4. SITUACIÓN ACTUAL DE LOS SERVICIOS SOCIALES
4.3. Servicios y programas en Álava
4.3.1. Diputación Foral de Álava
La Diputación Foral de Álava por medio de su organismo autónomo, Instituto Foral de Bienestar Social-Gizarte Ongundearen Foru Erakundea, presta los siguientes servicios especializados dirigidos a mujeres víctimas de violencia de género.
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mediante actuaciones de ayuda en el propio domicilio de la persona interesada, (conviene hacer mención en este punto al servicio técnico de teleasistencia para situaciones de ‘emergencia sanitaria, social o de seguridad personal’). (2)Desarrollar programas de intervención orientados a proporcionar los recursos y medios que faciliten la integración social a las personas, familias y grupos, atendiendo prioritariamente la prevención de la marginación. (3) Realizar programas de sensibilización sobre las necesidades sociales existentes y de fomento de la participación social en el desarrollo de la vida de la comunidad. (4) Gestio- nar la tramitación de las prestaciones que les corresponden. (5) Elaborar información con criterios de homogeneización, coordinación y sistematización. (6) Detectar las necesidades en su ámbito territorial y las anomalías que se produzcan en su satisfacción. (7) Proporcionar alojamiento alternativo”.
1. Servicio de Atención Psicológica a mujeres víctimas de agresiones sexuales y malos tratos.
2. Servicio de Atención Psicológica a hombres agresores en el hogar. 3. Servicio de Orientación Jurídica.
4. Servicios de alojamiento. 5. Prestaciones económicas.
Los servicios de alojamiento son propios y dependen de la Coordinadora de los Servi- cios Sociales Territoriales. El resto de programas especializados dirigidos a las mujeres víctimas de la violencia de género se prestan mediante adjudicación externa y se gestio- nan a través de la Asesoría para la Igualdad de Oportunidades. Entre sus funciones, además de realizar el seguimiento del Plan Foral para la Igualdad, estableciendo accio- nes de asesoramiento interno, está también la de ser la “responsable del desarrollo y mejora de los Servicios Especializados en atención a mujeres víctimas de Violencia de Género”
4.3.1.1. Servicio de Atención Psicológica a mujeres víctimas de agresiones sexuales y malos tratos
Iniciado en 1991, es un servicio gratuito de atención psicológica especializada que se presta a mujeres residentes en cualquiera de los municipios del Territorio Histórico de Álava que hayan sufrido malos tratos físicos y/o psíquicos o agresiones sexuales, re- cientemente o en el pasado, y por sus consecuencias precisen atención psicológica. Tiene dos puntos de atención: en Vitoria-Gasteiz, donde atiende cinco días a la semana (de lunes a viernes), y en Llodio, con un día de atención.
Este servicio se presta mediante adjudicación externa, en virtud de un convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz13.
A- Características y contenido de la prestación Víctimas de maltrato doméstico
La evaluación psicológica realizada en el pretratamiento se centra, en primer lugar, en las circunstancias del maltrato, la historia de victimización y la historia de trastornos psicopatológicos. Y, en segundo lugar, en los síntomas psicológicos derivados de los acontecimientos vividos.
Prácticamente la totalidad de las mujeres evaluadas presentan un nivel de ansiedad muy alto, síntomas depresivos y un deterioro de la autoestima. Además, manifiestan una falta de recursos y un déficit en las habilidades para la resolución de problemas.
13 Convenio firmado con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el desarrollo de planes para la Igualdad de Oportunidades. Firma: 18-04-02.
El tipo de intervención psicológica proporcionada a las víctimas se ha diferenciado en tres niveles, de acuerdo con el nivel de gravedad de los síntomas experimentados: asesoramiento, apoyo y tratamiento individual.
• Asesoramiento, hace referencia a una primera orientación e información solicitada por la mujer que le permite conocer las diferentes opciones y ayudas existentes para resolver su problemática.
• Apoyo, es un tipo de tratamiento no estructurado dirigido a proporcionar a la víctima las pautas concretas de actuación para la resolución de proble- mas.
• Tratamiento individual, se refiere a una terapia estructurada con técnicas específicas para el control y la recuperación de su ritmo habitual de vida y entrenamiento en habilidades de afrontamiento.
El tratamiento psicológico tiene una duración entre 2 y 4 meses aproximadamente. Una vez finalizado el tratamiento se realiza una sesión de evaluación para valorar la consecución de los objetivos terapéuticos marcados al inicio de la intervención. A con- tinuación se realiza una fase de seguimiento (1, 3, 6 y 12 meses), en la que la víctima es reconocida periódicamente para comprobar si los logros terapéuticos obtenidos en el postratamiento se mantienen con el paso del tiempo.
Víctimas de agresiones sexuales
La evaluación psicológica realizada en el pretratamiento es similar a la que se realiza en los casos de violencia doméstica.
Las consecuencias psicológicas que presentan las víctimas de agresiones sexuales coin- ciden con los criterios diagnósticos del trastorno de estrés postraumático agudo y cró- nico en relación con el tiempo transcurrido desde la agresión.
En las víctimas recientes, los síntomas más significativos del trastorno de estrés postraumático agudo son la ansiedad generalizada, pensamientos recurrentes asocia- dos a la situación de agresión, miedos, pérdida del interés por actividades sociales, lúdicas y laborales y disminución del deseo sexual u otras disfunciones sexuales. En las víctimas no recientes, los síntomas más significativos del trastorno de estrés postraumático crónico son los pensamientos obsesivos, fobias y disfunciones sexuales. Además, es frecuente el desarrollo de síntomas depresivos y baja autoestima.
El tipo de intervención psicológica que se proporciona a las víctimas de agresiones sexuales es un tratamiento individual con una duración entre 2 y 3 meses aproximada- mente.
Una vez finalizado el tratamiento se realiza una sesión de evaluación, para valorar la consecución de los objetivos terapéuticos marcados al inicio de la intervención. A con- tinuación se realiza una fase de seguimiento (1, 3, 6 y 12 meses), en donde la víctima es reconocida periódicamente para comprobar si los éxitos terapéuticos se mantienen con el paso del tiempo.
B- Condiciones de acceso
A este servicio se puede acceder a través de los servicios sociales de base, los especia- lizados, por derivación de otros servicios, como salud mental, o bien directamente sin ninguna intervención profesional previa.
4.3.1.2. Servicio de Atención Psicológica a hombres agresores en el hogar
Se trata de un servicio de atención psicológica individual y especializado, de carácter gratuito, cuyo objetivo es prevenir la reincidencia y extensión de los sucesos de violen- cia familiar, implantado en Álava en 1998.
Este servicio, al igual que el anterior, se presta mediante adjudicación externa, en virtud de un convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz14. Tiene un único punto de atención, en Vitoria-Gasteiz, durante dos días por semana.
A- Características y contenido de la prestación Personas que ejercen maltrato en el hogar
La evaluación psicológica realizada en el pretratamiento se centra, en primer lugar, en la descripción detallada de las características del maltrato (frecuencia, duración, intensi- dad, consecuencias físicas y psicológicas sobre las víctimas, etc.) y la historia del pacien- te. Y, en segundo lugar, en la evaluación de las variables psicopatológicas asociadas, así como de la motivación para el tratamiento.
El tratamiento es individual y tiene las siguientes características: una sesión semanal de una hora de duración, 20 sesiones, y una duración aproximada de 5 meses.
Una vez finalizado el tratamiento se realiza un sesión de evaluación, para valorar la consecución de los objetivos terapéuticos marcados al inicio de la intervención. A con- tinuación, se lleva a cabo una fase de seguimiento (mensual durante 6 meses y poste- riormente bimensual) de un año de duración, donde el paciente es reconocido periódi- camente para comprobar si los logros terapéuticos obtenidos en el postratamiento se mantienen con el paso del tiempo.
A lo largo de las sesiones se actúa terapéuticamente sobre diversos aspectos que están implicados en el maltrato doméstico. Debido a que las causas que producen el maltrato son variadas y los objetivos terapéuticos pueden ser diferentes (separación o recupera- ción de la convivencia adaptativa de la pareja), el tratamiento tiene una estructura
14 Convenio firmado con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el desarrollo de planes para la Igualdad de Oportunidades. Firma: 18-04-02.
flexible de forma que puede adaptarse a los casos concretos sobre los que se está interviniendo. Las áreas principales en las que se incide son las siguientes: control de impulsos, abuso de alcohol, celos patológicos, estereotipos sobre el rol sexual (princi- palmente ideas machistas respecto a la inferioridad de la mujer), entrenamiento en asertividad y en habilidades sociales y de comunicación, estrategia de solución de pro- blemas y educación sexual.
Agresores sexuales
La evaluación psicológica realizada en el pretratamiento se centra, en primer lugar, en las circunstancias del abuso sexual (tipo, duración, frecuencia, orientación sexual, etc.), en segundo lugar, en la evaluación de los antecedentes biográficos y psicológicos del agresor y, en tercer lugar, en la valoración de otras variables psicopatológicas asocia- das, así como de la motivación para el tratamiento.
El tratamiento psicológico se centra, fundamentalmente, en las siguientes áreas de actuación:
• La prevención de posibles situaciones de riesgo mediante el desarrollo de un control estimular estricto y la eliminación de las ideas distorsionadas, para tra- tar de garantizar una actitud positiva del paciente hacia la desaparición de los comportamientos sexuales inapropiados.
• La supresión de las conductas sexuales ofensivas y de los impulsos sexuales inapropiados.
• La instauración y el refuerzo de comportamientos sexuales adecuados. El tratamiento tiene una duración de 5 meses aproximadamente, se realizan 20 sesiones, es un tratamiento individual en sesión semanal de una hora de duración. Tiene como objetivo prioritario y global la desaparición de las conductas sexuales abusivas.
Una vez finalizado el tratamiento se realiza una sesión de evaluación, para valorar la consecución de los objetivos terapéuticos marcados al inicio de la intervención. A con- tinuación se lleva a cabo una fase de seguimiento (mensual durante los primeros 6 meses y posteriormente bimensual) de un año de duración, durante la cual el paciente es reconocido periódicamente para comprobar si los logros terapéuticos obtenidos en el postratamiento se mantiene con el paso del tiempo.
B- Condiciones de acceso
A este servicio se puede acceder a través de los servicios sociales de base, los especia- lizados, por derivación de otros servicios, como salud mental, o bien directamente sin ninguna intervención profesional previa.
Sin embargo, existe una peculiaridad: muchos de los casos proceden de los servicios judiciales. Son casos en los que previamente ha intervenido la policía y se ha producido una detención por un delito de agresión. Otras veces es el propio juez el que dicta una
sentencia mediante la cual obliga al agresor a asistir al Servicio de Atención Psicológica para hombres agresores.
4.3.1.3. Servicio de Orientación Jurídica
Se trata de un servicio gratuito que ofrece atención jurídica individualizada de carácter preprocesal, así como seguimiento de los procesos judiciales que afectan a mujeres víctimas de violencia de género en el Territorio de Álava.
Este servicio, al igual que los anteriores, se presta mediante adjudicación externa, en virtud de un convenio de colaboración suscrito con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz15.
A- Características y contenido de la prestación El contenido de orientación jurídica abarca:
• Orientación jurídica a las mujeres del Territorio Histórico de Álava con escasos recursos económicos, y principalmente a aquellas que han sido víctimas de algún tipo de violencia de género y a aquellas que precisan orientación ante una posible separación matrimonial o ruptura de pareja de hecho. Esta orienta- ción será de carácter preprocesal (por lo que las actuaciones procesales, si hubiera lugar, se derivarán al Turno de Oficio del Colegio de Abogados16, o al letrado que la persona libremente designe), salvo en los casos de seguimiento de los procesos jurídicos que afectan a víctimas de malos tratos.
• Seguimiento17 (cuya finalidad es prevenir y evitar, en la medida de lo posible, la revictimización) de los procesos jurídicos que afectan a las mujeres que han sido víctimas de malos tratos físicos y/o psíquicos y de agresiones sexuales, incluido el seguimiento de las denuncias, el seguimiento de la defensa legal, de las sen- tencias judiciales consecuentes a denuncias o a demandas de separación. Este seguimiento implicará consultas de atención y orientación a mujeres víctimas de malos tratos físicos y psíquicos y agresiones sexuales, coordinación con profesionales e instituciones implicadas en los procesos judiciales que corres- pondan, así como la elaboración de informes, registros y comunicaciones. • Impartición de charlas informativas dirigidas a grupos pequeños de mujeres
demandantes de información (preferentemente), en la ubicación del Servicio de Orientación Jurídica, sobre aspectos legales de interés para el colectivo objeto
15 Convenio firmado con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz para el desarrollo de planes para la Igualdad de Oportunidades. Firma: 18-04-02.
16 En Álava ya está funcionando el Turno de Oficio específico para la atención a mujeres víctimas de violencia de género.
de atención en este servicio: aspectos legales del matrimonio, aspectos legales de la separación matrimonial y cómo tramitarla, aspectos legales relevantes para parejas de hecho, aspectos legales del acoso sexual en el trabajo, dere- chos de alimentos en la familia: el caso concreto de impagos de pensiones. Serán beneficiarias las mujeres procedentes de cualquier lugar del Territorio Histórico de Álava, principalmente aquellas que han sido víctimas de algún tipo de violencia de género y aquellas que precisan orientación ante una posibles separación matrimonial o ruptura de pareja de hecho, en tanto no estén siendo atendidas por el mismo asunto por otro profesional, estableciendo el límite de un máximo de 3 consultas por persona. La atención será concertada mediante cita previa, en horario de atención prefijado en las localidades de Vitoria-Gasteiz, Amurrio y Llodio.
Del seguimiento de los procesos judiciales serán beneficiarias todas aquellas mujeres que, habiendo sido víctimas de algún tipo de violencia de género, hayan iniciado cual- quier tipo de procedimiento judicial, bien mediante interposición de denuncia, deman- da de separación, cumplimiento o revisión de sentencia. No existe límite de consultas por persona. La atención de este servicio se hará bien a demanda propia (caso en que se informará de la conveniencia de acudir al servicio social de base acompañando informe de remisión), bien a demanda del servicio social de base correspondiente, que deberá elaborar informe de remisión.
El horario de prestación del servicio es de 24 horas semanales, horario en que está incluido el tiempo de permanencia para atención de consultas, el tiempo de coordina- ción profesional e institucional, así como el tiempo de seguimiento de los procesos jurídicos, elaboración de informes, registros, memorias y comunicaciones.
El horario de permanencia para la atención de consultas en Vitoria-Gasteiz es de 12 horas semanales. La atención en Llodio y en Amurrio se realiza una vez al mes, durante 2 horas.
B- Condiciones de acceso
A este servicio, al igual que a los de atención psicológica, se puede acceder a través de los servicios sociales de base, especializados, por derivación de otros servicios, instituciones o profesionales, o bien directamente sin ninguna intervención profesional previa.
4.3.1.4. Servicios de alojamiento Pisos de Acogida para mujeres
A- Características y contenido del recurso
El Instituto Foral de Bienestar Social dispone de dos recursos de acogida temporal -un piso y un apartamento, con un total de 9 plazas-, para mujeres de la provincia residen-
tes en municipios de menos de 20.000 habitantes. Están concebidos y equipados para albergar a mujeres que se encuentran en situación de extrema indefensión y que deban abandonar el domicilio familiar ante situaciones de malos tratos.
Se firma un contrato de cesión de uso en precario por un período de dos meses. La estancia se prorroga excepcionalmente, dependiendo de la situación de cada caso. No hay establecido un período máximo.
Existe un “Programa Educativo y de Acompañamiento a las Mujeres de los Pisos de Acogida” iniciado en 1997, que se presta mediante adjudicación externa. Programa cuyos objetivos son proporcionar a la mujer, y a sus hijas e hijos si los hubiera, un apoyo socio-educativo y emocional. Se pretende promover el proceso de autonomía de las mujeres, partiendo del acompañamiento y la orientación personal, la reactivación de sus capacidades socio-afectivas y emocionales, proporcionando seguridad física y emo- cional en un clima de autoconfianza.
El programa cuenta con dos personas disponibles todos los días de la semana. Siempre una de las educadoras recibe a la mujer, y sus hijas e hijos si los hubiera, en la primera entrada al piso y durante su estancia se le acompaña y apoya en la realización de diferentes gestiones, en función de la situación, conocimiento de la ciudad o requeri- miento de la propia mujer.
Tras finalizar el período de acogida, se continúa realizando seguimiento durante 2 meses. Las viviendas están acondicionadas para recibir mujeres con cualquier tipo de discapacidad física. Pero no se acoge a mujeres con problemáticas añadidas como pueden ser drogodependencias, enfermedades mentales o discapacidades psíquicas dependiendo de la gravedad. Acogen a mujeres inmigrantes que no tengan legalizada su situación.
B- Condiciones de acceso
A los servicios de acogida siempre se ha de llegar a través de los servicios sociales de base. Existe una Comisión de Valoración que, una vez recibido el informe-propuesta, se reúne y da respuesta en un plazo máximo de 72 horas.
No es necesario haber presentado denuncia contra el agresor para acceder a este recurso.
Alojamiento de urgencia
Las necesidades de alojamiento urgente, cuando se producen en horario de atención de los servicios sociales de base, se solucionan utilizando los pisos de acogida.
En los casos de necesidad de salida urgente del domicilio y en horas en que los servicios sociales de base están cerrados, la Diputación tiene conveniado con el Servicio Social de Urgencias del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz la atención a la población de la provincia. En estos casos sería el Servicio Social de Urgencias el que facilitaría el aloja-
miento de urgencia en los propios servicios municipales si procediera, o recurriendo a una plaza hotelera.
4.3.1.5. Prestaciones económicas
La Diputación Foral de Álava, mediante el Decreto Foral 89/2000, de 28 de julio, establece la normativa y las bases reguladoras de la Prestación Asistencial de Garantía Mínima del Territorio Histórico de Álava. Se configura como una prestación económi- ca de carácter individual y finalista, que se otorgará en concepto de subvención. Tiene
18 Para la atención en el horario en el que los servicios sociales de base no están abiertos, se utilizan los propios servicios de alojamiento de urgencias del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
Fórmula de gestión
Cuadro 1. RECURSOS ESPECIALIZADOS
DEL INSTITUTO FORAL DE BIENESTAR SOCIAL DE ÁLAVA
Atención psicológica a mujeres
Atención psicológica a hombres
Orientación jurídica
Alojamiento urgente y/o acogida inmediata
Alojamiento de media estancia
Vitoria-Gasteiz
Llodio (una vez por semana)
Vitoria-Gasteiz
Vitoria-Gasteiz Llodio (una vez mes) Amurrio (una vez mes)
Vitoria-Gasteiz
Vitoria-Gasteiz 2 pisos // 9 plazas
• Directamente • A través de los servicios
sociales de base • A través de cualquier otro
servicio (social, jurídico, sanitario...)
• Directamente • A través de los servicios
sociales de base • A través de cualquier otro
servicio (social, jurídico, sanitario...)
• Como cumplimiento de medida judicial • Directamente • A través de los servicios
sociales de base • A través de cualquier otro
servicio (social, jurídico, sanitario...)
• A través del Servicio Social de Urgencias del Ayuntamiento de Vitoria- Gasteiz
• A través de la Ertzaintza • A través de los servicios sociales de base del lugar de residencia
Puntos de atención
Plazas Forma de acceso
Subcontratado (empresa Zutitu) Subcontratado (empresa Zutitu) Subcontratado (persona física) Convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz18
(Servicio Social de Urgencias) Propio
carácter subsidiario y compatible respecto a todo tipo de recursos y prestaciones socia-