6.6 El plan de gestión social y relaciones comunitarias
6.6.4 Compensación por impactos
Se inserta desde la filosofía de la responsabilidad social, sin embargo, hay que aclarar que la compensación social es una obligación legal para la empresa, que es susceptible de cumplimiento y auditoría. Sin embargo, si existiesen aportes voluntarios, éstos deben enmarcarse en una visión de desarrollo que supere lo filantrópico y ser afín a la política de Relaciones Comunitarias.
Por ningún motivo, las empresas realizarán transferencias de valores a las comunidades bajo la forma de pagos o dinero en efectivo.
Es obligación de la empresa comunicar a las comunidades su política de relacionamiento comunitario y su programa de compensación, con el objeto de que ellas estén conscientes de que los proyectos que se emprendan por compensación pueden tener un impacto positivo sobre la población, pero también
pueden generar efectos nocivos como el desarrollo de una relación paternalista y clientelar. Por tanto, en lo que sea posible, se deberá articular a las políticas estatales de los diferentes sectores sociales. La compensación social se reflejará en el financiamiento de programas y proyectos sociales que estén vinculados a:
Salud y salubridad (mejoramiento de infraestructura, nutrición, prevención de enfermedades, prioritariamente).
Educación (mejoramiento de infraestructura, programa de implementación de los 8 años de educación básica, apoyo educación intercultural bilingüe, prioritariamente).
Inclusión social (programa de desarrollo productivo rural, pequeños emprendimientos productivos).
Los proyectos a financiarse tendrán como condicionalidad estar incluidos en los programas de desarrollo local, que a su vez deberá ser coherentes con el plan nacional de desarrollo del Estado. Esta articulación evitará duplicidad de esfuerzos y obligará al establecimiento de alianzas con otras instituciones para su sostenibilidad. Por tanto, previo a la entrega de dichos fondos, se requerirá por parte de la empresa petrolera, de una certificación que avale el cumplimiento de dicha condición. Los aportes serán entregados a las comunidades, a través del siguiente proceso:
Deberán formarse espacios de diálogo y seguimiento al cumplimiento de acuerdos. Estos estarán constituidos por los representantes de los sujetos sociales afectados por las actividades a realizar. En el caso de compensaciones por presencia de actividades, se considerará el bloque o área entregada a las empresas petroleras.
Este espacio de diálogo podrían institucionalizarse a través de la implementación de comités interinstitucionales de gestión social y relaciones comunitarias, que tendrán sus propios instructivos o normativa interna para su funcionamiento.
Se reunirán tanto para tomar decisiones respecto de los tipos de proyectos de compensación a priorizar, como para evaluar el cumplimiento de sus objetivos y su impacto al desarrollo local
En este enfoque es fundamental el rol que deben jugar los diferentes actores involucrados en la gestión y el desarrollo social. Básicamente se pueden definir cuatro áreas desde las cuales se puede ejercer actoría social:
Desde las instituciones del Estado.- El Estado tendrá la rectoría y el liderazgo de las políticas socio ambientales a ser implementadas.
Desde la Empresa (pública y privada).- Afianzará en la creación, consolidación y articulación de sus esfuerzos de gestión social y/o responsabilidad social.
Desde los gestores sociales.- Una Gestor social debe liderar procesos participativos y organizativos con la comunidad, tener capacidad de coordinación y de negociación dentro de su propia organización, para lo que tendrá que poseer habilidades y aptitudes que le permitan establecer consensos y manejar los disensos en función de lo colectivo.
Desde la comunidad. Uno de sus ejes centrales de la gestión social desde la comunidad es la participación que implica procesos de: organización, análisis de la realidad, planeación, liderazgo, seguimiento, involucramiento en la toma de decisiones, y evaluación de la acción social comunitaria, así como la integración a los procesos sociales, económicos y políticos locales, regionales y nacionales.
La compensación será negociada de manera global, dentro de un proceso participativo. No se realizará por afectación puntual: (apertura de pozos, líneas de conducción, redes de transmisión eléctrica, etc.), sino que será efectuada en función de los planes anuales de inversión de las empresas.
Los proyectos a financiarse tendrán criterios de prelación relacionados con los impactos sociales determinados en el diagnóstico. Por ejemplo, si ha existido una afectación de los cuerpos de agua, los proyectos se vincularán con prioridad a la implementación de obras que entreguen agua para consumo humano.
La definición de las iniciativas de desarrollo a financiar, deberán estar acordes a los lineamientos del desarrollo humano sostenible, contribuyendo de manera integral a sumar metas para lograr el desarrollo local, abordando temáticas de género, cultura, ambiente, participación, empoderamiento, transferencia de tecnología, etc., dependiendo de la naturaleza del proyecto de que se trate.
Estos comités estarán conformados por: Gobiernos locales (parroquiales y municipales), quienes actuarán de acuerdo a sus competencias; las instancias del Estado responsables de la implementación
de políticas públicas sectoriales (educación, salud, inclusión económica y social), las organizaciones sociales que representan a las comunidades, el Ministerio del Ambiente como autoridad ambiental de aplicación responsable; y los representantes de la empresa.
Los proyectos deberán responder a una planificación local con una visión a futuro y un horizonte de al menos 5 años (cuando los proyectos petroleros se encuentran en la fase de explotación) y se deberá asegurar su sostenibilidad.
Las decisiones de los proyectos, deberán estar legitimadas por los miembros de las comunidades, por tanto deberán pasar por procesos de discusión y análisis, a través de los mecanismos que las comunidades tienen para el afecto (asambleas, foros, etc.). Se deberá asegurar la existencia de espacios de participación social.
Lo acordado se elevará a Acta de Compromiso y estos a su vez serán instrumentados a través de convenios de cooperación interinstitucionales, donde se incluyan las responsabilidades de las partes en su ejecución.