RELIGIOSAS DE LOS MUNICIPIOS
I.3 L ITURGIA
II.3.1 Celebraciones litúrgicas
… las procesiones y solemnidades religiosas que se celebren en honor de los Santos Patronos o Vírgenes bajo cuya advocación se encuentran colocadas las ciudades y villas, como igualmente aquellos actos tradicionales de carácter religioso o popular y a los que concurren las Autoridades Militares por invitación de la Autoridad Civil o Religiosa que organiza el acto, siendo, en consecuencia, estas últimas a las que les corresponde presidirlas. (Cano de la Vega, 1965, p. 121).
A. Sacramentos:
1. El Bautismo.
2. La Confirmación 3. La Eucaristía.
4. El Matrimonio.
5. La Ordenación.
6. La Penitencia.
7. La Unción.
B. Sacramentales:
1. La consagración de vírgenes.
2. Las bendiciones:
− del abad y la abadesa.
− de la iglesia y del altar.
− del agua bautismal.
− de los óleos.
− de las personas.
− de las construcciones y actividades de los cristianos.
− de los objetos litúrgicos.
− de los objetos piadosos.
3. El exorcismo.
4. Las exequias.
Recordamos la afirmación que se ha realizado líneas arriba sobre las procesiones como celebraciones no litúrgicas. Sin embargo, existe una procesión que es considerada celebración litúrgica, es el Corpus Christi.
En todas partes una de las mayores y mejores manifestaciones de la veneración a la eucaristía fuera de la misa, que podemos calificar de veneración colectiva y comunitaria, la constituye la celebración de la festividad del Cuerpo y la Sangre de Cristo. Estrictamente, aunque se suele identificar con la solemne y –por muchos motivos, no siempre sólo religiosos‐ espectacular procesión, ésta es sólo uno de los elementos de la
celebración: la fiesta del Corpus incluye, hablando con propiedad, también la veneración al Sacramento en la misa, porque es fiesta ante todo litúrgica con celebración de misa mayor propia. (Torres Jiménez, 2002, p. 2189).
II.4ACTOS OFICIALES DE ESTADO Y PROPIOS DE IGLESIA DE UN MUNICIPIO.
Basándonos en lo dicho hasta ahora sobre los actos oficiales del Estado y propios de la Iglesia, vamos a destacar dos celebraciones propias de un municipio y que acogen en su desarrollo y ejecución un acto oficial estatal y un acto institucional religioso. De los actos oficiales del Estado, elegimos para esta lista los de carácter general por su condición de ser una celebración de todo el pueblo, una celebración local. Y de los actos oficiales de la Iglesia escogemos las celebraciones litúrgicas, por la misma razón anterior, por estar dirigida a toda la comunidad.
− Fiesta patronal de un municipio.
− Procesión del Corpus Christi.
Las fiestas patronales son actos oficiales de carácter general, ya sean de la Comunidad Autónoma como de un municipio, y también son actos oficiales de carácter especial, cuando se trata de “la celebración de festividades de patronales de las Corporaciones profesionales y económicas, …” (López‐Nieto y Mallo, 2006, p. 296). Por lo tanto, la fiesta patronal es:
… toda fiesta oficial destinada a celebrar la festividad del patrono bajo cuya advocación se ha puesto una institución o una determinada ciudad o lugar.
Así, puede hablarse de la fiesta patronal de un organismo oficial y de un cuerpo de funcionarios, de una provincia y de un municipio. (López‐Nieto y Mallo, 2006, p. 211).
En nuestro caso, nos referimos a la fiesta patronal como acto oficial general.
Francisco López‐Nieto indica que todas las fiestas patronales tienen “un principio análogo que suele consistir en un acto religioso, consistente, por lo general, en una misa, durante la cual tiene lugar una homilía alusiva a la festividad que se celebra.” (López‐Nieto y Mallo, 2006, p. 211). Es decir, la fiesta patronal acoge la celebración litúrgica de la Eucaristía, siendo uno de los nombres de este sacramento “Santa Misa porque la liturgia en la que se realiza el misterio
de la salvación se termina con el envío de los fieles (“missio”) a fin de que cumplan la voluntad de Dios en su vida cotidiana.” (Catecismo de la Iglesia Católica, canon 1332, 1997). Y, generalmente, al finalizar “el acto religioso puede ir seguido, y casi siempre va, de otro y otros de carácter profano (banquete, recepción, cena, etc.) ya que acontece que la fiesta patronal acostumbra a durar todo el día, cuando no más.” (López‐Nieto y Mallo, 2006, p. 211). En relación a la fiesta patronal, y a su carácter oficial, apuntado por Francisco López‐Nieto, es necesario destacar que durante los primeros meses de la recién estrenada monarquía de Alfonso XIII, mayo de 1930, se publicó una Real Orden Circular en la cual se denegaba el carácter oficial a las fiestas patronales:
S. M. el Rey (q. D. g.) se ha servido disponer no se consideren como actos oficiales las procesiones y solemnidades religiosas que se celebren en honor de los Santos Patronos y Vírgenes bajo cuya advocación se encuentren colocadas las ciudades y villas, como igualmente aquellos otros tradicionales de carácter religioso o popular, y a los que concurren las Autoridades militares por invitación de la Autoridad civil o religiosa que organiza el acto, siendo, en su consecuencia, estas últimas a las que corresponde presidirlas.
(Boletín Oficial de la provincia de Madrid, 1930).
Hemos comentado que las procesiones no son celebraciones litúrgicas, salvo la del Corpus Christi, siendo ésta clasificada como procesión ordinaria en el Ceremonial de los obispos (1991, canon 1095), en donde se explica que:
Las procesiones son o bien ordinarias, las que se realizan en días determinados durante el año, según las normas de los libros litúrgicos o las costumbres de las Iglesias, o bien extraordinarias, las que se ordenan en días especiales por una causa pública. (Ceremonial de los obispos, 1991, canon 1094).
La procesión del Corpus Christi, denominada en el Ceremonial de los obispos como la Solemnidad del Santísimo Cuerpo y de la Sangre de Cristo, “nace de la piedad de la Iglesia, en ella el pueblo cristiano, llevando la Eucaristía, recorre las calles con un rito solemne, con cantos y oraciones, y así rinde público testimonio de fe y piedad hacia este Sacramento.” (Ceremonial de los obispos, 1991, canon 386).
Sergio Escalera describe de la siguiente manera la procesión del Corpus Christi en su Ceremonial y protocolo religioso:
Se trata de una fiesta de exaltación pública del sacramento de la Eucaristía, que es el central en la vida de la Iglesia. La misa solemne celebrada en ese día va seguida de una procesión por las calles y plazas. En ella sale a la calle no una imagen de Cristo, sino el mismo Cristo presente en el Santísimo Sacramento que se porta en la Custodia. Es costumbre que a esta procesión asistan los niños que han recibido la Primera Comunión durante ese año.”
(Escalera Aicua, 2005, p. 84).
Recordamos que la procesión del Corpus fue incluida en el Proyecto de reglamento de honores, distinciones y ceremonial, presentado en el II Congreso Internacional de Protocolo (Sevilla, 1997), concretamente en el Título cuarto: de las ceremonias religiosas tradicionales. La Procesión del Corpus Christi no es un acto que surge de la Iglesia como institución, sino que “nace de la piedad de la Iglesia”, (Ceremonial de los obispos, 1991, canon 386), es decir del pueblo y en ella participa toda la comunidad de un municipio. La importancia de la procesión del Corpus Christi, como acto institucional, lo transmite muy acertadamente el especialista en protocolo de Estado e Internacional por la Escuela Diplomática Española y la Universidad de Oviedo, Juan de Dios Orozco en la entrada de su blog, “Actores y protocolo del Corpus Christi toledano”:
No existe libro más explícito, ilustrado, con referencias a los usos costumbres y tradiciones de España que esta procesión que se celebra en Toledo. La presencia de autoridades, la representación de todos los actores sociales del mundo universitario y de la investigación; la representación del cuerpo diplomático y consular; la propia sociedad toledana; la profusión de símbolos y atributos; el orden de las personas, el de las propias agrupaciones; el Ejército y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; las diferentes y coloridas indumentarias; las formas de ser y estar; la organización de la procesión…¿no son materia propia de estudio en el mundo del protocolo?
(Dios Orozco, 2011).
Por su parte, el autor del libro Organización, ceremonial y protocolo en la Iglesia Católica, Manuel Alfonso Díaz Bonilla, indica que en las procesiones de “algunas ciudades españolas el papel de la corporación municipal es básico para dar lustre a este tipo de eventos.” (Díaz Bonilla, 2002, p. 132).
Queremos concluir este epígrafe comentando que consideramos las fiestas patronales y la procesión del Corpus Christi actos relacionados íntimamente con la tradición de un municipio.
II.5LA TRADICIÓN EN LOS ACTOS OFICIALES DE UN MUNICIPIO.
El origen latino del término tradición proviene de trāditĭo: “Acción de entregar, de remitir, de transmitir; remisión, entrega, donación… // Transmisión, enseñanza… // Relación, relato, enseñanza, doctrina.” (Blánquez Fraile, 1988, p.
1604). En cuanto a su acepción actual, según el Diccionario de la Lengua Española (2001) es la “transmisión de noticias, composiciones literarias, doctrinas, ritos, costumbres, etc., hecha de generación en generación”. De esta definición, nos interesa para este apartado el sustantivo costumbre, que es definido en dicho diccionario como “hábito, modo habitual de obrar o proceder establecido por tradición o por la repetición de los mismos actos y que puede llegar a adquirir fuerza de precepto”.
En el Derecho Español la costumbre es la segunda fuente del Ordenamiento Jurídico, tal y como lo recoge el artículo 1 del Código Civil:
1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho.
3. La costumbre sólo regirá en defecto de Ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público y que resulte probada.
Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad tendrán la consideración de costumbre.
4. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico”.
6. La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho. (Real Decreto de 24 de julio de 1889).
La costumbre procede de la sociedad y es una conducta continuada en el tiempo por una comunidad que desea su perpetuidad.
En el presente trabajo, costumbre y tradición comparten el mismo significado, y queremos enfatizar su gran importancia en materia de protocolo debido a su consideración como fuente de ordenamiento jurídico. Es más,
… la «tradición» lleva implícitos el «uso» y la «costumbre». El desconocerlo es incurrir en un lamentable error a la hora de organizar algunos actos y ceremonias en las que adquiere fuerza de norma, al reflejar ciertas conductas y comportamiento que se han venido conservando a través de los tiempos.
(Pumar Vázquez, 1990, p. 39).
Para José Pumar, y para nosotros, el protocolo tiene que conservar los usos y costumbres tradicionales identificadores de cada ceremonia, y en este sentido habla de «ambiente» en protocolo, término que lo define como:
“aquel creado por unos usos y costumbres que la historia nos vino transmitiendo como consecuencia de los sucesos públicos y políticos de los pueblos para su conservación y puesta al día, si ello fuese preciso, a tono con las circunstancias y los momentos en que vivimos, pero procurando no perder de vista la raíz de una tradición que debe servir de base y sustento al protocolo y al ceremonial”, (Pumar Vázquez, 1990, p. 35).
La base de la tradición, o la raíz como indica José Pumar, debe ser defendida y protegida, a la vez que se irá
… perfeccionando y modificando sus derivaciones con nuevas formas de comportamiento que las circunstancias de cada momento exijan, pero conservando, como indicamos anteriormente, ciertos usos y costumbres que intrínsecamente siguen vivos, para de esta forma mantener los honores y prerrogativas concedidos. (Pumar Vázquez, 1990, p. 35).
Además, hay que recordar lo manifestado por el Jefe de giras, eventos y protocolo del Gobierno del Estado de Aguascalientes, Gustavo Muñoz Vargas, en la conferencia titulada “Las visitas de Embajadores y altas personalidades”
ofrecida en el Congreso de Protocolo en México de 2007: “las tradiciones son pilares fundamentales en la identidad de los pueblos del mundo. Un pueblo sin
tradiciones estará condenado a desaparecer, por lo mismo deben ser respetadas por todas las personas”, (Muñoz Vargas, 2007).
Una de las causas por la que la tradición va perdiendo su importancia es la política, ya que “si bien el correr del tiempo y los cambios políticos que en un Estado se experimentan, pueden hacer perdurar el legado histórico, o según las circunstancias del ambiente erosionarlo de tal forma que pueden hacer desaparecer con el desuso y el olvido.” (Pumar Vázquez, 1990, p. 37).
En este sentido, y como se ha apuntado líneas arriba, los ayuntamientos son los organismos estatales que mejor custodian las tradiciones de un pueblo y, según el jefe de Protocolo del Ayuntamiento de Pamplona, Javier Marquínez Hermoso de Mendoza, defienden que “debe cumplirse aunque es cierto que asumiendo las nuevas realidades, los nuevos tiempos y las nuevas situaciones, pero sin perder la esencia de esta tradición.” (Marquínez Hermoso de Mendoza, 2006, p. 34). En este sentido, Luis Fernando Ramos, afirma que “No hay mejor manera para entender y explicar el porqué de las cosas que acudir a las fuentes originales de las que brotan tradiciones, usos y costumbres sociales.” (Ramos Fernández, 2010, p. 82). Y sigue diciendo que:
Como se ha dicho tantas veces, determinados usos, vinculados en origen al fenómeno religioso, se convierten en costumbres sociales o tradiciones locales más allá de su significado metafísico. Tal ocurre, por ejemplo, con gran cantidad de fiestas locales a lo largo y ancho de España, de modo que ofrendas, procesiones y actos similares forman parte del patrimonio cultural, de la identidad colectiva y de la tradición municipal. (Ramos Fernández, 2010, p. 82).
Antes de finalizar este apartado queremos hacer mención a la pregunta que Salvador Hernández Martínez plantea en su conferencia “La celebración de los Santos Patronos ¿tradición universitaria en declive?”:
En conjunto, se puede observar que la situación actual en una sociedad española cada vez más secularizada, se refleja en nuestras universidades, en las que, a la vista de los resultados, la tradición de los patronos se está perdiendo y, especialmente, en las nuevas universidades y en las regiones con mayor espíritu nacionalista. Solo cabría preguntarse, ¿debemos olvidar
esta tradición, tal vez desfasada en la España del siglo XXI, o por el contrario, luchar por mantenerla a la altura de otros símbolos del ceremonial universitario como los colores o los himnos? (Hernández Martínez, 2008)