En 2008, el número de solicitantes de asilo colombianos en España cayó en picado (un 69,88%), al pasarse de los 2.497 de 2007 a 752, de los que 468 lo pidieron en el puesto fronterizo del aeropuerto de Barajas. Es la cifra más exigua desde 2003, cuando se redujo debido a la imposición del visado de entrada a estos ciudadanos en el año anterior. En cuanto a las resoluciones de admisión a trámite, en 2008 la OAR rechazó en la primera fase del procedimiento a 418 (el 53,11%) y admitió a trámite a 369 (el 46,89%).
La principal causa de la llamativa disminución en 2008 del número de ciuda- danos colombianos que solicitaron asilo en España fue el severo endurecimiento de la admisión a trámite en Barajas en el último trimestre de 20074: entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2007 en los casos atendidos por CEAR, el 60,23% fue- ron admitidos a trámite; entre esta fecha y el 31 de diciembre, tal porcentaje se desplomó hasta el 16,31%.
A raíz del aumento del número de solicitantes colombianos a lo largo de 2007, la respuesta de la OAR fue la aplicación de unos criterios muy restrictivos, hasta definir una política de “inadmisión generalizada” que CEAR consideró despropor- cionada, arbitraria y opuesta a los principios de la legislación de asilo española. En muchos de aquellos casos, la OAR elaboró un informe de instrucción adaptado a la mayoría de los procedimientos que justificaba la inadmisión al situar las solicitu- des en un contexto determinado (ciudadanos procedentes del departamento del Valle del Cauca, por ejemplo) y planteaba que el conflicto tenía relación con el nar- cotráfico y no con las violaciones de los derechos humanos.
Dicho informe consideraba que los relatos de los solicitantes eran estereoti- pados, muy similares y que se apoyaban en documentación falsa, una situación que,
sin embargo, se produce sólo en algunos casos5. También establecía textualmente que “todos los solicitantes” presentaban estos paquetes documentales y que buena parte de ellos exhibía irregularidades que probaban su falsedad, así como que eran frecuentes las contradicciones entre los relatos y los documentos, contradicciones que también se daban entre varios miembros de una misma familia.
La situación llegó incluso hasta el extremo de inadmitir a trámite las solicitu- des de asilo formuladas por familiares en primer grado de solicitantes ya admiti- dos a trámite en España con el argumento de que el relato era “manifiestamente inverosímil”, a pesar de que en el caso del pariente la OAR había considerado que existían indicios de persecución y, por tanto, procedía la admisión. En consecuen- cia, se realizó una instrucción acelerada de centenares de solicitudes y la naturale- za del procedimiento de asilo quedó desvirtuada.
Así lo confirmó una sentencia de la Audiencia Nacional fechada el 23 de sep- tiembre de 2008, que estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el servicio jurídico de CEAR-Madrid contra la inadmisión a trámite de un ciu- dadano colombiano en noviembre de 2007: “La situación previa y masiva de este tipo de solicitudes (…) no excusa que haya que evaluar cada solicitud por separa- do”. Además, subrayó que en el expediente “sólo se contiene una imputación gené- rica de falsedad documental hecha por la Administración al conjunto de documentos presentados por la parte actora que, sin embargo, tampoco aparece pormenoriza- da y concretada respecto de este caso específico en el informe de instrucción del expediente, como sería de exigir para una adecuada motivación de la denegación de la solicitud por este motivo, de acuerdo con el artículo 54 de la Ley 30/1992”. Evidentemente, el citado informe aludía a la existencia de mafias que facilitan documentos a los interesados en solicitar asilo en España.
En agosto de 2006, CEAR ya puso en conocimiento de la Dirección General de Política Interior del Ministerio del Interior su preocupación por la existencia de estas redes delictivas, que se lucran de la necesidad de protección internacional de miles de ciudadanos colombianos. En diciembre de 2008, un periódico español informó del desmantelamiento por parte de la policía colombiana de la “red colom- biana de los falsos asilados políticos”6y de que los detenidos, acusados de tráfico personas y falsedad documental, cobraban por cada salida del país entre 1.500 y 4.000 euros, además de los gastos del vuelo. Esta red se creó en 2006 en Cali y entonces funcionaba también en las ciudades de Armenia, Pasto, Neiva y Bogotá.
CEAR se felicitó por ello, pero considera que en ningún caso esto puede justi- ficar la política restrictiva de inadmisión a trámite, cuando incluso los propios solicitantes reconocieron y manifestaron el engaño del que habían sido objeto ante la necesidad imperiosa de solicitar el estatuto de refugiado en España.
De hecho, el informe de la Oficina para Colombia de ACNUR ha subrayado en relación a la prevención del desplazamiento forzado y la protección de la población afectada por este fenómeno7: “El desplazamiento interno forzado de la población es una realidad generada por el conflicto. En la medida en que éste persista, miles de personas continuarán huyendo en busca de protección (…) En la medida en que la acción de las autoridades limite o impida los actos de violencia en contra de la población y que en las diferentes áreas del país existan menos organizaciones armadas y portadoras de armas, se presentarán menos factores de amenaza y de riesgo para la población. Sin embargo, en el camino hacia el logro de esos objeti- vos se presentan riesgos para algunos sectores de la población por el hecho de resi- dir en las áreas en que se concentran las acciones armadas en las zonas donde se dan las principales disputas por el control de territorio en el que tienen presencia los grupos desmovilizados o en el que han ocurrido acciones de violencia e intimi- dación por parte de grupos desmovilizados o de algunos de sus miembros”.
Asimismo, en los últimos años CEAR ha podido conocer, verificar y contras- tar en terreno la realidad colombiana a través de encuentros con instituciones, organizaciones sociales y asociaciones de defensa de los derechos humanos y sabe que es imposible el desplazamiento interno de la población amenazada en condi- ciones de dignidad y en muchos casos ni siquiera de seguridad. Además, es evi- dente el clima de terror, amenazas y violencia que se cierne sobre sectores sociales como los sindicalistas, los defensores de los derechos humanos, las comunidades de paz como la emblemática de San José de Apartadó… colectivos que viven some- tidos a una estrategia de persecución, hostigamiento e incluso exterminio.
El acusado descenso del número de solicitantes de asilo colombianos en España a lo largo de 2008 no puede atribuirse, pues, a una mejora sustancial de la situación de Colombia, puesto que miles de personas no tuvieron más opción que dirigirse a otro punto del país o emprender el camino del exilio, sino al aumento desorbitado de la inadmisión a trámite en el último trimestre de 2007, y que llevó a muchos colombianos a descartar la posibilidad de viajar a España para solicitar asilo, buscando protección internacional en otros países.
3.4. A FONDO: LA SITUACIÓN SOCIAL DE LOS COLOMBIANOS QUE ENTRARON A FINES