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EPÍGRAFE IV.- Vulneración constitucional

2.1. Caracterización del sector

Con la aplicación del Decreto Ejecutivo 813 a los servidores públicos se ha vulnerado el derecho consagrado en la Constitución de la Republica que es el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral, por esta razón, esta investigación con el tema “compra obligatoria de renuncias en el sector público y la estabilidad laboral del individuo” se realizó en la ciudad de Macas, cantón Morona, Provincia de Morona Santiago específicamente en el Gobernación de la provincia, con el único fin de analizar cuantos servidores públicos de esta institución fueron desvinculados por la compra de renuncias obligatorias.

2.2.- Descripción del procedimiento metodológico.

Modalidad de la investigación

Será cualitativa y cuantitativa porque a través de la investigación a realizarse dentro del campo se buscarán datos cuantificables que serán valorados para lograr un criterio jurídico referente al tema planteado .Según los lineamientos que permitirá realizar el análisis, síntesis del problema y la investigación estará sujeta a todo un universo de recopilación de datos y demás información.

Explicativo.-Ya que trataremos de combinar los métodos analíticos y sintéticos en conjugación con el deductivo tratando de responder o dar cuenta de los porqués del problema que se investiga.

Cualitativo.-Por cuánto vamos a describir sucesos complejos en su medio natural con información preferentemente cualitativa.

Cuantitativo.-Por cuánto se va a utilizar predominantemente información de tipo cuantitativo directo.

Tipo de investigación

La presente investigación de tesis es de campo documental porque permite el estudio de los hechos, es decir donde ocurren los fenómenos estudiados. Con el propósito de poner, comparar, ampliar, profundizar y deducir diferentes enfoques y criterios de diferentes autores. La investigación documental se basa en el criterio de diferentes autores, documentos, libros, internet y otros.

Métodos, técnicas e instrumentos de investigación.

Métodos aplicados:

Método analítico.- Porque es el proceso de conocimiento que se inicia por la identificación de cada una de las partes que caracterizan una realidad. De esa manera se establece la relación causa-efecto entre los elementos que componen el objeto de investigación.

Método sintético.- Porque es el proceso de conocimiento que procede de lo simple a lo complejo, de la causa a los efectos, de la parte al todo, de los principios a las consecuencias. Método deductivo.- Porque es el proceso de conocimiento que se inicia con la observación de fenómenos generales con el propósito de señalar las verdades particulares contenidas explícitamente en la situación general.

Técnicas:

Encuesta

La encuesta es una técnica de investigación que consiste en una interrogación verbal o escrita que se les realiza a las personas con el fin de obtener determinada información necesaria para una investigación.

Entrevista

La Entrevista es una conversación entre dos o más personas, en la cual uno es el que pregunta (entrevistador). Estas personas dialogan con arreglo a ciertos esquemas o pautas de un problema o cuestión determinada, teniendo un propósito profesional.

Instrumentos: cuestionario, guía de entrevista y siempre tuvimos guía de observación.

2.3.- POBLACIÓN Y MUESTRA DE LA INVESTIGACIÓN Los estratos que se seleccionaron son los siguientes:

COMPOSICIÓN CANTIDAD

Personas despedidas 2

Jueces del trabajo 2

Abogados en libre ejercicio profesional 30

TOTAL 34

Por ser muy reducido el universo se aplicaron la encuesta a 30 abogados en libre ejercicio y como también se aplicó la entrevista a dos personas que fueron desvinculados de sus trabajos por el decreto 813, a dos jueces de trabajo y a una Inspectora de trabajo de Morona Santiago.

2.4.- Análisis e interpretación de resultados

Cuestionario aplicado a abogados de la ciudad de Macas.

1.- ¿La compra de renuncias obligatorias creada mediante el Decreto Ejecutivo 813, violenta los derechos constitucionales e internacionales?.

SI ( ) NO ( ) EN PARTE ( ) CUADRO # 1

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 25 83,33% NO 1 3,33% EN PARTE 4 13,33% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 1 ANÁLISIS.

Los encuestados manifiestan que con la compra de renuncia obligatorias mediante el decreto ejecutivo 813 los derechos constitucionales e internacionales de los servidores públicos han sido vulnerados, miles de personas fueron separados de su trabajo de una forma inhumana enviándolos a la desocupación, sin pensar en las consecuencias individuales como familiares y sociales.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

2.- ¿Con la aplicación de la compra de renuncias se afecta la estabilidad laboral de los servidores públicos?.

SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( ) CUADRO # 2

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 24 80,00% NO 1 3,33% TAL VEZ 5 16,67% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 2 ANÁLISIS

La mayoría de los encuestados aducen que con la aplicación del decreto Ejecutivo 813 se está afectando la estabilidad de los servidores públicos en el país, el gobierno se ha encargado de desestabilizar el servicio público, que las personas tienen menos empleo que antes y ya no respetan la permanente.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

3.- La aplicación del artículo 8 del Decreto Ejecutivo 813 a los servidores públicos, trajo consecuencias negativas de carácter:

Económico ( ) Social ( ) Psicológico ( ) CUADRO # 3

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

ECONÓMICO 24 80,00% SOCIAL 3 10,00% PSICOLÓGICO 3 10,00% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 3 ANÁLISIS

Respecto a la aplicación del decreto ejecutivo 813 a los servidores públicos trago con sigo consecuencias de carácter, económico, social y psicológico no solo al funcionario público sino a su familiar ya que su empleo era el único sustento diario y según la mayoría de encuestados la aplicación del decreto 813 afecto a las personadas despedidas en el ámbito económico.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

4.- ¿De acuerdo con la aplicación jerárquica de las leyes, que un reglamento expedido por decreto ejecutivo puede reformar parcialmente un artículo de una norma supe- rior?. SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( )

CUADRO # 4

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 0 0,00% NO 27 90,00% TAL VEZ 3 10,00% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 4 ANÁLISIS

La mayoría de los encuestados consideran que un reglamento expedido por decreto ejecutivo no puede reformar parcialmente un artículo de una norma superior, si fuera lo contrario no se estaría respetando la jerarquía de las leyes que se encuentran contemplados en la Consti- tución de la República; pero, con la aplicación del decreto 813 se ha violentado lo establecido en la Constitución.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

5.- ¿Cuál es el mecanismo de solución, para dejar sin efecto el numeral 8 del Decreto Ejecutivo 813?.

a).- Reformar ( ) b).- Derogar ( ) c).- No aplicación ( )

CUADRO# 5

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

REFORMAR 13 43,33% DERROGAR 12 40,00% NO APLICACIÓN 5 16,67% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 5 ANÁLISIS

Los encuestados están de acuerdo que se reforme, se deroguen o que no se aplique el numeral 8 del Decreto Ejecutivo 813, ya que tanto daño ha causado a los servidores públicos y es necesario que se respete la Constitución de la República.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

6.- ¿Está de acuerdo con la aplicación de las compras de renuncias obligatorias en el sector público?.

SI ( ) NO ( ) EN PARTE ( ) CUADRO # 6

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 1 3,33% NO 13 43,33% EN PARTE 16 53,33% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 6 ANÁLISIS

Las encuestas realizadas a las personas profesionales conocedoras del tema se puede notar que la compra de renuncias en el sector público está violando los derechos a la estabilidad laboral de los servidores públicos, para realizar una verdadera reestructuración, optimización en el sector público se debe seguir los trámites legales correspondientes.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

7.- ¿Cuáles son los factores que influyen para que a los servidores públicas les sea aplicado el Decreto Ejecutivo 813?

Ineficiente desempeño en el trabajo, Años de servicio del servidor, Incompatibilidad con el partido de gobierno, Persecución Política.

CUADRO # 7

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

Ineficiente desempeño en el trabajo 1 3,33%

Años de servicio del Servidor Público 4 13,33%

Incompatibilidad con el partido de gobierno 11 36,67%

Persecución Política 14 46,67%

TOTAL 30 100,00%

GRÁFICO # 7

ANÁLISIS

La mayoría de los encuestados consideran que el factor que influyen para que a los servidores públicas les sea aplicado el Decreto Ejecutivo 813, es incompatibilidad con el partido de gobierno y persecución política, consideran también que los años de servicio fue un factor para ser despedidos y finalmente en un pequeño porcentaje consideran que aplica debido al ineficiente desempeño de quienes se encuentran inmersos en el servicio público.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar.

8.- ¿Considera que la indemnización ofrecida para quienes son obligados a vender su renuncia justifica la situación presentada en nuestro país?.

SI ( ) NO ( ) EN PARTE ( ) CUADRO # 8

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 0 0,00% NO 21 70,00% EN PARTE 9 30,00% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 8 ANÁLISIS

Los encuestados consideran que la indemnización ofrecida para quienes son obligados a vender su renuncia no justifica la situación presentada en nuestro país, ya que para ingresar al sector público tendrán que devolver el total de la indemnizaron recibida. Se debe tomar en cuenta que la indemnización que reciben es por los años de servicio prestados a la institución y en muchos de los casos fueron despedidos servidores que tenía pocos años de servicios y en casi nada les beneficio la indemnización.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

9.- ¿Considera que es justo los casos de renuncias obligatorias que se dieron en el país?. SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( )

CUADRO # 9

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 0 0,00% NO 23 76,67% TAL VEZ 7 23,33% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 9 ANÁLISIS

Los encuestados en su mayoría consideran que no es justo los casos de renuncias obligatorias que se dieron en el país, ya que se ha violentado el derecho al trabajo y a la estabilidad laboral; y que no es un mecanismo adecuado para despedir a un servidor público, en caso que un funcionario público cometa un error grave se debe seguir el trámite establecidos en la ley para su destitución.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

10.- ¿El acto de renuncias debería ser de carácter libre y voluntario? SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( )

CUADRO # 10

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 23 76,67% NO 1 3,33% TAL VEZ 6 20,00% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 10 ANÁLISIS

La mayor parte de los encuestados coinciden que el acto de renuncias debería ser de carácter libre y voluntario, sin ningún tipo de presión pero hoy en día con la aplicación del decreto 813 se está yendo contra la voluntad de los servidores públicos al momento de comprar las renuncias y dejarles sin empleo a cientos de ciudadanos.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

11.- ¿Considera beneficioso para el país el despido de cientos de servidores públicos ?. SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( )

CUADRO # 11

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 0 0,00% NO 13 43,33% TAL VEZ 17 56,67% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 11 ANÁLISIS

Los profesionales encuestados consideran que no es beneficioso para el país el despido de cientos de servidores públicos, ya que muchos de ellos tienen experiencia en la actividad que desempeñan y en la mayoría de casos esos puestos son reemplazados por personas que no cumplen con el perfil requerido.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar

12.- ¿ Las personas despedidas con el decreto 813 deben seguir acciones legales para hacer respetar sus derechos?.

SI ( ) NO ( ) TAL VEZ ( )

CUADRO # 12

ALTERNATIVA FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 10 33,33% NO 11 36,67% TAL VEZ 9 30,00% TOTAL 30 100,00% GRÁFICO # 12 ANÁLISIS

La mayoría de los encuestados señalan que las personas despedidas con el decreto 813 no deben seguir acciones legales para hacer respetar sus derechos, en vista que la Corte Cons- titucional resolvió que el art. 8 del decreto 813 no es inconstitucional.

Fuente: Encuesta a abogados de la ciudad de Macas. Elaboración: Laura Aguilar.

Resultado de la entrevista aplicada a dos ex servidores públicos de la Gobernación de Morona Santiago despedidos por el Decreto Ejecutivo 813.

NOMBRE: Dr. Mauro López, abogado de libre ejercicio profesional.

1.- ¿ Cómo le afecto la disposición emitida respecto a su despido por la compra de renuncia?.

En realidad no me afecto ya que estuve por salir porque existe una prohibición a los abogados que son servidores públicos para que puedan ejercer la profesión.

2.- ¿ Considera que el trabajo es el sustento diario de una familia?.

Claro que si debido a que con la remuneración percibida se puede solventar todos los gastos de alimentación, arriendo, vestimenta, educación etc.

3.- ¿ Se respetó la estabilidad laboral con su despido?.

No, se violo derechos constitucionales.

4.- Al despedirle de su trabajo le causó daño en su bienestar. ¿Cómo?

Se causó inestabilidad por la sorpresa al irrespetarse y violarse derechos constitucionales. 5.- ¿ A tomado medidas legales para reparar el daño causado por su despido?

No.

6.- ¿ Con la indemnización que recibió por su despido se reparó el daño causado?

No.

7.- ¿ Se cumplió el pago de la indemnización por concepto de compra de renuncia?.

Sí, me pagaron al contado.

8.- ¿Aceptaría el reintegro a su puesto de trabajo o la indemnización?

No, porque tengo mi profesión y el sueldo que percibía no era el adecuado. Análisis

El entrevistado señala que no le afecto la compra de renuncia por cuanto estuvo por desvincularse de la institución para ejercer su profesión, lo que no le gusto la forma como fue despedido violando derechos constitucionales con la aplicación del decreto ejecutivo 813.

NOMBRE: Ab. Rafael Rivadeneira, miembro de la Junta cantonal de Protección derechos del cantón Morona.

1.- ¿ Cómo le afecto la disposición emitida respecto a su despido por la compra de renuncia?.

La afección se produce a nuestro estado de anímico, afectivo y psicológico, por la forma como fuimos despedidos; de una manera abrupta y sin ninguna consideración y violando preceptos constitucionales y legales.

2.- ¿ Considera que el trabajo es el sustento diario de una familia?.

El trabajo siempre será el sustento diario en el equilibrio económico de una familia por cuanto no permite la realización personal en primer término y luego la satisfacción de los requerimientos económicos de los componentes de la familia.

3.- ¿ Se respetó la estabilidad laboral con su despido?.

No, por cuanto mi puesto era de carrera y estaba amparado bajo los preceptos de la LOSEP, se aplicó de manera ilegal e inconstitucional el famoso decreto 813.

4.- Al despedirle de su trabajo le causó daño en su bienestar. ¿Cómo?

Si daño a mi bienestar emocional y Psicológico, ya que uno estaba acostumbrado al trabajo que desempeñaba de manera ininterrumpida, no se puede recuperarse de pronto de lo que te ha pasado.

5.- ¿Ha tomado medidas legales para reparar el daño causado por su despido?

Sí, pero como el poder del Estado (gobierno) está por sometiendo a todos los estamentos jurídicos, administrativos, no me dieron cabida, han manifestado que no ha existido perjuicio en mi contra ya que hemos sido indemnizados un absurdo.

6.- ¿Con la indemnización que recibió por su despido se reparó el daño causado?

De ninguna manera, el poco monto que se recibió no compensa con lo que uno tuvo que atravesar, más los descuentos que se hicieron.

7.- ¿ Se cumplió el pago de la indemnización por concepto de compra de renuncia?.

En mi caso fue incompleto, pero tuve que agotar un procedimiento administrativo para que me reconozcan la totalidad de la indemnización que me correspondía por ley.

8.- ¿Aceptaría el reintegro a su puesto de trabajo o la indemnización?

Como fue un procedimiento viciado de toda legalidad, lo más justo legal es que me reintegraran a mi puesto de trabajo.

Análisis

El entrevistado señala que le afecto psicológica y anímicamente la forma como fue despedido de su trabajo, que fue de manera ilegal e inconstitucional y que el trabajo es el sustento diario de la familia y con la aplicación del decreto 813 no se respetó la estabilidad laboral.

Entrevista aplicada a los Jueces de lo Civil y Mercantil del cantón Morona.

NOMBRE: Dr. Ivana Jácome Noguera

CARGO QUE OSTENTA: Jueza del Juzgado Sexto de Lo Civil y Mercantil de Morona Santiago.

1.- ¿La estabilidad laboral de los servidores y las servidoras públicas se ha visto afectada en los últimos años?.

Previamente cabe recalcar que la prestación del servicio público debe regirse por los principios de eficiencia, eficacia, calidad; pero en nuestro país ecuador; estos principios no estaban siendo aplicados en la administración pública; y tenían un servicio público ineficiente lo que se está pretendiendo actualmente que el servidor público a más de ser un profesional tenga vocación de servicio y cumpla su trabajo con un alto grado de responsabilidad y compromiso lo que contribuirá a la transformación económica y social del país por lo cual considero que no se ha visto afectada la estabilidad laboral de los servidores públicos, sino que se está buscando la eficiencia en el sector público.

2.-¿ Cuál sería un mecanismo adecuado para garantizar la estabilidad laboral de los servidores públicos?.

– Derogarse el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 813, con la finalidad de que la renuncia obligatoria desaparezca de la normativa en el país.

– Reformarse el Art. 47 letra k de la Ley de Servicio Público, para dejar sin efecto el numeral 8 del Decreto Ejecutivo 813.

Pienso que llegar a una racionalización de la burocracia y su reducción debe obedecer a factores técnicos y evaluación imparcial; respetando los derechos constitucionales y garantías al trabajo de los servidores públicos.

3.- ¿ A qué se debió la aplicación del Decreto Ejecutivo 813 a varios servidores y servidoras Públicas ?.

- Ineficiente desempeño en el trabajo

- Incompatibilidad con el partido de gobierno

- Persecución Política

Para mi opinión el gobierno ha palpado el malestar ciudadano y la inconformidad de la gente; con ciertos funcionarios públicos que han perdido su vocación de servicio; y han dejado de tener presente que la razón de ser del servicio público es la eficiente atención al usuario en este caso el ciudadano, de ahí la implementación de esta figura jurídica para oxigenar al aparato estatal; que busca hacer del estado una institución eficiente con un servicio óptico. 4.- ¿ La aplicación del artículo 8 del Decreto Ejecutivo 813, trajo consecuencias negativas de carácter económico, social y psicológico a las y los servidores públicos a los cuales se les aplicó ?.

La aplicación de este decreto dejó a un número de funcionarios sin su puesto de trabajo pero a cambio se les otorgo una indemnización, conforme lo estable el art. 47 letra k de la ley de servicio público.

ANÁLISIS

La profesional entrevistada considera que el decreto 813 fue aplicado a los servidores públicos que no aplican el principios de eficacia, eficiencia y calidad en la actividad que desempeñan, las instituciones para despedir a las personas considera que primeramente deben realizar evaluaciones y que sean imparciales respetando los derechos y garantías del servidor público.

NOMBRE: Abogada. Janeth Serrano Cárdenas

CARGO QUE OSTENTA: Jueza del Juzgado Primero de lo Civil y mercantil de Morona Santiago.

1.- ¿La estabilidad laboral de los servidores y las servidoras públicas se ha visto afectada en los últimos años?

La estabilidad laboral entendida como permanencia eterna a un cargo público a pesar de la necesidad o no del mismo dentro de una institución, rendimiento y capacidad del funcionario si se ha visto afectado ya que el objetivo de modernización y reorganización del servicio público a nivel nacional apunto a mantener los cargos públicos estrictamente necesarios en razón del servicio que prestan, presupuesto con el que cuentan, capacidad y rendimiento del funcionario, entendiendo dentro de ello a la preparación académica del empleado en razón del cargo que desempeña, se debe tener que estabilidad laboral no significa permanencia sin fin en un cargo, sino que vista como en derecho está vinculada con obligaciones para hacerse efectiva y además con la necesidad estatal en u transformación que tiene como fin la optimización de recursos y excelencia en el servicio.

2.-¿ Cuál sería un mecanismo adecuado para garantizar la estabilidad laboral de los servidores públicos?.

-Derogarse el Art. 8 del Decreto Ejecutivo 813, con la finalidad de que la renuncia

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