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2. BASES TÉCNICAS

2.3. DE LOS PROYECTOS DE INGENIERIA

2.3.1 Criterios de Diseño para los Proyectos

2.3.1.6 Desvíos de Tránsito

Los antecedentes de Desvíos de Tránsito entregados por el MOP son indicativos. Por lo tanto el Concesionario deberá desarrollar los proyectos de desvíos de tránsito, para la construcción de las Estaciones de Transbordo, y gestionar su aprobación conforme a lo establecido en el presente artículo.

Los proyectos de desvíos de tránsito que elabore el Concesionario deberán ser coherentes con sus etapas constructivas planteadas. Éstos deberán estar respaldados por los antecedentes de tránsito necesarios que permitan asegurar la fluidez y seguridad en el flujo desviado o afectado por las obras.

Para lo anterior el Concesionario debe tener presente el Programa de Ejecución de Obras consecuente con las etapas constructivas, para definir el Plan y Proyecto de desvíos de tránsito para la construcción de las obras. Además realizará los estudios de tránsito necesarios, que permitan cuantificar los flujos de tránsito afectados en el área de influencia del desvío, y que en definitiva permita dimensionar geométrica y estructuralmente los desvíos provisorios.

Las calzadas de los desvíos deben ser diseñadas de acuerdo con los flujos, con una oferta vial no menor a la existente, y con un diseño estructural acorde al volumen de tránsito y a la duración estimada de dichos desvíos.

Los proyectos de desvíos serán completos y contarán con su correspondiente diseño vial, demarcación y señalización, y los dispositivos de seguridad diurnos y nocturnos, incluyendo paraderos provisorios y encauces peatonales.

El proyecto de desvíos de tránsito de cada una de las etapas constructivas deberá ser sancionado por la UOCT, las Municipalidades involucradas y la SEREMITT Región Metropolitana, antes de la aprobación o pronunciamiento por parte del Inspector Fiscal, de acuerdo a lo indicado en el artículo 1.10.1 de las presentes Bases. Además, en caso de requerir modificaciones en los semáforos existentes, o bien la instalación de semáforos provisorios, el estudio de desvíos de tránsito deberá incluir los proyectos de semaforización correspondientes, los cuales deberán ser aprobados por la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT).

El costo de mantención y el costo de la línea telefónica asociada de todos los semáforos que requieran de alguna modificación en la etapa de desvíos o de algún semáforo nuevo provisorio que se instale mientras duren las obras de construcción, serán de entero cargo y costo de la Sociedad Concesionaria.

Todos los proyectos de desvíos de tránsito deberán ser incorporados en el Plan de Desvíos de Tránsito que debe elaborar la Sociedad Concesionaria, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1.10.18 de las presentes Bases de Licitación.

2.3.1.7 Semaforización38

Los antecedentes de semaforización entregados por el MOP son indicativos y se encuentran en proceso de revisión por parte de la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT). Por lo tanto, previo a la aprobación de los proyectos por parte del Inspector Fiscal, el Concesionario deberá

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gestionar y obtener la aprobación de la UOCT de dichos proyectos, para lo cual deberá corregirlos y/o complementarlos de acuerdo con las observaciones que realice dicha Unidad.

Para la realización de todos los estudios de tránsito señalados en el presente artículo, las mediciones de flujo vehicular requeridas deberán realizarse en meses normales durante el año, es decir desde la segunda quincena del mes de Marzo, hasta la primera quincena de Diciembre. No es posible realizar mediciones en período de vacaciones escolares durante el año, es decir en vacaciones de invierno y Septiembre, ni bajo condiciones anormales de operación, como por ejemplo, días con alerta o preemergencia ambiental, o en días de lluvia.

Los proyectos de semaforización de los cruces a nivel deben considerar, en términos generales, las siguientes grandes actividades:

a) Diseño Operativo General

Se definirán los movimientos vehiculares y peatonales permitidos en cada cruce, tales que establezcan una operación adecuada en términos de seguridad, y a la vez otorguen una adecuada conectividad de la red vial en el sector. Una vez determinados estos movimientos, se definirá el número de fases del semáforo, así como el diseño de fases, entreverdes, verdes mínimos, modo de operación del equipo de control, y todos aquellos parámetros que definan íntegramente su operación.

b) Sistema de Control de Tráfico

En la actualidad se encuentra en operación en la ciudad de Santiago, el Sistema de Control por Área de Tráfico (SCAT), el cual regula y monitorea las principales redes semaforizadas de la ciudad a través de una sala de control central ubicada en la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT).

Con el fin de compatibilizar el funcionamiento de las intersecciones semaforizadas del Proyecto y que pertenezcan a las redes semaforizadas existentes, se deberá adecuar la respectiva intersección semaforizada a fin de que esté centralizada en el Sistema SCAT. Para ello, el Concesionario deberá implementar la interconexión con la sala de control de la UOCT, con el fin de poder asegurar la adecuada operación de dichos cruces en función de las condiciones de tránsito imperantes.

Adicionalmente se deberá efectuar los estudios de tránsito necesarios para la reprogramación y sintonía fina de las redes SCAT adyacentes a las intersecciones del proyecto bajo las nuevas condiciones de flujo ocasionadas por el proyecto. Estos estudios se deben coordinar conjuntamente con la UOCT, trabajando de acuerdo a las tres etapas que a continuación se detallan. Para ello se debe estimar la asignación de vehículos a la red de modelación (área de influencia) y utilizar el programa TRANSYT 8S para optimizar la programación de los semáforos del área de influencia del proyecto. Estos estudios deben ser aprobados por la UOCT.

b.1) Obtención de programaciones provisorias (Etapa de Construcción)

Previo al inicio de la construcción de las obras, el Concesionario deberá efectuar todas las mediciones de flujo vehicular necesarias para reprogramar las redes de semáforos asociadas al proyecto, que se verán afectadas por los reruteos de tránsito que deban implementarse con ocasión de la ejecución de las obras. Luego, el Concesionario deberá estimar los flujos en las redes producto de estos reruteos y efectuar los análisis que permitan encontrar las nuevas rogramaciones óptimas para esa situación. Además se deben incluir las programaciones óptimas de los semáforos provisorios que se instalen. Una vez en ejecución las obras y operando los desvíos de tránsito, se deberán realizar las labores de sintonía fina que aseguren una

adecuada operación de las vías. Todas estas actividades deberán realizarse en coordinación con la UOCT y de acuerdo a los criterios, metodología y procedimientos que recomiende dicho organismo.

En la etapa de construcción es necesario que en todos los semáforos provisorios que se instalen cuenten con la habilitación de unidades de comunicación y líneas telefónicas de modo de posibilitar su conexión con el sistema de control SCAT, a cargo de la UOCT.

b.2) Obtención de Programaciones de Puesta en Marcha

Las Programaciones de Puesta en Marcha se obtendrán a partir de la información de las redes actuales en el área afectada, y con los datos de la demanda estimada que será reasignada una vez que el proyecto esté operando. Dicha información puede ser estimada bajo un supuesto lógico de reruteo, asignando vehículos sin itinerario fijo. Dicho estudio de programaciones de puesta en marcha deberá ser aprobado por la Unidad Operativa de Control de Tránsito (UOCT).

Posteriormente, una vez que comience la etapa de explotación del proyecto se deberá realizar la tarea de sintonía fina en cada uno de los cruces definidos en el área de influencia del proyecto y acordadas con la UOCT, de modo de ajustar las programaciones obtenidas con el modelo de asignación. Para ello, el Concesionario deberá disponer de un responsable en terreno y en permanente contacto con el Sistema de Control de Tránsito, en cada uno de los períodos de las redes SCAT involucradas.

Con las programaciones obtenidas luego del proceso de sintonía fina, deberán reconfigurarse los controladores correspondientes.

b.3) Obtención de programaciones óptimas y definitivas (Etapa de Explotación)

Una vez que se restablezcan las condiciones de operación en toda el área afectada por el proyecto, se deberá medir nuevamente en todas las intersecciones pertenecientes a las redes SCAT afectadas. Con esta información se deberá modelar cada uno de los períodos existentes en la red, a fin de obtener los ciclos y programaciones óptimas de cada intersección. Posteriormente, se deberán reconfigurar los controladores de las intersecciones en que se modifique su diseño operativo, con las programaciones definitivas, para finalizar con el proceso de sintonía fina. Luego de la sintonía fina, se deberá reconfigurar cada uno de los controladores de las redes respectivas con las programaciones resultantes.

Dicho estudio de programaciones definitivas deberá ser revisado y aprobado por la UOCT.

c) Normas y criterios de instalación (Diseño Físico)

Paralelamente a lo anterior, se deben definir las normas y criterios de instalación de los semáforos definitivos, la localización de los elementos en los planos respectivos, lo cual se regirá por lo dispuesto para tal efecto en el Manual de Señalización de Tránsito (Ministerio de Transporte y Telecomunicaciones), por el diseño operativo general y por las especificaciones técnicas de la UOCT (Especificaciones Técnicas para la Instalación de Semáforos y Especificaciones Técnicas de Controladores de Tráfico de la UOCT), entidad a cuya aprobación se deberá someter el proyecto.

Lo indicado en el párrafo anterior incluye la revisión de las instalaciones existentes, respecto a si pueden ser reutilizadas o cambiadas de acuerdo a lo especificado en las normas descritas anteriormente. En caso de que parte de este material sea recuperable, se podrá reutilizar en coordinación con la UOCT.

Los proyectos de semaforización que se insertan dentro de una red que opera en Scoot, se deberá considerar el traslado de la(s) espira(s) que se vean afectadas por la ejecución de las obras. La marcación de la nueva ubicación de dichas espiras debe ser solicitada a la UOCT, a través del Inspector Fiscal.

Cualquiera sea el caso, el Concesionario deberá someter a aprobación de la UOCT todos los proyectos de semaforización, previo a la aprobación del Inspector Fiscal.

Durante las obras de semaforización se deben solicitar, a través del Inspector Fiscal, las inspecciones correspondientes al Área de Operaciones de la UOCT, de acuerdo a Requerimientos Generales y Procedimientos de Inspección de Obras de Semaforización. Una vez finalizadas las obras de semáforos, se debe solicitar la recepción de los dispositivos a la UOCT. Sólo luego que las instalaciones hayan sido recepcionadas, incluida la sintonía fina, se puede proceder al traspaso de la mantención del semáforo y el arriendo de la línea telefónica a las entidades correspondientes, de acuerdo a lo que establezca el Inspector Fiscal.

2.3.1.8 Modificación de Servicios39

Los antecedentes de Modificación de Servicios entregados por el MOP son indicativos. Por lo tanto el Concesionario deberá desarrollar los proye ctos a nivel de ingeniería de detalle de todas las modificaciones de servicios necesarias para materializar las obras del proyecto, de acuerdo a los

procedimientos y exigencias de cada uno de los servicios a modificar. El Concesionario deberá gestionar y obtener la aprobación de dichos proyectos ante las empresas, organismos o instituciones que administran tales servicios, previo a la aprobación del Inspector Fiscal.

El Concesionario debe demostrar, a través de un Certificado emitido por quien provea el servicio, la factibilidad del trabajo a realizar, contemplado en los proyectos de modificación de servicios.

Tanto para los servicios húmedos como los no húmedos, será de exclusiva responsabilidad de la Sociedad Concesionaria realizar las modificaciones de servicios necesarias para la ejecución de la obra en forma oportuna. Para dar cumplimiento a esta obligación, será la Sociedad Concesionaria quien deberá efectuar las modificaciones de tales servicios por sí misma o bien a través de la empresa prestadora de dicho servicio.

La modificación y reposición de los servicios afectados deberá cumplir con las normas que regulen su operación y su uso, previa aprobación por parte de los propietarios de dichos servicios, sean los propietarios de los predios afectados por tal modificación u otro organismo, institución o empresa. Su restitución será en condiciones, al menos similares, en cuanto a calidad y operatividad se refiere.

2.3.1.9 Modificación de Canales

En el caso de existir obras de esta naturaleza dentro del área del proyecto, el Concesionario deberá desarrollar los proyectos de ingeniería, gestionar y obtener la aprobación del proyecto con los privados que administran los canales a modificar, y construir las modificaciones de canales asociadas a proyectos de aguas lluvias y/o riego requeridas producto del trazado del Proyecto. Todos los costos que involucren estas obras, serán de entero cargo de la Sociedad Concesionaria.

Cuando por causa del proyecto, se modifiquen los canales existentes y resulte necesario modific ar o constituir servidumbres, ya sea en una misma propiedad o en otra propiedad sirviente, la Sociedad Concesionaria deberá hacerlo a su entero cargo y costo, incluyendo los eventuales pagos por los terrenos necesarios para su reestablecimiento, en conformidad a lo dispuesto en los artículos 16º y 22º del Decreto MOP Nº900 de 1996.

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2.3.1.10 Paisajismo

En el proyecto de paisajismo se detallará las especificaciones técnicas del programa de plantación y mantención a ejecutar, incluyendo un cronograma de actividades, una especificación de los lugares a intervenir, además de una descripción de la cantidad y estado de conservación de todas las especies arbóreas y arbustivas existentes que puedan usarse como parte del proyecto, especies a utilizar y métodos de siembra y plantación a considerar. Además se deben proyectar todas las instalaciones requeridas para el riego de las áreas señaladas.

De igual forma, se deberá cumplir con lo establecido en el artículo 3.2.11 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, sobre Plantaciones y Areas de Ornato.

Sin perjuicio de lo señalado anteriormente, se deberá cumplir con lo señalado en el Manual de Manejo de Áreas Verdes para Proyectos Concesionados de la Coordinación General de Concesiones del MOP en su versión vigente.

2.3.1.11 Iluminación

2.3.1.11.1 Iluminación Calzadas y Veredas

El proyecto de iluminación de calzadas y veredas deberá considerar las obras de iluminación necesarias que permitan garantizar la visibilidad y seguridad de peatones y flujo vehicular.

Los proyectos de iluminació n deberán ser confeccionados de acuerdo a la normativa señalada en el artículo 2.3 de las presentes Bases y los criterios de diseño establecidos en el Proyecto de Ingeniería de Detalle, señalado en el artículo 1.4.3 de las presentes Bases. Los proyectos deberán ser inscritos en Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), previo a la solicitud de empalme a la red eléctrica existente.

2.3.1.11.2 Iluminación de Andenes y Re fugios

El proyecto de iluminación de los andenes y refugios de las estaciones deberá considerar las obras de iluminación necesarias que permitan garantizar la visibilidad y seguridad de peatones.

Los proyectos de iluminación deberán ser confeccionados de acuerdo a la normativa señalada en el artículo 2.3 de las presentes Bases y los criterios de diseño establecidos en el Proyecto de Ingeniería de Detalle, señalado en el artículo 1.4.3 de las presentes Bases. Los proyectos deberán ser inscritos en Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), previo a la solicitud de empalme a la red eléctrica existente.

El proyecto de iluminación de los andenes y refugios deberá considerar circuito eléctrico independiente, de la iluminación de calzadas y veredas.