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PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN La Subsecretaría de Presupuesto elaboró y aplicó

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EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO NACIONAL Y OTROS PRESUPUESTOS

C. PROGRAMACIÓN DE LA EJECUCIÓN La Subsecretaría de Presupuesto elaboró y aplicó

desde 1992 las normas que rigen la programación de la ejecución física y financiera del presupuesto de la Administración Nacional. Ello se puso en práctica dado que se manifestó claramente la necesidad de contar con una adecuada programación de la gestión presupuestaria durante el año y cobró importancia la misma como instrumento para una correcta coordinación entre la percepción de los recursos públicos y su aplicación para cumplir los objetivos de los programas presupuestarios.

La programación de la ejecución es la tarea inmediata a la formulación y previa a la ejecución presupuestaria propiamente dicha. No obstante ello, también es un proceso dinámico y permanente durante el ejercicio presupuestario, que consiste en la adopción de todas aquellas medidas que permitan garantizar una fluida ejecución del presupuesto, a través de una más eficiente combinación de recursos, en lugar y tiempo precisos, para lograr las metas y objetivos previstos. Por lo tanto implica compatibilizar el ritmo óptimo de ejecución de programas con la disponibilidad temporal de recursos y el manejo de los restantes objetivos de política económica.

El artículo 30 de la Ley Nº 24.156 determina que una vez sancionada y promulgada la Ley de Presupuesto, el Poder Ejecutivo deberá decretar la distribución administrativa del presupuesto de gastos, para lo cual deberá detallar los créditos aprobados en la ley de presupuesto en una desagregación mayor según los clasificadores presupuestarios vigentes e integrándolos en las categorías programáticas utilizadas.

Los créditos aprobados en la Ley de Presupuesto y distribuidos en la Decisión Administrativa, constituyen el límite máximo de las autorizaciones disponibles para gastar.

Efectuada la distribución de créditos para el ejercicio y considerando las compras en proceso, los gastos de ocurrencia habitual, los planes de adquisiciones, los resultados o provisiones planeados y las estimaciones de recursos, los Organismos de la Administración Pública Nacional deben elaborar un programa anual de utilización del crédito presupuestario, desagregado en períodos menores (trimestres).

Esta programación por períodos permitirá graduar la ejecución del gasto en el Organismo y constituye la base para determinar las cuotas de compromiso y de devengado.

Compromiso: Es una obligación potencial con terceros que consiste en:

• Aprobación por parte de un funcionario competente de la aplicación de recursos por un concepto e importe determinados, como asimismo de la tramitación administrativa cumplida.

• Afectación preventiva del crédito presupuestario que corresponda.

• El origen de una relación jurídica con terceros, que motivará una eventual (futura) salida de fondos.

• La identificación de la persona física o jurídica a la cual se efectuará el pago, como así también la especie y cantidad de los bienes o servicios a recibir.

Devengado: Es la obligación de pago a terceros y consiste en:

• El surgimiento de una obligación de pago por ejemplo por la recepción de conformidad de bienes o servicios o por haberse cumplido los requisitos administrativos para los casos de gastos sin contraprestación.

• La liquidación del gasto: operación dirigida a determinar la suma cierta que deberá pagarse, previa verificación de los requisitos documentales aplicables a cada caso.

• La afectación definitiva de los créditos presupuestarios.

• Una modificación cuali y cuantitativa en la composición del patrimonio del organismo.

La programación de la ejecución del presupuesto debe realizarse tanto en los aspectos físicos (definir el cronograma de avance de las metas y producciones brutas) como financieros.

La responsabilidad de la Secretaría de Hacienda, en el marco del equilibrio financiero, consiste en compatibilizar la citada programación con la proyección de recursos que se prevé recaudar en el trimestre bajo análisis así como también tener en cuenta el flujo de ingresos de los próximos trimestres.

Para lograr ese objetivo, en el comienzo de cada trimestre, la Oficina Nacional de Presupuesto (ONP) efectúa un análisis a nivel global que incluye la proyección del resultado primario base

caja, la proyección de recursos y financiamiento, los servicios de la deuda, los gastos de cumplimiento obligatorio, los gastos estacionales, gastos prioritarios y otros casos especiales a considerar. Sobre esta base se determinan cuotas meta o tope para el período bajo análisis por fuente de financiamiento. En caso de que existan acuerdos con el FMI también se toman en cuenta las pautas convenidas con dicho organismo.

La Secretaría de Hacienda, una vez analizados los requerimientos presentados, definirá las cuotas conforme a las posibilidades de financiamiento y comunicará los niveles aprobados a las Jurisdicciones y Entidades quienes deberán ajustar su programación original a las cuotas efectivamente aprobadas, efectuando la distribución por programas.

A su vez, dentro de cada período, pueden surgir necesidades de modificación de las cuotas asignadas y re-estimaciones de recursos. Dichas modificaciones se denominan reprogramaciones de cuotas y pueden ser aprobadas, según el caso, por la Subsecretaría de Presupuesto, por la ONP (cuando el monto es menor a $ 300.000) o bien firmadas en el ámbito del Organismo solicitante cuando la facultad está delegada (algunas compensaciones).

Ventajas de la Programación de la Ejecución A nivel de Organo Central:

• Ordenar la Ejecución del Presupuesto permitiendo una buena programación de gastos de tal forma que se logren los objetivos de política presupuestaria definidos en la ley de presupuesto, compatibilizando el ritmo de ejecución con el crédito anual asignado y con los recursos disponibles.

• Cumplir con los principios de Centralización Normativa y Descentralización de la Ejecución.

• Actuar como eslabón entre el presupuesto y la caja evitando la generación de deuda flotante y cumpliendo con el equilibrio financiero.

• Minimizar las reprogramaciones presupuestarias.

A nivel de Jurisdicciones y Entidades:

• Tener el control y evaluación periódica de la provisión de bienes y servicios y de la aplicación de los recursos reales y financieros

que la misma requiere. Ello permite tomar decisiones correctivas cuando sea el caso.

• Permite que los recursos humanos, materiales y servicios requeridos de terceros para la ejecución estén disponibles en el momento oportuno.

• Evita paralizar programas, salvo cuando ocurran hechos imprevisibles, disminuyendo en consecuencia la posibilidad de elevación de costos.

Algunos obstáculos en el mecanismo de la Programación de la Ejecución

• Dada la versatilidad de la coyuntura, la asignación de cuotas en ciertas ocasiones críticas tiende a ser limitante. En situaciones más favorables, se podrán tener más en

cuenta las estacionalidades de gastos y otros tipos de requerimientos.

• Aún no hay conciencia generalizada de una buena programación presupuestaria.

• En las solicitudes de cuotas, a veces, no se tiene en cuenta una planificación de acciones a lo largo del ejercicio, ni las estacionalidades del gasto (se solicita un 25% del crédito en cada trimestre sin mayor grado de análisis).

A continuación se muestra en forma esquemática la dinámica de la programación de la ejecución en el ciclo anual del sistema presupuestario.

Por su parte, la programación de la ejecución en cada trimestre genera un proceso de gestión caracterizado por las siguientes etapas:

Programación de la Ejecución

TRIMESTRE I

Programación de la Ejecución

TRIMESTRE II

Programación delaEjecución

TRIMESTRE III

Programación delaEjecución TRIMESTRE IV DECISION ADMINISTRATIVA

DE DISTRIBUCION DE CREDITOS FORMULACION PRESUPUESTARIA

LEY DE PRESUPUESTO

Programación de la Ejecución

TRIMESTRE I

Programación de la Ejecución

TRIMESTRE II

Programación delaEjecución

TRIMESTRE III

Programación delaEjecución TRIMESTRE IV DECISIÓN ADMINISTRATIVA

DE DISTRIBUCIÓN DE CRÉDITOS FORMULACIÓN PRESUPUESTARIA

LEY DE PRESUPUESTO

CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA EJECUCIÓN

El gráfico anterior muestra, además, la relación del SPSPN con los ambientes externos e internos al sistema.

Como se puede ver, el cálculo y la asignación de cuotas de crédito para comprometer y devengar se encuentran condicionados por el ambiente externo. Por un lado, el sistema se encuentra influido por el comportamiento de la economía, el que determinará el volumen y tipo de recursos que se esperan emplear en el sector público.

También, la programación de caja de la Tesorería

General de la Nación resulta un factor condicionante para el proceso trimestral que se está describiendo. Finalmente, las necesidades públicas se manifiestan a través de los requerimientos de los distintos servicios administrativos financieros.

El gráfico siguiente muestra la dinámica y la flexibilidad del sistema frente a la necesidad de reprogramaciones de la programación de la ejecución del presupuesto.

PROYECCIONES DE RECURSOS

PROGRAMACION DE CAJA DE LA TGN

CUOTAS META POR FTE. FIN.

REQUERIMIENTO DE LOS SAF (AC

Y OD)

CRITERIOS, ESTACIONALIDADES

ASIGNACION TENTATIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD)

BALANCE GLOBAL

ASIGNACION DEFINITIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD)

DISTRIBUCION POR PROGRAMAS PROYECCIONES

DE RECURSOS

PROGRAMACION DE CAJA DE LA TGN

CUOTAS META

REQUERIMIENTO DE LOS SAF (AC

Y OD)

CRITERIOS, ESTACIONALIDADES

ASIGNACION TENTATIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD)

BALANCE GLOBAL

ASIGNACION DEFINITIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD) PROYECCIONES

DE RECURSOS

PROGRAMACIÓN DE CAJA DE LA TGN

CUOTAS META

REQUERIMIENTO DE LOS SAF (AC

Y OD)

CRITERIOS, ESTACIONALIDADES

ASIGNACIÓN TENTATIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD)

BALANCE GLOBAL

ASIGNACIÓN DEFINITIVA DE CUOTAS POR SAF (AC Y OD)

DISTRIBUCIÓN POR PROGRAMAS

D.

MODIFICACIONES

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