Considerando: Que el capitán o patrón de un buque es el delegado o mandatario del propietario armador en ausencia de éstos si se excede en sus funciones o actúa en contradicción con las [r]
Considerando: Que no puede impedir la responsabilidad civil subsidiaria de las Diputaciones, el artículo 1.903 del Código civil, párrafo 5. 0 , porque su dicción literal se refiere exclu[r]
Y ello se pone de re- lieve desde el Reglamento de Seguridad e Higiene del Trabajo de 31 de enero de 1940 (R. 202), la creación de Comités de Seguridad e Higiene del Trabajo por Orden de[r]
la redacción de sus «sentencias» y que la Orden de 5 de abril de 1932 se encargó de recordar y complementar con referencia a determinados delitos, entre ellos el de im- prudencia, cuando[r]
Considerando: Que, por lo expuesto, no se hallaba fuera de lugar la invocación del párrafo primero del artículo 565 del Código penal, tipificador del delito de impruden- cia temeraria re[r]
(6.° considerando.) La situación de prórroga del servicio activo, decretada en su beneficio, y que per' mitió al reclamante permanecer en el mismo, después de haber cumplido la edad regl[r]
Considerando: Que la diferencia entre el delito de hurto y el de apropiación inde- bida radica en que en éste la cosa ajena llega a manos del culpable en virtud de (in- titulo que le con[r]
Considerando: Que por la efectividad de toda esta doctrina es de suma evidencia, que estuvo acertadamente calificada como imprudencia temeraria, la conducta de los procesados, pues siend[r]
empleado o subordinado actúe como extraño, o totalmente al margen de la reía- ••'on que le vincula con el principal, obrando desligado completamente de su quehacer.. funcional, con «acto[r]
el número 3.° del artículo 586, reduciéndose a establecer de hecho una jerarquización de mayor a menor gravedad de la misma, habiendo sido la doctrina jurisprudencial la que ha venido da[r]
Considerando: Que los actos de la Junta nacional, antes de la reclamación en cual- quier otra vía, son recurribles en reposición ante la misma, según lo dispone eí artíci> lo [75, 4 d[r]
Considerando: Que el motivo admitido del recurso interpuesto por la representa* ción del procesado, amparado en el número i.° del artículo 849 de la ley de Enjui- ciamiento criminal, ale[r]
que «la precedente exposición fáctica revela de modo claro y notorio la inobservancia de todo cuidado o diligencia exigible en la delicada operación de referencia, puesto que la posibili[r]
Considerando: Que el primer motivo de este recurso de casación, único admitido, formalizado al amparo del núm. Cri- minal, se fundamenta en que la sentencia no expresa clara y terminante[r]
Considerando: Que el único motivo del recurso, por corriente infracción legal, no impugna la calificación jurídica establecida en el primero de los con- siderandos de la sentencia recurr[r]
Considerando: Que en cuanto a la impugnación de fondo ... se argumenta en des- acuerdo, incongruencia y discrepancia con los hechos y presupuestos básicos de la sentencia recurrida, que [r]
timatoria de la petición formulada por la recurrente con fecha 17 de abril de 1980, por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Territorial de Valencia, interpuso recurs[r]
situación jurídica individualizada por ella reconocida, llevaría prima facie a la conclusión de estimar ajustada a derecho la resolución de 6 de octubre de 1973 del Ministerio de la Gobe[r]
el procesado, al menos a efectos de la represión pena], tiene este carácter, toda vez que aparece en la sentencia que desempeñaba el cargo de Secretario interino de varias Hermandades Si[r]
Considerando: Que el relato establece que el procesado era encargado de la obra y capataz para dirigir los trabajos que unos obreros realizaban para una tarifa de aguas, siendo contratis[r]