ANALISIS DE LA INFLUENCIA DE LAS JORNADAS ATIPICAS EN ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES OCUPACIONALES
2.2 LAS CAUSAS DE LAS ENFERMEDADES RELACIONADAS CON EL TRABAJO
Desde hace muchos años se conocen algunas enfermedades ocupacionales, que afectan a los trabajadores de distinta manera según la el riesgo, la vía de la exposición, la dosis, etc. Algunas de las enfermedades ocupacionales más conocidas son:
La asbestosis - causada por el asbesto o amianto, material utilizado habitualmente en aislamientos, guarniciones de frenos de automóviles, etc.;
La silicosis - ocasionada por el sílice, habitual en la minería, el pulimentado con chorro de arena, etc.;
El saturnismo - causado por el plomo, material habitual en las fábricas de pilas y baterías, de pinturas, etc.;
Hipoacusia, que es la pérdida de audición provocada por el ruido - habitual en muchos lugares de trabajo, entre ellos los aeropuertos, y en lugares de trabajo en que se utilizan máquinas ruidosas, como prensas o taladradoras, etc.
Hay además distintos problemas de salud que pueden llegar a ser graves y que cabe achacar a malas condiciones de trabajo, entre ellos:
Las enfermedades cardíacas;
Las enfermedades del sistema músculo esquelético, por ejemplo, lesiones permanentes de la espalda o trastornos musculares; derivados de riesgos disergonómicos.
Las alergias;
Muchos países en desarrollo comunican únicamente la existencia de un pequeño número de trabajadores que padecen enfermedades relacionadas con el trabajo.
Esas cifras parecen inferiores a la realidad por distintos motivos, entre otros:
La insuficiencia o la inexistencia de mecanismos de trasmisión de informes;
La inexistencia de servicios de Salud ocupacional;
La falta de médicos y profesionales de la Salud ocupacional capaces de detectar las enfermedades relacionadas con el trabajo.
Por éstos y otros motivos, cabe presumir que en realidad, el número de trabajadores que padecen enfermedades ocupacionales es muy superior. De hecho, en general, aumenta el número de casos y tipos de enfermedades ocupacionales, en lugar de disminuir, tanto en los países en desarrollo como en los países industrializados.
El Perú no es ajeno a esto, pues tenemos diversas actividades laborales consideradas de alto riesgo en donde se encuentran presentes los factores de riesgo y/o agentes ocupacionales como el ruido, los gases, vapores, etc., entre otros, que también producen daños a la salud de los trabajadores y ello, para ser controlado específicamente en minería, debe cumplirse con lo señalado en el Reglamento de Higiene y Seguridad Minera. (24)
¿Cómo determinar la causa de una enfermedad laboral? A menudo es difícil determinar la causa de las enfermedades relacionadas con el trabajo, entre otros motivos por el período de latencia (es decir, el hecho de que pueden pasar años antes de que la enfermedad produzca un efecto patente en la salud del trabajador). Cuando se detecta la enfermedad, puede ser demasiado tarde para tratarla o para determinar a qué riesgos estuvo expuesto el trabajador en otros tiempos.
Otros factores, como el cambio de trabajo, o el comportamiento del personal (ejemplo: fumar o ingerir bebidas alcohólicas), agravan aún más la dificultad de vincular las exposiciones acaecidas en el lugar de trabajo a la aparición de una enfermedad.
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(24) Este Reglamento tiene por objeto establecer normas para la aplicación de la Ley de Minería, a fin de proteger la vida y salud del recurso humano minero. Señalado en el Art. 2° del D. S. 006-2001-EM
Aunque hoy día se conocen mejor que anteriormente algunos riesgos laborales, todos los años aparecen nuevos productos químicos y tecnologías que presentan riesgos nuevos y a menudo desconocidos para los trabajadores y la comunidad. Estos riesgos nuevos y desconocidos constituyen graves problemas para los trabajadores, los empleadores, los instructores y los científicos, es decir, para todos quienes se ocupan de la salud de los trabajadores y de las consecuencias que los agentes de riesgo tienen en el medio ambiente.
Enfocándonos a la minería como problema investigado, la mayoría de los problemas de salud que aquejan a las personas que trabajan por turnos (en jornadas prolongadas), se asocian a la calidad del sueño de que disfrutan durante el día después de un turno de noche y en menor medida, al descanso anterior al inicio del turno de mañana; las consecuencias son mayores cuando las horas que se trabajan son más de la jornada ordinaria, es decir más de las 8 horas, pues la exposición a los riesgos laborales es mayor y la fatiga física igualmente. Como el funcionamiento de los ritmos circadianos es tal que el organismo está preparado para la actividad diurna y el reposo nocturno.
El déficit de sueño se puede producir al cabo de una semana de trabajo por turnos y más aún, como lo tenemos señalado líneas arriba, cuando diariamente se trabaje más allá de las 8 horas. Los efectos sobre la salud, aún no hablando de las enfermedades ocupacionales, se circunscriben a trastornos gastrointestinales, cardiovasculares y neurológicos. (25)
Los trastornos gastrointestinales.- El trabajo nocturno provoca alteraciones en el horario
y la secuencia de las comidas. En efecto, durante la noche, el estómago no puede admitir, en cantidad, ni calidad una típica comida diurna, adecuadamente servida en casa, o que por lo menos reúna condiciones optimas de ingesta; lo cual no sucede con un trabajador que labora 12 horas y no tiene la posibilidad de ingerir alimentos calientes y ni que decir de aquellos que llevan comida (como rancho) y no la ingieren en condiciones adecuadas de higiene.
A largo plazo, los hábitos alimentarios irregulares pueden provocar molestias e incluso trastornos gastrointestinales. La mayoría de los hallazgos proceden de estudios transversales, es decir, de muestras de trabajadores que laboran en jornadas por turnos.
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Analizando en éste ámbito, sabemos de las causas, pero no de lo que en la propia actividad pueda determinarse de manera inmediata, ya que como se tiene señalado, el periodo de latencia para que se presente la enfermedad ocupacional es el preponderante en este caso, pero si podemos afirmar de que el daño si es producido en la actividad, lo cual está señalado ya en sendos procesos judiciales y sentencias emitidas por el Poder Judicial.
CAPITULO III
LA FATIGA COMO FACTOR DE EXPOSICION PSICOSOCIAL Y