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1  CAPÍTULO I – CARACTERÍSTICAS DE LA TITULARIZACIÓN Y DE LOS VALORES, CONDICIONES Y

1.1   INFORMACIÓN GENERAL 21

1.3.1   CANTIDAD DE VALORES OFRECIDOS Y MONTO DE LA EMISIÓN 32

La Emisión constará de cien mil (100.000) Valores equivalentes a cien mil millones de Pesos (COP 100.000.000.000).

1.3.2 DENOMINACIÓN, VALOR NOMINAL E INVERSIÓN MÍNIMA

Los Valores estarán denominados en moneda legal colombiana (“Pesos”). El Valor Nominal de cada Título de Contenido

Crediticio será de un millón de Pesos (COP 1.000.000).

La Inversión Mínima en el mercado primario será la equivalente al valor de diez (10) Valores, es decir, diez millones de

Pesos (COP 10.000.000). Cada valor deberá expedirse por un número entero de Valores.

En caso que se realicen amortizaciones parciales, la Inversión Mínima será el equivalente al monto del capital insoluto

correspondiente a diez (10) Valores de la respectiva serie, y los montos deberán ser expresados en múltiplos de un (1)

Valor.

En consecuencia, no podrán realizarse operaciones en el mercado primario ni en el mercado secundario, por montos

inferiores al equivalente al monto del capital insoluto correspondiente a diez (10) Valores.

1.3.3 PRECIO DE SUSCRIPCIÓN

El Precio de Suscripción de los Valores será el precio que pagarán los Inversionistas por la suscripción de los Valores. El

Precio de Suscripción podrá ser “a la par” cuando sea igual al Valor Nominal del Valor, “con prima” cuando sea superior al

Valor Nominal, o “con descuento” cuando sea inferior al Valor Nominal. El Precio de Suscripción de los Valores se calculará

como el valor presente de sus flujos de intereses y de capital estimados a la Fecha de Suscripción de la respectiva Oferta

Pública, descontados a la Tasa de Descuento correspondiente expresada como una tasa efectiva anual y de acuerdo con la

convención aplicable para el pago de intereses.

Cuando la suscripción se realice en una fecha posterior a la Fecha de Emisión, el Precio de Suscripción de los Valores

estará conformado por el valor presente de sus flujos de intereses y de capital estimados a la Fecha de Suscripción de la

respectiva Oferta Pública, más los intereses causados y calculados sobre el Valor Nominal de los Valores a suscribir a la

Tasa Cupón, calculados durante el menor de los siguientes períodos: a) el período entre la Fecha de Emisión y la Fecha de

Suscripción o b) el período entre la fecha del último pago de intereses y la Fecha de Suscripción.

El Precio de Suscripción de los Valores se definirá en el Aviso de Oferta Pública y deberá ser pagado íntegramente al

momento de la suscripción.

1.3.4 SERIES EN QUE SE DIVIDE LA EMISIÓN

La emisión de Valores consta de una (1) serie con las siguientes características:

Serie A: Los Valores estarán emitidos en Pesos, devengarán un interés determinado con base en una tasa fija, y su capital

se podrá amortizar parcialmente hasta la Fecha de Vencimiento Máximo de los Valores. Las amortizaciones parciales

realizadas dentro del primer año calendario contado a partir de la Fecha de Emisión de los Valores no podrá exceder el

treinta por ciento (30,00%) del Valor Nominal del Valor. El valor mínimo de las amortizaciones parciales, expresado en

términos porcentuales del Valor Nominal de cada Valor, será del cero por ciento (0,00%). El valor máximo de las

amortizaciones parciales, expresado en términos porcentuales del Valor Nominal de cada Valor, será del ciento por ciento

(100,00%). La sumatoria total de las amortizaciones parciales corresponderá al ciento por ciento (100,00%) del Valor

Nominal de cada Valor. El cronograma estimado de amortización será incluido en el Aviso de Oferta Pública. No obstante lo

anterior, el cronograma de amortizaciones podrá variar frente al cronograma estimado de acuerdo con las reglas para la

amortización de capital que serán definidas en el numeral 1.3.8, Capítulo I, Primera Parte del presente Prospecto de

Información. La periodicidad de las amortizaciones podrá diferir de la periodicidad de pago de intereses.

De acuerdo con el artículo 5.6.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010, el plazo de redención final de los Valores no será inferior a un

(1) año. No obstante lo anterior podrá efectuarse amortizaciones parciales a término inferior a un (1) año, siempre que la

sumatoria de las mismas no supere el treinta por ciento (30,00%) del valor del capital (Valor Nominal) del Valor.

1.3.5 PLAZO DE LOS VALORES

La Fecha de Vencimiento Máximo de los Valores es el 31 de diciembre de 2021 y la Fecha de Vencimiento Estimado es el

30 de junio de 2019.

1.3.6 RENDIMIENTO DE LOS VALORES

El rendimiento de los Valores deberá reflejar las condiciones del mercado vigentes en la fecha de las ofertas públicas de los

mismos, cumpliendo con los lineamientos señalados en el Reglamento de Emisión y Colocación que serán determinados en

el Aviso de Oferta Pública.

La Tasa de Rendimiento Máxima Ofrecida de los Valores podrá estar dada por la combinación de pago de intereses y un

descuento sobre el Valor Nominal del Valor, el cual deberá publicarse en el Aviso de Oferta Pública, conforme con los

parámetros generales para la Emisión y colocación aprobados en el Reglamento de Emisión y Colocación.

En el evento en que, durante la vigencia de los Valores, el Fideicomiso Emisor no realizara uno o varios de los pagos de

intereses correspondientes en la fecha establecida para el pago de los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el Aviso

de Oferta Pública, dichos intereses se continuarán causando mensualmente a la Tasa Cupón y se pagarán una vez el

Fideicomiso Emisor cuente con los recursos necesarios para realizar los pagos de intereses correspondientes y a más tardar

en el plazo máximo de los Valores (o Fecha de Vencimiento Máximo).

El no pago de los intereses de los Valores antes de la Fecha de Vencimiento Máximo no causará intereses de mora, ni la

aceleración del plazo, ni el incumplimiento de los Valores.

Si existiera un saldo de capital pendiente de pago, una vez transcurrida la Fecha de Vencimiento Máximo de los Valores,

cesará la causación de intereses de plazo, los Valores se considerarán vencidos y comenzarán a causarse mensualmente

intereses de mora a la tasa máxima legal permitida sobre el monto de capital vencido.

Serie A

El rendimiento de los Valores de la Serie A estará dado por una tasa fija en términos de interés efectivo anual.

Los Valores de la Serie A ofrecerán una Tasa de Rendimiento Máxima de hasta doce puntos porcentuales (12,00%) efectivo

anual.

La Tasa Cupón será del ocho coma sesenta y cinco por ciento (8,65%) Nominal Anual Mes Vencido.

1.3.7 PERIODICIDAD Y MODALIDAD DEL PAGO DE LOS INTERESES

La Modalidad de Pago de los Intereses será vencida. La Periodicidad de Pago de los Intereses será Mensual.

De acuerdo con el numeral primero del artículo 6.1.1.1.5 del Decreto 2555 de 2010, cuando sea necesario ajustar los

periodos de pago de intereses a los flujos de caja del Activo Subyacente, los periodos para el primer y/o el último pago de

intereses podrán ser diferentes a los previstos para los demás periodos de la emisión, lo cual será establecido en el Aviso de

Oferta Pública.

Los intereses se calcularán desde el día del inicio del respectivo período y hasta el día inmediatamente anterior a la fecha de

pago de intereses. Se entenderá por inicio del respectivo período, la Fecha de Emisión para el primer pago de intereses y,

para los siguientes pagos de intereses, se entenderá como fecha de inicio, la fecha de pago de intereses del período

inmediatamente anterior.

Para efectos de pago de rendimientos, se entiende por mes el período comprendido entre la fecha de pago de intereses y la

misma fecha un (1) mes después.

Para el cálculo de los intereses, la Tasa Cupón se aplicará al Monto en Circulación al inicio del periodo respectivo.

Al valor correspondiente a los intereses causados y por pagar se le hará un ajuste a una cifra entera, de tal forma que

cuando hubiese fracciones en centavos, éstas se aproximarán al valor entero superior o inferior más cercano, expresado en

Pesos.

De acuerdo con el artículo 6.1.1.1.5 del Decreto 2555 de 2010:

 Los intereses sólo podrán ser pagados al vencimiento del período objeto de remuneración.

 Los intereses se calcularán en la convención 365/365 días, es decir, años de 365 días, de doce meses (12), con la

duración mensual calendario que corresponda a cada uno de éstos; excepto para la duración del mes de febrero, que

corresponderá a veintiocho (28) días.

 La Tasa Cupón será expresada con dos (2) decimales en una notación porcentual.

 El factor que se utilice para el cálculo y la liquidación de los intereses, será de seis (6) decimales aproximados por el

método de redondeo, ya sea como una fracción decimal (0,000000) o como una expresión porcentual (0,0000%).

Para el caso en que la fecha de pago de intereses, excepto la última, corresponda a un día no hábil, el pago de intereses se

realizará el siguiente Día Hábil y no se realizará ningún ajuste a los intereses.

Para el caso en que el día de vencimiento del último pago de intereses corresponda a un día no hábil, el Fideicomiso Emisor

reconocerá intereses hasta el Día Hábil siguiente, día en que se deberá realizar el pago.

Los Valores devengarán intereses únicamente hasta la fecha de su vencimiento cumpliendo con el procedimiento

establecido en el presente Prospecto de Información. No habrá lugar al pago de intereses por el retardo en el cobro de

intereses o capital, salvo por la mora causada por situaciones originadas por el Fideicomiso Emisor, caso en el cual el

Fideicomiso Emisor reconocerá intereses por mora a la máxima tasa permitida legalmente.

Para efectos del cómputo de plazos de los Valores, se entenderá, de conformidad con el artículo 829 del Código de

Comercio (Decreto 410 de 1971), que: “Cuando el plazo sea de meses o de años, su vencimiento tendrá lugar el mismo día

del correspondiente mes o año; si éste no tiene tal fecha, expirará en el último día del respectivo mes o año. El plazo que

venza en día feriado se trasladará hasta el Día Hábil siguiente”. El día de vencimiento será hábil dentro del horario bancario.

El día sábado se entenderá como no hábil.

1.3.8 AMORTIZACIÓN DE CAPITAL

El capital de los Valores se podrá amortizar parcialmente hasta la Fecha de Vencimiento Máximo de los Valores. Las

amortizaciones parciales realizadas dentro del primer año calendario contado a partir de la Fecha de Emisión de los Valores

no podrá exceder el treinta por ciento (30,00%) del Valor Nominal del Valor. El valor mínimo de las amortizaciones parciales,

expresado en términos porcentuales del Valor Nominal de cada Valor, será del cero por ciento (0,00%). El valor máximo de

las amortizaciones parciales, expresado en términos porcentuales del Valor Nominal de cada Valor, será del ciento por

ciento (100,00%). Las amortizaciones parciales sumarán en su totalidad el ciento por ciento (100,00%) del Valor Nominal de

cada Valor. El cronograma estimado de amortización será incluido en el Aviso de Oferta Pública de la Emisión. No obstante

lo anterior, el cronograma de amortizaciones podrá variar frente al cronograma estimado de acuerdo con el cumplimiento de

las reglas para la amortización de capital definidas en el presente numeral. La periodicidad de las amortizaciones podrá

diferir de la periodicidad de pago de intereses.

De acuerdo con el artículo 5.6.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010, el plazo de redención final de los Valores no será inferior a un

(1) año. No obstante lo anterior podrán efectuarse amortizaciones parciales a término inferior a un (1) año, siempre que la

sumatoria de las mismas no supere el treinta por ciento (30,00%) del valor del capital (Valor Nominal) del Valor.

Las amortizaciones parciales se realizarán de acuerdo con las reglas definidas en la cascada de pagos que se detalla en el

numeral 1.2.3, Capítulo I, Primera Parte, del presente Prospecto de Información.

En cualquier tiempo de la vigencia de la Emisión, el Fideicomiso Emisor, previa solicitud de Inversiones ConConcreto S.A., y

con los recursos que éste suministre, podrá adquirir los Valores ofrecidos bajo la presente Emisión siempre que dicha

operación sea realizada a través de la BVC. La posibilidad del Fideicomiso Emisor de readquirir sus propios Valores no

obliga a los Inversionistas a su venta. Dicha adquisición implica la amortización extraordinaria de los Valores y serán

entregados para su anulación y no podrán ser reemitidos ni revendidos, por cuanto opera la confusión debido a que concurre

en el Fideicomiso Emisor la calidad de acreedor y deudor. En este evento, las obligaciones del Fideicomiso Emisor en

relación con dichos Valores se extinguirán en los términos establecidos en el párrafo segundo del artículo 2 de la Ley 964 de

2005.

Transcurridos dos (2) meses calendario, contados desde la Fecha de Vencimiento Máximo de los Valores, el Fideicomiso

Emisor podrá obtener la cancelación de la inscripción en el Registro Nacional de Valores y Emisores de valores diferentes a

acciones, inclusive si no ha sido posible la redención de uno o varios Valores de la Emisión por inactividad del Inversionista

en ejercicio de sus derechos, para lo cual deberá dar cumplimiento a los requisitos previstos en el artículo 5.2.6.1.8 del

Decreto 2555 de 2010, o los establecidos en las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.

1.3.9 LUGAR DE PAGO DE CAPITAL E INTERESES

El capital y los intereses serán pagados por el Agente de Manejo como vocero del Fideicomiso Emisor a través de Deceval,

utilizando la red de pagos de éste. Lo anterior significa que los recursos recibidos por Deceval del Fideicomiso Emisor serán

cancelados a través del Depositante Directo que maneje el portafolio del Inversionista. Los Inversionistas de los Valores,

deberán tener la calidad de Depositante Directo con servicio de administración de valores o estar representando por un

Depositante Directo con dicho servicio.

Las acciones para el cobro de los intereses y del capital de los Valores prescribirán, de conformidad con el artículo 6.4.1.1.39

del Decreto 2555 de 2010, en cuatro (4) años contados desde la fecha de su exigibilidad.

1.3.10 VALORACIÓN DE LOS VALORES EMITIDOS

La propuesta de valoración no implica responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia en

caso de adoptarse lo allí establecido ni sobre el precio, bondad o negociabilidad de los títulos.

El valor o precio justo de intercambio de mercado del respectivo valor se debe estimar o aproximar mediante el cálculo de la

sumatoria del valor presente de los flujos de caja por concepto de intereses y capital, de acuerdo con el siguiente

procedimiento:

1.3.10.1 ESTIMACIÓN DE FLUJOS DE CAJA POR CONCEPTO DE INTERESES Y CAPITAL

El Agente de Manejo tendrá la responsabilidad de estimar y publicar el Informe de Proyección de Flujo de Caja que servirá

de referencia para la valoración de los Valores. Esta publicación se presentará en la forma de un informe que contendrá las

siguientes secciones: i. Detalle del Flujo de Caja del Activo y Flujo de Caja del Pasivo desde la Fecha de Emisión hasta la

fecha de corte del informe; ii. Detalle de los nuevos supuestos de Inflación utilizados para la nueva estimación (se publicarán

tanto las curvas de Infoval utilizadas, como su fecha de referencia y el resultado de la estimación para cada uno de los

meses restantes) y; iii. Detalle de la proyección de los Cánones de Arrendamiento y Aportes Futuros que realizará cada

Fideicomiso Originador. La estimación se realizará cada vez que: i. se conozca la Inflación de referencia con la cual se

calculará el reajuste de los Cánones de alguno de los Contratos de Arrendamiento; o ii. haya ajustes que, de acuerdo con el

criterio del Agente de Manejo, sean materiales y supongan una modificación sustancial en los Flujos de Caja del Activo y/o

en los Flujos de Caja del Pasivo.

Siempre que se conozca la Inflación de referencia para el reajuste de alguno de los Cánones de Arrendamiento, ésta se

usará para estimar el próximo ajuste. Los ajustes subsecuentes para cada uno de los Contratos de Arrendamiento se

realizarán con base en la Inflación estimada haciendo uso de la metodología utilizada en la construcción del Escenario Base

Inicial de Inflación. Las curvas de Infoval que se tomen como referencia serán aquellas que estén vigentes el día de dicha

estimación.

El Informe al que se hace mención en este numeral deberá ser publicado por el Agente de Manejo en su página de internet

dentro de los cinco (5) Días Hábiles siguientes a la fecha de ajuste. Este informe deberá ser presentado en formato de Excel

en cualquiera de sus versiones.

En el caso en que exista un incumplimiento en algún Contrato de Arrendamiento se asumirá, para efectos de la valoración y

de este informe, que el arrendatario se sustituirá en un plazo de seis (6) meses.

En el caso en que alguno de los Fideicomisos Originadores notifique al Agente de Manejo de la no realización del aporte por

parte de Inversiones ConConcreto S.A., y sea necesario liquidar el Inmueble, se asumirá que el Inmueble es liquidado al

cabo de seis (6) meses al valor establecido para ese momento de acuerdo con el mecanismo de ajustes automáticos

definidos en los contratos de fiducia de cada Fideicomiso Originador.

1.3.10.2 DETERMINACIÓN DEL FACTOR DE DESCUENTO

La metodología para la determinación del factor de descuento es aquella establecida de acuerdo con lo dispuesto por la

Superintendencia Financiera de Colombia y la BVC.

1.3.11 DEFINICIÓN DEL ESCENARIO BASE INICIAL

Las variables que definen la evolución del Flujo de Caja del Activo y del Flujo de Caja del Pasivo son tres, a saber: Inflación,

los Contratos de Arrendamiento y los Aportes Futuros.

1.3.11.1 INFLACIÓN

La senda de Inflación que se toma como base para proyectar los flujos de caja de los Contratos de Arrendamiento y para

proyectar el ajuste en el valor de los Inmuebles que sirven de soporte, fue calculada como la Inflación implícita (Inflación

break-even) que se deriva del diferencial para cada mes de proyección entre las curvas de rendimiento de los TES-B Tasa

Fija y los TES-B UVR que resultan de aplicar las curva publicadas por Infoval usando la metodología de Nelson y Siegel.

Una vez proyectadas estas curvas, la Inflación implícita en términos anuales continuos para cada periodo será la diferencia

aritmética entre ambas curvas para cada plazo (las tasas arrojadas por el modelo de Nelson y Siegel son tasa continuas).

Para encontrar la Inflación en términos efectivos anuales, se realiza el ajuste respectivo desde una tasa anual continua a una

tasa efectiva anual. El ajuste es el siguiente:

Donde:

= Tasa de Inflación efectiva anual.

= Tasa de Inflación anual continua.

A continuación se presenta la proyección mensual de la inflación 12 meses correspondiente al Escenario Base Inicial.

Fecha IPC Fecha IPC Fecha IPC Fecha IPC

30/11/10 1,23% 31/05/13 2,86% 30/11/15 3,59% 31/05/18 3,87% 31/12/10 1,30% 30/06/13 2,90% 31/12/15 3,61% 30/06/18 3,88% 31/01/11 1,37% 31/07/13 2,93% 31/01/16 3,62% 31/07/18 3,88% 28/02/11 1,44% 31/08/13 2,97% 29/02/16 3,64% 31/08/18 3,89% 31/03/11 1,51% 30/09/13 3,00% 31/03/16 3,65% 30/09/18 3,89% 30/04/11 1,58% 31/10/13 3,03% 30/04/16 3,66% 31/10/18 3,90% 31/05/11 1,65% 30/11/13 3,06% 31/05/16 3,67% 30/11/18 3,90% 30/06/11 1,71% 31/12/13 3,10% 30/06/16 3,69% 31/12/18 3,91% 31/07/11 1,78% 31/01/14 3,13% 31/07/16 3,70% 31/01/19 3,91% 31/08/11 1,84% 28/02/14 3,15% 31/08/16 3,71% 28/02/19 3,91% 30/09/11 1,90% 31/03/14 3,18% 30/09/16 3,72% 31/03/19 3,92% 31/10/11 1,96% 30/04/14 3,21% 31/10/16 3,73% 30/04/19 3,92% 30/11/11 2,02% 31/05/14 3,24% 30/11/16 3,74% 31/05/19 3,92% 31/12/11 2,08% 30/06/14 3,26% 31/12/16 3,75% 30/06/19 3,93% 31/01/12 2,13% 31/07/14 3,29% 31/01/17 3,76% 31/07/19 3,93% 29/02/12 2,19% 31/08/14 3,31% 28/02/17 3,77% 31/08/19 3,93% 31/03/12 2,24% 30/09/14 3,33% 31/03/17 3,78% 30/09/19 3,94% 30/04/12 2,29% 31/10/14 3,36% 30/04/17 3,79% 31/10/19 3,94% 31/05/12 2,34% 30/11/14 3,38% 31/05/17 3,79% 30/11/19 3,94% 30/06/12 2,39% 31/12/14 3,40% 30/06/17 3,80% 31/12/19 3,94% 31/07/12 2,44% 31/01/15 3,42% 31/07/17 3,81% 31/01/20 3,95% 31/08/12 2,49% 28/02/15 3,44% 31/08/17 3,82% 29/02/20 3,95% 30/09/12 2,53% 31/03/15 3,46% 30/09/17 3,82% 31/03/20 3,95% 31/10/12 2,58% 30/04/15 3,48% 31/10/17 3,83% 30/04/20 3,95% 30/11/12 2,62% 31/05/15 3,50% 30/11/17 3,84% 31/05/20 3,96% 31/12/12 2,67% 30/06/15 3,51% 31/12/17 3,84% 30/06/20 3,96% 31/01/13 2,71% 31/07/15 3,53% 31/01/18 3,85% 31/07/20 3,96% 28/02/13 2,75% 31/08/15 3,55% 28/02/18 3,86% 31/08/20 3,96% 31/03/13 2,79% 30/09/15 3,56% 31/03/18 3,86% 30/09/20 3,96% 30/04/13 2,83% 31/10/15 3,58% 30/04/18 3,87% 31/10/20 3,96%

Fuente: Curvas Infoval. 25/05/2010. Cálculos BIB. Fecha de Referencia : 30/09/10

1.3.11.2 CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO

En el Escenario Base Inicial se asume que los Contratos de Arrendamiento se cumplen y se desarrollan en los términos

establecidos en los mismos, es decir, los Cánones de Arrendamiento se reciben en las fechas y por las sumas establecidas,

que a su vez se ajustan periódicamente tal como está acordado en cada uno de dichos contratos.

1.3.11.3 APORTES FUTUROS

En el Escenario Base Inicial se asume que los Aportes Futuros realizados por parte de de los Fideicomisos Originadores se

presentan en las fechas y por las sumas detalladas en el Flujo de Caja del Activo inicialmente proyectado.

1.3.12 FLUJO DE CAJA DEL ACTIVO ESTIMADO DE ACUERDO CON EL ESCENARIO BASE INICIAL

Fecha Cánones (COP MM) Aportes (COP MM) Fecha Cánones (COP MM) Aportes (COP MM) 30/11/10 907 0 31/05/13 956 0 31/12/10 911 0 30/06/13 976 0 31/01/11 916 0 31/07/13 976 0 28/02/11 916 0 31/08/13 976 0 31/03/11 916 0 30/09/13 976 0 30/04/11 916 0 31/10/13 1.188 0 31/05/11 916 0 30/11/13 1.188 0 30/06/11 927 0 31/12/13 1.192 0 31/07/11 927 0 31/01/14 1.204 0 31/08/11 927 0 28/02/14 1.204 0 30/09/11 927 0 31/03/14 1.204 0 31/10/11 927 0 30/04/14 1.204 0 30/11/11 927 0 31/05/14 1.204 0 31/12/11 930 0 30/06/14 1.226 0 31/01/12 933 0 31/07/14 1.226 0 29/02/12 933 0 31/08/14 1.226 0 31/03/12 933 0 30/09/14 1.226 0 30/04/12 933 0 31/10/14 1.226 0 31/05/12 933 0 30/11/14 1.226 0 30/06/12 949 0 31/12/14 1.231 0 31/07/12 949 0 31/01/15 1.245 0 31/08/12 949 0 28/02/15 1.245 0 30/09/12 949 0 31/03/15 1.245 0 31/10/12 949 0 30/04/15 1.245 0 30/11/12 949 0 31/05/15 1.145 0 31/12/12 952 0 30/06/15 1.167 0 31/01/13 956 0 31/07/15 1.167 0 28/02/13 956 0 31/08/15 1.167 0 31/03/13 956 0 30/09/15 1.167 0 30/04/13 956 0 31/10/15 1.167 0

Fuente: Cálculos BIB. Fecha de Referencia : 30/09/10

Fecha Cánones (COP MM) Aportes (COP MM) Fecha Cánones (COP MM) Aportes (COP MM) 30/11/15 1.167 0 31/05/18 559 0 31/12/15 1.173 0 30/06/18 559 0 31/01/16 1.188 0 31/07/18 559 0 29/02/16 1.188 0 31/08/18 559 0 31/03/16 1.188 0 30/09/18 559 0 30/04/16 1.188 0 31/10/18 559 0 31/05/16 1.188 0 30/11/18 559 0 30/06/16 1.212 0 31/12/18 566 0 31/07/16 1.212 0 31/01/19 585 0 31/08/16 1.212 0 28/02/19 585 0 30/09/16 1.212 0 31/03/19 585 0 31/10/16 1.212 0 30/04/19 585 0 30/11/16 1.212 0 31/05/19 585 0 31/12/16 1.218 0 30/06/19 128 35.300 31/01/17 1.234 0 31/07/19 128 0 28/02/17 1.234 0 31/08/19 128 0 31/03/17 1.234 0 30/09/19 128 0 30/04/17 1.234 0 31/10/19 128 0 31/05/17 1.234 0 30/11/19 128 0 30/06/17 535 44.100 31/12/19 0 0 31/07/17 535 0 31/01/20 0 0 31/08/17 535 0 29/02/20 0 0 30/09/17 535 0 31/03/20 0 0 31/10/17 535 0 30/04/20 0 0 30/11/17 535 0 31/05/20 0 0 31/12/17 541 0 30/06/20 0 0 31/01/18 559 0 31/07/20 0 0 28/02/18 559 0 31/08/20 0 0 31/03/18 559 0 30/09/20 0 0 30/04/18 559 0 31/10/20 0 0

Fuente: Cálculos BIB. Fecha de Referencia : 30/09/10

1.3.13 FLUJO DE CAJA DEL PASIVO ESTIMADO DE ACUERDO CON EL ESCENARIO BASE INICIAL

A partir de la proyección de los Flujos de Caja del Activo estimados de acuerdo con el Escenario Base Inicial y aplicando las

reglas establecidas para los usos de los recursos definidas en la cascada de pagos, el Flujo de Caja del Pasivos (los

Valores) en el Escenario Base Inicial, es el siguiente:

Fecha Amortización (COP MM) Fecha Amortización (COP MM) Fecha Amortización (COP MM) Fecha Amortización (COP MM) 30/11/10 0 31/05/13 0 30/11/15 500 31/05/18 300 31/12/10 0 30/06/13 0 31/12/15 500 30/06/18 350 31/01/11 0 31/07/13 550 31/01/16 500 31/07/18 300 28/02/11 0 31/08/13 0 29/02/16 500 31/08/18 350 31/03/11 0 30/09/13 0 31/03/16 500 30/09/18 300 30/04/11 0 31/10/13 750 30/04/16 550 31/10/18 300 31/05/11 0 30/11/13 450 31/05/16 500 30/11/18 350 30/06/11 0 31/12/13 0 30/06/16 550 31/12/18 350 31/07/11 0 31/01/14 850 31/07/16 550 31/01/19 350 31/08/11 0 28/02/14 500 31/08/16 550 28/02/19 350 30/09/11 500 31/03/14 450 30/09/16 600 31/03/19 400 31/10/11 0 30/04/14 450 31/10/16 500 30/04/19 350 30/11/11 0 31/05/14 450 30/11/16 600 31/05/19 400 31/12/11 0 30/06/14 500 31/12/16 550 30/06/19 21.200 31/01/12 500 31/07/14 450 31/01/17 600 31/07/19 0 29/02/12 0 31/08/14 500 28/02/17 650 31/08/19 0 31/03/12 0 30/09/14 500 31/03/17 600 30/09/19 0 30/04/12 0 31/10/14 450 30/04/17 600 31/10/19 0 31/05/12 550 30/11/14 500 31/05/17 600 30/11/19 0 30/06/12 0 31/12/14 500 30/06/17 43.850 31/12/19 0 31/07/12 0 31/01/15 550 31/07/17 1.450 31/01/20 0 31/08/12 0 28/02/15 550 31/08/17 250 29/02/20 0 30/09/12 600 31/03/15 550 30/09/17 250 31/03/20 0 31/10/12 0 30/04/15 550 31/10/17 200 30/04/20 0 30/11/12 0 31/05/15 400 30/11/17 250 31/05/20 0 31/12/12 0 30/06/15 500 31/12/17 250 30/06/20 0 31/01/13 550 31/07/15 450 31/01/18 300 31/07/20 0 28/02/13 0 31/08/15 450 28/02/18 350 31/08/20 0 31/03/13 0 30/09/15 500 31/03/18 300 30/09/20 0 30/04/13 600 31/10/15 400 30/04/18 350 31/10/20 0

Fuente: Cálculos BIB.