El marco de las relaciones de cooperación de la UE con los países ACP ha estado primeramente regido por las Convenciones de Yaundé y por la generación de los Acuerdos de Lomé entre los años 1963 hasta el año 2000. Sin embargo, desde la firma del actual Acuerdo de Cotonou en el año 2000, en vigor desde 2002 y con una vigencia de 20 años (de 2000 al 2020), las relaciones de cooperación al desarrollo de la UE con los países ACP están reguladas por el Acuerdo de Cotonou, que ha aportado mejoras sustanciales a los anteriores acuerdos y ha introducido a la vez objetivos muy ambiciosos. Los objetivos del actual acuerdo se basan en cinco pilares fundamentales e interdependientes entre sí y cuyo objetivo principal es la lucha y erradicación de la pobreza en un largo plazo, así como integrar gradualmente las economías de los países ACP en el sistema económico internacional. La consecución de dicho objetivo se llevará a cabo mediante los siguientes cinco pilares del Acuerdo de Cotonou.
ÁFRICA:
ANGOLA, BENÍN, BOTSWANA, BURKINA FASO, BURUNDI, CABO VERDE, CAMERÚN, CHAD, CONGO (BRAZAVILLE), CONGO (KINSHASA), COMORES, COSTA DE MARFIL, DJIBOUTI, ERITREA, ETIOPIA, GABÓN, GAMBIA, GHANA, GUINEA BISSAU, GUINEA ECUATORIAL, KENIA, LESOTHO, LIBERIA, MADAGASCAR, MALAWI, MALI, MAURITANIA, MAURICIO, MOZAMBIQUE, NAMIBIA, NIGER, NIGERIA, REPÚBLICA CENTROAFRICANA, RÉPUBLICA DE GUINEA, RÉPUBLICA SUDÁFRICANA, RUANDA, SANTO TOMÉ Y PRÍNCIPE, SENEGAL, SEYCHELLES, SIERRA LEONA, SOMALIA, SUDÁN, SWAZILANDIA, TANZANIA, TOGO, UGANDA, ZAMBIA, ZIMBABWE.
CARIBE:
ANTIGUA Y BARBUDA, BAHAMAS, BARBADOS, BELICE, DOMINICA, GRANADA, GUYANA, HAITÍ, SANTA LUCIA, JAMAICA, RÉPUBLICA DOMINICANA, TRINIDAD Y TOBAGO, SAN CRÍSTOBAL Y NIEVES, SAN VICENTE Y GRANADINAS, SURINAME.
PACÍFICO:
FIJI, KIRIBATI, ISLAS SALOMÓN, PAPUA NUEVA GUINEA, SAMOA, TONGA, TUVALU, VANUATU, EST. FED. MICRONESIA, ISLAS COOK, NIUE, REP. ISLAS. MARSHALL, REP. DE
NAURU, REP. DE PALAOS. (*)
EUROPA (COMUNIDAD ECONÓMICA EUROPEA):
ALEMANIA, AUSTRIA, BÉLGICA, DINAMARCA, ESPAÑA, FINLANDIA, FRANCIA, GRECIA, HOLANDA, IRLANDA, ITALIA, LUXEMBURGO, PORTUGAL, REINO UNIDO, SUECIA
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En primer lugar, se trata de mejorar la relación política entre la UE y los países ACP con el objetivo de aproximar posturas en la lucha contra la pobreza.
En segundo lugar, el nuevo acuerdo pretende alentar la participación de la Sociedad Civil en la estrategia de lucha y reducción de la pobreza en los países ACP.
En tercer lugar, se pretende también fomentar un enfoque más estratégico en la cooperación al desarrollo entre la Unión y los países ACP en su plan de acción contra la pobreza.
En cuarto lugar, el nuevo acuerdo tiene como fin la creación de una nueva asociación económica y comercial entre la Comunidad y los países ACP.
Por último, el quinto pilar del nuevo Acuerdo de Cotonou pretende también mejorar y reformar la cooperación financiera entre la Unión Europea y los países miembros del grupo ACP.
Con todo ello, la Unión Europea y los países ACP han ido aproximando posturas en sus relaciones políticas, comerciales y económicas para compatibilizar dichas relaciones con marco de las relaciones económicas multilaterales y, a su vez, ayudar a dichos países a integrarse en la economía mundial. Para ello, la estrategia que se pretende utilizar es crear una asociación económica a través de la cual la relación comercial y económica entre la Unión y los países ACP se basará en el principio de reciprocidad y, por tanto, hacer de la relación comercial entre los países ACP y la Comunidad una relación compatible con las reglas de la Organización Mundial de Comercio. Se pretende con ello llevar a cabo dicha nueva relación comercial a través de la firma y la aplicación de los Acuerdos de Asociación Económica (AAE) entre la Unión y las seis regiones económicas de los países ACP. Por ende, el objetivo principal de dichos acuerdos es promover la integración gradual de los países ACP en la economía mundial mediante la consolidación de las asociaciones regionales económicas ya existentes de los países ACP. Para concluir podemos afirmar que las perspectivas de futuro en el marco de las relaciones entre la Unión Europea y los países ACP se contemplan a través de los mencionados Acuerdos de Asociación Económica que se perciben como el nuevo instrumento de estrategia de desarrollo para los países ACP. A día de hoy, sólo los países de la región del Caribe (CARIFORUM) han firmado un Acuerdo de Asociación Económica (AAE) con la Unión Europea, y las demás regiones de África y Pacífico están todavía negociando la firma y aplicación de dichos acuerdos con la Unión. Además, cabe mencionar que aparte de los Acuerdos de Asociación Económica, en el caso de África en particular, ha habido proyectos de profundización de cooperación entre la UE y los países del África Subsahariana. Por ejemplo, en 2007, la UE y los países africanos adoptaron una estrategia de cooperación conjunta (Joint EU-Africa Strategy en su
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acepción inglesa) y durante la Cumbre de Lisboa de 2008, se hizo oficial el Primer Plan de Acción (2008-2010) de cooperación estratégica entre África y la Unión Europea. En dicho Plan de Acción, se destacan las siguientes 8 áreas de cooperación que se pretende llevar a cabo en el futuro entre la Unión y los países de África:
1) La Paz y Seguridad
2) La Promoción del Gobierno Democrático y el respeto al Derecho Humano
3) La Cooperación Comercial, la Integración Regional y Creación de Infraestructuras 4) La Consecución de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de la ONU
5) La cooperación en los Asuntos Energéticos
6) La Cooperación en los Asuntos del Cambio Climático
7) La Cooperación en los Asuntos de la Inmigración, Movilidad y el Empleo
8) La Cooperación en los Asuntos de la Ciencia, Sociedad de Información y Espacio
En suma, las citadas áreas de cooperación estratégicas anteriormente citadas son los nuevos pilares que, desde una perspectiva del futuro, crearán el nuevo marco de las relaciones de cooperación entre la Unión Europea y los países ACP en general y de los de África en particular.
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SEGUNDA PARTE:
LA OCM DEL PLÁTANO DE LA UNIÓN
EUROPEA Y EL MERCADO
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