• No se han encontrado resultados

Consta además documentado, que se entregaron de parte de Emiliano Vicente a través de la cuenta de Adriano Eleuterio de la joyería Rabat de Badalona dos Relojes lujo para Erasmo Isidoro y su

Artículo 2 Las Partes en el presente Convenio se comprometen asimismo a castigar a toda persona que: 1) Mantuviere una casa de prostitución, la administrare o a sabiendas la sostuviere o participare en su

4. En cuanto al Cohecho activo y pasivo

3.2 Debemos decir en primer lugar que la Sala ha de llegar a la conclusión absolutoria en este caso en cuanto al acusado Franco Benito pues en cada uno de los casos de que se le acusa de haber presionado

3.1.4 Consta además documentado, que se entregaron de parte de Emiliano Vicente a través de la cuenta de Adriano Eleuterio de la joyería Rabat de Badalona dos Relojes lujo para Erasmo Isidoro y su

esposa, uno de la marca Cartier modelo Roadster con valor de venta al público de 3020 # y un reloj de hombre marca Hulbot modelo Elegant con valor de venta al público de 4.158#, pagados por Emiliano Vicente según factura de fecha 19/11/04, según factura por valor de 8000#. Facturas Rabat (fitx- Imp.fol.7 Caja contenedora nº 8)).

Nos basamos en la declaración de Valentin Sixto y la de Luz Benita ; la declaración de Luz Benita ex esposa de Valentin Sixto testigo NUM204 , amiga de la ex mujer de Erasmo Isidoro , en el acto del juicio manifiesta ( Luz Benita ) a preguntas: " Fueron a la joyería Rabat? Si a Isabel Tamara y a Erasmo Isidoro le regalaron unos relojes, me llamó ¿me acompañas a descambiarlos...?es que no me van bien y si fui con ella, querían otros más caros, llame a la persona que los había regalado, Emiliano Vicente , y ... al final cogieron otros... "

El testigo Ricardo Celso (testigo NUM207 ) que es el responsable de administración, no estuvo presente en los hechos, ya que " no está de cara al público " y se limita a decir lo que ponen las facturas, (fol. 1185, y fol 1184 del tomo 4 del Rollo de Sala) en cuanto las cantidades y las devoluciones de dinero sin poder aportar datos al respecto, más allá de que no ha firmado el certificado que se expidió, y que la factura corresponde a una compra y devolución. No compareció a pesar de estar citado y se renunció por la defensa de Emiliano Vicente , Dimas Cirilo y Erasmo Isidoro al testigo propietario Balbino Urbano ( NUM208 ), en el ejercicio legitimo del derecho de defensa.

La ex esposa de Erasmo Isidoro , Isabel Tamara (Testigo NUM205 , también agente del CNP NUM209 ), por el contrario declaró " que los relojes fueron un regalo de Valentin Sixto y su esposa porque gracias a su mediación" (de ella y de Erasmo Isidoro ) se habían reconciliado", "porque habéis demostrado ser amigos de verdad", versión esta que concuerda con la de Erasmo Isidoro , pues ambos dicen que fue la ex de Erasmo Isidoro quien acompaño a la ex de Valentin Sixto a descambiar relojes y que entonces Luz Benita (ex de Valentin Sixto ) les dijo que cogieran uno cada uno.

Esta versión no nos resulta creíble teniendo en cuenta que la Luz Benita y Valentin Sixto estaban separados pero nunca se reconciliaron, como ellos han afirmado. A esta convicción cabe añadir que en la declaración de Adriano Eleuterio indicó que Emiliano Vicente le había hecho el cometario "ya verás como tendré que comprarle un reloj a la mujer de Erasmo Isidoro ". Ello en el marco de una declaración en juicio que aun no estando exentad e tensión, presentó una frescura y simplicidad que la hace creíble, porque se trata de comentarios y anécdotas explicadas de forma espontánea que difícilmente se pueden inventar ad hoc, para "perjudicar a un acusado" por lo que tenemos por cierta la versión de Valentin Sixto y Luz Benita . Consta también en las actuaciones un certificado de la joyería Rabat, el único firmado en la causa, y cuya firma no ha sido reconocida por este testigo pues dice no ser suya; en el mismo se dice que se confirma que en fecha 19/11/04 se vendieron estos relojes (los que fueron objeto d eregalo y los describe) a Valentin Sixto , este certificado es de 13 de enero de 2009, Entendemos que ello nada aporta a los hechos, pues no se ha puesto en duda de que se compararon a través de la cuenta de Adriano Eleuterio , lo que se cuestiona es que el regalo fuera por cuenta y de parte de los dueños del Saratoga, es decir de Emiliano Vicente como afirmamos, que es lo que dice Valentin Sixto , teniendo en cuanta además que Emiliano Vicente y Valentin Sixto tenían los negocios relativos a los coches de lujo.

Consta asimismo acreditada la invitación cargo de los dueños del Saratoga, al

Hotel Gran Domine en Bilbao en el puente constitución diciembre de 2004 días del 3/12/04 al 6/122/04, con Jorge Maximiliano , Emiliano Vicente y Adriano Eleuterio , y el Dr. Basilio Benedicto acompañados de sus esposa e hijos pagado por Dimas Cirilo , dejando expresa instrucción al hotel de que no se identificaran a las personas que iban, es decir que no hay más rastro que aquel de quien ha pagado la factura.

Nos basamos en las declaraciones de Adriano Eleuterio testigo NUM124 , y Testigos nº NUM210 Ertzaina TIP NUM211 , y Testigo NUM212 Ertzaina TIP NUM213 , que declararon en juicio el día 5/11/13, que habían acudido al hotel y que les habían dado estas instrucciones sin que constaran números de matriculas de los vehículos ni nombre estando la reserva a nombre de Dimas Cirilo ; (fol.319 Tomo 13 de las actuaciones) el informe que remitieron en cuanto a estos hechos y sus comprobaciones, que ratificaron en la vista indica que consta detalladamente que Dimas Cirilo reservó 5 habitaciones, dejando constancia en nota expresa " que se puede leer en la ficha " de que no había que anotar la identidad de los ocupantes de dichas habitaciones simplemente se tenía que saber que eran invitados suyos , y todos los gastos corrieron a su cargo 1587# pagándose en efectivo e incluida la estancia y los extras (lo cual damos por suficientemente acreditado, nadie niega la estancia y desde luego la reunión de invitados de los policías, y en el caso de Erasmo Isidoro a escasas fechas 15 días de su jubilación.

La invitación fue extensiva a Jorge Maximiliano y a su familia por lo que entendemos que se trata de una muestra de la dinámica establecida de hacer regalos. Rechazamos que la declaración de Estanislao Horacio (testigo NUM002 ) cuando dice que él le pago a Dimas Cirilo y que comisiono a Jeronimo Patricio para que pagara, desdiga lo que afirmamos. Este testigo, declaró en juicio el 19/11/13, es un empresario Bilbaíno, dueño de un restaurante en Bilbao y de un hotel rural en Cierbana, que conocía a Jeronimo Patricio y Ambrosio Eulogio ; y con Emiliano Vicente y Jeronimo Patricio eran amigos desde hace 15 años, de manera que la lógica nos conduce a que la reserva fue a nombre de Jeronimo Patricio , ya que precisamente personas del mundo de la restauración y la hostelería no han de tener ninguna dificultad en hacer una reserva a su nombre o incluso si lo gestiona otro a nombre de quien se hace cargo, de manera que este testimonio, no desvirtúa la prueba de la acusación, en cuanto a que eran los dueños del Saratoga quienes invitaron a Jorge Maximiliano , jefe de la UCRIF sin más razón que la del cargo que tenia recordemos decisivo para la realización o no de inspecciones al Club y programar el trabajo, y desde luego teniendo en cuenta que desde el 10/7/03 hasta el 10/12/05 no se produjo ninguna inspección en el Club, y que Erasmo Isidoro , que se acaba de jubilar, entendiendo ello como lo que hemos concluido que es un pago por servicios prestados para este que incluimos por su necesaria concertación anterior y por tanto coincidente en fechas, siendo que no es necesaria la entrega de la dádiva sino que basta con el ofrecimiento. Por tanto aún en la hipótesis de que pudiera alcanzarse la conclusión que el día en que se materializa el regalo ya estaba jubilado, entendemos que hay delito de cohecho porque se concertó con anterioridad y se efectuaba como decimos en pago de servicios prestados. Y todo ello sin perjuicio de que Estanislao Horacio les invitara durante la estancia a "mariscadas y a carne de buey", y a cenar en su hotel rural, en agradecimiento al Dr. Basilio Benedicto que le había facilitado una visita rápida con un cardiólogo en Barcelona descubriéndose que el diagnostico (muy grave) que antes le habían efectuado antes era equivocado.

Por último y en cuanto a Erasmo Isidoro constan ya descritos con mucho detalle los regalos efectuados para las navidades tanto a Erasmo Isidoro y a Sebastian Rafael otro policía en segunda actividad que frecuentaba el Saratoga, y había tenido cierta relación con Ambrosio Eulogio , decíamos al analizar esa prueba y acreditar la motivación fáctica:, " las mismas personas (en referencia a Erasmo Isidoro Emiliano Vicente y Ambrosio Eulogio ) el 2/12/08, en el Raco de la Ciutadella, el 17/12/ 08 en la que se reúnen Ambrosio Eulogio Emiliano Vicente , Erasmo Isidoro y Sebastian Rafael , "para detalles de navidad" NUM188 del día 16/1208, momento en el que se entregaron los lotes de navidad valorados entre 1500 y 2000 euros cada uno de ellos; el 9/12/08 quedando en la "La Pava " en la autovía de Castelldefels para la entrega de los lotes de navidad." Por lo que en base al ID señalado y al NUM189 de fecha 16/12/07, damos por acreditadas estas entregas con remisión en lo necesario a lo expuesto anteriormente.

La defensa de Emiliano Vicente y las personas relacionadas con el Saratoga han denostado la testifical de Valentin Sixto , entendemos porque les resulta perjudicial, pero la Sala ha concluido que es un testigo creíble y ello porque aunque pueda haber habido algunas fecha que no se ajusten completamente al suceso de hechos, las hipótesis que planteo este testigo han sido corroboradas una a una. De hecho su declaración en Fiscalía y en el Juzgado 33, fue la base sobre la que los MMEE abren las líneas de investigación y van confirmando las denuncias que el mismo efectúa.

Lo que se constata, es que Valentin Sixto , de ser para los acusados un colega de negocios con el que hacían muchas cosas en común y ser un cliente VIP del Saratoga se convierte en persona non grata para ellos, le achacan que tuvieron graves motivos para enfadarse con él, que le cerraron las puertas del Club y que él está resentido, sin embargo las cuestiones que los acusados le atribuyen, como se ha visto en juico y reconocen los acusados, nunca fueron denunciadas. Concluimos también que el hecho de que las declaraciones y las relaciones las haya fomentado y tenido por ser colaborador policial no son motivo para

desechar sin más su declaración si lo que dice puede ser contrastado; y la prueba, como estamos desgranando ha demostrado que las hipótesis acusatorias se han confirmado.

Para finalizar esta apartado queremos incidir en que los pagos eran periódicos y constantes, de lo que da cuenta la conversación primero entre Erasmo Isidoro y Ambrosio Eulogio , recogida en el NUM214 de fecha 4/9/08 (fol.32 T-9.1), que quiere una cita: Erasmo Isidoro llama a Ambrosio Eulogio y quiere quedar y le dice que le lleva un par de relojes (13.37.5h.) , NUM215 día 5/9/08 13.09h. en la que Ambrosio Eulogio llama a Emiliano Vicente y le dice que va a Barcelona a pagar la publicidad, justo después de que le ha llamado Erasmo Isidoro al que conocen entre ellos como " Pelirojo " o " Ganso " también " Canoso ", ó " Canicas ". Esta conversación junto a las reuniones y seguimientos que se han detallado en los hechos acreditan a nuestro juicio que Erasmo Isidoro era u informador del Club y que reclamaba a cambio regalos y dinero como se ha demostrado (fols. 32 y 33 T-9) NUM215 de 5/9/08 Interlocutor A: Ambrosio Eulogio , Interlocutor B: Emiliano Vicente B: Ambrosio Eulogio , A: Buenos días fenómeno, ¿Cómo está usted? B:Buenos días, ¿qué me cuenta? A: Pues te cuento, que tendría...voy a Barcelona a pagar la publicidad. ¿Qué te parece? B: Bien, correcto. A: ¿Vale? B: ¿Te la ha pedido Ganso o qué? A: Sí, me comentó que... no no directamente pero sí pa... pa que pasaría por ahí. Pa Charlar. B: Bien, tú lleva la publicidad, pero.. .si no te dice, ¿o qué? A: Si no me dice, ¿qué? ¿Me hago el tonto? B: No sé, no sé, tú verás. A: No, lo que tú me digas Emiliano Vicente . B: Nooo, yo qué sé. A: Si no me si no me dices, yo lo guardo y... hostia, pues no, he salío derecho de casa yo le digo, no... B: Ooo, a ver, eh, o da, da, pero es que.. . lo que quiero es romper un poco la obligación de que sea constante, ¿me entiendes? A: Sí.

Bueno tu veras, tú mismo, lo que tú veas. Lo que tú veas está bien. A: Venga.

Por tanto sea para Jorge Maximiliano , sea para Erasmo Isidoro en el tiempo en que era policía antes de la jubilación sea para Sebastian Rafael , entendemos que concurren todos los requisitos para entender que existe el delito de cohecho activo pues cede a las exigencias de los funcionarios asegurándose la tranquilidad en el negocio ofreciéndoles dinero y regalos a cambio de que ejecuten hechos que consideramos delictivos, sea al omitir la persecución de los delitos como en este caso la inducción a la prostitución sea al revelar información mediante la cual se obtenían pingues beneficios, y ello aunque no hayamos podido determinar con exactitud la concreta persona que daba la información reservada; y en consecuencia procede también por este delito la condena con carácter de continuado pues se trata de una estrategia que ha dado lugar a multitud de actos y sobornos para la consecución de los fines interesados por los dueños del Club Saratoga. En consecuencia entendemos probado que existe el delito de cohecho continuado.

3.2 Respecto del piso de DIRECCION000 NUM060 en Barcelona hechos 112, 113, 114, 115, 116.

Outline

Documento similar