la Unidad de Coordinación de Préstamos Sectoriales del Ministerio de Economía y Finanzas, a las ciudades de Nueva York, Estados Unidos de América, Ottawa, Canadá, Lon-dres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Roma, República Italiana, Madrid, Reino de España, Berlín, República Federal de Alemania, Estocolmo, Suecia, Amsterdam, Holanda, Bruselas, Bélgica y París, República Francesa, del 7 al 19 de febrero de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal,
serán cubiertos con fondos provenientes del Convenio BID Nº 1196/OC-PE, según el siguiente detalle:
Pasajes : US$ 6 584,50 Viáticos : US$ 4 682,00
Artículo 3.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de
impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del consultor cuyo viaje se autoriza.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan viaje de funcionario de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público a EE.UU., Canadá, Inglaterra, Italia, España, Alemania, Suecia, Holanda, Bélgica y Francia,
en comisión de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2005-EF Lima, 3 de febrero de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el señor GUILLERMO CESAR GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, viajará a las ciudades de Nueva York, Estados Unidos de América, Ottawa, Canadá, Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Roma, República Italiana, Madrid, Reino de España, Berlín, República Federal de Alemania, Estocolmo, Suecia, Amsterdam, Holanda, Bruselas, Bélgica y París, República Francesa, entre el 7 y el 18 de febrero de 2005, para asistir a las Negociaciones de Reperfilamiento de la Deuda Externa Peruana con el Club de París;
Que, en tal sentido es necesario autorizar excepcionalmente el mencionado viaje, debiendo el Ministerio de Economía y Finanzas asumir, con cargo a su presupuesto, los gastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7 de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción el viaje en comisión de servicio del señor
GUILLERMO CESAR GARRIDO LECCA DEL RIO, Director General de la Dirección Nacional del Endeudamiento Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a las ciudades de Nueva York, Estados Unidos de América, Ottawa, Canadá, Londres, Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Roma, República Italiana, Madrid, Reino de España, Berlín, República Fede-ral de Alemania, Estocolmo, Suecia, Amsterdam, Holanda, Bruselas, Bélgica y París, República Francesa, del 7 al 19 de febrero de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán
con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes : US$ 6 584,50
Viáticos : US$ 3 640,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje
el referido funcionario deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente norma no otorga derecho a exoneración o liberación de
impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza.
Artículo 5.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan viaje de funcionarios de PROINVERSIÓN a Venezuela para participar en negociaciones con la CAF para el financiamiento del proyecto Corredor Vial
Interoceánico Sur, Perú - Brasil RESOLUCION SUPREMA Nº 019-2005-EF Lima, 3 de febrero de 2005
Visto el Oficio Nº 045/2005/DEA-LEG/PROINVERSION, del Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, sobre autorización de viaje. CONSIDERANDO:
Que, entre los días 10 y 11 de febrero de 2005, se desarrollarán una serie de reuniones en la ciudad de Caracas, República de Venezuela, destinadas a negociar con la Corporación Andina de Fomento - CAF la obtención del crédito necesario para el financiamiento del proyecto Corredor Vial Interoceánico Sur, Perú - Brasil;
Que, corresponde a PROINVERSIÓN, formular, promover y ejecutar la política nacional de tratamiento en materia de inversiones privadas, así como coordinar y negociar los convenios internacionales de inversión, motivo por el cual resulta indispensable la participación de funcionarios de PROINVERSION en dichas reuniones para que negocien con la CAF el otorgamiento de un crédito para el Perú que permita financiar el indicado Proyecto;
Que, en tal sentido se requiere la participación de los señores Sergio Bravo Orellana y Alex Albújar Cruz, funcionarios de dicha Agencia, por lo cual es necesario autorizar su viaje, debiendo PROINVERSIÓN asumir los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifa CORPAC, con cargo a su Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7 de la Ley Nº 28427, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 015-2004; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar, por excepción el viaje de los señores Sergio Bravo Orellana y
Alex Albújar Cruz, funcionarios de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSION, a la ciudad de Caracas, República de Venezuela, los días 10 y 11 de febrero de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán
con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora 007 - Agencia de Promoción de la Inversión Privada, del Pliego 009 del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle:
Señor Sergio Bravo Orellana
Pasajes : US$ 773,18
Viáticos : US$ 600,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Señor Alex Albújar Cruz
Pasajes : US$ 773,18
Viáticos : US$ 600,00
Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje
los referidos funcionarios deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- La presente no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de
aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyos viajes se autoriza.
Artículo 5.- La presente resolución suprema será refrendada por el Presidente del
Consejo de Ministros y por el Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República
CARLOS FERRERO
Presidente del Consejo de Ministros PEDRO PABLO KUCZYNSKI Ministro de Economía y Finanzas
Autorizan contratar servicios de asesoría legal especializada en materia de derecho penal mediante adjudicación de menor cuantía
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 036-2005-EF-43 Lima, 3 de febrero de 2005
Vistos, los Informes Nºs. 014-2005-EF/43.50 y 192-2005-EF/60 de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica respectivamente, que sustentan la configuración del supuesto de servicios personalísimos previsto en el inciso f) del artículo 19 del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, así como la consiguiente exoneración del proceso de selección para la contratación del Servicio de Asesoría Legal Especializada en materia de Derecho Penal;
CONSIDERANDO:
Que, es necesario contratar el Servicio de Asesoría Legal Especializada en materia de Derecho Penal para que brinde asesoría al Ministerio de Economía y Finanzas en aspectos vinculados con los procesos derivados de la aplicación del Decreto de Urgencia Nº 034-99, conforme a lo señalado en el Informe Nº 014-2005-EF/43.50 de la Oficina General de Administración;