CAPITULO II 2. MARCO TEÓRICO
2.2. Bases teóricas
2.2.1. Auditoria Tributaria Preventiva
2.2.1.1. Auditoría.
La auditoría es una respuesta a una necesidad social, concebida por el desarrollo de la globalización y de la economía. En el presente trabajo de investigación cito algunos autores para expresar un mismo concepto debido al vasto desarrollo que ha tenido esta disciplina en los últimos años.
La auditoría es una especialización de la ciencia contable, una de las más relevantes de nuestros tiempos, entendida como un examen independiente de la información financiera. Es un examen que transparenta la información contable o cuentas del negocio en información fidedigna, certera y racional (León, 2018).
La Auditoria es un estudio especializado a los documentos que dan soporte de manera técnica, legal, contable y financiera. Es la evaluación a los Estados Financieros (EEFF) llevados a cabo por un auditor para garantizar que se haya aplicado los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en los distintos libros de contabilidad con el fin de otorgar credibilidad y confianza a terceros que se encuentran interesados en los Estados Financieros de la empresa. El auditor quien lleva acabo esta evaluación sistemática debe ser una persona ajena al ente, para evitar vínculos que puedan verse reflejados en la opinión del auditor (Ponce, 2016).
Auditoría es verificar la información operacional, administrativa y financiera; para determinar si es veraz, confiable y oportuna. Así mismo es revisar y evaluar si las operaciones se hayan realizado bajo los ordenamientos establecidos (Sandoval, 2012).
Entendiendo que la auditoria es un examen a la información contable y financiera por parte de una tercera persona ajena a quien o quienes las prepararon. También es un trabajo planificado que tiene como objetivo obtener, evaluar y analizar las evidencias la cual finaliza
con el informe del auditor que comunica los actos y eventos económicos manifestados en la entidad.
2.2.1.2. Auditoria Tributaria.
Evalúa la manera en que se haya determinado las obligaciones tributarias a las que están afectadas las empresas. Así mismo, se realiza teniendo en cuenta la normativa tributaria vigente en cada periodo a fiscalizar, así como las NIIFS, que permite revisar la conciliación de los aspectos legales y contables para verificar la correcta determinación de la base imponible del impuesto. Para su realización de la auditoría tributaria del impuesto a la renta debemos contar con conocimientos de legislación tributaria y se debe utilizar Estados Financieros (EE. FF) emitidos bajo los criterios de las NIIFS (León, 2018).
A palabras de Canahua la auditoria es un “término que se emplea para mencionar a los órganos estatales; encargados de la administración de tributos. En el caso de los tributos de alcance nacional, se entiende que se está haciendo referencia a la SUNAT” (Canahua, 2016, p.5).
Es un examen de carácter preventivo o fiscal que se realiza a las obligaciones tributarias de una empresa. El examen preventivo lo realizan auditores independientes especializados en tributación y es de carácter voluntario mientras que, el examen fiscalizador lo dispone la Administración Tributaria y es obligatorio; con el fin de determinar la autenticidad de las operaciones y de la situación financiera manifestada por los contribuyentes a través de su declaración jurada tributaria (DJ) (Baila, 2015).
De acuerdo a Reyes es la evaluación objetiva de los hechos y afirmaciones relacionados con actos tributarios, a fin de comunicar y garantizar la razonabilidad de los registros contables y de las Declaraciones Juradas (DJ) a las partes interesadas (Reyes, 2015).
Es realizado por un auditor tributario de la Administración tributaria o uno independiente y tiene como fin verificar y garantizar el cumplimiento de manera correcta las obligaciones tributarias (Flores, 2012).
Según Pereda es un examen al cumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, en ella se analiza y se revisa las DJ, los estados financieros, registros contables, libros y los documentos sustentatorios, a fin de evaluar el correcto cumplimiento de las obligaciones del contribuyente (Pereda, 2011).
Son procedimientos que establecen si han sido aplicados de forma razonable las normas contables y si se han desarrollado y aplicados justamente las leyes tributarias que afectan a la empresa (Chávez, 2009).
Clases de Auditoria Tributaria Flores cataloga en tres divisiones 1. “Por su campo de acción:
a. Auditoria Tributaria Fiscal b. Auditoria Tributaria Preventiva 2. Por iniciativa
a. Voluntaria b. Obligatoria 3. Por el ámbito funcional
a. Integral” (Flores, 2012, p. 9).
Técnicas de la Auditoria Tributaria
León (2018) afirma: “son métodos de investigación y procedimientos prácticos, que tienen como objetivo obtener información y evidencias para realizar las evaluaciones y confirmaciones para emitir su informe final u opinión profesional” (p.51).
Etapas de la Auditoria Tributaria Flores divide en tres etapas, las cuales son:
“Planeación: Es desarrollar un plan de auditoría, con el fin de minimizar riesgos en los diferentes procesos.
Trabajo de campo: Se ejecuta lo planeado, aplicando los procedimientos de auditoría.
Informe: Se determina la deuda tributaria” (Flores, 2012, p.9).
Métodos de la Auditoria Tributaria
Flores menciona que existen dos métodos que utiliza la auditoria tributaria, las cuales son:
Método tradicional: Consiste verificar si la información (financiera y contable) esté preparada en base a las NICs y NIIFs y en base a la legislación tributaria.
Método analítico: Consiste en revisar y analizar la información contable y tributaria de una partida específica (Flores, 2012, p. 143).
Objetivos de la Auditoria Tributaria Según Flores (2012) los objetivos son:
Determinar si las DJ son autenticas
Verificar que guarda relación la documentación sustentatoria, las operaciones anotadas en los registros contables con la información declarada en las DJ
Verificar que los créditos, bases imponibles, tasas e impuestos están correctamente sustentadas y aplicadas (p.8-9).
Auditoria tributaria preventiva
Parra explica que la ATP se enfoca a las circunstancias que deben corregirse para evitar errores que podrían generar contingencias tributarias como: multas con sus respectivos intereses moratorios y sanciones (Parra, 2019).
Es la revisión a los libros contables y a la documentación sustentatoria; con el fin de demostrar el correcto cálculo de los impuestos y correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias y de ser el caso, efectuar las correcciones y ajustes necesarios (Reyes, 2015).
La auditoría tributaria preventiva ayuda al contribuyente a evitar y/o prevenir contingencias fiscales en el futuro. Ésta herramienta ayuda a perfeccionar la información contable con orientación fiscal y garantiza la información de los EEFF (Ventura, 2014).
Por otro lado, la Auditoria Tributaria Preventiva es un control que verifica el apropiado acatamiento de las obligaciones tributarias. El objetivo es ayudar a revelar posibles contingencias y presentar las posibles soluciones para minimizar los riesgos ante una fiscalización (Pastor y Rocano, 2010).
Objetivos de la Auditoria Tributaria Preventiva
Es la que ejercen las auditoras o consultoras privadas por sus servicios profesionales independientes, externos a la empresa. Ellas tienen los siguientes objetivos:
Evaluar la autenticidad de los resultados de la empresa, así como de la materia imponible.
Revisar si las operaciones anotadas y tratadas en la contabilidad son verídicas.
Verificar si se aplica las prácticas contables sustentadas en las NIIFS, para establecer las diferencias como la legislación tributaria vigente del ejercicio fiscal auditado.
Corroborar el cumplimiento de las obligaciones formales y sustanciales (León, 2018, p. 48).
Razones para Realizar una Auditoría Tributaria Preventiva
Núñez (2014) en su en su trabajo de investigación titulada “Diseño de un Programa de Auditoria Tributaria Preventiva IGV- RENTA para empresas comercializadoras de Combustible Líquido en la ciudad de Chiclayo” da a conocer las razones para realizar auditoria tributaria preventiva
“La razón principal es dar a conocer la situación tributaria de la empresa a una fecha dada, ya que anticipa los riesgos tributarios y da la posibilidad de corregirlos, además determina el importe que significaría regularizar voluntariamente dichas omisiones” (p.25).
2.2.1.3. Libros y registros Contables
“Todo negocio debe llevar libros y registros contables, con la finalidad de proteger los intereses de la empresa” (Código de Comercio, 1902, p.10).
Todo contribuyente debe presentar lo siguiente:
Figura 6: Libros y registros contables obligatorios de acuerdo al régimen de renta Fuente: Caballero Bustamante (2010)
SUNAT (2018) de la información proporcionada por la SUNAT, la obligatoriedad de llevar los libros contables se basa en los ingresos obtenidos y a la unidad impositiva tributaria (UIT), siendo hoy en día el valor de la UIT de S/4200 vigente en el ejercicio en curso.
El régimen tributario fija el número de libros que debemos llevar y se resumen en la siguiente tabla:
LIBROS Y REGISTROS CONTABLES
LIBROS PRINCIPALES DIARIO, NAYOR INVENTARIO Y
BALANCES
LIBROS AUXILIARES OBLIGATORIOS
REGISTRO DE COMPRAS, VENTAS, LIBRO CAJA Y BANCOS, REGISTRO DE CONTROL DE INVENTARIO, REGISTRO DE CONTROL DE BIENES DEL ACTIVO FIJO, REGISTRO
DEL REGIMEN DE RETENCIONES, PERCEPCINES Y ENTRE OTROS
LIIBRO AUXILIARES VOLUNTARIOS REGISTRO DE CONTROL DE CUENTAS POR COBRAR, POR PAGAR, , LIBRO
BANCOS , LIBRO CAJA Y ETC
Tabla 2: Libros y Registros Contables
REGIMEN TRIBUTARIO LIBROS OBLIGADOS
RER Registro de ventas y registro de compras
RG Ingresos brutos al año Libros Obligados según a la UIT vigente
Hasta 300 UIT Registro de compras y registro de compras y Libro Diario formato simplificado
Más de 300 UIT hasta 500 UIT
Libro diario, mayor, Registro de Compras y Registro de ventas
Más de 500 UIT hasta 1700 UIT
Libro de Inventario y Balances, Diario; Mayor, Registro de Compras y Registro de Ventas Más de 1700 UIT Contabilidad completa
Fuente: SUNAT (2019).
Desde el 01/01/2017 entra en vigencia el Régimen MYPE Tributario, éste régimen está orientado para las medianas y pequeñas empresas, pudiendo ser: personas naturales, personas jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales. Pueden permanecer en ella si no llegasen a superan los 1700 UIT de ingresos netos en el año.
Sobre el correcto llevado de los libros y registros del Régimen MYPE Tributario (RMT) podemos visualizar en la siguiente figura:
Tabla 3: Libro y Registro MYPE Tributario
Fuente: SUNAT (2019).
2.2.1.3.1. Libro de inventario y balances.
“En este libro debe contener la relación detallada del inventario inicial, es decir la relación exacta del activo, pasivo y patrimonio. Así mismo, al finalizar el ejercicio se registrará el inventario de cierre” (Ortega y Pacherres, 2010, p.9).
INGRESOS NETOS ANUALES < 300UIT
INGRESOS NETOS ANUALES > 300UIT y < 500
UIT
INGRESOS NETOS ANUALES >
500 UIT y < 1700 UIT
Registro de compras Registro de compras Registro de compras
Registro de ventas Registro de ventas Registro de ventas
Libro Diario formato simplificado
Libro Diario
Libro mayor
Libro diario
Libro Mayor
Libro de Inventario y Balances
2.2.1.3.2. Libro Diario.
“Es un libro cuyo primer asiento registra el inventario inicial y según el Artículo Nº38 del Código del Comercio se registra en un orden cronológico día por día, todas las operaciones, que serán transferidas al libro mayor” (Ortega y Pacherres, 2010, p.9).
2.2.1.3.3. Libro Mayor.
“En este libro se traslada cada asiento del diario por orden riguroso de fechas. Se abre en forma de cuenta, trasladando las cifras al debe o al haber según corresponda” (Ortega y Pacherres, 2010, p.9).
2.2.1.3.4. Libro caja y bancos.
“Es obligatorio para todos aquellos perceptores de rentas de tercera categoría que se encuentren obligados a llevar contabilidad completa, y que corresponde a aquellos sujetos cuyos ingresos brutos anuales superan las 150 UIT” (Ortega y Pacherres, 2010, p.41).
2.2.1.3.5. Registro de Costos.
“Es exigible para los contribuyentes de renta de tercera categoría, contiene la información mensual de los diferentes elementos del costo, según las normas tributarias, relacionados con el proceso productivo del período y que determinan el costo de producción respectivo” (Ortega y Pacherres, 2010, p.181).
2.2.1.3.6. Registro de Inventario Valorizado.
“Detalla toda la información por cada tipo de existencia, proveniente de la entrada y salida al almacén y sustentada en comprobantes de pago y/o documentado” (Ortega y Pacherres, 2010, p.185).
2.2.1.3.7. Registro de Activo Fijo.
“Todo contribuyente que genera rentas empresariales y que tenga por lo menos un activo fijo de su propiedad; ya sea, adquirida mediante leasing o contratos similares, se encuentra obligado a llevar un registro de activos fijos” (Ortega y Pacherres, 2010, p.146).
2.2.1.3.8. Registro de compras.
Deben ser llevados por los contribuyentes del IGV inclusive cuando no lo sean, así mismo;
es exigible para los sujetos del RER. El plazo de atraso es de 10 días hábiles, que se cuentan desde el primer día hábil del mes siguiente a aquel en que se reciba el comprobante de pago (Ortega y Pacherres, 2010, p.146).
2.2.1.3.9. Registro de Ventas.
Tiene como finalidad determinar con precisión los impuestos retenidos, los intereses, los descuentos, a través de este registro podemos saber cómo fueron las condiciones de ventas.
Gracias a este registro podemos determinar el nivel de ingreso y saber las variaciones existentes (Perucontable, 2018).
2.2.1.4. Documentos sustentatorios.
2.2.1.4.1. Declaraciones Juradas.
“Es un documento que contiene la información del negocio y la actividad económica realizada por el contribuyente durante un periodo determinado. La información reportada determinará si existe un monto económico a pagar por conceptos de impuestos” (Servicio de Impuestos Nacionales, 2015, 07).
2.2.1.4.2. Constancias de pago de impuestos.
Es el documento que constata un hecho de manera fehaciente (Constancia, s.f.).
Para poder visualizar nuestros pagos, se podrá consultar dentro los cinco días de haberse efectuado, ingresando al módulo de verificación de pagos de SUNAT virtual
2.2.1.4.3. Medios de pago – bancarización.
En una reciente actualización de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria indica que: son medios que se dan mediante el sistema financiero para realizar transferencias de dinero entre empresas y/o personas que desarrollan actividades en el Perú
Los medios de pago actuales son: giros, depósitos en cuenta, transferencias de fondos, órdenes de pago, tarjetas de crédito, débito, cheques y otros establecidos por la Ley de títulos y valores (SUNAT, 2019).
2.2.1.5. Bancarización.
Menciona que: los bancos y otros intermediarios financieros ayudan a que el proceso de reclutamiento de fondos sea eficaz ya que pueden subyugar sustancialmente los costos de transacción (Perea, 2013).
“Es una obligación formal a través la cual el contribuyente deberá realizar el pago de la contraprestación superiores a S/ 3500 o $ 1000 mediante los medios de pago regulados según la norma de bancarización” (Mamani, 2017, p.10).
Figura 7: ¿Por qué es importante bancarizar?
Fuente: BCRP (2013)
2.2.1.6. Cálculo de los impuestos.
2.2.1.6.1. Calculo del IGV.
De la información proporcionada por la SUNAT, en la siguiente figura podemos visualizar la manera correcta de calcular el IGV.
LIQUIDEZ QUE REQUIEREN LOS INVERSIONISTAS
Impacta positivamente en la
acumulación de capital y el crecimiento
AMPLIACIÓN DE MEDIOS DE PAGO
Impacta positivamente en el comercio y actividad
económica
EFECTIVIDAD DE LA POLìTICA MONETARIA
Impacta en la estabilidad macroeconòmica
Fuente: SUNAT (2019)
2.2.1.6.2. Cálculo de Rentas de Primera Categoría.
La renta de primera categoría es el resultado de aplicar el 5% del monto del alquiler
Figura 9: Calculo de Primera Categoría Fuente: SUNAT (2019).
Para poder calcular el impuesto anual, se determinan sumando la totalidad percibida de los ingresos brutos del alquiler del predio durante todo un periodo, a ello se resta el 20% al resultado se aplica una tasa de 6.25% de la renta neta.
Al impuesto anual resultante se deducen los pagos realizados mensualmente durante el año, en caso exista saldo del impuesto se debe regularizar conjuntamente con la declaración.
2.2.1.6.3. Cálculo de Rentas de Segundo Categoría.
De acuerdo a la Ley de Impuesto a la Renta, se considera renta de segunda categoría a los intereses por colocación de capitales, a los reajustes de capital, los incrementos producidos por títulos, debentures, cedulas, créditos en dinero o en distintos valores y garantías.
También se genera renta de segunda categoría a la venta de inmuebles que realiza una persona natural sin rentas empresariales y la tasa es del 5% sobre la ganancia obtenida.
IMPUESTO BRUTO
BASE IMPONIBLE
TASA DEL IMPUESTO
IMPUESTO A PAGAR
IMPUESTO BRUTO
CREDITO FISCAL
MONTO DE ALQUILER
5% MONTO A
PAGAR Figura 8: Cálculo de IGV
2.2.1.6.4. Cálculo de Rentas de Tercera Categoría.
SUNAT (2018) la determinación del Impuesto a la Renta para los contribuyentes que, pertenecen al Régimen General (RG) y Régimen MYPE Tributario, se encuentran sujetos a la siguiente figura:
Figura 10: Determinación del Impuesto Fuente: SUNAT (2018).
INGRESO BRUTO
(-) COSTO COMPUTABLE
RENTA BRUTA
(-)GASTO
(+)OTROS INGRESOS
RENTA NETA
(+)ADICIONES
(-)DEDUCCIONES
(-)PERDIDAS TRIBUTARIAS COMPENSABLES
RENTA NETA IMPONIBLE/PÉRDIDA
IMPUESTO RESULTANTE
(-)CREDITOS
SALDO A FAVOR(DEL FISCO O DEL CONTRIBUYENTE)
2.2.1.7. Correcciones y Ajustes.
En el desarrollo de una auditoría, el auditor tiene que tener la capacidad de entender las operaciones; para ello el contador hace asientos de ajustes y correcciones por separado (La voz de Houston, s.f.).