6 La renta usuraria: el endeudamiento impiadoso
7- La crisis perpetua: la superposición de cargas y tributos
Hasta aquí hemos analizado por separado las diferentes categorías de la renta del suelo. Los pequeños y medianos productores, sin embargo, debían soportarlas todas en forma simultánea. ¿Cómo toleraba el campe sinado de subsistencia la superposición de las diversas cargas y tributos? ¿Cómo lograba sobrevivir a las exigencias conjuntas del rey de la Iglesia, de los señores, de los propietarios y de los prestamistas?
Analicemos junto a je a n Jacquart un modelo abstracto de explotación campesina. Imaginemos una finca mediana: 4 0 hectáreas de terreno, en su mayoría tenencias a censo. El propietario del dominio útil, probable mente un rentista urbano, declina la explotación directa de las parcelas y las arrienda a un tercero - e l protagonista de nuestra historia-, mediante un contrato de corto plazo. Lejos estamos aquí de las miserias de los microfundistas; por otra parte, la capa más numerosa del campesinado europeo preindustrial.
Evitemos agregar en exceso factores condicionantes de carácter espa cial o temporal. Por ello, situemos nuestra explotación en una coyuntura tranquila, la pacífica década de 1610, y en una región privilegiada -los alrededores de París. Nuestro campesino medio emplea mano de obra permanente de carácter extrafamiliar: un carretero, un pastor, un encarga do del establo. Posee dos arados, tirados cada uno por tres o cuatro caballos, símbolos inequívocos de prosperidad rural en el Antiguo Régimen.
Impera en la región el régimen de rotación trienal. En nuestro ejem plo, dividiremos las parcelas en tres campos: un primer suelo sembrado con trigo, un segundo con avena y sorgo, y el tercero en barbecho. Co mencemos a realizar cálculos sobre el campo de trigo, que abarca un tercio de la explotación (1 3 ,3 hectáreas). Un buen año es capaz de pro ducir 180 setiers de trigo. La cosecha bruta puede alcanzar los 200 setiers en los años excepcionales, aunque los años malos la verán reducida a no más de 60 setiersP
73 El seíier es una medida de capacidad para granos, extraordinariamente variable según la región de que se trate. En tomo a París, un seíier equivalía aproximadamente a 157 litros.
Capítulo 4 . La renta de la tierra y la extracción del exced ente cam pesino.
Los rendimientos agrícolas en la región -elevados para los parámetros preindustriales- son de 1 ; 6.5. El productor debe separar, entonces, 27 setiers para asegurar la siembra del próximo año. No resulta difícil perci bir el peso que esta exigencia podía tener en años de cosecha mediocre. En una explotación mediana resultaba imprescindible la contrata ción de jornaleros para levantar la cosecha. Estos cosechadores o calve- niers, que a menudo se trasladaban en equipo desde las regiones vecinas, eran retribuidos en especie: un tercio de setier por arpent de trigo cortado y atado, lo que hace un total de 13 setiers para todo el suelo de trigo.74 La trilla, realizada en el casco de la granja por asalariados de la zona, tam bién se pagaba en especie -la veinticuatroava parte de la cantidad trilla da-; en nuestro caso, ello requería otros 7 setiers.
Resta separar ahora lo necesario para el consumo anual de la familia y de los sirvientes permanentes. Para un grupo familiar de 5 personas y 3 empleados se requerían 2 4 setiers. Debemos agregar otros 6 para la retri bución de la mano de obra temporaria, empleada ocasionalmente duran te el transcurso del año agrícola.
Del total de 180 setiers obtenidos en un año de buena cosecha, nues tro productor/arrendatario conserva a esta altura tan sólo 100. Si la cose cha fue mala - 6 0 setiers, por caso-, era muy probable que no le quedara nada luego de separar la simiente para la próxima siembra, pagar a cose chadores y trilladores, y asegurarse el pan familiar para el resto del año. Por lo tanto, si este productor se aseguraba de un importante excedente agrícola en los años buenos, su producto bruto podía equivaler a cero en las coyunturas críticas.
El balance del segundo suelo, sembrado en primavera con avena y sorgo, dejaba 120 setiers de grano en un año próspero. El producto bruto -u n a vez separada la simiente, el sueldo de los trilladores (la cosecha estaba incluida en el contrato de los calvaniers, y no costaba más que unos vasos de vino extra) y 3 0 setiers para alimento de los caballos- se reducía a 6 8 setiers (en un año malo, tan sólo a 10).
El tercer suelo, el barbecho, no dejaba de producir algunos beneficios adicionales. Habituaimente servía de pastura para un centenar de ovi nos, cuya lana y corderos podían venderse en el mercado cada año. El corral, algunas vacas, un potro y la elaboración casera de lácteos, podían aportar otros ingresos menores.
74 Cada arpent equivalía aproximadamente a 3 hectáreas. En una propiedad como la que describimos, se esperaba que cada arpent produjera un promedio de 4,5 setiers de grano.
Primera Parle. Feu d a l ism o Ta r d ío
Pero aún no hemos comenzado a contabilizar la superposición de cargas que recaía sobre los productores directos. El receptor de los diez mos siempre era el primer rentista servido. Su representante se hacia presente poco después de la cosecha, y cobraba sobre el campo mismo. En Île-de-France, la tasa del diezmo rondaba el 8% de la cosecha bruta. En nuestro caso, este tributo se quedaba con 14 setiers de trigo y 10 de avena, si la cosecha había sido buena.
La tierra no es propiedad del productor, por lo que debe pagar un canon anual de arrendamiento. Por una explotación de 40 hectáreas (120 arpents), la renta de 1620 podía rondar las 500 o 600 libras tornesas, equivalentes a 4 0 setiers de trigo y a 20 de avena.
Nuestro campesino no arrienda más que el dominio útil de las parce las que trabajaba, por cuanto las mismas integran el censive de un señorío dominical (seigneurie foncière). Por lo tanto, amén de pagar un canon de arrendamiento al propietario absentista del dominio útil debe pagar las cargas enfitéuticas al señor feudal. Los tributos señoriales podían resultar en extremo pesados si la costumbre local exigía el pago del champart. En este caso, la exacción podía equivaler al 15% de la cosecha bruta: 26 setiers de trigo -e l doble del diezmo, y la mitad del canon de arrenda miento.
Tras la superposición de las rentas eclesiástica, propietaria y señorial, hallamos que los 100 setiers de producto bruto quedaron reducidos a 20. Y aún no hemos computado el peso de la fiscalidad real. Aunque los tiempos de guerra todavía estaban lejanos, no quedan dudas de que el pago del impuesto directo terminaría por consumir la mayor parte del pequeño excedente restante. En los buenos tiempos de Luis XIV -una era de contribuciones directas menos exigentes-, la talla podía deman dar el equivalente del valor de una vaca, de 5 o seis corderos, o del 12% de la cosecha del suelo de invierno (en nuestro caso, 21 setiers de trigo). También resignamos adrede asignar a nuestra finca una renta perpetua o alguna otra forma de endeudamiento de corto plazo, por lo que la hemos librado, al menos, de una de las cinco categorías analíticas de la renta del suelo.
La conclusión de los cálculos resulta paradojal. Aún en tiempos de buena cosecha nuestra imaginaria explotación, situada en las mejores condiciones de rentabilidad que la agricultura precapitalista podía ofre cer, resultaba inviable desde el punto de vista económico. En los años comunes el arrendatario no podía separar la simiente para el próximo año, alimentar a su familia, pagar los jornales y cubrir la totalidad de cargas y tributos, sin recurrir a fuentes de ingreso complementarias: sa-
C apítulo 4. La renta de la tierra y la extracción del excedente cam pesino..
orificar o vender una parte de los ovinos del rebaño, arrendar unas hec táreas de bosque o prado, usufructuar los comunales de la aldea, explo tar una viña, transformarse en recaudador del señorío, ingresar en la rueda de la industria rural domiciliaria.
La presión feroz que los rentistas del suelo ejercían sobre los peque ños y medianos productores del campo preindustrial permite explicar, entonces, el carácter crónico que la resistencia y la revuelta campesinas adquirieron en Europa durante los siglos XVI y XVII.
P r i m e r a Parte. Fe u d a l ism o Ta r dIo
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