Escándalo Monumental, en el que habla del milagro de los panes y de los peces, en el que por el precio de una sola campana, veinticinco mil euros, que es lo que le ha costado a la Iglesia Católica, a la Diócesis, a la Archidiócesis de Pamplona y de Tudela inmatricular estos más de mil inmuebles, han conseguido, si hablamos de templos, 651; de ermitas, 151; de basílicas, 9; de viviendas y casas, 42; de locales comerciales, almacenes, garajes, locales varios, 26; 2 atrios; 8 cementerios; 107 fincas solares y terrenos; 38 pastos, prados y helechales; 12 viñas, pinares, olivares, arbolados; y, cómo no, un frontón. Pues bien, la simple lectura de estos datos, como se dice en el libro, echa por tierra el principal argumento empleado por la Diócesis, cuando dice que los lugares de culto le han pertenecido desde siempre. ¿Y cómo justifica entonces la inmatriculación de más de doscientos inmuebles y solares que no son de culto? Casas locales, pastos, tierras de labor, arbolados no son lugares de culto y han accedido al Registro de la Propiedad por el famoso artículo esto es mío porque lo digo yo.
Se nos dice también que han sido iniciativa de la Iglesia, que la Iglesia y sus feligreses han costeado todo esto, y yo simplemente voy a citar, porque no tengo mucho más tiempo, algunos ejemplos emblemáticos. Se ha citado ya el caso de la capilla de San Fermín, de Pamplona, que en 1696 fue sufragada por el Ayuntamiento de Iruña, pero en el Ayuntamiento de Cascante no fue ningún obispo el que en sesión de 11 de junio de 1684 acordó reconstruir el templo de la Virgen del Romero pagando para ello doce mil ducados. Fue el Ayuntamiento de Tafalla, y no la Diócesis, el que en sesión de 24 de febrero de 1538 acordó edificar la nueva iglesia de Santa María y pago su construcción, y en 1592 pagó 5.114 ducados por el famoso retablo de Anchieta, que está en la misma. Pero es que hay paradojas tan sangrantes como la que se produjo en 1933 cuando el Gobierno republicano intentó expropiar a los jesuitas la iglesia de Jesús y de María, en la calle Compañía, de Iruña, el Ayuntamiento protestó diciendo que era propiedad del municipio y exigió al Estado, abro comillas, “que reponga al excelentísimo Ayuntamiento en la quieta y pacífica posesión de lo que es suyo”. Así se hizo y así se respetó. Sin embargo, en el año 2001 la Diócesis inmatriculó esta iglesia a su nombre, se la vendió al Ayuntamiento de Pamplona, que en 1933 le había dicho al Estado que era dueño y así se le respetó, por nada menos que 468.798 euros, y, además, un solar de dos mil metros cuadrados en San Jorge. ¿Cabe mayor despropósito sobre esta actuación?
Pero hay otros casos especialmente llamativos, como el que se produce en Ciriza, una localidad navarra de setenta habitantes, en la que en el año 2014 se inmatricularon no solo la iglesia, como se nos dice, sino las escuelas, el cementerio, la casa del cura, la casa del maestro, la antigua cárcel y, por si faltaba poco, la planta baja de la casa consistorial. Y fue también en la localidad de Eslava, con ciento veinte habitantes, donde, además de inscribir la ermita y la parroquia, un día la Diócesis inscribió veintinueve fincas rústicas con ciento veinte mil metros cuadrados, todo muy dedicado al culto también. Y qué decir de los bienes que fueron afectados por el pantano de Itoiz, de aquellas iglesias, de aquellas ermitas, de aquellos cementerios de Itoiz, de Nagore, de Artozki, de Muniain, de Orbaitz, por los cuales la Iglesia Católica recibió 1.679.000 euros.
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Y qué no decir de aquellos millones y millones de euros que a lo largo de todos estos años se han recibido desde las arcas públicas, desde los presupuestos públicos para la conservación, para la recuperación y para la reparación de Santa María la Real, de Ujué; de la catedral de Pamplona, que ya se ha dicho; de la catedral de Tudela; de la iglesia de San Saturnino, en Artajona, etcétera.
Por lo tanto, nosotros creemos que aquí hay mucha demagogia por parte de la Diócesis, del Arzobispado de Pamplona y de Tudela, porque, además, se ha estado negando la existencia de esos patronatos en los que participaban los poderes públicos, los poderes locales y luego la Iglesia ha dicho que eran suyos, que esto daba igual, que una cosa era la propiedad y otra cosa era cómo se estaba pagando. Pues bien, esos patronazgos fueron los que levantaron, los que ornamentaron, los que amueblaron y los que, en definitiva, pagaron todos esos bienes inmuebles. Y curiosamente, y esto hay que decirlo también bien alto y bien claro, la Iglesia Católica no ha tenido la misma vara de medir ni se ha metido con aquellos patronazgos en los que los otros patronos no eran los poderes públicos, no eran los Ayuntamientos, sino que eran patronos particulares, eran familias ricas de Navarra. A esos patronazgos, a esas personas se les ha respetado su propiedad y esos bienes no se han inmatriculado. No se han inmatriculado los de Bariáin, los de Oriz, los de Gerendiain, los de Etxalar, los de Iriberri, porque en ellos había familias ricas, familias de rancio abolengo en Navarra.
¿Por qué no se han respetado también los patronatos en los que estaban las entidades locales? Han echado mano de esos indefensos bienes públicos de los pueblos y no así a los de la propiedad privada. Y, desde luego, se ha llegado a la situación, como ya se ha dicho y hay un punto en la moción que yo creo que es importante, de que a pesar de que se ha cambiado la legislación por todas estas presiones al final nos hemos encontrado con que lo que se ha producido es una amnistía registral y se ha dicho: no hacemos borrón y cuenta nueva sino que respetamos todo lo que se haya producido hasta ahora, respetamos todo ese expolio, respetamos todo ese latrocinio. A esta situación hemos llegado.
Nosotros entendemos que todavía hay camino, que hay que seguir peleando por esto, que hay que seguir eliminando ese privilegio que hasta ahora tenía la Iglesia Católica, pero eliminándolo de verdad, eliminándolo de raíz.
Y quiero terminar con unas palabras de Jesús Lezáun, un sacerdote ya fallecido, que batalló durante los últimos tiempos de su existencia con este tema, porque, como decía él: esto, Adolfo, a mí me llega al corazón. Jesús Lezáun fue una institución entre esos creyentes navarros, y bien claro le dijo al Arzobispo más de una vez las palabras del Nazareno. Yo creo que incluso para quienes no somos creyentes estas palabras que repetía Jesús Lezáun de Mateo 6, 19‐21 son sintomáticas: “Dejaos de amontonar riquezas en la tierra donde la polilla y la carcoma los echan a perder, donde los ladrones abren boquetes y roban; en cambio amontonar riquezas en el cielo, donde ni la polilla ni la carcoma los echan a perder, donde los ladrones no abren boquetes ni roban, porque donde tengas tus riquezas tendrás el corazón. Desde luego, nosotros creemos que las riquezas son del pueblo, que las riquezas no son de la Iglesia Católica, que estos bienes pertenecen al pueblo y que tienen que dejar de robar.
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SRA. PRESIDENTA: Gracias, señor Araiz Flamarique. Turno ahora para el Partido Socialista de Navarra.
SRA. JURÍO MACAYA: Buenas tardes, señora Presidenta. Buenas tardes, señores Parlamentarios. En primer lugar, quiero agradecer a la señora Pérez que haya reconocido que por un defecto, por un olvido o por un problema que surgió, la moción hoy ha sido firmada también por nosotros, porque, efectivamente, los socialistas consideramos que la Iglesia Católica ha realizado un expolio de bienes, bienes que no son ni han sido nunca suyos. Esto se ha producido con base en una situación contraria a los principios democráticos más evidentes ya que se atribuye a la Iglesia el tratamiento de Administración Pública y se le da la potestad de inscribir como suyos bienes para los que no tiene ningún título de propiedad, con lo cual se le está situando en una Estado aconfesional a la misma altura que otros poderes del Estado. Esta situación se vio agravada con un decreto de Aznar de 1998, haciendo posible, como ya ha señalado la señora Pérez, lo que ni siquiera hizo Franco: facultar a la Iglesia Católica para poder inmatricular los templos destinados al culto católico. Franco no se atrevió a hacerlo, y lo hizo Aznar, un Gobierno del PP. Y ahora nos encontramos con esta situación en la que la Iglesia tiene a su nombre innumerables bienes que en realidad son propiedad de los pueblos en los que se encuentran. Esta es una situación paradójica, ya que gran cantidad de esos bienes han recibido a lo largo de los años mucho dinero público. Ha sido el dinero público, el dinero de todos, el que ha servido para su mantenimiento, para su reparación, incluso en muchas ocasiones para su construcción; en casi todas las ocasiones.
Además, nos preguntamos qué pasa con toda la riqueza, con todo el patrimonio cultural y artístico que se encuentra dentro de esas edificaciones. Esa es la razón de esta enmienda, de las plataformas que están trabajando, a las que aprovechamos para saludar en este momento. Y lo que se pretende con esta moción que hemos presentado es la reparación del daño causado. Y para ello solicitamos un listado de los bienes que la Iglesia ha inmatriculado, que se estudie bien por bien, porque nosotros no nos negamos a que la Iglesia pueda inmatricular, aquellos bienes para los que tenga título de propiedad o que haya recibido y de los que pueda adquirir la propiedad, pero no aquellos bienes públicos que ha ido expoliando y robando al pueblo y a las poblaciones en las que se encuentran. Entonces, vamos a estudiar cuáles son cada uno de esos bienes que ha ido inmatriculando para que aquellos bienes que sean de dominio público, comunales o bienes que históricamente han tenido la consideración de públicos se puedan revertir, dejando sin efecto las inmatriculaciones realizadas, porque tratándose de bienes públicos, tenemos que tener en cuenta que la propiedad no se adquiere por el uso, ese uso que ellos han dicho, el uso que daban al culto o el uso inmemorial, que no sabemos a qué usos inmemoriables hacen referencia. En cuanto a la propuesta de resolución, estamos diciendo que se cumpla un mandato que en el 2012 se solicitó al Gobierno de Navarra, que por fin se solicite y se obtenga del Ministerio de Justicia ese listado de los bienes que se han inmatriculado por la Iglesia.
También estamos de acuerdo en solicitarle a la Iglesia que proceda a la reversión de la propiedad. Es una declaración de voluntad más que todo. Porque aquí estamos hablando de cuestiones de fe, estamos hablando de la Iglesia, la Iglesia habla de fe, y al solicitar esa devolución voluntaria, realmente estamos haciendo una cuestión de fe y vamos a intentar y
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vamos a tener fe en que la Iglesia reconozca la tropelía que ha realizado sobre bienes de dominio público, de los que se ha apropiado indebidamente y los devuelva voluntariamente. Y por eso lo pedimos, aunque, sinceramente, creo que esto va a ser mucho más difícil que que la Iglesia nos defina por fin cuál es el sexo de los ángeles.
Sin embargo, a pesar de que hemos manifestado que no la firmamos, había algún problema también en cuanto al recurso de inconstitucionalidad que se solicita en el último punto de la propuesta de resolución de la moción. Respecto a este recurso, no podemos estar de acuerdo porque creemos que tenemos que ir con el mayor acuerdo posible en este tema, sobre todo, por los grupos firmantes, pese a que no entiendo todavía cómo UPN, el PP no lo sé porque lo ha ido manteniendo a lo largo del tiempo, puede justificar que no se devuelva a Navarra, a los diferentes pueblos, lo que legítimamente nos corresponde.
Pero creo que a pesar de todo esto discrepamos en este asunto porque también, como Parlamento, tenemos la obligación de ser serios en lo que pedimos. Ninguna plataforma, la Plataforma de defensa del patrimonio, ni Europa Laica que ha defendido estos temas, ha pedido nunca el recurso de inconstitucionalidad. Por eso creo que ahora nosotros no somos los que debemos ir sacando pecho por delante en una cuestión que creemos que, además, no se puede realizar. Siempre se nos ha pedido que hagamos declaraciones de voluntad, que manifestemos la voluntad política y que iniciemos los procedimientos en aquella medida para poder recuperar los bienes que legítimamente creemos que nos pertenecen, pero creemos que el recurso de inconstitucionalidad no cabe en este momento y por eso no vamos a votar a favor de ese punto.
Tampoco se define claramente contra qué artículo 206 de la ley hipotecaria se pretende el recurso de inconstitucionalidad. Realmente si es con el vigente, a partir de la modificación de 2015, creemos que se están equivocando. No creemos que estén pidiendo lo que antes pedían, que se derogue el anterior artículo 206 y que se deje sin efecto la prohibición que ahora tiene la Iglesia de inmatricular bienes. Nos gustaría que nos aclarasen si es el actual 206, porque creemos que no pueden hacerlo así porque entonces mantendría vigor el anterior 206. Y en el caso de que sea el artículo 206 de la anterior ley hipotecaria, creemos que no es posible por cuestiones puramente jurídicas. Aquello que no está en la legislación no se puede recurrir. Nos pueden decir que nosotros tuvimos en nuestra mano la posibilidad en su día de recurrirlo. Pues mire, el artículo 206 anteriormente vigente, por cuestión de forma, también era imposible recurrirlo, porque el Tribunal Constitucional, con aquellas leyes preconstitucionales, como es esta, dio un plazo de 1980 a 1983 para que se pudiesen recurrir. No se recurrieron y entonces adquirieron validez, con lo que posteriormente no se pueden recurrir. Sí que reconocimos que habíamos incurrido en algún error con la modificación del artículo 5 del reglamento hipotecario a raíz de la modificación realizada por el señor Aznar en el año 1998. Tratamos de paliarlo con las enmiendas que se presentaron al artículo 206 de la actual ley hipotecaria, que se hizo la modificación en el 2015, tratando de revertir esa situación, que hubiera un reconocimiento por parte de todos y por parte del Gobierno de que se había actuado inadecuadamente y que se devolvieran esos bienes. Y también hemos presentado en el Congreso de los Diputados proposiciones no de ley para poder obtener la reversión de los
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bienes de dominio público mediante la presentación de títulos de propiedad de cada uno de ellos.
Llegados a este punto, nos hemos topado con el Constitucional, y con el Constitucional pienso que vamos a dejar la fe de un lado y vamos a ser serios. Otra cosa es que podamos plantear otras cuestiones como pueden ser las diferentes cuestiones de inconstitucionalidad, que en algún momento se pueden solicitar y puede haber algún tribunal o juez valiente que lo plantee, con lo que los efectos serían los mismos, pero habría que hacerlo caso por caso. Por eso vamos a votar en contra de este punto, si tiene a bien admitir la votación por puntos, o sea, que se vote independientemente solamente el último punto de la propuesta de resolución. Gracias.
SRA. PRESIDENTA: Gracias, señora Jurío Macaya. Turno ahora para Izquierda‐Ezkerra. Señora De Simón Caballero.
SRA. DE SIMÓN CABALLERO: Gracias, señora Presidenta. Arratsalde on. Con esta moción, que apoyamos y presentamos, ratificamos e insistimos en nuestro propósito de que la Iglesia Católica devuelva al pueblo los bienes que ha usurpado no voy a decir de manera irregular, porque la ley se lo ha permitido, se lo ha permitido porque hay responsables que han permitido que las leyes en este año, en el siglo XXI, se mantengan aun siendo inconstitucionales y, por lo tanto, eso es lo que hay.
Esa moción insta al cumplimiento de la resolución que ya se aprobó aquí el 15 de junio de 2012, por lo tanto, tenemos que insistir en que se cumpla. Pero es que, para nosotros, es tan simple, es tan sencillo, es tan incongruente, es tan incomprensible que esta situación se siga produciendo en el siglo XXI, en el año actual, que simplemente con decir que se cumpla la Constitución en su artículo 14 y su artículo 16 sería suficiente, porque nosotros estamos convencidos, en contra de lo que ahora argumentaba la portavoz del Partido Socialista, de la inconstitucionalidad de algún artículo de la ley hipotecaria y de su desarrollo. En concreto, la inconstitucionalidad del artículo 206, lo han dicho hoy aquí, estamos hablando de una norma preconstitucional, y del artículo 304 del reglamento, que legitima a los diocesanos a expedir certificaciones de la propiedad, algo que es insólito, es admisible.
Decía la portavoz del Partido Socialista que tiene dudas sobre los recursos de inconstitucionalidad. Yo le quiero recordar al Partido Socialista que el Grupo Parlamentario de Izquierda Unida, junto con ustedes, ha presentado en Andalucía una propuesta para presentar un recurso de inconstitucionalidad precisamente contra los artículos que acabo de mencionar. O sea que aclárense ustedes, porque la verdad es que a veces me mareo. Lo que sí es cierto es que en los años que llevamos de democracia siguen en vigor leyes preconstitucionales y hemos tenido tanto al Partido Socialista como al Partido Popular en el poder, o sea que aquí que cada palo –permítanme la expresión– aguante su vela. Pero no voy a insistir más en esto porque de lo que se trata ahora es de avanzar. Como decía, para nosotros es tan simple y tan sencillo como derogar el artículo 206, por cierto, con efectos retroactivos, y el artículo 304. Todo lo que hagamos lo haremos con retraso, con muchísimo retraso, porque hubiese sido mucho más fácil, una vez proclamada la Constitución, haber empezado a trabajar, haber revisado cada uno de los bienes y definir de quién es la