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MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

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Academic year: 2023

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Los estudios e investigaciones que se realicen deberán estar disponibles en la página web del Ministerio de Obras Públicas y remitirse electrónicamente a la Comisión Mixta Especial de Presupuesto. Copia del Decreto mencionado en el párrafo anterior se enviará electrónicamente a la Comisión Mixta Especial de Presupuesto. 06 Anualmente se presentará un informe detallado sobre el uso de estos recursos al Comité Conjunto Especial de Presupuesto.

CAPÍTULO : 02 PROGRAMA : 03

04 Anualmente se presentará un informe detallado sobre el uso de estos fondos a un comité presupuestario conjunto especial. Los nuevos proyectos financiados con estos fondos podrán estar sujetos a acuerdos con los gobiernos regionales interesados, en los que se podrá tener en cuenta la contribución regional. El Quinto Subcomité Especial Conjunto de Presupuesto será informado trimestralmente sobre áreas boscosas y hectáreas y partes protegidas y sobre manejo integrado de cuencas.

Estos gastos deberán ser aprobados trimestralmente por la Secretaría Ejecutiva de la Comisión Nacional de Riego. Asimismo, los proyectos y obras de riego que realice la Dirección de Obras Hidráulicas cuyos costos sean superiores a 30.000 UF e inferiores a 450.000 UF deberán contar con la aprobación previa de la citada Comisión Nacional de Riego.

CAPÍTULO : 02 PROGRAMA : 04

Una vez determinado el programa de obras a ejecutar, la inversión de estos recursos podrá ser realizada directamente por la Dirección de Vialidad o los municipios. La Dirección de Vialidad, a través de sus direcciones regionales, podrá celebrar convenios con los gobiernos regionales y/o los municipios para el financiamiento y ejecución de obras de conservación, reparación y mejoramiento de senderos y caminos de uso público. La Dirección de Vialidad, como unidad técnica del caso, determinará, de acuerdo con sus recursos disponibles, el programa final de proyectos a ejecutar.

Sin embargo, la determinación de los proyectos y programas específicos a financiar también podrá corresponder a los municipios de que se trate junto con la ejecución de las obras, lo que requerirá la aprobación previa de la Dirección Regional de Carreteras. Asimismo, la Dirección de Vialidad, considerando la categoría de vías abiertas al uso público, puede desarrollar iniciativas de inversión en las vías de la ex Cora o del barrio. Con estos recursos, el Departamento de Carreteras podrá realizar obras de construcción, mejoramiento y conservación en aquellas áreas urbanas que sean esenciales para conectar o asegurar la continuidad con la vía pública.

La Dirección de Vialidad deberá presentar semestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto un informe detallado sobre el estado de avance de las metas para la consolidación de la conexión vial, la protección de las zonas urbanas y rurales y la habitabilidad de la Región de La Araucanía. relacionados con infraestructura y eje de conexión del Plan de la Araucanía. El Departamento de Vialidad informará trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto sobre el programa para el desarrollo y mejoramiento de caminos y caminos vecinales, de manera regionalizada.

PARTIDA : 12 CAPÍTULO : 02

MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS

Dirección General de Obras Públicas Dirección de Obras Portuarias (01, 02)

04 La Dirección de Obras Portuarias podrá emplear hasta 10 personas naturales, quienes tendrán la condición de agente público para todos los efectos legales, destinados a las labores de la Inspección Fiscal. 07 La Quinta Subcomisión Mixta Especial de Presupuestos será informada semestralmente sobre soluciones alternativas que involucran diques flotantes y sobre la coordinación para estos efectos con el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, según el tipo de buques y embarcaciones que los utilicen.

Dirección General de Obras Públicas Dirección de Aeropuertos (01)

05 La Dirección del Aeropuerto informará oportunamente a la asociación de aviación y a los clubes de usuarios sobre el programa de intervenciones para la conservación, mantenimiento y reparación de pequeños aeródromos.

Dirección General de Obras Públicas Administración Sistema Concesiones (01, 02, 03)

06 En lo que se refiere a estudios de preinversión, se estará a lo dispuesto en el párrafo cuarto del artículo 19 bis del Decreto Legislativo N°. 1.263 y sus modificatorias, Ley Orgánica de la Administración Financiera del Estado y lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Núm. 20.530 no aplican. del Ministerio de Desarrollo Social. Para tales efectos, se acordará un mecanismo de evaluación entre el Ministerio de Obras Públicas y el Ministerio de Hacienda en el que se especificará el o los organismos técnicos pertinentes para la evaluación, según la naturaleza de los estudios de preinversión. 07 La Quinta Subcomisión Especial Mixta de Presupuestos será informada semestralmente sobre iniciativas de concesiones privadas.

Además, se informará trimestralmente de las medidas de solución implementadas en los principales sectores de congestión de las vías concesionadas.

Dirección General de Obras Públicas Dirección de Planeamiento (01)

05 Los recursos puestos a disposición de la Empresa durante los meses de enero a mayo de 2015 deberán, previo a la renuncia de la Empresa Metro S.A. A su vez, los recursos puestos a disposición de la empresa en los meses de junio en adelante se realizarán teniendo en cuenta el informe anual emitido en el mes de abril de 2015 por el Comité del Sistema Empresarial de la Corporación para el Desarrollo de la Producción, de conformidad con lo dispuesto en el § 2 de la Ley N° 19.847. Bajo este rubro se transfieren a la empresa Metro S.A. los recursos asociados al financiamiento de los gastos requeridos por los programas de inversión, los proyectos de ampliación de la red del Metro así como el correspondiente servicio de la deuda.

El monto de los fondos que la empresa Metro S.A. Los efectivamente recibidos al 31 de diciembre de 2015, tanto por inversiones como por servicio de deuda, se registrarán contablemente como fondos de reserva o aportes para futura capitalización por parte del tesoro estatal y de la empresa promotora. pago de sus intereses o participación social, el día de la asamblea general extraordinaria de accionistas, que acuerde un correspondiente aumento de capital, y sin perjuicio del cumplimiento oportuno de los estatutos y reglamentos de la Ley núm. 18.046 y su reglamento. Las disposiciones anteriores se aplicarán también a las contribuciones tributarias recibidas en años anteriores y al servicio de la deuda de la empresa realizado por el Tesoro del Estado en aquellos períodos que no estuvieron sujetos a tal procedimiento. La garantía estatal otorgada para las deudas vigentes de Metro S.A. se entenderá renovada en el caso de que éstas sean objeto de renegociación o reestructuración, con o sin cambio de acreedor, lo que será determinado por el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda emitido de conformidad con lo especificado en el artículo 70 del Decreto Legislativo n. 1.263 de 1975, teniendo en cuenta el cumplimiento satisfactorio del correspondiente acuerdo programa suscrito con el Comité del Sistema Empresarial de la Corporación de Fomento de la Producción, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley n. 19.847.

Dirección General de Obras Públicas Agua Potable Rural (01, 02)

En diciembre de 2014, el Ministerio de Obras Públicas comunicará a los Gobiernos Regionales el monto de recursos disponibles por región para el año 2015, incluyendo las características de los proyectos a financiar; los criterios de elegibilidad que deben cumplir; una lista de proyectos que ya han sido evaluados y que cumplen con estos criterios; los recursos dedicados a proyectos en curso y su identificación y los destinados a nuevos servicios y la ampliación, mejora o conservación de los existentes. El Consejo Regional deberá decidir a más tardar en enero de 2015 la distribución de los recursos disponibles para nuevos proyectos y su respectiva prioridad, con base en la propuesta del Alcalde. Los proyectos antes mencionados podrán contar con aportes de gobiernos regionales, municipales o privados, y serán ejecutados por la Dirección de Obras Hidráulicas con la única aprobación previa del KERN de la región respectiva.

Asimismo, dicha dirección podrá realizar estudios y actuar como unidad técnica en proyectos destinados al saneamiento rural en zonas con servicios de agua potable rural, previo acuerdo con los organismos gestores de los recursos correspondientes. La inversión de los fondos de este subtítulo puede ser realizada directamente por el ministerio o mediante convenios con empresas de salud o sus concesionarias. Los sistemas de agua potable rurales pueden incluir el mantenimiento de los sistemas existentes de eliminación y tratamiento de aguas residuales.

07 Las iniciativas de inversión en agua potable en zonas rurales, que se refieran al desarrollo de mejoras o nuevos sistemas, no requerirán como requisito el registro de derechos de uso de agua y podrán registrar a su favor hasta doce litros por segundo, para el Ministerio único. de ley. 08 Se considerarán de beneficio público los terrenos donde se ubiquen pozos de captación y coronas de sistemas de agua potable rural.

PARTIDA : 12 CAPÍTULO : 04

Dirección General de Aguas Dirección General de Aguas (01)

07 La Dirección General de Aguas deberá enviar semestralmente a las comisiones ambientales del Senado y de la Cámara de Diputados y a la comisión especial mixta de presupuesto del Congreso Nacional los oficios que elabore en relación con la evaluación de estudios. impactos ambientales a nivel regional y nacional. La Comisión Especial Mixta de Presupuesto del Congreso Nacional será informada trimestralmente sobre la participación de la Dirección General de Aguas en relación con la gestión integrada de cuencas. 08 La Dirección General de Aguas deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto del Congreso Nacional sobre los resultados del apoyo a los procesos de resolución y control de derechos de agua, detallando las regiones involucradas y el estado del proceso. requisitos administrativos y legales de cada uno.

Con la misma periodicidad deberá informar a dicha Comisión los procedimientos que faciliten la asignación de derechos de agua para el desarrollo de energías renovables no convencionales y centrales hidroeléctricas, en coordinación con el Ministerio de Energía. 09 Se deberá informar trimestralmente a la Comisión Especial Mixta de Presupuesto el detalle de los proyectos financiados con estos fondos, desglosados ​​por región y municipio. Esta información se enviará dentro de los treinta días siguientes a la finalización del trimestre correspondiente.

Con la misma periodicidad deberá informar a dicha Comisión sobre la variación y disponibilidad de aguas subterráneas, glaciares y los avances relacionados con el manejo integrado de cuencas, así como los resultados obtenidos de las estaciones de monitoreo del Río Huasco, con participación comunitaria.

PARTIDA : 12 CAPÍTULO : 05

Instituto Nacional de Hidráulica Instituto Nacional de Hidráulica (01)

PARTIDA : 12 CAPÍTULO : 07

Superintendencia de Servicios Sanitarios Superintendencia de Servicios Sanitarios (01)

Referencias

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