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prestación de dicho servicio.

ALUMBRADO PUBLICO.

Son evidentes los beneficios que proporciona este servicio, ya que es del interés de los habitantes de toda ciudad el que se eleve el nivel estético de la misma no solamente por la satisfacción interior que esto proporciona a los habitantes de la ciudad, sino también porque esto incrementa el valor de las propiedades inmobiliarias existentes en la ciudad con el consiguien- te beneficio económico a sus propietarios.

Por otro lado, y como hemos venido insistiendo en este trabajo, la seguri- dad física de los ciudadanos, así como la seguridad económica y de todas sus pertenencias, se fortalece a través de un buen servicio de alumbrado. Podría agregarse también la comodidad que representa para las personas el poder transitar de paseo o bien de trabajo por las avenidas de las ciudades en horarios nocturnos cuando éstas se encuentran bien iluminadas. 3.5. IDENTIFICACION DE LOS BENEFICIARIOS DEL SERVICIO DE

ALUMBRADO PUBLICO.

La identificación de los beneficiarios de este servicio resulta un tanto complicada, ya que si bien, a simple vista podríamos señalar que son todos los ciudadanos de la población que cuenta con el servicio de alum- brado los que resultan ser beneficiarios del mismo, la verdad es que se- gún el enfoque que se considere al servicio es el que determinará quiénes son los beneficiarios.

En efecto, si el enfoque que se pretende dar a este servicio es solamente estético y ornamental, sí resultarían beneficiados todos los habitantes de la ciudad; sin embargo, si lo que se pretende es que este servicio sea un instrumento de la seguridad pública, entonces habría que medir si el enfo- que de la seguridad pública se encamina más hacia la seguridad de las personas o a la seguridad de sus propiedades, resultando que en el primer caso todos reciben en mayor o menor grado un beneficio, ya que el valor máximo que podemos tener las personas es nuestra vida, nuestra seguri-

dad física y estando ésta garantizada se tiene un beneficio prácticamente igual por parte de cada uno de los ciudadanos ; pero, si por otro lado con- sideramos que es la seguridad de los bienes lo que se está tutelando resul- ta entonces que los beneficiarios de este servicio serían aquellos ciudada- nos que tengan bienes materiales y no precisamente los que les interese el ornato o la seguridad personal.

Como puede apreciarse, este punto es de difícil determinación y va estre- chamente vinculado con los valores que en un momento dado considere el poder público que deba tutelar y serán estos valores tutelables los que determinen en forma definitiva quiénes son los beneficiarios de este servi- cio público.

3.6. FORMA DE MEDIR EL BENEFICIO INDIVIDUAL DEL SERVICIO DE ALUMBRADO PUBLICO.

Quizá éste sea el punto más difícil de dilucidar, ya que medir el beneficio individual que proporciona el servicio de alumbrado público, resulta ser una tarea compleja y quizá inalcanzable, puesto que implicaría determinar en forma objetiva algo que es soportado en bases totalmente subjetivas. En otras palabras, tendremos que decidir primero criterios de forma objeti- va que nos pongan de manifiesto los propósitos que se persiguen con el establecimiento del servicio de alumbrado público; o bien, si son varios los propósitos, definir la importancia relativa que cada uno de estos tienen en el contexto general, a fin de poder encontrar la manera de determinar el nivel de beneficio individual de los ciudadanos.

Lo anterior lo entendemos como que habría que definir fundamentalmente los valores estéticos y de ornato, así como los de seguridad pública, sepa- rando los de seguridad personal y seguridad de los bienes, estableciéndo- les pesos iguales o distintos a fin de tener los parámetros que nos den los elementos de comparación en un contexto amplio.

Una vez definidas estas prioridades, estableciendo el peso relativo de cada una de ellas, si es que todas se consideran dentro de los objetivos de este

servicio, estaremos en condiciones de analizar a través de los montos de riqueza o bienes que correspondan a los ciudadanos la medida en que és- tos reciben un beneficio del servicio de alumbrado público ya que la segu- ridad física de las personas pareciera que debiera considerarse con el mis- mo peso relativo, puesto que todos los ciudadanos desde el punto de vista objetivo deben ser considerados con valor igual de tal forma que su seguri- dad personal o su integridad física a través de la seguridad podría tener un mismo valor y en consecuencia tomarse como un mismo beneficio, mas no así sus pertenencias, puesto que quien más pertenencias tiene que cuidar, mayor grado de seguridad pública necesita, en consecuencia le es más útil la existencia del servicio de alumbrado público, sin que esto sea del todo cierto, podría pensarse en que el que tiene poco y lo pierde, pierde más que el que tiene mucho y pierde la mitad, aunque esto es solamente una apre- ciación que podría parecer un juego de palabras; sin embargo, en alguna medida nos sirve para identificar el grado de complejidad que tiene la de- terminación del beneficio individual que este servicio público otorga. Podríamos concluir este último apartado señalando que resulta muy com- pleja la medición en forma individual del beneficio que proporciona este servicio a los ciudadanos y que, sin embargo, es esto precisamente el pun- to fundamental que debe tomarse en consideración y analizarse a fin de poder hacer una adecuada distribución de la carga tributaria que implica la prestación de este servicio público lo cual permitiría hacer una derrama justa y equitativa del costo del mismo entre los beneficiarios cumpliendo con los principios de proporcionalidad y equidad que para todas las contri- buciones señala como imperativo la Constitución General de la República. Quizás sea este el punto más complicado y que es precisamente lo que ha llevado, como veremos más adelante, al establecimiento de contribucio- nes o de sistemas de cobro de contribuciones por la prestación de este servicio que han resultado que lesionan en mayor o menor grado los dere- chos fundamentales de los ciudadanos en algunas ciudades de la Repúbli- ca, lo cual constituye precisamente la materia de análisis de este trabajo y es lo que dio motivo a que se realizara esta investigación.

CAPITULO 4