Durante los últimos tres siglos se consideró que el razonamiento se reducía a las reglas de la lógica deductiva e inductiva, el razonamien- to judicial también tendría su etapa deductiva para formar la llamada premisa mayor, e inductiva para formar la llamada premisa menor. – El artículo 106 del Código Penal peruano: “quien mata a otro será
reprimido con pena privativa de la libertad” (premisa mayor). – en el caso, está probado que Juan mató a Pedro (premisa menor). – en consecuencia Juan será reprimido con pena privativa de la li-
bertad77 (conclusión).
Bajo ese esquema se desarrollaron los libros tradicionales de ar- gumentación, razonamiento judicial, metodología del derecho o lógica jurídica en sentido amplio78.
En las últimas décadas del siglo XX79 se desarrollaron innumera-
bles investigaciones que han puesto en duda la efectividad de la lógica deductiva e inductiva, y que nos permiten ofrecer serios cuestiona- mientos a dicho esquema. Inclusive se han desarrollado modelos al- ternativos o complementarios al tradicional silogismo, que permiten incorporar información que no puede ser representada mediante un 77 aCaDeMIa De La MagISTraTura (2005). Módulo de razonamiento jurídico. Lima; pp.
42-43.
78 Por ejemplo, LarenZ, Karl (1980). Metodología de la ciencia del Derecho. 2.a ed. De la 4.a
edición definitiva alemana de 1979. Barcelona: Ariel. ENGISH, Kart (1967). Introducción
al pensamiento jurídico. Madrid: guadarrama.
79 un buen comienzo nos lo brinda el profesor mexicano MOraDO, raymundo (2000). “Nuevos paradigmas de la inferencia racional”. En Carmen Trueba (comp.). Racionalidad:
lenguaje, argumentación y acción. Mexico: UAM-I/Plaza y Valdés; pp. 89-99. el profesor
de semiología de la Universidad de Buenos Aires, Roberto Marafioti (comp.). B. Zamudio, a. rubione y P. Duarte. Temas de argumentación. Buenos aires: Biblos. 1991. Como consulta general: BLaIr J., anthony y JOHnSOn, ralph H. (1980). Informal Logic: The First
International Symposium. Inverness. California, edgepress. BeST, John (2001). Psicología cognitiva. Madrid: Paraninfo. WaLTOn, Douglas y reeD, Chris. Argumentation Schemes and Enthymemes, Synthese: An International Journal for Epistemology, Methodology and Philosophy of Science. 145, 2005, 339-370. CaTTanI, adelino. Forme dell’argomentare. Il ragionamento tra logica e retorica. Padova: gB. 1994.
silogismo, estos modelos se llaman el Modelo de Toulmin y el razona- miento Presuntivo, que estudiaremos en los capítulos 5 y 6.
En síntesis, en este capítulo analizaremos las dificultades que tie- ne el silogismo para representar los argumentos de un debate, dificul- tades que han llevado a crear modelos alternativos.
Ya es un tópico usual mostrar que en la vida cotidiana argumentos que aparentan corrección lógica llevan a error, por ejemplo el profesor mexicano raymundo Morado80 ha hecho una selección de varios de
ellos.
Se le dice a usted que Tweety es un pájaro y usted concluye que Tweety vuela.
usted cree que si pone azúcar a su café este tendrá buen sabor. Concluye que si pone azúcar y aceite para autos en su café este tendrá buen sabor.
Se le dice que airline Canada vuela de Vancouver a Toronto, Boston y Los Ángeles. Cuando otra persona le pregunta si vuela a Tolouse usted dice que no.
Del hecho que Nixon es un cuáquero usted infiere que es un pacifista. Del hecho que es un republicano usted infiere que no es un pacifista.
Según Morado, estos ejemplos muestran que razonamientos apa- rentemente correctos llevan e errores. Por ejemplo, Tweety pude ser un pingüino y, por tanto, no vuela. el ejemplo del café muestra qué conclusiones razonables no lo son; el ejemplo del avión muestra que disponer de información limitada y tratarla como si fuera completa también lleva a error, y el ejemplo de nixon muestra que podemos tener juicios contradictorios basándonos en la misma información. 80 MORADO, Raymundo (2000) “Problemas filosóficos de las lógicas no-monotónicas”. En Raúl Orayen y Alberto Moretti (eds.), Enciclopedia Iberoamericana de Filosofía, vol. 27. Madrid: Ed. Trotta y Consejo Superior de Investigaciones Científicas, pp. 313-344.
Inclusive, en la vida cotidiana, tener toda la información y descubiertas todas las premisas implícitas de un argumento no nos da seguridad del resultado, solo lo vuelve aceptable.
nosotros hemos diseñado un pequeño ejercicio que ayuda a mos- trar cómo el rigor lógico también puede llevar a error en las argumen- taciones jurídicas. ruego al lector que trate de resolver el siguiente ejercicio.
Compare las dos columnas y responda. ¿Cuál es un argumento correcto y cuál no?
a
− El artículo 106 del Código Penal peruano dispone que quien mata a otro será re- primido con pena privativa de la libertad. − en el caso, está probado que Juan mató a
Pedro.
− en consecuencia, Juan será reprimido con pena privativa de la libertad.
B
− El artículo 106 del Código Penal perua- no dispone que quien mata a otro será reprimido con pena privativa de la liber- tad.
− en el caso, está probado que Juan mató a Pedro.
− Juan debe ser puesto en libertad. a) a es el correcto.
b) B es correcto.
c) ambas son incorrectas. d) ambas son correctas.
e) ambas son incorrectas pero pueden ser corregidas hasta que que- de en claro cuál tiene la razón.
Soluciones:
Si usted hace estas preguntas a sus amigos posiblemente encon- trará estas respuestas:
• A es el correcto. Siguiendo las enseñanzas de la lógica matemá- tica, para la mayoría la tesis A es la correcta, porque cumple los requisitos de un esquema llamado modus poniendo ponens o la simple regla que nos exige que la conclusión contenga lo afirmado en las premisas. La tesis B es considerada un contrasentido.
• Ambas son perfeccionables. algunos consideran que ambas tesis no son correctas, pues falta evidencia o mayor información, pero suponen que existe una forma lógica correcta para incrementar la información; por ejemplo, agregando más premisas:
– El artículo 106 del Código Penal peruano dispone que quien mata a otro será reprimido con pena privativa de la libertad. – en el caso, está probado que Juan mató a Pedro.
* Pedro intentó agredir con una pistola a Juan. * Juan buscaba defenderse.
– Juan debe ser puesto en libertad.
Como veremos, todas estas soluciones están equivocadas; de otro lado, quien afirme que B es correcta o ambas son correctas solo debe volver a estudiar lógica.
2. LAS LIMITACIONES DEL ESQUEMA LÓGICO PARA MOSTRAR