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Concurso de consumo de carbón entre buques de la armada

In document montevideo (página 45-53)

Para determinar el consumo de combustible en un concurso en el cual deban entrar buques cuyas caracterís­

ticas sean diferentes entre sí, como serían las dimensiones, desplazamientos, superficies expuestas al viento, velocida­

des, tipos de máquinas y de calderas, etc., deben buscarse medios prácticos y sencillos que permitan a las Comisio­

nes Arbitrales, el establecer con relativa facilidad un con­

tralor efectivo y de la más estricta justicia en que sus fallos no dejen lugar a dudas, ni puedan ser objeto de comen­

tarios por las partes perdedoras.

Todo sistema de clasificación que esté basado en la velocidad, es falso, y sus fallos tienen que ser forzosamente erróneos. La velocidad no tiene relación alguna con el con- sumo del carbón por las razones siguientes:

1.° El estado de la carena, del buque.

2.° Las profundidades en que se navegue.

3.° Las mareas, corrientes, etc.

4.° El viento y el estado del mar.

Cualesquiera de estas causas tienen una influencia di­

recta sobre la velocidad mayor o menor según sean los ti­

pos de buques que tomen parte en el concurso—como se­

rían por ejemplo: acorazados, cruceros, torpederos, etc.,—

influencias que no pueden ser calculadas, ni deben ser apli­

cadas al consumo del combustible.

Las razones expuestas dejan plenamente comprobado que la velocidad, no es la base conveniente, ni equitativa y que debe emplearse otra, que tenga relación directa con el consumo del combustible y absolutamente ninguna con el estado del tiempo, mareas, corrientes, estado de las ca­

renas, etc., como lo son por ejemplo, las revoluciones de las máquinas y quien dice revoluciones dice consumo de vapor, factor que en un concurso de esta clase, es el úni­

co que debe tomarse como base puesto que el objeto de la combustión es la producción del vapor que ha de ser consumido por los cilindros en cada revolución, con la independencia absoluta de la velocidad que pueda dar el buque.

En cuanto a los desplazamientos que deben llevar los buques al iniciar las pruebas, debe ser igual al normal con que se hicieron las pruebas de recepción en los asti­

lleros donde fueron construidos y en ningún caso llevar un calado distinto que debe ser deducido por la Comisión Arbitral con fórmulas o coeficientes que sólo resultan en el papel.

El llevar los buques con el calado de las pruebas de recepción, es una condición perfectamente factible de lle­

nar, y que tiene la ventaja de eliminar fórmulas o coefi­

cientes que a nada conducen y que son completamente innecesarias.

Las revoluciones de las máquinas deben ser mante­

nidas constantes durante las pruebas, de manera que en el promedio de cada uno resulte el número señalado por la Comisión Arbitral y el margen en más o en menos, no será en caso alguno mayor de fracción decimal de una re­

volución. (Anotando cada diez minutos en el contador

CONCURSO DE COMSUMO DE CARBÓN 47 mecánico las revoluciones, se consigue llevar un contrario que dé por resultado el promedio ordenado, con lo cual so obtiene el eliminar fórmulas).

Las materias grasas no deben ser tomadas en cuenta para determinar puntos de mérito, por cuanto las máqui­

nas alternativas tienen un consumo mayor que en las tur­

binas y no sería posible el determinarlo con equidad.

Un programa sencillo y que determinaría, a juicio del que subscribe, el mérito de los buques, sería, por ejem­

plo, al siguiente:

1.°—Revoluciones máximas con un mínimo consumo, empleando todas las calderas del buque a combustión de carbón y a tiraje natural, siendo absolutamente prohibido el empleo del tiraje forzado. (Con el objeto de no forzar el material de las calderas y teniendo en cuenta que al­

gunos buques hace más de 22 años que prestan servicios y que lógicamente estarían en condiciones desfavorables con los recientemente adquiridos).

2.°— Resultará vencedor el buque cuyo consumo de carbón se acerque más al determinado en las pruebas ofi­

ciales dentro del mismo número de revoluciones y siempre que haya dado fiel cumplimiento a las condiciones estable­

cidas para el concurso.

Disposiciones preliminares

3.°—Las calderas deberán encontrarse perfectamente limpias interna y externamente.

4.°—El carbón procederá de una misma pila y será cargado tal cual se presenta de dicha pila, en bolsas tipo Refinería Argentina, cuyo peso en carbón será de 80 kilos, ni un gramo más ni un gramo menos, debiendo las bocas de las bolsas ser cosidas a mano con hilo de vela y am­

bos extremos del hilo asegurados con un sello de plomo do la C. A. — Estas bolsas serán cargadas con el personal ad, hoc que dispondrá la Comisión Arbitral y bajo su contralor.

5.°—El carbón embolsado se reservará únicamente para ser empleado durante el concurso y será colocado en las carboneras más cercanas a las planchas de las calderas.

Estas carboneras deberán haber sido previamente vaciadas, de manera que no haya otro carbón que el embolsado y luego lacradas.

6.°—La cantidad de carbón embolsado deberá ser un 50 % en más de la calculada para las horas que debe

durar la prueba.

7.°—Se cargará, además, el carbón y agua necesaria para poner el buque en el calado normal de las pruebas oficiales de recepción.

8.°—La Comisión Arbitral comunicará al Jefe de la División con una anticipación mínima de 48 horas la orden de levantar presión y preparar el buque para entrar al concurso, indicando la hora en que deberán encontrarse en el punto inicial de la corrida.

9.°—Durante el concurso funcionarán, además de las máquinas principales, las máquinas auxiliares siguientes:

bombas de aire, bombas de circulación, bombas de alimen­

tación principal, bombas de lubrificación forzada, dínamo, abasteciendo todo el servicio del alumbrado ordinario del buque, funcionando además una bomba del servicio de achique de sentinas por cada compartimiento de máqui­

nas. No se hará durante las pruebas de las demás má­

quinas auxiliares salvo el caso de fuerza mayor.

10.—Como puede suceder que en un buque haya una proporción mayor de foguistas que en otro, la Comisión Arbitral determinará una proporción equitativa entre fo­

guistas y conscriptos foguistas.—Los Cabos foguistas no tendrán otra intervención que la de directores en el ma­

nejo de los fuegos.

11.—La Comisión Arbitral determinará la altura que deben tener los fuegos sobre el emparrillado en el mo­

mento de iniciar la corrida para los hornos cilindricos y para hornos rectangulares. Esta altura de fuegos debe ser

CONCURSO DE CONSUMO DE CARBÓN 49 cubicada con la superficie de emparrillado y la que deberá mantenerse en lo posible al final del concurso. Si hubiese alguna diferencia, ésta se aplicará sobre el cómputo total del consumo de carbón.

12.—Tanto la presión de las calderas como la altura del nivel de agua en las mismas, debe ser igual al prin­

cipio como al final; lo que será contraloreado y anotado por el miembro arbitral para ser deducido del consumo total de carbón.

13.—Careciendo algunos buques de calentadores del agua de alimentación y para que todos se encuentren den­

tro de iguales condiciones, la Comisión Arbitral exigirá que la temperatura del agua de alimentación sea la que resulte al ser extraída del condensador. Siendo un moti­

vo de punto de desmérito o descalificación según sea el caso, la inobservancia de esta disposición.

14.—La duración de las pruebas podrán ser de 3 horas continuadas para los Exploradores o torpederos y de 6 horas para los demás buques, con el número de hom­

bres por guardia y horas de guardia que determine la Comisión Arbitral.

15.—Debiendo el concurso iniciarse con todos los bu­

que a la vez o con pequeños intervalos, según lo determi­

ne la C. A. y como probablemente no podrán nombrarse más de tres delegados de la C. A. por buque, siendo la misión de uno el contralor de las revoluciones y de todo lo que tenga relación con los compartimientos de máqui­

nas y la de los otros dos delegados el contralor del consu­

mo del carbón y todo lo que tenga relación con los com­

partimientos de calderas, (con el fin de facilitar la misión de estos últimos), se colocará en lugar visible frente a ca­

da caldera, una pequeña bolsa o alcancía en la cual se irán depositando los sellos de plomo que saquen de las bolsas cuyo carbón haya sido consumido, la que será entregada por cada mecánico encargado de plancha al final de la corrida al delegado arbitral de su departamento.

Comienzo del concurso

16. —Quince minutos antes de zarpar un delegado de cada buque y con la intervención del Oficial que el Co mandante designe, verificarán el calado de proa y popa el que una vez comprobado estar de acuerdo con lo ordena­

do por la C. A., se comunicará por señales al Presidente de la C. A. que deberá estar embarcado en la nave Ca­

pitana.

17. —Una vez el buque en movimiento se pondrán todos los relojes a la hora dada por los delegados y acto seguido, los delegados de calderas cubicarán los fuegos que deberán presentarse al concurso completamente pare­

jos y dentro de la altura indicada—medirán la altura del nivel del agua en cada caldera—la que será de medio cristal y anotará la presión de vapor.—Se cerrarán las carboneras que no deben estar en uso, poniéndoles can­

dados y se harán abrir las carboneras donde se halle de­

positado el carbón embolsado. El delegado arbitral de máquinas habrá contraloreado el número de máquinas auxiliares en función, los calentadores de alimentación, etc., y una vez todo en orden y de acuerdo con los delegados de calderas, se dará la señal de listo por medio de un to­

que prolongado de silbato o sirena y tan pronto como las máquinas están dando el número de revoluciones máximas que se supone sostener, se dará el top inicial de la corrida por medio de los telégrafos del puente, ordenando «Toda fuerza», orden que será transmitida a las calderas por me­

dio de los telégrafos de máquinas.

18.—Al dar el top inicial, el delegado Arbitral de máquinas anotará el número del contador mecánico de las revoluciones de la máquina de estribor e inmedia­

tamente pasará a tomar el de la máquina de babor, anotándolo con los dos o tres minutos de retraso que resulte.

CONCURSO DE CONSUMO DE CARBÓN 51 Durante la corrida

19.—Cada 10 minutos se anotará el número de los contadores, operación que servirá para corregir las revo­

luciones exactas que deben resultar en la hora, pero el delegado Arbitral para determinar el promedio de las revolu­

ciones dadas por hora, tomará el total de las revoluciones dadas durante toda la prueba, restando de la cantidad dada por los contadores al final de la prueba la anotada al ini­

ciar la misma y dividiéndolas por el tiempo de duración de la corrida.

20.—Se anotará cada media hora la temperatura del agua de alimentación en la descarga a las calderas.

21.—En los compartimientos de calderas se anotará cada media hora, la presión del vapor y altura del nivel del agua.

22.—Se considera puntos de mérito para el buque, el llevar la presión del vapor en las calderas constante y el nivel del agua en las mismas, a la altura del medio cristal durante toda la prueba, lo que será contraloreado por los delegados arbitrales.

23.—Un toque prolongado de la sirena o del silbato será la señal del fin de la prueba y 2 minutos después (para dar tiempo en ese intervalo a que el delegado arbi­

tral de máquinas anote la cifra que resulte en los contado­

res de revoluciones de ambos compartimientos) se ordenará por el telégrafo desde el puente «Máquinas Despacio» para obligar a hacer cerrar las puertas de los ceniceros de las calderas y facilitar de esa manera a los delegados arbitra­

les, el cubicar los fuegos de los hornos y hacer las demás anotaciones finales.

Después de la corrida

24.—Inmediatamente de haber terminado con lo in­

dicado en el artículo 22, los tres delegados harán un

recuento de todas las bolsas del carbón que han quedado en las carboneras sin usarse, observando si todas llevan el sello de la C. A. (recuento que servirá de contralor a los sellos que pertenecieron a las bolsas de carbón consumido).

25.—Se labrará un acta de las pruebas adjuntando una planilla con todas las anotaciones de máquinas y cal­

deras, las que serán firmadas conjuntamente con los tres delegados arbitrales, por el Comandante y Jefe de máqui­

nas del buque.

26.—Será considerado como punto de desmérito o descalificación según el caso, la inobservancia de cualesquie­

ra de los puntos indicados en el presente Reglamento y será considerado como punto de mérito especial el buque que efectúe la corrida dentro de la forma profesional más correcta.

Antonio M. Negrette

Ingeniero Maquinista Principal

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