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EL ARTÍCULO EN BÚLGARO Y EN ESPAÑOL

III. EL ARTÍCULO EN ESPAÑOL.

Tal y como señala Satorre Grau (2000: 273), «Es sobradamente conocida la polémica acerca de la naturaleza categorial del artículo entre los gramáticos, sobre todo en los últimos decenios. Su origen pronominal y su consecuente parentesco con los demostrativos y con los pronombres de tercera persona derivados de éste han provocado diferentes consideraciones».

Como advertía en la parte introductoria de este capítulo, no es mi intención ni tan siquiera repasar las interpretaciones más generales sobre la categorización del artículo, aunque cabe nombrar las más relevantes: el artículo ha sido considerado morfema nominal, pronombre (tanto término primario como secundario), palabra fronteriza, adjetivo determinativo y determinante31.

El artículo en mi estudio tiene cabida justamente porque, sea cual sea su función principal en la lengua, participa en el proceso de actualización, expresando formalmente el carácter definido del sintagma nominal con sustantivo explícito al que precede.

31 En relación con esta última consideración, creo interesante subrayar que Jiménez Juliá (2006: §3.3.4.) ha planteado que

el artículo habría creado un nuevo valor gramatical (el de una unidad átona, de posición fija, no expandible ni posibilitada de acoger derivaciones, y de expresión relajada) que sirvió de ejemplo para que las unidades que podían alternar con él en

III. 1. Forma.

El artículo en la lengua española tiene su origen en el antiguo demostrativo latino ille. Tras un proceso de gramaticalización, el artículo se manifiesta en la actualidad como una forma fonéticamente dependiente (es decir, como una unidad átona) que, sin embargo, ha mantenido su independencia gráfica. Dispone de formas variables de número (singular y plural) y conserva la triple distinción genérica característica del sistema nominal latino y del sistema pronominal del español (masculino, femenino y neutro).

El inventario de las formas del artículo de la lengua española contemporánea se representa en el siguiente cuadro.

Tabla 3. Formas del artículo en español.

Número singular Número plural Género masculino el los Género femenino la / el las Género neutro lo

Carácter átono. Dependencia fonética vs. Independencia gráfica. Las

formas del artículo, a pesar de gozar de independencia en la escritura, son fonéticamente dependientes. Nunca pueden estar empleadas de forma autónoma (sin otro elemento tónico pospuesto) por carecer de acento propio.

Son todas formas átonas que se pronuncian ligadas y apoyadas sobre la primera sílaba acentuada de la palabra que las sigue. Por consiguiente, son unidades lingüísticas átonas de carácter proclítico.

Flexión numérica y flexión genérica. El artículo en la lengua española

contemporánea presenta variantes numéricas y genéricas. Manifiesta doble variación de número sintagmático: singular y plural, y triple variación de género: masculino, femenino y neutro. En número plural, sólo es pertinente la distinción de género masculino y femenino.

El sistema nominal del español actual carece de género neutro. Por lo tanto, no todas las formas del artículo son formas concordantes: el artículo neutro no se combina nunca directamente con un elemento de naturaleza categorial sustantiva.

Así, las formas del artículo pueden describirse por doble oposición. En primer lugar, las formas concordantes (de género masculino y femenino), que pueden emplearse con sustantivos, se opondrían a la forma no concordante (de género neutro), que nunca funciona con sustantivos (ALCINA FRANCH 1989: 548-549). Y, en segundo lugar, dentro de las formas concordantes, actuaría la doble oposición de género característica del sistema nominal del español contemporáneo. Si bien es verdad que al observar el cuadro anterior pareciera que dicha oposición se neutraliza al tener cabida en la celda reservada para el femenino singular la aparente misma variante del masculino, no se trata aquí exactamente de una neutralización, sino de una variante original de género femenino, como explico más adelante.

Gradación. El artículo carece de la posibilidad de manifestar formas de

gradación adjetiva.

Forma no concordada: forma de género neutro. La existencia (o

conservación) de una forma de género neutro en el artículo ha originado cierta controversia sobre su propia condición (algunos lingüistas han llegado a

considerarla como una forma aparte de entre las demás formas del artículo), pero también está en la base de las distintas interpretaciones acerca del propio subsistema del artículo, de su naturaleza categorial y funcional.

Como el sistema nominal del español ha prescindido del género neutro, quedando éste presente únicamente en el sistema pronominal como un residuo o reminiscencia del sistema latino heredado, la forma de género neutro está inhabilitada para aparecer en un mismo sintagma contiguo a los elementos sustantivos.

Para Gutiérrez Ordóñez (1997: 229-254), el hecho de que se produzca la ausencia de secuencias “lo + sustantivo” está justificado por la inexistencia de

sustantivos neutros, por lo que se trataría de una disimetría idéntica a la que se registra en los demostrativos. Concluye su trabajo con la observación de que, exceptuando este hueco en el sistema, la forma “lo” aparece en los mismos entornos que el resto de las formas de artículo.

Estos mismos entornos responden a construcciones en las que no se manifiesta de forma explícita un sustantivo. Por consiguiente, el empleo de la forma de artículo de género neutro está reducido a la combinación con formas de adjetivo (de participio), con sintagmas preposicionales, y con estructuras oracionales subordinadas.

Dado que mi investigación sobre las marcas de determinación nominal identificadora está centrada exclusivamente sobre los sintagmas en los que aparece expresado explícitamente un sustantivo, el estudio de la forma de género neutro queda fuera de los márgenes de mi trabajo.

Ejemplos:

1) *lo árbol, *lo manzana, *lo azúcar, *lo harina.

2. a.) No se dijo que él estuviera implicado, pero tampoco lo contrario, (...) (MI, Ve) 2. b.) ― No quiero cosas prácticas. Todo lo práctico acaba matándome. (MI, Ga) 2. c.) (...) lo sucedido, más que un deterioro, era y es un cumplimiento (...) (MO, Pu) 3) (...) algo me tiene que salir, lo del taller de mi hermano, por ejemplo, (...) (GR, 04)

4. a.) ― Exactamente lo que oyes. (MI, Ag)

4. b.) Lo que siempre me ha fallado ha sido la sensatez, no el físico. (MO, Pu) 4. c.) (...) que no me tome al pie de la letra lo de hablar de la realidad. (MI, Pu)

Variantes de género femenino. En español, el artículo manifiesta dos

formas de género femenino en número singular: “la” y“el”.

La forma “el” es una variante etimológicamente femenina que se emplea únicamente en los casos en que el artículo precede de forma inmediata a un sustantivo que comienza por vocal tónica “a”, esté ésta representada gráficamente por “a-” o por “ha-”.

Causan excepción en esta práctica los antropónimos que tienen por referente a un ser humano de sexo femenino, así como la denominación de las letras del alfabeto “a” (la a) y “h” (la hache), y otros pocos sustantivos.

En todo caso, la forma del artículo de género femenino “el” está siempre restringida a los contextos en que precede inmediatamente a un sustantivo. Por tanto, si se interpone entre ellos una forma de adjetivo, se emplea la variante “la” (cfr. ej. N.º 6). También en algunos otros casos excepcionales se emplea el artículo con forma “la” en lugar de “el”; se trata de ciertas denominaciones en las que el artículo se ha lexicalizado como parte de las mismas (por ejemplo, La Haya). Se utiliza además el artículo “la” ante formas de adjetivo32, incluso si el

adjetivo es tratado como un apodo de mujer, por ejemplo, la Hábil (RAE 1991: 215).

Ejemplos:

5) El agua; el aula, el arpa; el haba; el habla extremeña; el hacha, el hambre, el

haya...

6. a.) El agua tibia; El aula de arriba; El habla extremeña; El hacha afilada;

El hambre de tantos; El haya de los bosques

6. b.) La esperada agua; La destartalada aula; La farragosa habla; La afilada

hacha; La alta haya

Formas apocopadas. En diversas etapas de la lengua española se registran

distintas amalgamas constituidas por la fusión de cualquiera de las preposiciones acabadas en vocal con la forma del artículo “el”, cuando el artículo sigue directamente a la preposición (ALCINA FRANCH 1989: 559-560).

En la escritura contemporánea del español esta práctica ha quedado sancionada únicamente cuando se trata de la combinación de esa forma del artículo con las preposiciones “a” y “de”. No obstante, en la lengua hablada son muchas otras las combinaciones de preposición y artículo en que se observan formas apocopadas. Por ejemplo: entre el, ante el, para el ... (ÁLVAREZ MARTÍNEZ 1989: 73).

Reducción vocálica: “al”. El fenómeno fonético conocido como reducción

vocálica, cuando concurren la preposición “a” y la forma del artículo “el” ha sido sancionado en la escritura de tal forma que se representa con la forma “al”.

Sinalefa: “del”. Actualmente la sinalefa que ocurre con la forma de la

preposición “de” y la del artículo “el” se sanciona en la escritura produciéndose la representación gráfica “del”.

Se tiende a evitar estas dos contracciones gráficas, sin embargo, cuando el artículo forma parte constituyente de una denominación nombre propio (vid. ej. N.º 9).

Ejemplos:

7. a.) Yo me asomaba a veces al establecimiento (...) (MI, Ag) 7. b.) Al alba; Se metió al agua

8. a.) Continuamos hablando del asunto (...) (MI, Ag) 8. b.) El sonido del arpa...

9. a.) Fuimos a El Salvador.

9. b.) (...), visiten cualquier merendero de El Hermel (...) (TO, 04)

III. 2. Función.

El artículo en la lengua española expresa gramaticalmente la determinación nominal identificadora del sintagma en que se emplea. Es decir, actúa como medio de formalización de determinación.

En español el artículo habilita un sustantivo para funcionar en posiciones temáticas e indica que el referente del sintagma sobre el que tiene ámbito es identificable unívocamente por los participantes del acto comunicativo. Por tanto, un sustantivo en número singular precedido de artículo puede funcionar como Sujeto en posición preverbal.

Sin embargo, la ocurrencia del artículo en un sintagma lo inhabilita para desempeñar la función de Complemento Directo (CD) en construcciones existenciales con el verbo “haber”33.

Según Garrido Medina (1987: I, 237) el llamado “artículo particularizador” (“individualizador” y “colectivo”), en número singular, indica que lo referido es una unidad única, individualizada e identificable en el acto de comunicación, mientras que, en número plural, señala que lo nombrado son varias unidades, pero identificables. Pero el artículo se puede emplear en combinación con un sustantivo en número singular para señalar el género o clase entera como una unidad, sin fraccionar, y en número plural para indicar el género como un conjunto fraccionado en unidades.

Este uso del artículo en enunciados “genéricos” es uno de sus principales signos de identidad en comparación con el demostrativo y el posesivo átono del español, ya que el artículo en número singular es la única, entre las tres marcas de determinación nominal analizadas del español, capaz de designar no ya una realidad concreta, determinada, sino la especie en su conjunto.

El artículo concuerda con el sustantivo al que determina en última instancia en número y género. Dado que siempre ocupa posición inicial en el sintagma nominal (salvo en combinación con el cuantificador universal), el artículo ejerce de anunciador del carácter determinado del sintagma, pero además también de las categorías de número y género.

Ejemplos:

10. a.) El hombre hizo varios borradores de circular (...) (MI, As)

10. b.) *hombre hizo varios borradores de circular.

11. a.) Ya hay empresas privadas que se dedican a gestionar (...) (MI, Cos)

III. 3. Características sintagmáticas.

Describo en este subapartado la distribución del artículo en el sintagma nominal: la posición que ocupan en el orden lineal con respecto al sustantivo y a otros constituyentes del sintagma y sus posibilidades combinatorias con estos últimos.