La aprobación de la Ley 6/2016, de 4 de mayo, de Economía Social de Galicia (en adelante, LESG), ha supuesto un importante paso en el camino de la promoción de la economía social en esta comunidad autónoma. Seguramente, no porque haya permi- tido la ejecución de medidas de fomento concretas que no hubiesen podido llevarse a cabo en ausencia de la ley; pero lo cierto es que, directa o indirectamente, ha contri- buido a la visibilización de la economía social a partir de sus elementos comunes, tras- cendiendo las características particulares de cada una de las familias que la forman; y de este modo ha favorecido la concienciación y asunción de pertenencia por parte de todos los colectivos implicados y, de resultas, la creación de alianzas y sinergias que comienzan a dar sus frutos.
Sirva de ejemplo la creación, en 2018, del Foro por la Economía Social de Galicia, una red de colaboración entre las asociaciones más representativas de las cooperativas gallegas junto con las que representan a las sociedades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción, que desde entonces trabajan conjuntamente para la visibilización y promoción de la economía social en su conjunto y ejercen una in- terlocución activa y efectiva con la Administración.
Tal como decíamos, no es objeto de la ley el establecimiento de un concreto ca- tálogo de medidas de fomento, sino orientar las acciones de fomento e impulso que
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corresponden a los poderes públicos. De igual forma, si bien trata de establecer un marco regulatorio común, lo hace con pleno respecto a la normativa específica que se aplica a cada clase de entidades, así como a la Ley estatal 5/2011, do 29 de marzo, de economía social, con la que tiene una amplia coincidencia.
Sin embargo, no se trata de una ley absolutamente programática, ya que contiene algunas disposiciones que sí deben ser objeto de ejecución concreta, de las cuales podemos analizar su grado de desenvolvimiento y efectos: la creación del Consejo de Economía Social de Galicia, la aprobación de un Plan gallego de Impulso de las entida- des de Economía Social, la elaboración de un catálogo de entidades de economía social y la creación de nuevas modalidades cooperativas.
Creación del Consejo de Economía Social de Galicia y participación institucional
El artículo 9 de la LESG recoge la creación del Consejo de la Economía Social de Galicia como órgano consultivo y asesor para las actividades relacionadas con la eco- nomía social, especialmente en el ámbito de la promoción y difusión de la economía social.
Además de las funciones de asesoramiento, emisión de informes, planificación, seguimiento y otras que se detallan en el artículo 10, le corresponde también designar a las personas que deban tener la representación de las entidades de economía social en otros órganos de participación institucional, de los cuales la propia ley menciona expresamente dos: el Consejo Económico y Social y el Consejo Gallego de Economía y Competitividad.
Fue necesario esperar a la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, para poder llevar a efecto estas previsiones, ya que fue esta ley la que introdujo una modificación en la Ley 6/1995, de 28 de junio, por la que se crea el Consejo Económico y Social de Galicia, recogiendo en su composición a un represen- tante de la economía social.
Finalmente, el 9 de abril de 2019 tuvo lugar la sesión constitutiva del Consejo de la Economía Social de Galicia y la designación de representantes para los dos órga- nos mencionados, el Consejo Económico y Social y el Consejo Gallego de Economía y Competitividad.
De esta forma, por primera vez en Galicia toma cuerpo un órgano que reúne y da voz de forma conjunta a representantes de las cooperativas, las sociedades laborales, los centros especiales de empleo, las empresas de inserción, las cofradías de pesca- dores, las comunidades y mancomunidades de montes (figura que la LESG introduce como propia de la economía social) y las asociaciones y fundaciones con actividad económica, junto a las administraciones autonómica y local, las universidades y las organizaciones sindicales y empresariales. Su participación en la elaboración de nor-
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mas y en la definición de políticas públicas es decisiva para que la economía social pueda visibilizarse como un elemento transversal de la economía y la sociedad gallega.
Aprobación de un Plan gallego de Impulso de las entidades de Economía Social
En su disposición adicional quinta, la LESG establece que la Xunta de Galicia apro- bará, en el plazo de seis meses, un plan de impulso de las entidades de la economía social, con especial atención a las de singular arraigo en su entorno y de las que ge- neren empleo en los sectores más desfavorecidos. Para su aprobación y evaluación será convocado el Consejo de la Economía Social de Galicia.
Si bien ciertamente más tarde de lo previsto, el 5 de diciembre de 2018 se sometió al Consello de la Xunta de Galicia la Estrategia Gallega de la Economía Social, cuya finalidad es la consecución de un país más igualitario y con más oportunidades, con empresas enfocadas a las personas (tanto interna como externamente) y con una mayor cohesión territorial y social. Se dirige especialmente a las cooperativas, socie- dades laborales, centros especiales de empleo y empresas de inserción, que suponían a finales de 2017 más de 3.000 empresas, más de 14.400 empleos directos y cerca de 3.000 millones de euros en volumen de negocio.
Con una duración de tres años (2019-2021), la Estrategia prevé una inversión de 73 millones de euros y define 25 medidas orientadas a la consecución de tres retos:
- Sumar capacidades, en el que se encuadran las medidas tendentes a mejorar la capacitación emprendedora, promover el emprendimiento y la creación de empleo –especialmente entre las mujeres, la juventud y en el rural gallego–, promover la presencia de la economía social en nuevos sectores económicos y fomentar la inclusión laboral.
- Sumar sostenibilidad, orientado al crecimiento y consolidación de las empresas de economía social a través de medidas de apoyo a la innovación, a la internaciona- lización, a la intercooperación o a la transformación; al fomento de la producción responsable y la seguridad y salud en el trabajo; a las medidas legislativas y pro- cedimentales que faciliten la constitución y funcionamiento de estas entidades; y al fomento de la contratación pública responsable.
- Sumar identidad, dirigido a mejorar la visibilidad y el conocimiento sobre la econo- mía social y su importancia, sensibilizar sobre sus valores y promover mecanismos de participación de las entidades que la forman.
Además contempla tres retos transversales: la igualdad de oportunidades, la inter- cooperación y la tecnología.
Entre sus objetivos, podemos señalar la creación de 3.000 nuevos empleos (un incremento del 20% respecto a las cifras actuales) y 300 nuevas entidades (un au-
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mento del 10%). Otros objetivos declarados son potenciar la presencia femenina en la economía social, para alcanzar el 50% entre los nuevos promotores de cooperativas y sociedades laborales, y reducir a la mitad el tiempo de constitución de estas entidades, contribuyendo así a eliminar los obstáculos de tipo burocrático que puedan entorpecer su puesta en marcha.
La elaboración de un catálogo de entidades de economía social
El artículo 7 de la LESG establece que la consellería competente en materia de economía social de la Xunta de Galicia, previo informe del Consejo de la Economía Social de Galicia, elaborará y mantendrá actualizado el Catálogo gallego de entidades de economía social.
Se trata de un catálogo público, no constitutivo y que debe funcionar y ser ac- cesible mediante medios electrónicos, que se nutrirá de la información facilitada con periodicidad anual por los diferentes registros administrativos respecto de las ins- cripciones relativas a la constitución, fusión, transformación o disolución de dichas entidades.
Esta herramienta tiene una finalidad fundamentalmente informativa y de sensi- bilización, ya que permitirá visualizar la totalidad de las entidades que conforman la economía social como integrantes de una realidad común y partícipes de unos mismos principios, lo que sin duda supone un paso importante dado que uno de los principales obstáculos identificados en este sector es la falta de información. Pero se pretende que también tenga una dimensión práctica efectiva, al servir de escaparate para que las entidades puedan darse a conocer como parte de la economía social y a su vez puedan reconocer a aquellos agentes económicos que, por compartir sus mismos principios, puedan ser identificados como aliados o colaboradores.
Si bien la estructura y contenido de dicho catálogo debiera ser relativamente sen- cilla, se han encontrado algunas dificultades que han retrasado su puesta en marcha, desde la heterogeneidad de los datos obrantes en los diferentes registros, que dificul- tan la definición de un contenido mínimo, obligatorio, relevante y común a todas las tipologías, hasta la complejidad de identificar qué concretas asociaciones y fundacio- nes forman parte de la economía social, por ejercer actividad económica, frente a las que tienen una finalidad puramente representativa o de defensa de intereses comunes.
Resueltas finalmente estas dificultades, y diseñada la estructura y funcionalidades del catálogo, se espera que pueda estar en funcionamiento en los primeros meses de 2020.
Modificaciones de la ley de cooperativas
La LESG introdujo algunas modificaciones en la Ley 5/1998, de 18 de diciembre, de cooperativas de Galicia, entre las que cabe destacar la flexibilización de las con-
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diciones de participación de socios colaboradores, con el objetivo de mejorar la cap- tación de financiación interna; o la ampliación de las posibilidades organizativas de las asociaciones representativas del sector, permitiendo la constitución de uniones de cooperativas de distinta clase.
Pero sin duda la más novedosa es la creación de una nueva modalidad de coopera- tiva, la cooperativa juvenil, con la que se trata de facilitar el tránsito desde las etapas formativas al desarrollo profesional con el fin de promover el emprendimiento juvenil de base cooperativa. Constituye una especialidad de las cooperativas de trabajo aso- ciado y asimiladas, de las cooperativas de explotación comunitaria de la tierra o de explotación de recursos acuícolas.
De esta forma, en aquellas cooperativas constituidas mayoritariamente por jóvenes de entre dieciséis y veintinueve años –o treinta y cinco años en el caso de personas con discapacidad–, que pongan en común su trabajo personal, se simplifican los re- quisitos de constitución (no se exige formalización en escritura pública para los actos de constitución, modificación estatutaria, disolución, reactivación, liquidación o ex- tinción) y se reduce el capital social mínimo obligatorio a 300€. La condición de coo- perativa juvenil tiene una duración máxima de 5 años, tras los cuales debe adoptarse el acuerdo de transformación en cooperativa ordinaria o disolverse.
Esta previsión legal se acompañó de medidas específicas de fomento, a través de un aumento de los incentivos para la creación de empleo en esta clase de cooperativas.
Gracias a ello, desde la entrada en vigor de la ley (junio de 2016) hasta la actualidad se han constituido 24 cooperativas juveniles (concretamente 5 en 2016, 3 en 2017, 9 en 2018 y 7 en lo que va de 2019) que agrupan a 79 socios promotores. Su distribu- ción provincial es casi homogénea, con la excepción de Lugo, que solo cuenta con 2 cooperativas juveniles, ya que en Pontevedra existen 8 y tanto en A Coruña como en Ourense se crearon 7.
Mayor impacto tuvo otra modificación reciente de la ley de cooperativas, si bien no fue operada por la LESG. A través de la Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, se introdujo la posibilidad de constituir cooperativas formadas únicamente con dos socios. Al contrario que en otras normativas autonómicas que también contemplan esta posibilidad, la ley gallega no la limita a una determinada clase de cooperativas ni establece una limitación temporal a su existencia.
Esta medida permitió casi duplicar el número de cooperativas constituidas en el primer año de su entrada en vigor, pasando de las 40 creadas en 2017 (que fue la cifra más baja al menos en los últimos 20 años) hasta las 72 de 2018 (la más alta en el mismo período) y con previsiones de ser superada ampliamente en 2019, pues las creadas en lo que va de año son ya 85. De las 72 cooperativas constituidas en 2018, 32 lo hicieron solo con 2 socios, mientras que de las 85 registradas este año, son 40 las que se crearon con 2 socios.
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