PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN Y CONEXIÓN CON LGPDPPSO A TRAVÉS DE LA PLATAFORMA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN. La referencia que se hace a los derechos humanos es necesaria ya que, como se verá en el primer capítulo, la protección de datos personales es reconocida en México y en muchos otros países como un derecho humano.
ANTECEDENTES DE LOS DATOS PERSONALES
A NTECEDENTES DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES Y SU RECONOCIMIENTO COMO DERECHO
I NSTRUMENTOS INTERNACIONALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
1.- Los Estados miembros garantizan, de conformidad con lo dispuesto en la presente Directiva, la protección de las libertades y derechos fundamentales de las personas físicas y en particular el derecho a la intimidad en lo que respecta al tratamiento de datos personales. "Toda persona tiene derecho a la protección de los datos personales que le conciernen.
R ECEPCIÓN DEL DERECHO A LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN M ÉXICO
- R EFORMA CONSTITUCIONAL
- L EY F EDERAL DE T RANSPARENCIA Y A CCESO A LA I NFORMACIÓN P ÚBLICA G UBERNAMENTAL
- L EY F EDERAL DE P ROTECCIÓN DE D ATOS P ERSONALES EN P OSESIÓN DE LOS P ARTICULARES
- L EY G ENERAL DE P ROTECCIÓN DE D ATOS P ERSONALES EN P OSESIÓN DE S UJETOS O BLIGADOS
Esta fue la primera ley que profundizó específicamente la regulación de la protección de datos personales en México, con base en las diversas reformas constitucionales que han sido analizadas anteriormente. Consentimiento.- Es una manifestación de la voluntad del titular del dato para el tratamiento de los mismos.
ANÁLISIS DE LA LEY GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE
Habiendo analizado en el capítulo anterior que la protección de datos personales es un derecho humano y reconocido constitucionalmente en México, resulta práctico hacer un análisis más profundo de la ley que regula esencialmente esta protección. Por ello, en este apartado se realizará un análisis de los aspectos considerados éxitos de la multicitada ley, que son más ilustrativos. En el conversatorio “Desafíos, pendientes y diagnóstico para la implementación de la ley general de protección de datos personales en posesión de sujetos obligados”, organizado por INFODF en enero de 201716, se coincidió en que esta ley fortalecerá los órganos que garantizan en todo momento. del país y les proporciona las herramientas necesarias para garantizar su cumplimiento.
En el título segundo de la ZZPDPPSO, más precisamente en el artículo 16, se especifican los principios que deben observar los responsables, a saber: licitud, finalidad, lealtad, consentimiento, calidad, proporcionalidad, información y responsabilidad en el tratamiento de datos personales. , mientras se destaca que son los mismos principios que se señalan en el artículo 6 de la ZFPDPPP, los mismos que ya fueron explicados en su oportunidad y que demuestran que existe una uniformidad de criterios. h). Se prevén sanciones en caso de incumplimiento de la ley, en el caso de los servidores públicos serán de carácter administrativo, si bien es cierto que también se pueden aplicar otro tipo de sanciones en diversos supuestos, como penales o civil. protegidos.. Se ha cerrado el círculo de normas que eran necesarias para que las personas pudieran gozar de la protección de sus datos personales, tanto en el ámbito público como en el privado, ya que anteriormente solo existía una ley al respecto, que sólo se aplicaba a el sector privado, por lo que se deja claro que los datos personales no pueden ni deben ser tratados o cuidados de forma diferente, independientemente de la entidad titular de estos datos que deben ser protegidos. cualquiera).
46 parte de sus herederos con base en las instrucciones dadas por ellos20, lo cual se considera un aspecto muy importante, ya que se deja claro, como otros derechos, que el derecho a la protección de datos personales se extiende más allá de la vida de la persona y continúa. producir sus efectos jurídicos incluso después de la muerte, dejando la posibilidad de que los herederos puedan continuar ejercitándolos.
Hay quienes consideran que las limitaciones del derecho humano a la protección de datos previstas en la ley son un error de derecho, ya que. 48 consideran que estas restricciones en realidad crean un riesgo para el avance de la protección de datos, ya que la propia redacción del texto puede impedir el ejercicio del derecho a través del juicio de la autoridad o del sujeto obligado. La política pública no es una noción que pueda configurarse mediante la declaración formal contenida en una ley.
También hay quienes creen que el uso de datos personales de personas desaparecidas está permitido como un error de derecho, sin el consentimiento de sus víctimas y familiares. En principio, el juez debe deshacerse de la idea tradicional de los límites de la defensa de los intereses individuales o del derecho subjetivo de cada individuo y optar por una interpretación jurídica avanzada, superior, en la que se enfatice el derecho constitucional. fundaciones con los criterios necesarios para preservar los valores. 29 Dado que el propósito de este trabajo no es realizar un análisis penal de la protección de datos personales, utilizamos como referencia únicamente los códigos penales de la Ciudad de México, Jalisco, Nuevo León y el Código Penal Federal, por ser más representativos. .
53 Sólo con el tiempo y la aplicación de la ley se aclarará si los errores en cuestión son correctos o inadecuados.
D ESAFÍOS A LA IMPLEMENTACIÓN DE LA LEY
Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, a acceder a ellos, rectificarlos y cancelarlos, así como a manifestar su oposición, en las condiciones que establezca la ley, la cual determinará los casos de excepción a los principios que regulan el tratamiento de sus datos personales. datos. , por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger derechos de terceros. Velar por que los Entes Obligados realicen la correcta implementación de los mecanismos normativos de protección de datos personales, que como derecho humano están protegidos por el CPEUM y en especial por la LGPDPPSO, adecuando de manera adecuada y eficaz sus criterios en esta materia. . Concientización del personal directivo y operativo de las unidades de transparencia de los sujetos obligados, sobre la importancia de la protección de datos personales, para minimizar el riesgo de aplicación parcial o incluso no aplicación de los criterios y mecanismos de protección establecidos, evitándolos en su totalidad. Cuesta que esta ley se convierta en ley vigente, pero sin positividad.
Que los sujetos obligados soliciten y/o destinen de manera razonable los recursos presupuestarios solicitados, de manera que su insuficiencia no sea un obstáculo insalvable para el logro de los objetivos de la ley. Aprovechar efectivamente todos los avances tecnológicos a disposición de los sujetos obligados, generando a través de ellos medios cada vez más seguros y económicos que permitan la protección y adecuado manejo de los datos personales. Velar por que el Poder Judicial de la Federación conozca los alcances e implicaciones de los principios y lineamientos de protección establecidos en la ley, a fin de lograr un estándar uniforme de conocimiento en el menor tiempo posible, que permita a todos los secretarios, jueces y magistrados , una interpretación y aplicación equilibrada de la ley, a fin de no permitir que sus decisiones se acerquen a los límites de la sobreinterpretación o limitación interpretativa de la norma, en perjuicio de los gobernados y de la protección de datos.
59 la protección de datos personales no admite retroceso alguno si queremos construir un Estado verdaderamente democrático, donde el Estado garantice el pleno ejercicio de los derechos civiles y cumpla con sus obligaciones derivadas del contrato social.
PROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN Y CUMPLIMIENTO DE LA LEY GENERAL DE
A CCIONES IMPLEMENTADAS EN INFOTEC DE MANERA PREVIA A LA PUBLICACIÓN DE LA LEY
Avisos de privacidad específicos derivados del uso de tecnologías biométricas para la identificación y acceso del personal autorizado al centro de datos de la sede de INFOTEC Aguascalientes. Con base en la prestación de los servicios que brinda INFOTEC en el centro de datos de la casa matriz en el estado de Aguascalientes, se almacena una cantidad importante de datos personales y/o confidenciales, por lo que son definitivos. 70 seguridad de la información, de conformidad con lo dispuesto en los principios de licitud, consentimiento y finalidad.
Inclusión de una cláusula sobre protección de datos personales y confidencialidad de la información en los contratos celebrados con personal institucional, eventual y a tiempo parcial. 72 organizaciones públicas y privadas en el marco de la economía digital y la sociedad de la información y el conocimiento (SIC). Ser un claro ejemplo de la necesidad de crear competitividad e innovación en el ámbito del derecho TIC, contribuyendo así al desarrollo económico y social de México.
76 obligaciones relacionadas con la protección de datos personales, en particular aquellas relacionadas con medidas de seguridad en el almacenamiento de información36.
INFOTEC COMO AGENTE PROMOTOR DE LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES DESDE LA ACADEMIA
P ROPUESTA DE IMPLEMENTACIÓN
- PLATAFORMA DE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES EN POSESIÓN DE INFOTEC
Como resultado de lo anterior, se propone la creación de la “PLATAFORMA38 PARA LA PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES CONSERVADOS POR INFOTEC”. Los sujetos obligatorios a que se refiere el artículo 1 de la LGPDPPSO que deciden sobre el tratamiento de datos personales; El presente Aviso de Privacidad tiene como objetivo proteger los datos personales de los miembros de la comunidad escolar (aspirantes, estudiantes, egresados) mediante su tratamiento legal, controlado e informado, con el fin de garantizar su privacidad, así como su derecho a la información. autodeterminación.
INFOTEC protegerá sus datos personales de conformidad con las condiciones de la ley y los lineamientos de protección de datos personales. En este apartado se muestra el resultado de la evaluación de conocimientos que ha realizado el solicitante. En este apartado se mostrará el resultado de la entrevista que el investigador ha realizado al solicitante.
Directrices para la Protección de la Privacidad y los Flujos Transfronterizos de Datos Personales' de 1980 de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE). Resolución 45/95 de las Naciones Unidas, de 14 de diciembre de 1990, por la que se establecen principios rectores para la regulación de las recogidas informatizadas de datos personales. Revista de la Revista Judicial de la Federación, Libro 39, febrero de 2017, Tomo III, Tesis: I.2o.A.E.1 CS (10a.) Página: 2364 SISTEMAS DE PRIVACIDAD Y TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN DE DESARROLLO PÚBLICO.
Protección de datos personales y TIC:. Conflicto permanente de derechos: uso de Periscope en la administración pública de México. Aspectos legales de la computación en la nube y protección de datos personales en relación con la prestación de servicios. Ciudad de México: Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales INAI, Museo Nacional de Antropología e Historia, 28 de enero.
Consecuencias del principio del interés del menor en el derecho a la protección de datos personales. Importancia de la protección de datos personales en las instituciones de educación superior: medidas adoptadas. 34;Desafíos relacionados con la protección de datos personales: una visión desde Europa", impartida por el Sr.
Imparte el curso: Introducción a la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Ciudadanos Obligados.