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ASIENTO EXTEMPORANEO U OMISION DE PARTIDA Acta notarial de requerimiento

In document Trabajo Notariado 2 Prontuario (página 68-76)

En la ciudad de Guatemala, el veinte de julio de dos mil cuatro, siendo las once horas en punto, GUSTAVO MARROQUÍN VARGAS, Notario, constituido en mi oficina profesional, ubicada en la cuarta avenida tres guión setenta de la zona uno, de esta ciudad, soy requerido por la señora MARIA ARGENTINCA VALDIVIESO MORATAYA DE PINEDA, de veintiocho años de edad, casada, guatemalteca, trabajadora social, de este domicilio, se identifica con la cédula de vecindad número A guión uno y registro novecientos mil ochenta y nueve, extendida por el Alcalde de Guatemala, departamento de Guatemala. La compareciente manifiesta que el objeto de su rogación es para que notarialmente y en jurisdicción voluntaria se tramiten las diligencias de ASIENTO EXTEMPORANEO de la partida de nacimiento de su hija menor de edad MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO, para lo cual procedo de la manera siguiente: PRIMERO: El infrascrito Notario le advierte a la requirente sobre la pena relativa al delito de perjurio, tras lo cual ella declara que el día nueve de febrero del año dos mil novecientos noventa y cinco nació, en esta ciudad capital, en la Clínica Buen Nacer, ubicada en la octava calle doce guión treinta de la zona veinticuatro, su hija MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO, es hija de la requirente y del señor CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON, quien nación en parto único y que oportunamente el nacimiento no fue inscrito en el Registro Civil de la ciudad de Guatemala, como correspondía. Con base en lo anterior, y tomando en cuenta lo prescrito en el Derecho cincuenta y cuatro guión setenta y siete, del Congreso de la República de Guatemala, solicita que, en jurisdicción voluntaria y en la vía notarial, se asiente la partida de nacimiento de su menor hija en el Registro, superándose así la omisión en que oportunamente se incurrió. SEGUNDO: La promovíente presenta, para efectos del tramite que solicita, los siguientes medios de prueba: DOCUMENTAL: a) Certificación de la partida matrimonio de los señores MARIA ARGENTINA VALDIVIESO MORATAYA DE PINEDA Y CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON, extendida por el Registrador Civil de esta ciudad capital; c) Certificación extendida por el Director de la Clínica Buen Nacer, en la que consta que el día nueve de febrero de mil novecientos noventa y cinco la señora MARIA ARGENTINA VALDIVIESO MORATAYA DE PINEDA dio luz a una niña, a quien se identifica con el nombre de MARIA DOLORES PINEDA VALDIESO, como consta en el carné de control en los servicios pediátricos de esa institución, de fecha uno de julio del presente año. TESTIMONIAL: Declaración de los señores IVAN ROBERTO GUDIEL BUENROSTRO Y KARLA CONCEPCION VARGAS BROY, quienes declaran de conformidad con el siguiente pliego de preguntas: PRIMERA PREGUNTA: Diga la testigo cuales son sus generales de ley; SEGUNDA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento la fecha, lugar y hora en que ocurrió el nacimiento de la menor MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO es hija de los señores MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA Y DEL SEÑOR CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON; CUARTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el parto de la niña MARIA DOLORES PINEDA VALDIESO fue atendido en la Clínica Buen Nacer de esta ciudad, QUINTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el nacimiento de MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO fue un parto único;

SEXTA PREGUNTA: Diga el testigo si es de su conocimiento que el hecho del nacimiento MARIA DE DOLORES PINEDA VALDIESO, no fue inscrito en el registro civil de esta ciudad oportunamente; SEPTIMA PREGUNTA: Diga el testigo si es de conocimiento el nombre, apellidos, origen y ocupación de los padres de la menor; TERCERA: Con base en todo lo expuesto, la promoviente solicita lo siguiente: a) Que con la presente acta notarial y documentos presentados, se inicie el expediente respectivo y se tengan por promovidas las diligencias voluntarias de asiento extemporáneo de partida de nacimiento de la menor MARIA DE DOLORES PINEDA VALDIESO; b) Que se tengan por ofrecidos los medios de prueba individualizados y por presentados los documentos que acompaña a la presenta acta; c) Que se reciban las declaraciones de los testigos propuestos y sean interrogados con base en las preguntas insertas anteriormente en la presente acta; d) Se dé intervención a la Procuraduría General de la Nación, como lo manda la ley, para que se pronuncie sobre estas diligencias y emita opinión; e) Que oportunamente se dicte el auto que en derecho corresponde, se mande a inscribir en el Registro Civil de Guatemala, departamento de Guatemala el hecho del nacimiento de la menor MARIA DOLORES PINEDA VALDIESO, para lo cual deberá remitirse certificación del auto duplicado; f) En su oportunidad, remítase el expediente, para su archivo y custodia, al Director del Archivo General de Protocolos. Termino la presente treinta minutos después de su inicio, en el mismo lugar y fecha, la que se encuentra contenida en dos hojas de papel bond, las cuales numero sello y firmo. Leo lo escrito a la promoviente, quien enterada de su contenido, objeto, validez y efectos legales, lo acepta, ratifica y firma con el

Notario que autoriza. Doy

FE……….

F)

Primera resolución

OFICINA PROFESIONAL DEL NOTARIO GUSTAVO MARROQUÍN VARGAS. CUARTA AVENIDA TRES GUION SETENTA DE LA ZONA UNO.

GUATEMALA, VEINTE DE JULIO DE DOS ML

CUATRO……… I) Con el acta notarial que antecede y documentación adjuntos, iníciese la información del expediente respectivo de ASIENTO, EXTEMPORANEO DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR MARIA DOLORES PINEDA VALDIESDO, promovido por su señor madre, MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA, II) Se tiene por presentados los documentos relacionados, descritos en el acta Notarial de mérito y por ofrecidos los medios de prueba individualizados. III) Por estimarse necesario óigase la declaración del padre menor; señores CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON; IV) Recíbase las declaraciones de los testigos propuestos por la promoviente, señores IVAN ROBERTO GUDIEL BUENROSTRO y KARLA CONCEPCION VARGAS BROY. V) Deseé audiencia a la Procuraduría General de la Nación, para que emita dictamen. VI) Concluido el trámite, díctese el auto correspondiente; VII) Compulse certificación del auto, en duplicado, para los efectos regístrales. VIII) Remítase oportunamente al Archivo General de Protocolos este expediente, para efectos de su conservación y custodia.

Artículos 66, 67, 69, 71, 72, 75, 128, 402 y 443 del Código Procesal Civil y Mercantil; 2 y 21 del Decreto 54-77 del Congreso de la República; Art. 369, 370, 378, 391 y 398 del Código Civil.

NOTIFIQUESE………..

Notificación

En la ciudad de Guatemala, el veinte de julio de dos mil cuatro, siendo las doce horas en punto, en mi oficina profesional ubicada en la cuarta avenida tres guión setenta, zona uno, de esta ciudad, notifiqué personalmente a: MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA, el contenido de la resolución de fecha de hoy, quien de enterada si firmó, entregándole copia de la misma. DOY FE………

Acta de declaración de testimonial

En la ciudad de Guatemala, el veinticinco de julio de dos mil cuatro, siendo las nueve horas en puntos, GUSTAVO MARROQUÍN VARGAS, Notario, constituido en mi oficina profesional, ubicada en la cuarta avenida tres guión setenta de la zona uno, de esta ciudad, soy requerido por el señor IVAN ROBERTO GUDIEL BUENROSTRO, de cuarenta y dos años de edad, casado, guatemalteco, economista, de este domicilio, se identifica con la cédula de vecindad número de orden A guión uno y registro seiscientos veinte mil trescientos sesenta y seis (A-1 620, 366), extendida por el Alcalde Municipal de Guatemala, departamento de Guatemala, quien comparece con el propósito de prestar declaración testimonial dentro de las diligencias voluntarias de OMISION O ASIENTO EXTEMPORANEO DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE LA MENOR MARIA DOLORES PINEDA VALDIESO, el cual es tramitado ante mis oficios, y para tal efecto procedo de la siguiente manera: PRIMERO: Procedo a juramentar al señor IVAN ROBERTO GUDIEL BUENROSTRO, con arreglo a la siguiente fórmula: ¿Prometéis, bajo juramento, decir la verdad en lo que fuereis preguntado?, a lo cual contesta: “ Sí, bajo juramento, prometo decir la vedad”. A continuación le hago saber lo relativo al delito de falso testimonio. Manifiesta se de los datos personales consignados, que no es pariente de la promoviente de estas diligencias ni de su esposo, que no tiene interés directo o indirecto en el asunto que se tramita, que no es amigo intimo ni enemigo de ninguno de ellos y que tampoco es trabajador domestico ni dependiente acreedor o deudor de la señora MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA o de su esposo; SEGUNDO: Procedo a recibir la declaración testimonial, con base en el pliego de preguntas que oportunamente se consigno dentro de este proceso, para lo cual procedo así: PRIMERA PREGUNTA: Ratifica sus generales de ley. SEGUNDA PREGUNTA: Responde que la “niña MARIA DE DOLORES PINEDA VALDIESO nació en la clínica el Buen Nacer, el nueve de febrero del año mil novecientos noventa y cinco a la nueve horas”. TERCERA PREGUNTA: Responde “ sí, la niña es hija de MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA y del señor CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON”.

CUARTA PREGUNTA: Responde “sí, nació en esa clínica. QUINTA PREGUNTA: Responde “sí, fue parto único. SEXTA PREGUNTA: Responde “sí, no procedieron a inscribirla en el Registro Civil”. SEPTIMA PREGUNTA: Responde que “ los nombres de cada uno de ellos son MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA y CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON, de veintiocho años y treinta años respectivamente, quienes son originarios de esta ciudad, trabajadores sociales, con residencia en la primera avenida uno guión once, zona uno, de esta ciudad capital.” OCTAVA PREGUNTA: Responde “porque los hechos me constan de manera personal, ya que somos vecinos”. Termino la presente acta Notarial, en el mismo lugar y fecha antes consignados, treinta minutos después de su inicio, la cual esta contenida en una hoja de papel español, la quien enterado de su contenido, objeto, valor y demás efectos legales, la acepta, ratifica y firma con el infrascrito Notario, quien de todo lo expuesto DA FE……….. Ante Mí: FIRMA Y SELLO

Resolución mediante la cual se remite expediente a la procuraduría general de la Nación

OFICINA PROFESIONAL DEL NOTARIO GUSTAVO MARROQUÍN VARGAS. CUARTA AVENIDA TRES GUION SETENTA DE LA ZONA UNO. GUATEMALA, VEINTE SEIS DE JULIO DE DOS ML CUATRO…………

I) En virtud de haber procedido a tomar las declaraciones respectivas de los testigos propuestos, en las diligencias notariales de jurisdicción voluntaria de omisión o asiento extemporáneo de partida de nacimiento de la menor MARIA DOLORES PINEDA VALDIESO, las que constan en actas. II) Desee audiencia a la Procuraduría General de la Nación para que emita opinión acerca de las presentes diligencias, para lo cual deberá notificarse previamente a los promoví entes. Expediente compuesto de 20 folios. Artículos 4 y 21 del Decreto 54-77 del Congreso de la República; 395 y 398 del Código Civil; 443 del Código Procesal Civil y Mercantil. NOTIFIQUESE……….

Notificación a los padres

En la ciudad de Guatemala, el veinte seis de julio de dos mil cuatro, constituido en mi oficina profesional ubicada en la cuarta avenida tres guión setenta, zona uno, de esta ciudad, siendo las nueve horas. NOTIFIQUÉ el contenido a los señores: MARIA ARGENTINA VALDIESO MORATAYA DE PINEDA y CARLOS ESTUARDO PINEDA DUBON, quienes enterados si firmaron, entregándoles

copia de la misma. DOY

FE……… .

Ante Mí:

Opinión de la Procuraduría General de la Nación

PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN GUATEMALA C. A.

NOTARIO GUSTAVO MARROQUÍN VARGAS

ASIENTO EXTEMPORÁNEO DEPARTIDA DE NACIMIENO TRÁMITE OTARIAL, ASUNTO DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE MARIA DOLORES PINERA VALDIVIESO

SOLICITA: MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO

La señora MARIA ARGENTINA VALDIVIESO MORATAYA DE PINEDA, promueve ante sus oficios notariales diligencias voluntarias de asiento extemporáneo de partida de nacimiento de su menor hija MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO, en vista de que oportunamente no se asentó la parida de su nacimiento en el Registro Civil correspondiente.

Obran en el expediente: 1) Documentos: a) Certificación de la partida de nacimiento de la solicitante y certificación de la partida en la que consta el matrimonio de la misma con su cónyuge y padre de la menor, con lo cual acredita localidad con que ejercita la patria potesad de su menor hija. b) certificación negativa de la inscripción de la partida de nacimiento, extendida por el Registrador Civil de esta ciudad; c)certificación extendida por el Director de la Clínica el Buen Nacer. 2) Testimonial: a) Declaración de los señores IVÁN ROBERTO GUDIEL BUENROSTRO y KARLA CONCEPCIÓN SALDOVAL BROY. En consecuencia esta institución, al evacuar la audiencia conferida,

OPINA

Que es procedente acceder a lo solicitado, por que deberá el Notario autorizante emitir resolución declarando con lugar las presentes diligencias, solicitando al Registrador Civil de esta ciudad proceda asienten extemporáneamente la partida de nacimiento de la menor MARIA DOLORES PINEDA VALDIVIESO, en la forma solicitada.

Artículos: 2, 3, 4, 5, 7, 21 del Decreto 54-77 del Congreso de la República; 1 del Decreto 25-97 del Congreso de la República; 369, 370, 378, 386 y 398 del Código Civil: 126, 128, 142, 164, 177 y 443 del Código Procesal Civil y Mercantil. Van 12 folios.

Guatemala 2 de agosto del año 2004. (f) fiscal auxiliar

Vo.Bo.

In document Trabajo Notariado 2 Prontuario (página 68-76)