CAPÍTULO 2: El análisis y la evaluación de la Cooperación Descentralizada: aspectos
2.3. El análisis y la evaluación de las políticas de Cooperación al Desarrollo
2.3.4. Análisis de las políticas y los criterios de evaluación
Llegados a este punto, el siguiente problema a considerar es el de los criterios o referencias que deben ser tenidos en cuenta en el estudio y valoración de las políticas de cooperación. Para avanzar en este campo, hemos partido de los criterios de evaluación presentes en la literatura sobre Cooperación al Desarrollo y aplicados en los distintos enfoques descritos en el apartado 2.2.
Es preciso señalar a este respecto que la gran mayoría de los textos que tratan sobre evaluación en el ámbito de la Cooperación al Desarrollo plantean la cuestión de los criterios como uno de los ejes fundamentales de la metodología, tratándose de una cuestión bastante debatida (EuropeAid, 2006; Ligero, 2011). Sin embargo, no existe un consenso claro sobre el significado y el alcance a otorgar a la cuestión de los criterios de evaluación y la manera en que ello puede condicionar la propia concepción de la evaluación (Stake, 2006).
Ello no obstante, y sin pretender hacer de dichos criterios un corsé que pudiera impedir una aproximación más amplia y menos condicionada al análisis de políticas, consideramos que es de utilidad examinar los criterios de evaluación más discutidos y utilizados en las metodologías de evaluación de la cooperación. Para ello, nos
detendremos brevemente en la descripción de los mismos, partiendo de las referencias planteadas desde los mencionados enfoques analíticos.
En primer término, es preciso hacer mención de los criterios de evaluación de la cooperación tradicionalmente utilizados por el CAD y sintetizados por dicha organización en 1995. Dichos criterios son los de Eficacia, Eficiencia, Pertinencia, Impacto, y Sostenibilidad (CAD/OCDE, 1995) y están descritos para su uso genérico en intervenciones de cooperación en un sentido amplio. Dichos criterios fueron subrayados también por EuropeAid, si bien en este caso se añadieron otros dos: Coherencia/Complementariedad, y Valor Agregado Comunitario (EuropeAid, 2006).
En segundo lugar, mencionaremos las referencias aportadas por el enfoque de la Declaración de París (CAD/OCDE, 2005b) y las propuestas de analizar la calidad de la cooperación sobre la base de los principios emanados de la misma. En este caso, las referencias a tener en cuenta son las de la Apropiación, Alineamiento, Armonización, Gestión orientada a Resultados, y Mutua Responsabilidad, para cuyo examen se establecieron además una serie de indicadores específicos.
Cabe mencionar que en algunos casos la incorporación de los criterios de Paris se ha superpuesto de alguna manera a los del CAD/OCDE (1995) previamente mencionados. Esta yuxtaposición de criterios puede presentar cierta confusión a este respecto dificultando y entorpeciendo la selección de los mismos (MAEC, 2007; González et al., 2011).
Por nuestra parte, siguiendo la propuesta metodológica de Unceta et al. (2011) consideramos que, para el caso de las políticas (no de los proyectos), y teniendo en cuenta las tipologías de evaluación aplicables al caso, los criterios de evaluación que pueden ser de mayor utilidad o aplicabilidad son los siguientes: Pertinencia, Coherencia-Complementariedad, Armonización, y Transparencia-Participación. La Pertinencia se entiende como adecuación de la política al diagnóstico realizado, su relación con el contexto, la definición de los objetivos que se persiguen, y el análisis global de la lógica de intervención. Se trata en definitiva de examinar la consistencia de la política y su correcta fundamentación, algo fundamental para examinar el sentido de la misma e incluso su propia razón de ser como política diferenciada respecto de la que se lleva a cabo desde otros ámbitos. Además, el examen de pertinencia resulta importante para valorar incluso su propia consideración como política pública.
Por lo que se refiere a la Coherencia/Complementariedad, la misma se plantea en tres campos distintos: a) Coherencia interna de la propia política, lo que afecta a la adecuación de las propuestas de actuación y de los medios dispuestos a los objetivos planteados; b) Coherencia/complementariedad con las políticas de otras instituciones
que trabajan en el ámbito de la cooperación en diferentes niveles y ámbitos territoriales; y c) Coherencia/complementariedad con otras políticas de la propia administración que pueden afectar positiva o negativamente a los objetivos propuestos y llegar a ser contradictorias con la lógica de las intervenciones propuestas.
En cuanto a la Armonización, se entiende como coordinación tendente a simplificar y homologar procedimientos y a buscar economías de escala entre instituciones que trabajan en Cooperación al Desarrollo, especialmente en el ámbito de competencias de la política. Ello supone tener en cuenta los instrumentos desplegados por los distintos tipos de agentes e instituciones que participan de la puesta en marcha de la política, o cuyas actuaciones pueden verse favorecidas mediante una mejor coordinación de dichos instrumentos. Finalmente, la Transparencia/Participación se plantea en una doble dimensión: a) como calidad de la información pública aportada por los órganos responsables de la puesta en marcha y gestión de la política; y b) como capacidad de los distintos actores implicados de aportar e incorporar sus criterios y puntos de vista en las distintas fases de planificación, seguimiento y evaluación de la política. Consideramos que ambas cuestiones se encuentran íntimamente relacionadas especialmente en todos aquellos aspectos que afectan a la formación de opinión por parte, tanto de los agentes implicados, como del conjunto de la ciudadanía.
Sea como fuere, y más allá de los criterios de evaluación más adecuados a la hora de analizar políticas de cooperación, hemos de insistir en la necesidad de tomar los mismos como una guía, como una referencia para identificar aquellos aspectos que serán tenidos especialmente en cuenta. Ello no obstante, y como ya se ha indicado, la cuestión de los criterios debe tomarse con cautela a la hora del análisis ya que, como se ha señalado los mismos pueden convertirse a veces en atajos o convertirse en metas en sí mismos (Dahler-Larsen, 2007), perdiendo parte de su sentido original. Por el contrario consideramos que los criterios de evaluación constituyen plantillas de conocimientos que comunican lo que es política y socialmente deseable en un área de trabajo (Dahler-Larsen, 2007). Más adelante, en el apartado 2.4.3., volveremos sobre esta cuestión para explicar y delimitar las referencias adoptadas a este respecto para nuestro estudio de caso.