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la misma el acuerdo favorable unánime de ceder un solar con las caracte- rísticas fijadas en la petición, solar que habría de estar ubicado frente al grupo de viviendas protegidas para maestros nacionales (actual calle Ar- temio Precioso).
Cedido este solar a la delegación nacional de Auxilio Social, el di- rector provincial de este organismo volvió a formular petición al Ayun- tamiento para que el solar fuese ampliado, de los 600 metros cuadrados iniciales a 900 metros cuadrados, “con el fin de dotarlo con un jardín que lo circunde”.300
En el pleno del día 29 de enero de 1948 la comisión gestora munici- pal volvió a estudiar esta petición. Acordó el concejo se solicitase informe al arquitecto municipal, dado que se desconocía por parte de los mismos la existencia de terrenos bastantes junto al solar inicialmente cedido, al objeto de poder suplementarlo.
Tras el informe del arquitecto municipal, nuevamente el pleno mu- nicipal en sesión de fecha 19 de febrero de 1948 complementó el acuerdo de cesión de un solar con destino a la construcción de un centro de alimen-
300 “Se dio lectura de una carta de fecha 29-01-1948 del Delegado Provincial de Auxilio Social, interesando que en lugar de los 600 metros cuadrados que el Ayuntamiento de He- llín tiene cedidos gratuitamente para construir un centro de alimentación infantil, se amplíe a 900 metros cuadrados con el fin de dotarlo con un jardín que lo circunde”. AMH LAP A_00471_002. p.83. Sesión de 29-01-1948.
301 ”Como complemento del acuerdo tomado en la sesión del día 29-01-1948, y en base al informe emitido por el Sr. Arquitecto Municipal, por unanimidad se aprueba la amplia- ción a 900 metros cuadrados la superficie del solar a ceder a la Delegación Nacional de Auxilio Social para que construya un centro de alimentación infantil”. AMH LAP A_00471_002.
p.98 Sesión 19-02-1948.
302 “Se trata la petición formulada por el Patronato de la Fundación “San Rafael” para la construcción de un edificio con destino a albergue de niños y niñas de familias indigentes y trabajadoras de la localidad durante la mayor parte del día para facilitarles a los acogidos enseñanzas “religiosas y patrióticas” por una congregación religiosa, y a la vez, que les propor- cione alimentación y vestido. Dice la Presidencia que el Ayuntamiento tiene la obligación moral de creación de esta institución, que tantos beneficios ha de proporcionar a nuestro pue- blo, recogiendo y educando “a tantos niños vagabundos y sin amparo que a todas las horas del día se les ve dispersos por las calles de la población careciendo de todo lo imprescindible para subsistir”. La Comisión Gestora, por aclamación, acuerda: Primero: Que el Ayuntamiento de Hellín contribuya a la construcción en esta ciudad de un edificio para albergue in- fantil con la cantidad de 200.000 pesetas a condición de que se haga constar en documento público por parte de la Junta del Patronato de la Fundación “San Rafael” que, si por cualquier causa, el edificio en cuestión no llegara a los fines para los que va a ser construido, pasaría a propiedad del pueblo de Hellín”. AMH LAP A_00471_003. pp. 17-18. Sesión 11-03-1948
tación infantil, incrementando la superficie cedida, de 600 a 900 metros cuadrados.301
Es en la sesión de pleno municipal celebrada el día 11 de marzo de 1948, cuando el Ayuntamiento analiza una petición de ayuda económica suscrita por el patronato de la denominada “Fundación San Rafael”, enti- dad benéfica creada por un grupo de damas de la sociedad hellinera, que pretendían la construcción de un edificio con destino “al albergue de niños y niñas de familias indigentes y trabajadoras de la localidad”, para apartar- los de la calle, facilitarles alimento y vestido, así como enseñanza religiosa y patriótica.
El solar sobre el que habría de construirse el edificio, colindante con la cárcel del partido, fue donado al patronato por Ana Fe Serra, esposa del alcalde de la ciudad en aquellos momentos, Mariano Tomás Precioso.
El alcalde manifestó que es obligación moral la creación de este al- bergue infantil, para recoger y educar a “tantos niños vagabundos y sin am- paro que a todas las horas del día se les ve dispersos por las calles de la pobla- ción, careciendo de todo lo imprescindible para subsistir”.302
La petición del patronato se elevó a la cifra de 200.000 pesetas. So- licitud a la que accedió la corporación por unanimidad de sus miembros, estableciéndose como condición de que si, por cualquier causa, el edificio no llegara a usarse a los fines para los que va a ser construido, habría de pasar a ser de propiedad municipal.
Para poder atender la obligación contraída con el patronato de la
“Fundación San Rafael”, el Ayuntamiento procedió a formalizar un pre- supuesto extraordinario en el que se contemplaba una partida por dicho importe.303 Así lo aprobaron los munícipes en sesión plenaria celebrada el día 29 de abril de 1948.
La “Fundación San Rafael” procedió a encargar el proyecto del edi- ficio del albergue al arquitecto Adolfo Gil Alcañiz. El Boletín Oficial de la Provincia de Albacete del día 9 de julio de 1948 publicaba el anuncio de dicha fundación, mediante el que se inicia el concurso para la realización de parte de las obras de dicho proyecto.304
Dejaba bien claro el patronato que el maestro de obras que resulta- se adjudicatario de los trabajos de construcción iría ejecutando las obras de acuerdo con la disponibilidad económica. Siendo, en esta instancia, 400.000 pesetas la cantidad disponible para la realización de las obras de estructura y cubrición del edificio proyectado, a razón de 200.000 pesetas de aportación municipal y 200.000 pesetas de fondos del patronato.
Las ofertas para tomar parte en ese concurso habrían de ser presen- tadas en la secretaría del Ayuntamiento, siendo precisa la justificación de
303 “Se aprueba Presupuesto Extraordinario que contiene, entre otras actuaciones, la partida número 1, para subvencionar las obras a realizar por la Fundación “San Rafael” por importe de 200.000 pesetas”. AMH LAP A_00471_003. p.55. Sesión 29-04-1948.
304 “Patronato de San Rafael de Hellín (Albacete). Anuncio de concurso de obras. El Patronato San Rafael, en colaboración con el Excmo. Ayuntamiento de la ciudad de Hellín, saca a concurso la enajenación de parte de las obras de albañilería de un edificio destinado a Albergue escolar infantil. Dichas obras se realizarán a varias etapas, adaptándose al proyecto redactado por el Arquitecto D. Adolfo Gil Alcañiz, quedando el edificio en su fase final, en la disposición y forma que figura en el referido proyecto (…) las obras a realizar en esta primera fase comprenderán un volumen que se eleva en su totalidad a cuatrocientas mil pesetas”. Boletín Oficial de la provincia de Albacete número 82. p.4. Edición de 09-07-1948.
haber constituido una fianza de 40.000 pesetas para tomar parte en el con- curso de las obras. Firmaba el anuncio la presidenta de la fundación, Ana Fe Serra.
Las obras del albergue se iniciaron nada más concluir el proceso de subasta. Fueron adjudicadas al contratista local Francisco Martínez Ten-
Estado de las obras del Albergue “San Rafael”. Año 1949. Archivo Municipal de Hellín.
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dero. En el mes de diciembre de 1948 el Ayuntamiento pleno procedió a abonar al mismo la parte municipal de la primera certificación de obras, que se elevó a 32.939´56 pesetas.305
Durante los primeros meses del año 1949 se fue ejecutando obra has- ta agotar el crédito disponible de 400.000 pesetas con el que contaba el patronato, llegado ese punto el contratista, siguiendo lo establecido en el pliego de condiciones, cesó en las labores de construcción en espera de la consecución de más fondos económicos.
Ante la paralización de los trabajos el patronato de la fundación “San Rafael” dirigió al alcalde de Hellín una instancia en el que solicitaba “ayuda moral y económica” para poder continuar las obras de construcción del albergue.
Los gestores municipales estudiaron tal petición en la reunión de la comisión municipal permanente celebrada el día 18 de agosto de 1949.
Los mismos acordaron por unanimidad “prestar ayuda moral”,306 pero de- morar todo acuerdo en lo relativo a una nueva ayuda económica hasta conocer la solución que el ministro de Trabajo otorgue a la instancia que se elevó a la Junta Nacional del Paro Obrero en demanda de subvención para la construcción del edificio referido.
Las obras sufrieron largas paradas en su ejecución, sin duda motiva- das por la carencia de recursos económicos. La fundación “San Rafael” no disponía de más recursos propios para hacer frente a las obras de termina- ción del edificio y tenía que encomendarse, casi en exclusiva, a las aporta- ciones del Ayuntamiento. El cual tenía a su vez que recurrir a presupuestos
305 “La comisión gestora, hallándola conforme y visto lo acordado por la corporación municipal en la sesión de 11 de marzo de 1948. Acuerda por unanimidad el pago de la subven- ción del 50% de la certificación de obras número 1 de las obras de construcción de un edificio para albergue infantil por parte del Patronato de la Fundación “San Rafael”, que se eleva a 65.879,12 pesetas, correspondiente, por tanto al Ayuntamiento de Hellín la cantidad de 32.939,56 pesetas”. AMH LAP A_00471_002. p.54 Sesión 23-12-1948.
306 AMH LAP A_00028_002. P.19. sesión de 18-08-1949 307 AMH LAP A_00475_003. Sesión de 28-07-1951.
extraordinarios, como el aprobado en sesión plenaria de 28 de julio de 1951 por importe de otras 50.000 pesetas.307
El albergue empezó a funcionar en el año 1954, regentado por las Hermanas de la Caridad, albergando en sus inicios y en régimen de me- dio-pensionados a veinticinco menores de la ciudad, que pronto alcanza- ron el medio centenar. Pero a finales de 1955, dificultades de índole eco- nómica forzaron el cierre del mismo por parte de la Junta Provincial de
Estado de las obras del Albergue “San Rafael”. Año 1949. Archivo Municipal de Hellín.
Protección de Menores. Y tuvo que ser el Ayuntamiento quien rescatase el albergue, haciéndose cargo de los gastos que ocasionase su funcionamiento hasta encontrar una solución ante el incierto futuro de dicha institución.308
La situación de insolvencia económica de la fundación alcanzaba tal magnitud, que no había podido liquidar al contratista de las obras del edi- ficio la parte de obra que les correspondía satisfacer a dicha fundación. La deuda ascendía a la cifra de 190.000 pesetas.
Sin embargo, el Ayuntamiento si había satisfecho holgadamente su compromiso de cofinanciación de las obras del albergue infantil, llevando a cabo constantes aportaciones de carácter extraordinario con cargo a sus presupuestos. Además de sufragar íntegramente el mediopensionado de los menores en él acogidos ante el abandono de la Junta Provincial de Me- nores de Albacete.
Las señoras componentes del patronato de la fundación se vieron en tan serios aprietos económicos, que el 11 de enero de 1957 celebraron junta de patronos, en la que acordaron por unanimidad, ampliar el núme- ro de miembros del citado patronato. Todos los gestores municipales, con el alcalde a la cabeza, fueron nombrados patronos; y ello en atención a la
308 “Finalmente por el Sr. Presidente se expresa que como de manera particular y oficiosa saben los señores tenientes de Alcalde, por dificultades económicas principalmente, la Junta Provincial de Protección de Menores tiene el propósito de llegar al cierre del Albergue San Rafael de esta localidad. Él, de manera provisional y para evitar que pueda llegar el momento del su cierre, dejando sin asistencia benéfica a los medio-pensionados del mismo, había ordenado que estos, en caso de llegarse al cierre y hasta que se diese una solución definitiva, continuaran con el medio-pensionado haciendo frente a sus gastos esta Excma. Corporación Municipal. Los señores tenientes de Alcalde ante lo expuesto por la Presidencia y en consideración a la labor benéfico-social que se lleva a cabo con los medio-pensionados del referido Albergue, acuerdan por unanimidad aprobar y hacer suya la decisión del Sr.
Alcalde”. AMH LACMP A_00027_004. p.79. Sesión de fecha 20-04-1955.
309 “Finalmente se dio lectura a una comunicación de doña Encarnación Lorenzo, Secretaria Accidental del Patronato de la Fundación San Rafael, a la que acompaña una certificación de dicho Patronato, expresión del acuerdo tomado por el mismo con fecha once del corriente, en el que se acuerda, por unanimidad, en virtud de las atribuciones que les confiere la escritura fundacional, nombrar y ampliar los miembros del Patronato al Sr. Alcalde-Presidente y a todos los componentes de la Corporación Municipal, en atención a la mayor aportación de este Ayuntamiento en donativos y sufragado los gastos de instalación del mismo, sosteniendo desde hace más de un año casi en su totalidad las necesidades de aquel. En dicha certificación se hace constar que el acuerdo de sido tomado y firmado por los siguientes miembros del Patronato: Pilar Velasco Ortuño, Aurora Millán Villote, Dolores Millán Villote, Maria de los Dolores Marcos Silvestre de Egea, Josefa Pallarés Rodríguez de Vera, Dolores Tomás García de Navarro y la Secretaria que suscribe la certificación. AMH LACMP A_000330_002 pp.100-101. Sesión de fecha 06-02-1957.
mayor aportación que el Ayuntamiento había realizado en donativos para la construcción y puesta en marcha del albergue infantil, así como el total sostenimiento del albergue desde hacía más de un año.
En la reunión de la comisión municipal permanente del día 6 de fe- brero de 1957, el alcalde explicaba al resto de componentes de la misma que se trataba de una obra benéfica de importante trascendencia social.
Expuso a la corporación municipal que el acuerdo del patronato hacía co- propietario del inmueble al Ayuntamiento de Hellín, si bien la corporación se vería obligada a satisfacer al contratista de las obras de construcción del inmueble, Francisco Martínez Tendero, la cifra adeudada por el patronato, que ascendía a 190.000 pesetas.309
La Comisión adoptó el acuerdo de aceptar íntegramente la propuesta de Francisco Alonso Santos, alcalde de la ciudad, con lo cual, el 50% de la propiedad del albergue infantil pasaba a manos municipales.
La obra social que realiza el albergue infantil prosigue año tras año salvando las dificultades económicas y siendo sufragados por el Ayunta- miento la mayor parte de los gastos de su funcionamiento. En la semana santa de 1962 se instala una tómbola benéfica para conseguir recaudar fon-
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dos con destino a la ampliación de los comedores del albergue,310 dado que el censo de menores acogidos en sus instalaciones se acercaba al centenar.
Los años sesenta fueron muy difíciles en el aspecto económico para el Ayuntamiento de Hellín. La industria del esparto se había desplomado y con ella los holgados ingresos que años atrás permitían sufragar inver- siones y subvenciones de todo tipo. En la sesión plenaria celebrada el día 5 de octubre de 1965 se debatió y aprobó el presupuesto ordinario municipal para el año 1966.
Las normas de contención de gasto dictadas por el Ministerio de la Gobernación obligaban además a suprimir todas las consignaciones del capítulo de subvenciones. El pleno municipal procedió a eliminar todas aquellas subvenciones con las que hasta ese año dotaba el presupuesto, con la única excepción de una de 100.000 pesetas, habilitada para subvencio- nar el albergue de “San Rafael”311. Justificó el gobierno municipal el incum- plimiento puntual de las normas ministeriales en base a que el albergue constituía la máxima expresión de una labor caritativa que ha hecho desa- parecer totalmente la mendicidad infantil, del cual no se podía prescindir.
310 “En la Plaza del Caudillo ha sido instalada una caseta, que servirá durante los próximos días de tómbola benéfica para conseguir fondos destinados a la ampliación de los come- dores del Albergue San Rafael”. Diario LA VOZ DE ALBACETE, p.7. Edición del día 08-04-1962.
311 “Se dio lectura al Presupuesto que ha de regir en 1966 en esta Corporación. Dicho presupuesto se acomoda a las normas dictadas por el Ministerio de la Gobernación por Orden de 10-08-1965. Por el Secretario y el Interventor se dio cuenta del especial contenido del “relevo de cargas estatales”, con arreglo al cual deben ser suprimidas todas las consignaciones que signifiquen subvención voluntaria. El Pleno, por unanimidad, acordó suprimir todas las subvenciones, excepto: a) La subvención para el “Albergue de San Rafael”, de 100.000 pe- setas, por ser el centro benéfico que constituye para Hellín la máxima expresión de una labor caritativa y colectiva que ha hecho desaparecer totalmente la mendicidad infantil”. AMH LAP A_00294_001. p.268. Sesión de 05-10-1965.
312 “”Ayer a las doce de la mañana, se celebró en Hellín el acto de inauguración de la Escuela-Hogar Albergue San Rafael, primer centro docente de este tipo que funcionará en este curso en nuestra provincia, con arreglo al nuevo plan del Ministerio de educación y Ciencia. Estas escuelas-Hogares tienen por misión acoger, en régimen de internado, a todos aquellos niños que, por vivir en núcleos de población muy dispersos, con dificultades de comunicaciones, no pueden asistir con asiduidad a los centros de enseñanza. Vienen, pues, a completar el servicio de transporte. En este centro recibirán enseñanza gratuita 60 niñas, hijas de familias muy modestas, de aldeas del contorno, a las que la Dirección General de Enseñanza primaria ha concedido becas por importe de 13.700 pesetas cada una”. Diario LA VOZ DE ALBACETE, pp. 11-12. Edición 09-03-1967
El día 8 de marzo de 1967 se inauguró oficialmente la escuela-hogar
“San Rafael”, que era el primer centro docente de estas características en la provincia.312 Este tipo de centros tenían por misión acoger, en régimen de internado, a todos aquellos niños que, por vivir en núcleos de población muy dispersos y con dificultades de comunicación, no podían asistir con asiduidad a los centros de enseñanza.
En el caso de Hellín, con carácter femenino, provenían principal- mente de los núcleos rurales y caseríos agrícolas. Las internas residían en el edificio, en dormitorios compartidos entre cuatro alumnas, con arma- rios roperos, mesitas de noche y aseos, además de sala de lectura y de ocio.
La escuela-hogar quedó bajo la dirección de seis hermanas de la Congregación de Santa Luisa de Marillac, siendo sor María del Rosario Eizaguirre la designada como superiora de la comunidad.
A finales del año 1973, concretamente el día 28 de diciembre, el ple- no de la corporación municipal estudió un escrito que le había dirigido la superiora y directora del colegio de educación general básica “San Rafael”
mediante el que se solicitaba al Ayuntamiento les fuesen cedidos los dere-
chos municipales sobre la finca donde estaba ubicado dicho colegio a favor de la Comunidad de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl.313
Los concejales, por unanimidad, acordaron trasladar dicha solicitud a un próximo pleno para que la secretaría del Ayuntamiento pudiese emitir los preceptivos informes. El 15 de febrero de 1974 se reunió nuevamente el pleno municipal, para adoptar acuerdo sobre la anterior solicitud. El mis- mo, por unanimidad, acordó aceptar sin inconvenientes la cesión de los derechos municipales sobre el edificio y terrenos a la Comunidad “Hijas de San Vicente de Paúl”, siempre que se mantuviese en el futuro el uso y objeto de la fundación “San Rafael”.314
313 Punto 7º.- Escrito de la Superiora y Directora del Grupo de E.G.B. San Rafael. “Se dio lectura a un escrito de la Superiora y Directora del colegio de EGB “San Rafael” en el que solicita le sean cedidos a la Comunidad de las Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl todos los derechos que este Ayuntamiento tiene sobre la finca en que está instalado dicho Co- legio y que constituye el llamado Albergue de San Rafael, y por unanimidad se acuerda llevar este asunto a un próximo pleno con informe de Secretaría y cuantos datos y antecedentes sean necesarios para resolver sobre la petición”. AMH LAP A_00436_001. p.77. Sesión 28-12-1973.
314 Punto Único.- Solicitud de Sor Consuelo de la Orden Lozano, en nombre de la Comunidad Religiosa Hijas de la Caridad de San Vicente de Paúl. “Examinado detenidamente el escrito de Sor Consuelo de la Orden Lozano, como Superiora de la Comunidad de San Vicente de Paúl, los documentos acompañados y antecedentes obrantes en este excelentísimo Ayuntamiento, el Pleno municipal, con asistencia de todos sus miembros acuerda por unanimidad no oponerse y por lo tanto aceptar sin inconvenientes la propuesta del Patronato de la Fundación de San Rafael de ceder, previo cumplimiento de todos los trámites legales a la Comunidad Hijas de San Vicente de Paúl, el solar y edificación sobre el mismo descrito en la cláusula 3ª de los estatutos de la citada Fundación de San Rafael siempre y cuando dicha Comunidad cumpla rigurosamente el objeto de la repetida Fundación San Rafael e incluso amplíe el mismo como propone con el funcionamiento de una Escuela-Hogar, Colegio de EGB o cualquier fin benéfico-social y bajo la condición específica de que revierta lo que se cede caso de incumplimiento, bien aclarado que lo que podrá revertir al Patronato es lo que en la actualidad existe, no las obras que en la posterioridad pueda realizar la Comunidad”.
AMH LAP A_00436_001. pp 104-105. Sesión 15-02-1974.