1. MARCO LEGAL
6.3 COMPETENCIA/ATRIBUCIÓN ESPECÍFICA DE LOS PROFESIONALES
DESPACHO, COORDINADOR DE TURNO SALUD, RECEPTOR DE LLAMADAS, MÉDICO REGULADOR, DESPACHADOR, Y TRIPULACIÓN DE LAS UNIDADES MÓVILES)
COODINADOR(A) GENERAL DE DESPACHO
1 Dirigir, coordinar y supervisar las labores del personal a su cargo.
2 Coordinar todas las actividades relativas a la regulación médica y despacho, según las normas y protocolos establecidos.
3 Coordinar desde su área funcional todas las actividades relativas a las operaciones extrahospitalarias de urgencias y emergencias, según las normas y procedimientos establecidos.
4 Mantener comunicación con las agencias intersectoriales para gestión de casos que apliquen y con las unidades de respuesta para fines de seguimiento y control de casos asistidos.
5 Asegurar el cumplimiento de los protocolos y normas establecidos para la atención médica extrahospitalaria.
6 Monitorear, supervisar y evaluar la gestión de las áreas bajo su responsabilidad e identificar oportunidades de mejora continua.
7 Identificar las necesidades de capacitación del personal bajo su responsabilidad.
8 Participar en los procesos de revisión y actualización de las instrucciones y procedimientos de atención médica extrahospitalaria.
9 Presentar informe de las labores realizadas.
10 Cumplir las metas individuales que le sean asignadas y los compromisos que conlleven, conforme a la naturaleza del cargo.
11 Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a lo asignado por su superior inmediato.
COORDINADOR DE TURNO SALUD
1 Coordinar los turnos de trabajo del personal de regulación y despacho bajo su responsabilidad.
2 Garantizar el cumplimiento de los flujos y procedimientos operativos específicos de regulación y despacho.
3 Asegurar que el personal de regulación y despacho extrahospitalario asista a los usuarios que demanden el servicio, según los procedimientos establecidos.
4 Monitorear el registro y control del estado de operación, localización y zona de influencia de las unidades móviles.
5 Dar apoyo ante la ocurrencia de eventos masivos o factores de riesgo que se desarrollen durante el turno.
6 Realizar las evaluaciones de desempeño del personal bajo su responsabilidad, sin que esto afecte las operaciones durante su turno.
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7 Presentar informes de las labores realizadas establecidas en los procesos propios de su operación.
8 Ofrecer apoyo técnico al personal bajo su responsabilidad y a las unidades de respuesta.
9 Mantener una visión global y permanentemente actualizada de los medios disponibles para la atención prehospitalaria y de las salas de urgencia y emergencia, asegurando el control de la operación.
10 Asegurar el cumplimiento del horario y la cobertura de todas las posiciones, según los lineamientos establecidos.
11 Apoyar en el proceso de retroalimentación del personal.
12 Cumplir las metas individuales que le sean asignadas y los compromisos que conlleven, conforme a la naturaleza del cargo.
13 Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a lo asignado por su superior inmediato.
RECEPTOR DE LLAMADAS
1 Recibe el llamado, registra el motivo del llamado, registra la dirección del incidente, hace preguntas sobre el incidente registrando las respuestas y con base en los procedimientos, identifica que el evento sea prioridad 1, siempre obedeciendo la Matriz de Incidentes preestablecida por el Ministerio de Salud Pública.
2 Simultáneo al despacho, el receptor de llamadas envía la voz al médico regulador, quien orienta al usuario y sugiere el envío de más unidades, si es necesario.
3 Si el llamado de emergencia no estuviera en la lista de incidentes prioridad 1, el receptor de llamadas deberá enviar el caso como apilado, utilizando la tipificación
«Regulación Médica», para que el médico regulador pueda tomar la decisión adecuada.
MÉDICO REGULADOR
1 Brindar asistencia médica vía telefónica a los usuarios del sistema 9.1.1 según las normas y procedimientos establecidos.
2 Evaluar los llamados de ayuda médica de forma rápida para determinar la gravedad del caso. Si no fuera necesario el envío de unidades de respuesta, la orientación podrá ser dirigida a indicación de uso de una médicación u otra conducta conforme sintomatología, o solo orientar que el paciente busque asistencia médica con medios propios.
3 Coordinar la asistencia y decidir traslados de los usuarios con las unidades de respuestas básicas y/o avanzadas.
4 Transferir las informaciones u orientaciones necesarias a las unidades de respuesta para garantizar el traslado de los usuarios.
5 Mantener comunicación con las demás agencias del sistema en los casos requeridos.
6 Informar a su superior inmediato, y responder sobre situaciones extraordinarias para toma de decisiones, según los procedimientos establecidos.
7 Orientar en la prestación de servicios de emergencia a ser ofrecida por el equipo de respuesta, según los procedimientos y normas establecidos.
47 INSTRUCCIONES DE
REGULACIÓN MÉDICA
8 Contribuir con las revisiones y actualizaciones de las instrucciones y procedimientos de atención médica, en coordinación con la Dirección General de Urgencias y
Emergencias.
9 Cumplir las metas individuales que le sean asignadas y los compromisos que conlleven, conforme a la naturaleza del cargo.
10 Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a lo asignado por su superior inmediato.
DESPACHADOR
1 Coordinar la asignación de unidades móviles a los eventos para el traslado de pacientes, según los procedimientos y flujos establecidos.
2 Brindar asistencia a las tripulaciones de las unidades de respuesta durante el desplazamiento.
3 Mantener registro y control de cada unidad en operaciones en su zona de responsabilidad, según los protocolos establecidos.
4 Apoyar la comunicación entre la unidad de respuesta y la regulación para la efectiva atención a los pacientes - usuarios de los servicios extrahospitalarios.
5 Apoyar con la comunicación permanente con las demás agencias del sistema y con las tripulaciones de turno.
6 Apoyar la supervisión de las tripulaciones para que se cumplan los flujos y
procedimientos operacionales específicos de su función, garantizando la asistencia y cobertura de las preposiciones.
7 Comunicarse con el paciente y/o los usuarios en los casos que se requieran.
8 Transferir la información del evento a las tripulaciones de las unidades y a los médicos de los centros de salud, según el protocolo establecido.
9 Consultar con sus superiores en los momentos críticos para la toma de decisiones, siempre que la tripulación de las ambulancias lo necesite, según las normas y reglamentos específicos del despacho.
10 Notificar al superior inmediato las novedades relevantes durante el turno.
11 Ejecutar de manera efectiva el despacho, así como la coordinación con centros de salud para la recepción de los pacientes.
12 Apoyar en las revisiones y actualizaciones de los protocolos y procedimientos de despacho, cuando sea requerido.
13 Informar a médicos reguladores y coordinadores de turno sobre la disponibilidad y recepción de los centros de salud.
14 Documentar las informaciones de los casos gestionados.
15 Cumplir las metas individuales que le sean asignadas y los compromisos que conlleven, conforme a la naturaleza del cargo.
16 Realizar otras tareas afines y complementarias, conforme a lo asignado por su superior inmediato.
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TRIPULACIÓN DE LAS UNIDADES MÓVILES 1 Cumplir con las peticiones del Centro de Despacho.
2 Mantener al despachador informado acerca de la ubicación.
3 Mantener al supervisor operativo de turno informado acerca de los problemas en la unidad o relacionados con el personal.
4 Informar al despachador condiciones inseguras en el lugar de la atención.
5 Realizar la atención inicial de los pacientes e informar los detalles sobre el caso al médico regulador o despachador, según protocolo de presentación de paciente.
6 La tripulación de las unidades de respuesta inmediata procederá como primera respuesta, según los incidentes definidos.
7 La tripulación de las unidades de respuesta informará al despachador la necesidad de asignar o desestimar otros recursos.
8 La tripulación de las unidades básicas debe esperar orientación del médico regulador antes de transportar al paciente o mantenerlo en el lugar del incidente, en caso de que haya seguridad en la escena o el incidente lo permita.
9 La tripulación de las unidades avanzadas suministrará los datos al despachador, según protocolo de presentación de pacientes.
10 La tripulación de las unidades suministrará al despachador información para cambio de estatus, información relevante sobre el evento y solicitará recursos adicionales 11 La tripulación de las URI, solo en los casos en los que no estén acompañados de SVB
o SVA, deberá comunicarse con el despachador para que transfiera llamada al médico regulador para presentar pacientes, según procedimiento establecido.