La obligación moral de recordar
3. Un argumento orientado hacia el presente
En esta sección presentaré el mejor argumento a favor de la obligación de recordar. El argumento que construiré no se encuentra en esta forma en ninguna discusión acerca de transiciones democráticas o de injusticias históricas. Pero rastros de él pueden ser vistos en aquellas posiciones que se concentran en los efectos que el olvido tiene sobre la calidad de las relaciones cívicas presentes. Esta preocupación no estuvo ausente del discurso de Weizsäcker frente al Bundestag:
si por nuestra parte intentáramos olvidar lo que ha ocurrido, en vez de recor- darlo, esto no sólo sería inhumano, también tendría un impacto en la fe de los judíos que sobrevivieron y destruiría las bases de la reconciliación.13
En un pasaje anterior del mismo discurso, Weizsäcker ya se había aproxi- mado al mismo punto en los siguientes términos: “la nación judía recuerda y siempre recordará, buscamos la reconciliación, precisamente por esta razón de- bemos entender que no puede haber reconciliación sin recuerdo”.
Este interés por la calidad presente de las relaciones entre ciudadanos es bastante útil, pues resuelve uno de los problemas que aquejaban al argumento orientado hacia el pasado, aclarando que aquellos a quienes algo, es decir el re- cuerdo, se debe no son tanto los muertos, sino los vivos. Entonces a pesar de que la obligación moral de recordar consiste en recodar a los muertos, es a sus des- cendientes a quienes debemos tal recuerdo. Esto representa un avance signifi ca- tivo en términos de claridad pues contribuye a su vez a resolver otra difi cultad: recuérdese que probablemente el reto más grande que un argumento a favor de la obligación de recordar ha de enfrentar, es el de ayudarnos a decidir qué es espe- cífi camente lo que debe ser recordado, y el argumento que ofrezco ayuda a hacer esto. Veamos cómo. La posición que defi endo gira en torno de los requisitos de las relaciones cívicas y se reduce a lo siguiente: tenemos la obligación de recordar todo aquello que no podemos esperar que nuestros conciudadanos olviden.
Obviamente, mucho depende del signifi cado de la expresión “lo que no po- demos esperar que nuestros conciudadanos olviden”. La expresión es ambigua; por un lado, tiene un sentido meramente predictivo; por otro, uno normativo que pueda a su vez ser explicado en diferentes términos, incluyendo lo que no podemos razonablemente esperar que nuestros conciudadanos olviden y en términos rela- cionados pero a la vez distintos, lo que sería injusto esperar que nuestros conciu- dadanos olviden. El sentido meramente predictivo es indefensible, pues deja una sociedad a la merced de cualquier cosa que un grupo particular, de facto persista en recordar. Aunque fi nalmente otro capítulo del libro del cual este trabajo hace parte defi ende la versión normativa de este argumento, entendiendo la justicia en términos de reconocimiento, podemos aproximarnos al argumento en los tér- 13 Weizsäcker, “Speech”, en: Bitburg, p. 266.
minos más blandos, pero también más accesibles de lo que no podemos razona- blemente esperar que otros olviden.
Este argumento a favor de recordar tiene varias características importantes: primero el argumento no descansa en ninguna teoría particular de la identidad individual o colectiva, pues no apela a una concepción particular de cómo nuestra identidad se encuentra entrelazada con un pasado problemático. El argumento trata esto como un problema práctico en última instancia, cualquiera sea la noción de identidad que queramos adoptar, es dudoso que tal noción pueda hacer mucho por disminuir la importancia para los descendientes del asesinato atroz de sus padres. Es factible pensar que no podemos razonablemente esperar que ellos lo olviden. El argumento tampoco descansa sobre una noción de responsabilidad colectiva o extendida por ejemplo, el argumento no afi rma que las generacio- nes posteriores deben recordar porque ellas son en algún sentido todavía respon- sables por lo que sucedió en el pasado. Por el contrario, el argumento afi rma que debemos recordar pues ésta es una manera de ganar la confi anza de aquellos cuyos antepasados fueron victimizados. Otra virtud de este argumento es que implica que no son ni los fi lósofos, ni los historiadores, ni los administradores públicos quienes han de decidir cuál es el pasado relevante que debe ser recordado, como si esto pudiera hacerse sobre la base de principios, de hechos o de consideracio- nes de conveniencia. Aunque estos factores y quienes los defi enden serán rele- vantes en las discusiones acerca de qué es lo que no sería razonable que algunos ciudadanos esperaran que otros olviden, el argumento se mueve en la dirección de resolver estas cuestiones mediante deliberaciones abiertas y públicas.
Este argumento a favor de la obligación de recordar tiene una virtud adi- cional: en lugar de fi jar de una vez por todas la obligación de recordar para siempre algunos eventos históricos particulares, el argumento puede acomodar percepciones cambiantes acerca de lo que merece ser recordado. Si a lo largo del tiempo, la centralidad de ciertos eventos comienza a ser desplazada en la vida de los descendientes agraviados, este hecho debilita la obligación de recordar tales eventos. Esto evita la necesidad de recordar mecánicamente eventos que conducirían a la banalización ritualizada de la memoria de esos hechos. El argu- mento también evita la necesidad de defi nir de antemano el término o la vigencia de las ofensas pasadas. Reconoce que algunos eventos, como el holocausto o la esclavitud, no se perderán de la memoria de la víctimas y sus allegados aun
después de generaciones. Pero algunos eventos lo harán: algunos eventos se desvanecerán de la memoria de las víctimas y de los allegados, y esto está bien. Después de todo, hay límites a todo aquello que nos puede preocupar y especial- mente a aquello a lo que podemos dar reconocimiento público, particularmente dada nuestra proclividad a crear nuevos agravios con el paso del tiempo. En todo caso el término o la vigencia de la obligación de recordar eventos particulares no es determinada por una regla, sino sobre todo por lo que a los ciudadanos mismos les importe lo sufi ciente como para tratar de persuadir a sus conciudadanos que estos eventos merecen ser reconocidos públicamente.
Por último, este argumento a favor de la obligación de recordar no sólo evade las complicaciones que afectaban a sus alternativas anteriores, sino que aclara los fundamentos normativos de tal obligación. Puede decirse que todos los argumentos en favor de la obligación de recordar constituyen esfuerzos por responder a la complicada pregunta de cómo puede ser posible restaurar la con- fi anza ciudadana después de violencia promovida o sancionada desde el Estado mismo. Los requisitos de las relaciones cívicas sobre los cuales el argumento se concentra son en resumen los requisitos de la confi anza ciudadana. La obliga- ción de recordar es precisamente el comienzo de los esfuerzos por satisfacer los requisitos de la confi anza ciudadana. Los ciudadanos se dan unos a otros razones para tenerse confi anza si muestran voluntad para reconocer públicamente un pasado atroz. Es decir, la forma de darle razones para participar en un proyecto ciudadano común a quienes tienen preocupaciones acerca de nuestra identidad política es demostrando disposición a refl exionar acerca de la constitución de nuestra identidad.
El argumento que he ofrecido a favor de la obligación de recordar incorpora también la intuición crucial que subyace al punto de vista según el cual tenemos una deuda con quienes no sobrevivieron; esta intuición, para mí, es acerca de la insufi ciencia radical de todas las medidas correctivas. El punto no es que nunca podemos estar seguros de que tales medidas correctivas sirvan, lo cual es cierto, sino que hay algo objetable en convertir el sufrimiento de otros en mera pedago- gía, no importa cuán importante pueda ser esta lección. Mi argumento acomoda esta intuición insistiendo que hay una forma de injusticia envuelta en tratar a otros como instrumentos pedagógicos; la confi anza social puede aumentar si hay voluntad de recordar a las víctimas, no sólo como una forma de expresarles
nuestra gratitud, sino nuestro sentido de pérdida. Carlos Thiebaut ha argumen- tado que en la moral, en comparación con otras formas de conocimiento, olvidar
por qué aprendemos es simplemente olvidar lo que aprendemos.14 Recordar el
sufrimiento de otros es entonces importante, independientemente de la noción de que tal sufrimiento no debería ocurrir nuevamente. La confi anza ciudadana puede ser fomentada si sabemos que aquellos en quienes confi amos no sólo están dispuestos a aprender de sus errores y ofensas, sino –más importante aún–, si sabemos que tienen una percepción aguda para detectar de antemano las con- secuencias de sus posibles transgresiones.
Sobra decir que darle un empujón al recuerdo, como he querido hacerlo aquí, todavía deja mucho trabajo complicado por terminar. Establecer que existe una obligación de recordar no dice nada acerca de cómo debe ser cumplida. El tema de cómo debemos darle expresión a la obligación moral de recordar es tema de otro trabajo diferente.
14 Carlos Thiebaut, “Derechos humanos: frágiles virtudes de la modernidad”, en: Jürgen Habermas,
Moralidad, ética y política. Propuestas y críticas, México D.F., Alianza Editorial, 1993, pp. 193-225.