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CAPITULO I. GENERALIDADES DE LA CONTAMINACIÓN ACÚSTICA

2.2 Impactos causados por ruido en la naturaleza y los ecosistemas

el ambiente; logrando que estos, deban modificar sus condiciones de existencia, so pena de perecer, generando así un desequilibrio en los ecosistemas; ese deber de protección animal, guiado en el marco de la protección al ambiente (Corte Constitucional, Sentencia C-666, 2010)

los relacionados con ruido, que generan consecuencias desastrosas en los ecosistemas y crean un notorio desequilibrio en el medio ambiente.

Entre las especies que más sufren los impactos del ruido antropogénico, se encuentra: las ranas, quienes por su función utilizan sus propias emisiones de ruido a través del croar para llamar la atención de sus parejas y poder cumplir así, con la función de cortejo y apareamiento;

razón por la cual, encontrarse en ambientes donde el ruido ambiental producido por el hombre impide que estas especies puedan escucharse, trae como consecuencia la imposibilidad de reproducirse (Hernández Molina, Fernández Zacarías, & Cueto Ancela, 2012).

Aunado a lo anterior, se encuentra otra especie también estudiada respecto a los efectos del ruido antropogénico y sus consecuencias en la variación intrapoblacional en las respuestas conductuales de vigilancia de las mangostas enanas, que condicionan su capacidad de reacción ante posibles depredadores (Emma Eastcott, 2020).

En igual sentido que las ranas y las mangostas, las aves experimentan con ocasión del ruido antropogénico graves afectaciones para su reproducción, como quiera que el canto de éstas facilita su comunicación; de ahí a que se vean muchas veces obligadas a migrar o a adaptarse al medio, creando nuevas formas de comunicación a través de sonido que sobrepasan los límites de contaminación; toda vez, que además de afectar el apareamiento y consecuente reproducción, también trae implicaciones en las ondas que facilitan el desplazamiento aéreo e incluso la posibilidad de encontrar alimento. En este sentido, un estudio realizado a 5129 aves de 56 especies (Erin M. Bayne, 2008), concluyó que las densidades de las aves reproductoras disminuyen en un tercio en sitios ruidosos.

Para ilustrar un poco más esta afectación, se trae a colación la investigación de Bunkleya, McClure, Kleist, & Barber, (2015), quienes estudiaron la alteración del ruido antropogénico en la actividad de los murciélagos; con ocasión de las estaciones de compresores utilizadas para la extracción y transporte de gas natural que producen espectralmente ruido de alta densidad las 24 horas del día, los 365 días del año; lo que además de afectar la actividad de los murciélagos, también incidía en la ecolocalización de éstos; llevando a esta especie a asociarse con una o más de las variables de hábitat.

El efecto del ruido en los niveles de actividad de los murciélagos eco localizadores de baja frecuencia indica un posible enmascaramiento de algunas frecuencias de llamada de ecolocalización (Fenton y Bell, 1981) por ruido antropogénico de baja frecuencia (<24 kHz). Varios de las especies en el conjunto de baja frecuencia (A. Pallidus, E. Fuscus, L. Cinereus, L.S Noctivagans, M.

Thysanode, T. Brasillensis) tienen llamadas de ecolocación que contienen componentes que podrían ser susceptibles de enmascararse por el ruido antropogénico (Fenton y Bell, 1981; Szewczak, 2013). Incluso las llamadas que no se superponen directamente al rango de frecuencia del ruido pueden experimentar efectos negativos del ruido.

Sin embargo, en un paisaje donde los sitios varían en su exposición al ruido, T.

brasiliensis exhibe mayor nivel de actividad nocturna en zonas más tranquilas durante los períodos en que los murciélagos probablemente se alimentan.

Diferencias en la tolerancia al ruido en los lugares de descanso frente a los sitios de alimentación pueden ser atribuibles a una alteración en la detección de presas como resultado de cambios inducidos por el ruido en llamadas de ecolocalización.

(…)

Los murciélagos son indicadores importantes de la salud del ecosistema y proveedores de una variedad de servicios del ecosistema (Jones et al., 2009) haciéndolos un grupo esencial para conservar con el fin de mantener hábitats funcionales. (Bunkleya, McClure, Kleist, & Barber, 2015, p. 69)

Este panorama, afecta igualmente el entorno de las diferentes plantas, que requieren de la polinización para mantenerse; razón por la cual, aunque parezca que los árboles y demás especies de flora, no son variedades vulnerables por carecer de oídos, estas son especialmente sensibles por el hecho de que, ante la ausencia de las aves y del trabajo que estas realizan sobre las plantas, su conservación se vuelve incierta.

Por su parte, las especies marinas, presentan notorias repercusiones con ocasión de las emisiones ruido producidas por buques o grandes embarcaciones, pruebas militares, así como dragados, extracción y exploración de petróleo, investigaciones geofísicas y oceanográficas, entre otras; esto, en razón a que su naturaleza las hace depender de la comunicación acústica y desde allí también garantizan su supervivencia. Sobre este fenómeno y los antes citados es poco lo que se encuentra regulado. No obstante, también se han realizado algunas investigaciones que revelan los impactos que deja el sonido subacuático en las especies marinas, y que se compilan en el Documento Técnico sobre Impactos y mitigación de contaminación Marina del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Gobierno de España, donde se menciona:

Las especies pueden reaccionar a sonidos que coincidan con las frecuencias a las que son sensibles. Se pueden dar respuestas de comportamiento y en algunos casos afecciones fisiológicas a la audición, con cambios en el umbral de

sensibilidad temporales o permanentes. Así mismo, se pueden producir daños causados por altas presiones acústicas incluso a frecuencias a las que los animales no sean sensibles auditivamente. Por último, la afección del ruido puede ser directa o indirecta. En este último caso bien por provocar cambios de comportamiento o desorientación, que puedan desembocar en daños o incluso mortandad (Rommel et al., 2007; Guerra et al., 2004, Fernández et al., 2005: Cox et al., 2006), o bien a través de cambios en la calidad del hábitat que puedan generar estrés (Wright et al., 2008) (Ministerio de Agricultura, 2012, p.33).

En este mismo documento (Ministerio de Agricultura, 2012), se describen las afectaciones que el sonido genera en la fauna marina y que, a su vez, describe con ejemplos de publicaciones científicas donde se trata cada impacto:

Daños fisiológicos directos e indirectos:

• Daño a tejidos corporales por la presión acústica (McCauly et al., 2004)

• Daños graves a las estructuras auditivas (Ketten 1995)

• Cambio temporal o permanente del umbral de sensibilidad: reducción recuperable (TTS) o irrecuperable (PTS), respectivamente, de la sensibilidad auditiva a ciertas frecuencias (Nachtigall et al., 2004; Lucke, 2008)

• Desorientación causada por daños en los órganos del equilibrio, que puede originar efectos secundarios, incluyendo impactos letales (por ejemplo, asfixia en calamares gigantes, Guerra et al., 2004)

• Daño a tejidos vitales causados por un embolismo gaseoso y graso (Jepson et al., 2003; Fernández et al., 2005), que podría producirse por una reacción de escape (Fernández et al., 2005, Cox et al., 2006; Rommel et al., 2007).

• Reacciones de alerta (contracciones musculares reflejas) (Götz, 2007) Daños perceptivos:

• Solapamiento y enmascaración de sonidos biológicos relevantes por ruidos de origen antrópico, incluyendo sonidos comunicativos, ecolocalización (biosonar), sonidos asociados con la localización de las presas, evitación de depredadores o colisiones con embarcaciones (Payne y Webb, 1983; Aguilar de Soto et al., 2005)

Efectos comportamentales:

• Interrupción de comportamientos normales, por ejemplo, alteración de ritmos respiratorios y de inmersión, movimientos anómalos, evitación de áreas, cambios en rutas migratorias, etc. Estos efectos se pueden dar a decenas de kilómetros desde la fuente de emisión (revisados en Richardson et al., 1995) Efectos crónicos:

• Stress con consecuencias potenciales de inmunodepresión y reducción de viabilidad reproductiva. Incremento del gasto energético (Wright et al., 2008)

• Repercusiones poblacionales a largo plazo: insuficientemente conocidas debido a la falta de estudios dedicados a lo largo de un periodo suficiente de tiempo.

Efectos ecológicos directos:

• Reducción de la población de la especie afectada, lo que podría ser muy significativo si la población local es reducida.

Efectos ecológicos indirectos:

• Pérdida de calidad del hábitat.

• Reducción en la disponibilidad de presas y por tanto de la actividad trófica.

Sin duda alguna, este tipo de contaminación ambiental, incide considerablemente en los procesos de evolución de las especies, con afectaciones en la comunicación, la reproducción, la migración, la supervivencia, entre muchos otros factores; que llevan a las distintas especies a modificar sus condiciones de subsistencia para intentar adaptarse a nuevas formas de vivir.

A esto se suma la existencia de los espacios urbanos que llevan a converger varios elementos integrantes del ambiente como la vegetación, la presencia de agua, asoleamiento, incidencia del viento, el microclima; y la apropiación marcada por experiencias vivenciales que se determina por el tiempo y la frecuencia. Sobre esta especial relación persona y entorno encontramos investigaciones como la de (Valencia, 2008); que permite hablar desde la planeación urbana como medio para gestionar y renovar el territorio; siendo necesario determinar los factores que generan mayor contaminación auditiva y los elementos del ambiente sobre los que se genera mayor afectación, en aras a desarrollar proyectos desde la sostenibilidad más acordes a las realidades del entorno.

Desde un punto de vista humano, se piensa que las consecuencias que se producen por el hecho generador de ruido, solo provocan efectos en las personas o grupos de personas, quienes, por así decirlo, están en la capacidad de ejercer sus derechos y en cierta medida, solicitar de la autoridad competente el control de dicha afectación, bien para prevenirla o repararla, según el caso; en tanto que los animales, plantas y en sí, todo el ecosistema, no cuenta con voz para defenderse; por lo que aboca el poder del Estado y la ley para que a través de sus instituciones establezca medidas de protección especial al ambiente y el equilibrio ecológico, reconocidos constitucionalmente como un derecho colectivo y regulado por la Ley 472 de 1998.

2.3 Protección Jurídica de los derechos vulnerados por el ruido en el marco del Derecho