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Unidades de análisis y observación

In document UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ (página 60-106)

CAPITULO 111

3.6. Unidades de análisis y observación

e) El análisis y la síntesis. El análisis lo utilizamos para examinar por separado los diversos aspectos relacionados con nuestro objeto de ·) estudio. La síntesis nos ayudará a integrar los diversos aspectos analizados para luego arribar a manera de síntesis a conclusiones sintéticas sobre el comportamiento de las variables en estudio.

Como método especifico:

a) El método cualitativo. Basado en el modelo hipotético deductivo · {teoría - hipótesis - observación) la aplicación de encuesta y el análisis cualitativo de los datos o variables comprendidas en las hipótesis

3.-5. Técnicas de investigación.

Las técnicas utilizadas en la presente investigación son:

a) - La entrevista,- para establecer un contacto directo con las internas, es decir de los propios sujetos o actores sociales inmersos en el ,problema de investigación.

b) La encuesta, para obtener información cuantitativa sobre la situación social de las internas del penal.

e) El análisis documental, de libros, revistas, informes, boletines sobre el tema en estudio, lo hicimos en forma racional y sistemática, a-través de las lecturas y la recopilación de información en fichas.

CAPITULO IV

PRESENTACIÓN Y ANÁLISIS DE RESULTADOS ·

En este capitulo se procederá a presentar los resultados obtenidos en la encuesta de investigación con su respectivo análisis sobre las causas del 1 delito en las mujeres recluidas y su situación social carcelarias en el penal de mujeres de la provincia de concepción

4. 1.- El sistema penitenciario en el Perú

Sobre el sistema penitenciario Alejandro Solís Espinoza, en su libro

"Ciencia penitenciaria y Derecho de Ejecución Penal" nos dice que "según los ~iterios de J. C. García y E Neuman, el sistema penitenciario "es la organización creada por el Estado para la ejecución de las sanciones penales (penas y medias de seguridad) que importen privación o restricción de la libertad individual como condición sine qua non para su efectividad." Por tanto el sistema supone una organización y estructura coherentes, con fines y metas claros, bajo cuya orientación subyacen o pueden primar teorías o principios penitenciarios."

El sistema penitenciario viene a ser la organización un país determinado, organización general que sigue diversos criterios y dentro del cual qu_epan ¡

dos o más regímenes penitenciarios. Esto sucede porque en una realidad nacional es difícil que un solo régimen de ejecución penal sea suficiente- para la multiplicidad de personalidades delictivas condenadas.

Un régimen penitenciario es el conjunto de condiciones y medidas que se ejercen sobre un grupo de condenados que presentan características simi.lares. Asimismo, cada reg1men cuenta también con una reglamentación o norma particular que lo diferencia de los otros.

El tratamiento penitenciario es la acción o la influencia dirigida a modificar · la conducta delictiva del condenado, que tiene· sus peculiares características personales.

En suma, dentro de un sistema penitenciario nacional se incluyen varios regimenes generales y particulares, y dentro de cada régimen es posible que se apliquen diversas formas de tratamiento penitenciario.

4.2. - El Instituto Nacional Penitenciario (INPE}

La entidad encargada de dirigir el sistema penitenciario peruano, hasta antes de la dación del Código de Ejecución Penal de 1985 se denominó

"Dirección General de Establecimientos Penales y Readaptación Social", y constituyó- una dirección importante del Ministerio de Justicia de esos años.

En el-año de 1985, en virtud de los artículos 153° a 161° del primer Código de Ejecución Penal, se creó el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) en sustitución de la Dirección General de Establecimientos Penales y Readaptación Social, con autonomía normativa, económica y financiera y administrativa, integrante del sector justicia y que además formaba un presupuesto propio.

Al entrar en vigencia el nuevo Código de Ejecución Penal de 1991 , la estructura orgánica de la entidad rectora del sistema penitenciario ; peruano sufrió algunos cambios que fueron estipulados en el Reglamento de Organización y Funciones del INPE, del 11 de febrero de 1993; sin embargo mediante la Resolución Ministerial N° 199-98-JUS, del 10 de setiembre de 1998, se aprobó un nuevo Reglamento de Organización y funciones del Instituto Nacional Penitenciario_

Atribuciones

El artículo 134° del Código de Ejecución Penal dice que "El Instituto Nacional Penitenciario dirige y controla técnica y administrativamente el Sistema Penitenciario Nacional, asegurando una adecuada política penitenciaria"

Funciones

El artículo 135° del Código de Ejecución Penal nos dice que .. "Son funciones del Instituto Nacional Penitenciario:

• Realizar investigaciones sobre la criminalidad y elaborar la poHtica de prevención del delito y tratamiento del delincuente.

• Realizar coordinaciones con los organismos y entidades del Sector Público Nacional, dentro del ámbito de su competencia.

• Desarrollar las acciones de asistencia post penitenciaria en coordinación con los gobiernos regionales y municipales.

• Ejercer representación del Estado ante los organismos y entidades nacionales e internacionales o en los eventos y congresos correspondientes sobre la prevención del delito y tratamiento del delincuente.

• Celebrar convenios de cooperación técnica a nivel nacional e internacional

• · Aprobar su presupuesto y plan de inversiones.

TABLA No 02

Cambios en la estructura administrativa del órgano rector del sistema penitenciario

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íOrganos de la Dirección General de ¡Estructura orgánica del INPE- 2008

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i ~ ¡

!Establecimientos Penales y % ¡

!Readaptación Social- 19984 \

l

'

!i~·Ó;ga;;de~n

.

¡1.-

De la alta Dirección

~~

!Dir_ección General IPresidencia 1

!Dirección Ejecutiva IVicepresidencia 1

12.

Órgano Consultivo

12.-

Del Órgano Consultivo

j

!comité ccmsultivo iConsejo Nacional Penitenciario 1

~ a 1

1.3. -órgano de Control ~ 3.-Del Organo de Control i

!Oficina de Inspecciones Penitenciarias JOficina General de Auditoría.

j4.-

Órganos de Asesoramiento

14.-

De los Órganos de Asesoramiento y

¡oficina de Presupuesto y Planificación INormatividad Técnica.

¡oficina de Asesoría Legal IOficina General de Planificación

Í

IOficina General de Asesoría Jurídica. -

¡s.-Órganos de Apoyo loficina General de Tratamiento

!Secretaria General Íoficina General de Seguridad

¡ofician de Administración loficina de Administración de

!Oficina de Transportes y Comunicaciones ~Establecimientos Penitenciarios

!oficina de Ingeniería Mecánica, Industrial ~

~

i ,

jy Servicios. §5.- De los Organos de Apoyo

!Oficina de Personal. ~~~Administrativos

¡

!Oficina de Infraestructura Penitenciaria. !secretaria General.

Íinstituto Superior de Estudios

1

!Penitenciarios.

16.-

De los órganos de Apoyo Técnico

¡6.-

Órganos Técnicos Normativos loficina General de Informática. ,,

\Dirección de Asuntos Judiciales. iOficina Ejecutiva de Registro Penitenc;iario Í

!Dirección de Seguridad ¡oficina Ejecutiva de Inteligencia.

Í

!Dirección

de

Readaptación Social.

1 , j

!Dirección de Salud Penitenciaria.

¡1.-

De los Organos de Ejecución y

¡

!1.-

Órganos de Ejecución

~Desconcentrados.

1

lDirecciones Ejecutivas de Proyectos ÍDirección General de Infraestructura.

1

!Especiales. !Centro Nacional de Estudios

j

!Regiones P-enitenciarias. ( I a VI) ICriminológicos y Penitenciarios

¡

1 f<CENECP)

! 'Direcciones Regionales.

\::·.,:.~';.'<:::;':I•IX~"'·'=:<".~'!'I!~:-~reJ:o.:o.=...-.=~:..~:>:~<~=~~~. ~~~~~""<=~ ... ==~::.~~ro..~=:.<.="'·~:).=:$.~''" ~-:oi:

Datos tomados de Alejandro Solís Espinoza. "Ciencia Penitenciaria y Derecho de Ejecución Penal.

Aceptar donaciones o legados de personas o instituciones nacionales o extranjeras.

Otorgar certificados para efectos de exoneración o deducciones tributarias, cuando sean procedentes.

Seleccionar, formar y capacitar al personal del Sistema Penitenciario en coordinación con las Universidades.

Dictar normas técnicas y administrativas sobre planeamiento y construcción de la infraestructura penitenciaria.

Proponer al Ministerio de Justicia proyectos relacionados 9on la legislación

pen~l y penitenciaria.

Constituir las personas jurídicas que sean necesarias al cumplimiento de sus fines, se acuerdo a lo establecido en la Ley de Actividad Empresarial1 del Estado.

Adquirir por cualquier título, bienes muebles e inmuebles para el mejoramiento de la infraestructura penitenciaria.

Llevar el registro de las instituciones, asociaciones y entidades públicas y·

privadas de ayuda social y asistencia a los interno Aprobar sus reglamentos internos.

Celebrar contratos o convenios con entidades públicas · o privadas, nacionales o extranjeras.

Las demás que establece este Código y su reglamento."

De todo ello se debe cuestionar algunos numerales como el 2, 3, 1 O;

puesto que según el numeral dos (2) - "realizar coordinaciones con organismos ye entidades "- esa es una de las funciones que debería cumplir el INPE, en el terreno de la m:áctica no de ejecuta completamente, ya que si lo hiciese de una manera adecuada no se presentarían tantas dificultades como las que existen ahora, como lo son por ejemplo, el traslado de un interno a un establecimiento de salud.

En cuanto al numeral tres (3), vemos el interno luego de haber cumplido el tratamiento penitenciario, según su sentencia, no es asistido.. Una;

manifestación de ello es pues el alto índice de residencia en los delitos por los cuales fue acusado anteriormente.

¿Cómo se encuentran actualmente los establecimientos penitenciarios en cuanto a su infraestructura?, según el numeral diez (10) -"Dictar normas técnicas y administrativas sobre planeamiento y construcción de la infraestructura penitenciaria"- el INPE tiende como función la propuestas de· normas que garanticen las buenas condiciones de la infraestructura penitenciaria. Si bien es cierto, existen proyectos como "El Pan de' Desarrollo de Infraestructura Penitenciaria 2008-2017", no es la única manera de cumplir esta función; ya que implica más gasto para el Estado.

Se debería analizar mejor las estrategias, e invertir en la prev~nción de actos delictivos; de esta manera la población penitenciaria sería menor, podría organizarse mejor y no se deterioraría la infraestructura.

Sede y Órganos desconcentrados

El Instituto Nacional Penitenciario tiene su sede en la ciudad de Lima. ..

Además, tiene órganos desconcentrados en las jurisdicciones que establece el reglamento. (Artículo 136° del Código de Ejecución Penal).

¿Qué son los establecimientos penitenciarios?

Según el artículo 102° de la RESOLUCION MINISTERIAL N° 199-98-JUS.' Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario,

"Los Establecimientos Penitenciarios son los órganos desconcentrados de las Direcciones Regionales, encargados de ejecutar los procesos técnicos y administrativos relativos al Régimen de Tratamiento Penitenciario y Seguridad adecuados para lograr la reeducación, rehabilitación y reincorporación del interno a la sociedad. Cada Establecimiento Penitenciario está a cargo de un Director."

Instalaciones

Los establecimientos Penitenciarios se clasifican en: establecimientos de Procesados, establecimiento de sentenciados, establecimiento de Mujeres, establecimientos Especiales.

Según el artículo 102° del Código de Ejecución Penal, los establecimientos de Mujeres están a cargo, exclusivamente, de personal femenino. La asistencia legal, médica, y religiosa podrá estar a cargo de varones.

A demás también se encuentra estipulado en el mismo que Los hijos menores llevados al Establecimiento Penitenciario por la interna, podrán permanecer hasta los tres años de edad, previa investigación de la asistenta social, y deben ser atendidos en una guardería infantil.

Provisionalmente, pueden permanecer en el Establecimiento Penítenciario, en ambiente separados. Cuando el menor sobrepasa la edad referida, su permanencia futura en el exterior es determinada por quien -ejerce la patria potestad o a tutela. En caso de peligro moral, la asistencia social coordina con el Juez de Menores. (Artículo 1 03°)

Órganos

El Establecimiento Penitenciario tiene un Director, un subdirector, órganos técnico y administrativos y el personal que determine la Administr~ción Penitenciaria. (Artículo 106° del Código de Ejecución Penal)

Seguridad

"El órgano de seguridad del Establecimiento Penitenciario es el encargado·

de proporcionar las condiciones óptimas para desarrollar las acciones de tratamiento. Aplica las medidas que garantizan la seguridad de las personas, instalaciones y comunicaciones." Artículo 112° del Código de Ejecución .Penal.

Asimismo el Código de Ejecución Penal en el artículo 113° se refiere al personal de seguridad de los establecimientos penitenciarios mencionando que "La seguridad de los Establecimientos Penitenciarios y

dependencias conexas, está a cargo del personal penitenciario de seguridad. Excepcionalmente, la seguridad exterior de los Establecimientos Penitenciarios, a solicitud de Instituto Nacional Penitenciario está a cargo del Ministerio del Interior. Comprende IC;l vigilancia y control de las zonas externas contiguas al perímetro del Establecimiento. La seguridad exterior de los Establecimientos Penitenciarios de mujeres está a cargo del personal femenino."

Cifras al 2008

El analizar las cifras referidas a la situación de las mujeres en los establecimientos penitenciarios, la administración de los establecimientos penitenciarios; y en general datos sobre el sistema penitenciario, nos hace reflexionar.

Cifras que persisten: sólo el 30% de las mujeres en los establecimientos penitenciarios se encuentran sentenciadas.

En ~mero del 2005 en la población penal en calidad de sentenciados, entre varones y mujeres que alcanzan el 29,53%, mientras que la gran mayoría se encuentra en calidad de procesados: el70,47%.

Para el año 2006 en los penales del país, "existían 2, ~79 mujeres privadas de libertad, esto representaba un 6.9% respecto de toda 1~

población penal. De dichas cifras sólo el 29.5% de la población penal ha sido sentenciada, y el 70.5% aún se encuentra en espera de definir su situación jurídica" (Humanizando. Boletín informativo. Año 1 N° 3, julio 200.6.)

El INPE de los 84 establecimientos penitenciarios, sólo tiene a cargo la administración. del 67%. El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) tiene la mayor parte de la administración de los establecimientos penitenciarios a nivel nacional con 53 establecimientos que representa el 63%, a diferencia

1

de la Policía Nacional del Perú (PNP) que tiene la administración de 31 establecimientos penitenciarios que equivale al 37%.

Gráfico N° 1

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Fuente propia.

Con esta división en la administración por dos entidades, esta administración debe ser mejor, pero eso no sucede por la falta <:te presupuesto asignado a esas instituciones o por la mala distribución de este presupuesto.

En el año 2005, sólo el 30% de la población en los establecimientos f>enitenciarios se encontraba sentenciaoa.

La población penal a nivel nacional es de 33,049 internos en el año 2005, pero en el transcurso de los años se ha ido incrementando casi en un 1 0%. Esta población se encuentra estructurada por su situación jurídica de la siguiente manera: se tiene a 9,758 sentenciados que representa el 29.5% y a 23,291 procesados que equivale al 70.5%. De ahí se deduce que los procesados son más, porque hay deficiencias en el Poder Judicial como la lentitud de la justicia, y es por esa razón que el estado -debe asignar los recursos SI.Jficientes par~ implementar y ampliar juzgados y salas penales para resolver este problema con rapidez y eficacia.

Gráfico N° 2

Población penal por situación jurídica Julio-2005

o SENTENCIADOS

e PROCESADOS

¡

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Fuente: adaptado por el Dr. Small Arana con información del INPE

4.3. Datos históricos de penal.

En el caso que nos ocupa, es uno de los 05 penales de mujeres dentro del total de 72 penales del interior de país.

Breve referencia histórica.

Organigrama Institucional

La seguridad perimétrica del penal esta en manos de el personal agente masculino del IMPE. Mientras que el cuidado y seguridad interna del penal esta en manos del personal agente femenina.

Concentrándonos ahora en la realidad de las mujeres privadas en el penal de concepción pasaremos a exponer a continuación a exponer y analizar los principales hallazgos de nuestrQ trabajo de investigación.

4.4.- Lugar de procedencia, edad, estado civil, nivel de educación, religión y tenencia de la vivienda de las internas.

TABLA03

Lugar de Procedencia de las Internas

Procedencia Frecuencia Porcentaje

Junín 32 58.2

Huancavelica 8 14.5

Aya cucho 3 5.5

Huanuco 2 3.6

Lima 2 3.6

Ancash 3 5.5

Cerro de Paseo 3 5.5

Otros 2 3.6

Total 55 100.0

ENCUESTA APLICADA A INTERNAS DEL PENAL DE MUJERES- CONCEPCION JUNIO 2009

En la Tabla 03 se observa que el 58.2% de las internas proceden de localidades de interior de la región Junín, el 14.5 % de Huancavelica, el 5.5 % de Ayacucho, Ancash, Cerro de Paseo, el 3.6 % de Lima, Huanuco y el 1.8 % de otras Regiones, entre Ucayali y San Martín. Estas personas proceden en su mayoría de provincia andinas con marcadas desigualdades sociales y bolsones de pobreza.

TABLA04 Edad de las internas

Edades Frecuencia Porcentaje

Menos de 26 11 20.0

27a35 18 32.7

36a44 16 29.1

45a53 5 9.1

54 a más 5 9.1

Total 55 100.0

ENCUESTA APLICADA A INTERNAS DEL PENAL DE MUJERES- CONCEPCION

La tabla 04, indica que el 32.7% de las internas tienen de 27 a 35 años de edad, el 29.1% de las internas tienen de 36 a 44 años de edad, el 20.0% de las internas tienen menos de 26 años, el 9.1 % de las internas tienen de 45 a 53 años de edad y el 9.1 % de 54 años a más. De esta información se deduce que las internas en su mayoría son personas adultas, y sólo un 20.0% son jóvenes de menos de 26 años. También se observa que los mayores casos de mujeres propensas a cometer delito se concentran entre las edades de menos de 26 años a 44 años.

Siendo los porcentajes más bajos en las edades de 44 a más.

TABLA OS

Estado Civil de las internas Estado civil

Frecuencia Porcentaje

Casada 10 18.2

Conviviente 15 27.3

Madre soltera 26 47.3

Viuda 1 1.8

Divorciada 3 5.5

Total 55 100.0

ENCUESTA APLICADA A INTERNAS DEL PENAL DE MUJERES- CONCEPCION

En la tabla 05, se puede ver que un alto numero 26 personas son madres solteras que constituyen el 47.3% del total de internas, seguido por 15 convivientes (27.3 %), 10 casadas (18.2 %), 3 Divorciadas (5.5

%) y 1 Viuda.

De lo anterior se deduce que en su mayoría las internas son madres solteras que han sido víctimas de un desengaño amoroso por parte de un varón que los abandonos y les dejo en una situación de desamparo afectivo y económico. Al respecto en la revista nueva sociedad en el articulo titulado Mujeres invisibles: las cárceles femeninas en América Latina señala: "Muchas de estas mujeres han sido abandonadas por sus maridos o sus compañeros o son madres solteras", sin apoyo alguno"(.2007: 33)

María Angélica Sepúlveda y otros, nos grafica la realidad de las mujeres solteras en los siguientes términos:

"Ser madre soltera es un resultado y a la vez una causa de pobreza; las niñas que crecen en la pobreza están en riesgo de maternidad precoz y educación trunca. En los últimos años se ha observado un incremento en los nacimientos provenientes de mujeres adolescentes. Desde muy temprana edad, la mujer queda excluida del sistema escolar, lo que genera un círculo vicioso: el de la madre multípara, sola, analfabeta

o

de escaso nivel educativo, incorporada al más bajo nivel de ingreso del sistema laboral, que no puede ofrecer atención a los hijos. (2003: 16)

Es esta realidad que a muchas de estas mujeres las ha inducido a cometer los delitos por las cuales se hallan detenidas. Otro grupo de mujeres son convivientes sin un vínculo legal en su relación conyugal lo que hace que la relación y el compromiso de pareja sea menos estable que las mujeres casadas. Son estos dos grupos de mujeres las más proclives a cometer delito que las casadas.

Estos resultados también nos indican la mayoría de mujeres no tienen una situación familiar estable, son madres solteras, convivientes, separadas o divorciadas y viudas sin un control tradicional de la familia y el conyugue, las que por ciertas necesidades y oportunidades delinquen.

En cuanto a las casadas en algunas oportunidades la pareja les incita o estimula a cometer el delito.

TABLA06

Grado de Educación de las internas

Grado de educación Frecuencia Porcentaje

Sin educación 4 7.3

P. incompleta 19 34.5

P. completa 5 9.1

S. incompleta 10 18.2

S. completa 10 18.2

Sup. Incompleta 5 9.1

Sup. Completa 1 1.8

Ce os 1 1.8

Total 55 100.0

ENCUESTA APLICADA A INTERNAS DEL PENAL DE MUJERES- CONCEPCIÓN

El 34.~% de las internas tienen instrucción Primaria Incompleta, el 18.2%

secundaria completa, el 18.2% secundaria completa, él 9.1% Primaria completa, el 9.1 superior incompleta, el 1.8% Ceos, el 1.8% superior completa. Un 7.3% de las encuestadas son sin educación.

Se deduce de la tabla 06, que un significativo porcentaje de 44%

internas tienen estudios por debajo de primaria incompleta. Así mismo otro grupo significativo de mujeres internas, en un 36% tienen estudios por debajo de secundaria y sólo el 10.9% cuenta con algún nivel de estudios de superior. De estos datos y casos podemos inferir que son las mujeres con bajos niveles educativos los que tienden a delinquir que las mujeres con mayores niveles educativos. A este dato abría que agregarle su condición económica, ya que por lo general las mujeres con bajos niveles educativos también tienen bajos niveles de ingresos y oportunidades de trabajos adecuadamente reenumerados hallándose estas en algún grado de pobreza y precariedad de vida que los

predispone al delito como un medio de agenciarse recursos para la sobrevivencia personal o familiar.

Por otro lado, como lo veremos más adelante, en estos casos se da lo indicado por Teresa Salazar, al señalar que abandono de los estudios que hicieron las mujeres encarceladas se debe a la desestructuración de la familia y el consecuente empobrecimiento, estos aspectos parecen ser un factor vital que incide en abandono de los estudios, engrosando las filas de las jóvenes excluidas del sistema de educación secundaria, técnica y universitaria que les limitará para ingresar o permanecer en un empJeo digno. Señala, que la falta de una adecuada instrucción, formación y oportunidades en el ámbito laboral, empujan a estas mujeres a encontrar en la delincuencia su modo de vida. Por otra parte, mediante la comisión de delitos como el tráfico ilegal de drogas, obtienen el dinero necesario para subsistir y/o subsidiar las cuotas de drogodependencia. (2006: 17)

TABLA07

Religión de las internas

Religión Frecuencia Porcentaje

Católica 42 76.4

Protestante 13 23.6

Total 55 100.0

ENCUESTA APLICADA A INTERNAS DEL PENAL DE MUJERES- CONCEPCION

En esta Tabla 07, se observa que hay 42 internas de religión católica que constituyen el 76.4 % de la muestra, 13 internas de religión protestante (27.6 %)

De las encuestadas se puede deducir que en su mayoría pertenecen a la religión católica y sólo 13 internas son de otras iglesias protestantes (evangélicas, metodistas, testigos de Jehová). Indicándonos estos datos que son las mujeres que profesan la religión católica las mas proclives a delinquir que protestantes.

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