Participación ciudadana indígena Sumu/Mayangna en la RAAN: Un acercamiento al grado de inclusión ciudadana de
DEBILIDADES Y FORTALEZAS IDENTIFICADAS Algunas debilidades
De acuerdo a los resultados de una encuesta de opinión pública aplicada en los hogares de las comunidades de Awas Tingni, Wsakin, Españolina y Sakalwas, el 53 % de los encuestados no conocen acerca de los derechos ciudadanos que la Constitución Política
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reconoce a los nicaragüenses. Esta cifra resulta alarmante cuando la observamos por género, pues el de esta población 72 % son mujeres comunitarias.
En ese mismo orden, los comunitarios también tienen una percepción, poco favorable, del conocimiento que poseen las autoridades comunales sobre los asuntos públicos en general de municipio. El 36% de los encuestados opina que el conocimiento de la autoridad comunal en este tema es regular y solo el 28 % les da una proporción un tanto mayor colocándolo como bueno. (Ver gráfico 1)
Gráfico 1
En cuanto a la gestión que las autoridades comunales realizan ante la municipalidad y otras instituciones del Estado, y en representación de la comunidad, el 34 % de los encuestados la reprueba. (Ver gráfico 2). En la opinión pública comunitaria es una constante la crítica a la falta de unidad y representación adjudicada con poca legalidad de las organizaciones sumu/mayangna. Pese a que tanto las autoridades como las organizaciones son vistas como instrumentos para ejercer y dirigir la participación y gestión ciudadana en la municipalidad, su papel representativo y de incidencia está fuertemente cuestionado. La influencia de personas de la etnia mestiza y de los miskitus en los asuntos internos del pueblo sumu/mayangna es un elemento que debilita cada vez más a las organizaciones.
Un ejemplo claro es el caso de la organización indígena sumu/mayangna SUKAWALA21, que figuró entre las comunidades indígenas como una organización de respeto y credibilidad por casi 30 años. Actualmente, esta organización tiene 2 juntas directivas aparentemente funcionando, producto de una grave división interna. Esta situación ha debilitado a la organización más representativa del pueblo indígena, en
21 Sumu Kalpapakna Wahaine lami (Asociación Nacional de Comunidades Sumu). El conocimiento que tiene de la autoridad comunal de los asuntos pùblico
5.4% 25.7% 35.8% 27.7% 3.4% 2.0% NS / NR Malo Regular Bueno Muy bueno Excelente
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perjuicio, por supuesto, de su capacidad de incidencia en los asuntos públicos y políticos municipales, regional y a nivel nacional22.
Gráfico 2
Algunas fortalezas en medio de las debilidades
Existe un diálogo más o menos fluido y constante entre las autoridades comunales y los comunitarios y, a su vez, entre las autoridades comunales y las autoridades de las organizaciones indígenas comunitarias y territoriales. Este diálogo se ve favorecido por un uso tradicional de la oralidad en asambleas comunitarias y de bloque de territorios. De tal forma que es muy común que en las comunidades se discuta a lo interno las necesidades, prioridades y propuestas para un desarrollo local intercomunal. Una vez que las comunidades, o entre las organizaciones, llegan a un acuerdo se encomienda la tarea de presentar la problemática y una posible propuesta de solución a las autoridades municipales o instituciones del Estado. La presentación, o llámese solicitud, se expone de forma oral. Dada la falta de reconocimiento institucional de esta práctica ciudadana, y la poca capacidad de incidencia de las organizaciones indígenas, las solicitudes (en su mayoría orales) no se incluyen en la agenda del desarrollo local y tampoco queda un registro de ellas.
Por estas razones el recurso de la oralidad en audiencias privadas, ha sido menospreciado, independiente de ser el principal medio de participación ciudadana indígena entre los sumu/mayangna. Si bien es cierto que también existen medios de participación ciudadana acordes con las propuestas, solicitudes e intervenciones de la
22 SUKAWALA sostuvo acuerdos políticos con el FSLN, que serían cumplidos durante el período de
gobierno de ese partido político. Parte de los acuerdos incluyen cargos públicos para indígenas sumu/mayangna dentro del gobierno. El nombramiento más sobresaliente que se ha hecho efectivo, en este sentido, es el del señor Jacobo Charlie, Viceministro del MARENA.
La gestiòn que realiza la autoridad comunal ante la municipalidad y otra
4.1% 33.8% 29.7% 25.0% 4.1% 3.4% NS / NR Malo Regular Bueno Muy bueno Excelente
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ciudadanía en espacios públicos, como los cabildos abiertos, no existe una convocatoria extensiva para las comunidades.
También es muy generalizado un sentido de abandono institucional entre los comunitarios, el 38% de los encuestados opina que su comunidad no ocupa un lugar de importancia en el desarrollo del municipio, y solo el 28% opina que se encuentra en agenda. Sin embargo las comunidades están concientes del papel relevante que ocupan dentro del desarrollo local. Sus recursos naturales y vías de acceso, a favor de la extracción de los mismos, son metas que se incluyen de distintas maneras en los planes de desarrollo municipal. Es importante señalar que en las 4 comunidades estudiadas se llevan a cabo proyectos de mejoramiento de caminos, con financiamiento internacional, y que requirieron de la participación comunitaria para que fueran aprobados.
Un uso racional de los recursos naturales sigue siendo una de las más grandes fortalezas de las comunidades indígenas, y en el caso del pueblo sumu/mayangna se habla de los principales conservadores de la cobertura boscosa más extensa del país.
CONCLUSIÓN
Es necesario incluir algunas propuestas para incentivar y fomentar la participación e inclusión ciudadana sumu/mayangna, como actores del desarrollo local y regional, en los asuntos públicos y de gestión de los gobiernos municipales y el gobierno regional. El artículo 5 de la Ley de Participación Ciudadana establece que las disposiciones legales enunciadas en la norma, no limitan el desarrollo de nuevas formas de participación, ni el ejercicio de derechos que no se mencionan en la ley y que se reconocen en la Constitución Política. Por otro lado, el artículo 180 de la Constitución Política reconoce el derecho de las comunidades indígenas a vivir y organizarse de acuerdo a sus propias formas de organización tradicional. Este marco jurídico es el asidero legal para contribuir con el proceso de incorporación de los usos y costumbres tradicionales de los pueblos indígenas en la vida política, administrativa y jurídica de las municipalidades y el gobierno regional.
Otra acción prioritaria es plantear y llevar a cabo estrategias que coloquen a la ciudadanía civil y política sumu/mayangna en un plano de igualdad, y más justo frente al otro pueblo indígena mayoritario en la RAAN. Los gobiernos municipales deben reconocer las formas de participación ciudadana sumu/mayangna como válidas y legales, dentro de la gestión e incidencia ciudadana de la localidad. De manera que este espacio abierto se convierta en un mecanismo de inclusión para la sociedad civil sumu /mayangna en el desarrollo local. Y para finalizar, creemos que es prioritario favorecer la unidad interna de las organizaciones indígenas, que se ven afectadas por conceptualizaciones e intereses influidos por personas ajenas a este pueblo indígena y a su cosmovisión. La unidad interna es clave para la incidencia ciudadana de los actores del desarrollo regional, que refiriéndose al pueblo sumu/mayangna, se encuentra claramente en desventaja en la RAAN.
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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CIDCA-UCA. 2007. Participación Ciudadana. Manual Informativo. Proyecto Participación e incidencia ciudadana del pueblo indígena sumu-mayangna en los asuntos públicos y de gestión
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del gobierno regional y los gobiernos municipales de la Región Autónoma del Atlántico Norte. Nicaragua.
___ 2007. Resultados de la encuesta de opinión pública. Proyecto Participación e incidencia ciudadana del pueblo indígena sumu-mayangna en los asuntos públicos y de gestión del gobierno regional y los gobiernos municipales de la Región Autónoma del Atlántico Norte. Nicaragua.
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