De acuerdo con el personal técnico municipal, se han analizado los siguientes edificios:
Ayuntamiento
Antiguo ayuntamiento Servicios municipales Gaztegunea
Casa de Cultura Edificio de Talleres Lonbo Aretoa Hogar del Jubilado Polideportivo Santo Cristo C.F. C.S.C. Abusu Montefuerte C.F. Frontón Santa Isabel
Como el ámbito del estudio implica modificación o reforma de los edificios estudiados, cuando por razones técnicas no puede aplicarse el “Anejo III-Condiciones Técnicas sobre Accesibilidad
de los Edificios”, se toma como referencia el “Anejo V: Obras de Reforma, Ampliación o Modificación en las urbanizaciones y edificaciones” del Decreto 68/2000 de 11 de abril, por el
que se aprueban las normas técnicas sobre condiciones de accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificios y sistemas de comunicación.
Como criterio general, consideramos un espacio, una instalación o un servicio accesible si sus componentes cumplen totalmente los criterios técnicos aplicables y recogidos en los anexos del Decreto 68/2000. Se considera practicable si, cuando sin cumplirlos totalmente, puede ser utilizado de forma autónoma por una persona con movilidad reducida, y se considera no
accesible cuando no puede ser utilizada de forma autónoma por ésta.
ARRIGORRIAGAKO IRISGARRITASUN PLANA · 2017 · PLAN DE ACCESIBILIDAD DE ARRIGORRIAGA
ACTUALIZACIÓN DEL PLAN DE ACCESIBILIDAD DE ARRIGORRIAGA PLAN DE ACTUACIÓN EN EDIFICIOS 2017 2/ 23 EGITASMOA / PROYECTO DOKUMENTUA / DOCUMENTO DATA / FECHA ORR / PÁG
Criterios de priorización
Se adopta el criterio general de que en toda intervención se consiga que el edificio resulte accesible, siempre como resultado de un estudio que englobe otros ámbitos de actuación. Por lo tanto, las obras y reformas sugeridas desde este Plan no pretenden ser un proyecto global, sino apuntar las obras necesarias para que el edificio en cuestión sea accesible.
Los criterios de priorización se basan, en general, en estos cinco puntos:
1. Edificios municipales o de gestión municipal.
2. Edificios sobre los que el Ayuntamiento haya manifestado especial interés para su adaptación.
3. Edificios con gran afluencia de personas.
4. Edificios dedicados al bienestar de personas.
5. Edificios no accesibles y en los que no se haya realizado nunca ninguna adaptación.
En este caso, además, contamos con el Plan Director de Equipamientos Públicos Municipales, que determina las actuaciones previstas por el ayuntamiento para distintos edificios de carácter público. El orden propuesto por este plan se basa en un estudio exhaustivo de necesidades, oportunidades y posibilidades, por lo que se ha tomado como base para la presente propuesta. No todos los edificios analizados están incluidos en el Plan Director, por lo que para el resto de edificios hemos utilizado los criterios aquí mencionados.
Edificios incluidos en el Plan Director Edificios no incluidos en el Plan Director
Udaletxe Zaharra Zaharren Egoitza - Hogar del Jubilado Udal Kiroldegia - Polideportivo Udaletxe Berria
Gaztegunea Santo Cristo Futbol Zelaia
Kultur Etxea - Casa de Cultura Udal Zerbitzuak - Euskaltegia Tailerrak - Edificio de Talleres Illunbe Futbol Zelaia
Lonbo Aretoa Santa Isabel Frontoia
C.S.C. Abusu
Dentro de cada edificio, se intentan aplicar los criterios de accesibilidad a todas las dependencias del edificio. Tomando en cuenta esta premisa, y dadas las dificultades que su aplicación conlleva, se pueden dar diversas situaciones a la hora de estudiar y proponer intervenciones en los edificios:
- En caso de imposibilidad técnica de adaptar todas las dependencias, se propone la adaptación de aquellas salas de uso cotidiano, o al menos, de aquellas donde se ofrezca algún tipo de servicio abierto al público.
- Si esto último no fuera posible, se propone la reubicación de estas salas con servicio de
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atención al público, a las salas accesibles o con posibilidad de adaptación.
- Si ninguna de las salas se puede adaptar, o no se puede construir un baño adaptado, se propone la reubicación del servicio que ofrece el edificio en otro accesible.
- Por otro lado, si los accesos al edificio se consideran inaccesibles, y resultan además imposibles de adaptar, se propone el cambio de uso del edificio y la reubicación del servicio existente en otro edificio que garantice la accesibilidad.
En todos los casos anteriores, si resultan técnicamente inviables o desproporcionadas las medidas a tomar para lograr unos parámetros mínimos de accesibilidad, se toman como válidos criterios de practicabilidad. En general, en el estudio de los edificios se busca:
- Resolver el acceso al edificio procurando no generar accesos alternativos. - Resolver todos los desniveles internos en los recorridos.
- Ubicar ascensores para permitir el acceso a las plantas superiores. - Situar como mínimo un lavabo adaptado en cada una de las plantas.
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Diagnóstico
Tal y como hemos adelantado, y de acuerdo con el personal técnico municipal, los edificios estudiados en el presente Plan son los siguientes:
Ayuntamiento Urgoiti Pasealekua 57 Arrigorriaga
Antiguo ayuntamiento Urgoiti Pasealekua 53 Arrigorriaga
Servicios municipales Urgoiti Pasealekua 55 Arrigorriaga
Gaztegunea Ugertza Bidea 1 Arrigorriaga
Casa de Cultura Urgoiti Pasealekua 17 Arrigorriaga
Edificio de Talleres Urgoiti Pasealekua 17 Arrigorriaga
Lonbo Aretoa Urgoiti Pasealekua 3 Arrigorriaga
Hogar del Jubilado Severo Ochoa z/g Arrigorriaga
Polideportivo Severo Ochoa 1 Arrigorriaga
Santo Cristo C.F. Santo Kristo Zeharkalea 13 Arrigorriaga
C.S.C. Abusu Olatxu 4 Abusu
Montefuerte C.F. Montefuerte 11 Abusu
Frontón Santa Isabel Santa Isabel 1 Abusu
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Metodología del diagnóstico
El análisis efectuado sobre los edificios se ha basado en la normativa vigente, que incluye: - LEY 20/1997, de 4 de diciembre, para la Promoción de la Accesibilidad, desarrollada en el
Decreto 68/2000 que aprueba las Normas Técnicas sobre Condiciones de Accesibilidad de los entornos urbanos, espacios públicos, edificaciones y sistemas de información y comunicación.
- Orden VIV/ 561 / 2010, de 1 de febrero, por la que se desarrolla el documento técnico de condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los espacios públicos urbanizados.
- Documento de Apoyo al Documento Básico DB-SUA Seguridad de utilización y
accesibilidad. Código Técnico de la Edificación. Adecuación efectiva de las condiciones de accesibilidad en edificios existentes, de 23 de Diciembre 2016. DA DB-SUA / 2.
Se ha mantenido la estructura del Decreto 68/2000, siguiendo el ejemplo de la Guía de
aplicación de la Normativa Técnica vigente en Materia de Accesibilidad en la CAPV.
El diagnóstico incluye, en la mayoría de los casos,
- el entorno inmediato que facilitará el acceso al edificio - el propio acceso
- la comunicación horizontal en las plantas - la comunicación vertical a través de ellas
- las diversas dependencias, dependiendo del tipo de edificio - los aseos y/o vestuarios
- la información y comunicación, de forma transversal