The purpose of this research work was to determine whether the limitation period of the action for divorce due to physical or psychological violence (severity) continues; An attempt was also made to demonstrate that there are reasons to change the expiration period in the event of divorce due to physical or psychological violence (Article 339 of the Civil Code); Finally, the conclusions drawn as a result of this research are drawn, which have led to certain recommendations, which are proposed for a better analysis of the matter surrounding divorce as a result of physical or psychological violence (severity).
INTRODUCCIÓN
Planteamiento del problema
Por tanto, esto provoca el colapso de la familia, lo que conlleva inestabilidad psicológica entre los miembros que la componen. Que el plazo de caducidad previsto en el artículo 339, con base en los párrafos 2 y 4, es de seis meses desde que ocurre la causa.
Formulación del problema
- Problema general
- Problemas específicos
Es en este entendido que el matrimonio interrumpido por las diversas causas previstas en el artículo 333 del Código Civil significa que nuestro ordenamiento jurídico tiene razones que justifican y ponen fin al vínculo matrimonial, así como existe una institución de caducidad establecida en Artículo 339° que propone plazos de caducidad para interponer la acción a fin de limitar las causales establecidas en el artículo 333°. El plazo de prescripción de la acción en caso de divorcio por violencia física o psíquica (Sevicia) se aplica si se computa a partir de la fecha en que se produce la causa.
Justificación de la investigación…
- Conveniencia
- Relevancia social
- Implicancias prácticas
- Valor teórico
- Unidad metodológica
El tema de investigación contribuirá a determinar los problemas derivados de la caducidad de la acción en un proceso de divorcio por violencia física o psicológica (Sevicia), los cuales se sumarán a la literatura y quedarán como antecedente para posibles modificaciones de leyes en el código de procedimiento penal. Los hallazgos de esta investigación serán considerados con el fin de motivar y brindar información para estudios jurídicos posteriores, los cuales puedan ser abordados desde diversas perspectivas y permitan brindar perspectivas jurídicas sobre las implicaciones de la caducidad del plazo de acción en el ámbito específico. caso.
Objetivos de investigación…
- Objetivo general
- Objetivos específicos
Delimitación del estudio
- Delimitación espacial
- Delimitación temporal
- Delimitación temática
Viabilidad
Desarrollar un camino ideal que configure una herramienta que contribuya a la configuración de la violencia física o psicológica (Sevicia) como causa de separación. Propuesta dogmática: Porque el objetivo del siguiente estudio era desarrollar una propuesta legislativa o cambiar la prescripción de la causa de acción. Segundo: declara infundada la demanda con la demanda principal de divorcio por lesiones corporales graves y la demanda acumulada por la pérdida y privación de la patria potestad de la demandada sobre el hijo, que la demandante interpuso contra la demandada por las razones expuestas en la sentencia.
La demandante interpone demanda de divorcio por motivos de violencia psicológica, daño grave que hace insoportable la convivencia, conductas deshonestas e incapacidad para convivir y, de paso, provisión de alimentos a favor de su hija menor y de la recurrente, así como daños morales. daño a su esposa. Primero: se declara con base en una parte de la demanda interpuesta por la demandante contra el marido con la solicitud de divorcio por imposibilidad de convivencia, conducta deshonesta en indemnización de daño moral e infundada por motivos psicológicos y. grave insulto que hace insoportable la vida común y casual. Analizar si procede la fecha de caducidad de la acción por causa de divorcio por violencia física o psicológica (servicio), si se computa a partir de la fecha en que se produjo el motivo.
Hay razones de carácter personal y social que justifican un proyecto de ley para cambiar los plazos de caducidad de las causas de divorcio por causa de Sevicia. Análisis social y jurídico de la violencia como causa de divorcio y su implicación en la custodia de los hijos [tesis doctoral].
MARCO TEÓRICO
Antecedentes de estudio
Bases teóricas
- Causales de divorcio
- La sevicia como causal de divorcio
- Sevicia
- Caducidad de la acción
Debido a la forma radical en que el divorcio cambia el curso de la vida, el. La acción deberá interponerse dentro de los seis meses siguientes a la ocurrencia de la causa, y en todo caso dentro de los cinco años.
Hipótesis de trabajo
El plazo de prescripción de las acciones en el caso de divorcio por violencia física o psíquica (Sevicia) no procede porque existen razones de carácter personal y social que justifican un proyecto de ley para cambiar los plazos de caducidad de la acción en el caso de divorcio de Sevicia. Establecer cómo implementar mecanismos para una mejor aplicación de la norma en cuestión.
Categorías de estudio
Los mecanismos necesarios para la justa aplicación de la norma para garantizar el derecho a la protección jurisdiccional y al debido proceso legal.
Definición de términos
Según Varsi (2011), el divorcio es una institución del derecho de familia que conlleva la terminación definitiva y completa de la relación conyugal, restableciendo así el derecho al matrimonio de los ex cónyuges (p. 319). Por otro lado, Aguilar (2016) define el divorcio como la ruptura de la relación conyugal que pone fin a la unión, convirtiendo a los ex cónyuges en extraños jurídicos entre sí y por tanto capaces cada uno de ellos de contraer matrimonio de nube. liberando a la institución de todas las responsabilidades y/o derechos existentes. Sin embargo, Cornejo (2003) describe el divorcio simplemente como un proceso más o menos arduo por el cual las parejas reciben un decreto de que su matrimonio ha terminado y que pueden contraer otro.
Este tipo de disolución es necesaria por razones prácticas; La observación muestra que en un cierto porcentaje de situaciones, ambos cónyuges o uno de ellos ya no quiere mantener el compromiso iniciado por el matrimonio (Bénabent, 2003).
MÉTODO
Diseño metodológico
Diseño contextual
- Escenario espacio temporal
- Unidad de estudio
Técnicas e instrumento de recolección de datos
En primer lugar, se declara fundada la demanda en la demanda de divorcio por separación de hecho interpuesta por el abogado de la parte demandante contra la parte demandada por las razones expuestas. En consecuencia, se declara: Se disuelve el vínculo matrimonial existente entre el demandante y el demandado. El matrimonio civil celebrado en la Municipalidad Distrital de Caicay, Provincia de Paucartambo, Departamento del Cusco el 9 de septiembre de 2003. Que mediante los fundamentos de hecho y de derecho y con la aprobación de la sentencia contenida en la Resolución Número 16 del 6 de mayo de 2015. , no declara declarada la acción interpuesta por la demandante con la alegación de divorcio por lesión grave que hace insoportable la convivencia y violencia física y psíquica por parte de la demandada. Fundamento de la demanda: el demandante fundamenta su demanda en los siguientes hechos: contrajo matrimonio civil con la demandada el 6 de junio de 2015 en el municipio provincial del Cusco; sin embargo, tiene una hija que a la fecha tiene seis años.
LA LEY QUE DISPONE LA EXTENSIÓN DEL PLAZO DE CADUCIDAD DEL ARTÍCULO NO. 339, DONDE EL CODIGO CIVIL ESPECIFICA UN PLAZO DE SEIS (06) MESES A PARTIR DEL “MOTIVO PRODUCIDO” PARA LA CADUCIDAD DE UNA DEMANDA DE DIVORCIO POR LA ACCIÓN DE VIOLENCIA MENTAL.
RESULTADOS
Resultados
- Casos examinados
Recibida una resolución y declarada infundada la excepción de caducidad de la demanda de divorcio con la causa de violencia física y psicológica y perjuicios graves derivados del demandado en relación con la demanda interpuesta por el demandante, se dicta la siguiente decisión: el demandado apeló los recursos necesarios para anular dicha sentencia, y el juez a cargo del caso evaluó todos los recursos, con excepción de la caducidad en relación con la demanda de separación de cuerpos por las causas de violencia física y psicológica y lesiones graves y sobre la ocasión de declararlo establecido. Por estas razones, se hace justicia en nombre de la nación, se declara inadmisible la objeción presentada por escrito por la parte demandada, se declara inadmisible la demanda interpuesta por la demandante contra la parte demandada sobre divorcio por causa, liquidación de bienes, indemnización por daño moral, con costos y costos de proceso. En consecuencia, la relación matrimonial existente entre el demandante y el demandado a raíz del matrimonio civil celebrado en la citada fecha antes de que el citado municipio fuera declarado disuelto por las causas de violencia psicológica y la imposibilidad de servir juntos, la sociedad conyugal con costas. expirar. y costas, y en ejecución de la sentencia, se realiza la liquidación de bienes de conformidad con lo dispuesto en la consideración de esta decisión y dentro del sexto día siguiente a la firma de la presente decisión, el imputado está obligado a indemnizar el daño moral. con la suma de S/.1000 sin fundamento la misma solicitud de divorcio por causa de deserción.
Fundamento de la reconvención: la demandante fundamenta su demanda con los siguientes hechos: respecto de la causa de la violencia física y psicológica, afirma que luego de conocer a la demandante en el año 2009 e iniciar una relación sentimental, comenzó a ser víctima de violencia física y psicológica. violencia. violencia., el 6 de enero de 2011 y el 6 de febrero de 2011. Fundamento de la demandante: la demandante fundamenta su demanda en los siguientes hechos: contrajo matrimonio civil con el demandado el 27 de diciembre de 1997 en la municipalidad distrital de Santiago, juntos dio a luz a dos hijos. No existe decisión sobre la liquidación de bienes comunes debido a un acuerdo previo entre las dos partes.
En cuanto a la causa de la violencia psicológica, tiene como objetivo destruir los sentimientos y la autoestima de la persona, hacerla dudar de su propia realidad y limitar sus recursos para sobrevivir. En este sentido, para que la demanda de divorcio sea declarada justificada con fundamento en violencia física y psicológica, es indispensable que dentro del proceso se acredite la actuación y valoración de las pruebas presentadas, la confluencia de los elementos que integran el proceso de divorcio. violencia psicológica.
Discusión de Resultados
Matriz de consistencia
TÍTULO: IMPLICACIONES DEL DECLARACIÓN DE ACCIÓN EN LA CAUSA DE DIVORCIO POR SEVICIA. Se aplica el plazo de prescripción de la acción por causa de divorcio por violencia física o psicológica (Sevicia). Determinar si procede la prescripción de la acción en divorcios por violencia física o psicológica (Sevicia).
Se aplica el plazo de prescripción de acción en caso de divorcio por violencia física o psicológica (violencia), si se computa mediante sentencia dictada en otra vía judicial.
Instrumento de recolección de datos