CAPÍTULO V ACTIVIDADES RIESGOSAS
DE LAS SANCIONES ADMINISTRATIVAS
ARTÍCULO 196.- Las violaciones a los preceptos de esta ley, sus reglamentos y demás disposiciones que de ella emanen constituyen infracción y serán sancionadas administrativamente por la Comisión, en asuntos de competencia del Estado, y por los ayuntamientos, en el ámbito de competencia de éstos, con una o más de las siguientes sanciones:
I.- Multa por el equivalente de veinte a veinte mil días de salario mínimo general vigente en la capital del Estado en el momento de imponer la sanción;
II.- Clausura temporal o definitiva, parcial o total:
a) Cuando el infractor no hubiere cumplido en los plazos y condiciones impuestos por la autoridad con las medidas correctivas o de urgente aplicación ordenadas;
b) En casos de reincidencia, cuando las infracciones generen efectos negativos al ambiente; o c) Se trate de desobediencia reiterada, en tres o más ocasiones, al cumplimiento de alguna o algunas medidas correctivas o de urgente aplicación impuestas por la autoridad;
III.- Arresto administrativo hasta por treinta y seis horas;
IV.- La suspensión, revocación o cancelación de las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones correspondientes, cuando:
a) El infractor no diere cumplimiento en tiempo y forma requeridos por la autoridad a las actividades, términos o condiciones señalados en dichas autorizaciones;
b) Exista riesgo inminente de desequilibrio ecológico;
c) A causa de la realización de la obra o actividad se ponga en peligro la salud humana o los ecosistemas; y
d) La realización de la obra o actividad cause daños a la sociedad o a los bienes materiales públicos o privados; y
V.- Las demás previstas en esta ley.
Si el infractor, dentro del plazo concedido por la autoridad, no cumple con las medidas impuestas para subsanar las irregularidades que lo hicieron incurrir en infracción, las autoridades podrán imponer multas por cada día que transcurra sin obedecer el mandato, sin que el total de éstas exceda del monto máximo permitido, conforme a la fracción I de este artículo.
En caso de reincidencia, el monto de la multa podrá ser hasta por dos veces del monto originalmente impuesto, sin exceder del doble del máximo permitido, además del tipo de clausura que determine la autoridad.
Se considera reincidente al infractor que incurra más de una vez en conductas que impliquen infracciones a un mismo precepto, en un periodo de dos años contados a partir de la fecha en que se levante el acta en que se hizo constar la primera infracción, siempre que ésta no hubiese sido desvirtuada durante el procedimiento seguido en su contra.
Vinculación.
Del análisis de los artículos mencionados de la presente Ley Estatal de Protección al Ambiente aplicables a las actividades del proyecto, se infiere que la empresa deberá:
Artículo Actividades
23, 25
Este proyecto contempla de forma preventiva desde su concepción y diseño mecanismos, equipos y tecnologías modernas de calidad que buscan evitar, reducir o controlar la contaminación o deterioro ambiental en su fase de construcción, pruebas, puesta en marcha y operación
El establecimiento de un gasoducto que incorporará gas natural a la zona aporta al desarrollo sustentable y económico como fuente de energía más eficientes y menos contaminante.
En todo momento se han contemplado las leyes, reglamentos y Normas Oficiales Mexicanas ambientales para prevenir cualquier daño al entorno natural.
110, 113, 117, 118
La empresa deberá llevar a cabo la verificación vehicular periódica de sus unidades, tanto de aquellas que se utilizarán durante la etapa de construcción como las que se utilizarán durante la operación y mantenimiento. Dicha verificación deberá efectuarse en los periodos y centros de verificación vehicular autorizados por el Consejo.
127, 131, 132
Debido a que la actividad productiva que se llevará a cabo no genera aguas residuales, y debido a que las únicas aguas residuales que se generarán serán las originadas por descargas sanitarias, las aguas residuales generadas se consideran de origen doméstico, quedan excluidas de este artículo. Para su manejo se contratará a una empresa autorizada de sanitarios portátiles que los suministre y realice su disposición final.
Sin embargo, la empresa deberá asegurar que no se viertan sustancias químicas como aceites automotrices, pinturas o solventes al drenaje sanitario, manejando estos materiales como residuos peligrosos.
171, 172
Durante la etapa de preparación del sitio y construcción, la empresa deberá verificar que no excede los límites máximos permisibles de ruido perimetral por fuentes móviles, aplicando las medidas preventivas y correctivas para evitar los efectos nocivos del ruido en el equilibrio ecológico y el ambiente.
136, 139, 140, 151,
La empresa deberá asegurar que los residuos generados durante la etapa de construcción serán dispuestos adecuadamente, evitando disponerlos en vías públicas y vialidades. Considerar que son responsables por los daños que se produzcan tanto el generador como las empresas que presten los servicios de manejo, transporte y disposición final de los residuos de manejo especial.
Durante la etapa de construcción, así como durante mantenimientos mayores, se deberán utilizar técnicas constructivas a fin de prevenir la erosión de suelos, y la contaminación del suelo y subsuelo con residuos.
156, 157, 159
Las personas físicas o morales generadoras de residuos de manejo especial deberán presentar el manifiesto correspondiente, así como tramitar la Licencia Ambiental Estatal e ingresar ante el Consejo sus planes y programas de manejo que definan acciones y medidas para la prevención, control, minimización, reúso y reciclaje de sus residuos, su informe de avances y logros de forma anual, el cual podrá ser modificado a fin de lograr objetivos de protección al ambiente.
196
La empresa tendrá en todo momento en las oficinas de obra, copia de este estudio y de las licencias y autorizaciones requeridas y tramitadas del proyecto para poder mostrar en caso de presentarse una visita de inspección por representantes autorizados federales, estatales o municipales.
167, 168, 169, 170, 195
La empresa tendrá en todo momento en las oficinas de obra, copia del estudio de riesgo ambiental, así como la aplicación de todas las medidas de seguridad
preventivas indicadas en el mismo para la etapa de preparación del sitio, construcción, pruebas y puesta en marcha del gasoducto. 3.7 Programas y Planes Estatales.
Plan Estatal de Desarrollo de Baja California, 2008-2013 Este Plan Estatal de Desarrollo cuenta con 6 ejes rectores: Eje 1. Seguridad y Justicia Integral.